XBRL US envió una carta de comentarios a la Oficina de Divulgación Estructurada de la Comisión de Bolsa y Valores en respuesta a su solicitud de aportes sobre el borrador de la Taxonomía de Divulgación de Compensación Ejecutiva (ECD). La taxonomía debe ser utilizada por los contribuyentes, así como por los proveedores de herramientas y servicios que trabajan con ellos, para cumplir con la nueva regla de la SEC sobre pago versus rendimiento. La carta fue preparada por miembros de XBRL US y planteó puntos clave con respecto a:
- Solicitud de orientación y recursos adicionales, por ejemplo, reglas de validación, conjunto mínimo de datos, elementos estandarizados adicionales para adaptarse a múltiples escenarios relacionados con la compensación, etiquetas de documentación y documentos de instancias de muestra adicionales.
- Problemas técnicos, incluida una solicitud para adherirse a la Guía de estilo XBRL de EE. UU. y correcciones en la Guía de taxonomía.
- Solicitud de aclaración sobre orientación proporcionada, contenido gráfico y otros temas
La carta también planteó preocupaciones sobre el momento de la disponibilidad de la taxonomía final, dadas las fechas de cumplimiento que comienzan en enero de 2023.
RESUMEN: La Comisión de Bolsa y Valores («Comisión») está adoptando enmiendas para implementar la Sección 14 (i) («Sección 14 (i)») de la Ley de Bolsa de Valores de 1934 («Ley de Bolsa»), según lo agregado por la Sección 953 (a) de la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor («Ley Dodd-Frank»). El artículo 14(i) ordena a la Comisión que adopte normas que exijan a los solicitantes de registro que faciliten la divulgación de la remuneración frente al rendimiento. La divulgación se requiere en declaraciones de poder o información en las que se requiere la divulgación de la compensación ejecutiva. Los requisitos de divulgación no se aplican a las empresas de crecimiento emergente, las sociedades de inversión registradas ni los emisores privados extranjeros.
FECHAS: Fecha de entrada en vigor: Esta regla final entra en vigencia el 11 de octubre de 2022. Fecha de cumplimiento: Las empresas (que no sean compañías de crecimiento emergente, compañías de inversión registradas o emisores privados extranjeros) deben comenzar a cumplir con estos requisitos de divulgación en declaraciones de poder e información que deben incluir el Artículo 402 de la Regulación S-K (como se define a continuación) para los años fiscales que finalizan a partir del 16 de diciembre de 2022.
PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN, COMUNÍQUESE CON: John Byrne, Asesor Especial, Oficina de Política de Pequeñas Empresas, al (202) 551-3460, División de Finanzas Corporativas.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: La Comisión está adoptando una enmienda para añadir un nuevo párrafo (v) a 17 CFR 229.402 («Punto 402 del Reglamento S-K»); y enmendar 17 CFR 232.405 («Artículo 405 del Reglamento S-T»), 17 CFR 240.14a-101 («Anexo 14A») y 17 CFR 240.14c-101 («Anexo 14C»), cada uno bajo la Ley de Intercambio.
INTRODUCCIÓN
Antecedentes
La Sección 953(a) de la Ley Dodd-Frank1 («Sección 953(a)») agregó la Sección 14(i)2 a la Ley de Bolsa. La Sección 14(i) exige que la Comisión, por regla, exija a cada emisor que divulgue en cualquier material de solicitud de representación o consentimiento para una reunión anual de los accionistas del emisor una descripción clara de cualquier compensación requerida por el emisor bajo el Artículo 402 de la Regulación S-K (o cualquier sucesor de la misma), incluyendo, para cualquier emisor que no sea una empresa de crecimiento emergente, información que muestre la relación entre la remuneración de los ejecutivos realmente pagada y el rendimiento financiero del emisor, teniendo en cuenta cualquier cambio en el valor de las acciones y dividendos del emisor y cualquier distribución. La Sección 14(i) también establece que un emisor puede incluir una representación gráfica de la información que debe divulgarse.
