
Publicado el noviembre 25, 2022 por Editor
Esta semana, el Grupo Consultivo Europeo de Información Financiera (EFRAG) alcanzó un hito importante, publicando el primer conjunto de (casi) finales borradores de Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (ESRS). Su publicación sigue a una consulta pública este verano.
Los ESRS recién creados se implementarán en los informes de sostenibilidad recientemente requeridos exigidos por la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), que, como informamos la semana pasada, se incorporó a la legislación de la UE este mes. Las normas establecen los requisitos de información para las empresas europeas en relación con una serie de impactos, oportunidades y riesgos en una serie de temas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG).
¿Los próximos pasos para los estándares? La Comisión Europea consultará a los organismos de la UE y a los Estados miembros sobre los proyectos, antes de adoptar las normas definitivas en junio de 2023. La aplicación de las normas a la presentación de informes se introducirá gradualmente entre 2024 y 2028, dependiendo del tipo de empresa.
Kerstin Lopatta, ex presidenta interina de la JUR del EFRAG, ha declarado: «Nuestro objetivo ha sido lograr el equilibrio adecuado entre un paso adelante que cambie las reglas del juego y una aplicación pragmática[…] Confiamos en que todos nos beneficiaremos a su debido tiempo de este esfuerzo colectivo hacia una mayor transparencia y rendición de cuentas».
Damos la bienvenida a esta próxima etapa en el desarrollo de los estándares, que, de manera crucial, se realizará en XBRL en línea en toda la UE, con el desarrollo de la taxonomía a punto de comenzar. ¡Felicitamos a todos los involucrados en llevar los estándares a esta etapa!
Puede leer el comunicado de prensa de EFRAG aquí y ver el borrador de ESRS aquí.
ESTÁNDARES CSDR EFRAG ESG SOSTENIBILIDAD

Propuesta de
DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
por la que se modifican la Directiva 2013/34/UE, la Directiva 2004/109/CE,
la Directiva 2006/43/CE y el Reglamento (UE) No. 537/2014,
en lo que respecta a la información sobre sostenibilidad de las empresas
(Texto pertinente a efectos del EEE) {SEC (2021) 164 final} – {SWD (2021) 150 final} – {SWD (2021) 151 final}
EXPOSICIÓN EXPLICATIVA
1. CONTEXTO DE LA PROPUESTA
• Motivos y objetivos de la propuesta
La Directiva sobre información no financiera (Directiva 2014/95/UE, la Directiva sobre información no financiera), que modifica la Directiva sobre contabilidad, se adoptó en 2014. Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre información no financiera tuvieron que informar de conformidad con sus disposiciones por primera vez en 2018 (que abarca el ejercicio 2017).
El NFRD se aplica a las grandes entidades de interés público con un número promedio de empleados superior a 500, y a las entidades de interés público que son empresas matrices de un gran grupo con un número promedio de empleados superior a 500 en base consolidada. El NFRD exime a las subsidiarias de sus obligaciones de información si su empresa matriz realiza los informes para todo el grupo, incluidas las filiales. Aproximadamente 11 700 empresas están sujetas a los requisitos de presentación de informes de la NFRD.
El NFRD introdujo un requisito para que las empresas informen tanto sobre cómo los problemas de sostenibilidad afectan su desempeño, posición y desarrollo (la perspectiva «de afuera hacia adentro»), como sobre su impacto en las personas y el medio ambiente (la perspectiva «de adentro hacia afuera»). Esto a menudo se conoce como «doble materialidad».
De conformidad con la Directiva sobre divulgación de información sobre el desarrollo, en 2017 la Comisión publicó directrices no vinculantes para la presentación de informes para las empresas. En 2019, publicó directrices adicionales sobre la presentación de información relacionada con el clima. Estas directrices no han mejorado suficientemente la calidad de la información que las empresas divulgan de conformidad con la Directiva sobre información no vinculante.
