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El multiplicador criptográfico


El multiplicador criptográfico

Los tipos de cambio de las criptomonedas son altamente volátiles. Este documento proporciona información sobre la fuente de esta volatilidad mediante el desarrollo del concepto de un «multiplicador criptográfico», que mide la respuesta de equilibrio de la capitalización de mercado de una criptomoneda para agregar entradas y salidas de los fondos de los inversores. El multiplicador criptográfico toma valores altos cuando una gran parte de las monedas de una criptomoneda se mantiene como una inversión en lugar de ser utilizada como medio de pago. La evidencia empírica muestra que el número de monedas mantenidas con el propósito de realizar pagos es bastante pequeño para las principales criptomonedas, lo que sugiere grandes multiplicadores criptográficos. El análisis explica por qué los anuncios de grandes inversores, el respaldo de celebridades o las crisis financieras pueden dar lugar a movimientos sustanciales de precios.

Introducción

La prevalencia de las grandes fluctuaciones en los precios de las criptomonedas ha sido bien documentada. La situación es más acentuada para las criptomonedas más pequeñas, pero incluso las más grandes y establecidas exhiben niveles de volatilidad que superan con creces el de las monedas soberanas. La desviación estándar de las variaciones porcentuales diarias de los tipos de cambio de varias monedas frente al dólar estadounidense. Las desviaciones estándar diarias para los tipos de cambio de las criptomonedas ocasionalmente superan un nivel del 10 por ciento. Las de las principales monedas fiduciarias (es decir, las monedas oficiales) se mantienen por debajo de un nivel del 1% la mayor parte del tiempo.

Muchos factores contribuyen a los altos niveles de volatilidad en los tipos de cambio de las criptomonedas, incluida la oferta inelástica y la relativa facilidad con la que se puede cambiar entre ellas. Si bien estos documentos identifican circunstancias que conducen a una alta volatilidad, no son útiles para comprender las relaciones estructurales entre la volatilidad y los motivos de los titulares de monedas. Tampoco explican por qué los precios de las criptomonedas responden tan dramáticamente a los anuncios de los principales titulares de divisas, el respaldo de celebridades o eventos como el colapso de Silicon Valley Bank.

En este estudio, mostramos que la alta volatilidad del tipo de cambio puede entenderse bien a través de la lente de un «multiplicador criptográfico» que mide la respuesta de equilibrio de la capitalización de mercado de una criptomoneda a las entradas y salidas agregadas de los fondos de los inversores. Sobre la base de la ecuación cuantitativa, derivamos el valor del multiplicador criptográfico como una relación simple que toma valores altos sin límite superior cuando una gran parte de las monedas de una criptomoneda se mantiene como una inversión en lugar de usarse como medio de pago. La evidencia empírica demuestra que el número de monedas mantenidas con el propósito de realizar pagos es bastante pequeño para las principales criptomonedas, lo que sugiere grandes multiplicadores criptográficos. Estos grandes multiplicadores criptográficos ayudan a explicar las altas elasticidades de precios de la demanda de criptomonedas de los inversores que se encuentran en el trabajo empírico. Nuestro análisis sugiere que es probable que la volatilidad relativamente alta de las criptomonedas en comparación con las monedas fiduciarias se mantenga a menos que el caso de uso principal de una criptomoneda pase de ser un vehículo de inversión a ser un medio de pago.

Derivación del multiplicador criptográfico

Las criptomonedas no sirven como unidad de cuenta

Para comprender la volatilidad de las criptomonedas, es importante reconocer que generalmente no sirven como unidad de cuenta. El número de monedas que uno debe pagar al realizar una compra con criptomoneda generalmente depende de un precio que se publica en dinero fiduciario (por ejemplo, dólares o euros) y el último tipo de cambio disponible de la criptomoneda.

Los precios de los productos y servicios en criptomonedas tienden a ser perfectamente flexibles con respecto a los cambios en el tipo de cambio de la criptomoneda. Considere un concesionario de automóviles que estaría dispuesto a aceptar un pago de dos bitcoins por un automóvil con un precio de $ 60,000 dado un tipo de cambio actual de $ 30,000 por bitcoin. Si el tipo de cambio de bitcoin cayera a $ 20,000 por bitcoin, entonces el concesionario generalmente aumentaría el número de bitcoins que uno tiene que pagar de dos a tres bitcoins, dejando el precio de $ 60,000 sin cambios. La cantidad de monedas que uno debe pagar al pagar con criptomonedas tiende a ajustarse completamente a los cambios en el tipo de cambio de la criptomoneda, mientras que los precios de los bienes y servicios en términos de dinero fiduciario tienden a no verse afectados. El dinero fiduciario actúa como la unidad de cuenta a pesar de que la criptomoneda puede ser el medio de pago.

La tecnología de telecomunicaciones permite a cualquier tienda actualizar el número de monedas que el cliente debe pagar casi en tiempo real cuando el cliente llega a la caja para pagar. Al aceptar un pago de criptomoneda, una tienda simplemente calcula el número de monedas que el cliente debe pagar, dividiendo el valor de la compra en dinero fiduciario, por el último tipo de cambio disponible de la criptomoneda.

Es común que las tiendas confíen en proveedores de servicios de pago externos para hacer estos cálculos y aceptar pagos de criptomonedas para ellos, de modo que los propietarios de tiendas no necesiten manejar directamente los pagos de criptomonedas y, en cambio, reciban moneda fiduciaria en sus cuentas bancarias. Muchos modelos económicos se basan implícita o explícitamente en la observación de que las criptomonedas no se utilizan como unidad de cuenta.

La ecuación del tipo de cambio

La observación de que las criptomonedas no se utilizan como unidad de cuenta tiene implicaciones para el tipo de cambio de las criptomonedas. Estos pueden demostrarse utilizando la versión clásica de transacción de la llamada ecuación cuantitativa.

La ecuación de cantidad establece que el valor total de todos los pagos realizados con una determinada moneda dentro de un período (el lado izquierdo) debe ser igual a la cantidad de esa moneda que cambió de manos durante los pagos (el lado derecho). En el contexto de una criptomoneda, los símbolos en el lado izquierdo se interpretan como el número promedio de monedas pagadas por pago, multiplicado con el número de pagos realizados con esa criptomoneda. Los símbolos en el lado derecho representan el número total de monedas existentes, multiplicado por la frecuencia con la que las monedas se usaron en promedio para realizar un pago dentro del período. La ecuación cuantitativa se deriva inmediatamente de la definición de velocidad (dividir ambos lados por M para ver por qué) y es válida para cualquier objeto que actúe como medio de pago.

La velocidad de todas las monedas existentes puede considerarse como una combinación de las velocidades de diferentes grupos de monedas. La velocidad de todas las monedas existentes, V, se puede calcular como un promedio ponderado de la velocidad de las monedas que se utilizan para realizar pagos dentro de un período, digamos V, y la velocidad de las monedas que no se utilizan para realizar pagos dentro de un período (denote el número de estas monedas por Z). La velocidad de este último grupo de monedas es cero por definición.

Uno puede pensar libremente en Z como un reflejo de las monedas que se mantienen solo como una reserva de valor. Estos podrían reflejar tenencias de inversión (o, si lo prefiere, tenencias especulativas), así como monedas apostadas para criptomonedas como Ethereum.

Si las criptomonedas se utilizan como medio de pago, pero no como unidad de cuenta, entonces es posible utilizar la ecuación cuantitativa para obtener una ecuación para el tipo de cambio de las criptomonedas. Uno puede hacerlo usando (1) y (3) para reemplazar, respectivamente, P y MV en la ecuación de cantidad. Esto produce la ecuación del tipo de cambio para las criptomonedas como

donde TP$ se reescribe convenientemente como T$ para reflejar el valor en dólares de los pagos de criptomonedas (el número de compras pagadas con criptomoneda multiplicado por el valor promedio de las compras en dólares).

La ecuación del tipo de cambio tiene una interpretación directa como la relación entre la demanda transaccional, es decir, el valor de las monedas necesarias para procesar los pagos medidos en términos de dólares, y el número de monedas disponibles para procesar los pagos. La ecuación del tipo de cambio es una implicación inmediata de la definición de velocidad y el hecho estilizado de que las criptomonedas no sirven como unidad de cuenta.

Al agregar dos observaciones adicionales, la ecuación se puede usar para explicar el impacto de las entradas y salidas de fondos de los inversores en el tipo de cambio de una criptomoneda. Primero, el suministro de la mayoría de las criptomonedas está determinado por un protocolo que no responde a las condiciones del mercado. En segundo lugar, parece razonable asumir como una aproximación de primer orden que un cambio en el número de monedas que se mantienen solo como una reserva de valor no afectará permanentemente la demanda transaccional de una criptomoneda en términos de dinero fiduciario.2 Estas dos observaciones implican que los cambios en Z afectan el tipo de cambio, pero no los valores de equilibrio de M, T$ y V*. La ecuación del tipo de cambio nos informa que el tipo de cambio debe aumentar cuando los inversores compran monedas para que haya menos monedas disponibles para pagos.

El multiplicador criptográfico

El tipo de cambio en la Ecuación se puede utilizar para derivar el impacto cuantitativo de los inversores que inundan o huyen de los mercados de criptomonedas, lo que afecta el número de monedas mantenidas como reserva de valor. En particular, la ecuación revela que la capitalización de mercado de una criptomoneda responde más fuertemente a las fluctuaciones en las tenencias de inversión cuando se utilizan menos monedas de esa criptomoneda para realizar pagos.

Considere el multiplicador criptográfico que se define como el cambio en dólares en la capitalización de mercado de equilibrio de una criptomoneda en respuesta a un solo dólar de entradas o salidas agregadas de fondos de los inversores. Este multiplicador se puede derivar de la ecuación del tipo de cambio como

El multiplicador criptográfico es igual a la relación entre el número total de monedas existentes y el número de monedas que se utilizan para realizar pagos. Si todas las monedas se usaran para realizar pagos, de modo que Z = 0, entonces el multiplicador criptográfico sería igual a M / M = 1. Se espera que la entrada de un solo dólar de los fondos agregados de los inversores aumente la capitalización de mercado de la criptomoneda en aproximadamente un solo dólar. Por el contrario, si el número de monedas utilizadas para los pagos fuera solo el 5 por ciento de las monedas existentes, entonces el multiplicador criptográfico sería igual a 1 / 0.05 = 20. En esta situación, el cambio en la capitalización de mercado de la criptomoneda sería aproximadamente hasta 20 veces la entrada o salida agregada en los fondos de los inversores. Cabe destacar que el multiplicador criptográfico toma valores de al menos uno, por lo que la capitalización de mercado debe cambiar en una cantidad mayor que la entrada o salida agregada de los fondos de los inversores.

Los datos de blockchain sugieren que el multiplicador debe ser grande para las criptomonedas populares. Más del 75 por ciento de los bitcoins se mantienen en direcciones que no se utilizaron en los últimos 6 meses. Para Ethereum, el número equivalente es de alrededor del 60 por ciento. Uno puede considerar estos números como límites inferiores para la fracción de monedas que se mantuvieron solo como una reserva de valor.4 Para las monedas restantes que estuvieron activas en los últimos 6 meses, no está claro si realmente se usaron para realizar pagos reales porque las actividades de inversión también pueden desencadenar actividad en la cadena de bloques. En otras palabras, la mayoría de las monedas para criptomonedas como Bitcoin y Ethereum se mantienen como una reserva de valor.

La relación entre la volatilidad de los tipos de cambio de una criptomoneda y el número de monedas mantenidas por motivos de almacenamiento de valor se ilustra en la proporción de monedas mantenidas como reserva de valor se representa por la proporción de valor en direcciones que contienen más del 0,1 por ciento de la capitalización de mercado de la moneda. La proporción de monedas mantenidas como reserva de valor está representada por la fracción de monedas mantenidas en el 1 por ciento superior de las direcciones de criptomonedas. Aunque estas medidas son imperfectas, el argumento para utilizarlas como sustitutos del motivo de reserva de valor es que es poco probable que se mantengan cuentas tan grandes con el fin de realizar pagos. En ambos casos, hay signos cautelosos de una relación ascendente entre el proxy y la volatilidad, lo que es consistente con la observación de que el multiplicador criptográfico aumenta a medida que crece la proporción de monedas mantenidas como almacén de valor.

El multiplicador criptográfico puede amplificar sustancialmente el impacto del tipo de cambio de los movimientos significativos de los participantes del mercado en la capitalización de mercado de las criptomonedas. Por ejemplo, el tipo de cambio de la criptomoneda de Ripple se desplomó más del 40 por ciento después de que uno de los fundadores anunciara su intención de liquidar todas sus tenencias en mayo de 2014. Otro ejemplo es el tipo de cambio de Dogecoin aumentando en un 50 por ciento en torno al tweet de Elon Musk de que Dogecoin «podría ser mi criptomoneda favorita» en abril de 2019. Los respaldos de celebridades de pequeñas criptomonedas, como la promoción de Ethereum Max por Kim Kardashian en junio de 2021, también fueron seguidos por movimientos significativos de precios. Es probable que tales eventos hayan atraído a personas que buscaban oportunidades de inversión en lugar de una nueva forma de realizar pagos.

El multiplicador criptográfico con demanda transaccional endógena

El multiplicador criptográfico se derivó bajo el supuesto de que, en equilibrio, la demanda transaccional de una criptomoneda no depende del número de monedas que se mantienen solo como una reserva de valor. Esta suposición es difícil de probar empíricamente porque la demanda transaccional y las tenencias especulativas no se observan directamente. Parece plausible que los grandes cambios de los especuladores dentro o fuera de una criptomoneda puedan causar suficiente atención que afecte el entusiasmo por una criptomoneda y, por lo tanto, la adopción de esa criptomoneda para los pagos. Alternativamente, los especuladores que acuden en masa a una criptomoneda podrían estar asociados con un aumento en las tarifas de transacción y, por lo tanto, el costo de pagar con esa criptomoneda. Como se mencionó anteriormente, estos impactos serán intrascendentes para la demanda transaccional en equilibrio si son temporales. En la medida en que tengan efectos permanentes, podemos cuantificar su impacto en el multiplicador criptográfico. La siguiente ecuación calcula el multiplicador criptográfico al tiempo que permite una respuesta endógena de la demanda transaccional:

Se basa solo en dos supuestos: (i) el número de monedas que uno debe pagar al realizar una compra con criptomoneda depende solo del precio en dinero fiduciario y del último tipo de cambio disponible, y (ii) el número total de monedas que existe no se ve afectado por la demanda especulativa.

El multiplicador criptográfico con demanda transaccional endógena tiene un término adicional. El signo de este término dependerá de si la relación entre las tenencias especulativas y la demanda transaccional es positiva o negativa. Si es positivo, entonces el multiplicador criptográfico será mayor que antes, lo que significa que el impacto de los cambios en las tenencias especulativas en el tipo de cambio sería aún mayor. Si las tenencias especulativas resultan en un cambio negativo permanente en la demanda transaccional, entonces el multiplicador criptográfico sería más pequeño que antes.

Un aspecto interesante es identificar las condiciones bajo las cuales el multiplicador criptográfico es mayor que uno: en este caso, una entrada o salida de un dólar de fondos de los inversores cambiaría la capitalización de mercado en más de un dólar. Podemos derivar que el multiplicador criptográfico es mayor que uno siempre que

Esto parece una condición muy débil. La condición se mantiene siempre si el impacto permanente de las tenencias especulativas en la demanda transaccional es positivo. Incluso si el impacto permanente fuera negativo, debe ser lo suficientemente fuerte como para que el multiplicador criptográfico sea menor que uno. Más precisamente, para que el multiplicador criptográfico sea más pequeño que uno, se requeriría una entrada de dólares de los fondos de los inversores para reducir permanentemente la demanda transaccional en más de la fracción de monedas mantenidas como reserva de valor, lo cual es sustancial para las principales criptomonedas.

Implicaciones adicionales

Nuestros hallazgos justifican la precaución al evaluar el valor de las tenencias de bloques en criptomonedas, particularmente cuando se aceptan como garantía. El multiplicador criptográfico predice que es probable que la liquidación de una gran posición especulativa tenga un impacto significativo en los precios a menos que la posición sea absorbida por otros especuladores. En otras palabras, el valor de liquidación de las tenencias en bloque puede ser sustancialmente inferior al valor de las monedas al precio de mercado vigente.

Una ilustración es el escenario que siguió después de que uno de los fundadores de Ripple anunciara públicamente la venta de todas sus tenencias de la criptomoneda XRP emitida por Ripple en mayo de 2014. El cofundador, que ya no trabajaba para la compañía, indicó que hizo este preanuncio público por razones de transparencia y un «inmenso respeto por los miembros de la comunidad». El tipo de cambio de la criptomoneda de Ripple se desplomó más del 40 por ciento después del anuncio a pesar de que el cofundador tenía como máximo el 9 por ciento de las monedas. Ripple, que dependía de la venta de monedas como fuente de ingresos, parecía haber sido muy consciente del impacto en los precios de liquidar una posición tan grande. La compañía firmó un acuerdo con el cofundador que le exigía distribuir las ventas de las monedas en un período que superaba los siete años. El cofundador terminó de vender sus últimas monedas en 2022.

Otro ejemplo de un episodio histórico que involucró grandes tenencias de bloques fue el preludio del colapso del intercambio de criptomonedas FTX en noviembre de 2022. Las revelaciones en un informe de noticias a principios de noviembre sugirieron que la mayor participación del fondo de cobertura criptográfico Alameda Research era una posición de 3.500 millones de dólares en la criptomoneda FTT emitida por FTX que tenía una capitalización de mercado estimada de alrededor de 5.100 millones de dólares. Un aspecto peculiar fue que Alameda Research y FTX eran propiedad mayoritaria del CEO de FTX. El fin de semana siguiente, el CEO del intercambio de criptomonedas Binance anunció que su empresa tenía la intención de liquidar sus tenencias en bloque de tokens FTT «debido a las recientes revelaciones». Estas tenencias de Binance fueron sustanciales, como lo revela una transacción de blockchain que involucró casi el 10 por ciento de los tokens FTT existentes. El impacto en el precio podría haber sido considerable, y el CEO de Alameda Research respondió casi de inmediato con una oferta para comprar las monedas en el mostrador a 22 USD, cerca del precio de mercado prevaleciente, si Binance estaba «buscando minimizar el impacto en el mercado» (Ellison, 2023). Esa oferta no fue aceptada. El precio de los tokens FTT comenzó a caer con el precio alcanzando menos de 5 USD el martes después de que los CEOs de ambos intercambios anunciaron que estaban trabajando en un acuerdo en el que Binance se haría cargo del intercambio FTX a medida que los inversores retiraran fondos de FTX en masa. Tras la inspección de los libros, Binance se retiró del acuerdo el miércoles, después de lo cual FTX solicitó protección por bancarrota el viernes.

Observación final

Proporcionamos un indicador manejable de volatilidad que se relaciona con el uso de una criptomoneda como reserva de valor por parte de los inversores criptográficos (es decir, especuladores). El indicador, que llamamos multiplicador criptográfico, proporciona la relación teórica entre la participación de una criptomoneda que se utiliza para los pagos y la respuesta del tipo de cambio de equilibrio a los cambios en los flujos agregados de los inversores. Los cambios en los flujos de inversores ocurren por una multitud de razones, algunas de las cuales pueden estar basadas en fundamentales y otras que surgen de los caprichos de personas influyentes. El punto es que, si estos flujos cambian constantemente y el multiplicador es grande, entonces veremos una alta volatilidad. Es probable que esta volatilidad se mantenga a menos que el caso de uso principal de una criptomoneda pase de ser un vehículo de inversión a un medio de pago.



Avances en la fase de investigación de un euro digital – tercer informe


Avances en la fase de investigación de un euro digital

El Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales de la zona del euro iniciaron la fase de investigación del proyecto del euro digital en octubre de 2021. La fase de investigación tiene por objeto abordar cuestiones clave relacionadas con el diseño y la distribución de un euro digital. Este informe expone los avances realizados durante la fase de investigación del proyecto del euro digital y desarrolla un tercer conjunto de opciones de diseño y distribución que fueron aprobadas recientemente por el Consejo de Gobierno del BCE.

Un enfoque colaborativo es clave para la preparación y el éxito final de un euro digital. El BCE ha colaborado ampliamente con las partes interesadas externas, como la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y los ministros de Hacienda de la zona del euro. También se mantiene un diálogo periódico sobre un euro digital con las partes interesadas del mercado a través de la Junta de Pagos Minoristas en euros (ERPB), de modo que todas las partes del mercado, incluidos los bancos, los proveedores de servicios de pago (PSP), los consumidores y los comerciantes, puedan aportar sus puntos de vista sobre las opciones de diseño y distribución identificadas por el Eurosistema.

En el segundo trimestre de 2023, la Comisión Europea tiene la intención de proponer un reglamento para establecer un euro digital. El BCE adaptará los ajustes necesarios al diseño del euro digital que puedan surgir de las deliberaciones legislativas. Al mismo tiempo, el Eurosistema deberá seguir adelante con el proyecto para estar listo para emitir el euro digital de manera oportuna una vez que se haya adoptado el acto jurídico, en caso de que el Consejo de Gobierno decida emitirlo en el futuro.

Este informe contiene las opiniones del Eurosistema sobre el acceso al euro digital, las tenencias y la incorporación, los aspectos de distribución, así como los servicios y funcionalidades digitales en euros.

Por lo que respecta al acceso digital al euro, la propuesta del Eurosistema consiste en poner el euro digital a disposición de los residentes, comerciantes y gobiernos de la zona del euro en sus publicaciones iniciales. Los ciudadanos no residentes en la zona del euro también pueden tener acceso, siempre que puedan tener una relación de cuenta con un PSP de la zona del euro. El acceso de los consumidores en el Espacio Económico Europeo (EEE) y en terceros países seleccionados podría formar parte de las liberaciones posteriores. Las personas estarían sujetas a límites de tenencia uniformes, que cubrirían los pagos diarios en cada Estado miembro de la zona del euro. Los comerciantes y los gobiernos de la zona del euro tendrían límites de retención cero, mientras que las funciones de cascada y cascada inversa permitirían que los pagos entrantes y salientes se realizaran sin problemas. La incorporación del euro digital (por ejemplo, los pasos de identificación y autorización necesarios para que los intermediarios abran una cuenta digital en euros para un usuario final) debe seguir los procedimientos ya establecidos para abrir una cuenta de pago con intermediarios.

Los proveedores de servicios de pago, tal como se definen en la Directiva sobre servicios de pago (PSD2), serían responsables de la distribución del euro digital. Por lo tanto, los criterios de acceso al régimen para los proveedores de servicios de pago que distribuyen el euro digital se basarían en la PSD2, además de en otra legislación pertinente.

Los usuarios finales podrían acceder y utilizar el euro digital a través de las aplicaciones de banca y pago en línea existentes de los PSP (enfoque integrado) o a través de una aplicación proporcionada por el Eurosistema. Esta última aplicación proporcionaría un punto de entrada armonizado para las funcionalidades básicas de pago, aunque los usuarios finales aún tendrían que incorporarse a los servicios digitales en euros mediante la distribución de PSP. En cuanto a las opciones tecnológicas para realizar pagos, el Eurosistema prevé que las primeras emisiones digitales en euros ofrezcan a los usuarios finales la opción de pagar a través de tecnología sin contacto, códigos QR o una forma fácil de pagar en línea (a través de una funcionalidad de «alias/proxy/redireccionamiento de aplicaciones»).

Por lo que respecta a los servicios y funcionalidades digitales en euros, el Eurosistema prevé que los proveedores de servicios de pago puedan prestar servicios básicos, opcionales y de valor añadido a los usuarios finales. La prestación de servicios básicos (por ejemplo, la apertura/cierre de una cuenta digital en euros, las funcionalidades de incorporación y financiación/desfinanciación), tanto para las funcionalidades en línea como fuera de línea, sería obligatoria para los intermediarios supervisados que distribuyen euros digitales. Además de los servicios básicos, los intermediarios podrían ofrecer voluntariamente servicios opcionales (por ejemplo, pagos recurrentes) y servicios de valor añadido (por ejemplo, dividir los pagos entre múltiples pagadores en pagos de persona a persona) para mejorar aún más la experiencia del usuario. Los PSP están en mejores condiciones para desarrollar servicios de valor añadido, como los pagos condicionales (definidos como pagos que se instruyen automáticamente cuando se cumplen las condiciones predefinidas).

Por lo que respecta a los pagos entre divisas, el Eurosistema prevé que la prestación de funcionalidades entre divisas podría apoyarse estableciendo la interoperabilidad entre el euro digital y otro sistema de moneda digital del banco central (CBDC), ya sea estableciendo un conjunto de vínculos contractuales, técnicos y operativos (un modelo de interconexión) o siguiendo un enfoque de sistema único en virtud del cual una infraestructura técnica común albergaría múltiples CBDC emitidas por sus respectivas centrales  bancos. La prioridad del Eurosistema es garantizar la entrega oportuna de un euro digital que satisfaga las necesidades de los usuarios de la zona del euro. Si un euro digital se introduce con éxito en la zona del euro, la provisión de funcionalidades entre divisas podría apoyarse cuando existan intereses mutuos con otras jurisdicciones monetarias.

Con la aprobación del último conjunto de opciones de diseño, se han sentado las bases para la finalización de la fase de investigación y para construir una propuesta para una posible próxima fase. El Eurosistema está revisando ahora todas las opciones de diseño y las está reuniendo en un diseño de alto nivel para el euro digital, que se debatirá con las partes interesadas en los próximos meses. El Consejo de Gobierno evaluará el resultado de la fase de investigación en otoño de 2023 y decidirá, sobre la base de esta evaluación, si pasa o no a una fase siguiente.

Este informe proporciona una actualización sobre los avances realizados en la fase de investigación del euro digital en los últimos meses. Es la continuación de informes anteriores publicados en septiembre de 2022 y diciembre de 20222 que presentaron los dos primeros conjuntos de opciones digitales de diseño y distribución del euro. Este tercer informe explica, en primer lugar, las características clave relevantes para los usuarios finales y los proveedores de servicios, como el acceso, las explotaciones y la incorporación. A continuación, examina una serie de aspectos de distribución, incluidos los criterios de acceso al esquema, el enfoque de entrega y el factor de forma. Por último, el informe describe los servicios digitales en euros y las funcionalidades avanzadas, como los servicios básicos/opcionales/de valor añadido, los pagos condicionales y la funcionalidad entre divisas.

Ha habido un compromiso activo con las partes interesadas públicas y privadas y con la sociedad en general. Las principales cuestiones de diseño y los aspectos relevantes para las políticas se debaten periódicamente a nivel europeo con el Parlamento Europeo y con los ministros de Hacienda de la zona del euro en el Eurogrupo. Los miembros del Eurogrupo y los diputados al Parlamento Europeo han expresado su apoyo al euro digital y han hecho hincapié en la naturaleza política del proyecto. También ha habido una estrecha cooperación con la Comisión Europea con vistas a revisar, a nivel técnico, una amplia gama de cuestiones políticas, jurídicas y técnicas. Existe un diálogo regular sobre el tema del euro digital con las partes interesadas del mercado a través del ERPB, de modo que todas las partes del mercado, incluidos los bancos, los proveedores de servicios de pago, los consumidores y los comerciantes, puedan ofrecer sus puntos de vista. Los profesionales del mercado en el Grupo Consultivo del Mercado Digital del Euro han estado asesorando sobre el diseño y el posible despliegue de un euro digital. A nivel de los Estados miembros, los bancos centrales nacionales de la zona del euro han colaborado con grupos de partes interesadas y foros nacionales para conocer sus puntos de vista sobre un euro digital. La Comisión Europea tiene la intención de proponer un reglamento por el que se establezca un euro digital en el segundo trimestre de 2023.

Se han considerado varias opciones de diseño en el transcurso de la fase de investigación. El acuerdo sobre el tercer conjunto de opciones de diseño descrito en este informe proporcionará la base necesaria para finalizar la fase de investigación y prepararse para una posible próxima fase. Para el segundo semestre de 2023, se espera que el Eurosistema confirme sus puntos de vista sobre un diseño digital del euro de alto nivel que incorpore todas las opciones de diseño realizadas hasta ese momento y permita llevar a cabo una revisión exhaustiva de las posibles interdependencias entre las opciones de diseño. La aprobación de este tercer conjunto de opciones de diseño no prejuzga ninguna decisión sobre si pasar a la siguiente fase del proyecto, prevista para el otoño de 2023, ni la decisión final sobre si emitir un euro digital.

