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Evolución o revolución – El impacto de un euro digital en el sistema financiero


A lo largo de la historia, las innovaciones en el dinero han desafiado y alterado la estructura del sistema financiero. Una y otra vez, las innovaciones han dado lugar a debates sobre los riesgos que plantean y las recompensas que aportan, así como el papel de los bancos centrales en el fomento de la confianza en el dinero.

Los billetes de papel son un ejemplo de ello. Como eran fáciles de transportar, hicieron que el comercio fuera más sencillo. Pero su éxito no fue fácil. Los intentos de los bancos centrales de emitir billetes en el siglo 17 resultaron en la emisión de demasiados e incluso incumplimientos, lo que plantea preguntas sobre sus efectos en la estabilidad y, en última instancia, en la credibilidad del soberano. Sin embargo, los billetes modernos finalmente mejoraron los beneficios de la banca central para la sociedad en general.

Debates similares surgieron con el aumento de los depósitos bancarios en el siglo 19. Los avances en las tecnologías de registro y comunicación ayudaron a que los depósitos se hicieran populares, consolidando el papel de los bancos en la creación de dinero. Pero esto también aumentó la conciencia de que la confianza en el dinero depende de la estabilidad de los depósitos bancarios, lo que llevó a los bancos centrales a asumir el papel de prestamista de último recurso.

En el debate de hoy sobre la digitalización de los pagos, estos debates suenan familiares. Algunos temen que la digitalización, si no se gobierna adecuadamente, podría desplazar el efectivo con el tiempo, crear inestabilidad e incluso amenazar la soberanía monetaria. Por lo tanto, los bancos centrales están considerando si deben innovar ellos mismos, ofreciendo dinero soberano en forma digital al público en general.

En el BCE estamos considerando si emitir, junto con los billetes en euros, un euro digital: una forma digital de dinero que, al igual que el efectivo y a diferencia de otros medios de pago, sería un reclamo del banco central en lugar de un reclamo sobre un intermediario privado.

Pero debemos comprender plenamente las implicaciones económicas, financieras y sociales de la emisión de un euro digital: debemos considerar cómo podemos lograr los beneficios preservando al mismo tiempo la estabilidad del sistema financiero y satisfaciendo las necesidades de los europeos.

Hoy analizaré los principales efectos que un euro digital podría tener en la intermediación bancaria, la estabilidad financiera y el sistema financiero internacional. Y consideraré algunas opciones de diseño clave que podrían abordar los riesgos involucrados.

Beneficios en el contexto de la digitalización de los servicios financieros

El aumento del uso de Internet, respaldado por el rápido crecimiento de la potencia informática, ha afectado a toda la economía. En el campo de los pagos y los servicios financieros, la última década ha visto un número creciente de proveedores y tecnologías y productos innovadores.

Al mismo tiempo, hemos visto un cambio profundo en las preferencias de pago, con la disminución del uso de efectivo en los pagos minoristas. Incluso antes de la pandemia, uno de cada dos europeos dijo que preferiría pagar digitalmente en una tienda. La pandemia ha acelerado esta tendencia. Esta es la primera razón por la que estamos trabajando en un euro digital: combinar la seguridad del dinero del banco central y la conveniencia de un medio de pago digital para satisfacer las preferencias de los consumidores.

Otra razón es que, si bien la digitalización genera una mayor eficiencia y menores costes, también puede plantear riesgos para los consumidores y el sector financiero.

Los gigantes tecnológicos globales, o grandes tecnológicas, están marcando el ritmo del cambio en la prestación de servicios financieros de varias maneras. Están tratando de eludir las redes de distribución tradicionales, incluidos los sistemas de pago, a través de su control de las redes sociales, los mercados en línea y las tecnologías móviles. Esto podría conducir a la adopción rápida y a gran escala de los servicios financieros ofrecidos por las grandes tecnológicas, tanto a nivel nacional como transfronterizo. Las grandes tecnológicas también buscan expandir el alcance y mejorar la calidad de la intermediación financiera a través del procesamiento a gran escala de datos de consumidores patentados generados por sus actividades principales. Podrían utilizar esos datos para reducir la asimetría de la información que se encuentra en el corazón de la intermediación financiera.

Los modelos basados en datos podrían poner en peligro la privacidad y plantear el riesgo de que la información personal se utilice indebidamente. Además, la integración con otros servicios proporcionados por las grandes empresas tecnológicas puede amenazar la competencia a través de la vinculación, la agrupación, la subvención cruzada y la dinámica de que el ganador se lo lleva todo. Esto podría desplazar a los intermediarios tradicionales y reducir la competencia en los mercados financieros, limitando la elección de los consumidores. En Europa, la expansión de las grandes empresas tecnológicas podría hacernos dependientes de las tecnologías gobernadas en otros lugares. Finalmente, las grandes tecnológicas pueden contribuir a una rápida adopción de las monedas estables tanto a nivel nacional como transfronterizo, lo que podría crear riesgos sistémicos e incluso poner en peligro la soberanía monetaria.

Una posible respuesta a estas tendencias (una mayor demanda de pagos digitales y un posible papel dominante de los grandes proveedores de servicios extranjeros) es que los propios bancos centrales se vuelvan digitales para preservar el dinero como un bien público.

Un euro digital tendría como objetivo apoyar la digitalización al tiempo que seguiría dando a las personas la posibilidad de elegir cómo pagar y garantizar que sus pagos sigan siendo competitivos y seguros. Estaría diseñado para ser seguro, sin costo, de fácil acceso y fácil de usar, apoyando así la inclusión financiera. Tendría la protección de la privacidad como una prioridad clave, ayudando así a mantener la confianza en los pagos. De hecho, ya hemos analizado las técnicas de mejora de la privacidad, y continuaremos haciéndolo en los próximos meses.

Un euro digital estaría disponible para los hogares, las empresas, los comerciantes y los intermediarios financieros para pagos en toda la zona del euro, ayudando así a unificar el mercado europeo. Y aumentaría las opciones de los consumidores, reduciría los costos de transacción y apoyaría la digitalización de la economía, al tiempo que garantizaría que el dinero del banco central permanezca en el centro del sistema financiero, apuntalando la estabilidad.

Nuestro objetivo sería hacer que un euro digital sea interoperable con soluciones de pago privadas, de modo que se pueda acceder a él a través de ellas. Por lo tanto, nivelaría el campo de juego al hacer posible que todos los participantes del mercado (intermediarios bancarios y no bancarios y fintechs) ofrezcan, a un costo menor, productos que permitan a las personas pagar al instante.

Un euro digital también podría actuar como catalizador a nivel internacional. Al garantizar la interoperabilidad con las monedas digitales extranjeras, incluidas otras monedas digitales del banco central (CBDC), podría crear ganancias de eficiencia muy necesarias en los pagos transfronterizos reduciendo sus costos.

Posibles efectos injustificados en el sistema financiero

En el debate más amplio y en algunas respuestas a nuestra consulta pública, se han planteado una serie de preocupaciones sobre el impacto potencial de un euro digital en el sistema financiero.

Paradójicamente, un euro digital puede resultar demasiado exitoso. Si no se diseña adecuadamente, sus principales fortalezas -seguridad y liquidez- podrían afectar a la estabilidad monetaria y financiera en tres frentes: en primer lugar, la intermediación financiera y la asignación de capital en tiempos normales; en segundo lugar, la estabilidad financiera en tiempos de crisis; y tercero, el funcionamiento del sistema financiero internacional. Permítanme considerar cada uno de ellos a su vez.

Efectos sobre la intermediación financiera y la asignación de capital en tiempos normales

Un euro digital podría afectar a la intermediación financiera de varias maneras. Podría atraer la actividad de pagos de los bancos y reducir sus ingresos relacionados con los pagos y la información de los clientes. También podría atraer depósitos, especialmente si se ofreciera sin límites a las tenencias individuales y en condiciones tan atractivas que el público trasladara grandes cantidades de depósitos de los bancos comerciales a los bancos centrales.

La preocupación es que esto podría conducir a una financiación menos estable y más costosa, una menor rentabilidad bancaria y, en última instancia, a una menor concesión de préstamos, lo que limitaría la financiación de la economía real. Quisiera hacer dos observaciones al respecto.

En primer lugar, el riesgo de desintermediación bancaria depende de las características de diseño de un euro digital. Podemos y debemos diseñarlo de manera que prevenga este riesgo. Volveré sobre esta cuestión crucial con más detalle.

En segundo lugar, el BCE no planea interactuar directamente con potencialmente cientos de millones de usuarios de un euro digital. Simplemente no tendríamos la capacidad ni los recursos para hacerlo. Los intermediarios financieros, en particular los bancos, proporcionarían los servicios front-end, como lo hacen hoy en día para las operaciones relacionadas con el efectivo. Proporcionaríamos dinero seguro, mientras que los intermediarios financieros continuarían ofreciendo servicios adicionales a los usuarios.

Además, más allá de tales adaptaciones de diseño, el pensamiento económico sobre el posible impacto de un euro digital en la intermediación financiera no está claro. De hecho, los análisis recientes enfatizan que debemos considerar las implicaciones económicas más amplias de adoptar una CBDC.

Una consideración es que la introducción de una CBDC es por sí misma neutral en términos de la asignación de capital en la economía. De hecho, un cambio de los depósitos bancarios a CBDC simplemente cambiaría la composición de las fuentes de financiamiento de los bancos, con menos depósitos del sector privado y más fondos del banco central.

Otra consideración es que un euro digital podría mejorar la asignación de capital al facilitar el acceso a los pagos y reducir los costos de transacción, ayudando así a desbloquear oportunidades de negocio. También podría mejorar la competencia en los mercados de financiación de los bancos. En la medida en que los mercados de financiación no sean perfectamente competitivos, una moneda digital del banco central podría reducir el poder de mercado de los bancos comerciales y mejorar las condiciones contractuales para los clientes, con poco efecto en el volumen de depósitos y préstamos pendientes.

Posibles efectos en tiempos de crisis

Los riesgos para la intermediación financiera de la emisión de un euro digital son potencialmente más pronunciados en tiempos de crisis. Esta es la segunda forma en que un euro digital podría afectar al sistema financiero.

Un euro digital daría acceso a un activo líquido seguro que, a diferencia del efectivo y en ausencia de restricciones relacionadas con el diseño, podría mantenerse en grandes volúmenes y sin costo alguno. De hecho, si no se diseña adecuadamente, en tiempos de crisis un euro digital podría acelerar las «huidas digitales» de los bancos comerciales hacia el banco central. Este riesgo podría incluso ser autocumplido, lo que llevaría a los ahorradores a reducir sus depósitos bancarios y amplificaría la volatilidad en tiempos normales también.

Para que este riesgo se materialice, una serie de líneas de defensa, como el seguro de depósitos, la supervisión y el prestamista de último recurso, tendrían que quebrar o percibirse como insuficientes a la luz de lo fácil que sería convertir los depósitos en dinero seguro del banco central. Además, un euro digital podría proporcionar herramientas adicionales para contrarrestar estos riesgos para la estabilidad financiera. Por ejemplo, podría proporcionar al banco central información en tiempo real sobre los flujos de depósitos, lo que permitiría una reacción rápida si fuera necesario.

Pero, en general, no se puede descartar el riesgo de que un euro digital pueda tener efectos adversos en tiempos de crisis. Por lo tanto, un euro digital debe diseñarse de manera que permita controlar estrictamente este riesgo, como discutiré con más detalle en breve.

Impacto en el sistema monetario internacional

La tercera forma en que un euro digital podría tener un impacto en el sistema financiero es a nivel transfronterizo. Dependiendo de si sería accesible para los no residentes e interoperable con sistemas de pago distintos del euro, un euro digital también podría tener implicaciones de gran alcance para el resto del mundo.

Un euro digital accesible a los no residentes podría hacer que la moneda única sea más atractiva como medio de pago seguro para las transacciones minoristas a través de las fronteras. Podría ayudar a abordar las ineficiencias en las infraestructuras de pago transfronterizas y facilitar la transferencia de remesas.

