
Publicado el 7 de octubre de 2024 por Editor
La Comisión Europea ha tomado medidas formales contra 17 Estados miembros de la UE por no haber implementado plenamente la Directiva sobre presentación de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD, por sus siglas en inglés) antes de la fecha límite de julio de 2024. En cartas enviadas a países como Alemania, España y Polonia, la Comisión abrió procedimientos de infracción, señalando su deseo de que se implemente esta iniciativa. La CSRD amplía significativamente el alcance de las divulgaciones obligatorias de sostenibilidad en toda Europa, abarcando unas 50.000 empresas, en comparación con apenas 12.000 bajo la anterior Directiva sobre informes no financieros (NFRD).
Esta nueva directiva se basa en la NFRD e introduce requisitos más detallados y estrictos basados en las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS), que también van acompañadas de taxonomías digitales. Obliga a las empresas a informar sobre una amplia gama de temas, incluidos el impacto ambiental, los derechos humanos, las normas sociales y los riesgos relacionados con la sostenibilidad.
La presentación de informes comenzará en 2025 para las grandes empresas de interés público, seguida de las empresas más pequeñas en 2026 y las pymes cotizadas en bolsa en 2027. Sin embargo, la medida de la Comisión pone de relieve que, sin una aplicación plena en todos los Estados miembros, el objetivo de la presentación de informes armonizada puede estar en peligro. La Comisión advirtió de que el hecho de no aplicar la CSRD significa que los inversores pueden no tener acceso a datos fiables y comparables necesarios para una toma de decisiones informada. Si los países no responden en el plazo de dos meses, se adoptarán otras medidas, incluida la posible remisión al Tribunal de Justicia.
Incluso con estos retrasos a nivel nacional, las empresas no deberían esperar. Aquellas que se vean afectadas por la CSRD deberían empezar a sentar las bases para el cumplimiento ahora. Es esencial que las empresas de la UE afectadas por la CSRD empiecen a crear procesos digitales para la presentación de informes ESG estandarizados. Pasar a procesos digitales estandarizados para la presentación de informes de sostenibilidad ayudará a garantizar que estén preparadas para cumplir con las regulaciones y tengan sistemas de datos de alta calidad. En última instancia, este cambio debería conducir a datos de mejor calidad, un mejor apoyo a la toma de decisiones y una presentación de informes de sostenibilidad más transparente, lo que beneficiará tanto a las empresas como a las partes interesadas.
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Aplicación de la CSRD en la UE
Artículo
La Comisión Europea abre un procedimiento de infracción sobre las normas de información sobre sostenibilidad
1 de octubre de 2024
La Comisión ha enviado una carta de emplazamiento formal instando a 17 Estados miembros a transponer plenamente la CSRD a su legislación nacional.
La Directiva de la UE sobre presentación de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD, o la Directiva) entró en vigor a principios de 2024 y exige la presentación obligatoria de informes de sostenibilidad por parte de un primer grupo de empresas en 2025. Según los términos de la CSRD, la fecha límite para que los Estados miembros transpusieran la Directiva a la legislación nacional se fijó para el 6 de julio de 2024.
El 26 de septiembre de 2024, la Comisión Europea (la Comisión) adoptó un paquete de decisiones de infracción relativas a la transposición tardía de determinadas Directivas de la UE.1. Como parte del paquete, se ha instado a 17 Estados miembros que no han notificado la transposición completa de la CSRD a que incorporen la Directiva a su legislación nacional, lo que representa el primer paso del procedimiento de infracción de la UE.
Antecedentes del CSRD
La CSRD introduce nuevas normas sobre la presentación de informes de sostenibilidad, modificando los requisitos de presentación de informes existentes en virtud de la Directiva sobre presentación de informes no financieros (NFRD). La Directiva amplía significativamente el alcance y la profundidad de la información ESG que debe presentarse, exigiendo divulgaciones detalladas sobre los impactos, riesgos y oportunidades ESG. Además, la CSRD tendrá un impacto generalizado a nivel mundial, abarcando no solo a las empresas de la UE, sino también a muchos grupos corporativos con empresas matrices fuera de la UE.
