Una mirada más cercana a la aplicación de informes corporativos de ESMA

Publicado el 7 de abril de 2023 por Editor

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha publicado su Informe de actividades regulatorias y de cumplimiento de informes corporativos de 2022, que describe las actividades relacionadas con la información financiera y no financiera, y el formato electrónico único europeo (ESEF, por sus siglas en inglés).

El informe cubre el examen de ESMA de los estados financieros y no financieros, las medidas alternativas de rendimiento (APM) y, por supuesto, los requisitos de informes ESEF. Entonces, ¿cómo les fue a los emisores? Bueno, de 4090 emisores, 2423, o el 56%, fueron examinados para los requisitos de alto nivel de la Directiva de Transparencia ESEF, con una tasa de acción del 10%. Eso significa que 252 emisores tuvieron que hacer algunos cambios en sus informes financieros anuales ESEF.

Si bien el informe de ESMA destaca la necesidad de mejorar los informes ESEF, también muestra que los emisores están progresando en la adopción del nuevo formato y en garantizar la calidad de los datos. Con más experiencia y comentarios, la calidad de los informes ESEF seguirá mejorando en los próximos años, lo que dará lugar a información financiera más precisa y fiable para los inversores y las partes interesadas.

Esperamos con ansias las opiniones de los reguladores sobre las presentaciones de este año, las primeras en Europa que presentan un extenso «etiquetado de bloques». ¿Nuestra opinión? Para lograr los objetivos completos del programa ESEF, ESMA y la CE deberán trabajar juntos para examinar opciones para al menos un «etiquetado detallado» seleccionado de la información contenida en las notas de las cuentas.

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CUMPLIMIENTO ESEF ESMA UE


ESMA publica su Corporate Reporting Enforcement and Regulatory Activities Report 2022

FINANZAS CORPORATIVAS

INFORMES ELECTRÓNICOS

FOLLETO

29/03/2023

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), el regulador y supervisor de los mercados financieros de la UE, ha publicado hoy su Informe de actividades regulatorias y de cumplimiento de informes corporativos de 2022 , que proporciona una descripción general de las actividades realizadas por ESMA y los encargados de hacer cumplir la información financiera y no financiera e informes en formato electrónico único europeo (ESEF).

ESMA evalúa cómo los emisores cumplen con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), las Directrices de ESMA sobre Medidas Alternativas de Rendimiento (APM), las obligaciones de información no financiera y los requisitos de información ESEF y se adhieren a las recomendaciones de ESMA.

Figuras claves:

  • Tasa de revisión del 16% de estados financieros elaborados bajo NIIF (640 emisores de 4.090 emisores), con una tasa de acción del 38% para abordar desviaciones materiales de las NIIF (225 emisores), de los cuales el 25% relacionado con revelaciones y el 13% con medición y /o reconocimiento;
  • 13% tasa de examen de los informes de gestión para el cumplimiento de las Directrices de ESMA sobre APM (521 emisores), con una tasa de acción del 17% (89 emisores);
  • tasa de examen de estados no financieros del 18% (403 emisores), con tasa de actuación del 25% (100 emisores);
  • Tasa de examen de requisitos de alto nivel de la Directiva de transparencia ESEF del 56 % (2423 emisores), con una tasa de acción del 10 % (252 emisores) y una tasa de examen de requisitos granulares ESEF RTS del 25 % (1077 emisores), con una tasa de acción del 4 % (39 emisores);
  • Todos los índices de acción señalados en el informe se relacionan con una muestra de emisores que fueron seleccionados utilizando un enfoque que, entre otros, considera el riesgo de incorrección. Por lo tanto, las tasas de acción no son representativas de la población total de emisores.

La mayoría de las acciones de cumplimiento para la información financiera y no financiera se referían a correcciones en los estados financieros futuros, mientras que para la presentación de informes ESEF, la mayoría de las acciones se referían a la reenvío o redifusión de los informes financieros anuales ESEF.

Próximos pasos

ESMA espera que los emisores, los comités de auditoría y los auditores consideren las conclusiones y recomendaciones del informe al preparar y auditar los informes financieros. En 2023, ESMA y los ejecutores europeos se centrarán en garantizar que se brinde la transparencia adecuada con respecto a las prioridades de cumplimiento descritas en su Declaración de prioridades europeas comunes de cumplimiento de 2022 .

A la luz de los recientes eventos de mercado vinculados al sector bancario, ESMA destaca en particular la importancia de las divulgaciones por parte de las instituciones financieras que permiten a los usuarios de los estados financieros evaluar la exposición de los emisores a los riesgos de tasa de interés y liquidez.

Más información:

Dan Nacu Manole

Responsable de comunicaciones
@ Correo electrónico:  press@esma.europa.eu


Resumen ejecutivo

Este informe ofrece una visión general de las actividades de la AEVM y de los organismos nacionales encargados de hacer cumplir la ley en el Espacio Económico Europeo (EEE), en lo sucesivo, los organismos encargados de hacer cumplir la ley, al examinar el cumplimiento de la información financiera y no financiera facilitada por los emisores en 2022. Además, presenta las principales actividades que contribuyen a la convergencia de la supervisión realizadas a nivel europeo e información cuantitativa sobre las actividades de aplicación en Europa.