Pero si un euro digital no se diseñara de una manera que impidiera que se utilizara como una forma de inversión, estos beneficios conllevarían el riesgo de amplificar los shocks internacionales. El hecho de que un euro digital sea muy líquido puede llevar a que los inversores extranjeros lo utilicen de manera desproporcionada y se reequilibren con mucha más fuerza dentro o fuera de él en respuesta a los shocks. De hecho, investigaciones recientes sugieren que, en presencia de una CBDC, los shocks podrían resultar en mayores fluctuaciones del tipo de cambio y tener un efecto más fuerte en las condiciones financieras extranjeras. Esto, a su vez, podría obligar a los bancos centrales extranjeros a ser más receptivos a los efectos de contagio internacionales.

Por el contrario, estas dinámicas significan que la ausencia de un euro digital podría hacer que Europa sea más vulnerable a los desarrollos internacionales: la adopción generalizada de monedas digitales por parte de los bancos centrales extranjeros podría hacer que la economía y el sistema financiero europeos sean más sensibles a los shocks del extranjero.

Opciones de diseño y políticas

Para obtener los beneficios de un euro digital, como la capacidad de garantizar la privacidad en los pagos digitales, la inclusión financiera y el acceso universal, tendría que diseñarse cuidadosamente. Las posibles características de diseño se revisaron en el informe del Eurosistema y será evaluado en profundidad por el Grupo de Trabajo que está estudiando el lanzamiento de un euro digital. Solo cuando se hayan abordado todas las cuestiones tomaremos una decisión sobre si emitir o no un euro digital.

Un análisis exhaustivo de tales características de diseño va más allá del alcance de este seminario. Por lo tanto, limitaré mis comentarios de hoy a las características que son necesarias para preservar la estabilidad del sistema financiero, dejando los comentarios sobre otras cuestiones cruciales para otro momento.

Un euro digital debe ser un medio de pago eficiente, tanto a nivel nacional como internacional. Pero lo más importante es que, para preservar la estabilidad, debe diseñarse de manera que impida que se utilice como una forma de inversión. Una serie de posibles características de diseño podrían satisfacer estos principios.

Una opción sería limitar la cantidad de euros digitales que los usuarios individuales pueden tener. Esto evitaría grandes entradas de depósitos bancarios, así como entradas de cartera volátiles desde el extranjero, en el banco central. Una forma de hacerlo, al tiempo que permite que el euro digital se utilice para grandes transacciones, sería exigir que los fondos entrantes que excedan el límite de un usuario se redirijan a una cuenta bancaria. El vínculo entre el dinero privado y las cuentas digitales en euros evitaría la fragmentación de la liquidez de un usuario y también sería útil para los pagos salientes. Las grandes transacciones salientes podrían llevarse a cabo mediante la transferencia de una combinación de euro digital y dinero privado.

Otra opción sería establecer una remuneración penalizadora sobre las tenencias digitales en euros de los usuarios individuales por encima de un determinado umbral. Hasta ese umbral, los importes mantenidos en euros digitales nunca estarían sujetos a tipos de interés negativos y, por lo tanto, nunca recibirían un trato menos favorable que el efectivo. Por encima de ese umbral, la remuneración se establecería de modo que las tenencias de euros digitales más grandes solo valgan la pena para realizar pagos más grandes y no de forma continua como forma de inversión.

Al identificar el umbral adecuado, habría que encontrar el equilibrio adecuado entre desbloquear los beneficios de un euro digital como medio de pago y mitigar los riesgos de desintermediación o incluso de corridas bancarias. Como criterio, un umbral de 3.000 euros sería más que la cantidad de efectivo que la mayoría de los ciudadanos tienen hoy en día, y sería superior al salario medio mensual en la mayoría de los países de la zona del euro.

La remuneración escalonada podría proporcionar una forma menos distorsionadora de desincentivar las grandes tenencias digitales en euros. Al mismo tiempo, podría plantear problemas de aplicación. Por ejemplo, en tiempos de crisis podría ser necesario ajustar la remuneración de la moneda digital, pero esto podría indicar que el banco central está anticipando tensiones financieras, lo que lleva a una inestabilidad autocumplida.

Características de diseño similares tendrían que aplicarse al uso de un euro digital por parte de los no residentes. Esto impediría que un euro digital sustituyera a otras formas de inversión y facilitara la sustitución de divisas en países fuera de la zona del euro. En cualquier caso, la cooperación internacional en materia de diseño, uso transfronterizo e interoperabilidad sería clave para cosechar los beneficios potenciales de las CBDC para los pagos transfronterizos, al tiempo que se abordan los riesgos para el sistema financiero internacional.

Conclusión

Permítanme concluir. Así como los billetes fueron una innovación importante para los bancos centrales y los depósitos bancarios dieron a los bancos comerciales un mayor papel en la intermediación, la digitalización en curso del dinero y los pagos está desafiando la estructura establecida del sistema financiero.

Un euro digital representa una evolución natural en respuesta a esta transformación, no solo para apuntalar la eficiencia y la innovación, sino también para preservar el papel del banco central en la oferta de medios de pago seguros. A lo largo de la historia, esta seguridad ha demostrado ser crucial para mantener la confianza pública en el dinero y, en última instancia, en el Estado. Por lo tanto, un objetivo clave de un euro digital debe ser preservar un buen equilibrio entre el dinero soberano y el privado para garantizar que los pagos se mantengan estables y eficientes.

Pero como el pasado nos ha enseñado, si las innovaciones en el dinero del banco central no están bien diseñadas, pueden convertirse en una fuente de disrupción financiera. Para evitar cualquier efecto no deseado y cosechar todos los beneficios de una forma digital de dinero del banco central, consideraremos cuidadosamente todos los aspectos de su diseño.

Nuestra reciente consulta pública sobre un euro digital forma parte de este ejercicio. En la primavera publicaremos un análisis de las respuestas que recibimos. Este análisis proporcionará una contribución importante a nuestra decisión, hacia mediados de año, sobre si lanzar o no formalmente un proyecto para prepararse para la emisión de un euro digital.

A medida que avance nuestro trabajo sobre un euro digital, las opiniones de los ciudadanos, las empresas, los bancos y todas las partes interesadas seguirán siendo de suma importancia para garantizar que un euro digital se diseñe de manera óptima y, en última instancia, sirva bien a los europeos.



Aclaración de taxonomía para los solicitantes del Reino Unido


Escuchamos que los solicitantes de empresas públicas ante la Autoridad de Conducta Financiera del Reino Unido (FCA) continuarán pudiendo utilizar las taxonomías del Formato Electrónico Único Europeo (ESEF) y del Formato Electrónico Único del Reino Unido (UKSEF). No es el caso, como informamos hace dos semanas, que a partir del próximo año los preparadores se limiten solo a la taxonomía UKSEF 2022.

Entendemos que la FCA está en el proceso de actualizar su guía sobre taxonomías permitidas, pero el debido proceso para ese esfuerzo lleva un poco de tiempo. Actualmente hay una aclaración en el sitio web de la FCA que dice:

«Somos conscientes de que la taxonomía ESEF 2021 se ha omitido de nuestra regla que establece las taxonomías permitidas para los ejercicios financieros que comienzan a partir del 1 de enero de 2022 … Planeamos rectificar esto en breve».


Informes financieros anuales de la empresa en formato electrónico

Primera publicación: 20/11/2020 Última actualización: 26/05/2022

Todos los emisores que deben preparar informes financieros anuales bajo nuestras Reglas de Divulgación, Orientación y Transparencia (DTR) deben estar listos para cumplir con nuestros nuevos requisitos para preparar, publicar y presentar esos informes en el nuevo formato único de informes electrónicos.

Antecedentes

Nuestros requisitos, que se originan en la legislación de la UE para el formato único europeo de presentación de informes electrónicos (ESEF) que entró en vigor en el Reino Unido antes del final del período de retirada de la UE el 31 de diciembre de 2020, introducen un formato estructurado para los informes financieros anuales. Esto incluye la capacidad de «etiquetar» (es decir, etiquetar) las divulgaciones individuales en el informe de acuerdo con una taxonomía publicada. En comparación con un formato no estructurado (como *.pdf), los archivos estructurados permiten que el contenido del informe sea legible por máquina utilizando herramientas de software especializadas con el objetivo de mejorar la accesibilidad, el análisis y la comparabilidad de la información.

Preparación de informes financieros anuales en el nuevo formato electrónico

En general, las empresas con valores mobiliarios admitidos a negociación en los mercados regulados del Reino Unido deben preparar sus informes financieros anuales en un formato de navegador web XHTML, en sustitución del formato PDF actual, para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2021, para su publicación a partir del 1 de enero de 2022. También deben presentarlos ante el Mecanismo Nacional de Almacenamiento (NSM) de la FCA.

También requerimos que los emisores dentro del alcance que preparan cuentas consolidadas anuales de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), ya sean NIIF del Reino Unido, de la UE o internacionales, marquen esos estados financieros con etiquetas seleccionadas de una de las taxonomías permitidas.

Obtenga más información sobre las taxonomías permitidas en nuestro Aviso del Manual de diciembre de 2021 y nuestro Aviso del Manual de abril de 2022 para los ejercicios financieros que comienzan a partir del 1 de enero de 2021 y el 1 de enero de 2022.

Somos conscientes de que la taxonomía ESEF 2021 se ha omitido de nuestra norma que establece las taxonomías permitidas para los ejercicios financieros que comienzan a partir del 1 de enero de 2022 (artículo 4, apartado 5, letra b), del Reglamento TD ESEF). Planeamos rectificar esto en breve.

Los emisores pueden encontrar más información sobre estos requisitos en la sección Manual de nuestro sitio web en las Normas de divulgación, orientación y transparencia (DTR) (véanse DTR4.1.1R y DTR4.1.14R) y las Normas técnicas para la Directiva de transparencia, que incluyen la versión del Reino Unido del Reglamento ESEF, según enmendada.

Sin embargo, algunos emisores de valores en mercados regulados están exentos de estos requisitos (véase DTR 4.4), entre ellos:

  • Emisores del sector público (DTR 4.4.1).
  • Emisores que emitan exclusivamente títulos de deuda admitidos a negociación, cuya denominación por unidad sea de al menos 100.000 euros (o importe equivalente) (DTR 4.4.2).

Implementación escalonada

En nuestras reglas, hemos mantenido una introducción gradual a las obligaciones de etiquetado obligatorio como se establece en la siguiente tabla:

Aplicación de las Normas de Orientación y Transparencia en materia de Divulgación (DTR)

DTR 6.2.2R requiere que los emisores en el alcance presenten sus AFR con nosotros para su publicación en nuestro NSM.

DTR 6.2.3G, que permite a los emisores cumplir con su obligación de presentación DTR 6.2.2R mediante el uso de un Proveedor de Información Primaria (PIP) para difundir información, no se aplica a la presentación de AFR preparados por ESEF.

Orientación sobre cómo presentar informes financieros en formato electrónico con la FCA



Revisiones de Cálculos 1.1 garantizan la utilidad global


La Junta de Estándares XBRL ha aprobado una segunda Recomendación Candidata de la especificación Cálculos 1.1, con mejoras para garantizar la plena aplicabilidad internacional.

La especificación Cálculos está diseñada para desempeñar un papel de apoyo, proporcionando una funcionalidad de cálculo mejorada para los informes XBRL. Cálculos 1.1 ofrece un mejor manejo de hechos redondeados y duplicados, con la última actualización ahora disponible en nuestro sitio de especificaciones. El principal cambio con respecto a la versión anterior es que incorpora comentarios de XBRL Japón y permite situaciones en las que se utiliza el truncamiento en lugar del redondeo para abreviar las cifras en los informes XBRL. Este enfoque se utiliza comúnmente en la presentación de informes financieros en Japón, pero no se apoyó en el borrador anterior.

Para nosotros en XBRL International, una enmienda como esta subraya los beneficios de ser un consorcio verdaderamente global con miembros de todo el mundo, y de tener períodos de revisión incorporados a lo largo de nuestro proceso de desarrollo de especificaciones.

Agradecemos cualquier comentario adicional sobre los Cálculos 1.1 Si no se realizan más modificaciones, avanzará al estado de Recomendación Propuesta antes de convertirse en una Recomendación final. También alentamos a cualquier miembro interesado en la especificación a unirse al Grupo de Trabajo de Especificación Base XBRL.


