Publicado el 9 de junio de 2023 por Editor
Las Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, EIOPA y ESMA) han publicado un Informe de Progreso que describe una comprensión común del lavado verde en el sector financiero. Greenwashing puede referirse a ofrecer información engañosa sobre sostenibilidad de forma intencionada o no intencionada y, como era de esperar, el informe de la ESA destaca la falta de datos como causa.
En sus esfuerzos coordinados, las Autoridades Nacionales Competentes (NCA) y las ESA tienen como objetivo proteger a los inversores y mantener un entorno de confianza en torno a las finanzas sostenibles. Para ayudar a guiar los esfuerzos para abordar el greenwashing, el informe proporciona información sobre áreas de alto riesgo, identificando los muchos aspectos de un producto o perfil que pueden ser engañosos, incluida la gobernanza, la estrategia de sostenibilidad, los objetivos, las métricas y el impacto.
Las causas del lavado verde son multifacéticas, pero en particular, a menudo se derivan de los desafíos que enfrentan los participantes del mercado para acceder a datos de sostenibilidad de alta calidad. El marco regulatorio de sostenibilidad en rápida evolución también ha presentado dificultades de implementación. Se requiere más experiencia en informes y regulación de sostenibilidad para garantizar que los datos de sostenibilidad sean de alta calidad, especialmente con una legislación importante como la CSRD que entrará en vigencia en breve.
Para continuar reduciendo el riesgo de lavado verde, es fundamental que las empresas de informes comuniquen la información sobre sostenibilidad de manera equilibrada y precisa. Es importante mejorar la comprensibilidad de las divulgaciones de sostenibilidad para los inversores, lo que, según el informe, podría lograrse mediante el establecimiento de un esquema de etiquetado confiable y bien diseñado para productos financieros. Finalmente, a medida que madura el marco regulatorio para los informes de sustentabilidad, los conceptos clave deben aclararse mejor, fomentando informes efectivos.
Lea más y acceda al documento aquí .
Las ESA presentan un entendimiento común del lavado verde y advierten sobre los riesgos
01/06/2023
Las Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, EIOPA y ESMA – ESAs) publican hoy sus Informes de Progreso sobre Greenwashing en el sector financiero. Consulte los informes EBA, EIOPA y ESMA. En estos informes, las ESA presentan una comprensión común de alto nivel del lavado verde aplicable a los participantes del mercado en sus respectivas competencias: banca, seguros y pensiones y mercados financieros.
Comprensión común de alto nivel de la ESA sobre el lavado verde
Las ESA entienden el lavado verde como una práctica en la que las declaraciones, acciones o comunicaciones relacionadas con la sostenibilidad no reflejan de manera clara y justa el perfil de sostenibilidad subyacente de una entidad, un producto financiero o servicios financieros. Esta práctica puede inducir a error a los consumidores, inversores u otros participantes del mercado.
Los ESA también destacan que las afirmaciones engañosas relacionadas con la sostenibilidad pueden ocurrir y propagarse de manera intencional o no intencional y en relación con entidades y productos que están dentro o fuera del alcance del marco regulatorio de la UE.
Las Autoridades Nacionales Competentes (NCA) y las ESA están, por lo tanto, trabajando para cumplir con las expectativas de las partes interesadas para garantizar la protección de los consumidores y los inversores, respaldar la integridad del mercado y mantener un entorno confiable para las finanzas sostenibles. Dada la naturaleza integrada del sistema financiero, las ESA trabajan de manera coordinada para abordar el greenwashing.
Informe de progreso de la AEVM
El Informe de progreso de ESMA ayuda a comprender mejor el greenwashing y brinda a los participantes del mercado y a los reguladores un punto de referencia compartido para abordar este fenómeno.
Zonas de riesgo
En el informe, ESMA evalúa qué áreas de la cadena de valor de la inversión sostenible (SIVC) están más expuestas al riesgo de lavado verde. Esta evaluación está destinada a ayudar a los participantes del mercado a prevenir y mitigar el greenwashing, y a apoyar a ESMA y las NCA en la priorización de acciones de supervisión e intervención regulatoria.
Los hallazgos muestran que las afirmaciones engañosas pueden estar relacionadas con todos los aspectos clave del perfil de sostenibilidad de un producto o una entidad, desde los aspectos de gobernanza hasta la estrategia de sostenibilidad, los objetivos y las métricas o las afirmaciones sobre el impacto. El informe también proporciona evaluaciones sectoriales específicas para sectores clave bajo el mandato de ESMA, como emisores, administradores de inversiones, administradores de índices de referencia y proveedores de servicios de inversión.
