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La EBA publica el borrador final de las normas técnicas para el ejercicio de evaluación comparativa en 2024


Proyecto final de STI sobre supervisión

Evaluación comparativa para el ejercicio 2024

Proyecto de normas técnicas de ejecución por las que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión en lo que respecta a la evaluación comparativa de los modelos internos

Resumen

El artículo 78 de la Directiva 2013/36/UE (DRC) exige a las autoridades competentes que lleven a cabo una evaluación anual de la calidad de los métodos internos utilizados para el cálculo de los requisitos de fondos propios. Para ayudar a las autoridades competentes en esta evaluación, la ABE calcula y distribuye valores de referencia a las autoridades competentes que permiten comparar los parámetros de riesgo de cada entidad. Estos valores de referencia se basan en los datos presentados por las entidades, tal como se establece en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión, que especifica las carteras, plantillas y definiciones de evaluación comparativa que deben utilizarse como parte de los ejercicios anuales de evaluación comparativa.

Para el ejercicio de evaluación comparativa de 2024 se han acordado los siguientes cambios con respecto a las versiones actuales del STI:

• Para la parte de la NIIF 9 (NIIF 9), siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9, los cambios propuestos en los STI sobre evaluación comparativa supervisora amplían la recopilación de datos, limitada hasta ahora a las contrapartes únicas en el cuadro 101 del anexo I, a las carteras de alto incumplimiento (HDP), es decir, las exposiciones corporativas de pymes y minoristas, a partir del ejercicio 2024 en adelante (con una extensión completa de los HDP prevista para el próximo STI para el ejercicio de 2025).

• Para el riesgo de crédito (RC), se agrega un número limitado de carteras HDP, de modo que las plantillas CR e IFRS9 se relacionan con un conjunto común de carteras para las cuales se deben informar las métricas especificadas en las diferentes plantillas. Además, en el anexo 4 se suprime la referencia al campo de datos COREP relativo a los valores de garantía.

• Para el riesgo de mercado (MR), se introducen plantillas e instrucciones para los dos componentes restantes (cargo por riesgo de incumplimiento – DRC, complemento de riesgo residual – RRAO) del método estándar alternativo (ASA), junto con modificaciones específicas a las plantillas e instrucciones existentes de la colección de métodos basados en sensibilidades (SBM). Además, se añade un nuevo anexo que contiene una lista de instrumentos y carteras con el fin de probar las implementaciones de los bancos de referencia de la lógica de agregación de SBM regulatoria. Finalmente, se modificó una serie de instrumentos, para la actualización habitual de los instrumentos vencidos (o próximos a su vencimiento) y para solucionar algunos problemas notificados en el ejercicio anterior.

Los anexos presentados en este proyecto de STI sustituyen o se añaden al conjunto existente de plantillas con el fin de crear una versión consolidada del proyecto actualizado de paquete de STI.

Antecedentes y justificación

Plantillas NIIF 9

1. El ejercicio de evaluación comparativa se ha ampliado gradualmente a la dimensión contable con el fin de evaluar los factores más relevantes de la variabilidad y los impactos relacionados en las ratios prudenciales derivados de la aplicación del modelo NIIF 9 ECL. Por estas razones, el Reglamento 2016/2070 se ha modificado 1 para integrar plantillas adicionales en la NIIF 9. Anteriormente, la recopilación de datos se había centrado solo en las llamadas carteras de bajo incumplimiento («LDP»).

2. Dado su alcance limitado, la recopilación de datos actual no puede garantizar una visión global de la variabilidad existente de los resultados de la LCE y los impactos relacionados en el importe de los fondos propios y las ratios regulatorias, ya que gran parte de los instrumentos financieros sujetos a los requisitos de deterioro de la NIIF 9 (es decir, las carteras de alto impago, «HDP») están actualmente fuera del alcance del ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9. Considerando que, en términos generales, se espera que la variabilidad de las prácticas de los bancos y los resultados de ECL en los HDP sea mayor que en los LDP. Además, centrarse únicamente en los LDP impide una comprensión más amplia de las diferentes metodologías, modelos, insumos y escenarios que pueden conducir a inconsistencias materiales en los resultados de ECL.

3. Por estas razones, tal y como se indica en el Informe de seguimiento de la NIIF 9 de la ABE publicado en noviembre de 2021 y siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9, se introducen cambios en el Reglamento 2016/2070 con el fin de integrar carteras y plantillas adicionales dedicadas a los HDP.

4. Vale la pena recordar que, en línea con el enfoque adoptado para los PDA, la ABE ha lanzado una 3ª recopilación de datos ad hoc, complementada con una encuesta cualitativa, para probar las plantillas cuantitativas propuestas y recopilar información adicional sobre las prácticas de modelización de la NIIF 9 específicas de los HDP. El análisis de las plantillas y las primeras pruebas conexas también se han tenido debidamente en cuenta en la finalización del actual STI.

3.2.1. Alcance de la evaluación comparativa de la NIIF 9 sobre los HDP

5. La evaluación comparativa de la NIIF 9 sobre HDP implica varios cambios en la lógica del análisis, ya que implica una comparación de los resultados del modelo en carteras comúnmente definidas que no necesariamente tienen el mismo nivel de riesgo y que son menos fácilmente comparables con respecto a las contrapartes comunes para carteras de bajo incumplimiento. Una definición clara del alcance de la recopilación de datos y los puntos de datos relacionados que deben recopilarse desempeña, por lo tanto, un papel clave para garantizar un análisis sólido y significativo.

6. El ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9 sobre los apalancamientos de HDP como punto de partida en la lista de carteras comunes definidas previamente a efectos del ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de crédito del IRB para HDP. No obstante, teniendo en cuenta la carga de trabajo potencialmente significativa para las entidades y las autoridades competentes, en esta fase se considera más proporcionada y alineada con el enfoque escalonado previsto de recopilar todo el conjunto de información («recopilación completa de datos») solo para un número limitado de clases de activos de HDP y utilizar solo las características más relevantes, es decir, «divisiones», para definir las carteras homogéneas en el ámbito de aplicación. Además, es necesario introducir carteras adicionales para atender las especificidades de las necesidades de datos de la NIIF 9.

7. Es probable que se requieran nuevas ampliaciones del alcance de la recopilación completa de datos en los siguientes ejercicios, así como consideraciones adicionales sobre la granularidad prevista de las carteras definidas y la posible combinación de algunas de las divisiones previstas.

Alcance y nivel de las divisiones

8. La ABE tiene la intención de ampliar el ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9 a toda la clase de exposiciones de HDP ya definida a efectos de evaluación comparativa del riesgo de crédito, es decir, empresas («CORP»), empresas que son PYME (SMEC), otras exposiciones minoristas a PYME (SMOT), «Otras exposiciones minoristas no PYME» (RETO), exposiciones minoristas a pymes garantizadas por bienes inmuebles (RSMS) y ii) hipotecas minoristas (MORT),  Retail – Calificación revolvente (RQRR).

9. No obstante, siguiendo un enfoque escalonado y para limitar las cargas informativas para las entidades, se prevé una recopilación completa de datos (que incluya todas las divisiones de nivel 2) únicamente para las clases de activos CORP, SMEC y SMOT, mientras que para las demás la información solo se requiere a un nivel más agregado.

10. Además, dado que no todas las divisiones de cartera previstas para la evaluación comparativa del riesgo de crédito se consideran pertinentes en este momento a efectos de la evaluación comparativa de la NIIF 9, el próximo ejercicio de la NIIF 9 se centrará únicamente en un desglose de la cartera seleccionado (área geográfica y código NACE). No obstante, se incluirá un reparto adicional de la cartera («NIIF 9 colateralización», cuya definición figura en el anexo 2), a fin de tener en cuenta las diferencias en la admisibilidad de las garantías reales entre el marco contable y prudencial. La lista de las carteras finales en el ámbito de aplicación de la NIIF 9 figura en Anexo 1.

11. La elección de exigir una recopilación completa de datos también para las clases de activos SMEC y SMOT -para las que no se requirió una notificación completa durante el 3er ejercicio ad hoc- se justifica por el hecho de que, para esas clases de activos, la división de nivel 2 ya está alineada con CORP. En consecuencia, no se considera necesario realizar más pruebas de la información solicitada.

12. También vale la pena destacar que, a diferencia de la 3ª recopilación de datos ad hoc, la información a nivel de desglose geográfico está prevista para todos los países (es decir, el mismo enfoque de la evaluación comparativa del riesgo de crédito) y no se limita a la zona de la UE. No obstante, a fin de garantizar un enfoque más proporcionado, esta información solo se solicitará para todas las jurisdicciones en las que las entidades tengan exposiciones importantes. Tras la consulta, se han introducido instrucciones específicas a este respecto en el anexo 8 del STI.