Cálculos 1.1

Recomendación del candidato 25 de mayo de 2022

Esta versión

https://www.xbrl.org/Specification/calculation-1.1/CR-2022-05-25/calculation-1.1-CR-2022-05-25.html

Editor

Paul Warren, < Internacional XBRL pdw@xbrl.org>

Colaboradores

Mark Goodhand <mrg@corefiling.com>

Brett Kail <brett.kail@workiva.com>


Tabla de contenidos

Definiciones

Códigos de error

1. Resumen

XBRL v2.1 proporciona un mecanismo para definir las relaciones de cálculo que existen entre los conceptos XBRL y un proceso para comprobar si los hechos de un informe XBRL son coherentes con esas relaciones. El proceso de comprobación de coherencia tiene una serie de deficiencias, que pueden causar fallos de coherencia erróneos en los valores redondeados y fallos de coherencia omitidos cuando hay hechos duplicados.

Esta especificación define una funcionalidad de cálculo alternativa destinada a abordar estas deficiencias.

2. Visión general

Esta especificación define un proceso para comprobar la coherencia del cálculo de los hechos en un informe XBRL con las relaciones definidas en una taxonomía XBRL, y prescribe códigos de error que deben generarse si se determina que un informe es incoherente (consulte la Sección 4.2).

La especificación define un nuevo arco que se utiliza para definir las relaciones de cálculo a las que se aplica la semántica definida en esta especificación. Los procesadores que implementan esta especificación pueden aplicar opcionalmente la semántica descrita en esta especificación a las relaciones definidas mediante el arco de arco «summation-item» de la especificación XBRL v2.1 (consulte la Sección 3.1).

2.1 Espacios de nombres y prefijos de espacio de nombres

2.2 Códigos de error

QNames en texto rojo entre paréntesis después de una instrucción «MUST» o «MUST NOT» prescriben códigos de error estandarizados que se deben usar si se viola la condición anterior. Las declaraciones «MUST» o «MUST NOT» que no tienen un código de error prescrito no se pueden aplicar automáticamente, y los procesadores no están obligados a detectar infracciones.

2.3 Estado de validación

Esta especificación define los códigos de error que DEBE ser generado por un procesador conforme cuando se detectan inconsistencias en el cálculo. Los errores de inconsistencia de cálculo no invalidan un informe XBRL, y los procesadores PUEDEN continuar procesando documentos que contengan dichos errores.

3. Definición del cálculo

3.1 Relaciones suma-elemento

Una relación suma-elemento es una relación efectiva definida por un elemento calculationArc con un arco de http://www.xbrl.org/2003/arcrole/summation-item o https://xbrl.org/CR/2022-05-25/arcrole/summation-item .

Una relación de cálculo XBRL v2.1 es una relación suma-elemento con un arco de http://www.xbrl.org/2003/arcrole/summation-item.

Una relación Cálculos v1.1 es una relación suma-elemento con un arco de https://xbrl.org/CR/2022-05-25/arcrole/summation-item.

Una relación efectiva es una relación XLink que no ha sido prohibida o anulada por un arco con una prioridad más alta, como se describe en XBRL v2.1 sección 3.5.3.9.7.

La validación de cálculos v1.1 es el proceso de aplicación de la comprobación de cálculo descrita en la Sección 4.

La comprobación de la coherencia del cálculo de XBRL v2.1 es el proceso del comportamiento descrito en XBRL v2.1, sección 5.2.5.2 y las inconsistencias de señalización entre un informe XBRL y las relaciones de cálculo de XBRL v2.1.

Un procesador que implemente esta especificación DEBE aplicar la validación de Cálculos v1.1 a las relaciones de Cálculos v1.1.

Los procesadores PUEDEN proporcionar un modo de operación que permita que la validación de Cálculos v1.1 se aplique a las relaciones de cálculo XBRL v2.1. Procesadores que hacen esto:

XBRL v2.1 no prescribe ningún comportamiento para las relaciones de Cálculos v1.1 y la comprobación de consistencia del cálculo XBRL v2.1 NO DEBE aplicarse a ellos.

Las relaciones de cálculos v1.1 y las relaciones de cálculo XBRL v2.1 forman dos redes completamente independientes, y en el caso de que ambas estén presentes en la misma taxonomía, la validación DEBE aplicarse a cada red por separado.

3.2 Estructura de cálculo

Los cálculos se definen en una taxonomía utilizando relaciones suma-elemento.

Un cálculo es el conjunto de todas las relaciones suma-elemento que comparten un concepto total común, un rol de enlace extendido común y un arco común (consulte la Sección 3.1).

4. Aplicación de cálculo

Se puede comprobar la coherencia de un informe con un conjunto de cálculos, y se genera un error siempre que los hechos notificados sean incompatibles con los cálculos definidos. Cada cálculo se comprueba siempre que haya suficientes hechos alineados dimensionalmente para que se «vincule», como se describe en la Sección 4.1.

4.1 Enlace de cálculo

Un punto de datos informado es un conjunto de valores de dimensión para el que existe al menos un hecho con ese conjunto de valores de dimensión como su propiedad {dimensions} y que tiene un valor no nulo. La definición de la OIM de valor de dimensión igual se utiliza al comparar valores de dimensión.

Un cálculo enlaza siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

Dos puntos de datos informadosa y b, están alineados dimensionalmente si para cada dimensión que no sea la dimensión central del concepto en la propiedad {dimensiones} de a, la misma dimensión está presente en b con un valor de dimensión igual.

4.2 Comprobación de la coherencia

Cuando un cálculo se vincula, la coherencia del cálculo se determina de la siguiente manera:

Si el modo de redondeo es «redondear a más cercano», el código de error calc11e:inconsistentCalculationUsingRounding DEBE elevarse para cada enlace de un cálculo que no sea coherente.

Si el modo de redondeo es «truncamiento», el código de error calc11e:inconsistentCalculationUsingTruncation DEBE elevarse para cada enlace de un cálculo que no sea consistente.

4.2.1 Modo de redondeo

Para establecer la coherencia de un cálculo, es necesario conocer el conjunto de valores posibles a partir de los cuales se puede haber redondeado un valor notificado. Esto dependerá del método de redondeo que se haya utilizado. Esta especificación define dos posibles modos de redondeo.

El modo de redondeo define cómo se han obtenido los valores que se han reportado con una precisión finita, y es uno de:

Los procesadores que implementan esta especificación deben admitir ambos modos de redondeo. Un único modo de redondeo DEBE utilizarse de forma coherente para todos los cálculos de un informe. El modo de redondeo utilizado DEBERÍA ser una opción de configuración en tiempo de ejecución.

4.2.2 Intervalo de valor de hecho

El intervalo de valor de hecho para un hecho es el rango de valores posibles desde los que el valor de hecho informado es consistente con haber sido redondeado o truncado, dependiendo del modo de redondeo.

4.2.3 Intervalo de valor de hecho redondeado

El intervalo de valor de hecho redondeado para un hecho es el rango de valores posibles desde los que el valor de hecho informado es consistente con haber sido redondeado, lo que permite que un valor de «mitad» se haya redondeado hacia arriba o hacia abajo. Para un hecho con {valor}, y propiedad finita {decimales}, se define como:vd

[v-0.5*10^(0-d), v+0.5*10^(0-d)]

Para un hecho con una propiedad {decimals} de «infinito», se define como el intervalo de un solo punto:

[v, v]

4.2.4 Intervalo de valor de hecho truncado

El intervalo de valor de hecho truncado para un hecho es el rango de valores posibles desde los que el valor de hecho informado es consistente con haber sido truncado. Para un hecho con {valor}, y propiedad finita {decimales}, el intervalo se obtiene de la siguiente manera:vd

El valor reportado se trunca primero a su precisión declarada, reemplazando cualquier dígito distinto de cero a la derecha del decimal con cero.vd

El intervalo es entonces:

Si v > 0:

[v, v+10^(0-d))

Si v < 0:

(v-10^(0-d), v]

Si v == 0:

(v-10^(0-d), v+10^(0-d))

Para un hecho con una propiedad {decimals} de «infinito», se define como el intervalo de un solo punto:

[v, v]

4.3 Dígitos superiores a la precisión declarada

Un hecho tiene dígitos superiores a la precisión declarada si hay dígitos distintos de cero a la derecha de la posición identificada por el valor de la propiedad {decimals}. Un hecho con una propiedad {decimals} de «infinito» no puede tener dígitos que excedan la precisión declarada.

Más formalmente, un hecho tiene dígitos superiores a la precisión declarada si la propiedad {decimals} no es «infinito» y el valor reportado no es un múltiplo entero de 10^(-d) donde d es el valor de la propiedad {decimals}.

4.4 Duplicados consistentes e inconsistentes

Cuando en un informe se presentan hechos duplicados, los valores pueden o no ser coherentes con haber sido redondeados o truncados a partir de un único valor subyacente. El modo de información abierta proporciona definiciones de duplicados coherentes y duplicados incoherentes. Estas definiciones asumen que se utiliza «redondo a más cercano» y no son compatibles con el modo de redondeo «truncamiento». Por lo tanto, esta especificación proporciona una definición modificada denominada duplicados coherentes de cálculo 1.1.

Dos hechos son los duplicados consistentes del cálculo 1.1 si cumplen con la especificación para los hechos duplicados de OIM, con la modificación de que el intervalo utilizado para establecer la consistencia del valor numérico es el intervalo del valor del hecho, como se define en esta especificación.

Dos hechos son los duplicados incompatibles del cálculo 1.1 si cumplen la especificación para los duplicados incompatibles de la OIM, con la modificación de que la referencia a los hechos duplicados se sustituye por duplicados coherentes del cálculo 1.1.

Cuando esta especificación requiera que se genere un error por duplicados incoherentes, se deben utilizar los siguientes códigos de error:

  • Si el modo de redondeo es «round-to-nearest», eleve oime:disallowedDuplicateFacts.
  • Si el modo de redondeo es «truncamiento», eleve calc11e:disallowedDuplicateFactsUsingTruncation.

Apéndice A Situación de la propiedad intelectual (no normativa)

Este documento y sus traducciones pueden copiarse y proporcionarse a terceros, y los trabajos derivados que lo comenten o lo expliquen de otra manera o ayuden a su implementación pueden prepararse, copiarse, publicarse y distribuirse, en su totalidad o en parte, sin restricción de ningún tipo, siempre que el aviso de derechos de autor anterior y este párrafo se incluyan en todas esas copias y trabajos derivados. Sin embargo, este documento en sí no puede ser modificado de ninguna manera, como eliminar el aviso de derechos de autor o las referencias a XBRL International u organizaciones XBRL, excepto cuando sea necesario traducirlo a idiomas distintos del inglés. Los miembros de XBRL International acuerdan otorgar ciertas licencias bajo la Política Internacional de Propiedad Intelectual de XBRL (https://www.xbrl.org/legal).

Este documento y la información contenida en este documento se proporcionan «TAL CUAL» y XBRL INTERNATIONAL RENUNCIA A TODAS LAS GARANTÍAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, CUALQUIER GARANTÍA DE QUE EL USO DE LA INFORMACIÓN AQUÍ CONTENIDA NO INFRINGIRÁ NINGÚN DERECHO O GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR.

La atención de los usuarios de este documento se dirige a la posibilidad de que el cumplimiento o la adopción de las especificaciones de XBRL International pueda requerir el uso de una invención cubierta por derechos de patente. XBRL International no será responsable de identificar patentes para las cuales una licencia pueda ser requerida por cualquier especificación de XBRL International, o de realizar investigaciones legales sobre la validez legal o el alcance de las patentes que se pongan en su conocimiento. Las especificaciones de XBRL International son prospectivas y de asesoramiento solamente. Los posibles usuarios son responsables de protegerse contra la responsabilidad por infracción de patentes. XBRL International no toma ninguna posición con respecto a la validez o el alcance de cualquier propiedad intelectual u otros derechos que puedan reclamarse relacionados con la implementación o el uso de la tecnología descrita en este documento o la medida en que cualquier licencia bajo dichos derechos podría o no estar disponible; tampoco declara que haya hecho ningún esfuerzo por identificar tales derechos. Los miembros de XBRL International acuerdan otorgar ciertas licencias bajo la Política Internacional de Propiedad Intelectual de XBRL (https://www.xbrl.org/legal).


