India publica borrador de marco de divulgación climática


Por: Regulación Asia
1 de marzo de 2024

El Banco de la Reserva de la India (RBI, por sus siglas en inglés) está consultando sobre la divulgación de los riesgos financieros relacionados con el clima por parte de las organizaciones bajo un nuevo régimen de regulación. La información divulgada abarcaría cuatro áreas temáticas, incluida la estrategia de gobernanza, la gestión de riesgos, las métricas y los objetivos. «Existe la necesidad de un marco de divulgación mejor, consistente y comparable para las entidades reguladas, ya que la información inadecuada sobre los riesgos financieros relacionados con el clima puede conducir a la fijación errónea de precios de los activos y a la mala asignación de capital», dijo el RBI en un comunicado. Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del régimen deberán proporcionar detalles sobre el impacto de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en su estrategia comercial y planificación financiera, teniendo en cuenta al mismo tiempo diferentes escenarios climáticos. Según el marco, las organizaciones también tendrían que revelar cómo y en qué medida sus procesos de riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima se integran en sus procesos generales de gestión de riesgos, así como proporcionar actualizaciones sobre el progreso hacia los objetivos relacionados con el clima. El borrador del marco está abierto a comentarios hasta el 30 de abril.


Proyecto de marco de divulgación de información sobre los riesgos financieros relacionados con el clima, 2024

RBI/2023-24/

DOR. SFG.REC. /30.01.021/2023-24

28 de febrero de 2024

Todos los bancos comerciales registrados (excluidos los bancos de área local, los bancos de pagos y los bancos rurales regionales)

Todos los bancos cooperativos primarios (urbanos) de nivel IV (UCB)

Todas las instituciones financieras de toda la India (a saber, EXIM Bank, NABARD, NaBFID, NHB y SIDBI)

Todas las empresas financieras no bancarias de nivel superior y superior (NBFC)

Señora/ Estimado señor:

Los riesgos relacionados con el clima son uno de los riesgos emergentes y se espera que afecten significativamente a las entidades reguladas y tengan implicaciones en la estabilidad financiera.

2. Dada la creciente amenaza del cambio climático y los daños físicos asociados, los cambios en la percepción del mercado y la transición hacia productos y servicios más respetuosos con el medio ambiente, el impacto del cambio climático en las energías renovables es inevitable. Las ER también desempeñan un papel importante en la financiación de la transición hacia una economía sostenible desde el punto de vista medioambiental. Por lo tanto, es imperativo que las ER implementen políticas y procesos sólidos de gestión de riesgos financieros relacionados con el clima para contrarrestar eficazmente el impacto de los riesgos financieros relacionados con el clima.

3. Es necesario contar con un marco de divulgación mejor, coherente y comparable para las instituciones financieras internacionales, ya que una información inadecuada sobre los riesgos financieros relacionados con el clima puede dar lugar a una valoración errónea de los activos y a una mala asignación de capital por parte de éstas. En consecuencia, se ha decidido establecer un marco estándar de divulgación de información para las instituciones financieras sobre riesgos financieros relacionados con el clima.

Atentamente

(Sunil T. S. Nair)

Gerente General en Jefe

Proyecto de marco de divulgación de información sobre los riesgos financieros relacionados con el clima, 2024

1. Introducción

Uno de los riesgos más importantes a los que se enfrentan las energías renovables hoy en día se relaciona con el cambio climático. El Documento de Debate sobre Riesgo Climático y Finanzas Sostenibles publicado el 27 de julio de 20221 había delineado en detalle las fuentes del riesgo climático, así como el impacto potencial que se derivaba de él en las ER. También ha detallado la necesidad de que todas las empresas con economías emergentes cuenten con una gobernanza, una estrategia y una estructura de gestión de riesgos adecuadas para gestionar los riesgos del cambio climático. La divulgación de información relacionada con el clima por parte de las ER es una fuente importante de información para que las diferentes partes interesadas (por ejemplo, clientes, depositantes, inversores y reguladores) comprendan los riesgos pertinentes a los que se enfrentan y el enfoque adoptado para abordar dichas cuestiones. Las ER ya están obligadas a divulgar información sobre los riesgos materiales como parte de sus divulgaciones del Pilar 3. Dada la creciente importancia de los riesgos financieros relacionados con el clima, es necesario que las ER divulguen información más estructurada sobre sus riesgos financieros relacionados con el clima.

2. Título corto

Estas directrices se denominarán Marco de Divulgación de Riesgos Financieros Relacionados con el Clima, 2024.