La CSRD comenzó a aplicarse a principios de 2024 para las grandes empresas que anteriormente estaban sujetas a la NFRD, y en los años siguientes se aplicará de forma gradual para otras grandes empresas (incluidas las empresas privadas), pequeñas y medianas empresas que cotizan en bolsa y matrices no pertenecientes a la UE. Las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS, por sus siglas en inglés) adoptadas en julio de 2023 establecen los requisitos específicos para la divulgación de información sobre sostenibilidad en virtud de la CSRD.
Para obtener más información sobre los nuevos requisitos de presentación de informes de sostenibilidad bajo la CSRD, consulte el reciente artículo de Latham & Watkins sobre preguntas frecuentes publicado por la Comisión y nuestro artículo de resumen anterior que cubre la CSRD y el ESRS.
Decisiones sobre infracciones y su impacto para las empresas
La Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a los siguientes Estados miembros que aún no han transpuesto plenamente la Directiva sobre
Aunque las medidas de la Comisión no afectan directamente a las empresas, pueden servir para acelerar el proceso de aplicación de la CSRD en estos Estados miembros. Las empresas deben seguir de cerca estos avances, ya que los Estados miembros pueden “incorporar” la CSRD en sus leyes nacionales. Por tanto, los Estados miembros pueden ampliar el ámbito de aplicación de la CSRD para las empresas o imponer requisitos de presentación de informes ESG adicionales o más amplios.
Próximos pasos
Los Estados miembros disponen ahora de dos meses (hasta el 26 de noviembre de 2024) para responder y completar su transposición al Derecho nacional. Si no lo hacen, la Comisión podrá adoptar otras medidas en el marco del procedimiento de infracción para garantizar la aplicación de la Directiva.
Latham & Watkins continuará monitoreando los desarrollos relacionados con el CSRD y los informes ESG a nivel mundial.
Los autores desean agradecer a Toon Dictus por su contribución a este artículo.
Notas finales
- 1De conformidad con los tratados de la UE, la Comisión puede emprender acciones legales contra un país de la UE que no aplique la legislación de la UE. Para obtener más información sobre el procedimiento formal, consulte aquí.
La Comisión Europea adopta las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad
Publicado el2 de agosto de 2023
Publicado en Regulación ambiental, Medio ambiente, sociedad y gobernanza
La adopción de las normas marca un hito clave para la presentación de informes conforme a la CSRD.
Por: Paul A. Davies, Michael D. Green y James Bee

El 31 de julio de 2023, la Comisión Europea (la Comisión) adoptó las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS),[1] tras un período de consulta pública de cuatro semanas de duración.
Antecedentes del CSRD y el ESRS
Las ESRS representan los estándares que establecen los requisitos de divulgación específicos para las empresas que deberán informar sobre los impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad conforme a la Directiva de Información sobre Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de la UE.
La CSRD se anunció en 2021 como parte del Pacto Verde Europeo. La CSRD modificará los requisitos de presentación de informes existentes en virtud de la Directiva sobre presentación de informes no financieros (NFRD) y la UE espera que la CSRD mejore la comparabilidad y la coherencia de la información de sostenibilidad presentada por las empresas de la UE (y de otros países). La CSRD aumentará considerablemente el alcance de las empresas que deben presentar informes, así como el nivel de detalle requerido en las divulgaciones.
Para obtener más información sobre el CSRD y el ESRS, consulte la cronología de desarrollo a continuación con enlaces a opiniones relevantes en etapas clave del proceso.
Cronología de los desarrollos




La CSRD incluye un enfoque de implementación gradual para las empresas obligadas a presentar informes, con requisitos que comienzan en 2025 en relación con el año fiscal 2024. Consulte la siguiente tabla para obtener más detalles.
Requisitos de informes futuros

Preguntas y respuestas sobre el ESRS adoptado
La Comisión también publicó un documento de preguntas y respuestas sobre la adopción del ESRS. Entre los puntos clave se incluyen los siguientes:
Proceso de evaluación de materialidad: según la consulta de la Comisión de junio de 2023, todos los requisitos de divulgación, con excepción de los del ESRS 2, están sujetos a una evaluación de materialidad.