Requisitos para los cálculos 1.1

Documento de requisitos 25 de mayo de 2022

Esta versión

Editor

Paul Warren, < Internacional XBRL pdw@xbrl.org>


Tabla de contenidos

Definiciones

1. Introducción

La especificación XBRL 2.1 define una sintaxis estándar basada en XML para los informes empresariales XBRL. Proporciona una sintaxis para definir relaciones de cálculo (en adelante, XBRL 2.1 summation-item) entre elementos numéricos en un informe XBRL.

Las relaciones suma-elemento XBRL 2.1 han definido el comportamiento de validación, y se requiere que los procesadores conformes señalen una «inconsistencia» si los hechos en un informe XBRL no se ajustan a las relaciones prescritas.

Las cifras en los informes financieros a menudo se presentan después del redondeo y la escala para mejorar la legibilidad del informe. XBRL 2.1 permite que los hechos declaren la precisión con la que se informan. XBRL 2.1 summation-item prescribe cómo los procesadores deben tratar esta información de precisión, pero desafortunadamente, el enfoque no maneja correctamente los escenarios de informes comunes, lo que lleva a que se señalen inconsistencias de cálculo para valores que de hecho son consistentes.

En este documento se describen los requisitos para una nueva especificación mínima que solucione este problema.

2. Problemas con XBRL v2.1 summation-item

2.1 Redondeo

Considere un informe basado en los siguientes valores reales en un balance general:

Tenga en cuenta que las cifras presentadas no se suman exactamente, a pesar de que todas se han redondeado correctamente de los valores reales que sí lo hacen. Este es un resultado común y normal del redondeo.

La especificación XBRL v2.1 establece que «Un cálculo vinculante se define para ser consistente si el valor redondeado del elemento de suma es igual al total redondeado a los decimales o decimales inferidos del elemento de suma».

La especificación describe cómo se debe realizar el redondeo, pero en todos los escenarios comunes, la salida del proceso de redondeo es la misma que la entrada. Por ejemplo, la figura «Deudores» se etiquetaría correctamente como (decimales = -5). El proceso de redondeo prescribe que debemos redondearlo a los 100.000 más cercanos, pero esto ya se ha hecho antes de incluir el valor en el informe. Por lo tanto, la especificación requiere efectivamente que las cifras reportadas (posterior al redondeo) se sumen exactamente, lo que lleva a inconsistencias comunes.12100000

2.2 Duplicados

La especificación XBRL v2.1 prescribe las situaciones en las que se comprueba un cálculo («enlaza»). Un cálculo sólo se vinculará si no hay hechos duplicados presentes para el elemento de suma (total) o cualquiera de los elementos contribuyentes.

Los informes financieros a menudo incluyen el mismo valor más de una vez, y en algunos casos se informan con diferentes niveles de precisión. Por ejemplo, una cifra puede presentarse al millar más cercano en una tabla, pero resumirse al millón más cercano en una declaración textual.

El uso cada vez mayor de XBRL en línea, y la mejor práctica asociada de etiquetar todas las ocurrencias de un hecho, significa que los duplicados en XBRL son comunes, y siempre que todos los valores sean consistentes con su precisión declarada, no representan un problema con el informe.

El comportamiento actual de XBRL v2.1 tiene el efecto secundario de deshabilitar algunas comprobaciones de cálculo que deben realizarse. Este problema se ve agravado por el hecho de que la especificación Inline XBRL permite, pero no requiere, la des duplicación, lo que lleva a la ambigüedad en el comportamiento requerido para las comprobaciones de cálculo.

2.3 Dependencias sintácticas

El XBRL v2.1 prescribe que los cálculos se verifican entre hechos que son «C-Equal» y «U-Equal». Esto requiere efectivamente que todos los hechos tengan las mismas dimensiones, incluidas las dimensiones incorporadas y definidas por taxonomía, y las mismas unidades.

Las definiciones de «C-Equal» y «U-Equal» se refieren a la estructura XML de los elementos y, respectivamente. Esto es problemático para «C-Equal» ya que la comparación prescrita no es consciente del tipo, lo que significa que los elementos equivalentes, pero sintácticamente diferentes, no se considerarán iguales. La especificación posterior de XBRL Dimensions utiliza QNames para identificar nombres de cotas. Los QNames que utilizan diferentes prefijos enlazados al mismo URI de espacio de nombres deben considerarse equivalentes, pero no lo serán a menos que la comparación sea consciente del tipo.<context><unit>context

Del mismo modo, los valores de cota también pueden ser QNames (para dimensiones explícitas) o cualquier tipo de esquema XML para dimensiones con tipo, y deben compararse como valores con tipo.

En términos más generales, la reciente iniciativa Open Information Model define un modelo independiente de la sintaxis, y es deseable que la equivalencia dimensional de los hechos se determine bajo ese modelo, en lugar de comparar los detalles sintácticos XML.

3. Requisitos de alcance

3.1 Consistencia del cálculo

Se debe comprobar la coherencia de los valores de un informe con un conjunto de relaciones de cálculo establecidas. Los valores notificados deben considerarse coherentes con un cálculo si existe un conjunto de valores reales a partir de los cuales se podrían haber redondeado los valores notificados que se ajusten al cálculo especificado.

3.1.1 Aritmética basada en intervalos

La comprobación de la consistencia del cálculo debe determinarse mediante aritmética de intervalos. Cada hecho reportado con precisión finita representa un intervalo de posibles valores subyacentes. Por ejemplo, un valor de 12 (decimales = 0) podría haberse redondeado desde cualquier valor entre 11,5 y 12,5 (la inclusión de los límites se discute en la siguiente sección).

El requisito de coherencia definido en la sección 3.1 se cumple si hay superposición entre el intervalo del total notificado y el intervalo calculado.

3.2 Soporte para diferentes métodos de redondeo

Hay una serie de enfoques diferentes utilizados para redondear los valores para su presentación en un informe.

Los métodos comunes incluyen «redondo a más cercano» y truncamiento («redondo hacia cero»). Hay una serie de variaciones de «redondo a más cercano», con diferentes tratamientos de valores que están exactamente a medio camino entre dos valores más cercanos («empates»). Las variaciones comunes incluyen «lazos a pares» y «lazos lejos de cero».

La solución debe admitir métodos de «redondo a más cercano» y truncamiento.

La solución debe permitir configurar un procesador para comprobar los cálculos asumiendo que los métodos de «redondeo a más cercano» o de trnucación.

Al verificar de acuerdo con «redondo a más cercano», la solución no debe distinguir entre el diferente tratamiento de los lazos. Cuando no pueda determinarse la coherencia de un cálculo sin saber qué variación se ha utilizado, debe tratarse como coherente.

La razón detrás de este enfoque es que la elección entre «redondo a más cercano» y truncado se establece típicamente por convenciones jurisdiccionales, y la diferencia conduce a una diferencia subtantiva entre los valores que se consideran consistentes para un cálculo dado. Por otro lado, la elección entre diferentes variaciones de «redondo a más cercano» puede variar entre los informes dentro de una jurisdicción, pero la diferencia hace una diferencia mínima en los valores que se considerarían consistentes.

3.3 Soporte para hechos duplicados

La presencia de hechos duplicados no debe dar lugar a la desactivación de la comprobación del cálculo. Cuando existan múltiples hechos coherentes, el cálculo debe verificarse utilizando el hecho más preciso disponible. Si hay múltiples hechos inconsistentes presentes, entonces se debe señalar un error.

3.4 Independencia de la sintaxis

La solución debe definirse en términos del modelo de informe definido y no debe depender de la sintaxis XML definida en XBRL v2.1

4. Requisitos fuera del alcance

4.1 Funcionalidad adicional

Con el fin de mantener el proceso de desarrollo lo más corto posible, la solución debe buscar solo abordar las deficiencias en la funcionalidad que pretende proporcionar XBRL v2.1 summation-item. No debe intentar introducir ninguna funcionalidad nueva, como la capacidad de comprobar el período cruzado u otros cálculos inter-dimensionales. En su lugar, cualquier requisito de este tipo debe considerarse para su inclusión.

Apéndice A Situación de la propiedad intelectual (no normativa)

Este documento y sus traducciones pueden copiarse y proporcionarse a terceros, y los trabajos derivados que lo comenten o lo expliquen de otra manera o ayuden a su implementación pueden prepararse, copiarse, publicarse y distribuirse, en su totalidad o en parte, sin restricción de ningún tipo, siempre que el aviso de derechos de autor anterior y este párrafo se incluyan en todas esas copias y trabajos derivados. Sin embargo, este documento en sí no puede ser modificado de ninguna manera, como eliminar el aviso de derechos de autor o las referencias a XBRL International u organizaciones XBRL, excepto cuando sea necesario traducirlo a idiomas distintos del inglés. Los miembros de XBRL International acuerdan otorgar ciertas licencias bajo la Política Internacional de Propiedad Intelectual de XBRL (https://www.xbrl.org/legal).

Este documento y la información contenida en este documento se proporcionan «TAL CUAL» y XBRL INTERNATIONAL RENUNCIA A TODAS LAS GARANTÍAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, CUALQUIER GARANTÍA DE QUE EL USO DE LA INFORMACIÓN AQUÍ CONTENIDA NO INFRINGIRÁ NINGÚN DERECHO O GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR.

La atención de los usuarios de este documento se dirige a la posibilidad de que el cumplimiento o la adopción de las especificaciones de XBRL International pueda requerir el uso de una invención cubierta por derechos de patente. XBRL International no será responsable de identificar patentes para las cuales una licencia pueda ser requerida por cualquier especificación de XBRL International, o de realizar investigaciones legales sobre la validez legal o el alcance de las patentes que se pongan en su conocimiento. Las especificaciones de XBRL International son prospectivas y de asesoramiento solamente. Los posibles usuarios son responsables de protegerse contra la responsabilidad por infracción de patentes. XBRL International no toma ninguna posición con respecto a la validez o el alcance de cualquier propiedad intelectual u otros derechos que puedan reclamarse relacionados con la implementación o el uso de la tecnología descrita en este documento o la medida en que cualquier licencia bajo dichos derechos podría o no estar disponible; tampoco declara que haya hecho ningún esfuerzo por identificar tales derechos.



VRF responde a la SEC sobre divulgaciones climáticas y alineación global


La Value Reporting Foundation (VRF) ha presentado una respuesta temprana a la consulta de la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC) sobre divulgaciones obligatorias y digitales relacionadas con el clima. El VRF es responsable tanto del Marco Integrado de Informes como de los Estándares de la Junta de Normas de Contabilidad de Sostenibilidad (SASB), y está en proceso de consolidación en la Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB).

La carta de comentarios discute las propuestas de la SEC en detalle, destacando áreas significativas de alineación con los borradores de exposición del ISSB. Ambos aprovechan las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD), adoptando un enfoque centrado en los inversores para la divulgación del clima. «Tomados en conjunto, estos elementos comunes en la SEC y el ISSB forman un fuerte punto de partida para una línea de base global de divulgación consistente y comparable relacionada con el clima que necesitan los inversores globales, junto con la mitigación de la carga de informes sobre los preparadores globales que podría resultar de los requisitos fragmentados en múltiples jurisdicciones», dice el VRF.

El VRF se proclama alentado por el grado actual de coherencia entre las propuestas de la SEC y la ISSB. También argumenta que «hay oportunidades para profundizar los beneficios para inversores y emisores de la similitud entre las divulgaciones climáticas requeridas en el mercado de capitales más grande del mundo y los requisitos de divulgación climática propuestos por el ISSB destinados a su aplicación en todas las jurisdicciones», señalando la creación de un grupo de trabajo del ISSB para fomentar el diálogo y una alineación aún mayor entre las iniciativas.