La Comisión Europea se comprometió a proponer una revisión de la Directiva sobre información no financiera en el Pacto Verde Europeo y su programa de trabajo para 2020. El Pacto Verde Europeo tiene como objetivo transformar la UE en una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, sin emisiones netas de gases de efecto invernadero para 2050. Desvinculará el crecimiento económico del uso de recursos, y garantizar que todas las regiones y ciudadanos de la UE participen en una transición socialmente justa hacia un sistema económico sostenible. También tiene como objetivo proteger, conservar y mejorar el capital natural de la UE, y proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos de los riesgos e impactos relacionados con el medio ambiente. La revisión de la NFRD contribuirá al objetivo de construir una economía que funcione para las personas. Reforzará la economía social de mercado de la UE, contribuyendo a garantizar que esté preparada para el futuro y que aporte estabilidad, empleo, crecimiento e inversión. Estos objetivos son especialmente importantes teniendo en cuenta el daño socioeconómico causado por la pandemia de COVID-19 y la necesidad de una recuperación sostenible, inclusiva y justa.
En consonancia con el Plan de Acción para las Finanzas Sostenibles de la Comisión, la UE ha adoptado una serie de medidas para garantizar que el sector financiero desempeñe un papel importante en la consecución de los objetivos del Pacto Verde Europeo8. Mejores datos de las empresas sobre los riesgos de sostenibilidad a los que están expuestas, y su propio impacto en las personas y el medio ambiente, son esenciales para la implementación exitosa del Pacto Verde Europeo y el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles. Al hacer que las empresas sean más responsables y transparentes sobre su impacto en las personas y el medio ambiente, esta propuesta también puede ayudar a fortalecer las relaciones entre las empresas y la sociedad. También creará oportunidades para que las empresas, los inversores, la sociedad civil y otras partes interesadas mejoren radicalmente la forma en que se informa y utiliza la información sobre sostenibilidad gracias a las tecnologías digitales. En diciembre de 2019, en sus Conclusiones sobre la Unión de los Mercados de Capitales, el Consejo destacó la importancia de contar con información fiable, comparable y pertinente sobre los riesgos, las oportunidades y los impactos en materia de sostenibilidad, y pidió a la Comisión que considerara la posibilidad de desarrollar una norma europea de información no financiera.
En su Resolución de mayo de 2018 sobre finanzas sostenibles, el Parlamento Europeo pidió que se siguieran desarrollando los requisitos de información en el marco de la Directiva sobre información no financiera (PDNF). En su Resolución de diciembre de 2020 sobre la gobernanza empresarial sostenible, acogió con satisfacción el compromiso de la Comisión de revisar la Directiva sobre información no financiera, pidió que se ampliara el ámbito de aplicación de la Directiva sobre las finanzas sostenibles a otras categorías de empresas. y acogió con satisfacción el compromiso de la Comisión de desarrollar normas de información no financiera de la UE. El Parlamento Europeo también consideró que la información no financiera publicada por las empresas de conformidad con la Directiva sobre divulgación de información no financiera debería estar sujeta a una auditoría obligatoria.
Los principales usuarios de la información sobre sostenibilidad divulgada en los informes anuales de las empresas son los inversores y las organizaciones no gubernamentales, los interlocutores sociales y otras partes interesadas. Los inversores, incluidos los gestores de activos, desean comprender mejor los riesgos y las oportunidades que ofrecen las cuestiones de sostenibilidad para sus inversiones, así como los impactos de esas inversiones en las personas y el medio ambiente. Las organizaciones no gubernamentales, los interlocutores sociales y otras partes interesadas quieren que las empresas rindan cuentas en mayor medida de los impactos de sus actividades en las personas y el medio ambiente.