3. Finalidad/justificación

Las ER deben revelar información sobre sus riesgos financieros relacionados con el clima y las oportunidades para los usuarios de los estados financieros. Fomentará una evaluación temprana de los riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima y también facilitará la disciplina del mercado.

4. Aplicabilidad

Las directrices serán aplicables a las siguientes entidades, denominadas colectivamente ER:

a) Todos los Bancos Comerciales Registrados (excluidos los Bancos de Área Local, los Bancos de Pagos y los Bancos Rurales Regionales)

b) Todos los Bancos Cooperativos Primarios (Urbanos) de Nivel IV

c) Todas las instituciones financieras de toda la India (a saber, EXIM Bank, NABARD, NaBFID, NHB y SIDBI)

d) Todas las empresas financieras no bancarias de capa superior y superior

Las ER divulgarán la información detallada en las presentes directrices de forma independiente y no consolidada. Los bancos extranjeros divulgarán información específica sobre sus operaciones en la India. La adopción de estas directrices es voluntaria en el caso de las ER distintas de las detalladas en los apartados a), b), c) y d) anteriores.

5. Facultades ejercidas

El Banco de la Reserva, convencido de que es necesario y conveniente para el interés público hacerlo, ha publicado estas directrices en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 21 y 35A de la Ley de Reglamentación Bancaria de 1949, leídos conjuntamente con el artículo 56 de la Ley de Reglamentación Bancaria de 1949; Capítulo IIIB de la Ley del Banco de la Reserva de la India de 1934; y los artículos 30A, 32 y 33 de la Ley del Banco Nacional de la Vivienda de 1987.

6. Definiciones

En estas directrices, a menos que el contexto indique lo contrario, los términos aquí contenidos tendrán el significado que se les asigna a continuación:

(a) «Riesgos financieros relacionados con el clima2» significa los riesgos potenciales que pueden derivarse del cambio climático o de los esfuerzos para mitigar el cambio climático, sus impactos conexos y las consecuencias económicas y financieras.

(b) «Resiliencia climática3»: la capacidad de una ER para adaptarse a los cambios, la evolución o las incertidumbres relacionados con el clima. Implica la capacidad de gestionar los riesgos relacionados con el clima y los beneficios de las oportunidades relacionadas con el clima, incluida la capacidad de responder y adaptarse a los riesgos físicos y de transición relacionados con el clima. Incluye la resiliencia estratégica y operativa de las energías renovables a los cambios, desarrollos o incertidumbres relacionados con el clima.

(c) «CO2 equivalente4» significa la unidad de medida universal para indicar el potencial de calentamiento atmosférico de cada gas de efecto invernadero, expresado en términos del potencial de calentamiento atmosférico de una unidad de dióxido de carbono. Esta unidad se utiliza para evaluar la emisión (o evitar la liberación) de diferentes gases de efecto invernadero en relación con una base común.

(d) «Emisiones financiadas5» son la parte de las emisiones brutas de gases de efecto invernadero de una participada o contraparte atribuida a los préstamos e inversiones realizados por una ER a la participada o contraparte.

(e) «Gases de efecto invernadero (GEI)6» son aquellos constituyentes gaseosos de la atmósfera, tanto naturales como antropogénicos, que absorben y emiten radiación en longitudes de onda específicas dentro del espectro de radiación infrarroja térmica emitida por la superficie terrestre, por la propia atmósfera y por las nubes. Esta propiedad provoca el efecto invernadero. El dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), y óxido nitroso (N2O) son los principales gases de efecto invernadero en la atmósfera terrestre.

(f) «Personas que asumen riesgos materiales» tendrá el mismo significado que se le asigna en las Directrices sobre la remuneración de los directores a tiempo completo, los directores ejecutivos, las personas que asumen riesgos materiales y el personal de la función de control, de fecha 4 de noviembre de 2019.

(g) «Riesgo físico7» significa los costes económicos y las pérdidas financieras resultantes del aumento de la gravedad y la frecuencia de:

  • fenómenos meteorológicos extremos relacionados con el cambio climático, como inundaciones, olas de calor, deslizamientos de tierra, tormentas e incendios forestales, conocidos como riesgos físicos agudos;
  • el cambio gradual del clima a largo plazo, como los cambios en las precipitaciones, la variabilidad meteorológica extrema, la acidificación de los océanos y el aumento del nivel del mar y de las temperaturas medias, conocidos como riesgos físicos crónicos; y
  • Efectos indirectos del cambio climático, como la pérdida de servicios ecosistémicos (por ejemplo, escasez de agua, degradación de la calidad del suelo o ecología marina).