En las preguntas y respuestas, la Comisión subraya que estos requisitos de divulgación no son voluntarios y que debe haber divulgación si la información es material.
Las normas exigen una evaluación de materialidad sólida para garantizar la divulgación de toda la información de sostenibilidad necesaria para cumplir los objetivos y requisitos de la Directiva de Contabilidad modificada.
En particular, la Comisión señala que, si el cambio climático no se considera un tema material y, por lo tanto, no se realiza ninguna divulgación de información en virtud de la norma climática ESRS E1, la empresa está obligada a proporcionar una “explicación detallada” de la evaluación de la materialidad y las conclusiones que llevaron a la determinación de que el cambio climático no era un tema material. Esta obligación refleja la opinión de la Comisión sobre los “impactos sistémicos y de amplio alcance” del cambio climático en toda la economía.
Algunos comentaristas han expresado su decepción por el hecho de que la Comisión haya optado por alejarse de las divulgaciones obligatorias sobre sostenibilidad básicas, como se proponía en los borradores originales del EFRAG, en los que las divulgaciones climáticas clave, como las emisiones de alcance 1, 2 y 3, eran obligatorias. Los grupos destacan la importancia del trabajo de verificación para garantizar que todos los temas materiales se incluyan en las declaraciones de sostenibilidad para aumentar la fiabilidad y la comparabilidad.
Orientación sobre la aplicación del ESRS — EFRAG publicará periódicamente orientación técnica adicional no vinculante sobre la aplicación del ESRS.
La Comisión ha sugerido que el EFRAG dé prioridad a la orientación sobre los temas de evaluación de la materialidad y presentación de informes sobre las cadenas de valor. El EFRAG espera publicar un proyecto de orientación sobre estas cuestiones para su consulta pública.
EFRAG lanzará próximamente un portal para preguntas técnicas que las empresas u otras partes interesadas puedan tener sobre la aplicación del ESRS.
El documento de preguntas y respuestas contiene más información sobre el ESRS, el cronograma de aplicación y la alineación con los estándares globales, incluido el ISSB.
Latham & Watkins continuará monitoreando los desarrollos relevantes en materia de informes de sostenibilidad a nivel mundial.
Notas finales
[1] Los 12 ESRS que se han publicado incluyen dos ESRS transversales (ESRS 1 Requisitos generales y ESRS 2 Divulgaciones generales) y 10 ESRS temáticos (ESRS E1 Cambio climático, ESRS E2 Contaminación, ESRS E3 Agua y recursos marinos, ESRS E4 Biodiversidad y ecosistemas, ESRS E5 Uso de recursos y economía circular, ESRS S1 Fuerza laboral propia, ESRS S2 Trabajadores en la cadena de valor, ESRS S3 Comunidades afectadas, ESRS S4 Consumidor y usuarios finales, y ESRS G1 Conducta empresarial).