El marco jurídico actual no garantiza que se satisfagan las necesidades de información de estos usuarios. Esto se debe a que algunas empresas de las que los usuarios desean información de sostenibilidad no informan dicha información, mientras que muchas de las que sí informan sobre la sostenibilidad no informan toda la información que es relevante para los usuarios. Cuando se comunica información, a menudo no es suficientemente fiable ni suficientemente comparable entre empresas. La información es a menudo difícil de encontrar para los usuarios y rara vez está disponible en un formato digital legible por máquina. La información sobre intangibles, incluidos los intangibles generados internamente, no se notifica lo suficiente, aunque estos intangibles representan la mayor parte de la inversión del sector privado en las economías avanzadas (por ejemplo, capital humano, marca y propiedad intelectual e intangibles relacionados con la investigación y el desarrollo).
Las necesidades de información de los usuarios han aumentado significativamente en los últimos años y es casi seguro que continuarán haciéndolo. Hay varias razones para esto. Una es la creciente conciencia de los inversores de que los problemas de sostenibilidad pueden poner en riesgo el rendimiento financiero de las empresas. Otro es el creciente mercado de productos de inversión que buscan explícitamente cumplir con ciertos estándares de sostenibilidad o lograr ciertos objetivos de sostenibilidad. Otra es la regulación, incluido el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles y el Reglamento de Taxonomía. Como resultado de estas dos regulaciones, los gestores de activos y los asesores financieros necesitan más información sobre sostenibilidad de las empresas participadas. Por último, es probable que la pandemia de COVID-19 acelere aún más el crecimiento de la demanda de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas, por ejemplo, en relación con la vulnerabilidad de los trabajadores y la resiliencia de las cadenas de suministro.
Por lo tanto, existe una brecha cada vez mayor entre la información sobre sostenibilidad que informan las empresas y las necesidades de los usuarios previstos de esa información. Por un lado, esto significa que los inversores no pueden tener suficientemente en cuenta los riesgos relacionados con la sostenibilidad en sus decisiones de inversión. Esto, a su vez, tiene el potencial de crear riesgos sistémicos que amenazan la estabilidad financiera. Por otro lado, la brecha significa que los inversores no pueden canalizar recursos financieros a empresas con modelos de negocio y actividades sostenibles. Esto, a su vez, socava la consecución de los objetivos del Pacto Verde Europeo. También obstaculiza la capacidad de las partes interesadas para responsabilizar a las empresas por el impacto que tienen en las personas y el medio ambiente, creando un déficit de rendición de cuentas que puede socavar el funcionamiento eficiente de la economía social de mercado.
La situación actual también es problemática para las empresas que tienen que informar. La falta de precisión en los requisitos actuales, y la gran cantidad de estándares y marcos privados existentes, dificultan que las empresas sepan exactamente qué información deben reportar. A menudo tienen dificultades para obtener la información que ellos mismos necesitan de proveedores, clientes y empresas participadas. Muchas empresas reciben solicitudes de información de sostenibilidad de las partes interesadas, además de la información que reportan para cumplir con los requisitos legales actuales. Todo esto genera costos comerciales innecesarios.
El objetivo de la presente propuesta es, por tanto, mejorar la información sobre sostenibilidad al menor coste posible, con el fin de aprovechar mejor el potencial del mercado único europeo para contribuir a la transición hacia un sistema económico y financiero plenamente sostenible e integrador, de conformidad con el Pacto Verde Europeo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.
La propuesta tiene por objeto garantizar que exista información adecuada disponible públicamente sobre los riesgos que los problemas de sostenibilidad presentan para las empresas y los impactos de las propias empresas en las personas y el medio ambiente. Esto significa que las empresas de las que los usuarios necesitan información de sostenibilidad deben reportar dicha información, y que las empresas deben reportar toda la información que los usuarios consideren relevante. La información notificada debe ser comparable, fiable y fácil de encontrar y utilizar para los usuarios con las tecnologías digitales. Esto implica cambiar el estado de la información de sostenibilidad para que sea más comparable a la de la información financiera.
La propuesta ayudará a reducir los riesgos sistémicos para la economía. También mejorará la asignación de capital financiero a empresas y actividades que abordan problemas sociales, sanitarios y ambientales. Finalmente, hará que las empresas sean más responsables de sus impactos en las personas y el medio ambiente, creando así confianza entre ellas y la sociedad.