Las causas del lavado verde
El lavado verde es el resultado de múltiples factores interrelacionados. Los participantes del mercado en todo el SIVC enfrentan desafíos en la implementación de los procesos y herramientas de gobernanza necesarios que respaldan las divulgaciones de sostenibilidad de alta calidad y los esfuerzos de transición. En este contexto, los participantes del mercado también tienen dificultades para producir y acceder a datos de sostenibilidad relevantes y de alta calidad. Además, un marco regulatorio de rápido movimiento ha creado desafíos de implementación tanto para los participantes del mercado como para las NCA y ha resaltado la necesidad de desarrollar experiencia en sostenibilidad.
Acciones preliminares de remediación
Para mitigar los riesgos de lavado verde, los participantes del mercado en todo el SIVC deben cumplir con su responsabilidad de hacer afirmaciones fundamentadas y comunicar sobre la sostenibilidad de manera equilibrada. Es necesario mejorar la comprensibilidad de las divulgaciones de sostenibilidad para los inversores minoristas, incluso mediante el establecimiento de un esquema de etiquetado confiable y bien diseñado para productos financieros. Finalmente, el marco regulatorio necesita ganar en madurez, los conceptos clave deben aclararse y el impacto de la sostenibilidad o el compromiso deben integrarse mejor.
Este informe sienta las bases para mitigar los riesgos de lavado verde en el futuro, en todo el SIVC y en sectores clave bajo el mandato de ESMA.
Próximos pasos
Las ESA publicarán los informes finales de lavado verde en mayo de 2024 y considerarán las recomendaciones finales, incluidos los posibles cambios en el marco regulatorio de la UE.
Informe de progreso sobre el lavado verde
Respuesta a la solicitud de la Comisión Europea de aportaciones sobre «riesgos de lavado verde y supervisión de políticas financieras sostenibles»
Resumen ejecutivo
Dado que los productos y mercados financieros relacionados con los factores ASG han experimentado un crecimiento notable en la UE, las autoridades nacionales competentes (ANC) y la AEVM se enfrentan a las expectativas de las partes interesadas de intensificar la protección de los inversores y la integridad del mercado y mantener un entorno de confianza para las inversiones sostenibles. El desajuste entre la creciente demanda de productos ASG y el limitado conjunto de activos que se consideran sostenibles, en particular aquellos en línea con el alto estándar del Reglamento de taxonomía de la UE, crea un impulso competitivo para que los participantes en el mercado ganen cuota de mercado e ingresos reforzando sus perfiles de sostenibilidad, lo que en algunos casos puede ser engañoso.
En este contexto, la Comisión Europea (CE) emitió una «Solicitud de información relacionada con los riesgos de lavado verde y la supervisión de las políticas de finanzas sostenibles» a las tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES) en mayo de 2022. La solicitud busca información sobre la definición de lavado verde en el sector financiero, sobre los riesgos que el lavado verde puede representar para los inversores y los mercados financieros, sobre la implementación de políticas financieras sostenibles destinadas a prevenir el lavado verde, así como sobre posibles mejoras en el marco regulatorio.
Este informe de situación (en adelante, «el informe») tiene como objetivo apoyar una mejor comprensión del lavado ecológico y evaluar qué áreas de la cadena de valor de la inversión sostenible (SIVC) están más expuestas a los riesgos del lavado verde. Sienta las bases para un seguimiento, prevención y remediación eficaces de los riesgos de lavado verde. En el informe se identifican medidas correctivas preliminares, que se ajustarán y complementarán según sea necesario. De hecho, el presente informe se abstiene de mencionar plazos específicos o de establecer formas jurídicas preferidas (directivas/reglamentos, normas técnicas, directrices u otras orientaciones de la AEVM) para la aplicación de posibles cambios en el marco regulador de la UE.