13. La definición de carteras homogéneas no contemplará en esta fase ninguna combinación de divisiones de carteras de nivel 2 (por ejemplo, zona geográfica o código NACE combinado con el estado de garantía de la NIIF 9). Si bien se reconoce que tal combinación puede conducir a resultados de evaluación comparativa más significativos, esta elección está impulsada por la consideración de garantizar una extensión fluida del ejercicio de evaluación comparativa a los HDP sin agregar más complejidad.

3.2.2 Aspectos destacados de las plantillas y puntos de datos de la NIIF 9

14. El principal objetivo del conjunto de plantillas introducido es recopilar datos cuantitativos que permitan realizar análisis sólidos y significativos de los resultados de la LCE entre carteras homogéneas, así como comparar la entrada de datos y otra información pertinente que pueda explicar cualquier fuente de variabilidad indebida de los resultados de los modelos NIIF 9.

15. El diseño de la plantilla cuantitativa se basa, en la medida de lo posible, en la ya prevista para los PDL, incluso si la información se recopila para carteras comunes en lugar de contrapartes comunes. Al igual que los LDP, estas plantillas deberían permitir investigar algunas dimensiones importantes:

a. El análisis de la variabilidad de los parámetros de riesgo ECL e IFRS 9 (C.115.00)

b. El análisis de la variabilidad de las previsiones macroeconómicas y la interacción entre la curva de DP de vida y los escenarios macroeconómicos (C. 118.00 y C.116.00)

c. El análisis de la variabilidad de las prácticas en la evaluación SICR (C.117.00)

El análisis de la variabilidad de los parámetros de riesgo ECL e IFRS 9

16. La experiencia adquirida en la recopilación anterior sobre los PDD muestra que no todas las instituciones son capaces de separar el efecto del MoC y las medidas de supervisión del IRB 1Y PD. Además, no todos los bancos derivan la estructura temporal de la NIIF 9 PD del IRB de 1 año de PD. De hecho, los bancos pueden derivar los datos sobre el rendimiento de la NIIF 9 aprovechando la infraestructura, los datos y los procesos del IRB (es decir, la diferenciación de riesgos y la asignación de calificaciones), pero empleando un proceso de estimación ad hoc (es decir, contable), que generalmente implica la estimación de parámetros intermedios (es decir, generalmente denominados PD «TTC» o PD «incondicionales») y el uso de diferentes procesos de calibración.

17. Para atender esas situaciones, la plantilla 115.00 contiene un punto de datos específico para recopilar el parámetro PD «intermedio» («TTC», «Incondicional») incrustado, cuando esto sea relevante, por aquellos modelos contables que permitirían analizar mejor los impulsores de la variabilidad ECL.

18. Otra dimensión importante que se requiere en la plantilla 115.00 está relacionada con la recopilación de los valores de PD para diferentes etapas. Incluso si se reconoce que los diferentes niveles de DP pueden explicarse por consideraciones basadas en el riesgo (diferente riesgo de las carteras y diferentes vencimientos), esta información también puede ser útil para detectar la posible variabilidad de los resultados del modelo ECL debido a prácticas de riesgo no homogéneas, también vinculadas a los enfoques seguidos para la evaluación SICR.

Análisis de la variabilidad de las previsiones macroeconómicas y la interacción entre las curvas de DP a lo largo de la vida y los escenarios macroeconómicos

19. De manera similar a los PDA, el análisis de los DP a lo largo de la vida para los HDP implica dos pasos separados:

a. En primer lugar, en la plantilla 118.00, la variabilidad del escenario económico se evalúa a través de la variabilidad de una variable macroeconómica prevista, a saber, el PIB.

b. En segundo lugar, en la plantilla 116.00, la variabilidad de la curva PD medida para cada escenario económico definido en el paso anterior.

20.Con respecto al análisis de la variabilidad de las curvas de DP, se señalan a la atención las instrucciones pertinentes contenidas en el Anexo 8 que especifica las curvas de PD para cada uno de los escenarios económicos que deben notificarse en la plantilla 116.00.

21. A diferencia de los PDA —en los que estas curvas de DP se refieren únicamente a contrapartes individuales— se reconoce que para los HDP podría ser más complejo producir estos datos para carteras comunes, ya que esto podría implicar la necesidad de agregar datos y parámetros de exposiciones individuales que pueden incluirse en diferentes categorías: i) sistemas de calificación ii) grados de calificación o PD,  iii) modelos satelitales utilizados para la incorporación de FLI, iv) enfoques utilizados para lograr resultados ponderados por probabilidad. Por estas razones, todo el conjunto de información se recopila solo para las carteras que contienen el desglose geográfico y para las carteras más agregadas (desglose por clases de activos). Tras la fase de consulta, se han dado nuevas instrucciones para atender aquellas situaciones en las que la notificación de estos datos crea más desafíos (es decir, cuando las entidades están geográficamente diversificadas y utilizan diferentes modelos de ECL para diferentes países).

Análisis de la variabilidad de las prácticas en la evaluación SICR

22. El enfoque previsto para el análisis de la variabilidad de las prácticas en la evaluación del SICR sobre los HDP difiere del adoptado para los PDL, ya que para los PDD la información se recopila únicamente sobre la base de una cartera. Por lo tanto, se prevé que la información sobre los desencadenantes cualitativos y cuantitativos se recopile solo de forma agregada, mientras que en esta fase no se tiene en cuenta información precisa y granular sobre los umbrales cuantitativos que determinan el paso a una fase diferente, que se aplican a nivel de instalación.

23. Con las limitaciones anteriores, la plantilla introducida C. 117.00 permitirá recopilar otra información relevante para comparar los resultados de las prácticas SICR (como la tasa de transición entre etapas) y detectar cualquier elemento adicional que pueda indicar un área potencial de preocupación en esta área (como una transición excesiva a la Etapa 3 directamente desde la Etapa 1).

2.2 Evaluación comparativa del riesgo de crédito

24. Las plantillas para la recopilación de datos para la evaluación comparativa del riesgo de crédito (BM) se especifican en los anexos I a IV del STI (consolidado). El anexo I especifica las carteras de evaluación comparativa a través de un conjunto de características y el anexo II proporciona las definiciones pertinentes para ello. El anexo III contiene los parámetros y parámetros reales que las entidades deben comunicar para las carteras definidas en el anexo I. Por último, en el anexo IV figuran las definiciones y descripciones pertinentes para el anexo III. Para la actualización de 2024 de la sección de STI sobre riesgo de crédito, se han acordado los siguientes cambios que se aplican en los anexos.

25. Valor de la garantía real (columna 0120 de las plantillas C101, 102 y 103 del anexo III): Este campo se refiere a las columnas 0150 a 0210 de la plantilla C 08.01 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la versión anterior del STI. Dado que se ha actualizado el STI sobre la presentación de informes (es decir, el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451) y que, a partir del 06/2023, la información del COREP se basará en el valor de mercado de una garantía real limitada al valor de exposición pertinente pendiente, los campos de datos notificados para el COREP y la evaluación comparativa de esta información serán diferentes.

26. Se han añadido 10 nuevas carteras al anexo I (hoja 103). En detalle, para cada una de las carteras de evaluación comparativa no incumplidas CORP, SMEC y SMOT4, se añaden dos carteras para reflejar el estado de la garantía a efectos contables 5. Estas carteras se especifican a través de una característica adicional que se añade en el Anexo I (hoja 103; columna 0200), a saber, el estado de colateralización NIIF 9:

«Las exposiciones se asignarán a carteras en función de su estado de garantía, tal como se utiliza a efectos de la medición de la pérdida crediticia esperada con arreglo a la NIIF 9:

Exposiciones garantizadas.

i. Esta cartera incluirá todas aquellas exposiciones para las cuales, de acuerdo con la NIIF 9 B5.5.55, la medición de las pérdidas crediticias esperadas refleje los flujos de efectivo esperados de la garantía relacionada y/u otras mejoras crediticias que formen parte de los términos contractuales de la exposición en cuestión y no sean reconocidos por separado por la entidad. Las exposiciones que solo estén parcialmente garantizadas se comunicarán por su importe total dentro de esta cartera.

Exposiciones no garantizadas.

ii. Esta cartera incluirá todas aquellas exposiciones para las cuales la medición de las pérdidas crediticias esperadas relacionadas no se vea afectada por la presencia de garantías reales o cualquier otra forma de mejora crediticia.

c) No procede.

