El Reino Unido ha confirmado que adoptará las nuevas Normas Internacionales de Divulgación de Sostenibilidad NIIF y ha propuesto un enfoque y un cronograma para su implementación.
Un comunicado del Departamento de Negocios y Comercio (DBT) del país explicó que las nuevas Normas de Divulgación de Sostenibilidad (SDS) del Reino Unido se basarán en las Normas de Divulgación de Sostenibilidad NIIF emitidas por el Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB). «Los estándares respaldados por el Reino Unido sólo se desviarán de la base global si son absolutamente necesarios para asuntos específicos del Reino Unido».
Un boletín de la Autoridad de Conducta Financiera (FCA) proporciona detalles sustanciales sobre los próximos pasos. Los primeros estándares que se implementarán serán los Requisitos generales de la NIIF S1 para la divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad y la NIIF S2 relacionada con el clima. La FCA planea realizar consultas sobre la implementación de estas reglas de divulgación en la primera mitad de 2024. Suponiendo que el proceso de respaldo del gobierno del Reino Unido también se complete en el mismo período, la FCA pretende finalizar su posición política para fines de 2024, trayendo nuevos requisitos vigentes para los ejercicios contables que comiencen a partir del 1 de enero de 2025. La primera presentación de informes comenzaría a partir de 2026.
La FCA también consultará sobre el alcance y el diseño del nuevo régimen, incluidas medidas de transición para una implementación fluida y un paso del actual enfoque de cumplimiento o explicación a divulgaciones obligatorias para los emisores que cotizan en bolsa.
Esperamos que muchos otros países adopten un enfoque similar, utilizando las Normas NIIF de Divulgación de Sostenibilidad como elemento fundamental para sus requisitos de presentación de informes de sostenibilidad. Como observa el DBT, el uso de esta base de referencia compartida permitirá que “la información que las empresas divulguen según la SDS del Reino Unido sea globalmente comparable y útil para la toma de decisiones por parte de los inversores”.
Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad: NIIF S1 y S2
El Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) publicó sus 2 primeras Normas NIIF de Divulgación de Sostenibilidad (normas ISSB) el 26 de junio de 2023:
- Requiere que una entidad revele información sobre sus riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad que sea útil para los usuarios principales de los informes financieros de propósito general al tomar decisiones relacionadas con el suministro de recursos a la entidad. Esto implica revelar información material sobre todos los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad que razonablemente podría esperarse que afecten las perspectivas de la entidad.
- Requiere que una entidad revele información sobre sus riesgos y oportunidades relacionados con el clima que razonablemente podría esperarse que afecten las perspectivas de la entidad.
Damos la bienvenida a la publicación de los dos estándares que ofrecen, por primera vez, un estándar global de presentación de informes para la divulgación de sostenibilidad corporativa. Nuestra opinión es que las divulgaciones de sostenibilidad internacionalmente consistentes, comparables y útiles mejorarán la transparencia de las actividades de los emisores. Esto brindará a los inversores la información que necesitan para tomar decisiones comerciales, de riesgo y de asignación de capital.
Hemos sido un firme defensor del desarrollo de estándares internacionales de presentación de informes corporativos sobre sostenibilidad. Junto con nuestros socios reguladores de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO), hemos apoyado el trabajo de la Fundación IFRS en esta área, desde que se consideró por primera vez el ISSB.
En este artículo:
- Establecer características clave de nuestro proceso para implementar los estándares y planes de consulta.
- explique cómo continuaremos supervisando las divulgaciones existentes bajo el marco del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD), hasta que se implementen nuevos requisitos.
- asesorar a los emisores sobre lo que pueden hacer ahora para prepararse para cualquier obligación futura relacionada con la presentación de informes sobre las normas ISSB
Implementación de los estándares ISSB para empresas que cotizan en bolsa: nuestro enfoque propuesto
Tras la publicación de las normas ISSB finales, las jurisdicciones, incluido el Reino Unido, deben considerar cómo hacer referencia a las normas en sus marcos legales y regulatorios.