Aplicación de la información financiera

Aplicación de la presentación de informes sobre las NIIF

Los ejecutores realizaron 640 exámenes (711 en 2021) de estados financieros elaborados de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), lo que constituye una tasa de examen del 16% de los emisores cuyos valores se admiten a negociación en los mercados regulados europeos (denominados emisores para el resto del informe) que prepararon estados financieros de conformidad con las NIIF (la tasa de examen de 2021 fue del 17%).

De los 640 exámenes realizados, 600 se clasificaron como exámenes ex post (619 en 2021). Sobre la base de estos exámenes, los encargados de hacer cumplir la ley adoptaron medidas coercitivas contra 225 emisores (250 en 2021) para abordar las desviaciones sustanciales de las NIIF. Esto representa una tasa de acción del 38% (la tasa de acción de 2021 fue del 40%).1 La tasa de acción en relación con las infracciones de reconocimiento y medición es del 13% (12% en 2021), mientras que la tasa de acción con respecto a las infracciones con respecto a las divulgaciones representa el 25% (28% en 2021). Como en el pasado, la mayoría de las deficiencias se identificaron en las áreas de contabilidad de instrumentos financieros, deterioro del valor de activos no financieros, presentación de estados financieros y reconocimiento de ingresos. Las desviaciones importantes de las NIIF se evaluaron en relación con el reconocimiento y/o la medición y presentación de activos y pasivos, así como con la información conexa, ya que el concepto de importancia relativa es generalizado en los estados financieros en su conjunto. En particular, si pudiera esperarse razonablemente que omitir, ocultar o tergiversar información importante en las notas podría influir en las decisiones que los usuarios primarios de los estados financieros toman sobre la base de esos estados financieros. La Sección 3.2.1.1 proporciona orientación adicional sobre cómo los encargados de hacer cumplir la ley consideran la importancia relativa en su trabajo y para los fines de este informe.

Para evaluar en qué medida los emisores tuvieron en cuenta la Declaración Europea de Prioridades Comunes de Ejecución (ECEP) de la AEVM para los estados financieros NIIF de cierre de 2021, durante 2022 los ejecutores examinaron si una muestra de 171 emisores se adhería a las recomendaciones destacadas en el ECEP. Entre los hallazgos clave de la evaluación del cumplimiento del ECEP 2021 relacionados con los estados financieros se encuentran los siguientes:

• Hay un margen significativo para mejorar la divulgación de información sobre cuestiones relacionadas con el clima por parte de los emisores en sus estados financieros,

• Aunque los encargados de hacer cumplir la ley sólo identificaron unas pocas desviaciones importantes de las NIIF, todavía hay margen para mejorar el nivel de transparencia en la aplicación de los requisitos relacionados con la LCE, y

• En general, los emisores tuvieron en cuenta las recomendaciones de la AEVM sobre COVID-19 de manera adecuada.

En relación con las prioridades de ejecución para 2021, los exámenes dieron lugar a la adopción de 10 medidas de ejecución, mientras que 39 exámenes seguían abiertos a finales de 2022. Además, en un número considerable de casos, los encargados de hacer cumplir la ley recomendaron a los emisores que mejoraran la divulgación de información, pero estas recomendaciones no se consideraron acciones (ya que no se identificaron desviaciones significativas de las normas). A la luz de las deficiencias derivadas de la evaluación del ECEP de 2021, la AEVM y los organismos encargados de hacer cumplir la ley se comprometen a colaborar con los auditores, emisores y comités de auditoría para mejorar la calidad de la información sobre el ECEP de 2021 facilitada a los inversores.

Al igual que en años anteriores, para garantizar la convergencia de la supervisión en el ámbito de la aplicación contable, los responsables de la ejecución presentaron una serie de cuestiones a las sesiones de coordinación de los ejecutores europeos (EECS) durante 2022: 32 cuestiones emergentes y 37 decisiones (ligeramente inferior en comparación con 2021).

Además de las actividades recurrentes resumidas anteriormente, la AEVM emprendió una serie de otras actividades durante 2022 para promover la aplicación efectiva y coherente de las NIIF. La AEVM, en particular, publicó un informe de seguimiento con una actualización de las medidas que algunos organismos nacionales de ejecución han emprendido para abordar las recomendaciones formuladas en el informe de revisión inter pares de 2017 sobre el cumplimiento por parte de los organismos de aplicación de algunas de las Directrices sobre la ejecución de la información financiera (GLEFI). La AEVM también publicó dos declaraciones. Una declaración abordó las implicaciones de la invasión rusa de Ucrania en los informes financieros semestrales. Otra declaración promovió la aplicación coherente y la implementación de alta calidad por parte de los emisores de la NIIF 17 Contratos de Seguro.

A lo largo de 2022, la AEVM siguió participando activamente en el proceso de establecimiento de normas contables aportando las opiniones de los encargados de hacer cumplir la ley sobre todos los proyectos pertinentes del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC), principalmente a través de cartas de comentarios, y contribuyendo, en calidad de observador, a los debates en el Comité de Información Financiera y el Grupo de Expertos Técnicos en Información Financiera (FR TEG) del Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG). Como parte de estas actividades, la AEVM proporcionó comentarios sobre los proyectos de cartas de comentarios del EFRAG sobre los borradores de exposición del CNIC, con un enfoque particular en mejorar la utilidad de la decisión y la transparencia de la información financiera, así como la aplicabilidad de las NIIF. Además, la AEVM presentó una carta sobre la Solicitud de Información sobre la Revisión Post-Implementación (PIR) de la NIIF 9 Clasificación y Medición. Además, la ESMA contribuyó al trabajo del Comité de Interpretaciones de las NIIF (CIIF de las NIIF) mediante la presentación de una carta de comentarios sobre la decisión tentativa de la agenda de un comité.