27. La inclusión de estas carteras en la evaluación comparativa del IRB permite comprender la variabilidad de los requisitos de fondos propios que pueden surgir debido a los posibles reflejos divergentes de la cobertura del riesgo de crédito entre entidades. De hecho, hay varias razones por las que la garantía o la protección del crédito pueden tenerse en cuenta de manera diferente entre las entidades, así como de manera diferente a efectos contables (por ejemplo, en la NIIF 9 LGD) y para el cálculo de la APR con arreglo al enfoque IRB:

a. En el caso de las empresas y las pymes, las garantías pueden ser muy específicas de los contratos de préstamo individuales y, por lo tanto, puede ser imposible estimar la LGD IRB de conformidad con la GL sobre DP y LGD teniendo en cuenta el valor de estas garantías específicas. Por ejemplo, una PYME puede pignorar una determinada máquina que es específica para el producto que la PYME está produciendo con esta máquina. Dado que IRB LGD se cuantificará sobre la base de datos históricos, puede que no sea posible tener en cuenta el valor de esta máquina (si no se registran flujos de efectivo para un tipo comparable de PYME y máquina en los datos subyacentes a la cuantificación de IRB LGD), mientras que a efectos contables esto puede hacerse, ya que se relaciona con los flujos de efectivo esperados de la garantía relacionada y / u otras mejoras crediticias que forman parte de las condiciones contractuales de la exposición en cuestión.

b. Los requisitos de admisibilidad para la garantía de garantía y la cobertura del riesgo de crédito aplicables en el marco contable y en el marco prudencial no están alineados y pueden interpretarse de manera diferente entre los supervisores.

28. In el anexo I, 7 entradas quedaban obsoletas y se han eliminado y la definición de las siguientes 4 carteras se ha adaptado a la definición general de carteras LCOR, es decir, el tamaño de la contraparte se ha restringido a >= 200 millones:

2.3 Evaluación comparativa del riesgo de mercado

29. Como parte de la actualización de este año del ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de mercado, la recopilación de datos del enfoque estándar alternativo (ASA) del marco de riesgo de mercado revisado que se introdujo con el método basado en sensibilidades (SBM) en el ejercicio ’22 se completa con la inclusión de los dos componentes restantes (cargo por riesgo de incumplimiento – DRC, complemento de riesgo residual – RRAO). Además, se propone un número limitado de enmiendas específicas para las plantillas e instrucciones existentes de la colección ASA SBM. Se proponen instrumentos y carteras adicionales, añadidos como anexo 10 separado, definidos por las sensibilidades de los SBM (instrumentos de validación de SBM y carteras) en un esfuerzo por comparar las implementaciones del mecanismo de agregación regulatoria por parte de los bancos.

2.3.1 Introducción de plantillas de colección DRC y RRAO

30. El STI 2022 introdujo el componente del método basado en la sensibilidad (SBM) del enfoque estándar alternativo (ASA) en el ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de mercado. Esto incluyó la notificación de sensibilidades SBM (C106.01) junto con la recopilación de IMV y la notificación de sensibilidades SBM junto con el OFR correspondiente al final del período de medición de riesgo (C120.01, C120.02, C120.03). La introducción de los componentes restantes de cargo por riesgo de incumplimiento (DRC) y de adición de riesgo residual (RRAO) se dejó para futuras revisiones del STI.

31. Este documento de consulta incluye una propuesta de plantillas específicas de presentación de informes sobre la DRC (C120.04, C120.05) que se notificarán al final del período de medición de riesgo, siguiendo el enfoque adoptado para la recopilación de SBM. RRAO se introduce a través de una enmienda de la plantilla existente (C120.03) que se amplía aún más con los resultados agregados de la DRC para que incluya los resultados agregados para los tres componentes del ASA. Por lo tanto, la plantilla sólo SBM (C120.03) deja de existir y se sustituye por la nueva plantilla (C120.06).

32. Las dos plantillas propuestas para la DRC incluyen una plantilla detallada que recopila datos sobre el nivel de exposición (C120.04) y una plantilla para los resultados del cálculo de la DRC, desglosada por grupo reglamentario (C120.05).

2.3.2 Modificaciones específicas de la recogida de sopladoras de preformas

33. Se proponen varias enmiendas para mejorar la recopilación de datos sobre SBM (C106.01, C120.01, C120.02). Estos incluyen:

• Una columna adicional (0090) en la plantilla C120.01 para obtener las ponderaciones de riesgo aplicadas por el banco para sensibilidades y para el cálculo de posiciones de riesgo de curvatura. Esta información está fácilmente disponible en los bancos y facilita los controles y análisis de la calidad de los datos realizados por las autoridades competentes.

• Una armonización y simplificación en la notificación de sensibilidades Vega en las plantillas C106.01 y C120.01. Como se observaron diferentes prácticas en los datos reportados como parte del ejercicio ’22, ahora se especifica claramente que los bancos informarán las sensibilidades de Vega después de ponderar por la volatilidad implícita correspondiente. Como simplificación, en este contexto se omite la notificación adicional de las volatilidades implícitas. Los bancos podrían anticipar este enfoque ya como parte del ejercicio de evaluación comparativa ’23, para obtener resultados más consistentes con respecto a la presentación de 2022.

• Se propone recopilar más información sobre las alternativas metodológicas ASA que pueden afectar a los resultados de la evaluación comparativa a través de la plantilla C120.02 (enfoques del artículo 325q, apartado 7, el artículo 325e, apartado 3, y el artículo 325q, apartado 7), que ayudará a las autoridades competentes a comprender mejor el impacto que estos enfoques pueden tener en los requisitos de fondos propios resultantes. Se propone una nueva modificación como resultado de las prácticas de notificación observadas en la recopilación de SBM, pero que se aplicarían de manera similar a las medidas de riesgo del actual marco de riesgo de mercado. Esto se refiere a la instrucción «kk» que figura en el anexo 5. En cuanto a la moneda del cálculo de las medidas de riesgo (incluidos, entre otros, los SBM), se propone especificar que los bancos calcularán las medidas de riesgo desde la perspectiva de su propia moneda de información utilizando sus sistemas existentes y considerarán los factores de riesgo cambiarios desde el punto de vista de su moneda de referencia. La información en la moneda de la cartera de la ABE (es decir, la divisa base de los instrumentos y la cartera del anexo 5) que se solicita para los SBM se realizará mediante una conversión simple utilizando el tipo de referencia del BCE aplicable, sin que se modifiquen los factores de riesgo considerados. Este cambio reducirá la carga operativa para los bancos y alineará el ejercicio más estrechamente con los sistemas productivos de los bancos.

2.3.3 Modificaciones específicas del anexo 5

35. Se introdujeron una serie de cambios menores en los instrumentos del anexo 5 para actualizarlos o modificarlos con respecto a algunas cuestiones notificadas en el ejercicio 2023. Los cambios se enumeran a continuación.

• Cambios que implicaron una simple actualización de los instrumentos (es decir, los instrumentos siguen siendo sustancialmente del mismo tipo, pero con un vencimiento pospuesto). Más concretamente, se trata de los instrumentos 207, 208, 209, 215, 217, 520.521, 522 y 534.

• Cambios que implicaron una modificación de algunos instrumentos (es decir, los instrumentos siguen siendo los mismos, pero los detalles menores de los instrumentos cambiaron y los bancos que participan en el ejercicio deben prestar gran atención a estos pequeños cambios). Más concretamente, se trata de los instrumentos 204, 223, 224, 301 y 302.

• Cabe señalar que la «moneda base», definida para cada instrumento y cartera definida, se sustituyó por «instrumentos ABE/moneda de cartera». Esto no cambia el tipo de moneda que debe usarse para informar los IMV y las medidas de riesgo. El cambio se propone para evitar cualquier posible malentendido entre la «moneda base» de los instrumentos y la cartera» con la metodología de «moneda base» aplicada para el cálculo de sensibilidades.

• En el texto final para el STI de 2024 se añadieron modificaciones muy pequeñas en la redacción de una serie de instrumentos (202, 220 -Sección 5, 301, 302, 310, 311, 405, 529, 530,602, 604, 606, 608 y 610) tras la sugerencia de consulta. Por último, los siguientes instrumentos y carteras también se modificaron parcialmente con respecto al ejercicio anterior. Instrumentos: 121, 201 y 204. Cartera: 2021 y 2022 (únicamente con respecto a la solicitud de IRC).

2.3.4 Carteras de validación de SBM

36. El conjunto existente de carteras hipotéticas en el ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de mercado se basa en instrumentos financieros hipotéticos que los bancos interpretan y registran de acuerdo con las instrucciones. La variabilidad observada en las medidas de riesgo comunicadas para esas carteras puede deberse a diversas fuentes, desde diferentes interpretaciones y reservas hasta modelos y otras opciones de ejecución realizadas en los enfoques que se comparan.