Secretaria Vanessa Countryman

Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos

Calle 100 F, NE

Washington, DC 20549

Re: Comentario público sobre la mejora y estandarización de las divulgaciones relacionadas con el clima para los inversores Regla propuesta: Release Nos. 33-11042; 34-94478; Expediente S7-10-22

Estimado secretario Paisano,

En nombre de la Value Reporting Foundation (VRF), agradezco la oportunidad de responder a la solicitud de comentarios públicos de la Comisión de Seguridad e Intercambio (SEC) sobre su regla propuesta para la Mejora y Estandarización de las Divulgaciones Relacionadas con el Clima para Inversores (la «Regla Propuesta»). VRF apoya el mayor interés e iniciativa de la SEC en el área de la divulgación financiera relacionada con el clima para satisfacer las necesidades de información de los inversores. Los inversores necesitan una divulgación comparable, consistente y confiable de la información de sostenibilidad necesaria para informar las decisiones de inversión y votación. Creemos que esta necesidad puede satisfacerse mejor mediante el establecimiento de una base mundial de divulgación de información sobre sostenibilidad que permita a los usuarios principales de la información financiera de propósito general evaluar el valor de la empresa, lo que promoverá la protección de los inversores, permitirá el mantenimiento de mercados justos, ordenados y eficientes, y promoverá la formación de capital. La Regla Propuesta de la SEC es un paso significativo hacia el logro de esta línea de base global.

Antecedentes sobre el VRF y la Consolidación Planificada del VRF con la Fundación de normas internacionales de información financiera (NIIF).

La Value Reporting Foundation es una organización global sin fines de lucro que ofrece recursos diseñados para ayudar a las empresas y los inversores a desarrollar una comprensión compartida del valor empresarial: cómo se crea, preserva o erosiona con el tiempo. Los recursos del VRF incluyen el Marco Integrado de Informes y los Estándares de la Junta de Normas de Contabilidad de Sostenibilidad (SASB), los cuales son ampliamente utilizados por entidades de todo el mundo.

Los estándares SASB guían la divulgación de información de sostenibilidad financieramente material por parte de las entidades a sus inversores. Disponibles para 77 industrias, los Estándares SASB identifican el subconjunto de cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) más relevantes para el desempeño financiero en cada industria. Los estándares SASB están diseñados para producir información que sea útil para la toma de decisiones para los inversores y rentable para los preparadores. Al 31 de marzo de 2022, más del 60% del S&P Global 1200 divulga el uso de los Estándares SASB. Los inversores globales que representan $ 78 billones en activos bajo administración (AUM) respaldan los estándares SASB, incluido el uso de los Estándares SASB en los procesos de inversión y / o solicitando a las entidades de la cartera que informen utilizando los Estándares SASB.

El enfoque de desarrollo de estándares basado en la industria de SASB identifica los temas de divulgación de sostenibilidad con mayor probabilidad de tener un efecto significativo en el valor empresarial para la entidad típica de una industria. Los estándares SASB también identifican métricas para cada tema de divulgación para permitir a las entidades divulgar información comparable que ayude a los inversores a comprender cómo una entidad mide y gestiona los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.

El 3 de noviembre de 2021, los fideicomisarios de la Fundación NIIF anunciaron la creación de la Junta Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB) y la intención de consolidar el VRF, incluidas las Normas SASB. La Fundación NIIF es una organización de interés público sin fines de lucro establecida para desarrollar normas de divulgación de contabilidad y sostenibilidad de alta calidad, comprensibles, exigibles y aceptadas a nivel mundial para satisfacer las necesidades de los mercados de capitales y promover y facilitar la adopción de las normas.

Los fideicomisarios de la Fundación NIIF supervisan dos organismos normativos, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y el recién creado ISSB. El IASB establece las Normas de Contabilidad IFRS, y el ISSB establece las Normas de Divulgación de Sostenibilidad IFRS. El ISSB se ha formado en respuesta a las solicitudes de los líderes del G20, la Organización Internacional de Comisiones de Valores, inversores globales y otros para obtener información mejorada de las entidades sobre los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad.

El 31 de marzo de 2022, se publicaron las dos primeras normas propuestas por el ISSB: (1) el Proyecto de Exposición IFRS S1 Requisitos Generales para la Divulgación de Información Financiera Relacionada con la Sostenibilidad (el «Borrador de Exposición a los Requisitos Generales del ISSB») y (2) el Borrador de Exposición IFRS S2 Divulgaciones relacionadas con el Clima (el «Borrador de Exposición Climática del ISSB»). El ISSB también anunció sus planes para construir sobre los Estándares SASB e incorporar el enfoque de desarrollo de estándares basado en la industria de SASB en el proceso de desarrollo de estándares del ISSB.

La consolidación del VRF en la Fundación NIIF está prevista para cerrarse a finales del segundo trimestre de 2022. Al cierre, la propiedad intelectual, las personas, los procesos y las relaciones del VRF se transferirán a la Fundación IFRS para apoyar al ISSB en el establecimiento de una línea de base global de estándares de divulgación de sostenibilidad centrados en las necesidades de información de los inversores.

Requisitos generales de ISSB y borradores de exposición climática

Como se señaló anteriormente, el 31 de marzo de 2022, se publicaron el Borrador de Exposición de Requisitos Generales del ISSB y el Borrador de Exposición al Clima del ISSB. Las propuestas, borradores de exposición, establecen requisitos para la divulgación de información importante sobre los riesgos y oportunidades significativos relacionados con la sostenibilidad de una entidad que es necesaria para que los inversores evalúen el valor empresarial de una entidad. Las propuestas se basan en las recomendaciones del TCFD, y el Borrador de Exposición al Clima incorpora requisitos de divulgación basados en la industria derivados de los Estándares SASB.

Cuando el ISSB emita los estándares finales, formarán una línea de base global integral de divulgaciones de sostenibilidad diseñada para satisfacer las necesidades de información de los inversores en la evaluación del valor de la empresa. El ISSB está trabajando en estrecha colaboración con otras organizaciones y jurisdicciones internacionales para apoyar el uso de la línea de base global.

El ISSB está buscando comentarios sobre las propuestas durante un período de consulta de 120 días que se cerrará el 29 de julio de 2022. Revisará los comentarios sobre las propuestas en la segunda mitad de 2022 y tiene como objetivo emitir los estándares finales para fines de año, sujeto a los comentarios.

Apoyo de los inversores a una línea de base global de normas de divulgación de sostenibilidad

Como se señaló en los comentarios a la solicitud de la SEC de aportes públicos sobre la divulgación financiera relacionada con el clima emitida por la presidenta interina Allison Herren Lee el 15 de marzo de 2021 (la «Solicitud de aportes de la SEC de 2021»), el panorama de la divulgación de la sostenibilidad se ha caracterizado por la fragmentación entre los estándares, marcos y orientación de informes voluntarios. Más recientemente, ha habido un aumento en los mandatos jurisdiccionales para la divulgación de información climática y otra información relacionada con la sostenibilidad. Este mosaico de divulgación voluntaria y obligatoria provoca una divulgación corporativa que no es comparable, inconsistente y difícil de usar para los inversores, al tiempo que crea ineficiencias significativas para las entidades. Como resultado, un número creciente de inversores ha expresado repetidamente su necesidad de una línea de base global de estándares de divulgación relacionados con la sostenibilidad que proporcionen información consistente y comparable sobre temas de sostenibilidad que sean relevantes para el valor empresarial.

En este contexto, las fuerzas del mercado han establecido, en los últimos años, las Recomendaciones y Estándares SASB del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD) como los marcos más utilizados para divulgar a los inversores información climática y de sostenibilidad relevante para el valor empresarial. Como lo respalda nuestra revisión de las respuestas públicas a la Solicitud de Entrada de la SEC de 2021, el 53% de los encuestados revisados (101/191) apoyaron el uso de TCFD y SASB para el desarrollo de la guía de divulgación de la SEC. Subrayando aún más el amplio apoyo a los Estándares SASB y las Recomendaciones TCFD, la Encuesta de Inversores Institucionales Morrow Sodali 20218 encontró que la mayoría de todos los encuestados recomendaron el uso de los Estándares SASB y el Marco TCFD.

Al confiar en un enfoque centrado en los inversores y probado en el mercado para la divulgación climática, la SEC está respondiendo a las solicitudes de los inversores para que los reguladores y los organismos normativos aprovechen los principales marcos de divulgación voluntaria. Aprovechar el marco TCFD, que es ampliamente aceptado por los inversores y ya aplicado por muchas entidades, facilitará una divulgación climática sólida, impulsará una mayor comparabilidad y consistencia en beneficio de los inversores y promoverá la rentabilidad para los emisores.

También vale la pena señalar que las jurisdicciones de todo el mundo han implementado requisitos formales de divulgación alineados con TCFD, incluidos Brasil, la Unión Europea, Hong Kong, Japón, Nueva Zelanda, Singapur, Suiza y el Reino Unido. Como discutiremos con más detalle, el Borrador de Exposición Al Clima de ISSB también incorpora significativamente las recomendaciones de TCFD, junto con los Estándares SASB. Por lo tanto, la decisión de la SEC de construir sobre TCFD responde a los llamados de los inversores para estándares globales. Sin embargo, mientras celebramos esta consistencia, existen oportunidades para profundizar los beneficios para inversores y emisores de la similitud entre las divulgaciones climáticas requeridas en el mercado de capitales más grande del mundo y los requisitos de divulgación climática propuestos por el ISSB destinados a su aplicación en todas las jurisdicciones. Profundizaremos en estas oportunidades en el resto de esta carta.

Contenido del Borrador de Exposición Climática del ISSB

El Borrador de Exposición Climática del ISSB requeriría que una entidad proporcione información que permita a los usuarios de informes financieros de propósito general comprender:

• Divulgaciones relacionadas con el clima (basadas en las recomendaciones del TCFD y que mejoran), que incluyen:

o Gobernanza: la gobernanza, los procesos, los controles y los procedimientos que una entidad utiliza para monitorear y gestionar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima;

Estrategia: los riesgos y oportunidades relacionados con el clima que podrían mejorar, amenazar o cambiar el modelo de negocio y la estrategia de una entidad a corto, mediano y largo plazo, incluyendo:

▪ descripción de los riesgos y oportunidades significativos relacionados con el clima, incluidos los efectos en el modelo de negocio y la cadena de valor de la entidad;

▪ si la información sobre los riesgos y oportunidades relacionados con el clima informa la estrategia y la toma de decisiones de la administración y de qué manera;

▪ los efectos actuales y previstos de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en su modelo de negocio;

▪ los efectos de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima que cabría esperar razonablemente que afectaran al modelo de negocio, la estrategia y los flujos de caja de la entidad, su acceso a la financiación y su coste de capital, a corto, medio o largo plazo;

▪ la resiliencia de su estrategia (incluido su modelo de negocio) ante los riesgos relacionados con el clima

Gestión de riesgos: cómo una entidad identifica, evalúa, gestiona y mitiga los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

• Divulgación de métricas y objetivos:

o Medidas de rendimiento y resultados que respalden la divulgación cualitativa de los requisitos de gobernanza, gestión de riesgos y estrategia;

o Metas que una entidad utiliza para medir sus objetivos de desempeño relacionados con riesgos y oportunidades significativos relacionados con el clima;

o Categorías métricas intersectoriales derivadas de las recomendaciones del TCFD (por ejemplo, riesgo de transición, riesgo físico, oportunidades climáticas, desarrollo de capital, precio interno del carbono, remuneración, gases de efecto invernadero);

Las métricas relacionadas con el clima basadas en la industria derivadas de los Estándares SASB son una parte integral de los requisitos del Borrador de Exposición.

• Emisiones de gases de efecto invernadero (GEI):

o Emisiones agregadas de GEI en C02e para el Alcance 1, Alcance 2 y Alcance 3; o Métricas de intensidad de GEI para cada ámbito expresadas en tonelada(s) de GEI/por unidad de producción física o económica.

• Precio interno del carbono:

o Costo/por tonelada métrica y explicación del uso del precio del carbono en la toma de decisiones (por ejemplo, decisiones de inversión, precios de transferencia y análisis de escenarios).

• Compensaciones:

o Tipo de compensación de carbono, incluido si las emisiones evitadas de la compensación se basarán en la naturaleza o en la absorción tecnológica de carbono y si las emisiones evitadas se logran mediante la absorción o reducción de emisiones de carbono;

o Si las compensaciones estarán sujetas a un sistema de verificación o certificación de terceros y, en caso afirmativo, qué esquema o esquemas.