Etiquetas: CSRD, ESRS, Comisión Europea, Pacto Verde Europeo, Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad

La Comisión adopta medidas para garantizar la transposición completa y oportuna de las directivas de la UE
Bruselas, 26 de septiembre de 2024
La Comisión está adoptando un paquete de decisiones de infracción debido a la falta de comunicación por parte de los Estados miembros de las medidas adoptadas para transponer las directivas de la UE a la legislación nacional. La Comisión está enviando una carta de emplazamiento a los Estados miembros que no han notificado las medidas nacionales de transposición de directivas, cuyo plazo de transposición expiró recientemente. En este caso, hay 26 Estados miembros que aún no han notificado medidas de transposición completa de cinco directivas de la UE en el ámbito de la justicia, la estabilidad financiera, la energía y el medio ambiente. Los Estados miembros afectados disponen ahora de dos meses para responder a las cartas de emplazamiento y completar su transposición, o bien la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a IRLANDA y AUSTRIA que notifiquen las medidas de transposición completa de las disposiciones de la Directiva sobre reestructuración e insolvencia en lo que respecta al uso de medios electrónicos de comunicación en los procedimientos de insolvencia
La Comisión Europea decidió incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a Irlanda y Austria por no haber transpuesto a su Derecho nacional determinadas disposiciones de la Directiva sobre reestructuración e insolvencia (Directiva 2019/1023). La Directiva impone a los Estados miembros la obligación de garantizar que, en casos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, las partes implicadas, incluidos el administrador y la autoridad judicial o administrativa, puedan llevar a cabo las siguientes acciones por vía electrónica: presentación de créditos, presentación de planes de reestructuración o reembolso y notificaciones a los acreedores. La Directiva entró en vigor en julio de 2019. Hasta el 17 de julio de 2024, los Estados miembros dispusieron de tiempo adicional para transponer las disposiciones sobre el uso de medios electrónicos de comunicación en los procedimientos de insolvencia, reestructuración y exoneración de deudas. Hasta ahora, Irlanda y Austria no han comunicado las medidas respectivas a la Comisión. Por ello, la Comisión envía cartas de emplazamiento a estos Estados miembros, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposición. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a ESPAÑA que transponga plenamente la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional
La Comisión Europea decidió abrir un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a España por no haber transpuesto plenamente a su legislación nacional la disposición relativa al pago de la prestación por las dos últimas semanas de permiso parental, tal y como exige la Directiva 2019/1158 sobre la conciliación de la vida familiar y la vida profesional. La presente Directiva establece requisitos mínimos destinados a lograr la igualdad entre hombres y mujeres en lo que respecta a las oportunidades en el mercado de trabajo y al trato en el trabajo, facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores que son progenitores o cuidadores. La Directiva entró en vigor en julio de 2019, con dos plazos de transposición distintos. Los Estados miembros tenían hasta el 2 de agosto de 2022 para transponer la mayoría de las disposiciones de la Directiva a su Derecho nacional, por ejemplo, la disposición relativa al derecho a dos meses de permiso parental intransferible y adecuadamente remunerado. Sin embargo, los Estados miembros debían transponer la disposición relativa al pago de las dos últimas semanas de permiso parental a más tardar el 2 de agosto de 2024. A día de hoy, España no ha comunicado a la Comisión la plena transposición de esta disposición a su legislación nacional. Por ello, la Comisión envía una carta de emplazamiento a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias planteadas por la Comisión. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a 17 Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre la presentación de informes corporativos en materia de sostenibilidad
La Comisión Europea decidió incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a 17 Estados miembros (Bélgica, Chequia, Alemania, Estonia, Grecia, España, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Finlandia) por no haber notificado sus medidas nacionales de transposición íntegra de la Directiva contable (Directiva 2013/34/UE), la Directiva sobre transparencia (Directiva 2004/109/CE) y la Directiva de auditoría (Directiva 2014/56/UE), modificada por la Directiva sobre presentación de información corporativa en materia de sostenibilidad (Directiva (UE) 2022/2464). La CSRD introduce nuevas normas sobre la presentación de informes de sostenibilidad. Exige que las grandes empresas y las empresas que cotizan en bolsa (excluidas las microempresas) divulguen información sobre los riesgos sociales y medioambientales a los que se enfrentan, y sobre cómo sus actividades afectan a las personas y al medio ambiente. Esto ayuda a los inversores y otras partes interesadas a evaluar el desempeño de las empresas en materia de sostenibilidad. Las nuevas normas de presentación de información en materia de sostenibilidad se aplican a partir de los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2024. En ausencia de la transposición de estas nuevas normas, no será posible alcanzar el nivel necesario de armonización de la presentación de informes en materia de sostenibilidad en la UE, y los inversores no estarán en condiciones de tener en cuenta los resultados de las empresas en materia de sostenibilidad a la hora de tomar decisiones de inversión. Los 17 Estados miembros afectados aún no han comunicado la plena transposición al Derecho nacional de las disposiciones de la Directiva (Directiva (UE) 2022/2464). El plazo de transposición expiró el 6 de julio de 2024. Por lo tanto, la Comisión está enviando cartas de emplazamiento a los Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para responder y completar su transposición. