Comentarios del EFRAG sobre las combinaciones de negocios del IASB


Publicado el 26 de julio de 2024 por Editor

A principios de este mes, el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG) publicó su Carta de Comentarios Finales sobre el Proyecto de Norma (ED) ED/2024/1 del IASB, centrado en Combinaciones de Negocios: Información a Revelar, Plusvalía y Deterioro. El EFRAG apoya la mejora de la información a los inversores sobre las adquisiciones, pero tiene reservas sobre algunas modificaciones propuestas.

En el caso de la NIIF 3, el EFRAG sugiere divulgar información sobre el rendimiento y las sinergias en los informes de gestión, permitir a las entidades cuestionar la presunción de adquisición estratégica y eliminar la «ganancia o pérdida operativa» de los umbrales. También recomiendan proporcionar ejemplos ilustrativos y revisar los niveles de gestión involucrados en el seguimiento de la información.

Respecto de la NIC 36, el EFRAG recomienda modificar las directrices sobre la asignación del fondo de comercio, definir el contenido de la reestructuración no comprometida y aclarar el uso de las tasas antes y después de impuestos en los cálculos del importe recuperable.

Para obtener información detallada, lea la carta de EFRAG aquí.

EFRAG NIC 36 IASB NIIF 3


Carta de comentarios finales del EFRAG sobre el Proyecto de Norma del IASB sobre Combinaciones de negocios: información a revelar, plusvalía y deterioro

19.07.2024

EFRAG ha publicado su Carta de Comentarios Finales sobre el Proyecto de Norma ED/2024/1 del IASB Combinaciones de Negocios — Revelaciones, Plusvalía y Deterioro (Enmiendas propuestas a las NIIF 3, NIC 36) (‘el Proyecto de Norma’).

EFRAG apoya el objetivo del IASB de mejorar la información que las entidades proporcionan a los inversores, a un coste razonable, sobre las adquisiciones realizadas.

Sin embargo, el EFRAG señala reservas clave sobre algunas de las modificaciones propuestas a la NIIF 3 Combinaciones de negocios. El EFRAG no está convencido de que las modificaciones propuestas por el IASB a la NIC 36 Deterioro del valor de los activos vayan a cambiar la práctica actual y, por lo tanto, podrían no cumplir con el objetivo del IASB. En relación con las modificaciones propuestas a la NIIF 3, el EFRAG ofrece algunas sugerencias para que el IASB las considere:

  • Divulgar la información sobre el rendimiento y la información cuantitativa sobre las sinergias previstas en el informe de gestión, en lugar de hacerlo en los estados financieros. El EFRAG recomienda encarecidamente al IASB que realice pruebas de campo sobre las divulgaciones propuestas.
  • Permitir a las entidades refutar la presunción de que una adquisición es «estratégica», cuando se cumple cualquiera de los umbrales, si la administración puede demostrar que la adquisición no cumple con la visión general de la administración de una combinación estratégica de negocios y eliminar la «ganancia o pérdida operativa» de los umbrales propuestos.
  • Incluya ejemplos ilustrativos de «circunstancias específicas» en las que se aplicaría la exención y no requiera que una entidad revele las razones por las que no ha revelado un elemento de información.
  • Explorar más a fondo si es necesario definir un nivel de gestión que revise y monitoree la información propuesta.

Respecto a las modificaciones a la NIC 36, el EFRAG sugiere que el IASB:

  • Modificar la guía enmendada sobre cómo asignar el fondo de comercio e incluir un requisito para explicar los cambios en el importe en libros del fondo de comercio asignado a las UGE o grupos de UGE.
  • Brindar orientación sobre lo que debe incluirse en una reestructuración futura no comprometida o en una mejora del rendimiento de los activos.
  • Aclarar si el uso de flujos de efectivo antes de impuestos y tasas de descuento antes de impuestos o flujos de efectivo después de impuestos y tasas de descuento después de impuestos debería producir el mismo importe recuperable.

Se pueden encontrar más detalles sobre las recomendaciones del EFRAG al IASB en la Carta de Comentarios Final del EFRAG aquí.


Re: Borrador de Exposición Combinaciones de Negocios – Divulgaciones, Fondo de Comercio y Deterioro

En nombre de EFRAG, me dirijo a usted para comentar el Borrador de Exposiciones de Combinaciones de Negocios – Divulgaciones, Fondo de Comercio y Deterioro del IASB publicado por el IASB el 14 de marzo de 2024 (el «ED»).