Basándose en las referencias existentes en la legislación de la UE, las tres AES desarrollaron el entendimiento común de alto nivel de que el blanqueo ecológico es una práctica en la que las declaraciones, declaraciones, acciones o comunicaciones relacionadas con la sostenibilidad no reflejan de manera clara y justa el perfil de sostenibilidad subyacente de una entidad, un producto financiero o un servicio financiero. Esta práctica puede ser engañosa para los consumidores, inversores u otros participantes del mercado. Las AES también acordaron que las afirmaciones engañosas relacionadas con la sostenibilidad pueden ocurrir y propagarse intencionalmente o no, y que el lavado verde no requiere que los inversores sean realmente perjudicados. Además, el lavado ecológico puede ocurrir en relación con entidades y productos que están dentro o fuera del ámbito de competencia del marco regulador de la UE.
Este informe evalúa el riesgo de lavado verde, es decir, el riesgo de que se produzcan afirmaciones de sostenibilidad engañosas y engañen a los inversores en sus decisiones, en todo el SIVC. La identificación de tres funciones principales que pueden desempeñar los participantes en el mercado en relación con el lavado verde (desencadenante, esparcidor y/o receptor de una declaración engañosa) ayudó a la AEVM a comprender mejor las interrelaciones entre las SIVC y señaló la importancia de las responsabilidades de diligencia debida de cada participante en el mercado. La evaluación confirmó que las declaraciones engañosas pueden estar relacionadas con todos los aspectos clave del perfil de sostenibilidad de un producto o una entidad, como la gobernanza y los recursos ASG; estrategia, políticas y credenciales ESG; métricas y objetivos de rendimiento ESG; y el impacto en la sostenibilidad. La selección selectiva, la omisión, la ambigüedad, las afirmaciones vacías (incluida la exageración), el uso engañoso de la terminología ESG, como la denominación y la irrelevancia, se consideran las cualidades engañosas más extendidas. Si bien los documentos regulatorios parecen menos expuestos a los riesgos de lavado verde que los materiales de marketing, las etiquetas y los informes voluntarios, no deben pasarse por alto.
Tras esta evaluación transversal, el informe se centra en cuatro sectores bajo el mandato de la AEVM e identifica áreas más expuestas a riesgos de lavado ecológico y posibles acciones de remediación relevantes.
Con respecto a los emisores, la información prospectiva y las promesas sobre el desempeño futuro de ESG parecen estar particularmente expuestas al riesgo de lavado verde. Una mayor transparencia sobre los supuestos y parámetros subyacentes parece necesaria para ayudar a los inversores a tomar decisiones de inversión informadas teniendo en cuenta la ambición y la credibilidad de los compromisos de sostenibilidad. Proporcionar una visión justa, clara y no engañosa del perfil de sostenibilidad de una entidad implica una justificación clara. Las comunicaciones corporativas deben evitar la selección selectiva y las inconsistencias. Mejorar el reconocimiento de la financiación de transición sobre la base de información fiable y definir convenciones de nomenclatura para los instrumentos financieros podría ser beneficioso.
Las declaraciones de sostenibilidad que parecen particularmente expuestas a los riesgos de lavado verde en relación con los gestores de inversiones son las relativas al compromiso de un fondo o del gestor con las empresas participadas; estrategia, políticas y credenciales ESG; Gobernanza ESG, así como reclamaciones sobre el impacto en la sostenibilidad. Los nombres de los fondos, particularmente importantes para las decisiones de los inversores minoristas, también están expuestos a riesgos de lavado verde. La mitigación de estos riesgos requeriría aclaraciones sobre el concepto de contribución a un objetivo sostenible, divulgaciones normalizadas, en particular para la participación y abordar el uso indebido del Reglamento sobre divulgación de información sobre finanzas sostenibles (SFDR) como régimen de etiquetado.
Los índices de referencia son un canal de transmisión clave para las declaraciones y los datos de sostenibilidad producidos por los emisores y los proveedores de datos ESG. Las áreas más expuestas a los riesgos de lavado verde son las declaraciones de impacto relacionadas con el clima específico y los índices de referencia ESG y los problemas que también son comunes a los fondos, como las prácticas engañosas de nomenclatura, la falta de transparencia con respecto a las posibles participaciones y las metodologías de datos ESG. En términos de mitigación, sería importante mejorar la interacción del Reglamento sobre índices de referencia con piezas más recientes del marco de las finanzas sostenibles, así como la introducción de una etiqueta fiable para los índices de referencia ASG y de las convenciones de nomenclatura.