Aplicación de la presentación de informes de APM

Con respecto a las medidas alternativas de desempeño (APM), los ejecutores examinaron 521 informes de gestión para evaluar el cumplimiento de las Directrices APM de ESMA, que representan el 13% de todos los emisores cotizados en IFRS en Europa. Sobre la base de estos exámenes, se tomaron medidas de cumplimiento en relación con 89 emisores, lo que constituye una tasa de acción del 17%.

Cumplimiento de la información no financiera.

En 2022, los organismos de ejecución examinaron a 403 emisores (711 en 2021) con el fin de evaluar la información revelada en los estados no financieros elaborados de conformidad con los artículos 19 bis y 29 bis de la Directiva contable, lo que representa el 18 % del número total estimado de emisores cotizados 2 obligados a publicar un estado no financiero (36 % en 2021). En caso de infracción, los responsables del cumplimiento hicieron un seguimiento con los emisores adoptando medidas en el sentido de la GLEFI de la AEVM (100), que representa un porcentaje de acción del 25 % (10 % en 2021).

Además, los responsables de la ejecución evaluaron en qué medida los emisores europeos habían tenido en cuenta las recomendaciones de la AEVM sobre la divulgación de información no financiera en el ECEP de 2021 (en particular en relación con los impactos de la pandemia de COVID-19 en los objetivos relacionados con la sostenibilidad y los indicadores clave de rendimiento no financieros, las políticas relacionadas con el clima y sus resultados, y los preparativos para los requisitos de divulgación relacionados con el artículo 8 del Reglamento sobre taxonomía).  en vigor a 1 de enero de 2022). Con este fin, se examinaron los estados no financieros de 113 emisores, lo que dio lugar a acciones de ejecución contra los emisores que no cumplieron con los requisitos destacados en el ECEP en relación con 17 infracciones. A finales de 2022 seguían en curso 12 exámenes en relación con las prioridades de aplicación de 2021. Entre las principales conclusiones de la evaluación del cumplimiento del ECEP 2021 relacionadas con los estados no financieros se encuentran las siguientes:

• Todavía se necesitan mejoras significativas en las divulgaciones relacionadas con el clima,

• Las empresas todavía deben tomar medidas para garantizar un buen nivel de preparación para la armonización de los informes relacionados con el artículo 8 del Reglamento sobre taxonomía, y

• Se discuten aspectos de las consecuencias de COVID-19 en asuntos no financieros, pero las divulgaciones son incompletas con respecto al impacto de la pandemia en los objetivos relacionados con la sostenibilidad.

A través de su condición de observador en el Consejo de Informes de Sostenibilidad del EFRAG y el Grupo de Expertos Técnicos, la AEVM contribuyó activamente al proceso de establecimiento de normas de la Comisión Europea sobre las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (ERSS), en preparación para el dictamen sobre el primer conjunto de nuevas normas que la AEVM, así como las demás Autoridades Europeas de Supervisión, están obligadas por la Directiva de Información de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) a proporcionar a la Comisión Europea. La AEVM supervisó el desarrollo del futuro SERS y aportó sus puntos de vista desde una perspectiva de ejecución, en particular para garantizar que los requisitos propuestos favorecen la protección de los inversores, no socavan la estabilidad financiera y están en consonancia con la legislación pertinente de la UE en materia de finanzas sostenibles y con el establecimiento de normas internacionales.

Para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2021, los emisores deben preparar sus informes financieros anuales de acuerdo con los requisitos del lenguaje de marcado de hipertexto extensible (XHTML) y marcar los estados financieros consolidados IFRS contenidos en ellos de acuerdo con los requisitos del lenguaje de información comercial extensible en línea (iXBRL). La mayoría de los encargados de hacer cumplir la ley han implementado herramientas de TI para realizar exámenes automáticos de los requisitos de TI que cubren la mitad de los emisores. Además, los encargados de hacer cumplir la ley han realizado 2.423 exámenes de alto nivel de la Directiva sobre transparencia (aproximadamente el 56 % de todos los emisores) que se centran en los requisitos informáticos comúnmente aplicables a todos los emisores. Los ejecutores también han realizado 1.077 exámenes de requisitos granulares ESEF RTS (aproximadamente el 25% de todos los emisores), que se centran en los requisitos detallados de TI y contabilidad aplicables a aquellos emisores que preparan estados financieros con márgenes iXBRL. Se adoptaron medidas de ejecución en relación con 252 emisores (tasa de acción del 10 %) para los exámenes de alto nivel de la Directiva sobre transparencia, y con 39 emisores (tasa de acción del 4 %) para los exámenes granulares de requisitos granulares del SRE del ESEF.

La AEVM también emprendió una serie de actividades en el ámbito de la presentación de informes electrónicos mediante la entrega de una actualización de la RTS del ESEF que refleja la última versión disponible de la taxonomía NIIF y la actualización de los archivos de taxonomía XBRL correspondientes y los archivos de prueba de Conformance Suite para facilitar los preparativos de los estados financieros consolidados de 2022 con la última versión del formato ESEF. La ESMA también publicó una actualización del Manual de Informes de ESEF de ESMA que proporciona orientación sobre los nuevos requisitos aplicables de etiquetado por bloques de ESEF.