Esta carta tiene por objeto contribuir al debido proceso del IASB y no indica necesariamente las conclusiones a las que llegaría EFRAG en su calidad de asesor de la Comisión Europea sobre la aprobación de las Normas IFRS definitivas en la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo.

EFRAG apoya el objetivo del IASB de mejorar la información que las entidades proporcionan a los inversores sobre las adquisiciones realizadas, a un coste razonable.

Sin embargo, EFRAG tiene reservas clave sobre algunas de las enmiendas propuestas a la NIIF 3 Combinaciones de Negocios. Con respecto a las revelaciones propuestas sobre el rendimiento y la información cuantitativa sobre las sinergias esperadas, opinamos que esta información no debe divulgarse en los estados financieros, sino más bien en el informe de gestión.

EFRAG no está convencido de que las modificaciones propuestas por el IASB NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos cambien la práctica actual. Por lo tanto, es posible que no cumplan con el objetivo del IASB.

Modificaciones propuestas a la NIIF 3

El EFRAG acoge con satisfacción el esfuerzo del IASB por lograr el equilibrio adecuado entre los costes para los preparadores y los beneficios para los usuarios, en particular modificando significativamente las propuestas del documento de debate del IASB de 2020.

Sin embargo, los comentarios recibidos por EFRAG de los constituyentes no usuarios pusieron de manifiesto las reservas/preocupaciones con algunas de las divulgaciones propuestas. A continuación, se resumen:

• Rendimiento de una combinación de negocios: el EFRAG observa que muchos mandantes (especialmente los preparadores) han planteado reservas significativas acerca de proporcionar la información propuesta sobre el rendimiento en los estados financieros. Aunque la exención propuesta podría ser útil para mitigar algunas de estas preocupaciones, se ha informado a EFRAG de que es posible que no aborde todas las preocupaciones. Además, en algunos casos, la información sobre el rendimiento posterior a la integración se separará tanto del negocio adquirido que es posible que no proporcione información sobre la adquisición y los importes reconocidos, incluido el fondo de comercio. Los comentarios revelaron que separar el negocio adquirido del negocio integrado y realizar un seguimiento del rendimiento posterior a la integración podría ser un desafío. Sobre la base de estas preocupaciones, el EFRAG insta encarecidamente al IASB a realizar pruebas de campo sobre las divulgaciones propuestas.

• Umbrales: EFRAG generalmente apoya el enfoque de lista cerrada propuesto como la solución más práctica. Sin embargo, consideramos que las propuestas del IASB pueden no captar la población prevista de las principales combinaciones de negocios (‘estratégicas’). Para abordar estas preocupaciones, recomendamos identificar las adquisiciones «estratégicas» utilizando umbrales, pero permitiendo a las entidades refutar la presunción si pueden demostrar que la adquisición no cumple con la visión general de la gerencia de una combinación estratégica de negocios. Además, no admitimos el uso de ganancias o pérdidas operativas como umbral, debido a su naturaleza volátil.

• Exención: sujeto a las preocupaciones señaladas en las divulgaciones propuestas, EFRAG acoge con beneplácito la propuesta de eximir a las entidades de divulgar parte de la información en determinadas circunstancias. Sin embargo, EFRAG tiene algunas preocupaciones relacionadas con los casos de uso de la exención y el requisito de proporcionar razones por las que la entidad no ha divulgado la información. El EFRAG también señala los desafíos prácticos de no prescribir «circunstancias específicas» en las que se aplicaría la exención y recomienda que el IASB incluya ejemplos ilustrativos de estas «circunstancias específicas».

• Nivel de gestión: EFRAG recibió opiniones encontradas de sus mandantes sobre la definición del nivel de gestión que revisa y supervisa la información como Personal de Gestión Clave (‘KMP’). Algunos apoyaron el uso del término KMP, mientras que otros prefirieron el Jefe de Toma de Decisiones Operativas (CODM). Otros señalaron que la estructura de gestión varía de una entidad a otra, y que la designación de un nivel de gestión específico puede crear confusión y llevar a la omisión de la información requerida. Por lo tanto, EFRAG recomienda al IASB que considere más a fondo si es necesario definir un nivel específico de gestión.

• Cuantificación de las sinergias esperadas: el EFRAG toma nota de las preocupaciones significativas expresadas por los mandantes (especialmente los preparadores) y considera que esta información no debe proporcionarse en los estados financieros, dada su naturaleza prospectiva y sensible. Sobre la base de las preocupaciones anteriores, recomendamos encarecidamente al IASB que realice pruebas de campo sobre las divulgaciones propuestas.