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan las normas acordadas para acelerar los procedimientos de autorización para proyectos de energías renovables
La Comisión Europea decidió incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a 26 Estados miembros por no haber transpuesto plenamente a la legislación nacional las disposiciones de la Directiva revisada sobre energías renovables relacionadas con la simplificación y aceleración de los procedimientos de concesión de permisos. La RED revisada (Directiva 2023/2413 por la que se modifica la Directiva 2018/2001) entró en vigor en noviembre de 2023 y determinadas disposiciones debían transponerse al Derecho nacional a más tardar el 1 de julio de 2024. Estas disposiciones incluyen medidas para simplificar y acelerar los procedimientos de autorización tanto para proyectos de energía renovable como para los proyectos de infraestructura necesarios para integrar la energía renovable adicional en el sistema eléctrico. También incluyen plazos claros para los procedimientos de concesión de autorizaciones dirigidos a tecnologías o tipos de proyectos específicos, el refuerzo del papel del punto de contacto único para las solicitudes y la presunción de que los proyectos de energías renovables y la infraestructura de red relacionada son de interés público superior. Hasta la fecha, solo Dinamarca ha notificado la plena transposición de estas disposiciones antes del plazo legal del 1 de julio de 2024. Por consiguiente, la Comisión envía cartas de emplazamiento a Bélgica, Bulgaria, Chequia, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia. Ahora tienen dos meses para responder y completar su transposición. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a PORTUGAL y ESLOVAQUIA que transpongan plenamente las directivas que restringen determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos
La Comisión Europea ha decidido incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a Portugal y Eslovaquia por no haber transpuesto a su legislación nacional la Directiva Delegada (UE) 2024/232 de la Comisión por la que se modifica la Directiva sobre restricciones de las sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva 2011/65/UE) (Directiva RoHS) en lo que respecta a una exención para el cadmio y el plomo en los perfiles de plástico de las ventanas y puertas eléctricas y electrónicas que contengan Cloruro de polivinilo rígido recuperado. La Directiva RoHS restringe el uso de sustancias peligrosas, como el cadmio, el plomo y el mercurio, para proteger la salud humana y el medio ambiente. También permite la recuperación respetuosa con el medio ambiente y el tratamiento de residuos de equipos eléctricos y electrónicos. La Directiva RoHS permite, bajo ciertas condiciones, exenciones limitadas en el tiempo de las restricciones sobre el uso de diferentes sustancias. Los perfiles de plástico en ventanas y puertas electrificadas, que están hechos de cloruro de polivinilo (PVC) recuperado, pueden contener la concentración heredada de cadmio y plomo, utilizados anteriormente en el PVC. Para permitir la comercialización de este tipo de ventanas y puertas en el mercado europeo, se concedió una exención en la Directiva Delegada (UE) 2024/232 de la Comisión. Está en consonancia con una excepción similar para el plomo en el PVC recuperado para ventanas y puertas no electrificadas establecida en el Reglamento (UE) 2023/923 de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1907/2006. La nueva exención preserva un alto nivel de protección del medio ambiente, permitiendo el reciclaje de material de PVC viejo. La recuperación de PVC viejo requiere cantidades más bajas de energía y recursos naturales que las cantidades que de otro modo se necesitarían para el uso de PVC virgen. La fecha límite para adoptar y publicar las medidas nacionales de transposición era el 31 de julio de 2024. El respeto de este plazo es importante para el buen funcionamiento del mercado único en lo que respecta a los productos a los que se aplica la exención. Sin una exención aplicable, los artículos electrificados fabricados con PVC recuperado con cierta concentración heredada de cadmio y plomo no podrían comercializarse, lo que dificultó la transición a la economía circular. Los Estados miembros afectados no han comunicado sus medidas de transposición a la Comisión. Por ello, la Comisión envía una carta de emplazamiento a Portugal y Eslovaquia, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposición. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado.
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Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/eu-commission-takes-action-against-17-member-states-over-csrd-delays/