Introducción

1. El presente informe ofrece una visión general de las actividades relacionadas con la supervisión y el cumplimiento de la información financiera y no financiera llevadas a cabo durante 2022 por los organismos nacionales encargados de hacer cumplir la ley en el Espacio Económico Europeo (EEE, en lo sucesivo, «los encargados de hacer cumplir la ley»)3 y por la AEVM.

2. Los principales objetivos del informe son:

• Proporcionar mensajes generales a los emisores y auditores para mejorar los futuros informes financieros y no financieros mediante la evaluación de cómo los emisores cumplen con las NIIF y las obligaciones de información no financiera, y se adhieren a las recomendaciones de la AEVM, incluidas las Prioridades Comunes de Aplicación Europeas (ECEP),

• Proporcionar una visión general de las actividades llevadas a cabo por la AEVM y los encargados de hacer cumplir la ley en el ámbito de la información financiera y no financiera para promover la transparencia y la rendición de cuentas al mercado.

3. El informe se estructura en torno a presentaciones separadas de las actividades de aplicación en relación con la información financiera, que incluye la presentación de informes NIIF y APM y la presentación de informes no financieros. Además, una sección separada está dedicada a la presentación de informes ESEF.

4. El presente informe se centra principalmente en las actividades de ejecución y regulación relacionadas con los emisores cuyos valores se admiten a negociación en mercados regulados (denominados emisores cotizados durante el resto del informe). Como tal, el informe no cubre todas las actividades de aplicación y regulación emprendidas por los encargados de hacer cumplir la ley.

5. Los principales destinatarios del informe son los emisores (por ejemplo, la dirección de los emisores, así como los órganos de administración y supervisión, incluidos los comités de auditoría), los auditores y otros profesionales que trabajan en el ámbito de la información corporativa que ya están familiarizados con el trabajo de la AEVM y los organismos nacionales encargados de hacer cumplir la ley, así como con los requisitos de información subyacentes.

Aplicación de la información financiera

6. En esta sección se describen las principales actividades llevadas a cabo por los agentes de ejecución y por la AEVM durante 2022 en relación con la información financiera. La actividad de ejecución de la AEVM en este ámbito se centra principalmente en los requisitos de la Directiva sobre transparencia (Directiva 2004/109/CE) en relación con la aplicación del Reglamento sobre las NIC (Reglamento (CE) n.º 1606/2002) y, como tal, en cuestiones relacionadas con las NIIF aprobadas por la UE. Además, esta sección presenta las actividades de ejecución relativas a las medidas alternativas de rendimiento (AMP), que se divulgan fuera de los estados financieros de las NIIF, pero en documentos dentro del alcance de la información regulada, como los informes de gestión preparados de conformidad con la Directiva de transparencia.

Número de emisores objeto de ejecución

7. A finales de 2022, aproximadamente 4.100 emisores que preparaban estados financieros NIIF eran admitidos a negociación en un mercado regulado, de los cuales alrededor de 3.400 prepararon estados financieros consolidados NIIF y alrededor de 700 prepararon solo estados financieros no consolidados NIIF. Estos números disminuyeron ligeramente en comparación con 2021. Para obtener información país por país sobre el número de emisores, véase el anexo 2.

Presentación de informes sobre las NIIF

¿Cómo se aplica la presentación de informes NIIF?

Directrices sobre la observancia de la información financiera

Fondo

8. Sobre la base del artículo 16 del Reglamento de la AEVM (Reglamento (UE) n.º 1095/2010), la AEVM publicó en 2014 sus Directrices sobre el cumplimiento de la información financiera (AEVM/2014/1293), destinadas a reforzar la convergencia supervisora en las prácticas de ejecución entre las autoridades competentes designadas en cada país del EEE. En febrero de 2020, se publicó una versión revisada de las Directrices.6 En esta versión revisada, se habían introducido cambios en las Directrices 5, 6 y 8, se habían añadido dos nuevas Directrices 6a y 6b y se habían incluido definiciones modificadas de los tipos de exámenes que pueden realizar los encargados de hacer cumplir la ley. Las revisiones de las Directrices entraron en vigor el 1 de enero de 2022.

9. Los agentes de ejecución deberán confirmar por escrito a la AEVM si cumplen, tienen la intención de cumplir o no cumplen las Directrices. Actualmente, 23 de los 30 países del EEE han indicado a la AEVM que cumplen la versión revisada de las Directrices, mientras que cuatro ANC han declarado que tienen la intención de cumplirla en un futuro próximo.

Centro de atención

10. Las Directrices definen los objetivos de la ejecución, las características de los encargados de hacer cumplir la ley y establecen los principios que deben seguirse a lo largo de todo el proceso de ejecución, como los métodos de selección, los procedimientos de examen y las medidas de ejecución. También refuerzan la convergencia de las actividades de ejecución a nivel europeo mediante la introducción del ECEP y el suministro a los encargados de hacer cumplir la ley de un foro para coordinar sus puntos de vista sobre cuestiones contables antes de tomar decisiones de ejecución significativas a nivel nacional, las sesiones europeas comunes de ejecución (EECS).