Acceso digital al euro, tenencias e incorporación

El Eurosistema propone que, en sus publicaciones iniciales, el euro digital se centre en los residentes, comerciantes y gobiernos de la zona del euro. Siempre que tengan una cuenta en un PSP de la zona del euro, los ciudadanos no residentes en la zona del euro también podrían tener acceso. Se prevé que los comerciantes de fuera de la zona del euro puedan ofrecer la aceptación digital del euro a través de un PSP colector en la zona del euro. El acceso de los consumidores y comerciantes en el Espacio Económico Europeo (EEE) y en terceros países seleccionados podría formar parte de las liberaciones posteriores, en función de las normas de accesibilidad digital del euro que se establezcan en el marco legislativo.

Los servicios de incorporación del euro digital no se desviarán de los procedimientos establecidos para abrir una cuenta de pago. Esto permitirá a los PSP reutilizar la información disponible en la mayor medida posible, garantizar una fácil adopción en el mercado y reducir los costos generales de implementación.

Acceso y tenencias

Las normas de acceso al euro digital para los ciudadanos y residentes de la zona del euro, así como el acceso en los Estados miembros de la UE cuya moneda no es el euro y en terceros países no pertenecientes a la UE, también dependerán del marco legislativo para el euro digital que adopten los colegisladores a propuesta de la Comisión Europea. El Eurosistema ha respaldado sus opiniones sobre cómo podría facilitarse el acceso a las diferentes categorías de usuarios de dentro y fuera de la zona del euro, con el objetivo de facilitar casos de uso prioritarios dentro de la zona del euro.

El Eurosistema propone que en las primeras publicaciones del euro digital se haga hincapié en permitir el acceso de los residentes, comerciantes y gobiernos de la zona del euro. Los ciudadanos no residentes en la zona del euro también podrían tener acceso al euro digital, siempre que tengan una cuenta en un PSP de la zona del euro. Los comerciantes no pertenecientes a la zona del euro podrían ofrecer la aceptación digital del euro, pero, al igual que los comerciantes de la zona del euro, no deberían tener euros digitales. Obtendrían el equivalente en dinero privado a través de un PSP recaudador en la zona del euro.

El acceso de los consumidores en el Espacio Económico Europeo (EEE) y en terceros países seleccionados podría formar parte de las liberaciones posteriores. El acceso permanente al euro digital para los consumidores del EEE y de terceros países debe basarse siempre en un acuerdo con las autoridades de dichas jurisdicciones. Esto también podría aplicarse a los visitantes de jurisdicciones fuera del EEE.

Los límites de tenencia individuales para los usuarios fuera de la zona del euro no deben superar los de los residentes y ciudadanos de la zona del euro. Para las liberaciones iniciales, los comerciantes y los gobiernos de la zona del euro tendrían límites de retención cero con desviaciones limitadas a lo que se requiere para la implementación técnica de las funciones de cascada y cascada inversa (es decir, exceder los límites de retención solo durante unos segundos). Las funciones de cascada y cascada inversa permitirían que los pagos entrantes y salientes se realicen sin problemas.

Incorporación

El servicio de incorporación del euro digital se refiere a los pasos de identificación y autorización necesarios para que los intermediarios abran una cuenta digital en euros para un usuario final (consumidor o comerciante), incluida la vinculación de un instrumento de pago.

La incorporación debe garantizar que se lleven a cabo una serie de controles importantes, como «Conozca a su cliente» (es decir, la identificación única de un individuo). También deben abordarse los límites de cuentas individuales. La incorporación debe utilizar los procedimientos establecidos para abrir una cuenta de pago en la medida de lo posible, y debe obligar a los PSP a utilizar la información disponible con la mayor frecuencia posible. Esto garantiza una fácil adopción en el mercado y reduce los costos generales de implementación.

La cantidad total de euros digitales en circulación podría controlarse de manera pragmática (y en línea con la práctica actual en el sector público) limitando el número de cuentas por individuo, especialmente en la aceptación inicial. Por lo tanto, no sería necesario conciliar las tenencias individuales entre diferentes proveedores de servicios de pago. Los comerciantes podrían abrir varias cuentas digitales, ya que no tendrían activamente euros digitales y, como tales, no afectarían a la cantidad en circulación. Un procedimiento de portabilidad para las cuentas digitales en euros permitiría al usuario final cambiar fácilmente el PSP que proporciona la cuenta digital en euros. Para facilitar la portabilidad, los usuarios finales mantendrían el mismo identificador digital de cuenta en euros, independientemente de su PSP. El Eurosistema está investigando posibles procedimientos de portabilidad de emergencia.

Aspectos de distribución

Como se analizó en el segundo informe de situación, un sistema digital del euro alcanzaría el alcance de la zona del euro y garantizaría una experiencia de usuario homogénea. Un esquema digital del euro establecería un conjunto común de reglas, normas y procedimientos que los intermediarios supervisados tendrían que cumplir para distribuir el euro digital. El Eurosistema está trabajando con todos los participantes en el mercado y las partes interesadas pertinentes para desarrollar un código normativo del sistema digital del euro. Los proveedores de servicios de pago tendrían que cumplir una serie de criterios de acceso al régimen que reflejaran las obligaciones jurídicas que tendrían que cumplir a efectos de la distribución del euro digital. Los PSP, tal como se definen en la PSD2, serían responsables de la distribución del euro digital. Los criterios de acceso al régimen para los proveedores de servicios de pago que distribuyen euros digitales se basarían en la DSP2, además de en otra legislación pertinente.

Los usuarios finales podrían acceder y utilizar el euro digital a través de las aplicaciones de banca y pago en línea existentes de los proveedores de servicios de pago (enfoque integrado) o a través de una aplicación digital en euros proporcionada por el Eurosistema. Si bien esta última aplicación proporcionaría un punto de entrada armonizado para las funcionalidades básicas de pago, estas funcionalidades de pago seguirían siendo realizadas por los PSP. En cuanto a las opciones tecnológicas para realizar pagos, el Eurosistema prevé que los usuarios finales puedan pagar/recibir pagos a través de tecnología sin contacto, códigos QR o una forma fácil de pagar en línea.

Criterios de acceso al esquema

Los criterios de acceso al régimen del euro digital deben garantizar que la distribución del euro digital sea realizada por intermediarios capaces y que facilite la consecución de los objetivos de la política del euro digital. Los proveedores de servicios de pago que distribuyan el euro digital tendrían que cumplir una serie de criterios de acceso al régimen que reflejaran las obligaciones jurídicas que tendrían que cumplir a efectos de la distribución del euro digital. También tendrían que cumplir otras normas diseñadas para garantizar el grado de armonización deseado, de modo que las soluciones de pago para el euro digital puedan utilizarse en cualquier lugar y de manera coherente en toda la zona del euro. La distribución del euro digital debe ser realizada por intermediarios fiables y sólidos que tengan la capacidad de ofrecer cuentas digitales en euros y servicios de pago y ofrecer soluciones iniciales; están sujetos a controles y sanciones relacionados con la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo; son solventes con arreglo al régimen de la insolvencia pertinente, demuestran su disponibilidad operacional y control de riesgos; y están autorizados y autorizados por una autoridad competente apropiada y cumplen con toda la legislación aplicable.

El Eurosistema considera que los PSP, tal como se definen en la PSD2, serían los más indicados para distribuir el euro digital. Los criterios de acceso al régimen digital del euro se basarían en la DSP2, además de en otros actos legislativos pertinentes (por ejemplo, la Directiva contra el blanqueo de capitales, la Directiva sobre cuentas de pago y la Directiva sobre la firmeza de la liquidación). La sugerencia del Eurosistema es que los diferentes tipos de PSP, tal como se identifican en la PSD2, estén autorizados a prestar servicios digitales en euros de conformidad con los servicios para los que están actualmente autorizados en virtud de la PSD2. Así, los siguientes PSP podrían distribuir el euro digital: entidades de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pago. Podrían ofrecer servicios digitales de pago en euros, proporcionar cuentas digitales en euros, poner a disposición interfaces de programación de aplicaciones (API) para las cuentas digitales en euros y ofrecer servicios básicos asociados al euro digital (para obtener una lista completa de servicios, véase la lista de servicios prevista en la DSP2).

Enfoque de entrega y factor de forma

Los usuarios finales podrían acceder y utilizar el euro digital a través de las aplicaciones de banca y pago en línea existentes de los proveedores de servicios de pago o a través de una aplicación proporcionada por el Eurosistema que ofrecería un punto de entrada armonizado para las funcionalidades básicas de pago proporcionadas por los proveedores de servicios de pago. Los intermediarios supervisados podrían integrar el euro digital en sus propias plataformas (enfoque integrado). De esta manera, los usuarios podrían acceder fácilmente al euro digital a través de las aplicaciones bancarias y las interfaces con las que ya están familiarizados. Además, el Eurosistema desarrollaría una aplicación digital del euro con una apariencia homogénea que facilitaría un enfoque normalizado para conectar a los usuarios finales con los intermediarios (enfoque armonizado del punto de entrada). La aplicación ofrecería funcionalidades básicas de pago digital en euros y se conectaría con los sistemas de los intermediarios. Este doble enfoque beneficiaría a los usuarios finales al ofrecerles una mayor elección. Al mismo tiempo, los intermediarios conservarían la capacidad de construir su propia solución integrada y atraerían clientes a través de servicios de valor añadido, dependiendo de su modelo de negocio específico. Para los intermediarios nuevos o más pequeños, la aplicación digital del euro podría facilitar una adopción más rápida del euro digital. En lugar de llevar a cabo su propio desarrollo en su capa de pago front-end para el euro digital, podrían aprovechar la aplicación. Para los consumidores, la aplicación respondería a las preferencias de aquellos individuos que piden un canal de acceso independiente donde las funcionalidades básicas estén disponibles, de acuerdo con los deseos expresados por las asociaciones de consumidores y los grupos focales.

El llamado factor de forma es la herramienta tecnológica que permite al pagador y al beneficiario interactuar e intercambiar detalles de pago. A fin de garantizar que todos los ordenantes puedan pagar con euros digitales a todos los beneficiarios de la zona del euro, independientemente de los intermediarios implicados, es fundamental que exista una interacción técnica armonizada y normalizada entre el ordenante y el beneficiario cuando se utilice el euro digital.

Para los pagos en tienda (caso de uso en el punto de venta), se prevén pagos sin contacto con código QR y NFC. Los pagos basados en códigos QR podrían implementarse más fácilmente que la tecnología de comunicación de campo cercano (NFC), ya que los códigos QR implican menos complejidades en términos de estándares y procesos de certificación. Además, no hay dependencias de los fabricantes de dispositivos móviles, lo que garantiza la accesibilidad independientemente del tipo de dispositivo, lo que no es el caso de NFC. Los códigos QR también fomentarían una nueva infraestructura europea como alternativa a la infraestructura existente de rieles de tarjetas, contribuyendo a la resiliencia general de los pagos europeos. En términos de innovación, la flexibilidad de los códigos QR ofrece más opciones para la innovación futura, así como el alcance de los servicios de valor añadido, ya que facilita la adición de una capa adicional de información en el código QR (por ejemplo, más información sobre los bienes comprados). Sin embargo, la tecnología NFC proporciona una experiencia de usuario final muy conveniente con la que los consumidores de la zona del euro ya están familiarizados. Además, NFC es la única tecnología generalizada que podría facilitar el desarrollo de un método de pago fuera de línea conveniente mediante la introducción de una tarjeta física para el euro digital, lo que podría fomentar la inclusión financiera. Las nuevas tecnologías para la iniciación de pagos se supervisarían y podrían adoptarse en una etapa posterior, si se demuestra que proporcionan beneficios a los usuarios finales.

Las personas pueden usar tecnología sin contacto, códigos QR o un alias/proxy al realizar pagos de persona a persona (P2P). Si tanto el pagador como el beneficiario están presentes («pago P2P local»), el pago se puede facilitar fácilmente a través de la tecnología NFC física o códigos QR que evitarían que el beneficiario tenga que compartir datos personales, como su número de teléfono móvil o dirección de correo electrónico, con el pagador. Una funcionalidad de alias / proxy podría facilitar los pagos P2P remotos cuando el beneficiario no puede usar fácilmente la tecnología NFC o compartir su código QR directamente con el pagador.

Con respecto a los pagos de comercio electrónico, se dispondría de un código QR y de una funcionalidad de alias/proxy. Se puede mostrar un código QR en la página de pago y el consumidor puede simplemente escanearlo con un teléfono inteligente para activar el pago. Cuando se opera en un solo dispositivo en el comercio electrónico (por ejemplo, al comprar en línea con un teléfono inteligente), una funcionalidad de alias / proxy ofrecería una experiencia de usuario final más conveniente, ya que no sería posible mostrar y escanear un código QR en el mismo dispositivo.

Servicios y funcionalidades digitales del euro

Los intermediarios supervisados podrían prestar una variedad de servicios digitales en euros a los usuarios finales y aprovechar las funcionalidades avanzadas del euro digital. Todos los proveedores de servicios de pago que distribuyan euros digitales a los usuarios finales deberán prestar un conjunto de servicios básicos, mientras que los intermediarios supervisados podrían ofrecer voluntariamente servicios opcionales y de valor añadido para mejorar aún más el producto principal y mejorar la experiencia del usuario final. Los intermediarios supervisados deben facilitar los pagos condicionales en euros digitales.

El Eurosistema tiene previsto apoyar las funcionalidades entre divisas. La prioridad del Eurosistema es garantizar la entrega oportuna de un euro digital que satisfaga las necesidades de los usuarios de la zona del euro. Si un euro digital se introduce con éxito en la zona del euro, podría apoyarse la provisión de funcionalidades entre divisas cuando existan intereses mutuos con otras jurisdicciones monetarias.

Servicios básicos, opcionales y de valor añadido

Los servicios básicos pueden definirse como aquellos servicios imprescindibles desde el principio que darían forma al producto principal del euro digital desde la perspectiva del usuario final. Todos los intermediarios supervisados que distribuyan euros digitales estarían obligados a prestar estos servicios básicos a los usuarios finales, tanto para la funcionalidad en línea como fuera de línea. El conjunto de servicios básicos incluye: i) la apertura de una cuenta digital en euros, la incorporación y «Conozca a su cliente»; ii) cierre de una cuenta digital en euros y baja de usuarios finales; iii) gestión de instrumentos de pago (suministro y mantenimiento); iv) vincular la cuenta digital en euros a una cuenta de pago; v) procesos de gestión del ciclo de vida de los usuarios; 26 vi) financiación (manual y automatizada); vii) cascada inversa; viii) desfinanciación (manual y automatizada); ix) cascada; x) iniciación de operaciones (operaciones puntuales); xi) autenticación; xii) confirmación de pago/notificación de rechazo; xiii) reembolsos; y xiv) gestión de controversias/excepciones.

Los intermediarios supervisados podrían ofrecer servicios opcionales para mejorar el producto principal y mejorar la experiencia de los usuarios. La prestación de tales servicios sería voluntaria para los intermediarios supervisados. El desarrollo y la prestación de servicios opcionales por parte de intermediarios estarían respaldados por el Eurosistema a través del código normativo del sistema digital del euro y/o mediante el desarrollo de funcionalidades de fondo. Se apoyaría el siguiente conjunto de servicios opcionales: i) acceso a una cuenta digital en euros de la que sea titular otro intermediario (servicio de información sobre cuentas); ii) pagos periódicos; iii) pago por uso habilitado mediante autorización previa; y iv) activar el inicio de un pago desde una cuenta digital en euros de otro intermediario (servicio de iniciación de pagos). El Eurosistema espera que la lista de servicios básicos y opcionales evolucione con el tiempo a medida que el mercado desarrolle nuevos servicios.

El desarrollo de servicios de valor añadido se dejará plenamente en manos del mercado. A modo de ejemplo, los servicios de valor añadido podrían mejorar aún más la experiencia del usuario final a través de servicios como los servicios de entrega frente a los servicios de pago y la división de pagos entre múltiples pagadores en pagos P2P («división de la factura»). El mercado sería libre de desarrollar sus propias plataformas y soluciones para estos servicios, ya que el Eurosistema no desempeñaría un papel en la definición de normas para ellos, ni prevería características específicas en el back-end.

Pagos condicionales

En el ámbito del proyecto digital en euros, los pagos condicionales se refieren a los pagos que se instruyen automáticamente cuando se cumplen las condiciones predefinidas. Los pagos condicionales son una categoría amplia que incluye tanto servicios opcionales como servicios de valor añadido.

Los pagos condicionales no deben confundirse con dinero programable, que se ha excluido ex ante para casos de uso ahora y en el futuro. El dinero programable implicaría que las unidades de euros digitales se utilizaran solo para comprar tipos específicos de bienes y / o servicios, o para comprarlos solo dentro de un cierto período / geografía. El dinero programable contradice los principios rectores del euro digital respaldados por el Consejo de Gobierno, ya que no se puede garantizar la convertibilidad a la par con otras formas de la moneda. Por lo tanto, el Eurosistema ha llegado a la conclusión de que un euro digital nunca sería dinero programable.

Los intermediarios supervisados son los más indicados para desarrollar servicios de pago condicional. Los pagos condicionales son un espacio en desarrollo e innovador en los pagos digitales: los intermediarios supervisados son conscientes de la dinámica del mercado y pueden responder de manera flexible a las necesidades de los clientes. El Eurosistema podría apoyar el desarrollo y la prestación de servicios de pago condicional, pero los intermediarios siempre podrían desarrollar sus propias funcionalidades de pago condicional en euros digitales sin recurrir al apoyo del Eurosistema.

El Eurosistema tiene la intención de apoyar la provisión de pagos condicionales por parte del mercado de dos maneras. En primer lugar, las normas comunes del régimen podrían facilitarse a través del código normativo digital del régimen del euro, si así lo solicita el mercado. Las normas comunes podrían ayudar a los intermediarios a desarrollar y ejecutar su propia lógica empresarial, ya sea en sus sistemas informáticos individuales o mediante procesadores de su propiedad colectiva.30 En segundo lugar, el Eurosistema podría proporcionar funcionalidades de liquidación adicionales en la infraestructura digital de back-end del euro, en particular una funcionalidad de «reserva de fondos», que sería necesaria para la prestación segura de algunos servicios de pago condicional a los usuarios finales.

Funcionalidades entre divisas

Los pagos minoristas entre divisas son transacciones entre el ordenante y el beneficiario que incluyen una conversión entre divisas como parte de la cadena de pagos. Esto serviría, por ejemplo, para casos de uso de comercio internacional minorista y remesas.

Los pagos entre divisas a menudo dependen de una larga cadena de intermediarios. Como resultado, los procesos son ineficientes para la economía, opacos para los usuarios finales y riesgosos para el sistema financiero. A la luz de estos obstáculos, el G20 ha incluido los pagos entre divisas en CBDC entre las posibles soluciones al problema de ofrecer transacciones más transparentes y eficientes. El Eurosistema ha tomado como base el trabajo internacional realizado en el G-20 sobre posibles modelos de pagos entre divisas en CBDC como base de referencia comúnmente acordada y entendida en toda la comunidad de bancos centrales.

El Eurosistema prevé apoyar el suministro de funcionalidades entre divisas. La prioridad del Eurosistema es garantizar la entrega oportuna de un euro digital que satisfaga las necesidades de los usuarios de la zona del euro. Si un euro digital se introduce con éxito en la zona del euro, podría apoyarse el suministro de funcionalidades entre divisas cuando existan intereses mutuos con otras jurisdicciones monetarias.

El Eurosistema está investigando enfoques que podrían apoyar el suministro de funcionalidades entre divisas cuando existan intereses mutuos con otras jurisdicciones monetarias. Hay compensaciones entre las ganancias de eficiencia y la complejidad para cada enfoque, lo que los hace adecuados para diferentes pares de divisas, ya que no son mutuamente excluyentes. El enfoque más realista para las economías avanzadas sería utilizar un modelo de interconexión, vinculando el euro digital y otro sistema CBDC a través de un conjunto de acuerdos contractuales, vínculos técnicos, normas y componentes operativos, lo que permitiría a los participantes realizar transacciones entre sí sin participar en ambos sistemas. A nivel regional, en la AEMA podría ser valioso un enfoque de sistema único basado en una infraestructura técnica común que albergue múltiples CBDC emitidas por múltiples entidades. Esto requeriría el desarrollo de capacidades multidivisa en el back-end digital del euro. El Eurosistema sigue investigando si debe añadir la capacidad multidivisa al back-end digital del euro, y también está colaborando con otros bancos centrales para explorar en qué medida otras jurisdicciones están interesadas en establecer la interoperabilidad entre divisas.

Un caso de uso para los pagos entre divisas se centraría en los pagos P2P y de consumidor a empresa. Los casos iniciales de uso de divisas cruzadas podrían incluir pagos P2P en CBDC con conversión de divisas y usuarios digitales en euros que compran bienes y servicios de un comerciante en línea fuera de la zona del euro con conversión de moneda (es decir, comercio electrónico) o pagos en tiendas que facilitan un enfoque omnicanal con conversión de moneda.

Próximos pasos

El tercer conjunto de opciones de diseño aprobado por el Consejo de Gobierno y debatido en el presente informe contribuirá al diseño general del euro digital. Más adelante en la primavera de 2023, el Eurosistema presentará un diseño global de alto nivel para un euro digital, que incluirá todas las opciones y elementos de diseño descritos en el presente informe y en los dos informes anteriores. El diseño se debatirá con los responsables políticos de la UE y las partes interesadas pertinentes del mercado. Los resultados de la investigación adicional de grupos focales, el ejercicio de creación de prototipos y la investigación de mercado proporcionarán información adicional.

Paralelamente, el Eurosistema continúa con su análisis de las opciones de distribución y el desarrollo de un código normativo para un esquema digital del euro. El proyecto del euro digital presentó algunos principios básicos propuestos para un modelo de compensación de un euro digital a las partes interesadas externas para que recibieran su opinión en febrero de 2022. También se está trabajando en el detalle de un posible enfoque de despliegue para un euro digital, incluido un análisis del esfuerzo de implementación y los plazos. Además, el BCE nombró a un gestor del código normativo en diciembre de 2022 y creó el Grupo de Desarrollo del Libro de Normas en febrero de 2023. El objetivo del Grupo es apoyar la redacción de un reglamento para un esquema digital del euro, obtener información del mercado y obtener una perspectiva de la industria.

El Eurosistema seguirá colaborando activamente con un gran número de partes interesadas durante el resto de la fase de investigación. Esto incluirá el diálogo con la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y los ministros de Hacienda de los países de la zona del euro. Paralelamente, habrá un amplio compromiso con las partes interesadas del mercado para garantizar que el euro digital satisfaga las necesidades de los usuarios.

El Consejo de Gobierno revisará el resultado de la fase de investigación en otoño de 2023 y decidirá, sobre esta base, si pasa a una fase posterior del proyecto en la que podrían desarrollarse y probarse las soluciones técnicas y los acuerdos empresariales adecuados necesarios para proporcionar un euro digital. No habría ninguna decisión sobre la posible emisión de un euro digital hasta una fase posterior y esto dependería de la evolución legislativa con respecto a un reglamento para establecer y regular aspectos esenciales del euro digital. Dicho reglamento sería adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, a propuesta de la Comisión Europea. El BCE tendrá en cuenta los ajustes necesarios que puedan surgir de las deliberaciones legislativas sobre el diseño del euro digital.



La EBA publica el borrador final de las normas técnicas para el ejercicio de evaluación comparativa en 2024


Proyecto final de STI sobre supervisión

Evaluación comparativa para el ejercicio 2024

Proyecto de normas técnicas de ejecución por las que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión en lo que respecta a la evaluación comparativa de los modelos internos

Resumen

El artículo 78 de la Directiva 2013/36/UE (DRC) exige a las autoridades competentes que lleven a cabo una evaluación anual de la calidad de los métodos internos utilizados para el cálculo de los requisitos de fondos propios. Para ayudar a las autoridades competentes en esta evaluación, la ABE calcula y distribuye valores de referencia a las autoridades competentes que permiten comparar los parámetros de riesgo de cada entidad. Estos valores de referencia se basan en los datos presentados por las entidades, tal como se establece en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión, que especifica las carteras, plantillas y definiciones de evaluación comparativa que deben utilizarse como parte de los ejercicios anuales de evaluación comparativa.

Para el ejercicio de evaluación comparativa de 2024 se han acordado los siguientes cambios con respecto a las versiones actuales del STI:

• Para la parte de la NIIF 9 (NIIF 9), siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9, los cambios propuestos en los STI sobre evaluación comparativa supervisora amplían la recopilación de datos, limitada hasta ahora a las contrapartes únicas en el cuadro 101 del anexo I, a las carteras de alto incumplimiento (HDP), es decir, las exposiciones corporativas de pymes y minoristas, a partir del ejercicio 2024 en adelante (con una extensión completa de los HDP prevista para el próximo STI para el ejercicio de 2025).

• Para el riesgo de crédito (RC), se agrega un número limitado de carteras HDP, de modo que las plantillas CR e IFRS9 se relacionan con un conjunto común de carteras para las cuales se deben informar las métricas especificadas en las diferentes plantillas. Además, en el anexo 4 se suprime la referencia al campo de datos COREP relativo a los valores de garantía.

• Para el riesgo de mercado (MR), se introducen plantillas e instrucciones para los dos componentes restantes (cargo por riesgo de incumplimiento – DRC, complemento de riesgo residual – RRAO) del método estándar alternativo (ASA), junto con modificaciones específicas a las plantillas e instrucciones existentes de la colección de métodos basados en sensibilidades (SBM). Además, se añade un nuevo anexo que contiene una lista de instrumentos y carteras con el fin de probar las implementaciones de los bancos de referencia de la lógica de agregación de SBM regulatoria. Finalmente, se modificó una serie de instrumentos, para la actualización habitual de los instrumentos vencidos (o próximos a su vencimiento) y para solucionar algunos problemas notificados en el ejercicio anterior.

Los anexos presentados en este proyecto de STI sustituyen o se añaden al conjunto existente de plantillas con el fin de crear una versión consolidada del proyecto actualizado de paquete de STI.

Antecedentes y justificación

Plantillas NIIF 9

1. El ejercicio de evaluación comparativa se ha ampliado gradualmente a la dimensión contable con el fin de evaluar los factores más relevantes de la variabilidad y los impactos relacionados en las ratios prudenciales derivados de la aplicación del modelo NIIF 9 ECL. Por estas razones, el Reglamento 2016/2070 se ha modificado 1 para integrar plantillas adicionales en la NIIF 9. Anteriormente, la recopilación de datos se había centrado solo en las llamadas carteras de bajo incumplimiento («LDP»).

2. Dado su alcance limitado, la recopilación de datos actual no puede garantizar una visión global de la variabilidad existente de los resultados de la LCE y los impactos relacionados en el importe de los fondos propios y las ratios regulatorias, ya que gran parte de los instrumentos financieros sujetos a los requisitos de deterioro de la NIIF 9 (es decir, las carteras de alto impago, «HDP») están actualmente fuera del alcance del ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9. Considerando que, en términos generales, se espera que la variabilidad de las prácticas de los bancos y los resultados de ECL en los HDP sea mayor que en los LDP. Además, centrarse únicamente en los LDP impide una comprensión más amplia de las diferentes metodologías, modelos, insumos y escenarios que pueden conducir a inconsistencias materiales en los resultados de ECL.

3. Por estas razones, tal y como se indica en el Informe de seguimiento de la NIIF 9 de la ABE publicado en noviembre de 2021 y siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9, se introducen cambios en el Reglamento 2016/2070 con el fin de integrar carteras y plantillas adicionales dedicadas a los HDP.

4. Vale la pena recordar que, en línea con el enfoque adoptado para los PDA, la ABE ha lanzado una 3ª recopilación de datos ad hoc, complementada con una encuesta cualitativa, para probar las plantillas cuantitativas propuestas y recopilar información adicional sobre las prácticas de modelización de la NIIF 9 específicas de los HDP. El análisis de las plantillas y las primeras pruebas conexas también se han tenido debidamente en cuenta en la finalización del actual STI.