IOSCO instó a sus 130 jurisdicciones miembros a considerar cómo podrían adoptar, aplicar o de otro modo ser informados por los estándares ISSB, dentro del contexto de sus acuerdos jurisdiccionales. Y hacerlo de una manera que promueva divulgaciones consistentes y comparables relacionadas con el clima y otras cuestiones relacionadas con la sostenibilidad para los inversores.
El gobierno del Reino Unido también ha expresado su apoyo a los estándares ISSB. El Gobierno confirmó que espera que los estándares del ISSB formen un componente central del marco de Requisitos de Divulgación de Sostenibilidad (SDR) y sean la columna vertebral de su elemento de presentación de informes corporativos.
El Gobierno reiteró su compromiso de introducir informes obligatorios según los estándares ISSB, sujetos a un proceso formal de evaluación y aprobación. Su objetivo es completar este proceso de evaluación y aprobación dentro de los 12 meses posteriores a la publicación de los estándares finales.
La decisión de aprobación corresponderá al secretario de Estado de Empresa y Comercio. Se están estableciendo dos comités asesores para apoyar la toma de decisiones del secretario de Estado sobre el respaldo y coordinar la implementación de los requisitos de presentación de informes por parte del Gobierno y la FCA. Un comité se centrará en la política pública y su implementación (el Comité de Implementación y Política de Divulgación de Sostenibilidad (PIC) del Reino Unido), y el segundo comité, el Comité Asesor Técnico de Divulgación de Sostenibilidad (TAC) del Reino Unido, se centrará en los aspectos técnicos de los estándares para su aprobación. Contribuiremos a este proceso como miembro del Comité de Política e Implementación. El Gobierno publicará un documento marco que establecerá las funciones y responsabilidades de cada comité a su debido tiempo.
Consulta de la FCA
Anteriormente hemos declarado que tenemos la intención de realizar consultas sobre la actualización de nuestras reglas de divulgación alineadas con el TCFD para que las empresas que cotizan en bolsa hagan referencia a los estándares ISSB respaldados por el Reino Unido. Esto se basará en nuestros requisitos de divulgación climática existentes.
Los estándares ISSB se basan en el marco del TCFD y la NIIF S2 es consistente con las cuatro recomendaciones principales y las once divulgaciones recomendadas publicadas por el TCFD. El TCFD ya se ha consolidado en la Fundación IFRS.
Esperamos realizar consultas en el primer semestre de 2024 sobre propuestas para implementar reglas de divulgación que hagan referencia a las NIIF S1 y NIIF S2 respaldadas por el Reino Unido para las empresas que cotizan en bolsa. Tomaremos en cuenta los aportes al proceso de respaldo del Gobierno y nuestro propio análisis de costo-beneficio. Suponiendo que el proceso de aprobación del Gobierno se complete en el plazo previsto, nuestro objetivo es finalizar nuestra posición política para finales de 2024, con miras a poner en vigor nuevos requisitos para los ejercicios contables que comiencen a partir del 1 de enero de 2025. comenzará a partir de 2026.
También consultaremos sobre el alcance y el diseño apropiados para el nuevo régimen. Como parte de esto, consideraremos la interacción con nuestras reformas propuestas a las reglas de cotización de acciones para identificar un alcance proporcional para la regla. Estas reformas incluyen la posible sustitución de las categorías de cotización premium y estándar por una única categoría de acciones en empresas comerciales. También identificaremos cualquier medida de transición que pueda ser necesaria para garantizar una implementación fluida. Esperamos realizar consultas sobre cómo pasar del cumplimiento actual o explicar la base de cumplimiento a divulgaciones obligatorias para los emisores que cotizan en bolsa.
Planes de transición
Al mismo tiempo que consultamos sobre nuestro enfoque político en relación con los estándares ISSB, consultaremos sobre la orientación que establecerá nuestras expectativas para las divulgaciones del plan de transición de las empresas que cotizan en bolsa.
Un plan de transición relacionado con el clima es un aspecto de la estrategia general de una entidad que establece los objetivos, acciones o recursos de la entidad para su transición hacia una economía con bajas emisiones de carbono. Esto incluye acciones como reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero. Desarrollaremos nuestra orientación con referencia a los resultados finales del Grupo de Trabajo del Plan de Transición (TPT).