11. La información financiera de los emisores cotizados está sujeta a ejecución, independientemente del marco de información que se haya aplicado. Aunque la AEVM se centra principalmente en la información financiera elaborada de conformidad con las NIIF aprobadas por la UE (para los estados financieros consolidados y no consolidados), los responsables de la ejecución también examinan la información financiera preparada de conformidad con:

• Principios Nacionales de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) (para estados financieros no consolidados),

• Normas contables de terceros países, si se consideran equivalentes a las NIIF aprobadas en la UE (para los estados financieros de emisores no europeos).

Definiciones y conceptos clave

12. «Observancia» se refiere al examen de la conformidad de la información financiera con el marco de información financiera aplicable, así como a la adopción de medidas apropiadas cuando se detectan infracciones.

13. Los encargados de hacer cumplir la ley identifican la forma más efectiva de hacer cumplir la información financiera. La selección de emisores por parte de cada ejecutor para su examen se basa en un modelo mixto en el que se combina un enfoque basado en el riesgo con el muestreo y la rotación. Un enfoque basado en el riesgo considera el riesgo de una inexactitud, así como el impacto de una inexactitud en los mercados financieros. Los organismos de ejecución pueden utilizar exámenes de alcance ilimitado o una combinación de exámenes de alcance ilimitado y específicos de la información financiera de los emisores seleccionados para la ejecución. Dependiendo de la interacción del ejecutor con los emisores, los exámenes se clasifican como exámenes interactivos8 o de escritorio.

14. Un examen de alcance ilimitado implica la evaluación de todo el contenido de la información financiera, mientras que un examen centrado se refiere a la evaluación de cuestiones / áreas predefinidas en la información financiera y la evaluación de si esta información cumple con el marco de información financiera pertinente. La profundidad y el alcance de un procedimiento de examen no pueden equipararse a los de una auditoría de los estados financieros.

15. De conformidad con la directriz 7, cuando se detecte una inexactitud importante, los encargados de hacer cumplir la ley deberían, de manera oportuna, adoptar al menos una de las siguientes medidas:

• Exigir una nueva emisión de los estados financieros: Esta acción lleva al emisor a publicar estados financieros revisados que están sujetos a una nueva opinión de auditoría,

• Requerir una nota correctiva: Esta acción implica que el emisor o el propio ejecutor publiquen una nota en relación con una inexactitud material con respecto a los elementos particulares incluidos en la información financiera ya publicada junto con la información corregida, o

• Exigir la corrección en los estados financieros futuros con reexpresión de los comparativos, cuando proceda: Cuando un ejecutor adopta esta medida, el emisor adopta un tratamiento aceptable en las siguientes cuentas y, cuando proceda, corrige el año anterior reexpresando los importes comparativos o incluye información adicional que no requiere la reexpresión de los comparativos.

16. La evaluación de si una desviación de las normas es importante se realiza de conformidad con el marco de información financiera pertinente. En relación con los informes financieros preparados de acuerdo con las NIIF, el párrafo 7 de la NIC 1 Presentación de Estados Financieros establece que la información se considera importante si omitirla, tergiversarla u ocultarla podría influir razonablemente en las decisiones que los usuarios primarios de los estados financieros toman sobre la base de esos estados financieros.

17. Dependiendo de la naturaleza de los elementos a los que se refiere la desviación identificada de las normas, los encargados de hacer cumplir la ley consideran factores cuantitativos y/o cualitativos para determinar si cabía esperar razonablemente que una desviación influyera en las decisiones de los usuarios. Dado que la evaluación de la importancia de la información revelada implica en mayor medida una consideración cualitativa, para los encargados de hacer cumplir la ley es fundamental que la información facilitada en los estados financieros sea informativa, exhaustiva y clara para permitir una comprensión de las transacciones o acontecimientos que han ocurrido en un año determinado y de cómo los emisores han aplicado los principios de reconocimiento, medición y presentación.

18. La evaluación de la importancia relativa a menudo requiere juicio y depende de hechos y circunstancias específicos de la entidad. Por lo tanto, la decisión sobre qué umbrales cuantitativos específicos y criterios cualitativos deben aplicarse en el contexto de los estados financieros de una empresa individual es tomada por el ejecutor que realiza el examen de esos estados financieros.

19. La Declaración práctica de las NIIF 2 Hacer juicios de materialidad publicada por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) en 2017, que incluye una visión general de las características generales de la materialidad y presenta un proceso de evaluación de la materialidad de cuatro pasos, proporciona orientación útil sobre cómo hacer juicios de materialidad en circunstancias específicas.

20. Al decidir qué tipo de acción aplicar, los ejecutores deberían considerar (con sujeción a las facultades existentes del ejecutor) que el objetivo final es que se proporcione a los inversores la mejor información posible y que se evalúe si los estados financieros originales y una nota rectificativa proporcionan a los usuarios suficiente claridad para tomar decisiones o si es más apropiada una nueva publicación de los estados financieros. También deben tenerse en cuenta otros factores, a saber, el calendario, la naturaleza de la decisión y las circunstancias que la rodean. Por ejemplo, una corrección en los estados financieros futuros podría ser apropiada cuando la decisión está muy cerca de la fecha de publicación de los siguientes estados financieros (que también podrían ser los estados financieros intermedios del emisor), cuando el mercado está suficientemente informado en el momento en que se toma la decisión o cuando la decisión se refiere simplemente a la forma en que se presentó la información en los estados financieros en lugar de a la sustancia (por ejemplo, material La información se presenta claramente en las notas o en otra parte del informe financiero, por ejemplo en el informe de gestión, mientras que el marco contable pertinente requiere la presentación en el anverso de los estados financieros primarios).