En el caso de los proveedores de servicios de inversión, las reclamaciones sobre la medida en que el asesoramiento ofrecido a los inversores minoristas tiene en cuenta la sostenibilidad y las situaciones en las que un asesor puede no proporcionar un asesoramiento personalizado adecuado al presentar las características de sostenibilidad de los productos. Con el fin de mitigar estos riesgos, podría reforzarse el marco regulatorio en relación con el concepto de preferencias de sostenibilidad, mejorar la experiencia de los asesores financieros y, al mismo tiempo, aumentar la alfabetización ESG de los inversores minoristas.
En general, el lavado verde parece ser el resultado de múltiples factores interrelacionados. Si bien el marco reglamentario está ganando madurez, los desafíos de implementación apuntan a la necesidad de mejorar su eficacia y coherencia. Para las ANC, la supervisión de la información relacionada con la sostenibilidad presenta desafíos, por ejemplo, en la creación de conocimientos especializados en materia de sostenibilidad. Los participantes del mercado en todo el SIVC enfrentan desafíos similares en la creación de experiencia, pero también en la implementación de los procesos de gobernanza, la organización interna y los sistemas de TI necesarios que respaldan efectivamente la calidad de las divulgaciones de sostenibilidad y los esfuerzos de transición. En este contexto, los participantes del mercado tienen dificultades para producir y acceder a datos de sostenibilidad relevantes y de alta calidad. Finalmente, la complejidad de las finanzas sostenibles, las brechas de alfabetización ESG y un panorama de etiquetado fragmentado limitan la capacidad de los inversores minoristas para tomar decisiones de inversión informadas y participar en la financiación de la transición de acuerdo con sus preferencias de sostenibilidad.
Para abordar estas cuestiones, el Informe identifica una serie de medidas correctivas preliminares. El marco regulador podría reforzarse aclarando determinados conceptos clave y ampliando aún más la financiación de la transición, el impacto en materia de sostenibilidad o el compromiso. Al mismo tiempo, los participantes del mercado en todo el SIVC ya tienen la responsabilidad de hacer afirmaciones fundamentadas y comunicar información de sostenibilidad de manera equilibrada. Además, una mayor transparencia en las metodologías de datos ASG, aclaraciones sobre el uso y cálculo de estimaciones, verificación externa y auditoría contribuirían a mejorar la fiabilidad y la exhaustividad de los datos de sostenibilidad. Con el fin de aumentar la participación de los inversores minoristas, sería beneficioso establecer un sistema de etiquetado fiable y bien diseñado para los productos financieros sostenibles y los esfuerzos para abordar las brechas de alfabetización ESG.
En cuanto a la respuesta supervisora que aborda los riesgos de lavado ecológico, ya se están tomando medidas. La AEVM identificó el tema de la «divulgación de información ASG» como una prioridad de supervisión estratégica de la Unión (USSP). Esto significa que las ANC coordinan su supervisión desde finales de 2022 y ponen en marcha acciones comunes de supervisión que apoyen la aplicación efectiva y coherente del marco de finanzas sostenibles en toda la UE.
Sobre la base de este informe, el informe final se publicará en mayo de 2024, proporcionando un balance de los poderes, recursos y acciones de supervisión para abordar los riesgos de lavado verde. También estudiará las recomendaciones finales, incluidas las relativas a posibles cambios en el marco regulador de la UE.
Introducción
1. Promover la transparencia y abordar el lavado ecológico es una de las prioridades clave de la AEVM, tal como se refleja en su hoja de ruta de finanzas sostenibles 2022-2024 y en su Estrategia 2023-2028. La CE estableció sus expectativas, en su Estrategia Renovada3 de julio de 2021, de que los supervisores desempeñen un papel esencial en la identificación, prevención, investigación, sanción y remediación del lavado verde. En mayo de 2022, la CE emitió una «Solicitud de información relacionada con los riesgos de lavado ecológico y la supervisión de las políticas de finanzas sostenibles» («solicitud de la CE»)4 a las tres AES, pidiéndoles que presentaran, por separado, pero de manera coordinada, un informe de progreso para mayo de 2023, seguido de un informe final para mayo de 2024. En esta solicitud, la CE solicita información sobre (1) la definición de lavado verde y las formas que puede adoptar en el sector financiero, (2) los riesgos que el lavado verde plantea para los inversores y los mercados financieros, (3) la implementación, supervisión y cumplimiento de políticas financieras sostenibles destinadas a prevenir el lavado verde y (4) sobre posibles mejoras en el marco regulatorio.