Modificaciones propuestas a la NIC 36

EFRAG lamenta que el IASB se desvíe del objetivo inicial del proyecto de reducir el blindaje del fondo de comercio, y pierda la oportunidad de realizar mejoras significativas en la prueba de deterioro para abordar el problema del «blindaje».

El EFRAG apoya las enmiendas propuestas relativas a la asignación del fondo de comercio a las unidades generadoras de efectivo, pero señala que la enmienda del párrafo 80A(b) podría interpretarse de diferentes maneras y recomienda al IASB que reconsidere la redacción de dicho párrafo. El EFRAG está de acuerdo con la idea de asignar el fondo de comercio al nivel más bajo posible. Sin embargo, el EFRAG no está convencido de que las enmiendas propuestas vayan a cambiar mucho la práctica actual.

Con el fin de reducir el efecto de protección, el EFRAG sugiere exigir a las entidades que faciliten más información cuando se reasigne el fondo de comercio en ejercicios posteriores. EFRAG recomienda que se modifique el requisito del párrafo 134(a) de la NIC 36 para incluir el requisito de explicar los cambios (en el importe en libros del fondo de comercio asignado a la unidad (grupo de unidades)), incluyendo las razones para cualquier reasignación del fondo de comercio durante el período sobre el que se informa.

EFRAG está de acuerdo con la propuesta de dejar de prohibir la inclusión de los flujos de efectivo derivados de una futura reestructuración con la que la entidad aún no está comprometida o de los flujos de efectivo derivados de la mejora o mejora del rendimiento de un activo, sobre la base de que aporta los flujos de efectivo a la medición del valor en uso en una alineación mucho mejor con las previsiones internas. Sin embargo, EFRAG señala que la eliminación de estas prohibiciones conduce a la necesidad de orientación sobre lo que se debe incluir, y lo que no, como parte de futuras reestructuraciones no comprometidas o mejorar el rendimiento de un activo. Además, los comentarios recibidos de los usuarios sugirieron que, cuando una cantidad significativa de valor en uso se deriva de una reestructuración futura no comprometida o de una mejora del rendimiento de un activo, les gustaría saber hasta qué punto el valor calculado en uso se ve influido por la reestructuración no comprometida esperada y las mejoras futuras. Al considerar los costos adicionales que tales divulgaciones podrían imponer a los preparadores, EFRAG cree que sería útil obtener más orientación sobre los requisitos de divulgación cualitativos o cuantitativos.

El EFRAG está de acuerdo con la propuesta de eliminar la limitación de utilizar únicamente los flujos de caja antes de impuestos y las tasas de descuento antes de impuestos en el cálculo del valor en uso. El EFRAG recomienda que el IASB aclare si el uso de los flujos de efectivo antes de impuestos y las tasas de descuento antes de impuestos o los flujos de efectivo después de impuestos y las tasas de descuento después de impuestos deberían producir resultados comparables.

En el apéndice se exponen los comentarios detallados y las respuestas del EFRAG a las preguntas del DE. Si desea discutir nuestros comentarios más a fondo, no dude en ponerse en contacto con Isabel Batista o conmigo.

Atentamente

Lobo Klinz

Presidente de la EFRAG FRB


Combinaciones de negocios: información a revelar, plusvalía y deterioro

Isabel Batista

Historial del proyecto

El objetivo de este proyecto del IASB es explorar si las empresas pueden, a un coste razonable, proporcionar a los inversores información más útil sobre las combinaciones de negocios que realizan esas empresas.

En junio de 2015, el IASB completó la revisión posterior a la implementación de la NIIF 3 y, en respuesta a los comentarios recibidos, decidió realizar mejoras en la contabilidad y las revelaciones para las combinaciones de negocios.

En marzo de 2020, el IASB publicó el Documento de Discusión Combinaciones de Negocios – Revelaciones, Plusvalía y Deterioro (el ‘DP’). El DP examinó si:

  • Las empresas podrían proporcionar mejor información en los estados financieros sobre las combinaciones de negocios, en particular, información sobre el desempeño posterior de una combinación de negocios;
  • la prueba de deterioro podría hacerse más eficaz para reconocer pérdidas por deterioro del fondo de comercio de manera oportuna y a un costo razonable;
  • Debería reintroducirse la amortización del fondo de comercio;
  • La prueba de deterioro podría modificarse para reducir su coste y complejidad; y
  • Algunos activos intangibles deberían incluirse dentro del fondo de comercio.