La propuesta tiene como objetivo reducir los costes innecesarios de los informes de sostenibilidad para las empresas y permitirles satisfacer la creciente demanda de información sobre sostenibilidad de manera eficiente. Aportará claridad y certeza sobre qué información de sostenibilidad debe notificar, y facilitará a los preparadores obtener la información que necesitan para fines de presentación de informes de sus propios socios comerciales (proveedores, clientes y empresas participadas). También debería reducir el número de demandas que reciben las empresas de información sobre sostenibilidad, además de la información que publican en sus informes anuales.
Hay una serie de importantes iniciativas internacionales en marcha. Su objetivo es ayudar a lograr la convergencia y armonización mundial de las normas de información de sostenibilidad. La UE apoya plenamente esta ambición. Las empresas e inversores de la UE que operan a escala mundial se beneficiarán de dicha convergencia y armonización. La Comisión apoya las iniciativas del G-20, el G7, el Consejo de Estabilidad Financiera y otros organismos para generar un compromiso internacional para desarrollar una base de referencia de normas mundiales de información sobre sostenibilidad que se basaría en el trabajo del Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con el Clima. Las propuestas de la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera para crear un nuevo Consejo de Normas de Sostenibilidad son especialmente relevantes en este contexto, al igual que el trabajo ya llevado a cabo por iniciativas establecidas, como la Global Reporting Initiative (GRI), el Sustainability Accounting Standards Board (SASB), el International Integrated Reporting Council (IIRC), el Climate Disclosure Standards Board (CDSB) y CDP (anteriormente Carbon Disclosure Project). Esta propuesta tiene como objetivo aprovechar y contribuir a las iniciativas internacionales de informes de sostenibilidad. Las normas de la UE para la presentación de informes de sostenibilidad deben desarrollarse en una cooperación bidireccional constructiva con las principales iniciativas internacionales, y deben alinearse con dichas iniciativas en la medida de lo posible, teniendo en cuenta al mismo tiempo las especificidades europeas.
Esta propuesta consta de una Directiva que modificaría cuatro actos legislativos existentes. En primer lugar, modificaría la Directiva sobre contabilidad, revisando algunas disposiciones vigentes y añadiendo algunas disposiciones nuevas sobre la presentación de informes de sostenibilidad. Además, modificaría la Directiva de auditoría y el Reglamento de auditoría para cubrir la auditoría de la información sobre sostenibilidad. Por último, modificaría la Directiva sobre transparencia para ampliar el ámbito de aplicación de los requisitos de información sobre sostenibilidad a las empresas con valores cotizados en mercados regulados, y para aclarar el régimen de supervisión de la información de sostenibilidad por parte de estas empresas.
• Coherencia con las disposiciones políticas vigentes en el ámbito político
La NFRD, junto con el Reglamento sobre divulgación de información sobre finanzas sostenibles (SFDR) y el Reglamento sobre taxonomía, son los componentes centrales de los requisitos de información sobre sostenibilidad que sustentan la estrategia de finanzas sostenibles de la UE. El propósito de este marco legal es crear un flujo consistente y coherente de información sobre sostenibilidad a lo largo de la cadena de valor financiera.
La presente propuesta se basa en los requisitos de información sobre sostenibilidad establecidos en la Directiva sobre sostenibilidad y los revisa, con el fin de que los requisitos de información sobre sostenibilidad sean más coherentes con el marco jurídico más amplio de las finanzas sostenibles, incluidos el SFDR y el Reglamento sobre taxonomía, y para vincularlos con los objetivos del Pacto Verde Europeo.