Como parte del proceso legislativo de la Ley Dodd-Frank, en un informe de 2010, el Comité Senatorial de Banca, Vivienda y Asuntos Urbanos declaró que la divulgación requerida bajo la Sección 14 (i) «puede tomar muchas formas». Además, el informe indicó que la relación entre el pago de los ejecutivos y el desempeño se ha convertido en una «preocupación importante de los accionistas», y que la divulgación requerida debería «aumentar la responsabilidad corporativa», ya que los solicitantes de registro deberán proporcionar divulgaciones salariales ejecutivas más claras.
En 2015, la Comisión propuso una nueva regla para implementar la Sección 953 (a) mediante la creación de un nuevo requisito en el Artículo 402 del Reglamento S-K. El nuevo elemento propuesto requeriría que un solicitante de registro proporcione una descripción clara de (1) la relación entre la compensación ejecutiva realmente pagada a los funcionarios ejecutivos nombrados («NEO») del registrante (incluido el oficial ejecutivo principal del registrante (o personas que actúen en una capacidad similar durante el último año fiscal completado) («PEO»)) y el rendimiento total acumulado para los accionistas («TSR») del registrante, y (2) la relación entre el TSR del solicitante de registro y el TSR de un grupo de pares elegido por el registrante, durante cada uno de los cinco años fiscales completados más recientemente del registrante. El período de comentarios para la Liberación de Propuesta se reabrió en 2022 para permitir que los comentaristas analicen y comenten más a fondo las reglas propuestas a la luz de los desarrollos desde la publicación de la Liberación Propuesta y nuestra consideración adicional del mandato de la Sección 953 (a). En en el Comunicado de Reapertura, declaramos que estábamos considerando, y solicitamos comentarios públicos sobre, ciertos requisitos de divulgación adicionales que pueden implementar mejor el mandato de la Sección 953(a) al proporcionar a los inversionistas datos adicionales relevantes para la decisión.
Creemos que la divulgación exigida por la Sección 953 (a) tiene la intención de proporcionar a los inversores una divulgación más transparente, fácilmente comparable y comprensible de la compensación ejecutiva de un registrante, para que puedan evaluar mejor el programa de compensación ejecutiva de un solicitante de registro al tomar decisiones de voto, por ejemplo, al ejercer sus derechos a emitir votos consultivos sobre la compensación ejecutiva bajo la Sección 14A de la Ley de Intercambio o elegir directores. Esta creencia está respaldada por el hecho de que la Sección 953 (a) se promulgó contemporáneamente con otras disposiciones relacionadas con la compensación ejecutiva en la Ley Dodd-Frank que están «diseñadas para abordar los derechos de los accionistas y las prácticas de compensación ejecutiva».
Estos incluyeron la Sección 951 de la Ley Dodd-Frank, que promulgó la nueva Ley de Intercambio, Sección 14A, y Sección 953 (b) de la Ley Dodd-Frank. Estas disposiciones requerían, respectivamente, que, no menos de cada tres años, se sometiera a votación no vinculante de los accionistas una resolución separada para aprobar la remuneración de los ejecutivos; y que los solicitantes de registro divulguen la relación entre la mediana anual de la remuneración total de los empleados y la remuneración total anual del director ejecutivo.
Creemos que la divulgación exigida por la Sección 14(i) permitirá a los inversores evaluar la remuneración ejecutiva de un solicitante de registro realmente pagada en relación con su desempeño financiero más fácilmente y a un costo menor que bajo el régimen de divulgación de compensación ejecutiva existente. Bajo el Artículo 402 de la Regulación S-K, que especifica la información que debe incluirse cuando el formulario o cronograma aplicable requiere la divulgación de la compensación ejecutiva, ya se requiere información específica sobre el desempeño financiero, incluso en el Gráfico de Desempeño en 17 CFR 229.201 (e) («Artículo 201 (e) de la Regulación S-K»), la Información Financiera Suplementaria en 17 CFR 229.302 (Artículo 302), y Discusión y análisis de la administración de la situación financiera y los resultados de las operaciones en 17 CFR 220.303 (Ítem 303). Además, el artículo 402 del Reglamento S-K también requiere la divulgación detallada de la remuneración de los ejecutivos y los requisitos de divulgación basados en principios con respecto a la relación entre la remuneración y el desempeño.