37. Para reducir estas fuentes de variabilidad para la evaluación comparativa del ASA SBM, es posible especificar instrumentos y carteras definiendo directamente las sensibilidades hacia los factores de riesgo regulatorios (carteras de validación de SBM). De esta manera, las únicas fuentes de variabilidad que quedan son la interpretación correcta de las sensibilidades proporcionadas y la implementación del algoritmo de cálculo de SBM prescrito por la regulación (compensación, aplicación de ponderaciones de riesgo, correlaciones, fórmulas de agregación). Como ya se ha adoptado en los ejercicios de evaluación comparativa dirigidos por la industria, este enfoque puede utilizarse para validar exhaustivamente las implementaciones de los bancos a un costo comparativamente bajo, ya que la carga de interpretación y contabilización de dichos instrumentos es considerablemente menor en comparación con los instrumentos financieros hipotéticos generalmente utilizados en el ejercicio. En principio, los resultados notificados deben ser idénticos en todos los bancos informadores, de modo que las autoridades competentes puedan detectar fácilmente las implementaciones divergentes y dar información a sus entidades supervisadas sobre la base de los resultados.

38. El anexo 10, recientemente añadido, define un conjunto de carteras de validación de SBM para todos los componentes de la clase de riesgo de tipo de interés general del ASA SBM. En comparación con la versión de consulta de los instrumentos y la cartera de validación de SBM, el conjunto final alineó su definición con una práctica consolidada de la industria para aprovechar la experiencia madurada por la industria en la realización de un ejercicio similar; También se espera que esta alineación facilite a los bancos la realización de este ejercicio de validación.

39. La elección del GIIR como clase de riesgo se debe a su pertinencia en todos los bancos participantes y a su pertinencia para la mayoría de los instrumentos financieros. Se espera que los bancos comuniquen los resultados de sus cálculos de SBM para las carteras de validación de SBM como parte de la presentación de la medida de riesgo. El alcance limitado de la validación (solo GIRR) tiene como objetivo probar el concepto general y la interpretabilidad de los datos por parte de los bancos participantes. Si el enfoque puede implementarse con éxito, se considerará una extensión a más clases de riesgo del SBM, características específicas del cálculo del SBM y otros componentes del ASA (es decir, DRC) para futuras revisiones del ITS.

2.3.5 Cambios previstos a la luz del paquete bancario

40. El 27 de octubre de 2021, la Comisión Europea adoptó una revisión de las normas bancarias de la UE [el Reglamento sobre requisitos de capital (RRC III) y la Directiva sobre requisitos de capital (DRC VI)]. La propuesta incluida para modificar la DRC incluye una propuesta de modificación del artículo 78 para añadir el método estándar alternativo para el riesgo de mercado establecido en la tercera parte, título IV, capítulo 1 bis del RRC a los enfoques incluidos en el ámbito de aplicación de la evaluación comparativa supervisora.

41. En caso de que la presente propuesta entre en vigor a más tardar el 1. En enero de 2025, tal como se prevé actualmente en la propuesta de la Comisión, esto implicaría que las entidades que apliquen el método estándar alternativo se incluirían en la evaluación comparativa supervisora, independientemente de si cuentan con la aprobación del enfoque de modelo interno (alternativo) para el riesgo de mercado. Este cambio implicaría un aumento sustancial del alcance de los bancos que participan en el ejercicio de evaluación comparativa. La ABE espera que estas instituciones se preparen a tiempo para participar en el ejercicio y quiere fomentar la transparencia tanto como sea posible. Por lo tanto, la ABE está supervisando naturalmente la evolución y comunicará este aspecto una vez que exista claridad jurídica sobre el marco general de evaluación comparativa.

42. En el momento actual, no se ha hecho ninguna suposición con respecto a la finalización del nuevo reglamento. En caso de que el Reglamento se finalice en su forma actual, las nuevas instituciones en el ámbito de aplicación deben considerar los 18 meses para que la transposición de la DRC se aplique a nivel de los Estados miembros, antes de que se exija que participen formalmente en el ejercicio de evaluación comparativa.

43. Del mismo modo, en lo que respecta al modelo interno alternativo, se pueden asumir algunas expectativas sobre la base de los requisitos de presentación de informes. En la etapa actual, los bancos FRTB IMA deberían comenzar a informar no antes del cuarto trimestre de 2025. La ABE tiene previsto iniciar el desarrollo de un STI con requisitos revisados para la evaluación comparativa del enfoque del modelo interno alternativo lo antes posible y planea una consulta antes de lo habitual sobre los STI de 2026, de modo que los bancos tengan más tiempo para prepararse para este nuevo marco.

3. Proyectos de normas de ejecución

Proyecto de normas técnicas de ejecución por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión relativo a la evaluación comparativa de los modelos internos

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No …/… de [fecha]

por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 en lo que respecta a las carteras de referencia, las plantillas de notificación y las instrucciones de información que deben aplicarse en la Unión para la notificación a que se refiere el artículo 78, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE6, y en particular su artículo 78, apartado 8, párrafo tercero,

Mientras que:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 de la Comisión 7 especifica los requisitos de información de las entidades para que la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y las autoridades competentes puedan supervisar la gama de exposiciones ponderadas por riesgo o los requisitos de fondos propios para las exposiciones u operaciones de la cartera de referencia resultantes de los enfoques internos de dichas entidades y evaluar dichos métodos, tal como exige el artículo 78, apartado 3, de la Directiva 2013/36/UE.

(2) Considerando que, de conformidad con el artículo 78, apartado 1, de la Directiva 2013/36/UE, el ejercicio de evaluación comparativa tiene una duración al menos anual y que el enfoque de las evaluaciones de las autoridades competentes y de los informes de la ABE ha cambiado con el tiempo, a fin de determinar los ámbitos en los que se necesitan más orientaciones reglamentarias, las exposiciones o las posiciones incluidas en las carteras de referencia,  y, por lo tanto, también los requisitos de presentación de informes deben adaptarse en consecuencia. Procede, por tanto, modificar los anexos I, II, IV, V, VI, VII, VIII y IX del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 consolidado. Considerando que también es necesario introducir un nuevo conjunto de carteras de validación en el ejercicio de evaluación comparativa relacionadas con el riesgo de mercado, conviene, por tanto, reflejar dicho cambio añadiendo un nuevo anexo X al Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070.

(3) Además, se adoptó una nueva norma internacional de contabilidad, la Norma Internacional de Información Financiera 9 (NIIF9), mediante el Reglamento (UE) 2016/20678 de la Comisión. A fin de tener en cuenta esta norma para los requisitos de notificación, el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/20179 de la Comisión modificó el Reglamento (UE) 2016/2070 añadiendo dos nuevos anexos, uno con las plantillas para la presentación de informes y el otro con las instrucciones para cumplimentar las plantillas. Estos anexos tenían por objeto elaborar índices de referencia para los resultados de la NIIF 9 ECL y la NIIF 9 PD y, tras las modificaciones introducidas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/95110 de la Comisión, parámetros de pérdida por incumplimiento (LGD) en contrapartes comunes pertenecientes a carteras de bajo impago. Como se indica en el Informe de seguimiento de la NIIF 9 de la ABE 11 y siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9 12, ahora es necesario integrar carteras y plantillas adicionales para extender gradualmente el ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9 a las carteras de alto impago.

(4) El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 debe modificarse en consecuencia.

(5) El presente Reglamento se basa en los proyectos de normas técnicas de ejecución presentados a la Comisión por la ABE.

(6) La ABE ha llevado a cabo consultas públicas abiertas sobre los proyectos de normas técnicas de ejecución en los que se basa el presente Reglamento, ha analizado los posibles costes y beneficios conexos y ha solicitado el asesoramiento del Grupo de partes interesadas del sector bancario establecido de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) n.º 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo13.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2070 se modifica como sigue:

1) En el artículo 2[:

a) el inciso i) se sustituye por el texto siguiente:

«i) la información especificada en la plantilla 114.00 del anexo VIII, para todas las zonas geográficas de las contrapartes mencionadas en la plantilla 101 del anexo I, de conformidad con las instrucciones contempladas en los cuadros C101 y C114.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;».

b) después del inciso i) se insertan los puntos siguientes:

«j) la información especificada en la plantilla 115.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 115.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;

k) la información especificada en la plantilla 116.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 116.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;

l) la información especificada en la plantilla 117.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 117.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;

m) la información especificada en la plantilla 118.00 del anexo VIII, para las contrapartes mencionadas en la plantilla 104 del anexo I, de conformidad con las instrucciones mencionadas en los cuadros C104 y C 118.00 del anexo II y en el anexo IX, respectivamente;»;

2) En el artículo 3, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1. En el caso de los métodos internos relativos al riesgo de mercado, las entidades presentarán a su autoridad competente la información especificada en las plantillas del anexo VII, de conformidad con las definiciones e instrucciones de cartera que figuran en los anexos V, VI y X.».