3.2.1. Alcance de la evaluación comparativa de la NIIF 9 sobre los HDP

5. La evaluación comparativa de la NIIF 9 sobre HDP implica varios cambios en la lógica del análisis, ya que implica una comparación de los resultados del modelo en carteras comúnmente definidas que no necesariamente tienen el mismo nivel de riesgo y que son menos fácilmente comparables con respecto a las contrapartes comunes para carteras de bajo incumplimiento. Una definición clara del alcance de la recopilación de datos y los puntos de datos relacionados que deben recopilarse desempeña, por lo tanto, un papel clave para garantizar un análisis sólido y significativo.

6. El ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9 sobre los apalancamientos de HDP como punto de partida en la lista de carteras comunes definidas previamente a efectos del ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de crédito del IRB para HDP. No obstante, teniendo en cuenta la carga de trabajo potencialmente significativa para las entidades y las autoridades competentes, en esta fase se considera más proporcionada y alineada con el enfoque escalonado previsto de recopilar todo el conjunto de información («recopilación completa de datos») solo para un número limitado de clases de activos de HDP y utilizar solo las características más relevantes, es decir, «divisiones», para definir las carteras homogéneas en el ámbito de aplicación. Además, es necesario introducir carteras adicionales para atender las especificidades de las necesidades de datos de la NIIF 9.

7. Es probable que se requieran nuevas ampliaciones del alcance de la recopilación completa de datos en los siguientes ejercicios, así como consideraciones adicionales sobre la granularidad prevista de las carteras definidas y la posible combinación de algunas de las divisiones previstas.

Alcance y nivel de las divisiones

8. La ABE tiene la intención de ampliar el ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9 a toda la clase de exposiciones de HDP ya definida a efectos de evaluación comparativa del riesgo de crédito, es decir, empresas («CORP»), empresas que son PYME (SMEC), otras exposiciones minoristas a PYME (SMOT), «Otras exposiciones minoristas no PYME» (RETO), exposiciones minoristas a pymes garantizadas por bienes inmuebles (RSMS) y ii) hipotecas minoristas (MORT),  Retail – Calificación revolvente (RQRR).

9. No obstante, siguiendo un enfoque escalonado y para limitar las cargas informativas para las entidades, se prevé una recopilación completa de datos (que incluya todas las divisiones de nivel 2) únicamente para las clases de activos CORP, SMEC y SMOT, mientras que para las demás la información solo se requiere a un nivel más agregado.

10. Además, dado que no todas las divisiones de cartera previstas para la evaluación comparativa del riesgo de crédito se consideran pertinentes en este momento a efectos de la evaluación comparativa de la NIIF 9, el próximo ejercicio de la NIIF 9 se centrará únicamente en un desglose de la cartera seleccionado (área geográfica y código NACE). No obstante, se incluirá un reparto adicional de la cartera («NIIF 9 colateralización», cuya definición figura en el anexo 2), a fin de tener en cuenta las diferencias en la admisibilidad de las garantías reales entre el marco contable y prudencial. La lista de las carteras finales en el ámbito de aplicación de la NIIF 9 figura en Anexo 1.

11. La elección de exigir una recopilación completa de datos también para las clases de activos SMEC y SMOT -para las que no se requirió una notificación completa durante el 3er ejercicio ad hoc- se justifica por el hecho de que, para esas clases de activos, la división de nivel 2 ya está alineada con CORP. En consecuencia, no se considera necesario realizar más pruebas de la información solicitada.

12. También vale la pena destacar que, a diferencia de la 3ª recopilación de datos ad hoc, la información a nivel de desglose geográfico está prevista para todos los países (es decir, el mismo enfoque de la evaluación comparativa del riesgo de crédito) y no se limita a la zona de la UE. No obstante, a fin de garantizar un enfoque más proporcionado, esta información solo se solicitará para todas las jurisdicciones en las que las entidades tengan exposiciones importantes. Tras la consulta, se han introducido instrucciones específicas a este respecto en el anexo 8 del STI.

13. La definición de carteras homogéneas no contemplará en esta fase ninguna combinación de divisiones de carteras de nivel 2 (por ejemplo, zona geográfica o código NACE combinado con el estado de garantía de la NIIF 9). Si bien se reconoce que tal combinación puede conducir a resultados de evaluación comparativa más significativos, esta elección está impulsada por la consideración de garantizar una extensión fluida del ejercicio de evaluación comparativa a los HDP sin agregar más complejidad.

3.2.2 Aspectos destacados de las plantillas y puntos de datos de la NIIF 9

14. El principal objetivo del conjunto de plantillas introducido es recopilar datos cuantitativos que permitan realizar análisis sólidos y significativos de los resultados de la LCE entre carteras homogéneas, así como comparar la entrada de datos y otra información pertinente que pueda explicar cualquier fuente de variabilidad indebida de los resultados de los modelos NIIF 9.

15. El diseño de la plantilla cuantitativa se basa, en la medida de lo posible, en la ya prevista para los PDL, incluso si la información se recopila para carteras comunes en lugar de contrapartes comunes. Al igual que los LDP, estas plantillas deberían permitir investigar algunas dimensiones importantes:

a. El análisis de la variabilidad de los parámetros de riesgo ECL e IFRS 9 (C.115.00)

b. El análisis de la variabilidad de las previsiones macroeconómicas y la interacción entre la curva de DP de vida y los escenarios macroeconómicos (C. 118.00 y C.116.00)

c. El análisis de la variabilidad de las prácticas en la evaluación SICR (C.117.00)

El análisis de la variabilidad de los parámetros de riesgo ECL e IFRS 9

16. La experiencia adquirida en la recopilación anterior sobre los PDD muestra que no todas las instituciones son capaces de separar el efecto del MoC y las medidas de supervisión del IRB 1Y PD. Además, no todos los bancos derivan la estructura temporal de la NIIF 9 PD del IRB de 1 año de PD. De hecho, los bancos pueden derivar los datos sobre el rendimiento de la NIIF 9 aprovechando la infraestructura, los datos y los procesos del IRB (es decir, la diferenciación de riesgos y la asignación de calificaciones), pero empleando un proceso de estimación ad hoc (es decir, contable), que generalmente implica la estimación de parámetros intermedios (es decir, generalmente denominados PD «TTC» o PD «incondicionales») y el uso de diferentes procesos de calibración.

17. Para atender esas situaciones, la plantilla 115.00 contiene un punto de datos específico para recopilar el parámetro PD «intermedio» («TTC», «Incondicional») incrustado, cuando esto sea relevante, por aquellos modelos contables que permitirían analizar mejor los impulsores de la variabilidad ECL.

18. Otra dimensión importante que se requiere en la plantilla 115.00 está relacionada con la recopilación de los valores de PD para diferentes etapas. Incluso si se reconoce que los diferentes niveles de DP pueden explicarse por consideraciones basadas en el riesgo (diferente riesgo de las carteras y diferentes vencimientos), esta información también puede ser útil para detectar la posible variabilidad de los resultados del modelo ECL debido a prácticas de riesgo no homogéneas, también vinculadas a los enfoques seguidos para la evaluación SICR.

Análisis de la variabilidad de las previsiones macroeconómicas y la interacción entre las curvas de DP a lo largo de la vida y los escenarios macroeconómicos

19. De manera similar a los PDA, el análisis de los DP a lo largo de la vida para los HDP implica dos pasos separados:

a. En primer lugar, en la plantilla 118.00, la variabilidad del escenario económico se evalúa a través de la variabilidad de una variable macroeconómica prevista, a saber, el PIB.

b. En segundo lugar, en la plantilla 116.00, la variabilidad de la curva PD medida para cada escenario económico definido en el paso anterior.

20.Con respecto al análisis de la variabilidad de las curvas de DP, se señalan a la atención las instrucciones pertinentes contenidas en el Anexo 8 que especifica las curvas de PD para cada uno de los escenarios económicos que deben notificarse en la plantilla 116.00.

21. A diferencia de los PDA —en los que estas curvas de DP se refieren únicamente a contrapartes individuales— se reconoce que para los HDP podría ser más complejo producir estos datos para carteras comunes, ya que esto podría implicar la necesidad de agregar datos y parámetros de exposiciones individuales que pueden incluirse en diferentes categorías: i) sistemas de calificación ii) grados de calificación o PD,  iii) modelos satelitales utilizados para la incorporación de FLI, iv) enfoques utilizados para lograr resultados ponderados por probabilidad. Por estas razones, todo el conjunto de información se recopila solo para las carteras que contienen el desglose geográfico y para las carteras más agregadas (desglose por clases de activos). Tras la fase de consulta, se han dado nuevas instrucciones para atender aquellas situaciones en las que la notificación de estos datos crea más desafíos (es decir, cuando las entidades están geográficamente diversificadas y utilizan diferentes modelos de ECL para diferentes países).

Análisis de la variabilidad de las prácticas en la evaluación SICR

22. El enfoque previsto para el análisis de la variabilidad de las prácticas en la evaluación del SICR sobre los HDP difiere del adoptado para los PDL, ya que para los PDD la información se recopila únicamente sobre la base de una cartera. Por lo tanto, se prevé que la información sobre los desencadenantes cualitativos y cuantitativos se recopile solo de forma agregada, mientras que en esta fase no se tiene en cuenta información precisa y granular sobre los umbrales cuantitativos que determinan el paso a una fase diferente, que se aplican a nivel de instalación.

23. Con las limitaciones anteriores, la plantilla introducida C. 117.00 permitirá recopilar otra información relevante para comparar los resultados de las prácticas SICR (como la tasa de transición entre etapas) y detectar cualquier elemento adicional que pueda indicar un área potencial de preocupación en esta área (como una transición excesiva a la Etapa 3 directamente desde la Etapa 1).

2.2 Evaluación comparativa del riesgo de crédito

24. Las plantillas para la recopilación de datos para la evaluación comparativa del riesgo de crédito (BM) se especifican en los anexos I a IV del STI (consolidado). El anexo I especifica las carteras de evaluación comparativa a través de un conjunto de características y el anexo II proporciona las definiciones pertinentes para ello. El anexo III contiene los parámetros y parámetros reales que las entidades deben comunicar para las carteras definidas en el anexo I. Por último, en el anexo IV figuran las definiciones y descripciones pertinentes para el anexo III. Para la actualización de 2024 de la sección de STI sobre riesgo de crédito, se han acordado los siguientes cambios que se aplican en los anexos.

25. Valor de la garantía real (columna 0120 de las plantillas C101, 102 y 103 del anexo III): Este campo se refiere a las columnas 0150 a 0210 de la plantilla C 08.01 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la versión anterior del STI. Dado que se ha actualizado el STI sobre la presentación de informes (es decir, el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451) y que, a partir del 06/2023, la información del COREP se basará en el valor de mercado de una garantía real limitada al valor de exposición pertinente pendiente, los campos de datos notificados para el COREP y la evaluación comparativa de esta información serán diferentes.

26. Se han añadido 10 nuevas carteras al anexo I (hoja 103). En detalle, para cada una de las carteras de evaluación comparativa no incumplidas CORP, SMEC y SMOT4, se añaden dos carteras para reflejar el estado de la garantía a efectos contables 5. Estas carteras se especifican a través de una característica adicional que se añade en el Anexo I (hoja 103; columna 0200), a saber, el estado de colateralización NIIF 9:

«Las exposiciones se asignarán a carteras en función de su estado de garantía, tal como se utiliza a efectos de la medición de la pérdida crediticia esperada con arreglo a la NIIF 9:

Exposiciones garantizadas.

i. Esta cartera incluirá todas aquellas exposiciones para las cuales, de acuerdo con la NIIF 9 B5.5.55, la medición de las pérdidas crediticias esperadas refleje los flujos de efectivo esperados de la garantía relacionada y/u otras mejoras crediticias que formen parte de los términos contractuales de la exposición en cuestión y no sean reconocidos por separado por la entidad. Las exposiciones que solo estén parcialmente garantizadas se comunicarán por su importe total dentro de esta cartera.

Exposiciones no garantizadas.

ii. Esta cartera incluirá todas aquellas exposiciones para las cuales la medición de las pérdidas crediticias esperadas relacionadas no se vea afectada por la presencia de garantías reales o cualquier otra forma de mejora crediticia.

c) No procede.

27. La inclusión de estas carteras en la evaluación comparativa del IRB permite comprender la variabilidad de los requisitos de fondos propios que pueden surgir debido a los posibles reflejos divergentes de la cobertura del riesgo de crédito entre entidades. De hecho, hay varias razones por las que la garantía o la protección del crédito pueden tenerse en cuenta de manera diferente entre las entidades, así como de manera diferente a efectos contables (por ejemplo, en la NIIF 9 LGD) y para el cálculo de la APR con arreglo al enfoque IRB:

a. En el caso de las empresas y las pymes, las garantías pueden ser muy específicas de los contratos de préstamo individuales y, por lo tanto, puede ser imposible estimar la LGD IRB de conformidad con la GL sobre DP y LGD teniendo en cuenta el valor de estas garantías específicas. Por ejemplo, una PYME puede pignorar una determinada máquina que es específica para el producto que la PYME está produciendo con esta máquina. Dado que IRB LGD se cuantificará sobre la base de datos históricos, puede que no sea posible tener en cuenta el valor de esta máquina (si no se registran flujos de efectivo para un tipo comparable de PYME y máquina en los datos subyacentes a la cuantificación de IRB LGD), mientras que a efectos contables esto puede hacerse, ya que se relaciona con los flujos de efectivo esperados de la garantía relacionada y / u otras mejoras crediticias que forman parte de las condiciones contractuales de la exposición en cuestión.

b. Los requisitos de admisibilidad para la garantía de garantía y la cobertura del riesgo de crédito aplicables en el marco contable y en el marco prudencial no están alineados y pueden interpretarse de manera diferente entre los supervisores.

28. In el anexo I, 7 entradas quedaban obsoletas y se han eliminado y la definición de las siguientes 4 carteras se ha adaptado a la definición general de carteras LCOR, es decir, el tamaño de la contraparte se ha restringido a >= 200 millones:

2.3 Evaluación comparativa del riesgo de mercado

29. Como parte de la actualización de este año del ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de mercado, la recopilación de datos del enfoque estándar alternativo (ASA) del marco de riesgo de mercado revisado que se introdujo con el método basado en sensibilidades (SBM) en el ejercicio ’22 se completa con la inclusión de los dos componentes restantes (cargo por riesgo de incumplimiento – DRC, complemento de riesgo residual – RRAO). Además, se propone un número limitado de enmiendas específicas para las plantillas e instrucciones existentes de la colección ASA SBM. Se proponen instrumentos y carteras adicionales, añadidos como anexo 10 separado, definidos por las sensibilidades de los SBM (instrumentos de validación de SBM y carteras) en un esfuerzo por comparar las implementaciones del mecanismo de agregación regulatoria por parte de los bancos.

2.3.1 Introducción de plantillas de colección DRC y RRAO

30. El STI 2022 introdujo el componente del método basado en la sensibilidad (SBM) del enfoque estándar alternativo (ASA) en el ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de mercado. Esto incluyó la notificación de sensibilidades SBM (C106.01) junto con la recopilación de IMV y la notificación de sensibilidades SBM junto con el OFR correspondiente al final del período de medición de riesgo (C120.01, C120.02, C120.03). La introducción de los componentes restantes de cargo por riesgo de incumplimiento (DRC) y de adición de riesgo residual (RRAO) se dejó para futuras revisiones del STI.

31. Este documento de consulta incluye una propuesta de plantillas específicas de presentación de informes sobre la DRC (C120.04, C120.05) que se notificarán al final del período de medición de riesgo, siguiendo el enfoque adoptado para la recopilación de SBM. RRAO se introduce a través de una enmienda de la plantilla existente (C120.03) que se amplía aún más con los resultados agregados de la DRC para que incluya los resultados agregados para los tres componentes del ASA. Por lo tanto, la plantilla sólo SBM (C120.03) deja de existir y se sustituye por la nueva plantilla (C120.06).

32. Las dos plantillas propuestas para la DRC incluyen una plantilla detallada que recopila datos sobre el nivel de exposición (C120.04) y una plantilla para los resultados del cálculo de la DRC, desglosada por grupo reglamentario (C120.05).

2.3.2 Modificaciones específicas de la recogida de sopladoras de preformas

33. Se proponen varias enmiendas para mejorar la recopilación de datos sobre SBM (C106.01, C120.01, C120.02). Estos incluyen:

• Una columna adicional (0090) en la plantilla C120.01 para obtener las ponderaciones de riesgo aplicadas por el banco para sensibilidades y para el cálculo de posiciones de riesgo de curvatura. Esta información está fácilmente disponible en los bancos y facilita los controles y análisis de la calidad de los datos realizados por las autoridades competentes.

• Una armonización y simplificación en la notificación de sensibilidades Vega en las plantillas C106.01 y C120.01. Como se observaron diferentes prácticas en los datos reportados como parte del ejercicio ’22, ahora se especifica claramente que los bancos informarán las sensibilidades de Vega después de ponderar por la volatilidad implícita correspondiente. Como simplificación, en este contexto se omite la notificación adicional de las volatilidades implícitas. Los bancos podrían anticipar este enfoque ya como parte del ejercicio de evaluación comparativa ’23, para obtener resultados más consistentes con respecto a la presentación de 2022.

• Se propone recopilar más información sobre las alternativas metodológicas ASA que pueden afectar a los resultados de la evaluación comparativa a través de la plantilla C120.02 (enfoques del artículo 325q, apartado 7, el artículo 325e, apartado 3, y el artículo 325q, apartado 7), que ayudará a las autoridades competentes a comprender mejor el impacto que estos enfoques pueden tener en los requisitos de fondos propios resultantes. Se propone una nueva modificación como resultado de las prácticas de notificación observadas en la recopilación de SBM, pero que se aplicarían de manera similar a las medidas de riesgo del actual marco de riesgo de mercado. Esto se refiere a la instrucción «kk» que figura en el anexo 5. En cuanto a la moneda del cálculo de las medidas de riesgo (incluidos, entre otros, los SBM), se propone especificar que los bancos calcularán las medidas de riesgo desde la perspectiva de su propia moneda de información utilizando sus sistemas existentes y considerarán los factores de riesgo cambiarios desde el punto de vista de su moneda de referencia. La información en la moneda de la cartera de la ABE (es decir, la divisa base de los instrumentos y la cartera del anexo 5) que se solicita para los SBM se realizará mediante una conversión simple utilizando el tipo de referencia del BCE aplicable, sin que se modifiquen los factores de riesgo considerados. Este cambio reducirá la carga operativa para los bancos y alineará el ejercicio más estrechamente con los sistemas productivos de los bancos.

2.3.3 Modificaciones específicas del anexo 5

35. Se introdujeron una serie de cambios menores en los instrumentos del anexo 5 para actualizarlos o modificarlos con respecto a algunas cuestiones notificadas en el ejercicio 2023. Los cambios se enumeran a continuación.

• Cambios que implicaron una simple actualización de los instrumentos (es decir, los instrumentos siguen siendo sustancialmente del mismo tipo, pero con un vencimiento pospuesto). Más concretamente, se trata de los instrumentos 207, 208, 209, 215, 217, 520.521, 522 y 534.

• Cambios que implicaron una modificación de algunos instrumentos (es decir, los instrumentos siguen siendo los mismos, pero los detalles menores de los instrumentos cambiaron y los bancos que participan en el ejercicio deben prestar gran atención a estos pequeños cambios). Más concretamente, se trata de los instrumentos 204, 223, 224, 301 y 302.

• Cabe señalar que la «moneda base», definida para cada instrumento y cartera definida, se sustituyó por «instrumentos ABE/moneda de cartera». Esto no cambia el tipo de moneda que debe usarse para informar los IMV y las medidas de riesgo. El cambio se propone para evitar cualquier posible malentendido entre la «moneda base» de los instrumentos y la cartera» con la metodología de «moneda base» aplicada para el cálculo de sensibilidades.

• En el texto final para el STI de 2024 se añadieron modificaciones muy pequeñas en la redacción de una serie de instrumentos (202, 220 -Sección 5, 301, 302, 310, 311, 405, 529, 530,602, 604, 606, 608 y 610) tras la sugerencia de consulta. Por último, los siguientes instrumentos y carteras también se modificaron parcialmente con respecto al ejercicio anterior. Instrumentos: 121, 201 y 204. Cartera: 2021 y 2022 (únicamente con respecto a la solicitud de IRC).

2.3.4 Carteras de validación de SBM

36. El conjunto existente de carteras hipotéticas en el ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de mercado se basa en instrumentos financieros hipotéticos que los bancos interpretan y registran de acuerdo con las instrucciones. La variabilidad observada en las medidas de riesgo comunicadas para esas carteras puede deberse a diversas fuentes, desde diferentes interpretaciones y reservas hasta modelos y otras opciones de ejecución realizadas en los enfoques que se comparan.

37. Para reducir estas fuentes de variabilidad para la evaluación comparativa del ASA SBM, es posible especificar instrumentos y carteras definiendo directamente las sensibilidades hacia los factores de riesgo regulatorios (carteras de validación de SBM). De esta manera, las únicas fuentes de variabilidad que quedan son la interpretación correcta de las sensibilidades proporcionadas y la implementación del algoritmo de cálculo de SBM prescrito por la regulación (compensación, aplicación de ponderaciones de riesgo, correlaciones, fórmulas de agregación). Como ya se ha adoptado en los ejercicios de evaluación comparativa dirigidos por la industria, este enfoque puede utilizarse para validar exhaustivamente las implementaciones de los bancos a un costo comparativamente bajo, ya que la carga de interpretación y contabilización de dichos instrumentos es considerablemente menor en comparación con los instrumentos financieros hipotéticos generalmente utilizados en el ejercicio. En principio, los resultados notificados deben ser idénticos en todos los bancos informadores, de modo que las autoridades competentes puedan detectar fácilmente las implementaciones divergentes y dar información a sus entidades supervisadas sobre la base de los resultados.

38. El anexo 10, recientemente añadido, define un conjunto de carteras de validación de SBM para todos los componentes de la clase de riesgo de tipo de interés general del ASA SBM. En comparación con la versión de consulta de los instrumentos y la cartera de validación de SBM, el conjunto final alineó su definición con una práctica consolidada de la industria para aprovechar la experiencia madurada por la industria en la realización de un ejercicio similar; También se espera que esta alineación facilite a los bancos la realización de este ejercicio de validación.

39. La elección del GIIR como clase de riesgo se debe a su pertinencia en todos los bancos participantes y a su pertinencia para la mayoría de los instrumentos financieros. Se espera que los bancos comuniquen los resultados de sus cálculos de SBM para las carteras de validación de SBM como parte de la presentación de la medida de riesgo. El alcance limitado de la validación (solo GIRR) tiene como objetivo probar el concepto general y la interpretabilidad de los datos por parte de los bancos participantes. Si el enfoque puede implementarse con éxito, se considerará una extensión a más clases de riesgo del SBM, características específicas del cálculo del SBM y otros componentes del ASA (es decir, DRC) para futuras revisiones del ITS.

2.3.5 Cambios previstos a la luz del paquete bancario

40. El 27 de octubre de 2021, la Comisión Europea adoptó una revisión de las normas bancarias de la UE [el Reglamento sobre requisitos de capital (RRC III) y la Directiva sobre requisitos de capital (DRC VI)]. La propuesta incluida para modificar la DRC incluye una propuesta de modificación del artículo 78 para añadir el método estándar alternativo para el riesgo de mercado establecido en la tercera parte, título IV, capítulo 1 bis del RRC a los enfoques incluidos en el ámbito de aplicación de la evaluación comparativa supervisora.

41. En caso de que la presente propuesta entre en vigor a más tardar el 1. En enero de 2025, tal como se prevé actualmente en la propuesta de la Comisión, esto implicaría que las entidades que apliquen el método estándar alternativo se incluirían en la evaluación comparativa supervisora, independientemente de si cuentan con la aprobación del enfoque de modelo interno (alternativo) para el riesgo de mercado. Este cambio implicaría un aumento sustancial del alcance de los bancos que participan en el ejercicio de evaluación comparativa. La ABE espera que estas instituciones se preparen a tiempo para participar en el ejercicio y quiere fomentar la transparencia tanto como sea posible. Por lo tanto, la ABE está supervisando naturalmente la evolución y comunicará este aspecto una vez que exista claridad jurídica sobre el marco general de evaluación comparativa.

42. En el momento actual, no se ha hecho ninguna suposición con respecto a la finalización del nuevo reglamento. En caso de que el Reglamento se finalice en su forma actual, las nuevas instituciones en el ámbito de aplicación deben considerar los 18 meses para que la transposición de la DRC se aplique a nivel de los Estados miembros, antes de que se exija que participen formalmente en el ejercicio de evaluación comparativa.

43. Del mismo modo, en lo que respecta al modelo interno alternativo, se pueden asumir algunas expectativas sobre la base de los requisitos de presentación de informes. En la etapa actual, los bancos FRTB IMA deberían comenzar a informar no antes del cuarto trimestre de 2025. La ABE tiene previsto iniciar el desarrollo de un STI con requisitos revisados para la evaluación comparativa del enfoque del modelo interno alternativo lo antes posible y planea una consulta antes de lo habitual sobre los STI de 2026, de modo que los bancos tengan más tiempo para prepararse para este nuevo marco.

3. Proyectos de normas de ejecución

Proyecto de normas técnicas de ejecución por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión relativo a la evaluación comparativa de los modelos internos

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No …/… de [fecha]

por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 en lo que respecta a las carteras de referencia, las plantillas de notificación y las instrucciones de información que deben aplicarse en la Unión para la notificación a que se refiere el artículo 78, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE6, y en particular su artículo 78, apartado 8, párrafo tercero,

Mientras que:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión 7 especifica los requisitos de información de las entidades para que la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y las autoridades competentes puedan supervisar la gama de exposiciones ponderadas por riesgo o los requisitos de fondos propios para las exposiciones u operaciones de la cartera de referencia resultantes de los enfoques internos de dichas entidades y evaluar dichos métodos, tal como exige el artículo 78, apartado 3, de la Directiva 2013/36/UE.

(2) Considerando que, de conformidad con el artículo 78, apartado 1, de la Directiva 2013/36/UE, el ejercicio de evaluación comparativa tiene una duración al menos anual y que el enfoque de las evaluaciones de las autoridades competentes y de los informes de la ABE ha cambiado con el tiempo, a fin de determinar los ámbitos en los que se necesitan más orientaciones reglamentarias, las exposiciones o las posiciones incluidas en las carteras de referencia,  y, por lo tanto, también los requisitos de presentación de informes deben adaptarse en consecuencia. Procede, por tanto, modificar los anexos I, II, IV, V, VI, VII, VIII y IX del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 consolidado. Considerando que también es necesario introducir un nuevo conjunto de carteras de validación en el ejercicio de evaluación comparativa relacionadas con el riesgo de mercado, conviene, por tanto, reflejar dicho cambio añadiendo un nuevo anexo X al Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070.

(3) Además, se adoptó una nueva norma internacional de contabilidad, la Norma Internacional de Información Financiera 9 (NIIF9), mediante el Reglamento (UE) 2016/20678 de la Comisión. A fin de tener en cuenta esta norma para los requisitos de notificación, el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/20179 de la Comisión modificó el Reglamento (UE) 2016/2070 añadiendo dos nuevos anexos, uno con las plantillas para la presentación de informes y el otro con las instrucciones para cumplimentar las plantillas. Estos anexos tenían por objeto elaborar índices de referencia para los resultados de la NIIF 9 ECL y la NIIF 9 PD y, tras las modificaciones introducidas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/95110 de la Comisión, parámetros de pérdida por incumplimiento (LGD) en contrapartes comunes pertenecientes a carteras de bajo impago. Como se indica en el Informe de seguimiento de la NIIF 9 de la ABE 11 y siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9 12, ahora es necesario integrar carteras y plantillas adicionales para extender gradualmente el ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9 a las carteras de alto impago.

(4) El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 debe modificarse en consecuencia.

(5) El presente Reglamento se basa en los proyectos de normas técnicas de ejecución presentados a la Comisión por la ABE.