Sin embargo, no hay un solo lugar donde los emisores deban proporcionar a los inversores comparaciones directas de la remuneración de un ejecutivo con el desempeño de su empresa, y específicamente el desempeño financiero, particularmente si los inversores están interesados en esa comparación durante un período de tiempo más largo que el período de informe más reciente. Las divulgaciones existentes generalmente proporcionan los componentes necesarios para hacer estas comparaciones, incluidos los datos requeridos para los cálculos que ayudan en estas comparaciones, pero hacerlo puede llevar mucho tiempo y ser costoso. Creemos que esta información es importante para los inversores en la evaluación de la compensación de los ejecutivos, y que las divulgaciones sobre la compensación de los ejecutivos pueden ser más significativas para los inversores cuando se colocan en el contexto del desempeño financiero de la empresa.15 De hecho, somos conscientes de que ciertos terceros (por ejemplo, asesores de voto o consultores de compensación) realizan dichos análisis y cobran a los clientes por el acceso a los datos resultantes. Exigir a los registrantes que computen y reporten esta información hará que esto sea Información igualmente accesible a todos los inversores de manera coherente.
Al hacer referencia específicamente a la divulgación de «información que muestra la relación entre la compensación ejecutiva realmente pagada y … desempeño financiero del emisor», la Sección 14 (i) solicita información que complementará la discusión de la gerencia sobre los elementos materiales de la compensación ejecutiva en el CD&A. Además, creemos que esta divulgación proporcionará a los inversores información importante y útil para la toma de decisiones con fines de comparación en un solo lugar cuando evalúen las prácticas y políticas de compensación ejecutiva de un registrante, incluso para fines del voto consultivo de los accionistas sobre compensación ejecutiva, votos sobre otros asuntos de compensación, elecciones de directores o al tomar decisiones de inversión.
La Sección 14(i) no prescribe expresamente la manera en que los emisores divulgarían la información requerida y hemos ejercido nuestra discreción para proporcionar un formato coherente que creemos que promueve los objetivos legales de hacer que los datos de pago versus desempeño sean claros y fáciles de evaluar para los inversores. La normalización del formato y la presentación de los datos, en particular las métricas cuantitativas, para promover esa facilidad de uso requiere costos incrementales para los emisores. Hemos optado por no seguir un enfoque totalmente basado en principios porque, entre otras razones, esa vía limitaría la comparabilidad entre emisores y dentro de las presentaciones de los emisores a lo largo del tiempo, además de aumentar la posibilidad de que algunos emisores opten por informar solo la información más favorable. Además, como describimos más detalladamente a continuación, las reglas finales requieren que los emisores calculen el valor de ciertas acciones y pensiones con más detalle de lo que se habría requerido en la regla propuesta. Estos cambios, en nuestra opinión, darán lugar a divulgaciones que representen con mayor precisión el momento en que los premios cambian de valor, lo cual es importante para que los inversores puedan evaluar si dichos cambios corresponden al desempeño de la compañía durante el período de tiempo apropiado.
Recibimos muchas cartas de comentarios en respuesta a la Liberación Propuesta y la Liberación de Reapertura. Después de tomar en consideración estos comentarios públicos, estamos adoptando las reglas propuestas, junto con algunos de los requisitos de divulgación suplementarios considerados en el Comunicado de Reapertura, con algunas modificaciones para reflejar los comentarios del público. Como se analiza con más detalle más adelante, las normas definitivas exigen que los solicitantes de registro presenten una divulgación que refleje la situación específica del solicitante de registro con respecto a la remuneración frente al rendimiento, al tiempo que proporcionan información de remuneración frente a rendimiento que puede compararse fácilmente entre los solicitantes de registro.