21. Además, los encargados de hacer cumplir la ley tratan de mejorar la calidad de los estados financieros futuros mediante actividades diseñadas para proporcionar orientación útil a los emisores, como la definición de prioridades de ejecución y/o un procedimiento de liquidación previa. Incluso cuando no se requieren medidas coercitivas, los encargados de hacer cumplir la ley suelen hacer recomendaciones durante el proceso de examen sobre la forma en que los emisores podrían mejorar determinadas divulgaciones.

Coordinación de la observancia

Sesiones de coordinación de los ejecutores europeos (EECS)

22. Las actividades de la AEVM en materia de convergencia supervisora de la aplicación se llevan a cabo principalmente a través del EECS, un foro de aproximadamente 40 funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de los distintos países del EEE que actúan en el ámbito de la supervisión y el cumplimiento de la información financiera. El EECS es responsable de coordinar la supervisión de aproximadamente 4.100 emisores cotizados que preparan los estados financieros de las NIIF y, como tal, constituye actualmente la mayor red regional de ejecutores con responsabilidades de supervisión de las NIIF.

23. De conformidad con la directriz 10, por conducto de la CEES, los encargados de hacer cumplir la ley examinan y comparten sus experiencias con la aplicación y el cumplimiento de las NIIF. En particular, examinan los casos de ejecución que cumplen los criterios de presentación establecidos en las Directrices, ya sea antes o después de que se adopten las decisiones. Cuando las limitaciones de tiempo no permiten esperar hasta la próxima reunión de EECS para discutir un tema emergente (siete reuniones tuvieron lugar en 2022), los temas pueden discutirse en conferencias telefónicas ad hoc o mediante procedimiento escrito.

24. El propósito de los debates de EECS es permitir que los encargados de hacer cumplir la ley se beneficien de la experiencia de otros encargados de hacer cumplir la ley que ya han encontrado problemas similares y reunir información útil para el análisis de cuestiones técnicas. A partir de los debates sobre cuestiones y decisiones emergentes, la AEVM adquiere una idea de la aplicación de las NIIF en Europa y de los principales temas que plantean desafíos a los emisores. Los debates promueven un enfoque europeo coherente en la aplicación de las NIIF, ya que los encargados de hacer cumplir la ley deben tener en cuenta el resultado de los debates anteriores en el CEES al adoptar decisiones de ejecución.

25. Además de examinar los casos de supervisión, el EECS proporciona información técnica sobre la emisión de declaraciones y dictámenes de la AEVM sobre cuestiones contables que merecen una atención específica. También revisa las prácticas contables aplicadas por los emisores europeos para permitir a la AEVM monitorear la evolución del mercado y los cambios en dichas prácticas. Debido a la coordinación dentro del EECS, la AEVM y los encargados de hacer cumplir la ley pueden identificar áreas en las que parece haber una falta de orientación o interpretaciones divergentes de las NIIF. Dichas áreas se remiten posteriormente al IASB o al Comité de Interpretaciones de las NIIF (IFRS IC), según corresponda.

Coordinación de las decisiones de ejecución de las NIIF

26. En 2022, se debatieron 32 cuestiones emergentes en la CEES, lo que representa una disminución en comparación con 2021, donde se debatieron 49 cuestiones emergentes. En cuanto a las decisiones, los ejecutores presentaron 37 decisiones a la base de datos EECS, 8 de las cuales fueron discutidas, en comparación con 40 decisiones presentadas y 11 discutidas en 2021. La mayoría de las decisiones que no se discutieron en el EECS se habían discutido previamente en el grupo como temas emergentes.

27. Los temas más comunes tratados en la CEES se referían a cuestiones relacionadas con la aplicación de las normas contables NIIF 15 Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes, NIIF 9 Instrumentos financieros, NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación, NIC 38 Activos intangibles y NIIF 8 Segmentos operativos. A continuación, la AEVM presenta una descripción más detallada de algunos temas que se discutieron en el EECS durante 2022. Cabe señalar que estos ejemplos no pretenden representar todos los tipos de cuestiones examinadas ni todas las esferas en que la aplicación de las NIIF fue impugnada por los encargados de hacer cumplir la ley, pero sirven para ilustrar algunas de las cuestiones encontradas y examinadas durante el año:

• En relación con la aplicación de la NIIF 15, los principales temas tratados se relacionan con la aplicación de la NIIF 15 en industrias específicas, la interacción de la NIIF 15 y la NIIF 10 relacionadas con los envoltorios corporativos 10 en el sector inmobiliario, el reconocimiento de ingresos a lo largo del tiempo vs en un punto en el tiempo.

• Las discusiones sobre la NIC 32 y la NIIF 9 en el EECS se centraron en cuestiones relacionadas con la distinción entre pasivos y patrimonio neto en el contexto de las Sociedades de Adquisición de Propósito Especial (SPAC), la reclasificación de activos derivados de cambios en el modelo de negocio, la interacción entre la NIIF 15 y la NIIF 9 en relación con el tipo de liquidación de un contrato. Al igual que en años anteriores, un grupo de trabajo dedicado y temporal compartió experiencias sobre asuntos relacionados con las instituciones financieras, en particular sobre diversos aspectos de la medición de la pérdida crediticia esperada (ECL).