3) El anexo I se sustituye por el texto del anexo I del presente Reglamento.

4) El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.

5) El anexo IV se sustituye por el texto que figura en el anexo III del presente Reglamento.

6) El anexo V se sustituye por el texto que figura en el anexo IV del presente Reglamento.

7) El anexo VI se sustituye por el texto que figura en el anexo V del presente Reglamento.

8) El anexo VII se sustituye por el texto que figura en el anexo VI del presente Reglamento.

9) El anexo VIII se sustituye por el texto que figura en el anexo VII del presente Reglamento.

10) El anexo IX se sustituye por el texto que figura en el anexo VIII del presente Reglamento.

11) El texto del anexo IX del presente Reglamento se añade como anexo X.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas,

Por la Comisión

El Presidente

En nombre del Presidente

[Cargo]

ANEXO

Anexo I (Evaluación comparativa del riesgo de crédito)

Anexo II (Evaluación comparativa del riesgo de crédito)

Anexo III (Evaluación comparativa del riesgo de crédito)

Anexo IV (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

Anexo V (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

Anexo VI (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

Anexo VII (Evaluación comparativa de la NIIF 9)

Anexo VIII (NIIF 9 Evaluación comparativa)

Anexo IX (Evaluación comparativa del riesgo de mercado)

4. Documentos de acompañamiento

4.1 Borrador de análisis de costo-beneficio para los cambios relacionados con la evaluación comparativa del riesgo de crédito y de mercado

El artículo 78 de la Directiva 2013/36/UE (DRC IV) exige a las autoridades competentes que lleven a cabo una evaluación anual de la calidad de los modelos internos utilizados para el cálculo de los requisitos de fondos propios, y exige a la ABE que elabore un informe que les ayude en esta evaluación. El informe de la ABE se basa en los datos presentados por las entidades de conformidad con el Reglamento (UE) No. 2016/2070, que especifica las carteras de evaluación comparativa, las plantillas, las definiciones y las soluciones informáticas que deben utilizar las entidades como parte del ejercicio anual de evaluación comparativa, cuando se utilicen enfoques de modelos internos para el riesgo de mercado y de crédito.

El actual proyecto de STI tiene por objeto actualizar los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa con el fin de mejorar los ejercicios y adaptarse a los cambios políticos pertinentes que serán aplicables a finales de 2023 y, por lo tanto, pertinentes para el ejercicio de 2024.

Con respecto al riesgo de crédito, no se han eliminado ni introducido métricas nuevas. Por lo tanto, no se considera pertinente ninguna evaluación de impacto en profundidad.

4.1.1 Riesgo de mercado

En cuanto a la recopilación de datos de evaluación comparativa del riesgo de mercado de la ABE, el objetivo es ampliar el conjunto de información recopilada sobre el enfoque estándar alternativo (ASA) de la FRTB. Los nuevos datos se refieren al cargo por riesgo de incumplimiento (DRC) y al complemento de riesgo residual (RRAO). Esto completará la recopilación de medidas de sensibilidad introducidas en 2022, y será importante para la futura extensión del alcance de la recopilación de datos a todos los bancos ASA.

De conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento de la ABE [Reglamento (UE) n.º 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo], los STI desarrollados por la ABE irán acompañados de un anexo de evaluación de impacto (EI) en el que se analicen «los costes y beneficios potenciales conexos» antes de presentarlos a la Comisión Europea. Dicho anexo proporcionará al lector una visión general de las conclusiones relativas a la identificación del problema, las opciones identificadas para eliminar el problema y sus posibles repercusiones.

A efectos de la sección EI del documento de consulta, la ABE preparó la evaluación de impacto con un análisis coste-beneficio de las opciones de política incluidas en las normas técnicas de regulación descritas en el presente documento de consulta. Dada la naturaleza del estudio, la AI es principalmente de alto nivel y de naturaleza cualitativa, incluido el análisis cuantitativo cuando es posible.

A. Identificación del problema

Con respecto a la recopilación de datos de evaluación comparativa del riesgo de mercado, los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa se han mantenido estables, en términos de recopilación de datos de sensibilidades.

B. Objetivos de política

El objetivo general de los STI actuales es actualizar los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa para completar el conjunto de información relativa al ASA.

El principal objetivo de la aplicación del actual proyecto de evaluación comparativa de los STI es ampliar el conjunto de plantillas para tener una representación completa de la RDC y la RRAO para todos los instrumentos y carteras que se compararán.

Esto fomentaría el objetivo estratégico de crear un entorno de supervisión y presentación de informes para garantizar que las entidades apliquen técnicas coherentes de modelización y valoración. En las secciones siguientes se examinan las opciones que podrían crear dicho entorno, así como el impacto neto que implica la implementación de tales soluciones.

Hipótesis de referencia

Para la parte del ejercicio relativa al riesgo de mercado, para la mayoría de las instituciones de la UE, la situación actual de la notificación de los resultados de la modelización y las valoraciones implica los posibles costes operativos y errores de cálculo, que conducen a una sobrevaloración o infravaloración de los valores notificados a efectos de los ejercicios de evaluación comparativa. Dado que no pueden determinarse el alcance y la magnitud de las sobrevaloraciones o infravaloraciones, la evaluación de impacto se centra en la evaluación del impacto neto en las operaciones de las entidades.

D. Opciones consideradas

Al elaborar el proyecto de STI, la ABE consideró las siguientes opciones:

Opción 1: no hacer nada

Esta opción implica que las entidades de crédito continúen comunicando datos para el ejercicio de evaluación comparativa utilizando únicamente el conjunto anterior de plantillas para los ejercicios hasta la fecha.

Para la parte del ejercicio relativa al riesgo de mercado, la continuación de la aplicación del conjunto anterior de plantillas supone que las entidades de crédito y la ABE tienen asignado el coste operativo habitual a proporcionar aclaraciones y garantizar la presentación coherente de datos.

La opción de «no hacer nada» implicaría dejar sin cambios el Reglamento de Ejecución sobre la evaluación comparativa del riesgo de mercado, anexo VI y VII, lo que daría lugar a la obtención de casi los mismos resultados que el ejercicio anterior, con una pérdida de pertinencia y significación para los bancos y las autoridades competentes en la recogida de datos.

Opción 2: revisión de las plantillas relativas a los ejercicios de evaluación comparativa

Los principales argumentos que apoyan la revisión de las plantillas en los ejercicios de benchmarking de riesgo de mercado son:

A. que realce la importancia de los ejercicios de evaluación comparativa en todas las entidades de crédito de la UE;

B. potencialmente proporcionar nuevos conocimientos sobre el diferente funcionamiento del modelo de riesgo de mercado.

Para la parte del ejercicio relativa al riesgo de mercado, los STI actuales podrían alcanzar el objetivo ampliando la información recopilada por el conjunto. Con algunas nuevas plantillas adicionales (120.04, 120.05 y 120.6), la recopilación de datos ASA podría completarse, proporcionando una imagen completa de la implementación de ASA. Además, esto proporcionaría nuevos elementos de análisis, para los bancos y las autoridades competentes.

Análisis costo-beneficio

El principio de proporcionalidad se aplica a todos los aspectos de la evaluación de impacto, incluida la metodología, la profundidad del análisis, el nivel de detalle y la necesidad de un análisis cuantitativo. Siendo coherentes con este principio, el personal de la ABE sigue el principio de proporcionalidad al realizar los análisis de costes y beneficios. Dado que la aplicación de los STI actuales no tendría un impacto perjudicial, el siguiente análisis se centra en las características cualitativas. Al hacerlo, proporciona estimaciones aproximadas del impacto monetario neto relacionado con la realización de ejercicios de evaluación comparativa.

El impacto neto en los requisitos de capital, implícito en la aplicación de las directrices actuales, no puede evaluarse con precisión porque, sustancialmente, dependería de las medidas adicionales acordadas por las entidades con las autoridades nacionales competentes en respuesta a los resultados del ejercicio de evaluación comparativa; Sin embargo, se espera que sea en promedio cercano a cero debido al hipotético marco de ejercicio de cartera de mercado.

Riesgo de mercado:

Opción 1

Costos: una posible pérdida de información en la recopilación de datos, que sería sustancialmente idéntica a la anterior.

Beneficios: beneficios puntuales (reducción de los costes operativos existentes) de no dedicar recursos humanos a la redacción del presente STI.