Justificación de las divulgaciones basadas en la industria en el borrador de exposición climática del ISSB

Si bien el cambio climático afecta a todos los sectores económicos, es probable que el grado y el tipo de exposición y los efectos actuales y previstos de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en la evaluación del valor de las empresas varíen según el sector, la industria, la geografía y la entidad. Como resultado, las propuestas de ISSB incluyen temas y métricas de divulgación basados en la industria que buscan identificar y medir los riesgos y oportunidades más significativos relacionados con el clima en función del modelo de negocio y la cadena de valor de una entidad. El Borrador de Exposición Climática de ISSB incorpora temas de divulgación basados en la industria que se desarrollaron utilizando el debido proceso basado en la evidencia e informado por el mercado de SASB.

Por ejemplo, en el cuidado de la salud, las entidades revelarían cómo los eventos climáticos extremos pueden afectar tanto la continuidad del negocio como la demanda de servicios. En el sector inmobiliario, las entidades divulgarían la eficiencia energética de los edificios y la vulnerabilidad del parque inmobiliario debido a la ubicación geográfica. En los automóviles, las entidades revelarían el progreso en el desarrollo de vehículos de combustible alternativo que reduzcan las emisiones de la fase de uso y capitalicen las cambiantes preferencias de los consumidores. Estos y otros «indicadores principales» que se centran en las palancas directas disponibles para una entidad en la gestión del riesgo climático, y miden cómo la entidad las está utilizando, proporcionan datos procesables a la administración e información útil para la toma de decisiones a los inversores.

Áreas clave de coherencia entre la norma propuesta y el borrador de exposición climática del ISSB y oportunidad para una mayor coherencia

Como se mencionó anteriormente, la Regla Propuesta y el Borrador de Exposición Climática del ISSB son en gran medida consistentes. Los elementos específicos en los que hay coherencia incluyen:

Enfoque en el inversor

• Los inversores son los usuarios principales previstos.

Recomendaciones del TCFD

• Ambos basados en la divulgación relacionada con el TCFD que puede beneficiar a los preparadores;

• Recomendaciones del TCFD apalancadas como base para los requisitos de divulgación de la gobernanza, la estrategia y la gestión de riesgos con sub requisitos similares; Enfoque similar del TCFD para definir los riesgos físicos relacionados con el clima y los riesgos de transición.

Emisiones de GEI

• Requisitos de divulgación similares de las emisiones de GEI de alcance 1, alcance 2 y alcance 3, incluidas las métricas de intensidad;

• Ambos enfoques utilizan el Protocolo de GEI para preparar divulgaciones sobre las emisiones de GEI.

Momento de la divulgación

• Ambos enfoques requieren que las divulgaciones relacionadas con el clima se divulguen al mismo tiempo que el paquete de información financiera.

Resiliencia/Análisis de escenarios/Metas y objetivos

• Exigir la divulgación de la resiliencia de la estrategia del emisor debido a los cambios en el riesgo climático;

• Divulgación sobre el uso de precios internos del carbono y compensaciones de carbono.

Conexión con los estados financieros y el desempeño financiero

• Exigir la divulgación de los impactos financieros materiales de los riesgos relacionados con el clima en el período del informe, así como a corto, mediano y largo plazo.

Tomados en conjunto, estos elementos comunes en la SEC y el ISSB forman un fuerte punto de partida para una línea de base global de divulgación consistente y comparable relacionada con el clima que necesitan los inversores globales, junto con la mitigación de la carga de informes sobre los preparadores globales que podría resultar de los requisitos fragmentados en múltiples jurisdicciones. Para impulsar aún más la coherencia, el ISSB ha creado un grupo de trabajo de representantes jurisdiccionales para establecer un diálogo para mejorar la compatibilidad entre los borradores de exposición del ISSB que actualmente están abiertos para comentarios y las iniciativas jurisdiccionales en curso sobre divulgaciones de sostenibilidad. La formación del grupo de trabajo es parte de un extenso programa de actividades de divulgación diseñado para fomentar la retroalimentación y el compromiso con la consulta del ISSB de todas las jurisdicciones y grupos de partes interesadas.

Uso del borrador de exposición climática del ISSB por emisores privados extranjeros

La Regla Propuesta busca comentarios sobre si la SEC debería permitir que todos los emisores o «emisores privados extranjeros» (FPI)12 utilicen la divulgación de conformidad con el Borrador de Exposición al Clima del ISSB13 como «informes alternativos» bajo la Regla Propuesta de la SEC. Permitir el uso de las Normas de Divulgación de Sostenibilidad IFRS como informes alternativos para satisfacer las obligaciones de información climática del emisor SEC mejoraría la comparabilidad global para los inversores. La justificación de la formación de capital y la rentabilidad para permitir la presentación de informes alternativos utilizando los requisitos del ISSB para los FPI es similar a la base para que la SEC permita a los FPI proporcionar estados financieros preparados de acuerdo con las Normas de Contabilidad IFRS emitidas por el IASB sin conciliación con los principios de contabilidad generalmente aceptados de los Estados Unidos14 y con la base de la SEC para permitir las adaptaciones de presentación bajo el Sistema de Divulgación Multijurisdiccional (MJDS).

Permitir el uso de la norma de divulgación relacionada con el clima IFRS S2 propuesta, también proporcionaría a los inversores información adicional útil para la decisión de los emisores debido a la incorporación por parte del ISSB de los requisitos de divulgación basados en la industria basados en las Normas SASB como se propone en el Borrador de Exposición Al Clima del ISSB.

Como resultado, creemos firmemente que la SEC debería permitir que los FPI utilicen la divulgación realizada de conformidad con la Norma de Divulgaciones relacionadas con el clima IFRS S2 propuesta como cumplimiento de los requisitos de divulgación climática de la SEC, con ciertas advertencias o adiciones.

Valor del Borrador de Exposición a los Requisitos Generales del ISSB

Como se señaló anteriormente, el Borrador de Exposición Climática de ISSB incorpora requisitos de divulgación basados en la industria derivados de los Estándares SASB. Los inversores y las entidades reconocen, sin embargo, que el beneficio informativo de las divulgaciones de sostenibilidad basadas en la industria trasciende los informes climáticos. De hecho, de los 146 comentaristas de la SEC15 que apoyaron las divulgaciones obligatorias relacionadas con el clima y fueron revisados por VRF, el 53% apoyó los requisitos de divulgación ESG más amplios.

El Borrador de Exposición de Requisitos Generales del ISSB establece requisitos generales para que las entidades proporcionen información material sobre todos los riesgos y oportunidades significativos relacionados con la sostenibilidad necesarios para evaluar el valor de la empresa. En ausencia de una Norma de Divulgación de Sostenibilidad IFRS aplicable, se requiere que una entidad considere otros materiales especificados, incluidos los temas de divulgación y las métricas asociadas incluidas en las Normas SASB basadas en la industria para identificar riesgos y oportunidades significativos relacionados con la sostenibilidad y desarrollar divulgaciones apropiadas. La incorporación de las Normas SASB de esta manera en el Borrador de Exposición de Requisitos Generales del ISSB permite a las Normas de Divulgación de Sostenibilidad IFRS hacer uso de toda la gama de riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad identificados por las Normas SASB basadas en la industria. Esto responde a la demanda de los inversores de información comparable, coherente y fiable sobre todos los riesgos y oportunidades significativos de sostenibilidad.

Los inversores han articulado claramente su necesidad de estándares de divulgación de sostenibilidad basados en la industria que aborden todos los problemas de sostenibilidad importantes. Las propuestas en el Borrador de Exposición de Requisitos Generales del ISSB satisfacen esta necesidad de manera específica y son un paso significativo hacia el establecimiento de una línea de base global de estándares de divulgación de sostenibilidad para temas distintos del clima. Alentamos a la SEC a considerar la utilidad del Borrador de Exposición a los Requisitos Generales del ISSB para emisores nacionales y extranjeros.

Conclusión

En resumen, apoyamos las acciones de la SEC para mejorar la divulgación climática, y nos alienta el grado de coherencia entre la Regla Propuesta de la SEC y el Borrador de Exposición Climática del ISSB. Este nivel de consistencia representa un paso concreto hacia el establecimiento de una línea de base global de divulgaciones climáticas centradas en los inversores. Dicha línea de base global reducirá la carga de presentación de informes sobre los preparadores y proporcionará a los inversores información comparable, coherente y fiable sobre los riesgos y oportunidades relacionados con el clima. Observamos que el ISSB ha anunciado un grupo de trabajo jurisdiccional diseñado para facilitar el desarrollo de una línea de base global y aplaudimos tales esfuerzos para buscar una coherencia aún mayor entre la Regla Propuesta de la SEC y las propuestas del ISSB.



Prepárese para la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de la UE


El 21 de abril de 2021, la Comisión Europea adoptó la propuesta de Directiva de Información de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), que modificaría los requisitos existentes de la Directiva de Información No Financiera (NFRD). La CSRD prevé la adopción de las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (ESRS). Identifica al Grupo Consultivo Europeo de Información Financiera (EFRAG) como asesor técnico para desarrollar las ESRS en paralelo con el proceso legislativo de la CSRD.

El 29 de abril de 2022, el EFRAG publicó los Borradores de Exposición (DE) del ESRS para consulta pública con un período de 100 días previsto para el 8 de agosto de 2022. Estos ED corresponden a la CSRD, cubriendo todos los asuntos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG).

Requisitos actuales: NFRD

El NFRD se estableció en 2014. Las grandes entidades de interés público con más de 500 empleados deben informar cinco problemas no financieros en virtud de las disposiciones de NFRD por primera vez en 2018, para obtener información que cubra el año fiscal 2017. Esto cubre aproximadamente 11 600 empresas en toda la UE, incluidas las empresas que cotizan en bolsa, los bancos y las compañías de seguros.

Siguiente paso de las propuestas de CSRD

La propuesta consiste en finalizar un texto legislativo basado en la CSRD. Si el Parlamento Europeo y los Estados miembros pueden llegar a un acuerdo a mediados de 2022, los Estados miembros incorporarán el SSE a su legislación estatal a más tardar en diciembre de 2022. Poco después, el ESRS entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023. Las empresas en el ámbito de la RSC deben publicar su primer informe de sostenibilidad en 2024, que cubra la información en el año fiscal 2023.

Cambios clave en el CSRD

El NFRD puede considerarse un ejemplo destacado de cómo el panorama de la divulgación sostenible de la UE ha cambiado y sigue cambiando. También muestra el esfuerzo de la UE para promover el desarrollo de la responsabilidad ASG. Sin embargo, todavía tiene algunas ineficiencias. Con el fin de actualizar el NFRD, el CSRD ajusta los requisitos en las siguientes áreas:

  • Alcance

Solo 11,600 entidades son elegibles para el informe NFRD. Esto se debe a que el NFRD excluye a las empresas privadas, así como a las pequeñas y medianas empresas (PYME) de las obligaciones de información. Además, las filiales no están obligadas a informar si sus empresas matrices pueden cumplir los requisitos de NFRD sobre una base de consolidación. Como resultado, los inversores y las partes interesadas que deseen hacer referencia a los informes de NFRD a menudo se enfrentan al desafío de la información insuficiente debido al alcance limitado.

La CSRD amplía el alcance a aproximadamente 49.000 empresas de la UE y filiales extranjeras pertinentes, lo que representa el 75 % del volumen de negocios de todas las sociedades de responsabilidad limitada. En comparación con el NFRD, se aplica a las PYME incluidas en la lista, excepto a las microempresas. También incluye a todas las grandes empresas que están gobernadas por la UE o establecidas en un estado miembro de la UE, así como a las que ya están bajo el NFRD. Según la CSRD, las grandes empresas dentro del ámbito de aplicación deben cumplir dos de los siguientes criterios:

1. más de 250 empleados;

2. más de 40 millones de euros de ingresos netos;

3. más de 20 millones de euros de activos totales.