En marzo de 2021, el IASB comenzó a reconsiderar el proyecto y, teniendo en cuenta los comentarios recibidos durante la consulta del PD, decidió provisionalmente mantener el objetivo del proyecto tal como se indica en el PD y dejar el alcance sin cambios.

En diciembre de 2022, el IASB agregó este proyecto a su programa de establecimiento de normas, que ahora se centra en:

  • mejoras en los requisitos de divulgación relacionados con las combinaciones de negocios; y
  • cambios en la prueba de deterioro de las unidades generadoras de efectivo que contienen fondo de comercio en la NIC 36.

En mayo de 2024, el IASB publicó el Proyecto de Exposición Combinaciones de Negocios – Revelaciones, Plusvalía y Deterioro (el ‘ED’) que establece un paquete de propuestas que, en opinión del IASB, darían como resultado que las empresas proporcionen mejor información, a un costo razonable, sobre las adquisiciones, respondiendo así a las preocupaciones de las partes interesadas.

Documento de debate del IASB y respuesta del EFRAG

En respuesta al borrador del PD del IASB que se publicó en marzo de 2020, el EFRAG publicó su carta de comentarios preliminar en mayo de 2020.

Durante el período de consulta, el EFRAG organizó, coorganizó y participó en varios seminarios web para estimular el debate y conocer las opiniones de los interesados sobre las propuestas. El EFRAG también consultó a los preparadores sobre las propuestas mediante un cuestionario, entrevistas y pruebas de campo. Estas últimas se llevaron a cabo en cooperación con el IASB.

Desde noviembre de 2020 hasta enero de 2021, el EFRAG consideró los diversos aportes recibidos, incluidos los resultados de las actividades de divulgación y otros eventos, y presentó su carta de comentarios final al IASB el 28 de enero de 2021. En la carta de comentarios, el EFRAG apoyó el objetivo del proyecto del IASB, señalando que hay margen de mejora en la contabilidad del fondo de comercio y las revelaciones relacionadas. El EFRAG recomendó al IASB que explorara mejoras en la prueba actual de deterioro del fondo de comercio y los costos y consecuencias de reintroducir la amortización del fondo de comercio.

Proyecto de exposición del IASB y respuesta del EFRAG

En marzo de 2024, el IASB publicó el Proyecto de Exposición Combinaciones de Negocios – Revelaciones, Plusvalía y Deterioro, proponiendo modificaciones a:

  • NIIF 3 Combinaciones de negocios: en particular para mejorar la información que las empresas proporcionan sobre el desempeño de las combinaciones de negocios; y
  • NIC 36 Deterioro del valor de los activos: en particular, modificaciones a la prueba de deterioro de las unidades generadoras de efectivo que contienen fondo de comercio.

La fecha límite para presentar comentarios sobre el borrador del IASB fue el 15 de julio de 2024.

En respuesta al ED del IASB, el EFRAG publicó el 30 de abril de 2024 su carta de comentarios preliminar, en la que acogió con agrado los esfuerzos del IASB por mejorar los requisitos de divulgación de la NIIF 3 y la prueba de deterioro del fondo de comercio de la NIC 36 a un costo razonable para los preparadores. Sin embargo, al observar que todavía existen preocupaciones significativas, el EFRAG solicitó aportes adicionales de los constituyentes sobre:

  • aspectos específicos del paquete de nuevas revelaciones, incluida la aplicación de la exención, y el enfoque de umbral propuesto para identificar una combinación estratégica de negocios;
  • la propuesta de proporcionar información cuantitativa sobre las sinergias esperadas; y
  • sí, además de la propuesta de eliminar el requisito de utilizar flujos de efectivo antes de impuestos y tasas de descuento antes de impuestos para calcular el valor en uso, el IASB debería abordar cuestiones fiscales existentes, incluido el tratamiento de los impuestos diferidos.

Tras considerar los comentarios recibidos, el 22 de julio de 2024, el EFRAG publicó su carta de comentarios final en la que respalda el objetivo del IASB de mejorar la información que las entidades proporcionan a los inversores, a un coste razonable, sobre las adquisiciones realizadas. Sin embargo, el EFRAG señaló reservas clave sobre algunas de las modificaciones propuestas a la NIIF 3 y no está convencido de que las modificaciones propuestas a la NIC 36 cambien la práctica existente y, por lo tanto, puedan no cumplir con el objetivo del IASB. Por lo tanto, el EFRAG proporcionó una serie de sugerencias sobre las modificaciones a la NIIF 3 y la NIC 36.


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/efrag-comments-on-iasb-business-combinations/

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