(6) La ABE ha llevado a cabo consultas públicas abiertas sobre los proyectos de normas técnicas de ejecución en los que se basa el presente Reglamento, ha analizado los posibles costes y beneficios conexos y ha solicitado el asesoramiento del Grupo de partes interesadas del sector bancario establecido de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) n.º 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo13.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 se modifica como sigue:

1) En el artículo 2[:

a) el inciso i) se sustituye por el texto siguiente:

«i) la información especificada en la plantilla 114.00 del anexo VIII, para todas las zonas geográficas de las contrapartes mencionadas en la plantilla 101 del anexo I, de conformidad con las instrucciones contempladas en los cuadros C101 y C114.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;».

b) después del inciso i) se insertan los puntos siguientes:

«j) la información especificada en la plantilla 115.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 115.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;

k) la información especificada en la plantilla 116.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 116.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;

l) la información especificada en la plantilla 117.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 117.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;

m) la información especificada en la plantilla 118.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 118.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;»;

2) En el artículo 3, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1. En el caso de los métodos internos relativos al riesgo de mercado, las entidades presentarán a su autoridad competente la información especificada en las plantillas del anexo VII, de conformidad con las definiciones e instrucciones de cartera que figuran en los anexos V, VI y X.».

3) El anexo I se sustituye por el texto del anexo I del presente Reglamento.

4) El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.

5) El anexo IV se sustituye por el texto que figura en el anexo III del presente Reglamento.

6) El anexo V se sustituye por el texto que figura en el anexo IV del presente Reglamento.

7) El anexo VI se sustituye por el texto que figura en el anexo V del presente Reglamento.

8) El anexo VII se sustituye por el texto que figura en el anexo VI del presente Reglamento.

9) El anexo VIII se sustituye por el texto que figura en el anexo VII del presente Reglamento.

10) El anexo IX se sustituye por el texto que figura en el anexo VIII del presente Reglamento.

11) El texto del anexo IX del presente Reglamento se añade como anexo X.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas,

Por la Comisión

El Presidente

En nombre del Presidente

[Cargo]

ANEXO

Anexo I (Evaluación comparativa del riesgo de crédito)

Anexo II (Evaluación comparativa del riesgo de crédito)

Anexo III (Evaluación comparativa del riesgo de crédito)

Anexo IV (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

Anexo V (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

Anexo VI (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

Anexo VII (Evaluación comparativa de la NIIF 9)

Anexo VIII (NIIF 9 Evaluación comparativa)

Anexo IX (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

4. Documentos de acompañamiento

4.1 Borrador de análisis de costo-beneficio para los cambios relacionados con la evaluación comparativa del riesgo de crédito y de mercado

El artículo 78 de la Directiva 2013/36/UE (DRC IV) exige a las autoridades competentes que lleven a cabo una evaluación anual de la calidad de los modelos internos utilizados para el cálculo de los requisitos de fondos propios, y exige a la ABE que elabore un informe que les ayude en esta evaluación. El informe de la ABE se basa en los datos presentados por las entidades de conformidad con el Reglamento (UE) No. 2016/2070, que especifica las carteras de evaluación comparativa, las plantillas, las definiciones y las soluciones informáticas que deben utilizar las entidades como parte del ejercicio anual de evaluación comparativa, cuando se utilicen enfoques de modelos internos para el riesgo de mercado y de crédito.

El actual proyecto de STI tiene por objeto actualizar los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa con el fin de mejorar los ejercicios y adaptarse a los cambios políticos pertinentes que serán aplicables a finales de 2023 y, por lo tanto, pertinentes para el ejercicio de 2024.

Con respecto al riesgo de crédito, no se han eliminado ni introducido métricas nuevas. Por lo tanto, no se considera pertinente ninguna evaluación de impacto en profundidad.

4.1.1 Riesgo de mercado

En cuanto a la recopilación de datos de evaluación comparativa del riesgo de mercado de la ABE, el objetivo es ampliar el conjunto de información recopilada sobre el enfoque estándar alternativo (ASA) de la FRTB. Los nuevos datos se refieren al cargo por riesgo de incumplimiento (DRC) y al complemento de riesgo residual (RRAO). Esto completará la recopilación de medidas de sensibilidad introducidas en 2022, y será importante para la futura extensión del alcance de la recopilación de datos a todos los bancos ASA.

De conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento de la ABE [Reglamento (UE) n.º 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo], los STI desarrollados por la ABE irán acompañados de un anexo de evaluación de impacto (EI) en el que se analicen «los costes y beneficios potenciales conexos» antes de presentarlos a la Comisión Europea. Dicho anexo proporcionará al lector una visión general de las conclusiones relativas a la identificación del problema, las opciones identificadas para eliminar el problema y sus posibles repercusiones.

A efectos de la sección EI del documento de consulta, la ABE preparó la evaluación de impacto con un análisis coste-beneficio de las opciones de política incluidas en las normas técnicas de regulación descritas en el presente documento de consulta. Dada la naturaleza del estudio, la AI es principalmente de alto nivel y de naturaleza cualitativa, incluido el análisis cuantitativo cuando es posible.

A. Identificación del problema

Con respecto a la recopilación de datos de evaluación comparativa del riesgo de mercado, los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa se han mantenido estables, en términos de recopilación de datos de sensibilidades.

B. Objetivos de política

El objetivo general de los STI actuales es actualizar los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa para completar el conjunto de información relativa al ASA.

El principal objetivo de la aplicación del actual proyecto de evaluación comparativa de los STI es ampliar el conjunto de plantillas para tener una representación completa de la RDC y la RRAO para todos los instrumentos y carteras que se compararán.

Esto fomentaría el objetivo estratégico de crear un entorno de supervisión y presentación de informes para garantizar que las entidades apliquen técnicas coherentes de modelización y valoración. En las secciones siguientes se examinan las opciones que podrían crear dicho entorno, así como el impacto neto que implica la implementación de tales soluciones.

Hipótesis de referencia

Para la parte del ejercicio relativa al riesgo de mercado, para la mayoría de las instituciones de la UE, la situación actual de la notificación de los resultados de la modelización y las valoraciones implica los posibles costes operativos y errores de cálculo, que conducen a una sobrevaloración o infravaloración de los valores notificados a efectos de los ejercicios de evaluación comparativa. Dado que no pueden determinarse el alcance y la magnitud de las sobrevaloraciones o infravaloraciones, la evaluación de impacto se centra en la evaluación del impacto neto en las operaciones de las entidades.

D. Opciones consideradas

Al elaborar el proyecto de STI, la ABE consideró las siguientes opciones:

Opción 1: no hacer nada

Esta opción implica que las entidades de crédito continúen comunicando datos para el ejercicio de evaluación comparativa utilizando únicamente el conjunto anterior de plantillas para los ejercicios hasta la fecha.

Para la parte del ejercicio relativa al riesgo de mercado, la continuación de la aplicación del conjunto anterior de plantillas supone que las entidades de crédito y la ABE tienen asignado el coste operativo habitual a proporcionar aclaraciones y garantizar la presentación coherente de datos.

La opción de «no hacer nada» implicaría dejar sin cambios el Reglamento de Ejecución sobre la evaluación comparativa del riesgo de mercado, anexo VI y VII, lo que daría lugar a la obtención de casi los mismos resultados que el ejercicio anterior, con una pérdida de pertinencia y significación para los bancos y las autoridades competentes en la recogida de datos.

Opción 2: revisión de las plantillas relativas a los ejercicios de evaluación comparativa

Los principales argumentos que apoyan la revisión de las plantillas en los ejercicios de benchmarking de riesgo de mercado son:

A. que realce la importancia de los ejercicios de evaluación comparativa en todas las entidades de crédito de la UE;

B. potencialmente proporcionar nuevos conocimientos sobre el diferente funcionamiento del modelo de riesgo de mercado.

Para la parte del ejercicio relativa al riesgo de mercado, los STI actuales podrían alcanzar el objetivo ampliando la información recopilada por el conjunto. Con algunas nuevas plantillas adicionales (120.04, 120.05 y 120.6), la recopilación de datos ASA podría completarse, proporcionando una imagen completa de la implementación de ASA. Además, esto proporcionaría nuevos elementos de análisis, para los bancos y las autoridades competentes.

Análisis costo-beneficio

El principio de proporcionalidad se aplica a todos los aspectos de la evaluación de impacto, incluida la metodología, la profundidad del análisis, el nivel de detalle y la necesidad de un análisis cuantitativo. Siendo coherentes con este principio, el personal de la ABE sigue el principio de proporcionalidad al realizar los análisis de costes y beneficios. Dado que la aplicación de los STI actuales no tendría un impacto perjudicial, el siguiente análisis se centra en las características cualitativas. Al hacerlo, proporciona estimaciones aproximadas del impacto monetario neto relacionado con la realización de ejercicios de evaluación comparativa.

El impacto neto en los requisitos de capital, implícito en la aplicación de las directrices actuales, no puede evaluarse con precisión porque, sustancialmente, dependería de las medidas adicionales acordadas por las entidades con las autoridades nacionales competentes en respuesta a los resultados del ejercicio de evaluación comparativa; Sin embargo, se espera que sea en promedio cercano a cero debido al hipotético marco de ejercicio de cartera de mercado.

Riesgo de mercado:

Opción 1

Costos: una posible pérdida de información en la recopilación de datos, que sería sustancialmente idéntica a la anterior.

Beneficios: beneficios puntuales (reducción de los costes operativos existentes) de no dedicar recursos humanos a la redacción del presente STI.

Opción 2

Costes: el coste único de dedicar recursos a la redacción de los STI. También existe una fuente de coste mínimo relacionada con la necesidad de que la ABE explique el nuevo conjunto de plantillas a las autoridades nacionales competentes y, a través de ellas, a las entidades de crédito participantes. Sin embargo, cabe señalar que los datos solicitados con las nuevas plantillas no podrían ser demasiado onerosos, ya que los instrumentos son básicamente los mismos que antes, y la lógica de recopilación de datos de la DRC es muy similar a la lógica de la SBM; además, en el caso de RRAO sólo se recopila información agregada.

Beneficios: los beneficios de esta opción surgen del suministro de información y datos ASA nuevos y completos, lo que daría lugar a proporcionar información adicional a las autoridades competentes y mantendría el ejercicio relevante para los bancos involucrados.

F. Opción preferida

La ABE considera que, aunque estos beneficios no son directamente observables y se distribuyen en el tiempo, no son despreciables y se consideran más importantes que los costes enumerados anteriormente. Por esta razón, la opción preferida es la opción 2.

4.1.2 NIIF9

44. La aplicación sólida y coherente de la norma contable NIIF 9 es de suma importancia para los reguladores y supervisores, ya que el resultado del cálculo de la pérdida crediticia esperada (LCE) afecta directamente al importe de los fondos propios y a las ratios reglamentarias. Este vínculo con los requisitos prudenciales refuerza la necesidad de escrutinio por parte de los reguladores y la necesidad de ampliar el conjunto de herramientas de supervisión para detectar cualquier fuente potencial de variabilidad derivada de la implementación del modelo NIIF 9 ECL que pueda tener impactos relacionados en las ratios prudenciales.

45. Por estos motivos, el ejercicio de evaluación comparativa se ha ampliado gradualmente a la dimensión contable y el Reglamento 2016/2070 se ha modificado para integrar plantillas adicionales sobre la NIIF 9.

46. El artículo 78 de la Directiva 2013/36/UE (DRC IV) exige a las autoridades competentes que lleven a cabo una evaluación anual de la calidad de los modelos internos utilizados para el cálculo de los requisitos de fondos propios, y exige a la ABE que elabore un informe que les ayude en esta evaluación. El informe de la ABE se basa en datos presentados por las entidades de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/2070, que especifica las carteras de evaluación comparativa, las plantillas, las definiciones y las soluciones informáticas que deben utilizar las entidades como parte del ejercicio anual de evaluación comparativa.

47. Dadas las similitudes entre los modelos IRB para el riesgo de crédito y los modelos NIIF 9, se consideró apropiado basarse en los STI existentes sobre evaluación comparativa supervisora al realizar el ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9. No obstante, el alcance actual del ejercicio y el conjunto de plantillas cubren solo las carteras de bajo incumplimiento («LDP»). Como se indica en el Informe de seguimiento de la NIIF 9 y siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9, se sugieren 14 cambios al Reglamento 2016/2070 para integrar carteras y plantillas adicionales dedicadas a los PDH.

48. De conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010, (UE) n.º 1094/2010 y (UE) n.º 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo), toda norma técnica de ejecución elaborada por las AES irá acompañada de un anexo de evaluación de impacto (EI) en el que se analicen «los posibles costes y beneficios conexos» de las directrices. Dicho anexo proporcionará al lector una visión general de las conclusiones relativas a la identificación del problema, las opciones identificadas para eliminar el problema y sus posibles repercusiones.

49. La ABE preparó la EI incluida en este documento de consulta en la que se analizaban las opciones de política consideradas al elaborar las directrices. Dada la naturaleza del estudio, la AI es de naturaleza cualitativa.

A. Identificación del problema

50. Los STI existentes sobre evaluación comparativa supervisora incluyen actualmente plantillas para supervisar los parámetros de riesgo de crédito y riesgo de mercado y la NIIF 9, aunque para esta última información solo se recopila para una lista limitada de contrapartes pertenecientes a las clases de activos LDP.

51. El alcance limitado de la recopilación de datos de la NIIF 9 no garantiza una visión global de la variabilidad existente de los resultados de la LCE y los impactos relacionados sobre el importe de los fondos propios y los ratios regulatorios, ya que una gran parte de los instrumentos financieros sujetos a los requisitos de deterioro de la NIIF 9 (es decir, las carteras de alto impago,  «HDP») están actualmente fuera del alcance del ejercicio.

B. Objetivos de política

52. El objetivo general de los STI actuales es actualizar los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa.

53. El objetivo específico de los actuales STI sobre la NIIF 9 es ampliar la recopilación de datos sobre las carteras de alto impago, garantizando así la posibilidad de realizar el análisis de evaluación comparativa de la NIIF 9 en gran parte de los instrumentos financieros de los bancos sujetos a requisitos de deterioro.

Hipótesis de referencia

54. El escenario de referencia es el Reglamento 2016/2070 vigente, en el que, para la NIIF 9, solo se prevé la recopilación de puntos de datos específicos en una lista de contrapartes comunes pertenecientes a carteras de bajo impago. Si no se aplican cambios a este reglamento, cualquier recopilación de datos adicionales sobre la información de la NIIF 9 sobre los HDP debe realizarse sobre una base ad hoc.

D. Opciones consideradas

55. Al redactar la presente modificación del STI sobre la evaluación comparativa se consideraron varias opciones con respecto a diferentes dimensiones.

56. En cuanto al alcance del ejercicio:

Opción 1:

Extender directamente la evaluación comparativa de la NIIF 9 a todos los HDP, lo que requiere una recopilación completa de datos para todas las clases de activos;

Opción 2:

seguir un enfoque escalonado, limitando una recopilación completa de datos para algunas carteras específicas (corporativa, PYME corporativa y PYME otras) mientras se recopila información para las otras clases de activos solo a nivel agregado (es decir, sin divisiones de cartera)

57. Por lo que respecta al nivel de división de carteras:

Opción 1: utilizar el mismo tipo y nivel de escisiones ya previstos para el ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de crédito;

4.2 Comentarios sobre la consulta pública

La ABE consultó públicamente sobre el proyecto de propuesta contenido en este documento.

El período de consulta duró del 8 de diciembre de 2022 al 28 de febrero de 2023. En total, la ABE recibió 6 respuestas (4 confidenciales y 2 no confidenciales) y se celebró una audiencia pública el 9 de febrero de 2023. Todas las respuestas públicas se publican en el sitio web de la ABE.

En el cuadro siguiente se presenta un resumen de las principales observaciones recibidas en la consulta, el análisis de las ABE y si se han introducido cambios en la política propuesta en respuesta a esas observaciones.

En muchos casos, varios organismos de la industria formularon observaciones similares o el mismo órgano repitió sus observaciones en la respuesta a diferentes preguntas. En tales casos, los comentarios y el análisis de la ABE se incluyen en la sección de este documento donde la ABE los considera más apropiados.

Se han incorporado cambios en el proyecto como resultado de las respuestas recibidas durante la consulta pública.

Resumen de las cuestiones clave y respuesta de la ABE

La observación general recibida se refiere a la introducción de un componente de validación de la plática de preformas. El problema está relacionado con la creación de nuevos estándares por parte de la EBA que son similares, pero no están totalmente alineados con la práctica de la industria que podrían generar un esfuerzo innecesario y reducir la eficiencia del proceso e impactar el estándar que la industria ha desarrollado.

La industria recomienda encarecidamente que no se introduzca el componente de validación de la plática de preformas, como se propuso en la consulta. La industria recomienda además que, si se va a introducir este componente, debe estar totalmente alineado con los estándares existentes de la industria.

Con respecto a la parte del ejercicio NIIF 9, los principales comentarios recibidos se centraron principalmente en el concepto de umbral de materialidad que debe preverse para la presentación de información sobre carteras con el desglose por país y en los desafíos para presentar información a nivel agregado sobre curvas de DP, número de escenarios y ponderaciones de probabilidad para entidades geográficamente diversificadas.  cuando se utilizan diferentes modelos para diferentes geografías. Además, se han destacado algunas solicitudes de aclaraciones adicionales sobre puntos de datos específicos.

La ABE reconoce los retos operativos y los posibles sesgos en algunas cifras informativas que pueden surgir al comunicar información a nivel agregado y para carteras no significativas. Por esta razón, los comentarios recibidos se han tenido debidamente en cuenta en la finalización de los STI y se han introducido cambios en las instrucciones de las plantillas NIIF 9 (Anexo 8) para dar cabida en la medida de lo posible a las respuestas de la industria.

Como resultado, se han acordado los siguientes cambios con respecto al documento de consulta del STI 2024:

  1. Introducción de un concepto de materialidad y un umbral específico de materialidad para la comunicación de información relacionada con carteras con un desglose geográfico;
  2. Revisión de las instrucciones relativas a las plantillas C. 116.00 y C. 118.00 relativas a la notificación de curvas, ponderaciones y escenarios de datos sobre el rendimiento para la lista de carteras agregadas en el ámbito del ejercicio, con el fin de proporcionar orientación sobre cómo comunicar información cuando las entidades utilizan diferentes enfoques ECL para diferentes geografías (diferente número de escenarios, pesos, etc.);
  3. Mejora de las instrucciones actuales para aclarar algunos puntos de datos específicos que no se consideraron particularmente claros durante la fase de consulta.


FASB publica definición de entidad que informa


El Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) publicó recientemente un nuevo capítulo en su Marco Conceptual, que trata sobre la definición de una entidad que informa.

El Marco Conceptual es una serie de principios y definiciones interconectados que se utiliza para establecer normas contables claras y equilibradas que cumplan con los objetivos de la información financiera y mejoren el acceso y la claridad para los inversores. Asegurarse de que los conceptos y las definiciones sean claros y apropiados no ocupa los titulares de los informes comerciales, pero ayuda a establecer una base sólida sobre la cual construir estándares.

El último capítulo define una entidad que informa como “un área circunscrita de actividades económicas que puede representarse mediante informes financieros de propósito general, que son valiosos para los inversionistas, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales en su proceso de toma de decisiones con respecto a la provisión de recursos a la entidad.” Describe tres características clave de una entidad que informa: lleva a cabo actividades económicas, las actividades económicas se pueden distinguir de otras entidades, y la información financiera presentada fielmente en los informes financieros de propósito general es útil para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad.


FASB EMITE NUEVO CAPÍTULO DE SU MARCO CONCEPTUAL: LA ENTIDAD QUE INFORMA

El Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) emitió hoy un nuevo capítulo de su Marco Conceptual que describe una entidad que informa. El Marco Conceptual es un cuerpo de objetivos y fundamentos interrelacionados que proporciona al FASB una herramienta útil a medida que establece estándares. Una Declaración de Conceptos de Contabilidad Financiera no tiene autoridad y no establece ni cambia los principios de contabilidad generalmente aceptados.

El nuevo capítulo se convierte en el Capítulo 2 de la Declaración de Conceptos No. 8 de FASB, Marco Conceptual para la Información Financiera. El nuevo capítulo es similar al resto del marco en que establece conceptos que la Junta usaría al desarrollar estándares de contabilidad e información financiera. Proporciona a la Junta un marco para desarrollar estándares que cumplan con el objetivo de la información financiera y mejoren la comprensibilidad de la información para los inversores, prestamistas, donantes y otros proveedores de recursos existentes y potenciales de una entidad que informa.

El nuevo capítulo describe una entidad que informa como “un área circunscrita de actividades económicas que puede representarse mediante informes financieros de propósito general que son útiles para los inversores, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales al tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad”. También describe las tres características de una entidad que informa:

  1. Las actividades económicas se han llevado a cabo
  2. Esas actividades económicas pueden distinguirse de las de otras entidades
  3. La información financiera en los informes financieros con propósito general representa fielmente las actividades económicas realizadas dentro del área circunscrita y es útil para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad que informa.

Marco conceptual para la presentación de informes financieros

LA ENTIDAD INFORMANTE

Introducción

RE1. El objetivo1 de la información financiera de propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad informante que sea útil para los inversores, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales en la toma de decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad. Esas decisiones implican comprar, vender o mantener instrumentos de capital y deuda y proporcionar o liquidar préstamos y otras formas de crédito.2

RE2. El concepto de entidad informante se desarrolló en el contexto de la presentación de informes financieros para fines generales. La información financiera de propósito general, que se define en el Capítulo 7, Presentación, de esta Declaración de conceptos, proporciona información financiera útil sobre una entidad informante que ayuda a los proveedores de recursos existentes y potenciales a tomar decisiones de asignación de recursos. Al tomar decisiones de asignación de recursos, los proveedores de recursos forman expectativas sobre la entidad informante evaluando (a) los recursos de la entidad, (b) las reclamaciones sobre los recursos de la entidad y (c) los cambios en esos recursos y reclamaciones durante el período. Un conjunto completo de estados financieros, que es un componente de la información financiera de propósito general, es la principal forma en que una entidad que presenta informes proporciona información financiera que logra el objetivo de la presentación de informes financieros para fines generales.3

RE3. Las entidades a menudo reportan información, incluida la información financiera, en una variedad de formas. Cada una de esas entidades podría considerarse una entidad informante. Sin embargo, en el Marco Conceptual, la referencia a la entidad informante se hace en el contexto de una entidad que produce informes financieros de propósito general.

Descripción de una entidad informante

RE4. Una entidad informante es un área circunscrita de actividades económicas que puede estar representada por informes financieros de propósito general que son útiles para los inversores, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales en la toma de decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad.

RE5. Una entidad informante tiene tres características:

un. Se han llevado a cabo actividades económicas.

b. Estas actividades económicas pueden distinguirse de las de otras entidades.

c. La información financiera en la información financiera de propósito general representa fielmente las actividades económicas realizadas dentro del área circunscrita y es útil para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad informante.

RE6. Es necesario identificar los límites de las actividades económicas para presentar fielmente la información financiera de la entidad informante en la información financiera de propósito general. Los informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, que representan fielmente las actividades económicas de un área circunscrita permiten a la entidad informante alcanzar el objetivo de la información financiera de propósito general.

RE7. La identificación de la entidad informante en una situación específica requiere considerar el límite de las actividades económicas que se han realizado. La existencia de una entidad jurídica no es necesaria para identificar a la entidad informante. La entidad informante puede incluir más de una entidad, o puede ser una parte de una entidad.

Estados Financieros Consolidados

RE8. Si un área circunscrita de actividades económicas incluye una relación matriz-filial, es necesario un conjunto completo de estados financieros consolidados que representen fielmente las actividades económicas de la zona circunscrita para cumplir el objetivo de la información financiera de propósito general.

RE9. Los flujos de efectivo netos y otros beneficios para los proveedores de recursos dependen de las actividades económicas tanto de la entidad matriz como de sus filiales. Al evaluar las perspectivas de las entradas netas de efectivo de una inversión en una entidad matriz, los proveedores de recursos están interesados en evaluar la entidad matriz y sus filiales como una sola unidad económica. Un conjunto completo de estados financieros consolidados, que incluye (a) recursos, (b) reclamaciones a esos recursos, y (c) cambios en esos recursos y reclamaciones durante el período, describe completamente las actividades económicas de la matriz y sus subsidiarias. En consecuencia, un conjunto completo de estados financieros consolidados proporciona una representación fiel de las actividades económicas de la zona circunscrita. Los principios de consolidación, incluida cualquier excepción a la consolidación en circunstancias en que exista una relación matriz-filial, se harían a nivel de normas.

Estados financieros exclusivos para padres

RE10. Los estados financieros exclusivamente matrices, que en ciertas situaciones pueden ser útiles o requeridos, no representan completamente las actividades económicas de una entidad informante que incluye una relación matriz-filial y, por lo tanto, no son suficientes para cumplir con el objetivo de la información financiera de propósito general. Los estados financieros de matrices presentan a las subsidiarias como inversiones y no representan (a) los recursos de las subsidiarias, (b) los reclamos sobre esos recursos, y (c) los cambios en esos recursos y reclamos durante el período. En consecuencia, los estados financieros solo para matrices no representan fielmente los resultados operativos, la posición financiera y la estructura de capital de la matriz y sus subsidiarias como una sola unidad económica.

Parte de una entidad

RE11. Una parte de una entidad más grande, como una subsidiaria, sucursal o división, puede representar un área circunscrita de actividades económicas y, en consecuencia, cumplir con la descripción y las características de una entidad informante en los párrafos RE4 y RE5. Una parte de una entidad más grande todavía necesitaría consolidar cualquiera de sus propias relaciones subsidiarias para cumplir con el objetivo de la información financiera para fines generales, de conformidad con el párrafo RE8.

RE12. Para que una parte de una entidad más grande prepare informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, debe identificar las actividades económicas de su área circunscrita. Las decisiones sobre qué actividades económicas deben atribuirse a la parte de una entidad más grande deben dar lugar a informes financieros de propósito general que proporcionen una representación fiel de la parte de la posición financiera y el desempeño de la entidad más grande.

RE13. Sobre la base de las necesidades de los usuarios previstos, la parte de una entidad puede preparar informes financieros que no incluyen un conjunto completo de estados financieros. En esas circunstancias, los informes financieros tienen un propósito especial. Debido a que esos informes financieros para fines especiales no representan completamente la parte del área circunscrita de actividades económicas de una entidad, los informes financieros no se considerarían informes financieros de propósito general.

Estados financieros combinados

RE14. Los estados financieros combinados pueden representar adecuadamente dos o más entidades que están bajo control común o administración común, incluidas las circunstancias en las que no existe una relación matriz-filial. Si dos o más entidades comúnmente controladas o comúnmente administradas se combinan para representar un área circunscrita de actividades económicas, la zona circunscrita puede representar a una entidad informante si puede preparar informes financieros de propósito general. Un conjunto completo de estados financieros combinados es coherente con el objetivo de la presentación de informes financieros de propósito general.

Este capítulo de la Declaración de Conceptos 8 fue adoptado por el voto unánime de los siete miembros del Consejo de Normas de Contabilidad Financiera:

Richard R. Jones, Presidente

James L. Kroeker, Vicepresidente

Christine A. Botosan

Gary R. Buesser

Frederick L. Cannon

Susan M. Cosper

Marsha L. Hunt

1. El objetivo de la información financiera de propósito general se describe en el párrafo OB2 del Capítulo 1, El objetivo de la información financiera de propósito general, de esta Declaración de conceptos.

2. Los párrafos OB22 a OB28 del capítulo 1 de esta declaración de conceptos proporcionan contexto para la aplicación del objetivo a las entidades sin fines de lucro.

3. Un conjunto completo de estados financieros, tal como se define en el párrafo PR20 del Capítulo 7, Presentación, de este Estado de Conceptos, presenta los elementos de los estados financieros y el reconocimiento y la medición relacionados con esos elementos, incluida la información presentada en el párrafo PR18 del Capítulo 7.

Apéndice: Base de las conclusiones

Introducción

BC2.1 La siguiente base para las conclusiones resume las consideraciones de la Junta para llegar a las conclusiones de este capítulo. Incluye razones para aceptar algunas alternativas y rechazar otras. Los miembros individuales de la Junta dieron mayor peso a algunos factores que a otros.