Nuestro marco actual alienta a las empresas que cotizan en bolsa a considerar la Guía del TCFD sobre métricas, objetivos y planes de transición. Y cuando hayan desarrollado y divulgado un plan de transición, las empresas que cotizan en bolsa deberían evaluar hasta qué punto han considerado compromisos nacionales netos cero.
La NIIF S2 incluye un requerimiento para hacer revelaciones que se relacionen con la planificación de la transición (por ejemplo, el requerimiento en el párrafo 14(a)(iv) de que una entidad revele información sobre «cualquier plan de transición relacionado con el clima que [tenga]»). Consideramos que las empresas que cotizan en bolsa se beneficiarían de una claridad adicional sobre lo que debe cubrir un plan de transición climática de buenas prácticas. Nuestra opinión es que el Marco TPT proporcionará ese detalle, ayudando a los emisores a informar de manera más efectiva sobre los aspectos relacionados con el plan de transición de la NIIF S2.
El Marco TPT ha sido diseñado específicamente para interoperar con la NIIF S2. El borrador del Marco TPT recomienda un «enfoque estratégico y completo» para la planificación de la transición. Considera tanto los pasos que una entidad puede tomar para reducir sus propias emisiones de gases de efecto invernadero como cualquier acción que contribuya a una transición en toda la economía. Al consultar sobre la introducción de una guía alineada con el Marco TPT dentro de nuestro Manual al mismo tiempo que los estándares ISSB respaldados por el Reino Unido, reconoceremos explícitamente la relación entre los dos marcos.
Seguimiento de la evolución internacional
Además de desarrollar nuestro enfoque para la implementación de los estándares ISSB y el Marco TPT, continuaremos siguiendo y participando en los desarrollos internacionales relevantes para el panorama de los informes de sostenibilidad. Pronto publicaremos nuestra respuesta a la Solicitud de consulta de información del ISSB sobre las prioridades de la agenda sobre su futuro plan de trabajo.
Como copresidente del flujo de trabajo de IOSCO sobre garantía sobre divulgaciones de sostenibilidad, hemos alentado firmemente el desarrollo de estándares internacionales para respaldar un ecosistema de aseguramiento confiable y mejorar la calidad de las divulgaciones. IOSCO estableció consideraciones clave para los emisores de estándares y otras partes interesadas clave en todo el ecosistema, incluidos los emisores. Alentamos a los emisores a considerar los asuntos del informe a medida que avanza el trabajo hacia un marco de aseguramiento global.
Nuestro enfoque de supervisión
Cuando introdujimos las actuales reglas de divulgación relacionadas con el clima, desarrollamos un enfoque de supervisión, en colaboración con el Consejo de Información Financiera (FRC), que fue diseñado para preparar a los emisores para tener éxito.
Reconocimos que, para elevar los niveles de cumplimiento, nuestros esfuerzos deberían centrarse en:
- crear conciencia sobre las nuevas reglas y orientaciones; y
- mejorar la calidad de las divulgaciones
Prevemos continuar utilizando revisiones temáticas en 2023/24 para considerar las divulgaciones alineadas con el TCFD realizadas por todas las empresas que cotizan en bolsa en el alcance de nuestras reglas de divulgación alineadas con el TCFD existentes, teniendo en cuenta que las empresas que cotizan en bolsa estándar están presentando informes por primera vez.
Reconocemos que nuestro enfoque de supervisión deberá evolucionar a medida que nos acerquemos a la implementación de las NIIF S1 y S2 y a mayores expectativas sobre las revelaciones del plan de transición. Proporcionaremos más información sobre nuestro enfoque de supervisión como parte de nuestra consulta.
Qué pueden hacer ahora las empresas que cotizan en bolsa para prepararse
Los estándares ISSB y la guía del plan de transición mejorado no reemplazarán el marco de divulgación del TCFD de inmediato. Pero recomendamos encarecidamente a las empresas que cotizan en bolsa y a sus asesores que comiencen a considerar los estándares ahora y los incorporen en sus planes para la presentación de informes futuros.