Opción 2

Costes: el coste único de dedicar recursos a la redacción de los STI. También existe una fuente de coste mínimo relacionada con la necesidad de que la ABE explique el nuevo conjunto de plantillas a las autoridades nacionales competentes y, a través de ellas, a las entidades de crédito participantes. Sin embargo, cabe señalar que los datos solicitados con las nuevas plantillas no podrían ser demasiado onerosos, ya que los instrumentos son básicamente los mismos que antes, y la lógica de recopilación de datos de la DRC es muy similar a la lógica de la SBM; además, en el caso de RRAO sólo se recopila información agregada.

Beneficios: los beneficios de esta opción surgen del suministro de información y datos ASA nuevos y completos, lo que daría lugar a proporcionar información adicional a las autoridades competentes y mantendría el ejercicio relevante para los bancos involucrados.

F. Opción preferida

La ABE considera que, aunque estos beneficios no son directamente observables y se distribuyen en el tiempo, no son despreciables y se consideran más importantes que los costes enumerados anteriormente. Por esta razón, la opción preferida es la opción 2.

4.1.2 NIIF9

44. La aplicación sólida y coherente de la norma contable NIIF 9 es de suma importancia para los reguladores y supervisores, ya que el resultado del cálculo de la pérdida crediticia esperada (LCE) afecta directamente al importe de los fondos propios y a las ratios reglamentarias. Este vínculo con los requisitos prudenciales refuerza la necesidad de escrutinio por parte de los reguladores y la necesidad de ampliar el conjunto de herramientas de supervisión para detectar cualquier fuente potencial de variabilidad derivada de la implementación del modelo NIIF 9 ECL que pueda tener impactos relacionados en las ratios prudenciales.

45. Por estos motivos, el ejercicio de evaluación comparativa se ha ampliado gradualmente a la dimensión contable y el Reglamento 2016/2070 se ha modificado para integrar plantillas adicionales sobre la NIIF 9.

46. El artículo 78 de la Directiva 2013/36/UE (DRC IV) exige a las autoridades competentes que lleven a cabo una evaluación anual de la calidad de los modelos internos utilizados para el cálculo de los requisitos de fondos propios, y exige a la ABE que elabore un informe que les ayude en esta evaluación. El informe de la ABE se basa en datos presentados por las entidades de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/2070, que especifica las carteras de evaluación comparativa, las plantillas, las definiciones y las soluciones informáticas que deben utilizar las entidades como parte del ejercicio anual de evaluación comparativa.

47. Dadas las similitudes entre los modelos IRB para el riesgo de crédito y los modelos NIIF 9, se consideró apropiado basarse en los STI existentes sobre evaluación comparativa supervisora al realizar el ejercicio de evaluación comparativa de la NIIF 9. No obstante, el alcance actual del ejercicio y el conjunto de plantillas cubren solo las carteras de bajo incumplimiento («LDP»). Como se indica en el Informe de seguimiento de la NIIF 9 y siguiendo el enfoque escalonado presentado en la hoja de ruta de la NIIF 9, se sugieren 14 cambios al Reglamento 2016/2070 para integrar carteras y plantillas adicionales dedicadas a los PDH.

48. De conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010, (UE) n.º 1094/2010 y (UE) n.º 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo), toda norma técnica de ejecución elaborada por las AES irá acompañada de un anexo de evaluación de impacto (EI) en el que se analicen «los posibles costes y beneficios conexos» de las directrices. Dicho anexo proporcionará al lector una visión general de las conclusiones relativas a la identificación del problema, las opciones identificadas para eliminar el problema y sus posibles repercusiones.

49. La ABE preparó la EI incluida en este documento de consulta en la que se analizaban las opciones de política consideradas al elaborar las directrices. Dada la naturaleza del estudio, la AI es de naturaleza cualitativa.

A. Identificación del problema

50. Los STI existentes sobre evaluación comparativa supervisora incluyen actualmente plantillas para supervisar los parámetros de riesgo de crédito y riesgo de mercado y la NIIF 9, aunque para esta última información solo se recopila para una lista limitada de contrapartes pertenecientes a las clases de activos LDP.

51. El alcance limitado de la recopilación de datos de la NIIF 9 no garantiza una visión global de la variabilidad existente de los resultados de la LCE y los impactos relacionados sobre el importe de los fondos propios y los ratios regulatorios, ya que una gran parte de los instrumentos financieros sujetos a los requisitos de deterioro de la NIIF 9 (es decir, las carteras de alto impago,  «HDP») están actualmente fuera del alcance del ejercicio.

B. Objetivos de política

52. El objetivo general de los STI actuales es actualizar los STI anteriores para la recopilación de datos de evaluación comparativa.

53. El objetivo específico de los actuales STI sobre la NIIF 9 es ampliar la recopilación de datos sobre las carteras de alto impago, garantizando así la posibilidad de realizar el análisis de evaluación comparativa de la NIIF 9 en gran parte de los instrumentos financieros de los bancos sujetos a requisitos de deterioro.

Hipótesis de referencia

54. El escenario de referencia es el Reglamento 2016/2070 vigente, en el que, para la NIIF 9, solo se prevé la recopilación de puntos de datos específicos en una lista de contrapartes comunes pertenecientes a carteras de bajo impago. Si no se aplican cambios a este reglamento, cualquier recopilación de datos adicionales sobre la información de la NIIF 9 sobre los HDP debe realizarse sobre una base ad hoc.

D. Opciones consideradas

55. Al redactar la presente modificación del STI sobre la evaluación comparativa se consideraron varias opciones con respecto a diferentes dimensiones.

56. En cuanto al alcance del ejercicio:

Opción 1:

Extender directamente la evaluación comparativa de la NIIF 9 a todos los HDP, lo que requiere una recopilación completa de datos para todas las clases de activos;

Opción 2:

seguir un enfoque escalonado, limitando una recopilación completa de datos para algunas carteras específicas (corporativa, PYME corporativa y PYME otras) mientras se recopila información para las otras clases de activos solo a nivel agregado (es decir, sin divisiones de cartera)

57. Por lo que respecta al nivel de división de carteras:

Opción 1: utilizar el mismo tipo y nivel de escisiones ya previstos para el ejercicio de evaluación comparativa del riesgo de crédito;

4.2 Comentarios sobre la consulta pública

La ABE consultó públicamente sobre el proyecto de propuesta contenido en este documento.

El período de consulta duró del 8 de diciembre de 2022 al 28 de febrero de 2023. En total, la ABE recibió 6 respuestas (4 confidenciales y 2 no confidenciales) y se celebró una audiencia pública el 9 de febrero de 2023. Todas las respuestas públicas se publican en el sitio web de la ABE.

En el cuadro siguiente se presenta un resumen de las principales observaciones recibidas en la consulta, el análisis de las ABE y si se han introducido cambios en la política propuesta en respuesta a esas observaciones.

En muchos casos, varios organismos de la industria formularon observaciones similares o el mismo órgano repitió sus observaciones en la respuesta a diferentes preguntas. En tales casos, los comentarios y el análisis de la ABE se incluyen en la sección de este documento donde la ABE los considera más apropiados.

Se han incorporado cambios en el proyecto como resultado de las respuestas recibidas durante la consulta pública.

Resumen de las cuestiones clave y respuesta de la ABE

La observación general recibida se refiere a la introducción de un componente de validación de la plática de preformas. El problema está relacionado con la creación de nuevos estándares por parte de la EBA que son similares, pero no están totalmente alineados con la práctica de la industria que podrían generar un esfuerzo innecesario y reducir la eficiencia del proceso e impactar el estándar que la industria ha desarrollado.

La industria recomienda encarecidamente que no se introduzca el componente de validación de la plática de preformas, como se propuso en la consulta. La industria recomienda además que, si se va a introducir este componente, debe estar totalmente alineado con los estándares existentes de la industria.

Con respecto a la parte del ejercicio NIIF 9, los principales comentarios recibidos se centraron principalmente en el concepto de umbral de materialidad que debe preverse para la presentación de información sobre carteras con el desglose por país y en los desafíos para presentar información a nivel agregado sobre curvas de DP, número de escenarios y ponderaciones de probabilidad para entidades geográficamente diversificadas.  cuando se utilizan diferentes modelos para diferentes geografías. Además, se han destacado algunas solicitudes de aclaraciones adicionales sobre puntos de datos específicos.

La ABE reconoce los retos operativos y los posibles sesgos en algunas cifras informativas que pueden surgir al comunicar información a nivel agregado y para carteras no significativas. Por esta razón, los comentarios recibidos se han tenido debidamente en cuenta en la finalización de los STI y se han introducido cambios en las instrucciones de las plantillas NIIF 9 (Anexo 8) para dar cabida en la medida de lo posible a las respuestas de la industria.