BC2.2 En enero de 2014, el FASB reactivó su proyecto de Marco Conceptual. Los siguientes son documentos históricos clave publicados sobre el concepto de entidad informante: a. Mayo de 2008—FASB and IASB Discussion Paper, Preliminary Views— Conceptual Framework for Financial Reporting: The Reporting Entity b. Marzo de 2010—FASB y IASB proponen una declaración de conceptos, Marco conceptual para la información financiera: la entidad que presenta los informes c. Octubre de 2022—FASB propuso la Declaración de Conceptos No. 8, Marco Conceptual para la Información Financiera—Capítulo 2, La Entidad Informante.

BC2.3 El término entidad informante se utiliza varias veces en las declaraciones de conceptos existentes, y el párrafo OB1 en el capítulo 1 de esta declaración de conceptos hace referencia explícita a un concepto de la entidad informante. Dado que el marco conceptual pretende ser un sistema coherente de objetivos interrelacionados y conceptos fundamentales, es necesario desarrollar un concepto de entidad informante.

BC2.4 Para ser coherente con el objetivo de la presentación de informes financieros para fines generales, la Junta llegó a la conclusión de que era esencial que la descripción de una entidad informante se centrara en la noción de un área circunscrita de actividades económicas. Al tomar decisiones de asignación de recursos, los proveedores de recursos identifican un área circunscrita de actividades económicas que desean evaluar para obtener los rendimientos esperados. Para satisfacer las necesidades de información de los proveedores de recursos y lograr el objetivo de la presentación de informes financieros de propósito general, el área circunscrita, como entidad informante, debe proporcionar informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, a los proveedores de recursos.

Descripción de una entidad informante

BC2.5 El objetivo del concepto de entidad informante es describir una entidad informante. La descripción de una entidad informante es coherente con el objetivo de la información financiera de propósito general. La Junta llegó a la conclusión de que un concepto de entidad informante debería centrarse en: a) identificar un área circunscrita de actividades económicas y (b) representar fielmente las actividades económicas de esa área circunscrita en la presentación de informes financieros para fines generales. Para representar fielmente la información financiera de la entidad informante, dicha entidad informadora debe identificar las actividades económicas de su área circunscrita. Para cumplir el objetivo de la información financiera de propósito general, la entidad informante debe representar fielmente las actividades económicas de su área circunscrita en la información financiera de propósito general.

BC2.6 Como se indica en el párrafo RE5(a), una entidad informante debe haber realizado actividades económicas. La Junta observó que, a falta de actividades económicas, no habría información financiera que comunicar. Sin embargo, la Junta observa que las actividades económicas incluirían contribuciones iniciales a una entidad, que en consecuencia serían información financiera que indicaría que se cumpliría la característica del párrafo RE5 a).

BC2.7 La Junta llegó a la conclusión de que, si bien una entidad jurídica es un área circunscrita de actividades económicas que podría representar a una entidad informante, la forma o estructura jurídica de una entidad no debería dictar exclusivamente si una zona circunscrita de actividades económicas representa a una entidad informante. Por ejemplo, una empresa unipersonal no está legalmente separada de su propietario; Sin embargo, una empresa unipersonal puede preparar informes financieros de propósito general para su área circunscrita de actividades económicas.

Estados Financieros Consolidados

BC2.8 La Junta decidió no definir el término control en este capítulo. La Junta razonó que el término control se define a nivel de normas. En conceptos, si un área circunscrita de actividades económicas representa una relación matriz-filial, es necesario un conjunto completo de estados financieros consolidados que representen fielmente las actividades económicas del área circunscrita para cumplir el objetivo de la información financiera de propósito general. Como se señala en el párrafo RE9, cualquier excepción a la consolidación en circunstancias en las que exista una relación matriz-filial se haría a nivel de normas.

Estados financieros exclusivos para padres

BC2.9 Como se señaló en el párrafo RE10, la Junta llegó a la conclusión de que los estados financieros de la matriz no representan completamente las actividades económicas de una zona circunscrita que representa una relación matriz-filial y, por lo tanto, no son suficientes para cumplir el objetivo de la presentación de informes financieros para fines generales. A pesar de esa conclusión, los estados financieros exclusivos para padres pueden proporcionar información útil a los proveedores de recursos como informes financieros para fines especiales. Por ejemplo, los estados financieros solo para matrices pueden ayudar a los proveedores de recursos a evaluar el nivel de dividendos que la entidad controladora es legalmente capaz de pagar sin depender de los fondos transferidos de sus subsidiarias o tal vez reflejando el valor razonable de las subsidiarias que se mantienen como inversión si una entidad elige proporcionar dicha información de valor razonable para las inversiones.

Parte de una entidad

BC2.10 La Junta llegó a la conclusión de que una parte de una entidad más grande puede calificar como entidad informante si la parte de la entidad representa un área circunscrita de actividades económicas cuya información financiera puede representarse fielmente en la información financiera de propósito general.

BC2.11 La Junta reconoce que en algunos casos existen complejidades prácticas en la identificación de los activos, pasivos y operaciones de una parte de una entidad, específicamente para las partidas que se asignan a la parte de la entidad. Para lograr el objetivo de la información financiera de propósito general, la parte de una entidad más grande debe preparar informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, que representen fielmente las actividades económicas de su área circunscrita, incluidas las actividades que deben asignarse a la parte de la entidad, como las actividades generales corporativas.

Estados financieros combinados

BC2.12 La Junta llegó a la conclusión de que los estados financieros combinados pueden representar adecuadamente dos o más entidades que están bajo control o administración común, incluidas las circunstancias en las que no existe una relación matriz-filial. La Junta decidió incluir el concepto de gestión común para reflejar las estructuras utilizadas por diversas entidades (por ejemplo, entidades sin fines de lucro). La Junta razonó que dos o más entidades comúnmente controladas o administradas comúnmente que se combinan pueden representar un área circunscrita de actividades económicas y, por lo tanto, cumplir con la descripción de una entidad informante. En consecuencia, los informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros combinados, que representan fielmente las actividades económicas del área circunscrita logran el objetivo de la información financiera de propósito general.



EBA, EIOPA anuncian DPM 2.0, Conduct Meet the Market


Más de la conferencia Eurofiling. La Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) anunciaron una serie de nuevos desarrollos, incluido el lanzamiento del Data Point Model 2.0.

No es tanto una reforma como una reinvención completa, el nuevo marco de modelado es un mecanismo interno utilizado por estos reguladores de la UE para definir los requisitos de informes, las plantillas y las reglas de validación. ser accedido e implementado por los reguladores con una serie de herramientas que se están desarrollando para este propósito.

El DPM funciona con XBRL al derivar taxonomías de informes y reglas de fórmula XBRL del marco más abstracto. Estas taxonomías, a su vez, se utilizan para facilitar la presentación de informes por parte de las Autoridades Nacionales Competentes (también denominadas ‘Supervisores’ en Europa) a los Reguladores (EBA y EIOPA). La gran mayoría de las NCA obligan al uso de XBRL como el formato que deben utilizar las empresas reguladas para informarles.

Desde finales de 2025, la EBA y EIOPA requerirán el uso de xBRL-CSV en lugar de xBRL-XML existente, en parte para facilitar lo que se espera que sean recopilaciones de datos cada vez más granulares.

Todo este cambio suscita (como es natural) un número considerable de preguntas. Entonces, en Eurofiling, el miércoles de esta semana, miembros clave de los equipos de liderazgo de EBA y EIOPA llevaron a cabo una sesión Meet the Market, respondiendo a un número significativo de preguntas de los asistentes. Moderado por John Turner de XBRL International con la hábil asistencia de Gilles Maguet de XBRL Europe, se cubrió mucho terreno, incluido el proceso de migración que los reguladores planean seguir para cambiar de DPM1 a DPM2, la alineación de las reglas de presentación, el enfoque en las pruebas de reglas y plantillas y una variedad de preguntas de desempeño.

Gran parte del enfoque de la reunión involucró el proceso que enfrentan los proveedores al cambiar a xBRL-CSV y, en particular, los mecanismos que EBA y EIOPA planean utilizar para convertir las reglas de calidad de datos de su modelo interno DPM 2.0 en reglas de validación XBRL. En parte para ayudar en este esfuerzo, la hoja de ruta actual de la fórmula XBRL del XBRL International Standards Board es muy relevante.

¿El mensaje principal de la reunión? Cuantas más pruebas, más evaluaciones de rendimiento y más esfuerzo se pueda poner en las reglas de validación, mejor. Pero aún más, hubo un acuerdo firme sobre la necesidad de una colaboración y comunicación continua. El equipo de Eurofiling publicará grabaciones de esta y muchas otras sesiones en breve.


EBA y EIOPA publican Data Point Modeling Standard 2.0 para fomentar la colaboración y la armonización en el campo de los informes de supervisión

13 junio 2023

  • El estándar de modelado de puntos de datos (DPM) 2.0 mejora y evoluciona significativamente el estándar actual, y es un componente clave de los diccionarios de datos de EBA y EIOPA y una piedra angular de sus marcos de informes.
  • Este estándar mejorado es la respuesta conjunta a los desafíos del aumento del volumen, la granularidad y la complejidad de los datos y sienta las bases para un diccionario de datos sólido y preparado para el futuro, respaldado por herramientas de gestión adecuadas.

El Estándar DPM 2.0 publicado hoy mejora la metodología que es el núcleo del proceso de informes de EBA y EIOPA, creando un enfoque totalmente consistente para modelar los requisitos de informes. El nuevo DPM es compatible con todo el ciclo de vida de los informes, desde la definición de datos hasta la exploración de datos, y tiene como objetivo aprovechar los beneficios de una colaboración más sólida y una mayor armonización, al mismo tiempo que mejora el procesamiento digital de los datos reglamentarios requeridos por las autoridades.

En la última década, la metodología DPM ha ayudado con éxito a EBA y EIOPA a integrar sus respectivos marcos regulatorios de información. Después de todos estos años, DPM Standard 1.0 requirió mejoras para seguir cumpliendo con el propósito de responder a los cambios en los informes y reducir los costos. DPM Refit nació como la respuesta conjunta para evolucionar el DPM de las autoridades y abordar los desafíos del aumento del volumen, la granularidad y la complejidad de los datos. El estándar DPM 2.0 mejorado está disponible como un bien público para el beneficio de todas las partes interesadas involucradas en el proceso de presentación de informes.

A más largo plazo, el Estándar DPM debería desempeñar un papel clave en la construcción de un único diccionario intersectorial para todo el sector financiero. Al proporcionar un enfoque consistente para modelar los requisitos de informes, el estándar debería facilitar la futura integración de conceptos y definiciones (integración semántica) en un diccionario de datos común.

A medida que avance el trabajo, la EBA y EIOPA compartirán más información sobre los próximos pasos y organizarán eventos específicos.

Base legal y antecedentes

La Directiva de Solvencia II y el Reglamento Paneuropeo de Productos de Pensiones Individuales (PEPP) exigen que la AESPJ elabore proyectos de normas técnicas de ejecución para especificar los formatos y plantillas de informes uniformes, las instrucciones y la metodología sobre cómo utilizar esos modelos, la frecuencia y las fechas de los informes, las definiciones y las soluciones informáticas para los requisitos de información especificados en los mismos textos legales.

El Reglamento de Requisitos de Capital (CRR), la Directiva de Recuperación y Resolución Bancaria (BRRD) y el Reglamento de Empresas de Inversión (IFR) requieren que la EBA desarrolle proyectos de normas técnicas de implementación (ITS) para especificar los formatos y plantillas de informes uniformes, las instrucciones y la metodología. sobre cómo usar esas plantillas, la frecuencia y las fechas de los informes, las definiciones y las soluciones informáticas para los requisitos de información especificados en los mismos textos legales.

La EBA y EIOPA utilizan modelos DPM para producir especificaciones de intercambio de datos en formato de taxonomía XBRL. Las autoridades publicaron recientemente la versión revisada de la arquitectura de taxonomía XBRL para implementar las mejoras introducidas por el estándar DPM 2.0.


Informes de supervisión: DPM y XBRL

Informe de datos

La metodología DPM y XBRL son el estándar para la presentación de informes de datos entre EIOPA y las autoridades nacionales competentes.

EIOPA implementó la metodología DPM y XBRL como el estándar para la presentación de informes de datos entre EIOPA y las autoridades nacionales competentes luego de una decisión de la Junta de Supervisores sobre la recopilación de información por parte de EIOPA y una decisión de la Junta de Supervisores sobre la presentación de informes. Documento de información clave del Producto Europeo de Pensiones Personales.

Cambios en las versiones de taxonomía

Actualmente, el paquete de taxonomía de informes de EIOPA no solo incluye Solvencia II (para empresas de seguros y reaseguros, vehículos de propósito especial y sucursales de empresas de seguros de terceros países), sino también los informes para fines de estabilidad financiera de EIOPA, estadísticas de seguros del BCE, necesidades de información de EIOPA sobre IORP, Estadísticas de Fondos de Pensiones del BCE, información sobre PEPP prudencial (integrado y autónomo para cubrir entidades declarantes de todos los sectores financieros) y, por último, también el paquete de divulgación de Solvencia II.

EIOPA está introduciendo una forma más automatizada y eficiente de producir taxonomías, reduciendo el riesgo de errores y mitigando la frecuencia y el impacto de los cambios comerciales y técnicos en la implementación de los requisitos de presentación de informes.

Para permitir que el mercado se anticipe y se adapte a estos cambios, explicamos en el documento a continuación qué cambios comerciales y técnicos estamos introduciendo, qué consecuencias tendrán y cuándo se introducirán. Lea el documento a continuación para obtener más información sobre los próximos cambios en las publicaciones de taxonomía de EIOPA:

8 FEBRERO 2023

Cambios en las versiones de taxonomía -2023

EBA y EIOPA junto con Eurofiling han revisado la arquitectura de taxonomía para implementar las mejoras introducidas en el modelado de puntos de datos a través de DPM Refit.

2 MAYO 2023

Borrador de arquitectura de taxonomía

El modelo de punto de datos (DPM)

Una representación estructurada de los datos, identificando todos los conceptos de negocio y sus relaciones, así como reglas de validación. El modelo de punto de datos (DPM) implementa las definiciones uniformes y consistentes incluidas en los estándares técnicos de implementación (ITS), las pautas y las decisiones de la Junta de Supervisores sobre informes y divulgación. Está compuesto por las plantillas comentadas para el PEPP PR, Solvencia II y para los fondos de pensiones con el diccionario común DPM.

El modelo de punto de datos 2.0 (DPM – Proyecto de reacondicionamiento)

El estándar Data Point Model (DPM) es un componente clave del diccionario de datos utilizado por la EBA y EIOPA para definir conceptos para los requisitos de datos reglamentarios armonizados aplicables a las instituciones financieras en el Espacio Económico Europeo (EEE). En ese sentido, el Estándar DPM apoya a los expertos que preparan o usan datos de informes regulatorios al proporcionar una representación estructurada de la información, identificando todos los conceptos comerciales y sus relaciones, así como reglas de validación y cálculo.

El estándar DPM 2.0 mejora la metodología que se encuentra en el centro del proceso de presentación de informes de EBA y EIOPA, creando un enfoque totalmente coherente para modelar los requisitos de presentación de informes. El nuevo DPM admite todo el ciclo de vida de los informes, desde la definición de datos hasta la exploración de datos, y tiene como objetivo aprovechar los beneficios de una colaboración más sólida y una mayor armonización y mejorar el procesamiento digital de los datos reglamentarios requeridos por las autoridades.

EBA y EIOPA, en su viaje hacia el proyecto DPM Refit, están publicando ahora el paquete principal, mientras que compartirán aquí más información sobre los próximos pasos y eventos específicos.

13 JUNIO 2023

Documentación técnica de reacondicionamiento de DPM 2.0

Inglés

Las taxonomías XBRL y artefactos relacionados

Implementar los requisitos de datos técnicos y las reglas de validación descritas por el modelo de puntos de datos en el formato técnico de XBRL. El estándar XBRL y las soluciones de software son implementados por partes externas (XBRL International y proveedores de software) para proporcionar soluciones de software que cumplan con los requisitos definidos.

Código fuente T4U (Código fuente que proporciona los medios para crear una tabla de «Mapeo»):

PUBLICACIONES GENERALES19 junio 2023

La lista de validaciones

Contiene el listado de validaciones de PEPP PR, Solvencia II y fondos de pensiones a cumplir por los informes. La lista se actualiza de acuerdo con la gobernanza de las publicaciones de taxonomías y se modifica después de una consulta pública.

La lista de problemas conocidos

La lista describe problemas y proporciona soluciones a tener en cuenta durante la implementación técnica. Principalmente correcciones en relación a las taxonomías DPM y XBRL.

Lanzamientos de taxonomía XBRL

Para fines de planificación de la implementación de TI, consulte The Governance of Taxonomy Releases (actualmente en revisión), el cronograma más reciente para 2023-2024 (actualizado el 29/03/2023) y la hoja de ruta de taxonomía (actualizado el 29/03/2022).

La versión 2.7.0 es la que se utilizará para el período de referencia entre el cuarto trimestre de 2022 y el tercer trimestre de 2023 e incluye la integración de PEPP Prudential (PEPP PR) para los marcos de Solvencia II y Fondos de Pensiones, así como los informes independientes de PEPP PR. La versión 2.7.1 incluirá solo el reflejo de la entrada de Croacia en la zona euro.

La versión 2.8.0 es la que utilizarán las aseguradoras, reaseguradoras y sucursales de aseguradoras de terceros países para el período de referencia comprendido entre el 4T-2023 y el 4T-2024 e incluye cambios solo en Solvencia II, pero no en Fondos de Pensiones ni al PEPP. La versión final de 2.8.0 sin validaciones se publicó el 29 de julio de 2022.

Se planeó publicar la versión final de 2.8.0 con validaciones y modelado en enero de 2023. Aunque la versión estaba lista y se consideraba definitiva, EIOPA decidió publicarla primero como PWD3 el 31 de enero de 2023 para consultar a los participantes del mercado, incluida una taxonomía. -meets-the-Market evento público en febrero de 2023.

De ahora en adelante, el comunicado final oficial se publicó el 17 de marzo de 2023. Este cambio proporcionó más tiempo a los contribuyentes para verificar las validaciones e incorporar sus comentarios. La intención era no agregar validaciones entre PWD3 y la versión final, es decir, la intención comercial de las validaciones era final en PWD3 y solo los comentarios recibidos se incorporaron en la versión final de la taxonomía 2.8.0 con validaciones. La revisión 2.8.0 se publicará a más tardar el 30 de septiembre de 2023.

Para el período de referencia entre el cuarto trimestre de 2023 y el cuarto trimestre de 2024, el PEPP utilizará la versión 2.7.0 y los IORP utilizarán la versión 2.7.0 o 2.7.1.

Con respecto a la versión 2.8.1 para FICOD (Conglomerados financieros), esta será una versión intersectorial independiente (no integrada) que se usará para la presentación de informes de conglomerados dirigidos por seguros. El borrador de trabajo público se publicará el 1 de junio de 2023, la versión final se publicará el 31 de julio de 2023. La fecha de aplicación es el 31 de diciembre de 2023 con el primer informe en 2024.

EIOPA tiene como objetivo continuar con el enfoque de una publicación de taxonomía por año para concentrar la cantidad de publicaciones de taxonomía en la medida de lo posible. Sin embargo, en circunstancias de cambios comerciales intensos o cuando, eventualmente, una taxonomía publicada contiene defectos materiales, puede ser necesaria una segunda publicación. Como medida de precaución, esta posible liberación correctiva, etiquetada como ‘Revisión’, se incluye en el cronograma anual para ayudar en la planificación.

Los modelos de punto de datos PEPP y las taxonomías XBRL

Taxonomía y modelo de punto de datos de PEPP PR 2.7.0 (publicado el 16/07/2022, revisión 08/11/2022)

KID PEPP Data Point Model and Taxonomy 2.6.1 (Publicado el 8/6/2021, Validaciones actualizadas el 11/08/2022)

Modelos de puntos de datos de Solvencia II y taxonomías XBRL

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.8.0 (Publicado el 17/03/2023) (Validaciones actualizadas el 19/06/2023)

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.7.0 (publicado el 16/07/2022), (revisión del 08/11/2022 y 28/02/2023), (validaciones actualizadas el 02/03/2023)

Insurance Data Point Model and Taxonomy 2.6.0 (Publicado el 15/07/2021) (desactivación de validaciones actualizada el 20/06/2022) (Hotfix del 03/11/2021)

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.5.0 (publicado el 15/7/2020) (revisión para el 11/3/2020) (desactivaciones de validaciones para el 08/11/2021)

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.4.0 (publicado el 15/07/2019, revisión de validaciones que no funcionan actualizada el 4/11/2019)

Modelo de punto de datos y revisión de taxonomía 2.3.0 (publicado el 17/07/2018, actualización de revisión antes del 11/05/2018)

Los modelos de puntos de datos de los fondos de pensiones y las taxonomías XBRL

Borrador de trabajo público Modelo de puntos de datos de pensiones y taxonomía 2.9.0 (publicado el 15/05/2023)

Pensión Data Point Model and Taxonomy 2.7.1 (Publicado el 16/07/2022) (Revisión del 08/11/2022 y 01/03/2023) (Validaciones actualizadas el 19/06/2023)

Modelo de Punto de Datos de Fondos de Pensiones y Taxonomía 2.6.0 (Publicado el 15/7/2021) (desactivación de validaciones actualizada el 11/08/2021) (Hotfix al 03/11/2021)

Modelo de puntos de datos de fondos de pensiones y taxonomía 2.5.0 (publicado el 15/7/2020) (revisión del 11/3/2020)

Modelo de puntos de datos de fondos de pensiones y taxonomía 2.3.0 (publicado el 11/05/2018)

Los modelos de punto de datos FICOD y las taxonomías XBRL

Borrador de trabajo público Modelo de puntos de datos FICOD y taxonomía 2.8.1 (publicado el 06/01/2023)

Requisitos de información de supervisión y divulgación pública

Requisitos de información bajo la Directiva Solvencia II

Los requisitos de información supervisora aplicables a todas las empresas sujetas a la Directiva Solvencia II se definen en:

  • Implementación de estándares técnicos sobre informes (incluye plantillas e instrucciones para informes)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2016)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2017)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2018)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2019)
  • Versión consolidada, incluidas las modificaciones de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2016/1868 de la Comisión de 20 de octubre de 2016, (UE) 2017/2189 de 24 de noviembre de 2017, (UE) 2018/1844 de 23 de noviembre de 2018 y (UE) 2019/2103 de 27 noviembre de 2019 y (UE) 2020/657 de 15 de mayo de 2020
  • (UE) 2023/894 – ITS en lo que respecta a las plantillas para el envío de la información necesaria para la supervisión.
  • Debido a 2023/894 – ITS, las NCA han comenzado a identificar errores en los archivos LOG. EIOPA reconoce estos errores y se corregirán en la próxima revisión de ITS. Sin embargo, hasta que se modifiquen, EIOPA solo puede proporcionar aclaraciones sobre lo que se espera en estas celdas de datos mediante el proceso de preguntas y respuestas.
  • Notas explicativas sobre las plantillas de informes.

Requisitos de información para los IORP

  • Decisión sobre los informes de IORPS
  • Decisión revisada de IORP (2023)

Requisitos de información para PEPP

  • Implementación de Normas Técnicas sobre informes para PEPP (Producto Paneuropeo de Pensiones).

Requisitos de divulgación pública en virtud de la Directiva Solvencia II

Los siguientes requisitos de divulgación pública son aplicables a todas las empresas sujetas a la Directiva Solvencia II:

  • Implementación de Normas Técnicas sobre Divulgación.
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Divulgación (2017)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Divulgación Pública (2018)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Divulgación Pública (2019)
  • (UE) 2023/895 – ITS para la divulgación del informe de solvencia y situación financiera.

Requisitos de información a efectos de la estabilidad financiera

Las Directrices sobre la información sobre la estabilidad financiera definen los requisitos de información a efectos de la estabilidad financiera y se aplican a las empresas de seguros y reaseguros individuales, las sucursales de seguros de terceros países y las empresas de seguros y reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros o las sociedades financieras mixtas de cartera.

Requisitos aplicables a las sucursales de empresas con domicilio social fuera de la Unión Europea

El objetivo de las Directrices sobre la supervisión de sucursales de empresas de seguros de terceros países es garantizar una protección coherente, eficiente y eficaz de los asegurados dentro de la Unión Europea. Las Directrices sobre las sucursales de terceros países, en particular, pretenden garantizar, como mínimo, el mismo nivel de protección de los tomadores de pólizas de una sucursal de una empresa de seguros de un tercer país que el que disfrutan cuando negocian con una empresa de seguros situada en la Unión Europea, ya sea en su Estado miembro de origen o a través de una sucursal en virtud de la Directiva Solvencia II. Estas Directrices incluyen requisitos de información de supervisión aplicables a todas las sucursales de empresas con sede fuera de la Unión Europea sujetas a la Directiva Solvencia II.

Para minimizar la carga de información sobre la industria de seguros, el Reglamento del BCE permite a los bancos centrales nacionales obtener la información estadística necesaria, en la medida de lo posible, a partir de los datos comunicados con fines de supervisión en el marco de Solvencia II de la UE. Las «plantillas de informes no oficiales que incluyen complementos del ECB» y las instrucciones para los complementos del ECB se denominan «no oficiales y destacan la información que debe proporcionarse con fines estadísticos más allá de los requisitos de supervisión («complementos del ECB»). Las plantillas de informes no oficiales tienen únicamente fines ilustrativos y no están sujetas a la obligación de informar en todos los Estados miembros de la Unión Europea. Las plantillas se denominan «no oficiales» para distinguirlas de las plantillas de informes del Reglamento de Ejecución del BCE. Banco Central Europeo.

Informes bajo la Directiva Solvencia II aplicable a todos los vehículos sujetos a la Directiva Solvencia II

Las Normas Técnicas de Ejecución sobre Vehículos de Propósito Especial definen que los vehículos de propósito especial deben presentar informes de supervisión a las autoridades nacionales competentes anualmente. Estos requisitos de información de supervisión deben permitir a las autoridades de supervisión de las entidades con cometido especial evaluar el cumplimiento continuado de los requisitos pertinentes.

Normas mínimas comunes para las revisiones de los datos informados

Dado el enfoque integrado de presentación de informes seguido para la presentación de informes estadísticos y de supervisión a EIOPA y al BCE, se requiere un entendimiento común del nivel mínimo de calidad de los datos, así como de cuándo se considera necesaria una revisión de los datos.

Si bien la información comunicada debe ser de buena calidad en el momento de su primera presentación, en una etapa posterior pueden ser necesarias revisiones a petición de las autoridades europeas o nacionales o por iniciativa propia de las instituciones financieras.

Por lo tanto, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) y el Banco Central Europeo (BCE) publicaron Estándares Mínimos Comunes para la Revisión de Datos acordados entre el BCE, la AESPJ, los Bancos Centrales Nacionales (BCN) y las Autoridades Nacionales Competentes (NCA).

Identificador de entidad legal (LEI)

El Identificador de Entidad Legal es un código de identificación único propuesto por el Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) y respaldado por el G20 en 2012, cuyo objetivo es lograr una identificación mundial única de las entidades legales que participan en transacciones financieras.

En diciembre de 2021, EIOPA revisó las Directrices sobre el identificador de entidades legales para facilitar y promover aún más el uso de LEI como código de identificación único para entidades legales. Las directrices armonizan la identificación de las personas jurídicas garantizando datos de alta calidad, fiables y comparables.

Las entidades jurídicas afectadas por las directrices son las empresas de seguros y reaseguros y las sucursales correspondientes, así como las Instituciones de Pensiones de Jubilación (IORP) que cumplen condiciones específicas y los intermediarios que operan a nivel transfronterizo.

Las directrices revisadas también analizan el uso del código LEI con fines de identificación cuando las autoridades competentes proporcionan información a EIOPA.

Calidad de los datos en los informes de Solvencia II

Los datos confiables son fundamentales para el éxito de la supervisión basada en datos, la toma de decisiones basada en evidencia y el análisis micro y macro prudencial. EIOPA, junto con las autoridades nacionales competentes, ha estado trabajando para evaluar y mejorar la calidad de los datos de informes de supervisión de seguros. Después de más de 130 000 presentaciones individuales desde la introducción de los informes de Solvencia II en 2016, EIOPA publicó un informe sobre la calidad de los datos en septiembre de 2022. Si bien la medición cuantitativa de la calidad de los datos sigue siendo un desafío, el informe encontró que múltiples indicadores clave de rendimiento y un puntaje de calidad general muestran mejoras significativas a lo largo de los años.