• Entre las cuestiones tratadas en relación con la contabilización de los activos intangibles figuraban la determinación de si determinados gastos cumplen las condiciones para su reconocimiento como activo inmaterial establecidas en la NIC 38 y la valoración de los activos no monetarios adquiridos mediante un intercambio de activos.

• Por último, con respecto a la aplicación de la NIIF 8, los debates en EECS se centraron en la definición del principal responsable de la toma de decisiones operativas (CODM), la agregación de segmentos reportables basados en características económicas similares de productos y servicios y la divulgación de ingresos por clientes principales.

Base de datos EECS

28. Para permitir el intercambio de decisiones y experiencias de ejecución entre los encargados de hacer cumplir la ley, en 2005, el predecesor de la AEVM, el Comité de responsables Europeos de Reglamentación de Valores (CERV), creó una base de datos interna a la que los encargados de hacer cumplir la ley presentan las cuestiones emergentes que se debaten y las decisiones adoptadas en el marco de su proceso nacional de ejecución. De acuerdo con las Directrices de la AEVM sobre el cumplimiento de la información financiera (GLEFI), los responsables de la ejecución deben presentar sus cuestiones emergentes y decisiones de ejecución si cumplen los criterios definidos en las Directrices.

29. A finales de 2022, la base de datos EECS contenía 1.283 decisiones y 692 cuestiones emergentes. Como tal, la base de datos constituye un gran archivo de conocimientos y es una fuente importante de información para los encargados de hacer cumplir la ley cuando toman decisiones de ejecución.

30. Sobre la base del contenido de la base de datos EECS, la AEVM publica periódicamente las decisiones de ejecución adoptadas por los encargados de hacer cumplir la ley. El propósito de estas publicaciones es ayudar a los participantes del mercado a comprender qué tratamientos contables consideran que los encargados de hacer cumplir las normas (no cumplen) con las NIIF en casos específicos y, como tales, contribuir a la aplicación coherente de las normas. A lo largo de 2022, la AEVM publicó uno de esos extractos de su base de datos EECS, que contiene 11 decisiones de ejecución.11 La AEVM seguirá publicando extractos de la base de datos y señala que sus decisiones publicadas están incluidas en la base de datos de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV).

Principales indicadores de la actividad nacional de aplicación

31. Para supervisar la actividad de ejecución, la AEVM recopila datos sobre el número de exámenes realizados y el número de medidas adoptadas por los encargados de hacer cumplir la ley. Las tasas de examen y acción presentadas en esta sección se basan en el número de emisores cotizados que preparan los estados financieros NIIF al final de 2022, tal como se presenta en la sección 3.1. Además, 47 emisores prepararon estados financieros consolidados con arreglo a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) de terceros países considerados equivalentes a las NIIF.

32. En el cuadro 1 que figura a continuación se presenta información agregada sobre el número de emisores cuya información financiera fue examinada por los encargados de hacer cumplir la ley durante 2022. Como puede verse, en 2022 los ejecutores realizaron 425 exámenes de alcance ilimitado de los estados financieros de los emisores de NIIF, que abarcan estados financieros de alrededor del 10% de los emisores de NIIF cotizados en Europa (11% en 2021). Además, los estados financieros de 215 emisores de NIIF fueron objeto de un examen específico, lo que representa una cobertura de alrededor del 5% de los emisores de NIIF cotizados (6% en 2021).

33. En total, en 2022, los estados financieros de 640 emisores, correspondientes al 16 % de los emisores cotizados que preparaban estados financieros con arreglo a las NIIF, estaban sujetos a examen por parte de los encargados de hacer cumplir la ley (17 % en 2021). De estos, 600 emisores de NIIF fueron sometidos a exámenes ex post (619 en 2021). Además, los encargados de hacer cumplir la ley realizaron un seguimiento de los exámenes realizados en años anteriores en 149 emisores. Esos seguimientos no se incluyen en las estadísticas anteriores.

34. En el cuadro 2 se clasifican los países en grupos, en función del número de emisores cotizados que preparan los estados financieros de las NIIF (véase el anexo 2 para más detalles).

36. El porcentaje de acción incluido en el informe representa el número de emisores para los que se han tomado medidas dividido por el número de emisores sujetos a exámenes ex post. La AEVM señala que la tasa de acción en relación con cuestiones de reconocimiento y/o medición es del 13 % (12 % en 2021), mientras que la tasa de acción relativa a las cuestiones relativas a las divulgaciones representa el 25 % (28 % en 2021).

37. El cuadro 4 ilustra la distribución general de las medidas adoptadas por los encargados de hacer cumplir la ley durante 2022 en función del tipo de acción, el tipo de estado financiero y el tipo de cuestión a la que se refieren. Al igual que en el año anterior, en alrededor del 20% de las medidas adoptadas, los ejecutores exigieron a los emisores que hicieran divulgación inmediata al mercado mediante la reemisión de los estados financieros o la publicación de una nota correctora, mientras que, en el 80% restante de las acciones, los ejecutores consideraron suficiente una corrección en los estados financieros futuros. Véase en el anexo 4 el número desglosado de acciones por país.

38. Alrededor del 34 % de las medidas adoptadas durante 2022 se referían a cuestiones relativas al reconocimiento y/o la medición (incluida la presentación), mientras que el 66 % de las medidas se referían únicamente a cuestiones de divulgación. La AEVM hace hincapié en que el concepto de materialidad es omnipresente en los estados financieros en su conjunto y que cabría razonablemente esperar que omitir, ocultar o tergiversar información importante en las notas influya razonablemente en las decisiones que los usuarios primarios de los estados financieros toman sobre la base de esos estados financieros.