Las acciones que las empresas que cotizan en bolsa pueden tomar para prepararse para la posible introducción futura de las normas incluyen:
- Continúe mejorando sus informes de acuerdo con las reglas de divulgación relacionadas con el clima existentes. A medida que los estándares ISSB se basan en reglas existentes, alentamos a las empresas que cotizan en bolsa a continuar mejorando sus informes climáticos considerando las recomendaciones del TCFD y las directrices que las acompañan.
- Comprometerse tempranamente con las NIIF S1 y S2, las guías asociadas y el Marco de Divulgación y Guía de TPT (una vez publicado) y considerar la posibilidad de informar de forma voluntaria. Familiarizarse con los estándares ISSB y el Marco TPT ayudará a las empresas que cotizan en bolsa a identificar lagunas de datos y oportunidades para mejorar los procesos internos. Alentamos a las empresas que cotizan en bolsa a complementar sus informes existentes con informes alineados con los estándares ISSB y el Marco TPT de forma voluntaria, antes de posibles requisitos futuros.
- Participar en el proceso de aprobación e implementación del Reino Unido para los estándares ISSB. Animamos a las empresas cotizadas a responder a la convocatoria de pruebas del Comité Técnico Asesor (que cerrará el 11 de octubre de 2023) y nuestra consulta sobre la implementación, cuando se publique.
Auditoría de estados financieros por empresas de auditoría de terceros países – suspensiones de cotización
Según DTR 4.1.7 R (4), un emisor que sea una empresa de un tercer país que cotice en el Reino Unido en el sentido de la Sección 1241 de la Ley de Sociedades de 2006 (emisores de terceros países), debe asegurarse de que su auditor esté inscrito en el registro del FRC.
Los estados financieros que no incluyan un informe de auditoría proporcionado por un auditor de un tercer país registrado en el FRC no serán auditados a los efectos del cumplimiento del DTR 4.1.7 R.
Los emisores de terceros países sin un auditor de tercer país registrado en el FRC deben asegurarse de nombrar uno lo antes posible y dentro de un plazo razonable antes de que comience el proceso de auditoría.
Anteriormente hemos escrito a emisores de terceros países con estados financieros publicados que no incluyen informes de auditoría realizados por un auditor de terceros países registrado en el FRC para recordarles sus obligaciones. En la carta, también les informamos que podemos tomar medidas, incluida la suspensión temporal de la cotización del emisor como resultado de un incumplimiento del DTR 4.1.7 R (4).
Ahora, cuando tengamos conocimiento de que un auditor de un tercer país registrado en el FRC no ha proporcionado un informe de auditoría publicado, proponemos tomar medidas suspendiendo temporalmente la cotización del emisor conforme a nuestras facultades establecidas en LR 5.1.1 R (1). Dicha suspensión permanecería vigente hasta que el emisor haya cumplido con DTR 4.1.7 R (4) mediante la publicación de un informe de auditoría proporcionado por un auditor de un tercer país registrado en el FRC.
Alentamos a los emisores de terceros países que corren el riesgo de infringir el DTR 4.1.7 R (4) a que nos soliciten la suspensión de su cotización antes de que se produzca cualquier incumplimiento.
Los emisores también deben considerar si dicho incumplimiento puede dar lugar a una obligación de divulgación según el Reglamento sobre Abuso de Mercado (MAR).
Aplicación de nuestras disposiciones transitorias en relación con la capitalización bursátil mínima para empresas fantasma
Recientemente escribimos a empresas fantasma (como se define en LR 5.6.5A R) para recordarles las disposiciones transitorias disponibles para ciertos emisores cuando la empresa tiene la intención de llevar a cabo una adquisición inversa que resultará en que la entidad ampliada deba solicitar su cotización en bolsa.
Estas disposiciones transitorias permiten a las empresas cotizar en bolsa con una capitalización de mercado mínima de 700.000 libras esterlinas.
Si un emisor desea basarse en dichas disposiciones transitorias, la fecha límite para las presentaciones completas a la FCA, para una revisión de elegibilidad y una revisión del prospecto, para la solicitud de cotización propuesta de conformidad con la Regla de Cotización 5.6.21 R (es decir, cuando la cotización del emisor se cancela tras la finalización de una adquisición inversa) es a las 4:00 p.m. del 1 de diciembre de 2023. Después de esta fecha, dichas solicitudes requerirán una capitalización de mercado mínima de £30 millones.