Comentarios de XBRL US sobre la revisión regulatoria de la FHFA


XBRL US envió una carta de comentarios a la Agencia Federal de Financiamiento de la Vivienda (FHFA) en respuesta a su Revisión regulatoria. Entre otras áreas, la FHFA RFC buscó aportes sobre desarrollos legales y de mercado que pueden haber hecho que las regulaciones actuales sean obsoletas o ineficientes. También buscaron comentarios sobre métodos alternativos para cumplir con varios requisitos reglamentarios.

La carta de XBRL US se centró en estos puntos, planteando los siguientes puntos:

  • Alentó a la FHFA a investigar el uso de XBRL y el Identificador de Entidad Legal (LEI) como un medio para cumplir con los requisitos de la legislación de la Ley de Transparencia de Datos Financieros (FDTA) recientemente aprobada.
  • Explicó que el uso generalizado de estándares de datos en los Estados Unidos y fuera de los Estados Unidos es un avance del mercado que la FHFA debería considerar adoptar. Las recopilaciones de datos obsoletas que se utilizan actualmente en la Agencia podrían modernizarse a través de estándares de datos con beneficios para toda la cadena de suministro.
  • Taxonomías y estándares de datos XBRL propuestos como una alternativa mucho mejor al proceso actual de recopilación y suministro de datos en archivos de texto con documentación técnica en PDF como respaldo.

Comentarios/Revisión regulatoria [No. 2023–N–5]

Gracias por la oportunidad de comentar sobre la Revisión Regulatoria de la Agencia Federal de Financiamiento de la Vivienda; Solicitud de comentarios. XBRL US es una organización de estándares sin fines de lucro, con la misión de mejorar la eficiencia y la calidad de los informes en los Estados Unidos mediante la promoción de la adopción de estándares de informes gubernamentales y comerciales. XBRL US es una jurisdicción de XBRL International, el consorcio sin fines de lucro responsable de desarrollar y mantener la especificación técnica para eXtensible Business Reporting Language (XBRL). XBRL es un estándar de datos libre y abierto ampliamente utilizado en los Estados Unidos, y en todo el mundo, para la presentación de informes por parte de empresas públicas y privadas, así como bancos y agencias gubernamentales.

Desde la última revisión regulatoria de la Agencia Federal de Financiamiento de la Vivienda (FHFA) en 2018, los cambios en la legislación, los avances tecnológicos y el uso más amplio de la estandarización de datos en todo el mundo brindan oportunidades importantes para que la FHFA mejore la eficiencia y reduzca la carga de informes en la recopilación de datos de la FHFA. A continuación, se presentan las respuestas a varias de las preguntas planteadas en el RFC.

Pregunta RFC (1) Desarrollos legales o regulatorios, incluidas nuevas leyes, órdenes ejecutivas o decisiones judiciales que se han adoptado desde la promulgación de un reglamento, que hacen que un reglamento sea ineficiente, obsoleto, contrario al precedente legal de control o excesivamente oneroso;

La Ley de Transparencia de Datos Financieros (FDTA) se promulgó el 23 de diciembre de 2022, como parte de H.R. 7776, la Ley de Autorización de Defensa Nacional James M. Inhofe para el año fiscal 2023. La FDTA exige el uso de estándares de datos por parte de las agencias miembros del Consejo de Supervisión de Estabilidad Financiera de los Estados Unidos, incluida la FHFA. Los estándares de datos que deben establecerse en virtud de las reglas finales se definen como:

● Incluir identificadores de entidad comunes

● Ser abierto y no propietario

● Capaz de hacer que los datos se puedan buscar y leer por máquina

● Documentar los requisitos de información financiera en taxonomías legibles por máquina

● Incorporar estándares desarrollados y mantenidos por organismos de estándares de consenso voluntario

● Consistente con los principios de contabilidad y presentación de informes aplicables

Si bien la FDTA no nombra explícitamente el estándar de datos o el identificador de entidad que debe adoptarse, alentamos a la FHFA a investigar el uso de XBRL y el Identificador de Personas Jurídicas (IPJ) para modernizar su proceso de recopilación de datos y cumplir con esta legislación. Tanto el XBRL como el IPJ cumplen los requisitos descritos en el FDTA, así como los objetivos de la legislación para hacer que los datos sean más accesibles y comprensibles.

Por qué XBRL

XBRL es un estándar de datos abierto y no propietario que representa concretamente el modelo de datos semánticos para que pueda hacer que los hechos sean inequívocamente legibles por máquina. Es administrado por un organismo de estándares de consenso voluntario global llamado XBRL International. Los estándares abiertos, como se requiere en el FDTA, son importantes para las implementaciones regulatorias porque garantizan el menor costo para todas las partes interesadas. Algunos estándares pueden ser ampliamente utilizados, pero no son abiertos. El CUSIP y el número DUNS, por ejemplo, son ampliamente utilizados, pero son propietarios y no abiertos, porque son propiedad de entidades comerciales y requieren derechos de licencia para su uso.

XBRL ya es necesario para las entidades que informan a otras agencias de FDTA, incluida la Comisión de Bolsa y Valores (SEC), la Corporación Federal de Seguro de Depósitos (FDIC) y la Junta de Gobernadores de la Reserva Federal. La Comisión Federal Reguladora de Energía (FERC), aunque no es una agencia FDTA, también es un usuario de XBRL. Todos los servicios públicos reportan sus datos financieros a la FERC en formato XBRL.

XBRL se utiliza en todo el mundo en 213 programas regulatorios1 para la presentación de informes por parte de empresas públicas, empresas privadas, instituciones financieras, servicios públicos y bancos. El uso generalizado es importante para cualquier tipo de estándar porque garantiza que haya un gran mercado competitivo de aplicaciones para admitir el estándar para informes, recopilación, extracción y análisis.

El estándar XBRL proporciona un marco (modelo de datos semánticos) que define los datos de forma inequívoca. La siguiente figura, por ejemplo, muestra cómo un hecho como 303.519 se define concretamente por los metadatos en las burbujas naranjas y azules correspondientes. Mientras que un humano que lee este gráfico de datos en Excel puede entender lo que representa el hecho, una computadora solo puede leer el hecho si está acompañado por los metadatos que explican que el hecho representa el precio medio de venta para el estado de Arizona; tiene un tipo de datos monetarios con un tipo de período instantáneo (en lugar de duración); el hecho está representado en dólares estadounidenses para el período 2020.

Cuando este hecho se prepara en formato XBRL, toda la información contenida en las burbujas naranja y azul se transporta junto con ella para que cuando sea recibida por un ordenador, se entienda inequívocamente y se pueda automatizar la extracción y el análisis de datos.

XBRL es un modelo de datos semánticos que se basa en una «taxonomía» que es un diccionario digital de términos. La FDTA requiere el uso de un estándar de datos que está documentado en una taxonomía legible por máquina porque es el enfoque más eficiente y rentable. La taxonomía es un «modelo de datos único» que representa todo lo que se puede informar, cómo se deben presentar los datos y cómo se relacionan los datos con otros datos. El uso de una taxonomía significa:

● Todas las partes interesadas (entidades informantes, recopiladores de datos, usuarios de datos) tienen la misma información sobre cómo informar, qué informar y qué significan los datos.

● El modelo de datos está estrechamente vinculado a los datos reportados, lo que elimina la necesidad de documentos de instrucción que pueden quedar obsoletos.

● Los requisitos de presentación de informes son fáciles de cambiar para los reguladores. Las actualizaciones requieren una participación limitada de TI.

● Permite la adaptabilidad a los cambios tecnológicos.

● Reduce la duplicación y la carga de informes; Optimiza la capacidad de extraer y analizar datos.

● El uso de una taxonomía también puede reducir el tamaño de los archivos de datos porque el archivo de informe solo necesita contener hechos reportados y otra información específica del informe; Hace referencia a la taxonomía que contiene gran parte de la información explicativa adicional.

Por qué el IPJ

Hay más de 2.200 millones de IPJ registrados en todo el mundo2. Hay 275,899 en los Estados Unidos. El IPJ es un código alfanumérico de 20 caracteres que se conecta a información de referencia que permite una identificación clara y única de las personas jurídicas. El uso del IPJ mejora la capacidad de comprender y evaluar el riesgo empresarial y de inversión. El IPJ es abierto, no propietario y cumple con los criterios establecidos de identificadores requeridos por el FDTA.

Alentamos a la FHFA a explorar XBRL y el IPJ para comenzar la transición requerida por la legislación FDTA.

Pregunta RFC (2) Desarrollos del mercado, evolución tecnológica y cambios relacionados que pueden haber hecho que una regulación, en su totalidad o en parte, sea ineficiente, anticuada u obsoleta;

El uso cada vez más generalizado de la estandarización de datos entre los reguladores estadounidenses y no estadounidenses demuestra la necesidad de modernizar la FHFA y la recopilación de datos de otras agencias.

Los datos recopilados por la FHFA se ponen a disposición del público en diferentes formatos, incluidos CSV y archivos de texto. Cada conjunto de datos requiere que los usuarios de los datos revisen la documentación técnica y las aplicaciones de extracción de datos personalizadas que se ajusten a ese conjunto de datos. Un solo usuario puede configurar una herramienta que se puede reutilizar para extraer los mismos datos con actualizaciones. Pero es importante tener en cuenta que existe una carga significativa en todos los usuarios de datos, ya que cada uno establece un sistema único para recopilar ese único conjunto de datos. Además, si hay un cambio en los datos que se recopilan, cada aplicación de extracción de datos personalizada debe volver a crearse para adaptarse al cambio.

Este problema puede ser ilustrado por la base de datos de uso público empresarial de la FHFA. El siguiente elemento visual muestra los datos representados en un gran archivo de texto proporcionado al público, con una vista de parte de la documentación técnica que acompaña al archivo de texto. La documentación explica el significado de los datos que interpretan una fila en el archivo de texto proporcionado. La primera fila del archivo siguiente representa una propiedad unifamiliar con varias características como se describe en la documentación técnica (tenga en cuenta que la documentación comienza con el campo 11 en la fila del archivo de texto).

Los usuarios de datos que confían en este archivo de datos deben crear una aplicación de extracción personalizada para comprender los datos. Si hay un cambio en los datos recopilados, deben reconstruir su aplicación para acomodar el cambio.

Cuando se utiliza un estándar de datos como XBRL, la estructura de los archivos de datos se articula en la taxonomía. Eso significa que una herramienta de extracción de datos utilizada para extraer datos de una presentación ante la SEC también se puede usar para extraer datos de un informe de llamada de la FDIC o una presentación de servicios públicos de la FERC. Los datos presentados en todos estos programas regulatorios están estructurados de manera idéntica a pesar de que los hechos reportados son bastante diferentes. El uso de herramientas listas para usar es significativamente menos costoso para los usuarios de datos que la creación de herramientas especializadas para cada conjunto de datos.

En el caso anterior de FHFA, en lugar de definir el modelo de datos en un documento PDF, se expresaría como una taxonomía XBRL. Los conceptos de la taxonomía estarían relacionados con las columnas de cada fila del archivo de datos asociado. Los usuarios de los datos pueden automatizar la inspección de la taxonomía para comprender los conjuntos de datos relacionados. Esto significa que los cambios en los datos enviados pueden publicarse en la taxonomía y pueden ser recogidos automáticamente por los usuarios de datos y los proveedores de datos.

Si los datos de la FHFA se estructuraran de la misma manera que las presentaciones ante la SEC, la FERC y la FDIC, los usuarios de datos podrían aprovechar las mismas herramientas, reduciendo significativamente sus costos de extracción y análisis.

El uso más amplio de la estandarización de datos en todo el mundo ha dejado claro que la recopilación de datos de la FHFA hoy en día está anticuada y podría modernizarse para beneficiar a toda la cadena de suministro.

Pregunta RFC (5) Demostración de un mejor método alternativo para llevar a cabo un propósito o requisito regulatorio, respaldado por evidencia convincente de medios significativamente menos intrusivos o de un método sustancialmente más eficiente para lograr el mismo propósito de supervisión.

La recopilación de datos ha aumentado con el tiempo a medida que los instrumentos financieros se vuelven más complejos y la necesidad de datos oportunos y granulares con alta integridad se vuelve cada vez más crítica. El proceso de recolección se puede mejorar significativamente estandarizando la estructura de lo que se informa. El valor de los datos estandarizados que incorporan el modelo de datos se evidencia por el creciente uso de estándares de datos como XBRL por parte de los reguladores de todo el mundo. En los Estados Unidos, la SEC actualmente requiere el estándar XBRL para 14 tipos de formularios para entidades que van desde la gestión de inversiones hasta empresas públicas, con dos tipos de formularios más en línea en los próximos años. La SEC también ha publicado propuestas de reglas que, si se aprueban según lo propuesto, requerirán el estándar XBRL para formularios adicionales y entidades informantes, incluidos corredores de bolsa, bolsas, agencias de compensación y asociaciones de valores.

La FERC hoy requiere XBRL para 8 tipos de formularios y se espera que también requiera XBRL para los informes trimestrales eléctricos.

Desde el punto de vista de los usuarios de datos, los datos estructurados y legibles por máquina (XBRL) son superiores a otros tipos de formularios debido a la velocidad y precisión del procesamiento. Como señaló el director Global de Datos de Renta Variable de Morningstar3, «Extraer datos de un documento HTML lleva al menos 20 minutos, desde un PDF de buena calidad, toma alrededor de 30 minutos, desde una imagen alrededor de 50 minutos. Sin embargo, los datos extraídos de un archivo XBRL se pueden extraer en 1 o 2 segundos … centrémonos en mejores análisis en lugar de extraer datos de documentos».



ESMA publica nueva estrategia de datos


La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha presentado su nueva estrategia de datos para 2023-2028. Esta estrategia tiene como objetivo optimizar los procesos de reporte de datos, promover la colaboración y garantizar el uso efectivo de los datos en los mercados financieros. ESMA, el regulador de los mercados financieros de la UE, reconoce la creciente importancia de los datos en la era digital y tiene como objetivo aprovechar su potencial para beneficiar a sus partes interesadas.

La estrategia surge en respuesta al rápido crecimiento de las nuevas tecnologías, así como a los mandatos de supervisión en evolución, incluida la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y el establecimiento de un Punto de Acceso Único Europeo (ESAP).

ESMA describe varios objetivos. El principal es ESAP: el objetivo de convertirse en un centro de datos mejorado, para mejorar la accesibilidad, la usabilidad y la estandarización de los datos. ESMA también busca garantizar que la información se proporcione a los inversores en un formato legible por máquina y conectar los puntos entre diferentes conjuntos de datos.

Para ayudar a lograr los objetivos de la estrategia, ESMA está lanzando un nuevo departamento de Tecnología e Inteligencia de Datos, responsable de desarrollar una comprensión profunda de las necesidades de las partes interesadas y ejecutar las prioridades del regulador.

Nos complace ver que ESMA aspira a ser líder en la modernización de las tecnologías de generación de informes de datos. Hay un enfoque bienvenido en mejorar la calidad de los datos y facilitar el acceso central a los datos a un amplio grupo de partes interesadas.


Resumen

Este documento complementa la Estrategia de la AEVM 2023-2028 explicando cómo se movilizarán los activos de datos de la AEVM para servir y ayudar a cumplir mejor sus objetivos estratégicos y temáticos en el período cubierto.

Contenido

La Estrategia de Datos de la AEVM 2023-2028 establece en primer lugar las motivaciones internas y externas para este informe, que sirven como base para articular posteriormente la visión y los objetivos de los datos de la AEVM. A continuación, proporciona detalles sobre cómo la AEVM pretende ampliar sus capacidades de datos para garantizar la entrega exitosa de los proyectos y tareas enumerados dentro del calendario propuesto, y para lograr sus objetivos estratégicos:

• mejorar el papel de la AEVM como centro de datos, centrándose en la mejora de los datos, la accesibilidad de la información, la interoperabilidad y la facilidad de uso, junto con la armonización y normalización de los datos;

• contribuir a proporcionar información pertinente, útil y comprensible al mercado en forma legible por máquina, y facilitar su uso, también por parte de los inversores minoristas;

• permitir una supervisión de vanguardia, inteligente y eficaz basada en datos;

• buscar el liderazgo de pensamiento y la colaboración en estándares de datos, tecnologías e innovaciones de informes;

• promover la eficiencia, la transparencia y la cooperación en la política de datos, y reducir la carga de presentación de informes; y

• utilizar sistemáticamente los datos para el desarrollo de políticas basadas en la evidencia, la supervisión y la evaluación de riesgos.

Próximos pasos

La AEVM ya ha comenzado con la ampliación de sus capacidades de datos y la implementación de algunos de los primeros entregables planificados, y continuará haciéndolo. Este documento, y en particular la sección del plan de implementación, está destinado a ser revisado con el tiempo a medida que surjan nuevos desarrollos legislativos, tecnológicos o de cualquier tipo relevante que deba abordarse de una manera que requiera ajustes en la Estrategia de Datos de la AEVM 2023-2028.

Impulsores, expectativas de las partes interesadas y situación actual

Antecedentes

La misión de la Autoridad Europea del Mercado de Valores (AEVM) es mejorar la protección de los inversores, promover mercados financieros ordenados y salvaguardar la estabilidad financiera. Establecido en enero de 2011 como parte del Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF), los objetivos centrales de la AEVM se logran mediante la evaluación de los riesgos para los inversores, los mercados y la estabilidad financiera; completar un código normativo único para los mercados financieros de la UE; promover la convergencia de la supervisión; y supervisar directamente a varios actores clave en los mercados financieros.

En octubre de 2022, la AEVM anunció su nueva estrategia para 2023-2028, que se centra en tres prioridades estratégicas (fomentar la eficacia de los mercados y la estabilidad financiera, reforzar la supervisión de los mercados financieros de la UE y mejorar la protección de los inversores minoristas) y dos impulsores temáticos (permitir la financiación sostenible y facilitar la innovación tecnológica y el uso eficaz de los datos).

La actual estrategia de datos de la AEVM, que se elaboró en 2017, fue fundamental para establecer la AEVM como una autoridad que se basa regularmente en el uso de análisis basados en pruebas; que es un centro de datos clave y fiable para sus partes interesadas; que facilite el acceso, la distribución y el análisis de los datos para las ANC que logren sinergias a escala de la UE; y esa es la referencia para la regulación de datos de los mercados financieros de la UE y el desarrollo y la adopción de normas internacionales de datos.

Ahora debe reevaluarse para tener en cuenta los numerosos cambios que se produjeron entre 2017 y 2023, así como para abordar los nuevos desafíos futuros, a fin de apoyar mejor la Estrategia AEVM 2023-2028.

Factores impulsores de la Estrategia de Datos de la AEVM 2023-2028

La AEVM se ha convertido en un regulador y supervisor establecido que desempeña un papel importante en el buen funcionamiento de los mercados financieros del EEE. Mientras tanto, el papel estratégico y la importancia de los datos han evolucionado significativamente desde 2017, a medida que los nuevos mandatos legales, los nuevos marcos regulatorios y las nuevas tecnologías, como las tecnologías de Big Data e Inteligencia Artificial (IA), aumentan la capacidad de las autoridades para obtener información mejor y más amplia. Estos desarrollos dan lugar a mayores expectativas de diversas partes interesadas y la AEVM debe esforzarse por cumplirlas. Para mantenerse al día con un panorama que cambia rápidamente y mantener el nivel adecuado de supervisión regulatoria y supervisora, la ESMA debe considerar los siguientes factores impulsores en su nueva estrategia de datos:

Mandatos y actividades de la AEVM nuevos o en evolución:

• Mandatos de supervisión establecidos recientemente (por ejemplo, administradores de índices de referencia críticos, DRSP, ECC de nivel 2);

• Nuevos trabajos regulatorios sobre finanzas digitales (por ejemplo, DORA, MiCA, régimen piloto DLT) y finanzas sostenibles (por ejemplo, CSRD, SFDR);

• La estrategia de la Comisión Europea sobre los datos de supervisión en los servicios financieros de la UE;

• Los nuevos avances en la agenda de la Unión de los Mercados de Capitales, incluido el establecimiento de un Punto de Acceso Único Europeo (PAAS).

Avances tecnológicos/digitalización:

• Las posibilidades creadas y desafiadas planteadas por el rápido crecimiento de nuevas tecnologías adecuadas para la supervisión, la presentación de informes, la recopilación de datos o el uso de datos, y los desarrollos digitales en rápida evolución (por ejemplo, en las áreas de ciberseguridad, Big Data, DLT, Inteligencia Artificial, RegTech / SupTech);

• La falta de recursos y conocimientos suficientes entre la AEVM y las ANC para seguir de cerca la innovación tecnológica, aprovechando al mismo tiempo las oportunidades que ofrece.

Expectativas de las partes interesadas

Los objetivos de la Estrategia de datos de la AEVM 2023-2028 tienen en cuenta las expectativas y el valor añadido para las partes interesadas de la AEVM. En concreto, se realizaron 25 entrevistas con una muestra de representantes de diferentes grupos: personal de la AEVM, ANC, organismos europeos, organizaciones internacionales, entidades supervisadas por la AEVM y participantes en el mercado. En esta sección se resumen las principales conclusiones de las entrevistas, en lo que respecta a las expectativas de las partes interesadas sobre la Estrategia de datos de la AEVM 2023-2028.

Si bien la AEVM invirtió mucho esfuerzo en mejorar las capacidades de datos, lo que es reconocido por sus partes interesadas, se han expresado algunas áreas de mejora y expectativas para el futuro, que se resumen en los párrafos siguientes y se han tenido en cuenta al establecer los objetivos de esta nueva Estrategia de Datos. A este respecto, las partes interesadas consideran que, para crear valor adicional, la AEVM debe:

• aumentar la eficiencia de los procesos de notificación de datos mediante la realización de economías de escala en colaboración con las demás AES y otros organismos de la UE mediante una mejor gobernanza y cooperación;

• reducir aún más la carga de presentación de informes y aumentar la calidad de los datos mediante el uso de requisitos simplificados, estandarizados, no duplicados e inequívocos que logren la armonización de los datos y un diccionario de datos común;

• ser un líder de pensamiento y un punto de referencia en la modernización de las tecnologías de notificación de datos, para reducir los costes de cumplimiento y proporcionar datos de alta calidad a las partes interesadas mediante la optimización de los flujos de notificación y difusión;

• contribuir en mayor medida a la mejora de la calidad y la facilidad de uso de los datos, mediante la promoción de responsabilidades y gobernanza más eficientes en materia de calidad de los datos, en colaboración con las ANC y otras partes interesadas;

• Promover una colaboración eficaz y eficiente entre las autoridades mediante un mejor intercambio de datos, información, herramientas analíticas (es decir, el centro de datos) y conocimientos especializados para proporcionar información analítica. Esto debería hacerse mediante procesos armonizados e interoperables de intercambio de datos, incluida la mejora de las interacciones máquina a máquina para reducir los problemas de interpretación y los costos de procesamiento, contribuyendo así a una reducción general de la carga de presentación de informes, por ejemplo, reduciendo las solicitudes de datos duplicadas;

• disponer de capacidades en toda la organización para una supervisión avanzada basada en el riesgo y basada en datos, mejorando así la disponibilidad y la calidad de los datos para la supervisión directa y una mayor convergencia de la supervisión;

• ser un líder de pensamiento en la regulación de nuevos productos y servicios financieros con el fin de informar y regular la supervisión, con un mayor enfoque en la información relacionada con la sostenibilidad y la protección de los inversores; y

• Aumentar la comunicación, la transparencia y la retroalimentación sobre por qué y cómo la comunidad reguladora y supervisora utiliza los datos a través, entre otras cosas, de una cooperación más estrecha con los participantes del mercado y otras autoridades.

• mejorar el acceso a los datos y análisis por parte de los participantes en el mercado, ampliando el alcance de los datos compartidos y garantizando un fácil acceso, en particular en forma legible por máquina.

Situación actual de los datos de la AEVM

A finales de 2021 se realizó una evaluación de las capacidades de datos de la ESMA sobre la base de un marco de madurez de la capacidad de datos líder en la industria.

En general, la evaluación concluyó que:

• Los datos son un motor estratégico en el núcleo de la AEVM: la AEVM ha desarrollado normas coherentes de presentación de datos en todas las áreas en las que la AEVM desempeña una función reguladora/supervisora y cuenta con procesos para acceder a los datos y utilizarlos, crear contenido analítico, así como planificar y contratar talentos de datos; sin embargo

• La AEVM se encuentra principalmente en un nivel de madurez «oportunista»: las iniciativas y los esfuerzos para explotar los datos no se coordinan sistemáticamente internamente, y la capacidad para analizar, integrar, organizar y acceder a los datos podría ser más avanzada. La gobernanza de datos de la AEVM también es demasiado compleja y no está lo suficientemente definida, lo que agota los recursos en los esfuerzos de coordinación.

Visión y estrategia de datos

La visión y los objetivos de los datos de la AEVM a continuación se basan en la Estrategia general de la AEVM 2023-2028 publicada recientemente, las expectativas de las partes interesadas de la AEVM detalladas en una sección anterior, así como las limitaciones expuestas durante la evaluación de capacidades mencionada anteriormente.

La estrategia de datos de la AEVM complementa la estrategia de la AEVM al reflexionar sobre los retos en materia de datos que plantea esta última y los traduce en una visión y unos objetivos viables que ayudarán a la AEVM a cumplir su misión durante el período 2023-2028; centrándose en sus tres prioridades estratégicas y siendo impulsado por los dos temas clave.

Visión de datos

La visión de ESMA Data es «contribuir a la misión de ESMA con datos de alta calidad e información analítica»

Esta visión tiene tres impulsores subyacentes:

• Eficiencia de los datos: reducir los costos de cumplimiento de los participantes en el mercado y racionalizar el uso de los datos

• Capacidades de datos de la AEVM y la ANC: intercambio de información, conocimientos y herramientas

• Datos en el núcleo de la AEVM: Proporcionar evidencia basada en datos para respaldar las decisiones y actividades de la AEVM (incluida la supervisión basada en los resultados).

Un primer paso dado por ESMA que traduce esta visión en un resultado tangible es la creación del departamento de Data Intelligence and Technology. Este departamento cubrirá el conjunto completo de competencias relacionadas con todo el ciclo de vida de los datos mediante el establecimiento de centros de excelencia que apoyen a las partes interesadas internas y externas. La nueva organización será uno de los facilitadores clave para la implementación de la Estrategia de Datos de ESMA mediante el establecimiento de una estrecha cooperación y comprensión de las necesidades de las partes interesadas, una visión general completa de los datos, procesos y tecnología, eficiencia, sinergias y economías de escala. Las competencias combinadas permitirán explotar todo el potencial de los datos por parte de las partes interesadas internas y externas.

Objetivos estratégicos de los datos

Para que la visión de datos de la ESMA tome forma, se han definido seis objetivos estratégicos. Para cada uno, una breve explicación del contexto (dónde está la AEVM, dónde quiere estar y por qué) sirve como introducción a las principales acciones que la AEVM emprenderá en los próximos años para cumplir estos objetivos.

Objetivo A – Centro de datos mejorado: mejorar el papel de la AEVM como centro de datos, centrándose en la mejora de los datos, la accesibilidad de la información, la interoperabilidad y la facilidad de uso, junto con la armonización y normalización de los datos.

Como parte de su anterior estrategia de datos, la AEVM ha desarrollado un acceso normalizado a los datos para las partes interesadas mediante la creación de sistemas centralizados que proporcionan acceso a los datos de supervisión a las autoridades competentes (por ejemplo, el punto de acceso único a los datos de los registros de operaciones, el mecanismo de intercambio de información sobre transacciones), a los datos de referencia en los que los participantes en el mercado pueden confiar para su funcionamiento diario (por ejemplo,  la Plataforma Europea de Calificación, el Sistema de Datos de Referencia de Instrumentos Financieros, el Sistema de Transparencia de los Instrumentos Financieros, la base de datos del folleto), así como a los registros públicos3 accesibles en el sitio web de la AEVM a través de un motor de búsqueda unificado.