2. El objetivo del presente informe es apoyar una mejor comprensión del blanqueo ecológico y sus posibles repercusiones negativas en los mercados financieros y los inversores de la UE, evaluar qué zonas de la SIVC están más expuestas a los riesgos del blanqueo ecológico, identificar los factores subyacentes y empezar a sentar las bases para un seguimiento adecuado de los riesgos del blanqueo ecológico. Es importante destacar que la ESMA espera que el mapeo de las áreas de riesgo de lavado verde evolucione con el tiempo a medida que el marco regulatorio y las prácticas de mercado continúen desarrollándose. Sobre la base de esta evaluación, el informe también establece medidas correctivas preliminares. A continuación, el informe final trazará y evaluará la respuesta de la supervisión y emitirá recomendaciones finales, incluso sobre posibles cambios normativos.
3. Las medidas correctivas presentadas en el presente Informe son preliminares. La AEVM los tendrá en cuenta para el informe final y los ajustará y perfeccionará según sea necesario. Por lo que respecta a los posibles cambios en el marco regulador de la UE, el presente informe no hace una propuesta de plazos específicos o formas jurídicas concretas (directivas/reglamentos, normas técnicas, directrices u otras orientaciones de la AEVM) mediante los cuales podrían aplicarse dichos cambios. Si bien las medidas correctivas preliminares establecidas en este Informe se incorporarán a las recomendaciones finales, el Informe Final considerará otros aspectos según sea necesario.
4. A medida que la demanda de productos financieros con características de sostenibilidad continúa afianzándose, existe un fuerte impulso competitivo para que los participantes en el mercado (tanto empresas como participantes en los mercados financieros) mejoren y comuniquen su perfil de sostenibilidad y propongan ofertas de productos sostenibles. Las políticas de finanzas sostenibles están destinadas a garantizar que esta tendencia contribuya a la transición de la UE hacia una economía baja en carbono en virtud del Pacto Verde Europeo. Sin embargo, actualmente existe un desajuste entre la elevada demanda de oportunidades de inversión sostenible por parte de los inversores y el limitado conjunto de activos que se consideran sostenibles, en particular los que están en consonancia con el alto nivel del Reglamento sobre taxonomía de la UE (TR).
5. Los reguladores de los mercados de valores se enfrentan a las expectativas de las partes interesadas de intensificar la protección de los inversores y la integridad del mercado y mantener un entorno de confianza para las inversiones sostenibles. Las acusaciones de lavado verde han ido creciendo en número, dirigidas tanto a entidades financieras como no financieras, lo que también ha dado lugar a la creciente atención de los reguladores de los mercados de valores a este fenómeno. Los inversores profesionales y otros actores de la industria también parecen compartir la preocupación de que los riesgos de lavado verde hayan aumentado.6 Los inversores minoristas también se han vuelto cada vez más cautelosos con respecto al tema, como lo demuestran las encuestas realizadas por dos autoridades nacionales competentes (ANC).
6. La solicitud de las CE se refiere en términos generales a las «declaraciones de sostenibilidad» que establecen la expectativa de que la labor de las AES abarque no sólo las declaraciones relacionadas con el medio ambiente, sino también las reclamaciones relacionadas con aspectos sociales y de gobernanza. La legislación de la UE ha adoptado un enfoque integrado de los aspectos medioambientales y sociales con el fin de garantizar que las actividades o inversiones etiquetadas como sostenibles no contribuyan a ningún objetivo de sostenibilidad en detrimento de otro.
7. Se pidió a las AES que presentaran un entendimiento común de alto nivel de las características clave del blanqueo ecológico y lo complementaran con definiciones sectoriales más específicas cuando fuera pertinente y necesario. La AEVM ha adoptado un enfoque de doble materialidad en este informe, con miras a abordar las declaraciones engañosas relacionadas con la sostenibilidad cuando se refieren a (1) la exposición de un producto o entidad a riesgos de sostenibilidad y (2) los impactos que un producto o entidad tiene en las personas o el medio ambiente.8 A nivel de entidad, las declaraciones de riesgo de sostenibilidad ayudarían a comprender su resistencia a los riesgos relacionados con la sostenibilidad (por ejemplo, una empresa que hace afirmaciones sobre la exposición de sus actividades, modelo de negocio y rendimiento ante diversos riesgos físicos derivados de diversos peligros relacionados con ESG, y cómo mitiga las vulnerabilidades potenciales). A nivel de entidad, las afirmaciones sobre el impacto en la sostenibilidad normalmente incluirían información relacionada con las emisiones de GEI hasta la fecha, pero también información prospectiva sobre su compromiso con el rendimiento futuro (por ejemplo, objetivo de cero emisiones netas, plan de transición).