Las disposiciones transitorias para las empresas fantasma descritas en PS21/22 e implementadas en LR TR 16 (disposiciones transitorias en relación con la capitalización de mercado según LR 2.2.7 R (1)) fueron diseñadas para aliviar el impacto de los cambios en las empresas fantasma. Permiten a dichas empresas tener hasta 2 años para encontrar un objetivo e iniciar el proceso para incluir una nueva entidad en la lista. Se aplica solo a emisores que eran una empresa fantasma antes del 3 de diciembre de 2021. Si un emisor tiene alguna duda sobre si la empresa era una empresa fantasma según la definición de LR 5.6.5A R antes de esta fecha, solicite orientación.
Cuando no se presente una revisión de elegibilidad/prospecto antes de las 4:00 p.m. del 1 de diciembre de 2023, o cuando se presente una pero posteriormente se retire o caduque, la empresa puede seguir cotizando.
Sin embargo, después de esa fecha, si llevara a cabo una adquisición inversa como se define en LR 5.6.4 R, la nueva entidad ampliada necesitaría alcanzar el umbral mínimo de capitalización de mercado de £30 millones para ser elegible para cotizar. Esto también se aplicaría a cualquier futura adquisición inversa que la empresa lleve a cabo, independientemente de si la empresa se ha basado en las disposiciones transitorias mencionadas anteriormente en relación con una adquisición inversa anterior.
Alentamos a los emisores afectados a obtener la ayuda de sus asesores al considerar la disponibilidad de las disposiciones transitorias en relación con cualquier calendario de transacciones.
Autenticación multifactorial para nuestros sistemas
Hemos introducido la autenticación multifactorial (MFA) para fortalecer la forma en que inicia sesión en el Sistema de envío electrónico (ESS) y para proteger y controlar aún más el acceso a nuestros datos.
Tenga en cuenta que la opción de omitir el registro de MFA cuando inicie sesión en ESS finalizará pronto. Así que regístrese lo antes posible para continuar accediendo a ESS.
La próxima vez que inicie sesión en el sistema ESS, se le pedirá que active MFA mediante el proceso de registro rápido y sencillo. Una vez que se haya registrado, puede autenticarse en cada inicio de sesión ingresando un código de acceso único generado a partir de:
- una aplicación de autenticación
- un mensaje de texto
- una llamada telefónica automatizada
Estándares de divulgación de sostenibilidad del Reino Unido
Información sobre el marco del gobierno del Reino Unido para crear las Normas de Divulgación de Sostenibilidad del Reino Unido (UK SDS) mediante la evaluación y el respaldo de la línea base de información corporativa global de las Normas de Divulgación de Sostenibilidad IFRS.
Contenido:
- Antecedentes de las normas
- ¿Qué está haciendo el Reino Unido?
Los Estándares de Divulgación de Sostenibilidad del Reino Unido (SDS) establecerán divulgaciones corporativas sobre los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad que enfrentan las empresas. Formarán la base de cualquier requisito futuro en la legislación o regulación del Reino Unido para que las empresas informen sobre riesgos y oportunidades relacionados con cuestiones de sostenibilidad, incluidos los riesgos y oportunidades que surgen del cambio climático.
Publicada por el Departamento de Negocios y Comercio (DBT), la SDS del Reino Unido se basará en las Normas de Divulgación de Sostenibilidad IFRS® emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB). El secretario de Estado de Negocios y Comercio considerará la aprobación de las Normas de Divulgación de Sostenibilidad NIIF, para crear SDS del Reino Unido para julio de 2024. Las normas respaldadas por el Reino Unido solo se desviarán de la base global si es absolutamente necesario para asuntos específicos del Reino Unido.
Tras la aprobación, se puede hacer referencia a la SDS del Reino Unido en cualquier requisito legal o reglamentario para entidades del Reino Unido. Las decisiones sobre exigir divulgación serán tomadas de forma independiente por el gobierno del Reino Unido, para las empresas registradas en el Reino Unido y las sociedades de responsabilidad limitada, y por la Autoridad de Conducta Financiera (FCA) para las empresas que cotizan en bolsa en el Reino Unido.