La AEVM continuará el desarrollo del centro de datos para proporcionar, además de las funcionalidades de intercambio de datos, una plataforma compartida en la que las partes interesadas y la AEVM puedan trabajar con los mismos datos de manera unificada y sin duplicarlos. Esto también ayudará a reducir el coste total al evitar la construcción de múltiples sistemas con el mismo fin y tener la posibilidad de utilizar la misma plataforma para diferentes proyectos, incluidos los proyectos conjuntos con AES y ANC. Las acciones específicas previstas por la AEVM son:

• Cuando proceda, poner en marcha nuevos proyectos conjuntos para lograr economías de escala:

o explorar las posibilidades de proporcionar a las ANC datos comunes y herramientas de supervisión;

o Sobre la base del proyecto en curso para normalizar los datos de la cartera de pedidos, desarrollar un mecanismo que facilite el intercambio de datos de la cartera de pedidos;

o Establecer acuerdos de intercambio de datos para facilitar el intercambio de datos entre la AEVM, las ANC y otras autoridades

• Continuar desarrollando la Plataforma de Datos ESMA basada en tecnologías de big data hacia una plataforma analítica compartida:

o Habilitar análisis avanzados (inteligencia artificial, aprendizaje automático, etc.) en todos los conjuntos de datos en la plataforma de datos de ESMA;

o Proporcionar datos maestros consolidados de alta calidad8 a las ANC;

o Desarrollar cuadros de mando con funciones analíticas y agregados de datos listos para usar para servir a las partes interesadas internas y externas;

o Permitir el trabajo colaborativo con las ANC sobre los conjuntos de datos regulatorios y de supervisión disponibles de la AEVM (por ejemplo, EMIR, SFTR, titulización, MiFID), así como los comerciales (cuando estén permitidos contractualmente) a través de secuencias de comandos, visualización y herramientas de comunicación.

Objetivo B – Acceso a los datos de interés público: contribuir a proporcionar información pertinente, útil y comprensible al mercado en formato legible por máquina, y facilitar su utilización, también por parte de los inversores minoristas.

Los datos, siempre que se pongan a disposición del público en general en un formato fácil de usar y de fácil acceso, también pueden servir a las prioridades estratégicas de la AEVM al mejorar la transparencia en los mercados y reducir las barreras para acceder a la información reguladora, contribuyendo así a generar confianza en los mercados financieros de la UE por parte de todos sus participantes, especialmente la comunidad de inversores (minoristas). Esto se ha vuelto aún más relevante en los últimos años con el tema de la Unión Europea de Mercados de Capitales (UMC) de nuevo en la agenda regulatoria, así como el creciente papel desempeñado por los inversores minoristas en los mercados financieros y los riesgos a los que se enfrentan.

La AEVM ha identificado varias áreas de acción para cumplir con éxito este objetivo, para las que aprovechará su papel como centro de datos y las capacidades mejoradas previstas enumeradas anteriormente:

• Garantizar que los datos públicos y la información sobre los mercados de valores sean fácilmente accesibles y utilizables por todas las partes interesadas (por ejemplo, a través de puntos de acceso centralizados a los datos e interfaces adecuadas para el acceso manual o automatizado con funcionalidades de búsqueda intuitivas), en particular mediante el desarrollo del PAAS;

• Proporcionar acceso a datos de supervisión anónimos o agregados10 que de otro modo no estarían disponibles públicamente para facilitar, por ejemplo, la innovación y la investigación;

• Compartir datos y análisis con el mercado de una manera inteligible, estructurada y fácil de usar aprovechando la Plataforma de Datos de la ESMA, con el fin de otorgar a los inversores minoristas un acceso más fácil a la información pública.

Objetivo C – Supervisión basada en datos: permitir una supervisión de vanguardia, inteligente y eficaz basada en datos

Los datos desempeñan un papel cada vez más importante en las actividades de supervisión de la AEVM y las ANC, con nuevos tipos de datos y volúmenes crecientes a disposición de las autoridades. Por otro lado, las tecnologías innovadoras también impulsan cambios a través de nuevos tipos de actividades que están sujetas a supervisión. Por consiguiente, la AEVM seguirá utilizando y poniendo a disposición de los supervisores los datos, la información y las herramientas necesarios que permitan una supervisión basada en datos y aprovechen las sinergias entre las actividades complementarias de supervisión de la AEVM y las ANC.

En particular, la AEVM tiene la intención de:

• Reforzar la cooperación con las ANC sobre el uso de datos en la supervisión, a fin de identificar y explotar las sinergias entre las actividades de supervisión de la AEVM y las ANC, compartiendo conocimientos especializados y realizando empresas conjuntas que beneficien a la AEVM y las ANC;

• Garantizar el uso eficiente de herramientas analíticas modernas, para los mandatos de supervisión directa de la AEVM y por parte de las ANC, en particular mediante la realización de proyectos que utilicen tecnologías novedosas, como la inteligencia artificial y el web scraping, que permitan recopilar conocimientos y experiencia y desarrollar conjuntamente herramientas de supervisión.

• Modernizar el enfoque de la calidad de los datos hacia un enfoque más automatizado, centrado en los resultados, basado en los datos y basado en el riesgo, basado en el seguimiento a escala de la UE, indicadores clave de rendimiento comunes, parámetros de referencia y cuadros de mando; y expandirlo a una gama más amplia de conjuntos de datos.

• Desarrollar metodologías y modelos comunes que se aplicarán para la detección de posibles infracciones y para permitir un enfoque basado en el riesgo y acciones de supervisión más específicas de la AEVM y las ANC.

Objetivo D – Liderazgo de pensamiento: perseguir el liderazgo de pensamiento y la colaboración en estándares de datos, tecnologías e innovaciones de informes

En los últimos años, la AEVM ha sido una fuerza impulsora para fortalecer el desarrollo y la aplicación coherente de las normas de datos, como lo demuestran sus esfuerzos por fomentar el uso de identificadores y normas comunes, como el Identificador de Personas Jurídicas (IPJ) y otras normas ISO en los regímenes de información bajo su competencia y por otras jurisdicciones.

La ambición de la ESMA es reforzar su papel como líder de pensamiento global en el desarrollo, coordinación, implementación y promoción de estándares internacionales de datos y mejores prácticas y aumentar la colaboración con las ANC y otras partes interesadas para explorar nuevas formas de financiación y entrega de proyectos conjuntos en beneficio de toda la comunidad.

Al mismo tiempo, el advenimiento de las nuevas tecnologías ha creado nuevas oportunidades en el panorama regulatorio y supervisor que la AEVM busca aprovechar mediante la creación de experiencia en la materia para posicionarse como un punto de referencia en RegTech / SupTech para las ANC, las autoridades internacionales de regulación y supervisión, y el sector financiero en general.

Para cumplir con lo anterior, la AEVM planea lo siguiente:

• Facilitar proyectos piloto y entornos experimentales para aumentar la colaboración con y entre las ANC y desarrollar experiencia conjunta en torno a nuevas tecnologías relacionadas con los datos, como RegTech / SupTech, y facilitar su adopción en los procesos cotidianos;

• Explorar el uso de fuentes de financiación alternativas más allá del presupuesto de la AEVM y las ANC20 para proyectos relacionados con datos y nuevas tecnologías, realizados conjuntamente por las AES, por la AEVM y las ANC, o por las ANC, y coordinados por la AEVM, en beneficio de todas las ANC.

• Aumentar la colaboración con la sociedad pública para recopilar comentarios, obtener nuevos conocimientos y fortalecer la experiencia en datos alojados por ESMA y en nuevas tecnologías y estándares relacionados con los datos. Esto debe llevarse a cabo, por ejemplo, a través de proyectos de investigación en asociación con académicos y organizando conferencias o talleres para desarrollar propuestas concretas con expertos sobre el terreno;

• Fortalecer la participación de la ESMA en grupos internacionales y organismos de gobernanza relevantes para estándares y tecnologías relacionados con los datos, al tiempo que aumenta el intercambio de conocimientos y prácticas;

• Ampliar el uso del intercambio de datos e información con otras autoridades e instituciones europeas como el BCE, la JERS, otras AES, la ACER y otras autoridades cuyo cometido se cruza con el nuestro;

• Intensificar la colaboración con el BCE en iniciativas comunes de datos, en particular en materia de SupTech, RegTech e innovación tecnológica, también en el ámbito de los criptoactivos.

Objetivo E – Política de datos eficiente: promover la eficiencia, la transparencia y la cooperación en la política de datos, y reducir la carga de presentación de informes

Desde su creación, la AEVM se ha centrado en los avances relacionados con la normalización de los datos de supervisión y ha impulsado la evolución de las normas de información de los regímenes nacionales de información divergentes a la normalización en toda la UE de los regímenes de información basados en normas y mensajes comunes. No obstante, como demuestra el control de adecuación de los requisitos de información con fines de supervisión en la legislación de la UE sobre servicios financieros, es necesario seguir armonizando los regímenes de información, reduciendo el coste de cumplimiento por parte de las entidades informantes, aumentando la cooperación entre las autoridades y haciendo un mayor uso de tecnologías modernas para apoyar el proceso de notificación.

Por lo tanto, sobre la base de la experiencia adquirida hasta la fecha, la AEVM tiene la intención de contribuir activamente a la aplicación de la estrategia de datos de supervisión de la CE, cumpliendo los mandatos previstos en la estrategia e influyendo en la forma en que se aplica la estrategia a través de propuestas ambiciosas en las contribuciones específicas requeridas por la AEVM.

El objetivo clave será reducir la carga de cumplimiento para las entidades informantes mediante la reducción de los requisitos duplicados e incoherentes, la optimización de los flujos de notificación, la garantía de un intercambio de datos eficaz y eficiente entre las autoridades y la explotación de las tecnologías emergentes.

La AEVM también tiene la intención de aumentar la comunicación, la transparencia y la información sobre los datos, incluida una cooperación más estrecha con los participantes en el mercado y otras autoridades, en particular las demás AES, el BCE y otros, para encontrar formas de aumentar la eficiencia.

Las acciones específicas previstas por la AEVM incluirán:

• Aprovechando progresivamente, aprovechando la revisión de los regímenes de presentación de informes, aumentar la normalización y la eficiencia de la presentación de informes, garantizando la armonización de las normas, racionalizando los mecanismos y mecanismos de presentación de informes para recopilar información, promoviendo el intercambio de datos y evitando la duplicación de las obligaciones de notificación, así como aumentar la usabilidad de la información pública garantizando la legibilidad mecánica de los datos divulgados;

• Explorar la posibilidad de utilizar nuevas tecnologías para garantizar soluciones de presentación de informes eficientes en función de los costos y las oportunidades de reducir la carga de presentación de informes, en particular, estudiar más a fondo la posibilidad de aplicar el concepto de presentación de informes legibles por máquina y ejecutables;

• Desarrollar un diccionario de datos para los mercados de valores28, tal como prevé la Estrategia de la Comisión Europea sobre datos de supervisión en los servicios financieros de la UE, para contribuir a la coherencia entre los regímenes de información.

Objetivo F – Uso sistemático de datos: utilizar sistemáticamente los datos para el desarrollo de políticas basadas en pruebas, la supervisión y la evaluación de riesgos

Históricamente, la tecnología y los datos siempre han servido como facilitadores para lograr la misión de ESMA. En su nueva estrategia, la AEVM tiene la ambición de adoptar un enfoque más sistemático basado en datos para la regulación, la supervisión y la evaluación de riesgos para cumplir con sus prioridades estratégicas: fomentar mercados efectivos y estabilidad financiera, reforzar la supervisión de los mercados financieros de la UE y mejorar la protección de los inversores minoristas.

Para lograr esto, la AEVM tiene como objetivo reforzar su capacidad de confiar en los datos y utilizarlos para respaldar su trabajo de regulación y supervisión, ayudar a monitorear la convergencia de la supervisión, detectar amenazas para la estabilidad financiera y abordar las preocupaciones de protección de los inversores. Todo ello a través de la promoción de formas de trabajo basadas en pruebas, tanto internamente como en cooperación con las ANC.

Las acciones previstas son:

• Promover un enfoque basado en los datos, en particular:

o Garantizar que los resultados de la AEVM estén respaldados por datos y pruebas siempre que sea posible;

o Desarrollar un marco de la AEVM que defina la gobernanza de datos que respalda las actividades internas de la AEVM;

o Desarrollar metodologías comunes en colaboración con las ANC y otras partes interesadas para permitir un trabajo coherente y comparable sobre los datos entre ellas y la AEVM.

• Construir un punto de acceso central para datos y análisis estandarizados listos para usar para garantizar la interoperabilidad de datos, conectar los puntos entre diferentes conjuntos de datos y evitar el trabajo en silos:

o Completar la migración de conjuntos de datos a la plataforma de datos de ESMA para aprovechar las sinergias de la ingesta de datos a la producción de paneles en todos los conjuntos de datos;

Crear un catálogo unificado de conjuntos de datos, análisis y procesos existentes, promoviendo así la alfabetización de datos en ESMA;

o Desarrollar el diccionario de metadatos de ESMA en sintonía con ESMA Data Platform para garantizar más controles en todos los conjuntos de datos y centralizar la información relevante (fuentes de datos, modelos de datos, glosario de términos, etc.).

Capacidades de destino

Las acciones enumeradas en la sección anterior afectarán a las actividades de la AEVM a lo largo de todo el ciclo de vida de los datos, desde la definición de los requisitos de notificación de datos hasta el uso de los datos mediante el diseño y la implementación de sistemas de notificación de datos. Dada su escala y ambición, alcanzar todos los objetivos estratégicos de datos en los próximos cinco años requiere una profunda renovación del enfoque de la ESMA hacia las diferentes actividades en las que consiste el ciclo de vida de los datos de la ESMA, y cómo interactúan y deben interactuar entre sí.

La primera respuesta de ESMA fue establecer un nuevo departamento de Inteligencia y Tecnología de Datos (DIT) que permite la consolidación del conjunto completo de competencias necesarias para aprovechar mejor los activos de datos, los talentos y beneficiarse de las economías de escala y las sinergias, al tiempo que apoya a las partes interesadas internas y externas a lo largo del ciclo de vida de los datos. A este respecto, el DIT servirá como facilitador de la estrategia de datos, trabajando en estrecha cooperación con otros departamentos de la AEVM internamente, y con las ANC y otras partes interesadas externamente.

A partir de los resultados de la evaluación de capacidades realizada a fines de 2021, DIT centrará sus esfuerzos en el desarrollo, reestructuración o mejora de las siguientes capacidades:

• Organización y gobernanza: las funciones de datos deben diseñarse para responder a las necesidades de las partes interesadas, evitar el trabajo aislado y permitir una coordinación y colaboración eficaces entre departamentos y entre organizaciones (en particular con las ANC) en cada etapa del ciclo de vida de los datos. Es bajo esa premisa que ESMA tiene como objetivo aprovechar las mejores prácticas y marcos de la industria para revisar su gobierno de datos existente, estableciendo y delineando claramente roles, responsabilidades y procesos, para que sea más eficiente y ágil como organización, al tiempo que garantiza la transparencia y la comunicación clara con sus partes interesadas. Este nuevo modelo de gobernanza de datos será uno de los primeros emprendimientos en la implementación de la Estrategia de Datos.

• Procesos y formas de trabajo: Para que la AEVM sea verdaderamente eficiente en la coordinación y ejecución de las numerosas actividades que tienen lugar a lo largo del ciclo de vida de los datos, será de suma importancia converger hacia procesos más racionalizados, avanzar hacia una mayor estandarización e interoperabilidad de los activos de datos, al tiempo que se desarrollan formas comunes de trabajo. A este respecto, los esfuerzos importantes de la AEVM incluirán el diseño de un marco común de conjuntos de datos para definir la priorización y medir la calidad de los datos, y proporcionar datos y análisis normalizados a sus partes interesadas, siendo ambos especialmente pertinentes en el contexto de nuestro compromiso con las ANC.

• Tecnología y herramientas: La tecnología y las herramientas desplegadas en la AEVM deben ser adecuadas para su propósito, ya que deben permitir un uso eficiente de los datos por parte de sus partes interesadas. Para garantizar esto, como primer paso, es necesario identificar los puntos de enfoque clave para que la AEVM sea la más adecuada para ayudar a alcanzar los objetivos establecidos en la estrategia de datos y, en una segunda fase, priorizar e implementar los cambios necesarios. Entre estos cambios, algunos como la migración de la plataforma de big data ya están en marcha, algunos son mejoras planificadas (por ejemplo, un diccionario de metadatos, un catálogo unificado de conjuntos de datos, análisis y procesos existentes), mientras que otros aún no se han especificado (por ejemplo, herramientas de evaluación de riesgos para identificar riesgos e iniciar acciones de supervisión);

• Talentos y habilidades: En un entorno tecnológico en rápida evolución, la paleta de habilidades necesarias en las funciones de datos requiere una (re)calibración constante a medida que algunas prácticas, herramientas y estándares (de datos) se vuelven obsoletos o suplantados por otros. La AEVM debe maximizar el uso de los recursos existentes y demostrar una gran capacidad no solo para atraer, sino también para desarrollar y retener talentos de datos con el fin de prosperar a medio y largo plazo. En términos más generales, y fuera de las meras funciones de datos, la alfabetización de datos también debe integrarse mejor en la cultura de la organización para permitir que la AEVM obtenga el máximo valor de los datos para sus partes interesadas.

Con respecto a lo anterior, ESMA ha definido en el siguiente apartado una hoja de ruta con hitos claros. En el futuro, esta hoja de ruta se comunicará a las partes interesadas y se actualizará periódicamente. Además, la AEVM supervisará el cumplimiento de los diferentes objetivos de la estrategia y elaborará parámetros adecuados para evaluar los avances en la aplicación de los puntos enumerados (por ejemplo, realizando evaluaciones amplias o específicas y comparando sus resultados con los resultados de los anteriores). Esto asegurará que se mantenga en camino para alcanzar el estado objetivo deseado dentro del plazo previsto.

Plan de implementación

Hoja de ruta

Esta sección describe las acciones clave, hitos y productos que se entregarán durante el período de los próximos 5 años, con el fin de alcanzar los objetivos estratégicos. Algunas de las acciones ya están previstas o son proyectos en curso, por lo que son más específicas y se dispone de más información, mientras que las otras acciones, en particular las previstas para más adelante en el período de aplicación de la estrategia, siguen siendo de alto nivel y deberán elaborarse más antes de la ejecución.

Objetivo A – Centro de datos mejorado

• 2023: Desarrollar el proyecto para compartir datos con las ANC, incorporándolos a la plataforma de datos de la AEVM

• 2024-2028: ampliar progresivamente el intercambio de datos con las ANC mediante la aplicación de nuevos casos de uso (por ejemplo, establecer un repositorio común de códigos analíticos con las ANC) y conjuntos de datos (por ejemplo, los relacionados con la supervisión de la divulgación de información ESG, conjuntos de datos comerciales o datos maestros), sobre la base de las necesidades y prioridades identificadas

• 2024-2025: Desarrollar una plataforma de intercambio de datos de la cartera de pedidos, sobre la base de la nueva propuesta legislativa incluida en el paquete de cotización

• 2025-2027: Desarrollar un sistema integrado de información en el marco de la Directiva GFIA y los OICVM, incluidas disposiciones para facilitar el intercambio de datos entre la AEVM y otras autoridades (BCE, otras AES, etc.)

• 2025-2026: A la espera del resultado del estudio de viabilidad (véase el objetivo E), aplicar, en colaboración con otras AES, el sistema de apoyo a la notificación de incidentes relacionados con las TIC y/o al intercambio en el marco de DORA

5.1.2 Objetivo B – Acceso a los datos de interés público

• 2023-2027: Implementar el sistema PAAS, en fases según lo previsto en el reglamento

• 2024-2028: Potencialmente, a través del PAAS, implementar formas de compartir datos y análisis con el mercado (por ejemplo, a través de paneles interactivos), ampliando gradualmente el número de conjuntos de datos cubiertos

• 2024: Colaborar con la CE para debatir la posibilidad de publicar (de forma anónima) los datos de la AEVM a través del Centro de Datos de la Plataforma de Finanzas Digitales de la UE

Objetivo C – Supervisión basada en datos

• 2023-2024: Desarrollar la prueba de concepto para la detección de posibles casos de abuso de mercado utilizando técnicas de IA. Posteriormente, dependiendo del resultado del proyecto, implementar herramientas comunes basadas en IA para la detección de casos de abuso de mercado.

• 2023: Desarrollar una herramienta para la detección de anomalías en los datos de CRA utilizando técnicas de aprendizaje automático

• 2023-2028: Comenzando con el marco de presentación de informes MiFIR, revisar progresivamente los marcos de calidad de los datos para los regímenes clave de presentación de informes a fin de garantizar un enfoque más centrado en los resultados, basado en datos y basado en el riesgo

• 2023-2024: Desarrollar paneles de seguimiento avanzados, con indicadores de alerta temprana, alertas, activadores y puntuación para apoyar una priorización eficiente del trabajo de supervisión y convergencia.

Objetivo D – Liderazgo de pensamiento

• 2023-2028: Proponer pruebas de concepto/proyectos sobre el uso de tecnologías modernas relacionadas, por ejemplo, con la detección de anomalías en diferentes conjuntos de datos (EMIR, SFTR, etc.) o la detección de prácticas de lavado verde, y considerar el uso de fuentes de financiación alternativas como el programa TSI o similares.

• 2023: Unirse a los organismos de gobernanza ISO relevantes para los estándares de datos en los mercados financieros

• 2023-2024: Comprometerse con las partes interesadas relevantes en el desarrollo de herramientas de supervisión conjuntas para los servicios de criptoactivos proporcionados bajo MiCA

• 2023-2024: Aprovechar los proyectos comunes de TI existentes y futuros con las AES para explorar formas de garantizar un intercambio eficiente de datos. En particular, proporcionar acceso a los datos de TRACE a la AESPJ

• 2023-2024: Establecer un foro con el BCE para debatir iniciativas tecnológicas y de datos comunes, incluidos los intercambios de datos

• 2024-2028: Reforzar el compromiso de la AEVM con las partes interesadas externas, incluidas las diferentes categorías de participantes en el mercado y académicos, sobre datos y tecnologías relacionadas con los datos, por ejemplo, organizando talleres, emprendiendo proyectos conjuntos y recopilando comentarios

Objetivo E – Política de datos eficiente

• 2023-2024: En colaboración con las demás AES, realizar el estudio sobre una mayor centralización de la notificación de incidentes relacionados con las TIC en el marco de DORA

• 2023-2026: Realizar el estudio sobre el sistema integrado de información para AIFMD/OICVM, en cooperación con el BCE y las demás AES, y posteriormente desarrollar el RTS/STI sobre la presentación de informes

• 2023-2024: Desarrollar un diccionario de datos para los mercados de valores, como contribución a la Estrategia sobre datos de supervisión en los servicios financieros de la UE

• 2024: Estudiar la posibilidad de implementar informes ejecutables y legibles por máquina

5.1.6 Objetivo F – Utilización sistemática de los datos

• 2023-2026: Migración completa de todos los conjuntos de datos adecuados a la plataforma de datos de la AEVM

• 2023: Desarrollar el marco de gobernanza de datos de la AEVM

• 2023-2024: Desarrollar un catálogo unificado de conjuntos de datos, análisis y procesos, incluidos los servicios y actividades que la AEVM realiza para o en nombre de sus partes interesadas, y finalizar el desarrollo del diccionario de metadatos de la AEVM

• 2024: Establecer un programa de alfabetización de datos en toda la organización para sensibilizar a las partes interesadas de la AEVM sobre qué datos están disponibles en la AEVM y cómo pueden o ya se utilizan para apoyar su trabajo.

• 2024-2028: Utilizar soluciones RegTech y SupTech, para consolidar y analizar múltiples fuentes de datos, incluidos los datos no estructurados, para que el uso de los datos sea más efectivo y eficiente

La aplicación de la estrategia de datos de la AEVM se supervisará continuamente para garantizar que se mantenga en consonancia con las prioridades de la AEVM y, en caso necesario, se revisará en consecuencia. Los programas de trabajo anuales garantizarán la reevaluación anual de los proyectos prioritarios.

Recursos

Los objetivos y las acciones de ejecución de esta estrategia son ambiciosos y tendrán un impacto sustancial en los recursos de la AEVM y las ANC. Es evidente que los objetivos no pueden alcanzarse plenamente con las limitaciones de recursos existentes. Por lo tanto, se vuelve crítico explorar nuevas formas de financiar y ejecutar proyectos. A tal fin, la AEVM se propone:

• Explorar las oportunidades de nuevas fuentes de financiación: Tradicionalmente, todo el trabajo realizado por la AEVM se ha financiado mediante una contribución conjunta de las ANC y el presupuesto de la UE o mediante contribuciones específicas de las ANC para tareas delegadas. Sin embargo, algunos de los proyectos destacados en esta estrategia utilizan fuentes de financiación alternativas. En primer lugar, el programa Europa Digital utilizado para la aplicación del PAAS. En segundo lugar, el Programa del Instrumento de Apoyo Técnico (ETI) se utiliza para el proyecto de prueba de concepto para la detección de posibles casos de abuso de mercado utilizando técnicas de IA. Este es el primer caso en el que el Programa ETI se utiliza para apoyar un proyecto multinacional coordinado por una ESA cuyo objetivo es mejorar los procesos relacionados con los datos. La AEVM tiene la intención de explorar la posibilidad de seguir utilizando los programas de apoyo mencionados anteriormente o similares para proyectos específicos incluidos en esta estrategia. Por último, los proyectos delegados ejecutados en el pasado permitieron mutualizar el coste de desarrollo y abaratarlo para las distintas autoridades participantes. En el futuro podrían considerarse otros proyectos delegados para desarrollar herramientas comunes en lugar de múltiples sistemas nacionales.

• Explorar nuevos enfoques para organizar proyectos relacionados con los datos y la tecnología: la AEVM también tiene la intención de explorar posibles enfoques alternativos para la coordinación de proyectos conjuntos con las ANC. El mencionado proyecto de prueba de concepto para la detección de posibles casos de abuso de mercado utilizando técnicas de IA ya es un buen ejemplo de un proyecto que se desarrollará dentro de un grupo de 16 ANC, con la facilitación de la AEVM, y en el que se espera que los resultados del proyecto se compartan con todas las ANC. En colaboración con las ANC, la AEVM estudiará las posibilidades de proyectos similares realizados por grupos de ANC, con la participación o facilitación de la AEVM, con el fin de compartir los resultados y la experiencia con toda la comunidad supervisora. Por último, también podrían considerarse adquisiciones conjuntas de herramientas y datos.

• Aumentar la colaboración con las demás AES: la AEVM tiene la intención de aumentar la colaboración con la AESPJ y la ABE en proyectos relacionados con los datos y las tecnologías de la información. Los ejemplos de tales proyectos intersectoriales conjuntos incluyen la implementación del PAAS que está liderado por la AEVM pero que apoyará la divulgación de datos e información en todo el sector financiero, el trabajo sobre el sistema de recopilación de datos con fines de supervisión bajo DORA que está dirigido por la ABE o el sistema de información de adecuación y propiedad previsto por las regulaciones de financiación de las AES que está liderado por EIOPA. Con el fin de lograr economías de escala, en el futuro se estudiarán más proyectos conjuntos con otras AES. El trabajo conjunto con las demás AES ya está previsto y seguirá examinando la contratación pública conjunta y los contratos con proveedores de productos y servicios relacionados con datos o tecnología.

La planificación detallada del trabajo sobre la aplicación de los objetivos estratégicos se incluirá en los programas anuales de trabajo sobre TI y datos. Estos documentos incluirán más detalles sobre los proyectos que se lanzarán en un año determinado, incluida su fuente de financiación y el presupuesto asignado, apoyando la planificación anual que ayudará a priorizar el trabajo para maximizar el valor entregado a las partes interesadas dadas las limitaciones de recursos. También cabe señalar que algunas de las iniciativas ya se están iniciando o en curso y que   la financiación para esos proyectos37 ya se ha asegurado, mientras que la financiación de los futuros proyectos se definirá caso por caso a su debido tiempo.

