Categoría: Comité de Supervisión Bancaria de Basilea

Digitalización de las finanzas

Los productos y servicios que antes eran ofrecidos exclusivamente por los bancos, ahora son provistos por entidades o aplicaciones que pueden no estar sujetas a regulación y supervisión prudencial. Esto desafía el paradigma tradicional de supervisión basado en entidades.
Si las entidades no bancarias pueden ofrecer productos con mejores rendimientos o menores costos que los bancos, debería ser el resultado de mejoras tecnológicas reales y no el resultado de un arbitraje regulatorio. La integración del principio de «mismo riesgo, misma actividad, misma regulación» en los marcos regulatorios y legales puede ayudar a evitar el arbitraje regulatorio.
A algunos supervisores bancarios se les ha otorgado una supervisión ampliada de ciertos productos y entidades. Sin embargo, incluso cuando los supervisores no tienen supervisión directa de las entidades no bancarias, pueden seguir teniendo un papel que desempeñar, en consonancia con sus mandatos, en la medida en que estas entidades y aplicaciones interactúen con los bancos regulados y presenten riesgos para la estabilidad del sistema bancario y financiero. Una revisión por parte de los supervisores bancarios de sus marcos de supervisión actuales a la luz de los riesgos relacionados con la digitalización, pueden descubrir formas en que los elementos de estos marcos podrían evolucionar de una manera que garantice una supervisión adecuada de las actividades bancarias.

Tratamiento prudencial de las exposiciones a criptoactivos

En junio de 2022, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea emitió su segunda consulta sobre el tratamiento prudencial de las exposiciones de los bancos a criptoactivos. Tras considerar los comentarios de las partes interesadas a la consulta, el Comité ha finalizado su norma prudencial, que ha sido respaldada por el órgano de supervisión del Comité, el Grupo de Gobernadores y Jefes de Supervisión. Este documento establece la norma final que el Comité ha acordado aplicar antes del 1 de enero de 2025. El texto se incorporará en breve al Marco de Basilea consolidado. El Comité desea agradecer a los encuestados sus comentarios a la segunda consulta.
A continuación, figura un breve resumen de la estructura de la norma finalizada, una descripción de los elementos clave que se modificaron en relación con la propuesta en la segunda consulta, una descripción de los elementos clave de la propuesta que el Comité tiene la intención de seguir de cerca a corto plazo y el texto de la norma propiamente dicha, en forma de un nuevo capítulo del Marco de Basilea consolidado.

El Comité de Basilea revisa las divulgaciones sobre riesgo de mercado y exposiciones soberanas

Los anuncios recientes del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea serán notables para aquellos interesados en divulgaciones dentro del Marco de Basilea para la regulación prudencial de los bancos. El Comité ha emitido revisiones a sus requisitos de divulgación de riesgo de mercado, que reflejan cambios a su estándar sobre requisitos de capital mínimo para riesgo de mercado publicado en enero de 2019. Estas actualizaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2023. Además, el Comité ha finalizado las normas para la divulgación voluntaria de exposiciones soberanas, estableciendo modelos para uso de los bancos. Estos solo son obligatorios cuando lo exigen los supervisores a nivel nacional.