Como resultado, se han acordado los siguientes cambios con respecto al documento de consulta del STI 2024:

  1. Introducción de un concepto de materialidad y un umbral específico de materialidad para la comunicación de información relacionada con carteras con un desglose geográfico;
  2. Revisión de las instrucciones relativas a las plantillas C. 116.00 y C. 118.00 relativas a la notificación de curvas, ponderaciones y escenarios de datos sobre el rendimiento para la lista de carteras agregadas en el ámbito del ejercicio, con el fin de proporcionar orientación sobre cómo comunicar información cuando las entidades utilizan diferentes enfoques ECL para diferentes geografías (diferente número de escenarios, pesos, etc.);
  3. Mejora de las instrucciones actuales para aclarar algunos puntos de datos específicos que no se consideraron particularmente claros durante la fase de consulta.


FASB publica definición de entidad que informa


El Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) publicó recientemente un nuevo capítulo en su Marco Conceptual, que trata sobre la definición de una entidad que informa.

El Marco Conceptual es una serie de principios y definiciones interconectados que se utiliza para establecer normas contables claras y equilibradas que cumplan con los objetivos de la información financiera y mejoren el acceso y la claridad para los inversores. Asegurarse de que los conceptos y las definiciones sean claros y apropiados no ocupa los titulares de los informes comerciales, pero ayuda a establecer una base sólida sobre la cual construir estándares.

El último capítulo define una entidad que informa como “un área circunscrita de actividades económicas que puede representarse mediante informes financieros de propósito general, que son valiosos para los inversionistas, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales en su proceso de toma de decisiones con respecto a la provisión de recursos a la entidad.” Describe tres características clave de una entidad que informa: lleva a cabo actividades económicas, las actividades económicas se pueden distinguir de otras entidades, y la información financiera presentada fielmente en los informes financieros de propósito general es útil para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad.


FASB EMITE NUEVO CAPÍTULO DE SU MARCO CONCEPTUAL: LA ENTIDAD QUE INFORMA

El Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) emitió hoy un nuevo capítulo de su Marco Conceptual que describe una entidad que informa. El Marco Conceptual es un cuerpo de objetivos y fundamentos interrelacionados que proporciona al FASB una herramienta útil a medida que establece estándares. Una Declaración de Conceptos de Contabilidad Financiera no tiene autoridad y no establece ni cambia los principios de contabilidad generalmente aceptados.

El nuevo capítulo se convierte en el Capítulo 2 de la Declaración de Conceptos No. 8 de FASB, Marco Conceptual para la Información Financiera. El nuevo capítulo es similar al resto del marco en que establece conceptos que la Junta usaría al desarrollar estándares de contabilidad e información financiera. Proporciona a la Junta un marco para desarrollar estándares que cumplan con el objetivo de la información financiera y mejoren la comprensibilidad de la información para los inversores, prestamistas, donantes y otros proveedores de recursos existentes y potenciales de una entidad que informa.

El nuevo capítulo describe una entidad que informa como “un área circunscrita de actividades económicas que puede representarse mediante informes financieros de propósito general que son útiles para los inversores, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales al tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad”. También describe las tres características de una entidad que informa:

  1. Las actividades económicas se han llevado a cabo
  2. Esas actividades económicas pueden distinguirse de las de otras entidades
  3. La información financiera en los informes financieros con propósito general representa fielmente las actividades económicas realizadas dentro del área circunscrita y es útil para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad que informa.

Marco conceptual para la presentación de informes financieros

LA ENTIDAD INFORMANTE

Introducción

RE1. El objetivo1 de la información financiera de propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad informante que sea útil para los inversores, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales en la toma de decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad. Esas decisiones implican comprar, vender o mantener instrumentos de capital y deuda y proporcionar o liquidar préstamos y otras formas de crédito.2

RE2. El concepto de entidad informante se desarrolló en el contexto de la presentación de informes financieros para fines generales. La información financiera de propósito general, que se define en el Capítulo 7, Presentación, de esta Declaración de conceptos, proporciona información financiera útil sobre una entidad informante que ayuda a los proveedores de recursos existentes y potenciales a tomar decisiones de asignación de recursos. Al tomar decisiones de asignación de recursos, los proveedores de recursos forman expectativas sobre la entidad informante evaluando (a) los recursos de la entidad, (b) las reclamaciones sobre los recursos de la entidad y (c) los cambios en esos recursos y reclamaciones durante el período. Un conjunto completo de estados financieros, que es un componente de la información financiera de propósito general, es la principal forma en que una entidad que presenta informes proporciona información financiera que logra el objetivo de la presentación de informes financieros para fines generales.3

RE3. Las entidades a menudo reportan información, incluida la información financiera, en una variedad de formas. Cada una de esas entidades podría considerarse una entidad informante. Sin embargo, en el Marco Conceptual, la referencia a la entidad informante se hace en el contexto de una entidad que produce informes financieros de propósito general.

Descripción de una entidad informante

RE4. Una entidad informante es un área circunscrita de actividades económicas que puede estar representada por informes financieros de propósito general que son útiles para los inversores, prestamistas y otros proveedores de recursos existentes y potenciales en la toma de decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad.

RE5. Una entidad informante tiene tres características:

un. Se han llevado a cabo actividades económicas.

b. Estas actividades económicas pueden distinguirse de las de otras entidades.

c. La información financiera en la información financiera de propósito general representa fielmente las actividades económicas realizadas dentro del área circunscrita y es útil para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad informante.

RE6. Es necesario identificar los límites de las actividades económicas para presentar fielmente la información financiera de la entidad informante en la información financiera de propósito general. Los informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, que representan fielmente las actividades económicas de un área circunscrita permiten a la entidad informante alcanzar el objetivo de la información financiera de propósito general.

RE7. La identificación de la entidad informante en una situación específica requiere considerar el límite de las actividades económicas que se han realizado. La existencia de una entidad jurídica no es necesaria para identificar a la entidad informante. La entidad informante puede incluir más de una entidad, o puede ser una parte de una entidad.

Estados Financieros Consolidados

RE8. Si un área circunscrita de actividades económicas incluye una relación matriz-filial, es necesario un conjunto completo de estados financieros consolidados que representen fielmente las actividades económicas de la zona circunscrita para cumplir el objetivo de la información financiera de propósito general.

RE9. Los flujos de efectivo netos y otros beneficios para los proveedores de recursos dependen de las actividades económicas tanto de la entidad matriz como de sus filiales. Al evaluar las perspectivas de las entradas netas de efectivo de una inversión en una entidad matriz, los proveedores de recursos están interesados en evaluar la entidad matriz y sus filiales como una sola unidad económica. Un conjunto completo de estados financieros consolidados, que incluye (a) recursos, (b) reclamaciones a esos recursos, y (c) cambios en esos recursos y reclamaciones durante el período, describe completamente las actividades económicas de la matriz y sus subsidiarias. En consecuencia, un conjunto completo de estados financieros consolidados proporciona una representación fiel de las actividades económicas de la zona circunscrita. Los principios de consolidación, incluida cualquier excepción a la consolidación en circunstancias en que exista una relación matriz-filial, se harían a nivel de normas.

Estados financieros exclusivos para padres

RE10. Los estados financieros exclusivamente matrices, que en ciertas situaciones pueden ser útiles o requeridos, no representan completamente las actividades económicas de una entidad informante que incluye una relación matriz-filial y, por lo tanto, no son suficientes para cumplir con el objetivo de la información financiera de propósito general. Los estados financieros de matrices presentan a las subsidiarias como inversiones y no representan (a) los recursos de las subsidiarias, (b) los reclamos sobre esos recursos, y (c) los cambios en esos recursos y reclamos durante el período. En consecuencia, los estados financieros solo para matrices no representan fielmente los resultados operativos, la posición financiera y la estructura de capital de la matriz y sus subsidiarias como una sola unidad económica.

Parte de una entidad

RE11. Una parte de una entidad más grande, como una subsidiaria, sucursal o división, puede representar un área circunscrita de actividades económicas y, en consecuencia, cumplir con la descripción y las características de una entidad informante en los párrafos RE4 y RE5. Una parte de una entidad más grande todavía necesitaría consolidar cualquiera de sus propias relaciones subsidiarias para cumplir con el objetivo de la información financiera para fines generales, de conformidad con el párrafo RE8.

RE12. Para que una parte de una entidad más grande prepare informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, debe identificar las actividades económicas de su área circunscrita. Las decisiones sobre qué actividades económicas deben atribuirse a la parte de una entidad más grande deben dar lugar a informes financieros de propósito general que proporcionen una representación fiel de la parte de la posición financiera y el desempeño de la entidad más grande.