Al utilizar las Normas NIIF de Divulgación de Sostenibilidad como base, el objetivo es que la información que las empresas divulgan según las SDS del Reino Unido sea globalmente comparable y útil para la toma de decisiones por parte de los inversores. Las divulgaciones requeridas por estos estándares ayudarán a los inversores a comparar información entre empresas, ayudando así a la toma de decisiones; apoyar la asignación eficiente de capital y el buen funcionamiento de los mercados de capital del Reino Unido.
Antecedentes de las normas
La creación del ISSB se anunció en la COP26, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2021 en Glasgow, con la función de crear una base global para los informes de sostenibilidad. El ISSB es una junta emisora de normas de la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS), una organización sin fines de lucro que establece estándares globales de presentación de informes corporativos, a través del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).
ISSB publicó sus 2 primeros estándares nuevos el 26 de junio de 2023. Son:
- NIIF S1: Requisitos generales para la divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad
- NIIF S2: Divulgaciones relacionadas con el clima
¿Qué está haciendo el Reino Unido?
El gobierno del Reino Unido ha apoyado firmemente al ISSB desde su lanzamiento. En su movilización de inversiones verdes: estrategia de finanzas verdes 2023, el gobierno del Reino Unido estableció planes para establecer un marco para evaluar la idoneidad de las NIIF S1 y las NIIF S2 para su aprobación en el Reino Unido, y la creación de las dos primeras SDS del Reino Unido. El gobierno del Reino Unido pretende tomar decisiones de aprobación de los dos primeros estándares para julio de 2024.
Para ayudar con la evaluación y aprobación de las NIIF S1 y S2, y cualquier implementación de la SDS del Reino Unido resultante, el gobierno del Reino Unido ha establecido dos comités.
Comité Asesor Técnico de Divulgación de Sostenibilidad (TAC) del Reino Unido
TAC evaluará las Normas de Divulgación de Sostenibilidad NIIF sobre una base técnica y proporcionará recomendaciones independientes sobre su respaldo al secretario de Negocios y Comercio, a través de DBT. DBT también proporcionará al TAC información contextual relevante. El TAC estará formado por un presidente y miembros de diversos ámbitos profesionales relevantes, que serán nombrados en breve.
Las operaciones de TAC contarán con el apoyo del Consejo de Información Financiera (FRC), incluida la provisión de una secretaría.
Comité de Implementación y Política de Divulgación de Sostenibilidad del Reino Unido (PIC)
PIC es administrado y supervisado por DBT, quien brindará asesoramiento sobre una decisión de respaldo al secretario de Negocios y Comercio, basándose en las recomendaciones del trabajo de TAC y PIC. Esto incluirá el análisis de PIC de las interacciones entre las Normas NIIF de Divulgación de Sostenibilidad y la legislación y regulación existente en el Reino Unido.
Si el secretario de Negocios y Comercio respalda los estándares, PIC coordinará la implementación de la SDS del Reino Unido por parte del gobierno del Reino Unido y la FCA.
Los miembros de PIC están formados por reguladores y departamentos gubernamentales del Reino Unido, incluidos:
- Banco de Inglaterra
- Departamento de Seguridad Energética y Net Zero (DESNZ)
- Departamento de Medio Ambiente, Alimentación y Asuntos Rurales (DEFRA)
- Departamento de Trabajo y Pensiones (DWP)
- Autoridad de Conducta Financiera (FCA)
- Consejo de Información Financiera (FRC)
- Hacienda de Su Majestad
- Oficina de Asuntos Exteriores, Commonwealth y Desarrollo (FCDO)
- Junta de respaldo del Reino Unido (UKEB)
También se utilizará para que diferentes miembros compartan información:
- sobre sus actividades de influencia relacionadas con el desarrollo de estándares
- para ayudar a los funcionarios del DBT a asesorar al secretario de Negocios y Comercio
- sobre asuntos contextuales relevantes que DBT puede compartir con TAC