La ABE pide a todas las entidades financieras afectadas por el final del período transitorio, y en particular a las que ofrecen servicios financieros a clientes con sede en la UE de forma transfronteriza y que se benefician del acuerdo de pasaporte, que informen adecuada y oportunamente a sus clientes con sede en la UE de cualquier medida que estén adoptando como parte de sus preparativos para el final del período transitorio que afecte a la disponibilidad y continuidad de los servicios que prestan. o si las instituciones tienen previsto dejar de ofrecer servicios a los clientes con sede en la UE. La información sobre el cese de los servicios a los clientes con sede en la UE debe explicar el impacto del cese en la prestación de servicios y la forma de ejercer los derechos de los clientes, a fin de evitar cualquier efecto perjudicial para los clientes.
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Nivelar el campo de juego: innovación al servicio de los consumidores y del mercado
Siete de cada diez de nosotros ahora utilizamos los servicios de al menos una empresa de tecnología financiera. Más consumidores están adoptando formas innovadoras de acceder a los servicios financieros en el Reino Unido que en mercados equivalentes, por ejemplo, utilizando servicios de agregación financiera para facilitar el ahorro y la gestión de los gastos.
Este éxito en la innovación financiera ha sido posible gracias a la amplitud de miras regulatorias; un rasgo que no siempre se asocia con los reguladores.