(h) «Análisis de escenarios8» es una herramienta utilizada para potenciar el pensamiento estratégico crítico. Una característica clave del análisis de escenarios es explorar alternativas que puedan alterar significativamente la base de los supuestos de «negocios como de costumbre». En consecuencia, necesitan desafiar la sabiduría convencional sobre el futuro.

(i) «Alcance 19 «emisiones de gases de efecto invernadero» son emisiones directas de gases de efecto invernadero que se producen a partir de fuentes que son propiedad o están controladas por la ER.

(j) «Ámbito de aplicación 210 «emisiones de gases de efecto invernadero» son emisiones indirectas de gases de efecto invernadero procedentes de la generación de electricidad, vapor, calefacción o refrigeración comprados o adquiridos consumidos por la FER. La electricidad comprada y adquirida es la electricidad que se compra o se introduce de otro modo en los límites de la RE. Estas emisiones se producen físicamente en la instalación donde se genera la electricidad.

(k) «Alcance 311 «emisiones de gases de efecto invernadero» son emisiones indirectas de gases de efecto invernadero (no incluidas en las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 2) que se producen en la cadena de valor de una entidad, incluidas las emisiones anteriores y posteriores12.

(l) «Riesgo de transición13» se refiere a los riesgos relacionados con el proceso de ajuste hacia una economía baja en carbono, a saber: i) los cambios en las políticas y regulaciones relacionadas con el clima, ii) la aparición de nuevas tecnologías, iii) el cambio en las preferencias y el comportamiento de los clientes.

Las palabras y expresiones utilizadas, pero no definidas en estas directrices, pero definidas en la Ley del Banco de la Reserva de la India de 1934, la Ley de Regulación Bancaria de 1949, la Ley del Banco Nacional de la Vivienda de 1987 y la Ley de Sociedades de 2013, tendrán el significado que se les asigna respectivamente en dichas Leyes, con sus modificaciones periódicas.

7. Pilares temáticos de la divulgación

La divulgación de información por parte de las instituciones financieras abarcará los cuatro ámbitos temáticos siguientes (pilares):

7.1 Gobernanza: debe detallar los procesos, controles y procedimientos de gobernanza utilizados por la ER para identificar, evaluar, gestionar, mitigar, monitorear y supervisar los riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima. Las ER divulgarán, entre otras cosas:

a) la supervisión por parte de la Junta Directiva de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima;

b) El papel de la alta dirección en la evaluación y gestión de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

7.2 Estrategia: debe detallar la estrategia de la ER para gestionar los riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima. Las ER divulgarán, entre otras cosas:

a) los riesgos y oportunidades relacionados con el clima identificados a corto, medio y largo plazo;

b) el impacto de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en los negocios, la estrategia y la planificación financiera de las energías renovables;

c) la resiliencia de la estrategia de la ER teniendo en cuenta los diferentes escenarios climáticos.

7.3 Gestión de riesgos: debe detallar los procesos de la ER para identificar, evaluar, priorizar y monitorear los riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima, incluida la cuestión de si esos procesos se integran e informan sobre el proceso general de gestión de riesgos de la ER y cómo lo hacen. Las ER divulgarán, entre otras cosas:

a) los procesos y las políticas conexas para identificar, evaluar, priorizar y supervisar los riesgos financieros relacionados con el clima;

b) los procesos utilizados para gestionar los riesgos relacionados con el clima;

c) la medida en que los procesos de identificación, evaluación, priorización y seguimiento de los riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima se integran en la gestión general de riesgos y se basan en ella.

7.4 Métricas y objetivos: las divulgaciones sobre métricas y objetivos deben detallar el desempeño de la ER en relación con sus riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima, incluido el progreso hacia los objetivos relacionados con el clima que haya establecido y cualquier objetivo que deba cumplir por ley o reglamento. Las ER divulgarán, entre otras cosas:

a) los parámetros utilizados para evaluar los riesgos y oportunidades financieros relacionados con el clima en consonancia con su estrategia y su proceso de gestión de riesgos;

b) Emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de alcance 1, 2 y 3 y los riesgos relacionados;

c) los objetivos utilizados para gestionar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima y el rendimiento en relación con los objetivos.

Las RE divulgarán, como mínimo, las divulgaciones clave en el marco de los cuatro «Pilares Temáticos de Divulgación» antes mencionados, tal como se detalla en el Anexo 1.

8. Comienzo

La trayectoria de deslizamiento para la divulgación detallada por parte de las ER en las áreas de «Gobernanza», «Estrategia», «Gestión de Riesgos» y «Métricas y Objetivos» es la siguiente:

Las ER también divulgarán las hipótesis o los indicadores y las garantías externas adoptadas, si las hubiera, para los parámetros divulgados.