39. Por último, las siguientes cifras presentan las áreas en las que los encargados de hacer cumplir la ley tomaron medidas en 2022, en relación con cuestiones con respecto al reconocimiento y/o la medición, así como a las divulgaciones. En relación con ambos, al igual que en 2021, la mayoría de las acciones se tomaron en cuatro áreas, a saber, instrumentos financieros, deterioro de activos no financieros, presentación de estados financieros e ingresos.

40. El establecimiento de prioridades europeas comunes de ejecución (ECEP) es una de las formas importantes de fomentar la convergencia de la supervisión en todo el EEE. La AEVM ha desarrollado ECEP anualmente desde 2012 y ha descubierto que comunicar ciertas prioridades a las partes interesadas de esta manera antes de que se preparen los estados financieros anuales contribuye a prevenir inexactitudes y a mejorar la calidad y la coherencia de la información corporativa en todo el EEE. La AEVM publicó las prioridades que deben tenerse en cuenta en la preparación de los estados financieros anuales de 2021 en octubre de 2021 (en lo sucesivo, el ECEP 2021).

41. Las prioridades de ejecución de los estados financieros para 2021 elaboradas de conformidad con las NIIF reflejaron la necesidad de garantizar la coherencia entre los estados financieros NIIF y la información no financiera sobre cuestiones relacionadas con el clima, incluida la divulgación de juicios significativos y la incertidumbre de estimación con respecto a los riesgos climáticos. Además, el ECEP 2021 incluyó consideraciones para una mayor transparencia con respecto a la medición de ECL en relación con las superposiciones de gestión, los cambios significativos en el riesgo de crédito (SICR), la información prospectiva (FLI), los cambios en las provisiones para pérdidas, las exposiciones al riesgo de crédito y las garantías, y el efecto de los riesgos relacionados con el clima en la medición de ECL. Por último, el ECEP 2021 destacó la necesidad de que los emisores realicen una evaluación cuidadosa y proporcionen transparencia en la contabilidad de los impactos a largo plazo de la pandemia de COVID-19.

42. Para analizar cómo se aplicó el ECEP 2021, los encargados de hacer cumplir la ley examinaron los estados financieros anuales de una muestra de 171 emisores de 28 países del EEE. Los emisores de la muestra no fueron seleccionados aleatoriamente,23 y, por lo tanto, los resultados de las secciones siguientes no deben extrapolarse a la población más amplia de emisores cotizados en el EEE. Todos los hallazgos en las siguientes secciones se refieren a la submuestra de emisores para los que un tema determinado era relevante.

43. En total, los encargados de hacer cumplir la ley adoptaron 10 medidas coercitivas contra los 171 emisores de la muestra.  Estas acciones consistieron principalmente en exigir al emisor que corrigiera el asunto relevante en los estados financieros futuros. Además de las acciones emprendidas dentro de 2022, 39 exámenes de los estados financieros anuales IFRS 2021 seguían abiertos a fines de 2022. Aunque la tasa de acción de la muestra fue del 6%, los encargados de hacer cumplir la ley solicitaron un número significativo de recomendaciones para mejorar los estados financieros. A la luz de las deficiencias derivadas de la evaluación del ECEP de 2021, la AEVM y los organismos encargados de hacer cumplir la ley se comprometen a colaborar con los auditores, emisores y comités de auditoría para mejorar la calidad de la información facilitada a los inversores.

Análisis de la información proporcionada

Conclusión clave: Hay un margen significativo para mejorar la divulgación de información sobre asuntos relacionados con el clima por parte de los emisores en sus estados financieros

Si bien los encargados de hacer cumplir la ley no identificaron inconsistencias y/o contradicciones significativas entre la información revelada en los informes de gestión y la información contenida en los estados financieros, consideraron que la información sobre asuntos relacionados con el clima en los estados financieros a menudo estaba incompleta o faltaba por completo. Esta observación es particularmente preocupante cuando el emisor opera en un sector que se espera que se vea altamente afectado por los riesgos climáticos o que se encuentra en áreas donde se espera que los riesgos climáticos sean relevantes. Además, la AEVM detectó deficiencias en la divulgación de información sobre cómo se consideraban los riesgos climáticos cuando eran necesarias hipótesis prospectivas, como en los cálculos del importe recuperable. También se identificaron deficiencias en la divulgación de asuntos relacionados con el clima como una fuente importante de incertidumbre y juicios de estimación. Como tal, y a la luz de la continua priorización de las recomendaciones relacionadas con el clima en el ECEP 2022, la AEVM insta a los emisores a continuar mejorando sus divulgaciones relacionadas con asuntos relacionados con el clima al preparar los estados financieros NIIF para permitir a los inversores comprender el impacto de los asuntos relacionados con el clima en la posición financiera, el rendimiento financiero y los flujos de efectivo del emisor. Por último, la AEVM sigue pidiendo transparencia en el tratamiento contable de los regímenes de comercio de derechos de emisión de carbono y gases de efecto invernadero (GEI), en particular cuando dichos regímenes afectan al rendimiento financiero y a la posición de los emisores.



Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/a-closer-look-at-esmas-corporate-reporting-enforcement/

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