El SFDR rige cómo los participantes en los mercados financieros (incluidos los gestores de activos y los asesores financieros) deben divulgar información sobre sostenibilidad a los inversores finales y propietarios de activos. Para poder cumplir los requisitos del SFDR y, por lo tanto, en última instancia para poder satisfacer las necesidades de los inversores finales, incluidos los particulares y los hogares, los participantes en los mercados financieros necesitan información adecuada de las empresas en las que se invierte. Por consiguiente, la presente propuesta tiene por objeto garantizar que las empresas en las que se invierte comuniquen la información que necesitan los participantes en los mercados financieros para cumplir sus propios requisitos de información sobre el SFDR.
El Reglamento sobre taxonomía establece un sistema de clasificación para las actividades económicas sostenibles desde el punto de vista ambiental, con el objetivo de aumentar las inversiones sostenibles y combatir el blanqueo ecológico de los productos financieros «sostenibles». Requiere que las empresas dentro del alcance de la NFRD divulguen ciertos indicadores sobre el grado en que sus actividades son ambientalmente sostenibles de acuerdo con la taxonomía. Estas obligaciones de divulgación se especificarán mediante un acto delegado independiente de la Comisión. Estos indicadores son complementarios a la información que las empresas tienen que divulgar de acuerdo con el propio NFRD, y las empresas tendrán que reportarlos junto con otra información de sostenibilidad ordenada por el NFRD.
La presente propuesta tiene por objeto garantizar que los requisitos de información de las empresas sean coherentes con la taxonomía. Esto se logrará sobre todo a través de las normas de informes de sostenibilidad propuestas. Estos tendrán en cuenta los indicadores que las empresas deben divulgar sobre el grado en que sus actividades son ambientalmente sostenibles de acuerdo con la taxonomía, y los criterios de selección y los umbrales de no causar daños significativos de la taxonomía.
En comparación con los requisitos de informes de sostenibilidad de NFRD, las principales novedades de esta propuesta son:
– ampliar el ámbito de aplicación de los requisitos de información a otras empresas, incluidas todas las grandes empresas y las empresas cotizadas (excepto las microempresas cotizadas);
– exigir garantías de la información sobre sostenibilidad;
– especificar con más detalle la información que deben comunicar las empresas y exigirles que informen de conformidad con las normas obligatorias de la UE en materia de información sobre sostenibilidad;
– garantizar que toda la información se publique como parte de los informes de gestión de las empresas y se divulgue en un formato digital legible por máquina.
• Coherencia con otras políticas de la Unión
La presente propuesta contribuye a la culminación de la Unión de los Mercados de Capitales, al permitir a los inversores y otras partes interesadas acceder a información comparable sobre sostenibilidad de las empresas en las que se invierte en toda la UE. Como parte del plan de acción sobre la Unión de los Mercados de Capitales [COM (2020) 590 final], la Comisión presentará una propuesta legislativa para crear una plataforma de acceso digital a escala de la UE a la información pública financiera y de sostenibilidad de las empresas [Punto de Acceso Único Europeo (PAAS)]. La presente propuesta complementa dicha iniciativa, contribuyendo a la consecución de los objetivos de la Estrategia de Finanzas Digitales para la UE [COM (2020) 591 final], al exigir que la información sobre sostenibilidad notificada se etiquete digitalmente.
La presente propuesta tiene en cuenta el programa de trabajo de la Comisión para 2021, en particular la próxima iniciativa sobre gobernanza empresarial sostenible, y el compromiso de la Comisión en el Pacto Verde Europeo de intensificar la acción contra las falsas declaraciones ecológicas y de apoyar a las empresas y otras partes interesadas en el desarrollo de prácticas normalizadas de contabilidad del capital natural en la UE e internacionalmente.
Esta propuesta está relacionada con la propuesta de la Comisión de reforzar la aplicación del principio de igualdad de retribución para un mismo trabajo o un trabajo de igual valor entre hombres y mujeres, a través de la transparencia salarial y los mecanismos de aplicación. También se relaciona con la propuesta de Directiva sobre la mejora del equilibrio de género en los consejos de administración de las grandes empresas cotizadas de la UE mediante el intercambio de información sobre las políticas de diversidad de las empresas.
Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/efrag-reaches-another-milestone-with-draft-esrs-standards/