La SEC adopta enmiendas para reducir las cargas innecesarias para los emisores más pequeños adaptando de manera más adecuada las definiciones de declarante acelerado y acelerado grande

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2020-58

Washington DC, 12 de marzo de 2020 –


La Comisión de Bolsa y Valores adoptó hoy enmiendas a las definiciones de declarante acelerado y de declarante acelerado grande. Las enmiendas adaptarán más apropiadamente los tipos de emisores que se incluyen en las definiciones, reduciendo así las cargas innecesarias y los costos de cumplimiento para ciertos emisores más pequeños mientras se mantienen las protecciones de los inversores. Las enmiendas son consistentes con la práctica histórica de la Comisión y el Congreso de proporcionar divulgación escalonada y otras adaptaciones para reducir cargas innecesarias para emisores nuevos y más pequeños.

Tras la adopción de las enmiendas, se seguirá exigiendo a las empresas de informes más pequeñas con menos de $ 100 millones en ingresos que establezcan y mantengan un control interno efectivo sobre la información financiera (ICFR). Sus principales funcionarios ejecutivos y financieros deben continuar certificando que, entre otras cosas, son responsables de establecer y mantener el ICFR y han evaluado e informado sobre la efectividad de los controles y procedimientos de divulgación de la compañía. Además, estas empresas más pequeñas seguirán estando sujetas a una auditoría de estados financieros por parte de un auditor independiente, quien debe considerar el ICFR en el desempeño de esa auditoría. Como resultado de estas modificaciones, y a diferencia de los emisores más grandes, ya no se requerirá que estas empresas más pequeñas obtengan una certificación separada de su SCIIF de un auditor externo. Estos emisores más pequeños podrán redirigir los ahorros de costos asociados al crecimiento de sus negocios. Las empresas de desarrollo empresarial recibirán un tratamiento análogo como consecuencia de las modificaciones.

 “Las enmiendas representan un cambio incremental, pero significativo, que se basa en los beneficios de la Ley JOBS para las empresas públicas más pequeñas”, dijo el presidente de la SEC, Jay Clayton. “La Ley JOBS proporcionó una exención bien razonada del requisito de certificación del ICFR para las empresas emergentes en crecimiento durante los primeros cinco años después de una oferta pública inicial. Estas enmiendas permitirían a las empresas informantes más pequeñas que han llegado a ese punto de cinco años, pero que aún no han alcanzado los $ 100 millones en ingresos, continuar beneficiándose de esa exención a medida que desarrollan sus negocios, mientras siguen sometiendo a esas empresas a  importantes requisitos de protección de los inversores”.

Las enmiendas finales entrarán en vigencia 30 días después de su publicación en el Registro Federal y se aplicarán a un informe anual que debe presentarse en la fecha de vigencia o después

HOJA DE HECHOS

La SEC adopta enmiendas para reducir las cargas innecesarias para los emisores más pequeños adaptando de manera más adecuada las definiciones de declarante acelerado y acelerado grande

12 de marzo de 2020

La Comisión de Bolsa y Valores votó hoy para adoptar enmiendas a las definiciones de «declarante acelerado» y «declarante acelerado grande» en la Regla 12b-2 de la Ley de Bolsa. Cuando se clasifica como un contribuyente acelerado o de gran tamaño, un emisor está sujeto, entre otras cosas, al requisito de que su auditor externo dé fe de, e informe sobre, la evaluación de la administración de la efectividad del control interno del emisor sobre la información financiera (ICFR). En la Ley Jumpstart Our Business Startups (JOBS) de 2012, el Congreso eximió a muchos nuevos emisores públicos de este requisito hasta cinco años después de su cotización.

Las enmiendas permitirían a los emisores más pequeños que han sido públicos durante más de cinco años, pero que aún no han alcanzado los $ 100 millones en ingresos, continuar beneficiándose de la exención de la Ley JOBS mientras desarrollan sus negocios, mientras mantienen importantes protecciones para los inversores. Por ejemplo, los directores ejecutivos y financieros principales de los emisores deben continuar certificando que, entre otras cosas, son responsables de establecer y mantener el ICFR y han evaluado e informado sobre la efectividad de los controles y procedimientos de divulgación de la empresa. Además, estos emisores más pequeños continuarán sujetos a una auditoría de estados financieros por parte de un auditor independiente, quien debe considerar el ICFR en el desempeño de esa auditoría.

Enmiendas

Las enmiendas: 

  • Excluir de las definiciones de declarante acelerado y acelerado grande a un emisor que sea elegible para ser una compañía de informes más pequeña y que haya tenido ingresos anuales de menos de $ 100 millones en el año fiscal más reciente para el que se encuentran disponibles estados financieros auditados. Las empresas de desarrollo empresarial quedarán excluidas en circunstancias análogas.
  • Aumentar los umbrales de transición para un contribuyente acelerado y uno grande que se convierte en un contribuyente no acelerado de $ 50 millones a $ 60 millones y para salir del estado de un contribuyente grande acelerado de $ 500 millones a $ 560 millones;
  • Agregue una prueba de ingresos a los umbrales de transición para salir del estado de declarante acelerado y acelerado grande; y
  • Agregue una casilla de verificación a las portadas de los informes anuales en los Formularios 10-K, 20-F y 40-F para indicar si se incluye una certificación de auditor del ICFR en la presentación.

¿Que sigue?

Las enmiendas entrarán en vigencia 30 días después de su publicación en el Registro Federal. Las enmiendas finales se aplicarán a las presentaciones de informes anuales que vencen a partir de la fecha de vigencia.


Publicado originalmente: https://www.sec.gov/news/press-release/2020-58

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