9. Validación/escrutinio de las divulgaciones

9.1 Las divulgaciones estarán sujetas a las evaluaciones de control interno apropiadas y serán revisadas por el Consejo de Administración o un Comité del Consejo.

9.2 Las divulgaciones deben incluirse y divulgarse como parte de los resultados/estados financieros de la RE en su sitio web.

1 Banco de la Reserva de la India – Publicaciones (rbi.org.in)

2 BCBS (2021), Riesgos financieros relacionados con el clima: metodologías de medición, abril.

3 NIIF (2023), Información sobre el clima, junio.

4 NIIF (2023), Información sobre el clima, junio.

5 NIIF (2023), Información sobre el clima, junio.

6 BCBS (2021), Riesgos financieros relacionados con el clima: metodologías de medición, abril.

7 BCBS (2021), Riesgos financieros relacionados con el clima: metodologías de medición, abril.

8 BCBS (2021), Riesgos financieros relacionados con el clima: metodologías de medición, abril.

9 NIIF (2023), Información sobre el clima, junio.

10 NIIF (2023), Información sobre el clima, junio.

11 NIIF (2023), Información sobre el clima, junio.

12. Incluye las emisiones financiadas que comúnmente se refieren a las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) asociadas, en el caso de las ER, a préstamos e inversiones.

13. Tomado de CSBB (2021), Riesgos financieros relacionados con el clima: metodologías de medición, abril.

14. Los organismos coordinadores de seguridad física, las instituciones financieras internacionales de origen y las empresas financieras no bancarias a los que se aplican estas directrices deben informar tanto de la información de referencia como de la información ampliada. Los UCB a los que se aplican estas directrices deben informar de las divulgaciones de referencia como mínimo, mientras que las divulgaciones mejoradas son voluntarias.

15. Por ejemplo, las Directrices Nacionales sobre Conducta Empresarial Responsable, notificadas por el Ministerio de Asuntos Corporativos del Gobierno de la India, la Responsabilidad Empresarial y los Informes de Sostenibilidad (BRSR) notificadas por la Junta de Bolsa y Valores de la India y modificadas periódicamente.

16. Como las Normas GRI 2021, las NIIF S2 Divulgaciones relacionadas con el clima del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad.

17. Estos impactos pueden describirse en términos cualitativos, cuantitativos o una combinación de términos cualitativos y cuantitativos. Se alienta a las ER a incluir información cuantitativa, siempre que los datos y las metodologías lo permitan.

18. Algunos ejemplos son los riesgos estratégicos, reputacionales, regulatorios y de litigios o responsabilidad.

19. Las ER pueden referirse a los recursos publicados por la Iniciativa de Objetivos Basados en la Ciencia (SBTi), la Alianza Financiera de Glasgow para el Cero Neto (GFANZ), la Alianza Bancaria Net Cero (NZBA) establecida en virtud de la iniciativa de Principios para la Banca Responsable de la Iniciativa Financiera del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP FI), etc., y a los escenarios publicados por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), Agencia Internacional de la Energía (AIE), Red para la Ecologización del Sistema Financiero (NGFS), etc.

20. Medir las emisiones de gases de efecto invernadero de acuerdo con los estándares prescritos por el Protocolo de Gases de Efecto Invernadero.

21. Las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 3 se clasifican en 15 categorías (según la Norma de Contabilidad y Reporte de la Cadena de Valor Corporativa (Alcance 3) del Protocolo de Gases de Efecto Invernadero (Alcance 3):

(1) bienes y servicios adquiridos;( 2) bienes de capital; (3) actividades relacionadas con el combustible y la energía no incluidas en las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 1 o en las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 2; (4) transporte y distribución aguas arriba; (5) residuos generados en las operaciones; (6) viajes de negocios; (7) desplazamientos de los empleados; (8) activos arrendados aguas arriba; (9) transporte y distribución aguas abajo; (10) procesamiento de productos vendidos; (11) uso de los productos vendidos; (12) tratamiento al final de la vida útil de los productos vendidos; (13) activos arrendados aguas abajo; (14) franquicias; y (15) inversiones.

22. RE utilizará la Clasificación Industrial Nacional de 2008 (actualizada periódicamente) para clasificar a las contrapartes

23. ER divulgará los préstamos, la financiación de proyectos, las inversiones y los compromisos de préstamos no utilizados.

24. La exposición bruta incluirá las exposiciones basadas en fondos y las exposiciones no utilizadas


Publicado originalmente: https://www.esginvestor.net/live/india-issues-draft-climate-disclosure-framework/

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