  • Flexibilidad y granularidad de los requisitos

Con la excepción de las directrices de informes climáticos, el NFRD es un marco basado en principios sin ninguna orientación detallada, que proporciona a las empresas una discreción considerable para decidir el contenido y los principios de materialidad. Además, las empresas informantes no están sujetas a ninguna norma de información no financiera, y los marcos nacionales o mundiales pueden aplicarse al informe. Por lo tanto, estas características de la NFRD perjudican la comparabilidad de los informes y, a veces, conducen a la divulgación de información considerada irrelevante por los usuarios de informes de la NFRD. Las directrices vagas en el marco basado en principios influirán en la calidad de los datos y dificultarán la recopilación de datos precisos en el proceso de presentación de informes.

Bajo las propuestas de CSRD, las empresas deben publicar declaraciones de sostenibilidad separadas como parte de sus informes de gestión que contengan divulgaciones independientes del sector, específicas del sector y específicas de la empresa. Esto puede ayudar a los preparadores a conectar información financiera y no financiera en sus informes.

Los recientes 13 ED del SSE se atribuyen a las normas independientes del sector, que abarcan una norma sobre principios generales para la presentación de informes de sostenibilidad, una norma sobre requisitos generales de divulgación y 11 requisitos de divulgación basados en KPI sobre temas ESG. El EFRAG está trabajando en el resto de normas, donde la específica de la entidad está diseñada para las PYME. Las normas basadas en KPI pueden ayudar a los preparadores a divulgar información más completa y precisa para satisfacer las demandas de los usuarios, lo que mejorará aún más la credibilidad del informe.

  • Auditoría y Aseguramiento

En el NFRD, el auditor legal está obligado a verificar la existencia del estado no financiero, pero no está obligado a verificar la exactitud de los datos y el procedimiento de procesamiento de datos. La falta de un trabajo de auditoría profundo impondrá el riesgo de una mala calidad de los datos por parte de las empresas informantes. Sin embargo, el CSRD publicó un requisito de auditoría obligatorio para los informes de sostenibilidad para aumentar su confiabilidad. Las empresas dentro del alcance de la RSC deben buscar una garantía limitada sobre su divulgación de sostenibilidad, lo que avanzará hacia un requisito de garantía razonable en una etapa posterior.

Impactos potenciales de la CSRD

  • Doble materialidad

El término «doble materialidad» se introduce en el NFRD, que será sucedido por las propuestas de CSRD. De acuerdo con las ED de la ESRS 1 y la ESRS 2, la CSRD mejora el concepto y especifica los requisitos de divulgación de la doble materialidad. Englobados en el término hay dos aspectos de la materialidad: la materialidad financiera y la materialidad de impacto.

La materialidad de impacto se refiere a un asunto sostenible que tiene un impacto material real o potencial en las personas o el medio ambiente a corto, mediano o largo plazo. El impacto puede ser cualquier cosa que ocurra en cualquier nivel de relaciones comerciales en la cadena de valor. La materialidad del impacto real está determinada por la gravedad, como la escala y la irremediabilidad del daño. Por otro lado, la materialidad del impacto potencial dependerá de su probabilidad.

Al evaluar la materialidad financiera, las empresas deben centrarse en cuestiones sostenibles que puedan desencadenar efectos financieros en las empresas a corto, medio o largo plazo. Por ejemplo, una empresa que opera fábricas con descarga de efluentes debe considerar que la prevención de la contaminación es un asunto sostenible financieramente material, ya que la mala gestión de la descarga puede conducir a una sanción financiera de los reguladores e impactar negativamente en su capacidad de generación de ingresos debido al daño a la reputación.

  • Interacción con estándares globales

Antes de desarrollar el ESRS, la Global Reporting Initiative (GRI), el creador de normas para un marco de divulgación ESG ampliamente adoptado, firmó un acuerdo de cooperación con el EFRAG para alinear su marco de informes voluntarios con el ESRS. Además, la propuesta de CSRD declaró que seguiría el Grupo de Trabajo sobre Divulgación Financiera Relacionada con el Clima (TCFD) con respecto a los requisitos para la información de sostenibilidad relacionada con el clima. Además, el NFRD requiere que los preparadores informen información relacionada con el clima de acuerdo con el Protocolo de GEI. Como una extensión y enmienda al NFRD, el CSRD también se refiere al Protocolo de GEI como su guía para la divulgación relacionada con el clima. Finalmente, el EFRAG acuerda unirse a un grupo de trabajo a través de iniciativas de establecimiento de normas establecidas por la Junta Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB) para trabajar en el desarrollo de una línea de base global de divulgación financiera de sostenibilidad. También realiza un análisis comparativo con la propuesta del ISSB, descubriendo que debido a las diferencias entre los estándares, las empresas y los inversores pueden tener que lidiar con varios estándares de informes de sostenibilidad a corto plazo.

Cómo deben prepararse las empresas para la RSC

1. Identifico los riesgos y oportunidades ESG de la empresa. Llevar a cabo evaluaciones de riesgos para encontrar brechas en la gobernanza, las políticas y los procedimientos existentes en relación con los asuntos ESG según lo establecido en las normas ESG relevantes. Esto debe hacerse tanto a nivel de matriz como a nivel de filial, ya que las empresas no pertenecientes a la UE a lo largo de la cadena de valor también se incluyen en los informes de RSC.

2. Realizar una evaluación de la materialidad siguiendo el principio fundamental del doble. Describir los impactos y documentar el proceso, las metodologías y los recursos aplicados en la práctica.

3. Garantizar la cobertura y la calidad de los datos, así como la fiabilidad de la recopilación de datos, ya que la CSRD exige una mayor calidad de los informes y un trabajo de auditoría obligatorio.

4. Esté atento a la evolución de los requisitos de presentación de informes de sostenibilidad, ya que la DSC aún se encuentra en la fase de propuesta y el ESRS está en fase de consulta.

El cumplimiento de los nuevos requisitos de CSRD sigue siendo un desafío para muchas empresas porque este proceso exige un gran conjunto de conocimientos y conjuntos de habilidades diversificadas. Seneca ESG proporciona una plataforma SaaS dirigida a la resolución de problemas durante la presentación de informes y otros aspectos de la gestión sostenible para las empresas. Nuestro experimentado equipo proporcionará servicios profesionales para ayudar a las empresas con el cumplimiento de CSRD, la descarbonización y la inversión sostenible.



EBA propone información normalizada para las ventas de préstamos dudosos


La Autoridad Bancaria Europea (ABE) ha puesto en marcha una consulta sobre las normas propuestas sobre la información facilitada por los vendedores de préstamos dudosos a los posibles compradores. El funcionamiento de los mercados secundarios de préstamos dudosos se ha puesto de relieve por la pandemia de Covid-19 y puede seguir siendo relevante a medida que cambian las mareas económicas.

El objetivo del proyecto de Normas Técnicas de Ejecución (STI) de la ABE es «proporcionar un estándar común para las transacciones de préstamos dudosos en toda la UE que permita la comparación entre países y, por lo tanto, reducir las asimetrías de información entre los vendedores y compradores de préstamos dudosos». Las plantillas para el suministro de información préstamo por préstamo son el núcleo del STI, basadas en plantillas voluntarias anteriores e incorporando comentarios de la industria y prácticas de mercado. La ABE espera que el uso de plantillas estándar con campos definidos facilite las ventas de préstamos dudosos en los mercados secundarios, aumente la eficiencia de esos mercados y reduzca las barreras de entrada para las pequeñas entidades de crédito y los inversores más pequeños.

Observamos con interés que, si bien el proyecto de STI no prescribe un formato específico, sí prevé y fomenta la divulgación digital, afirmando que: «Las entidades de crédito proporcionarán la información especificada en el presente Reglamento en forma electrónica y legible por máquina, a menos que las entidades de crédito y los posibles compradores acuerden otra cosa». Sugiere que cuando las transferencias de préstamos dudosos se produzcan como una transacción bilateral, las dos partes involucradas puedan acordar los protocolos más adecuados para el intercambio de información. Considerando que, cuando las entidades de crédito utilicen plataformas electrónicas de subastas o transferencias para organizar ventas o transferencias de préstamos dudosos, dichas plataformas podrán establecer requisitos adicionales para el formato electrónico y legible por máquina.


La ABE consulta sobre los requisitos de información normalizados para apoyar las ventas de préstamos dudosos

  • La ABE propone la normalización de la información para aumentar la eficiencia de los mercados secundarios para las ventas de préstamos dudosos y reducir las barreras de entrada para los bancos más pequeños y los inversores más pequeños.
  • Las plantillas de transacción de NPL propuestas se basan en plantillas voluntarias anteriores y consideran la experiencia de los participantes del mercado desde el lado de la venta y compra.
  • Las plantillas de transacciones de préstamos dudosos son el eje de numerosas iniciativas en el marco del plan de acción de la Comisión Europea de 2020 para los préstamos dudosos tras la pandemia de COVID-19.

La Autoridad Bancaria Europea (ABE) ha lanzado hoy una consulta pública sobre el proyecto de normas técnicas de ejecución (STI) que especifica los requisitos de información que los vendedores de préstamos dudosos (NPL) proporcionarán a los posibles compradores, con el fin de mejorar el funcionamiento de los mercados secundarios de préstamos dudosos. El objetivo del proyecto de STI es proporcionar una norma común para las transacciones de préstamos dudosos en toda la UE que permita la comparación entre países y, por lo tanto, reducir las asimetrías de información entre los vendedores y compradores de préstamos dudosos.

Las plantillas comunes, incluidos los campos de datos con sus definiciones y características establecidas en el proyecto de STI, facilitarían las ventas de préstamos dudosos en los mercados secundarios, aumentarían la eficiencia de dichos mercados y reducirían los obstáculos a la entrada de las pequeñas entidades de crédito y los inversores más pequeños que deseen concluir las operaciones.

El proyecto de STI se basa en las plantillas que se utilizarán para el suministro de información préstamo por préstamo sobre las contrapartes relacionadas con la morosidad, las características contractuales del préstamo en sí, cualquier garantía y garantía proporcionada con los procedimientos de ejecución asociados y el calendario histórico de cobro y reembolso del préstamo. Las plantillas de transacciones NPL también se complementan con un glosario de datos y las instrucciones para rellenar las plantillas.

El proyecto de STI también tiene en cuenta el principio de proporcionalidad estableciendo diferentes requisitos de información en función del tamaño de la morosidad, especificando los campos de datos obligatorios y no obligatorios, y considerando un ámbito de aplicación diferente de los campos de datos en relación con la naturaleza del prestatario (particular o corporativo) y la del préstamo (garantizado o no).

La ABE ha desarrollado el borrador del STI aprovechando la experiencia adquirida con el uso voluntario de las plantillas de datos de NPL, que había desarrollado en 2017 y reflejando los comentarios de la industria sobre el uso de estas plantillas y las prácticas de mercado más amplias. La ABE recogió estas experiencias mientras desarrollaba el documento de debate que se publicó en mayo de 2021.

Proceso de consulta y próximos pasos

Los comentarios a esta consulta se pueden enviar a la ABE haciendo clic en el botón «enviar sus comentarios» en la página de consulta. Tenga en cuenta que la fecha límite para la presentación de comentarios es el 31 de agosto de 2022. Todas las contribuciones recibidas se publicarán al final de la consulta, a menos que se solicite lo contrario.

Una audiencia pública sobre el borrador de ITS tendrá lugar a través de una reunión en línea el miércoles 15 de junio de 2022 de 10:00 a 12:00 CET.

Tras el período de consultas, el proyecto de STI se finalizará y se presentará a la Comisión Europea a finales de 2022.

Fondo

El artículo 16, apartado 1, de la Directiva sobre los administradores y compradores de créditos [Directiva (UE) 2021/2167] encomienda a la ABE que elabore un proyecto de STI para especificar las plantillas que deben utilizar las entidades de crédito para facilitar información a los compradores de créditos al vender o transferir préstamos dudosos (NPL) a efectos de la diligencia debida financiera y la valoración de los préstamos dudosos.



XBRL US sobre el valor de los informes digitales y la regla de datos interactivos


XBRL US ha escrito a la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) en respuesta a su reciente consulta sobre la extensión de su regla de Datos Interactivos. Esta regla sustenta los informes digitales a la SEC, requiriendo que los emisores presenten informes financieros en XBRL, y también que publiquen estos datos en sus sitios web. Si bien la SEC propone continuar con la recopilación de datos XBRL, buscó comentarios sobre el valor de estos datos, las cargas de informes y cómo minimizarlas, y cómo mejorarse la calidad, utilidad y claridad de la información recopilada.