Plan de comunicación

En sus actividades de comunicación relacionadas con los datos, la AEVM tiene la intención de continuar:

• posicionarse como la autoridad pública líder en la elaboración de políticas de presentación de datos sobre los mercados financieros, tanto a nivel de la UE como a nivel internacional;

• aumentar la sensibilización sobre el trabajo de la AEVM en materia de datos de regulación y supervisión;

• Promover el uso de datos y el valor añadido de los regímenes de presentación de informes.

La AEVM tiene la intención de llevar a cabo las siguientes actividades:

• publicar la Estrategia de Datos;

• aumentar el número de publicaciones / artículos sobre el trabajo relacionado con los datos y las tecnologías relacionadas con los datos, por ejemplo, casos de uso específicos, proyectos relacionados con los datos;

• considerar nuevas formas de participar y obtener comentarios de las partes interesadas, por ejemplo, seminarios webs interactivos sobre el trabajo relacionado con los datos;

• Normalizar progresivamente la comunicación y la documentación sobre los regímenes de notificación de datos.



La demanda de deuda pública


La demanda de deuda pública

Documentamos que la composición sectorial y los compradores marginales de deuda pública difieren notablemente entre jurisdicciones y han evolucionado significativamente con el tiempo. Centrándonos en Estados Unidos, estimamos la elasticidad rendimiento de la demanda en todos los sectores utilizando variables instrumentales construidas a partir de sorpresas de política monetaria. Nuestras estimaciones apuntan a un aumento del 11% en la demanda por parte de los actores que no pertenecen al banco central de un aumento de 1 punto porcentual en los rendimientos a largo plazo. Por lo tanto, una hipotética reducción en el balance del banco central de alrededor de $ 215 mil millones aumenta los rendimientos a largo plazo en 10 puntos básicos. Encontramos que los bancos comerciales, los inversores privados extranjeros, los fondos de pensiones, los fondos de inversión y las compañías de seguros son los sectores cuya demanda es más sensible a los cambios en los rendimientos a largo plazo, pero en diversos grados. Las elasticidades heterogéneas implican cambios en la composición de los tenedores de deuda pública a medida que los bancos centrales normalizan los balances, lo que tiene implicaciones políticas.

Introducción

Muchos bancos centrales se embarcaron en políticas de flexibilización cuantitativa (QE) desde la crisis financiera mundial (GFC) con el objetivo de reducir las tasas de interés a largo plazo, ya que las tasas de interés a corto plazo habían caído a su límite inferior. A medida que los bancos centrales finalmente normalizan sus balances, un proceso también conocido como ajuste cuantitativo (QT), el impacto de estas políticas en los mercados de deuda pública está plagado de incertidumbre. Para comprender el impacto de estas políticas, nos centramos en el papel de las cantidades y estudiamos los cambios de composición en los inversores que poseen la deuda pública.

Centrándonos en Estados Unidos, estimamos que un aumento de 1 punto porcentual en los rendimientos a largo plazo conducirá a un aumento del 11,4% en la demanda por parte de los actores que no pertenecen al banco central. Llegamos a estas estimaciones adoptando una perspectiva del sistema de demanda para las tenencias de bonos y utilizando variables instrumentales construidas a partir de sorpresas de política monetaria. Basándonos en estimaciones de la elasticidad rendimiento de diferentes sectores, inferimos los rendimientos de compensación del mercado en diferentes escenarios de ajuste cuantitativo. Por ejemplo, encontramos que, todo lo demás constante, una hipotética reducción en el balance del banco central de alrededor de $ 215 mil millones conduce a un aumento en los rendimientos de los bonos a largo plazo en 10 puntos básicos en los Estados Unidos. Nuestras estimaciones son cuantitativamente cercanas a las de la zona del euro y también en un estadio similar al de las estimaciones del impacto de la flexibilización cuantitativa obtenidas a través de otras metodologías.

Para sentar las bases, en la primera parte de nuestro análisis estudiamos la evolución de las tenencias de deuda pública por diferentes sectores en Estados Unidos, la eurozona, Japón y el Reino Unido utilizando datos disponibles públicamente. En particular, realizamos regresiones que miden la absorción marginal por parte de diferentes grupos de inversores a medida que cambia el monto total de la deuda pública pendiente siguiendo la metodología establecida en Fang, Hardy y Lewis (2022). Según los datos del Banco de Pagos Internacionales, estas jurisdicciones comprenden alrededor de dos tercios de la deuda pública mundial total pendiente. Documentamos que la evolución de las tenencias de deuda pública por diferentes sectores ha variado significativamente entre jurisdicciones. Incluso dentro de las jurisdicciones, las respuestas marginales de los diferentes sectores a los cambios en la deuda pública han cambiado significativamente con el tiempo.

Nuestros resultados arrojan luz sobre cómo el papel de los bancos centrales en los mercados de deuda pública ha diferido entre jurisdicciones y a lo largo del tiempo. Tras las rondas de QE, las cuotas de mercado medias de los bancos centrales aumentaron hasta el 22% en Estados Unidos, el 16% en la zona del euro, el 44% en Japón y el 31% en el Reino Unido. Nuestras estimaciones sugieren que por cada cambio unitario en la deuda pública pendiente, solo el 8% fue absorbido por la Reserva Federal entre el primer programa de QE y la crisis de Covid-19. Esta respuesta marginal aumentó sustancialmente hasta el 45% tras la crisis del Covid-19. En la zona del euro, desde el inicio del programa de QE, el banco central ha absorbido alrededor de dos tercios de cada unidad de aumento de la deuda pública. En Japón, tras el inicio del programa de flexibilización cualitativa y cuantitativa (QQE), el Banco de Japón absorbió el 185% de cada unidad de aumento de la deuda pública, que luego disminuyó al 33% después de la crisis de Covid-19. Finalmente, la respuesta marginal del Banco de Inglaterra fue del 38% después del programa de QE después de la GFC, que aumentó a más del 50% después de marzo de 2020.

Al mismo tiempo, nuestros resultados muestran cambios notables en las tenencias de los sectores no bancarios centrales. En Estados Unidos, el papel marginal de los fondos del mercado monetario ha aumentado desde la crisis de la COVID-19, y estos actores absorbieron alrededor de un tercio de cada unidad de aumento de la deuda pública desde marzo de 2020.1 El papel de los inversores extranjeros aumentó después de 2009 y volvió a disminuir desde la crisis de la COVID-19. En la zona del euro, la absorción marginal por parte de todos los actores que no pertenecen a los bancos centrales disminuyó, y se observaron los descensos más pronunciados para los inversores extranjeros (véase Koijen, Koulischer, Nguyen y Yogo, 2021, para un hallazgo similar utilizando un conjunto de datos confidenciales a nivel de seguridad). En Japón, la mayoría de las compras de deuda pública por parte de los bancos centrales se reflejan en la disminución de las tenencias bancarias, lo que sugiere que los bancos fueron los principales vendedores; Al mismo tiempo, la cuota de mercado de los inversores extranjeros ha aumentado durante nuestro período de muestra. En el Reino Unido, las compañías de seguros y los fondos de pensiones experimentaron la mayor disminución en las tenencias y la respuesta marginal, lo que sugiere que estos jugadores fueron los vendedores del banco central durante la QE. Al igual que en Japón, la cuota de mercado media de los inversores extranjeros también ha aumentado desde 2009 en los mercados de deuda del Reino Unido.

A medida que muchos bancos centrales se embarcan en un ajuste cuantitativo (QT) para normalizar los balances, un factor determinante clave de cómo los diferentes sectores absorberían la deuda pública es cuán sensibles son sus curvas de demanda a los cambios en los rendimientos (o precios) de los bonos del gobierno. No es posible estimar consistentemente la elasticidad rendimiento de la demanda utilizando mínimos cuadrados ordinarios, ya que tanto las demandas de precios como las cantidades se determinan endógenamente en equilibrio. Una forma de superar la endogeneidad es encontrar variables instrumentales para los rendimientos de los bonos del gobierno que no afecten directamente a las tenencias de cada sector, sino que solo las afecten indirectamente a través de su efecto sobre los rendimientos.

En la segunda parte del análisis, cuantificamos la elasticidad rendimiento de la demanda de diferentes grupos de inversores. Para ello, adoptamos un enfoque de sistema de demanda y nos centramos en los Estados Unidos dada la disponibilidad de datos. Para tener en cuenta cualquier endogeneidad entre la demanda latente de varios grupos de inversores y los rendimientos de los bonos, nos basamos en las sorpresas de política monetaria como instrumentos para los rendimientos de los bonos gubernamentales en regresiones de mínimos cuadrados de dos etapas. En la primera etapa, destilamos la información contenida en diferentes medidas de sorpresas de política monetaria a través de un análisis de componentes principales y tomamos el primer componente principal como nuestro instrumento para los rendimientos.2 Este instrumento tiene propiedades deseables. En primer lugar, es relevante, ya que las sorpresas de política monetaria tienen un impacto directo en los rendimientos a largo plazo. Además, rechazamos la hipótesis nula de instrumentos débiles. En segundo lugar, dado que la construcción no los anticipa, aducimos que no afectan a las tenencias por otros canales distintos de los cambios en los rendimientos y presentamos controles adicionales para aliviar cualquier posible preocupación.

Nuestras regresiones de segunda etapa indican que la mayoría de los sectores tienen curvas de demanda con pendiente descendente con respecto a los precios. Dado que los precios y los rendimientos se mueven en direcciones opuestas, esto significa que estos inversores exigen más cuando el rendimiento sube, y viceversa. Tomando el promedio ponderado de las estimaciones de elasticidad de cada sector, encontramos un aumento de 1 punto porcentual en el rendimiento a 8 años (que corresponde aproximadamente a la duración promedio de la cartera SOMA de la Fed) para aumentar la demanda de todos los sectores no bancarios centrales en alrededor del 11,4%. Los bancos comerciales, los inversores privados extranjeros, los fondos de pensiones y los fondos de inversión son los sectores con las funciones de demanda más elásticas, pero en diversos grados. Utilizando nuestras estimaciones de elasticidad, ejecutamos análisis de escenarios para diferentes configuraciones hipotéticas de QT. Estimamos que una hipotética reducción de $ 215 mil millones en el balance del banco central aumenta el rendimiento a 8 años en 10 puntos básicos. Esta estimación está más o menos en línea con las estimaciones del efecto de la QE utilizando diferentes metodologías.

Estos resultados tienen implicaciones políticas. A medida que los bancos centrales han agregado políticas de balance a su conjunto de herramientas, una pregunta natural es cómo usar y secuenciar las políticas de tasas de interés y balances para el ajuste monetario. Nuestro análisis puede ser útil para que los bancos centrales juzguen el posible impacto de las políticas de endurecimiento de los balances en los rendimientos a largo plazo. Durante la crisis de la COVID-19, los problemas de funcionamiento del mercado pasaron a primer plano en los mercados de deuda pública, y varias instituciones financieras no bancarias contribuyeron a la presión de venta en un entorno en el que la capacidad de absorción de los operadores estaba limitada. Las estimaciones de elasticidad heterogéneas entre sectores implican un cambio en la composición de los tenedores de deuda pública a medida que los bancos centrales normalizan los balances. En un entorno con mayores rendimientos, el papel que desempeñan los inversores privados extranjeros, los fondos de pensiones, los bancos comerciales y los fondos de inversión aumentará aún más. Centrándonos en los bancos comerciales, mostramos que los bancos comerciales sustituyen entre las reservas del banco central y los bonos del gobierno para cumplir con el coeficiente de cobertura de liquidez (LCR) y las pruebas de estrés de liquidez y resolución supervisoras. Por lo tanto, un balance más pequeño del banco central (y, por lo tanto, una disminución de las reservas) podría conducir a un aumento aún mayor de la demanda de bonos de los bancos de lo que indican nuestras estimaciones. Esto implicaría que los bancos volverían a desempeñar un papel más importante en los mercados de deuda pública en comparación con su papel más moderado en gran parte del entorno posterior a la crisis financiera mundial. Finalmente, un mayor papel para las instituciones financieras no bancarias también hace que sea más importante abordar las vulnerabilidades en este sector (véase, por ejemplo, FSB, 2022).

Literatura relacionada. Nuestro artículo contribuye a la literatura que enfatiza el papel de las cantidades y la demanda de los inversores en la conducción de los fenómenos de los mercados financieros. El trabajo pionero reciente incluye la hipótesis de los mercados que rastrean los movimientos de los precios de los activos hasta el impacto de los flujos y que proponen una nueva metodología del sistema de demanda basada en las condiciones de compensación del mercado. En relación con nuestro trabajo en los mercados de bonos, estudian cómo los diferentes tipos de inversores absorben la oferta de deuda en un amplio panel de mercados de bonos soberanos. Hacen hincapié en el papel de los inversores no bancarios, especialmente en las economías de mercados emergentes. Contribuimos a esta literatura estudiando cómo los grupos heterogéneos de inversores difieren en la sensibilidad al rendimiento de su demanda de gobierno y cómo esto da forma a la forma en que el mercado de bonos del gobierno se ajusta en caso de desequilibrios.

Nuestro documento también se relaciona, algo más estrechamente, con la literatura que ha estudiado el reequilibrio en las carteras de los inversores en respuesta a las políticas de balance de los bancos centrales. En particular, muestran que las principales contrapartes de los programas de compra de activos del BCE desde 2015 han sido inversores residentes fuera de la zona del euro. También miden el impacto en el precio de las compras de activos a través de una configuración estimada del sistema de demanda. A su vez, estudian cómo los inversores reequilibraron sus carteras en respuesta a la política de flexibilización cuantitativa y cualitativa (QQE) del Banco de Japón. Encuentran que las entidades extranjeras han respondido más a través de ventas de activos al Banco de Japón, seguidas por los bancos nacionales. Muestran que los hogares, un grupo heterogéneo que también incluye fondos de cobertura, fueron el principal vendedor de valores de la Fed en las primeras fases de la QE. Proporcionan evidencia que sugiere un reequilibrio hacia activos más riesgosos, como los bonos corporativos, en línea con un canal de equilibrio de cartera.

Nuestro trabajo también contribuye a la amplia literatura sobre el impacto del tamaño del balance de los bancos centrales en los rendimientos de los bonos gubernamentales. Una gran cantidad de literatura encuentra que las compras de bonos del gobierno a los bancos centrales reducen los rendimientos del gobierno a medida que disminuye la oferta de duración neta al público para revisiones sobre el impacto de varios programas de compra de activos implementados por los bancos centrales desde la GFC). En el contexto de QT, se argumentó que los efectos de reducir las tenencias del Tesoro de la Fed deberían ser equivalentes a que el Tesoro aumente la duración de su emisión, y descubrió que es probable que el QT de la Fed tenga pequeños efectos en las primas a plazo y los rendimientos de los bonos: 10 puntos básicos más en las primas a 10 años. Nuestras estimaciones sugieren que una contracción / aumento de $ 870 mil millones del balance general elevaría / reduciría el rendimiento a 8 años en alrededor de 50 puntos básicos. Este impacto está aproximadamente en un estadio similar al de las estimaciones para la QE en la literatura revisada.

Nuestro trabajo contribuye aún más a la literatura que enfatiza la segmentación del mercado y el papel de los inversores de hábitat preferidos. Contribuciones importantes en esta literatura incluyen y muestran cómo dicha segmentación puede influir en los precios de los activos y, en particular, en la curva de rendimiento. Jansen (2023) estudia cómo los cambios en las tasas de descuento regulatorias para las aseguradoras holandesas generaron un cambio en la demanda que afectó a otros actores y tuvieron implicaciones agregadas para la curva de rendimiento. Nuestro documento también se relaciona con el trabajo que atribuye un estatus especial a los bonos del Tesoro de los Estados Unidos dados sus atributos de liquidez y seguridad. Contribuimos a esta literatura proporcionando nuevos hechos estilizados sobre los cambios de composición entre varios grupos de inversores en la absorción de deuda pública estadounidense y estimando sus respectivas elasticidades de rendimiento.

La evolución de las tenencias de deuda pública y los compradores marginales

La oferta de deuda pública ha aumentado considerablemente desde la crisis financiera mundial, impulsada aún más por la expansión fiscal masiva en respuesta a la crisis de la COVID-19. Entre 2008 y 2021, la deuda pública total pendiente se ha quintuplicado en Estados Unidos y el Reino Unido, y casi se duplicó en la zona del euro y Japón. Incluso teniendo en cuenta el crecimiento económico, las ratios deuda/PIB han aumentado de menos del 40 % a alrededor del 120 % en los Estados Unidos, del 70 % al 95 % en la zona del euro, del 120 % a más del 220 % en Japón, y de alrededor del 30 % a alrededor del 100 % en el Reino Unido.

En esta sección, documentamos cómo las tenencias de deuda pública por diferentes sectores han evolucionado a lo largo del tiempo en las diferentes jurisdicciones. En particular, utilizamos un marco contable simple para estimar cómo los cambios en las tenencias de deuda pública de cada sector se mueven conjuntamente con los cambios en la deuda pública total pendiente a lo largo de diferentes períodos de tiempo. Este ejercicio nos permite cuantificar cómo ha cambiado la huella de los bancos centrales y la de otros sectores clave desde principios de la década de 2000 y en respuesta a los programas de flexibilización cuantitativa.

Estados Unidos

Desde principios de la década de 2000 se ha producido un cambio en la composición de los tenedores de deuda pública en los Estados Unidos y, en particular, desde la crisis financiera mundial, y la proporción de tenencias de la Reserva Federal aumentó considerablemente del 12 al 22 por ciento. Del mismo modo, las acciones de los fondos del mercado monetario (FMM), los fondos de inversión y los bancos comerciales también han repuntado desde 2020. Si bien la participación de los inversores extranjeros ha aumentado de alrededor del 14% al 40% desde el comienzo de la muestra hasta la crisis de Covid-19, desde entonces ha disminuido nuevamente a alrededor del 30%. Esta disminución fue especialmente pronunciada para los inversores oficiales extranjeros (por ejemplo, los administradores de reservas). La participación de las tenencias de fondos de pensiones, otro gran grupo de inversores también ha disminuido de alrededor del 16% a alrededor del 13%.

Zona euro

En la zona del euro, la QE también provocó notables cambios en la composición de los tenedores de deuda pública. Informamos de los cambios en las proporciones medias de cada sector en el cuadro 2 del Grupo a). La participación media del banco central en las tenencias de bonos del Estado ha aumentado del 2,7% al 16%. La participación de las instituciones financieras monetarias, que está compuesta en gran medida por bancos comerciales, ha disminuido del 27 al 21 por ciento. La participación de las sociedades no financieras también ha disminuido del 11,5% al 5%. Mientras que la proporción de inversores extranjeros se mantuvo aproximadamente constante en el 45%, la de otras instituciones financieras (que incluyen fondos mutuos, fondos de pensiones, compañías de seguros) ha disminuido del 14% al 12,6%.

Destaca claramente el papel del banco central como actor principal en los mercados europeos de deuda soberana, como indican los resultados de regresión presentados en el cuadro 2 del panel b). El banco central ha absorbido el 67% de cada unidad de nueva deuda pública desde el inicio del programa de compras de activos del sector público del BCE y el Eurosistema en marzo de 2015. Esto contrasta con la estimación del -17% antes del QE (en una base muy baja, ya que las tenencias de deuda pública de los bancos centrales promediaron solo el 2,7% antes del programa de flexibilización cuantitativa), probablemente debido al hecho de que el Eurosistema había estado desprendiéndose de las tenencias de bonos en un momento en que la oferta total de deuda pública aumentaba antes de la crisis financiera mundial.

La capacidad de respuesta de cada sector a los cambios en la deuda pública también revela una historia importante. Según nuestras estimaciones, antes del QE, para un aumento adicional de la deuda pública, la respuesta marginal de compra de diferentes sectores fue del 46% para los inversores extranjeros, del 42% para las instituciones financieras monetarias, del 23% para las instituciones financieras no monetarias y del 6% para las empresas no financieras. Tras el lanzamiento de las compras de bonos del sector público del Eurosistema, estas cifras han descendido al 22% para las instituciones financieras monetarias, al 4% para los inversores extranjeros y al 1% para las instituciones financieras no monetarias, siendo ambas estadísticamente insignificantes.7

Japón

En Japón, la expansión de la huella del banco central en los mercados de deuda pública ha ido más lejos, ya que su participación en las tenencias de deuda pública ha alcanzado alrededor del 44% desde la crisis de la COVID-19 (cuadro 3, panel a)). Junto con el banco central, las tenencias de bonos del gobierno japonés por parte de inversores extranjeros también aumentaron del 6,7% antes del programa de flexibilización cualitativa y cuantitativa al 13,3% recientemente.8 La participación de las compañías de seguros y los fondos de pensiones se mantuvo constante en torno al 20%. Como otra cara del aumento de las tenencias del Banco de Japón, la participación de los bancos cayó del 38% al 14%, la proporción de las pensiones públicas disminuyó del 9% al 3%, la proporción de los hogares disminuyó de alrededor del 4% al 1% y la participación de todos los demás sectores disminuyó del 11% al 3%.

Las estimaciones de la respuesta marginal de cada sector en Japón son consistentes con un papel desmesurado de las compras del banco central, especialmente desde el inicio del programa QQE hasta la crisis de Covid-19. Durante este período, el banco central compró 1,85 unidades de bonos del gobierno por unidad de aumento en el monto total pendiente de los bonos del gobierno, es decir, las compras del Banco de Japón incluso excedieron los montos de nueva deuda colocados por el gobierno en los mercados. Los bancos, por otro lado, redujeron sus tenencias en 1,03 unidades por unidad de aumento de la deuda pública, lo que sugiere que los bancos fueron los principales vendedores del banco central en este episodio. Desde la crisis de la COVID-19, la respuesta marginal de cada sector se ha vuelto más equilibrada, aunque el papel marginal del banco central sigue siendo el más alto.

Reino Unido

La tasa a la que la participación del banco central ha crecido en los mercados de deuda del Reino Unido después de la QE es solo superada por Japón. Desde entonces, la participación del banco central ha aumentado de esencialmente cero a aproximadamente un tercio del mercado. Al igual que en Japón, la proporción de inversores extranjeros también ha aumentado del 19,9% al 28,1%. La participación de todos los demás sectores, aparte de las compañías de seguros y los fondos de pensiones, se mantuvo más o menos estable. En este último caso, la caída de las acciones promedio del 63,6% al 28,1% indica que las compañías de seguros y los fondos de pensiones fueron, de hecho, los principales vendedores del banco central durante el QE del Banco de Inglaterra.

La respuesta marginal de cada sector, comunicada en el cuadro 4 del Grupo b), también muestra que el banco central sustituyó efectivamente la demanda de deuda pública que provenía anteriormente de las compañías de seguros y los fondos de pensiones. Cuando el balance del Banco de Inglaterra se expandió con QE, la respuesta marginal del banco central a una unidad adicional de aumento de la deuda pública aumentó al 38%. Desde marzo de 2020, esta respuesta ha aumentado aún más al 51%. Como imagen especular, la compra marginal de compañías de seguros y fondos de pensiones de un aumento unitario de la deuda pública disminuyó por primera vez del 47% al 21% durante el período de QE, que disminuyó aún más a solo el 13% desde la crisis de Covid-19.

Sin embargo, ya está bien establecido que la demanda de duración por parte del sector de pensiones y seguros del Reino Unido aumentó en general durante el período de bajas tasas de interés. Como señalan Domanski, Shin y Sushko (2017), como la duración de los pasivos aumentaba más rápido que la de los activos en el período en que cayeron las tasas de interés, este efecto de convexidad significó que estos jugadores enfrentaron presión para participar en una búsqueda de duración. La reducción de las tenencias de deuda pública por parte de estos sectores documentada anteriormente indica que la demanda de duración se satisfizo en gran medida sintéticamente a través de derivados y apalancamiento de tenencias de bonos gilt a largo plazo a través de repos, un factor que amplificó la crisis de liquidez en el mercado de bonos gilt de octubre de 2022 (véase, por ejemplo, Pinter, 2023, para un análisis forense).

Conclusión

En este documento estudiamos la demanda de deuda pública en los mercados principales: Estados Unidos, la zona del euro, Japón y el Reino Unido. Comenzamos ilustrando los cambios dramáticos en la composición de los tenedores de deuda pública en las últimas décadas, arrojando luz sobre el papel variable de los grupos de inversores clave. También realizamos regresiones que miden la respuesta marginal de cada sector a los cambios en la deuda pública pendiente. Esto nos ayuda a cuantificar el papel marginal variable en el tiempo de cada sector, incluidos los bancos centrales, en la absorción de la oferta de deuda pública en todas las jurisdicciones.

A continuación, centrándonos en Estados Unidos y adoptando una perspectiva de compensación del mercado utilizando las sorpresas de política monetaria como variables instrumentales, estimamos la elasticidad rendimiento de la demanda de deuda pública de cada sector. Encontramos que la mayoría de los sectores tienen una curva de demanda con pendiente descendente (con respecto al precio) y algunos tienen una demanda inelástica. Entre los diferentes grupos de inversores, los fondos de pensiones, los inversores privados extranjeros, los bancos comerciales y los fondos de inversión tienen la demanda más elástica. Utilizamos nuestras estimaciones para inferir los rendimientos de compensación del mercado para los cambios supuestos en la oferta de deuda a medida que el banco central reduce su balance. Según nuestras estimaciones, una reducción trimestral de 215.000 millones de dólares en el balance del banco central da como resultado un aumento de 10 puntos básicos en los rendimientos de los bonos a largo plazo por trimestre.

Nuestros resultados sugieren que a medida que se reduzca el papel de los bancos centrales en los mercados de deuda pública, el papel desempeñado por los sectores más elásticos aumentará. Por lo tanto, nuestros resultados tienen implicaciones políticas, sobre todo porque algunos de estos grupos de inversores desempeñaron un papel importante en medio de la carrera por el efectivo durante la crisis de Covid-19. Del mismo modo, a medida que el papel de los bancos comerciales aumentará, se necesita más investigación para comprender los incentivos y las limitaciones de los bancos comerciales relacionados con la deuda pública.

Vemos nuestro análisis como un paso para comprender el papel que desempeñan los diferentes sectores en los mercados de deuda pública y estimar cómo los mercados financieros se ajustarán a un nuevo equilibrio a medida que disminuya la huella de los bancos centrales. Para hacerlo, utilizamos datos trimestrales disponibles públicamente para llevar a cabo nuestro análisis que, si bien es exhaustivo, también tiene limitaciones y requiere ciertas suposiciones. La labor futura podría aprovechar datos más granulares a nivel de país para realizar análisis similares que superen algunas de las limitaciones de los datos y ampliar el análisis a diferentes países.

1. Los fondos del mercado monetario son vehículos de inversión a corto plazo y sus tenencias también se inclinan hacia los bonos del Tesoro de vencimiento más corto. En este documento, nuestro enfoque principal es la deuda pública a más largo plazo. Para el impacto de los fondos del mercado monetario en el mercado de letras del Tesoro, remitimos a los lectores interesados.

2. En particular, utilizamos sorpresas de la política monetaria planteada.

3. Además de los mercados de deuda pública, la perspectiva sobre las cantidades y las demandas de los inversores también se ha aplicado fructíferamente, entre otras cosas, para estudiar los efectos en los mercados bursátiles, divisas y los mercados de bonos corporativos.

4. Tenga en cuenta que esto no impone la no negatividad en estos coeficientes siempre que su suma sea 1. Esto permite el comercio entre diferentes jugadores. Por ejemplo, si un sector tiene un coeficiente negativo, sugiere que el sector fue un vendedor neto para otros.

5. La hora de inicio de la QE difiere según las jurisdicciones: el 1T 2009 para Estados Unidos y el Reino Unido, el 1T 2015 para la zona del euro y el 2T 2013 para Japón. El maniquí de tiempo para post-Covid es uno a partir del Q1 2020 para todas las jurisdicciones. Obsérvese que, en el caso de la zona del euro, dado que los datos solo están disponibles con una frecuencia anual, solo consideramos los períodos previos al QE y al QE.

6. Otros sectores de la columna combinan las participaciones de empresas patrocinadas por el gobierno, corredores de bolsa y otras compañías financieras que no se incluyen en otras columnas y empresas no financieras.

7. Si excluimos 2020 y 2021 de la estimación, encontramos un gran coeficiente negativo para los inversores extranjeros en el período de QE compensado principalmente por el banco central, que está en línea con los inversores extranjeros que venden bonos al banco central.