B. Sinopsis de las enmiendas finales
Las enmiendas agregan un nuevo 17 CFR 229.402 (v) («Artículo 402 (v) de la Regulación S-K»), que requiere que los registrantes describan la relación entre la compensación ejecutiva realmente pagada por el solicitante de registro y el desempeño financiero del solicitante de registro en el horizonte temporal de la divulgación. El Artículo 402(v) del Reglamento S-K requiere la divulgación del TSR acumulativo del registrante (sustancialmente como se define en el Artículo 201(e) del Reglamento S-K),18 el TSR del grupo de pares del registrante, el ingreso neto del registrante y una medida elegida por el registrante y específica para el registrante («Medida seleccionada por la Compañía») como medidas de desempeño financiero.
Las reglas finales requieren las siguientes revelaciones tabulares, con los elementos con asterisco que indican partes de las reglas finales de las cuales las compañías informantes más pequeñas («SRC»)19 están exentas:
Además, los solicitantes de registro deben utilizar la información de la tabla anterior para proporcionar descripciones claras de las relaciones entre la compensación realmente pagada y tres medidas de rendimiento financiero, a saber: describir la relación entre (a) la compensación ejecutiva realmente pagada a la OPE del solicitante de registro y (b) el promedio de la compensación ejecutiva realmente pagada a los NEO restantes del solicitante de registro a (i) el TSR acumulativo del registrante, (ii) el ingreso neto del registrante, y (iii) la Medida Seleccionada por la Compañía del registrante, en cada caso durante los cinco años fiscales más recientes completados del registrante.
Los solicitantes de registro también deben proporcionar una descripción clara de la relación entre el TSR del solicitante de registro y el TSR de un grupo de pares elegido por el solicitante de registro, también durante los cinco ejercicios fiscales completados más recientemente del registrante. Los solicitantes de registro tienen flexibilidad en cuanto al formato en el que presentar las descripciones de estas relaciones, ya sean gráficas, narrativas o una combinación de ambas. Los solicitantes de registro también tendrán la flexibilidad de decidir si agrupan cualquiera de estas divulgaciones de relación al presentar su divulgación de descripción clara, pero cualquier descripción combinada de múltiples relaciones debe ser «clara». Los SRC solo deberán presentar descripciones claras con respecto a las medidas que deben incluir en la tabla y para sus tres, en lugar de cinco, años fiscales terminados más recientemente.
Un solicitante de registro que no sea un SRC también deberá proporcionar una lista no clasificada de las medidas de desempeño financiero más importantes utilizadas por el solicitante de registro para vincular la compensación ejecutiva realmente pagada a los NEO del registrante durante el último año fiscal con el desempeño de la compañía. Aunque, como se explica más adelante, los solicitantes de registro pueden incluir medidas de rendimiento no financieras en esta lista, deben seleccionar la medida seleccionada por la empresa de las medidas de rendimiento financiero incluidas en esta lista, y debe ser la medida de rendimiento financiero que, en la evaluación del solicitante de registro, represente la medida de rendimiento más importante (que de otro modo no se requiera que se divulgue en la tabla) utilizada por el solicitante de registro para vincular la compensación realmente pagada a los objetos cercanos a la Tierra del solicitante de registro, para el año fiscal completado más recientemente, al desempeño de la compañía.
Como se discute a continuación, las reglas finales permiten a los registrantes proporcionar voluntariamente medidas suplementarias de compensación o desempeño financiero (en la tabla o en otra divulgación) y otras divulgaciones complementarias, siempre que dicha medida o divulgación se identifique claramente como suplementaria, no engañosa y no se presente con mayor prominencia que la divulgación requerida.22
Las normas definitivas se aplican a todas las empresas que informan, excepto a los emisores privados extranjeros, las sociedades de inversión registradas y las sociedades de crecimiento emergente («EGC»).23 Tal como se propone, los BDC recibirán el mismo trato que los emisores distintos de las sociedades de inversión registradas y, por lo tanto, estarán sujetos al requisito de divulgación del nuevo artículo 402(v) del Reglamento S-K.