8. En consonancia con la expectativa de la CE de que las AES abarcarían los «segmentos más relevantes» de las SIVC bajo su competencia, el Informe de la AEVM se centra principalmente en los emisores, gestores de inversiones, administradores de índices de referencia y proveedores de servicios de inversión (también denominados «sectores»).
9. La AEVM se basó en una amplia variedad de fuentes de datos para preparar este informe, incluidos artículos académicos e informes de la industria, así como en un amplio alcance con las partes interesadas, buscando aportes de los participantes del mercado bajo su competencia y de otras partes interesadas, desde asociaciones de inversores minoristas hasta ONG y universidades. Las tres ESA llevaron a cabo una convocatoria de pruebas («CfE») para recopilar información de las partes interesadas sobre cómo comprender las características clave, los impulsores y los riesgos asociados con el lavado ecológico y para recopilar ejemplos de posibles prácticas de lavado verde. La AEVM también organizó, en diciembre de 2022, un taller de un día completo sobre canales de transmisión de riesgos de lavado verde e impactos para recopilar información de expertos.
Aclaración de la terminología utilizada en este informe: el término riesgo de lavado verde se refiere al riesgo de que se produzcan declaraciones de sostenibilidad engañosas y engañe a los inversores en sus decisiones; El término riesgo financiero relacionado con el lavado verde se refiere a los riesgos financieros más amplios que los casos de lavado verde pueden representar para las entidades, los mercados financieros y los inversores.
Entender el lavado verde en todos los sectores
10. En su solicitud, las CE pidieron a las AES «que presentaran un entendimiento común de alto nivel de las características clave del blanqueo ecológico […] para garantizar que haya un entendimiento común y un denominador común en todos los sectores». Este entendimiento común de alto nivel se basa en las referencias existentes de la UE y tiene por objeto proporcionar un punto de referencia compartido a los participantes en el mercado para abordar el problema, apoyando la protección de los consumidores, los inversores y otros participantes en el mercado. Es demasiado pronto para adoptar una posición sobre si el acuerdo de alto nivel debe integrarse en la legislación de la UE y de qué forma. Es necesario seguir analizándolo, en particular para garantizar la eficacia y la coherencia del marco regulador en los distintos textos legislativos.
Referencias existentes al greenwashing
11. Si bien las referencias presentadas en el marco regulador de la UE representan el punto de partida del trabajo de las AES sobre un entendimiento común de alto nivel del blanqueo ecológico, no abarcan todas sus formas potenciales en el marco de las respectivas competencias de las AES. En particular, las definiciones disponibles en el TR, el Reglamento Delegado SFDR, así como en los Reglamentos Delegados de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID II) y la Directiva de Distribución de Seguros (IDD) modificadas no se consideran suficientes por las siguientes razones:
• Estas referencias se centran en la divulgación y el asesoramiento de productos financieros, mientras que el lavado verde puede ocurrir en diferentes etapas del ciclo de vida del producto y también puede relacionarse con reclamos a nivel de entidad, en lugar de solo a nivel de producto. Además, puede alimentar documentos regulatorios;
• La referencia a las normas medioambientales básicas en la definición que figura en el considerando 11 del TR, así como en las modificaciones de los Reglamentos Delegados MiFID II e IDD, no es suficiente, ya que un producto o entidad podría cumplir las normas «básicas» pero ser retratado engañosamente como que cumple normas más estrictas;
• Si bien la obtención de una ventaja competitiva podría ser el resultado de prácticas de lavado verde, no es una consecuencia automática ni sistemática de tal fenómeno y, por lo tanto, no debe interpretarse como una condición previa para el lavado verde;
• Si bien algunas de estas referencias mencionan el lavado verde (como el considerando 16 del Reglamento Delegado del SFDR, la hoja de ruta de finanzas sostenibles de la AEVM), varias referencias existentes no definen explícitamente el lavado verde en un sentido amplio como que abarca todos los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza.
12. El entendimiento común de alto nivel de las AES aborda estas limitaciones.
Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/esas-explain-greenwashing-in-the-financial-sector/