«Apoyamos la recopilación continua de datos en formato interactivo (XBRL), ya que el estándar XBRL hace que los datos sean totalmente legibles por máquina y se puedan buscar, permite la mezcla de conjuntos de datos para que los datos sean interoperables y reduce el costo de los informes y la recopilación de datos para los preparadores, la Comisión y para los inversores y otros usuarios de datos», dice XBRL US. Los datos digitales no solo tienen valor para la toma de decisiones para inversores y analistas, sino también para la propia SEC: dos propuestas recientes, por ejemplo, le ayudarán a monitorear y responder rápidamente a las amenazas de ciberseguridad, y a calcular las tarifas de presentación de manera más eficiente.

XBRL US también apoya el enfoque de la Comisión para incorporar normas de validación en su proceso de presentación de EDGAR para mejorar la calidad y precisión de los datos. La Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) ha comenzado a incorporar reglas desarrolladas por el Comité de Calidad de Datos de XBRL US (DQC) en una Taxonomía de Reglas de DQC (DQCRT). «Hemos visto un aumento en la calidad y consistencia de las presentaciones con la incorporación de estas reglas en el sistema EDGAR», dice XBRL US, argumentando que esta mejora continuará a medida que se adopten más reglas DQC.

Finalmente, XBRL US alienta a la SEC a considerar el uso del formato xBRL-CSV en futuras reglas. «Esta especificación es especialmente útil cuando se informan grandes volúmenes de datos y donde el uso de los datos será principalmente de computadora a computadora», afirma. En estas circunstancias, es una mejor alternativa a los esquemas XML personalizados, siendo menos costoso de implementar y más fácil de actualizar y permitiendo una validación más robusta.

Comentarios de XBRL US sobre la recopilación de datos interactivos de la SEC

XBRL US presentó una carta de comentarios a la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) en respuesta a su solicitud sobre la recopilación propuesta de datos interactivos. Los puntos clave señalados en la carta incluyen:

  • Apoyamos el uso continuo de XBRL para la recopilación de datos de la SEC, ya que los datos legibles por máquina no solo son importantes para los inversores, sino que también ayudan a la Comisión en su trabajo de investigación sobre la actividad del mercado, identificando tendencias importantes como los riesgos de ciberseguridad e incluso mejorando la eficiencia en el cálculo de las tarifas para las presentaciones basadas en tarifas.
  • La calidad de los datos financieros reportados puede mejorarse aún más mediante la incorporación continua de las reglas DQC por parte de la FASB en la Taxonomía de Reglas DQC (DQCRT) y las alertas de la SEC a los solicitantes con respecto a estas reglas. El uso de las reglas de DQC continúa mejorando la calidad de las presentaciones presentadas.
  • Alentamos a la SEC a considerar XBRL-CSV en futuras reglas para aquellas situaciones de informes que requieran datos de alto volumen y reportados consistentemente, como una mejor alternativa a los esquemas XML personalizados.

Comentario de XBRL US sobre la recopilación propuesta de datos interactivos

Colección propuesta; Cómo solicitar

Previa solicitud por escrito, copias disponibles en:

Comisión de Bolsa y Valores

Oficina de Servicios FOIA

Calle 100 F, NE

Washington, DC 20549-2736

Extensión: Datos interactivos

Por la presente se notifica que, de conformidad con la Ley de Reducción de Papeleo de 1995 (44 U.S.C. 3501 y siguientes), la Comisión de Bolsa y Valores («Comisión») está solicitando comentarios sobre la recopilación de información que se resume a continuación. La Comisión tiene previsto presentar esta recopilación de información existente a la Oficina de Gestión y Presupuesto para su ampliación y aprobación.

La recopilación de información de «Datos interactivos» requiere que los emisores que presenten declaraciones de registro bajo la Ley de Valores de 1933 (15 U.S.C. 77a y siguientes) e informes bajo la Ley de Bolsa de Valores de 1934 (15 U.S.C. 78a y siguientes) presenten información financiera específica a la Comisión y la publiquen en sus sitios web corporativos, si corresponde, en formato de datos interactivos utilizando eXtensible Business Reporting Language (XBRL). Esta recopilación de información se encuentra principalmente en las disposiciones sobre la declaración de registro y la exhibición de informes, que requieren datos interactivos, y la Regla 405 de la Regulación S-T (17 CFR 232.405), que especifica cómo enviar y publicar datos interactivos. Las disposiciones de la prueba documental se encuentran en el punto 601(b)(101) del Reglamento S-K (17 CFR 229.601(b)(101), F-10 en virtud de la Ley de Valores (17 CFR 239.40) y en los formularios 20-F, 40-F y 6-K en virtud de la Ley de Bolsa (17 CFR 249.220f, 17 CFR 249.240f y 17 CFR 249.306).

En formato de datos interactivos, la información de los estados financieros podría descargarse directamente en hojas de texto y analizarse de diversas maneras utilizando software comercial comercial listo para usar. La información financiera especificada ya está y seguirá siendo obligatoria para ser presentada a la Comisión en formato tradicional con arreglo a los requisitos existentes. El propósito del requisito de datos interactivos es facilitar que la información financiera para los inversores analice y ayude a los emisores a automatizar las presentaciones regulatorias y el procesamiento de información comercial. Estimamos que 8,315 encuestados por año presentarán cada uno un promedio de 4.5 respuestas por año para un total estimado de 37,418 respuestas. Además, estimamos una carga interna de 54,56446 horas por respuesta para una carga interna anual total de 2.041.693 horas (54,56446 horas por respuesta x 37.418 respuestas).

Se invita a formular observaciones por escrito sobre: a) si esta propuesta de recopilación de información es necesaria para el correcto desempeño de las funciones del organismo, incluida la cuestión de si la información tendrá utilidad práctica; b) la exactitud de la estimación de la agencia de la carga impuesta por la recopilación de información; (c) formas de mejorar la calidad, utilidad y claridad de la información recopilada; y d) formas de reducir al mínimo la carga de la reunión de información sobre los encuestados, incluso mediante el uso de técnicas de reunión automatizada u otras formas de tecnología de la información. Se considerarán los comentarios y sugerencias presentados por escrito dentro de los 60 días posteriores a esta publicación antes de [INSERTAR FECHA 60 DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL].

Una agencia no puede llevar a cabo o patrocinar, y una persona no está obligada a responder, una recopilación de información a menos que muestre un número de control actualmente válido.


RE: Solicitud de comentarios sobre la recopilación propuesta de datos interactivos, archivo SEC No. 270-330, control OMB No. 3235-0645

Gracias por la oportunidad de hacer aportaciones a la propuesta de recopilación de datos interactivos. Apoyamos la recopilación continua de datos en formato interactivo (XBRL), ya que el estándar XBRL hace que los datos sean totalmente legibles por máquina y se puedan buscar, permite la mezcla de conjuntos de datos para que los datos sean interoperables y reduce el costo de la presentación de informes y la recopilación de datos para los preparadores, la Comisión y los inversores y otros usuarios de datos.

XBRL US es una organización de estándares sin fines de lucro, con la misión de mejorar la eficiencia y la calidad de los informes en los Estados Unidos mediante la promoción de la adopción de estándares de informes comerciales. XBRL US es una jurisdicción de XBRL International, el consorcio sin fines de lucro responsable de desarrollar y mantener la especificación técnica para XBRL. Desde la implementación original de XBRL para empresas públicas y fondos mutuos en los Estados Unidos, el uso del estándar XBRL se ha expandido. Los servicios públicos y otras compañías que deben presentar una solicitud ante la Comisión Federal Reguladora de Energía (FERC) ahora deben informar en XBRL. Este año, miles de empresas públicas que informan a los reguladores de la Unión Europea (UE) también han comenzado a informar utilizando el Formato Electrónico Único Europeo (ESEF), que es Inline XBRL.

Creemos que la recopilación continua de datos en formato XBRL es importante no solo para los inversores y analistas que los utilizan, sino también para la propia Comisión. La obtención de datos legibles por máquina mejora la capacidad de la Comisión para investigar diversas cuestiones para la elaboración de normas y comprender mejor las tendencias del mercado. Por ejemplo, la SEC presentó recientemente dos propuestas relacionadas con el seguimiento de los datos de incidentes de ciberseguridad entre las empresas de gestión de inversiones y las empresas públicas que, si se aprueban como se propone actualmente, requerirían que los datos se informaran en formato XBRL. La importancia de las cuestiones de ciberseguridad está aumentando en todo el mundo; la capacidad de capturar datos de incidentes de forma rápida y consistente ayudará a los reguladores a mantenerse al tanto de los posibles problemas y responder rápidamente a las amenazas cibernéticas.

La SEC también aprobó recientemente una regla sobre la presentación basada en tarifas y la modernización de los métodos de pago que requiere la presentación de informes de cálculos de tarifas en formato XBRL. Esta regla permitirá a la SEC recopilar datos de tarifas legibles por máquina, lo que mejorará su capacidad para calcular tarifas de manera eficiente y más precisa.

También apoyamos el enfoque de la Comisión para incorporar normas de validación en el proceso de presentación de EDGAR, lo que mejora la calidad y la precisión de los datos comunicados. El Comité de Calidad de Datos (DQC) de XBRL US desarrolla y pone a disposición gratuitamente reglas de validación que los emisores utilizan para identificar problemas comunes en las presentaciones, como errores de señalización, uso incorrecto de conceptos o combinaciones de conceptos. La Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) ha comenzado a incorporar estas reglas en una taxonomía llamada Taxonomía de Reglas de Calidad de Datos (DQCRT). Una vez que una regla está incrustada en el DQCRT, la SEC aprovecha esas reglas para generar mensajes de advertencia enviados a los solicitantes de registro si su presentación activa una de estas reglas. Hemos visto un aumento en la calidad y consistencia de las presentaciones con la incorporación de estas reglas en el sistema EDGAR.

Por ejemplo, una de las primeras reglas incorporadas en el DQCRT fue «Valores negativos», una regla que se activa cuando una empresa utiliza incorrectamente un signo negativo en un hecho que debe informarse como positivo. El siguiente gráfico muestra la disminución de los errores desde que se introdujo esa regla en noviembre de 2015.

Las reglas a menudo se revisan y refinan con el tiempo, lo que explica los picos periódicos que se ven en este gráfico. Por ejemplo, se agregaron conceptos adicionales a esta regla en marzo de 2017 y en junio de 2018, lo que es responsable del aumento observado en los gráficos en esos puntos. Las reglas se mejoran continuamente para reflejar los cambios en la taxonomía US GAAP y en la forma en que las empresas informan. Al incorporar estas reglas en el DQCRT y marcarlas en EDGAR, la SEC está ayudando a los emisores a identificar problemas y hacer correcciones antes de la presentación final. Esto es claramente evidente en la disminución de los errores que se muestran en este gráfico. Los gráficos que representan otros tipos de error se pueden ver aquí.

Apoyamos los esfuerzos de la SEC con las reglas finales actuales que requieren formato XBRL. Dado que se están considerando futuras normas, alentamos a la Comisión a que considere no solo el XBRL en línea (que genera datos que son legibles tanto por humanos como por máquinas) y el XBRL tradicional (en formato XML), sino también por considerar XBRL-CSV1, una especificación que permite a un preparador generar un archivo XBRL en formato CSV. Esta especificación es especialmente útil cuando se informan grandes volúmenes de datos y donde el uso de los datos será principalmente de computadora a computadora (una versión legible por humanos del informe no es crítica). Por ejemplo, abogamos por el uso de XBRL-CSV en la preparación de datos de Posición Corta y Actividad Corta en el Formulario SHO. Este formulario, como se muestra a continuación, presenta filas de datos informados de forma coherente.

La propuesta exige la creación de un esquema XML personalizado, pero XBRL-CSV sería menos costoso de implementar e informar, permitiría reglas de validación más sólidas y permitiría una gestión de cambios más fácil. XBRL-CSV sería el enfoque más apropiado para esta divulgación.