RE13. Sobre la base de las necesidades de los usuarios previstos, la parte de una entidad puede preparar informes financieros que no incluyen un conjunto completo de estados financieros. En esas circunstancias, los informes financieros tienen un propósito especial. Debido a que esos informes financieros para fines especiales no representan completamente la parte del área circunscrita de actividades económicas de una entidad, los informes financieros no se considerarían informes financieros de propósito general.

Estados financieros combinados

RE14. Los estados financieros combinados pueden representar adecuadamente dos o más entidades que están bajo control común o administración común, incluidas las circunstancias en las que no existe una relación matriz-filial. Si dos o más entidades comúnmente controladas o comúnmente administradas se combinan para representar un área circunscrita de actividades económicas, la zona circunscrita puede representar a una entidad informante si puede preparar informes financieros de propósito general. Un conjunto completo de estados financieros combinados es coherente con el objetivo de la presentación de informes financieros de propósito general.

Este capítulo de la Declaración de Conceptos 8 fue adoptado por el voto unánime de los siete miembros del Consejo de Normas de Contabilidad Financiera:

Richard R. Jones, Presidente

James L. Kroeker, Vicepresidente

Christine A. Botosan

Gary R. Buesser

Frederick L. Cannon

Susan M. Cosper

Marsha L. Hunt

1. El objetivo de la información financiera de propósito general se describe en el párrafo OB2 del Capítulo 1, El objetivo de la información financiera de propósito general, de esta Declaración de conceptos.

2. Los párrafos OB22 a OB28 del capítulo 1 de esta declaración de conceptos proporcionan contexto para la aplicación del objetivo a las entidades sin fines de lucro.

3. Un conjunto completo de estados financieros, tal como se define en el párrafo PR20 del Capítulo 7, Presentación, de este Estado de Conceptos, presenta los elementos de los estados financieros y el reconocimiento y la medición relacionados con esos elementos, incluida la información presentada en el párrafo PR18 del Capítulo 7.

Apéndice: Base de las conclusiones

Introducción

BC2.1 La siguiente base para las conclusiones resume las consideraciones de la Junta para llegar a las conclusiones de este capítulo. Incluye razones para aceptar algunas alternativas y rechazar otras. Los miembros individuales de la Junta dieron mayor peso a algunos factores que a otros.

BC2.2 En enero de 2014, el FASB reactivó su proyecto de Marco Conceptual. Los siguientes son documentos históricos clave publicados sobre el concepto de entidad informante: a. Mayo de 2008—FASB and IASB Discussion Paper, Preliminary Views— Conceptual Framework for Financial Reporting: The Reporting Entity b. Marzo de 2010—FASB y IASB proponen una declaración de conceptos, Marco conceptual para la información financiera: la entidad que presenta los informes c. Octubre de 2022—FASB propuso la Declaración de Conceptos No. 8, Marco Conceptual para la Información Financiera—Capítulo 2, La Entidad Informante.

BC2.3 El término entidad informante se utiliza varias veces en las declaraciones de conceptos existentes, y el párrafo OB1 en el capítulo 1 de esta declaración de conceptos hace referencia explícita a un concepto de la entidad informante. Dado que el marco conceptual pretende ser un sistema coherente de objetivos interrelacionados y conceptos fundamentales, es necesario desarrollar un concepto de entidad informante.

BC2.4 Para ser coherente con el objetivo de la presentación de informes financieros para fines generales, la Junta llegó a la conclusión de que era esencial que la descripción de una entidad informante se centrara en la noción de un área circunscrita de actividades económicas. Al tomar decisiones de asignación de recursos, los proveedores de recursos identifican un área circunscrita de actividades económicas que desean evaluar para obtener los rendimientos esperados. Para satisfacer las necesidades de información de los proveedores de recursos y lograr el objetivo de la presentación de informes financieros de propósito general, el área circunscrita, como entidad informante, debe proporcionar informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, a los proveedores de recursos.

Descripción de una entidad informante

BC2.5 El objetivo del concepto de entidad informante es describir una entidad informante. La descripción de una entidad informante es coherente con el objetivo de la información financiera de propósito general. La Junta llegó a la conclusión de que un concepto de entidad informante debería centrarse en: a) identificar un área circunscrita de actividades económicas y (b) representar fielmente las actividades económicas de esa área circunscrita en la presentación de informes financieros para fines generales. Para representar fielmente la información financiera de la entidad informante, dicha entidad informadora debe identificar las actividades económicas de su área circunscrita. Para cumplir el objetivo de la información financiera de propósito general, la entidad informante debe representar fielmente las actividades económicas de su área circunscrita en la información financiera de propósito general.

BC2.6 Como se indica en el párrafo RE5(a), una entidad informante debe haber realizado actividades económicas. La Junta observó que, a falta de actividades económicas, no habría información financiera que comunicar. Sin embargo, la Junta observa que las actividades económicas incluirían contribuciones iniciales a una entidad, que en consecuencia serían información financiera que indicaría que se cumpliría la característica del párrafo RE5 a).

BC2.7 La Junta llegó a la conclusión de que, si bien una entidad jurídica es un área circunscrita de actividades económicas que podría representar a una entidad informante, la forma o estructura jurídica de una entidad no debería dictar exclusivamente si una zona circunscrita de actividades económicas representa a una entidad informante. Por ejemplo, una empresa unipersonal no está legalmente separada de su propietario; Sin embargo, una empresa unipersonal puede preparar informes financieros de propósito general para su área circunscrita de actividades económicas.

Estados Financieros Consolidados

BC2.8 La Junta decidió no definir el término control en este capítulo. La Junta razonó que el término control se define a nivel de normas. En conceptos, si un área circunscrita de actividades económicas representa una relación matriz-filial, es necesario un conjunto completo de estados financieros consolidados que representen fielmente las actividades económicas del área circunscrita para cumplir el objetivo de la información financiera de propósito general. Como se señala en el párrafo RE9, cualquier excepción a la consolidación en circunstancias en las que exista una relación matriz-filial se haría a nivel de normas.

Estados financieros exclusivos para padres

BC2.9 Como se señaló en el párrafo RE10, la Junta llegó a la conclusión de que los estados financieros de la matriz no representan completamente las actividades económicas de una zona circunscrita que representa una relación matriz-filial y, por lo tanto, no son suficientes para cumplir el objetivo de la presentación de informes financieros para fines generales. A pesar de esa conclusión, los estados financieros exclusivos para padres pueden proporcionar información útil a los proveedores de recursos como informes financieros para fines especiales. Por ejemplo, los estados financieros solo para matrices pueden ayudar a los proveedores de recursos a evaluar el nivel de dividendos que la entidad controladora es legalmente capaz de pagar sin depender de los fondos transferidos de sus subsidiarias o tal vez reflejando el valor razonable de las subsidiarias que se mantienen como inversión si una entidad elige proporcionar dicha información de valor razonable para las inversiones.

Parte de una entidad

BC2.10 La Junta llegó a la conclusión de que una parte de una entidad más grande puede calificar como entidad informante si la parte de la entidad representa un área circunscrita de actividades económicas cuya información financiera puede representarse fielmente en la información financiera de propósito general.

BC2.11 La Junta reconoce que en algunos casos existen complejidades prácticas en la identificación de los activos, pasivos y operaciones de una parte de una entidad, específicamente para las partidas que se asignan a la parte de la entidad. Para lograr el objetivo de la información financiera de propósito general, la parte de una entidad más grande debe preparar informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros, que representen fielmente las actividades económicas de su área circunscrita, incluidas las actividades que deben asignarse a la parte de la entidad, como las actividades generales corporativas.

Estados financieros combinados

BC2.12 La Junta llegó a la conclusión de que los estados financieros combinados pueden representar adecuadamente dos o más entidades que están bajo control o administración común, incluidas las circunstancias en las que no existe una relación matriz-filial. La Junta decidió incluir el concepto de gestión común para reflejar las estructuras utilizadas por diversas entidades (por ejemplo, entidades sin fines de lucro). La Junta razonó que dos o más entidades comúnmente controladas o administradas comúnmente que se combinan pueden representar un área circunscrita de actividades económicas y, por lo tanto, cumplir con la descripción de una entidad informante. En consecuencia, los informes financieros de propósito general, incluido un conjunto completo de estados financieros combinados, que representan fielmente las actividades económicas del área circunscrita logran el objetivo de la información financiera de propósito general.



EBA, EIOPA anuncian DPM 2.0, Conduct Meet the Market


Más de la conferencia Eurofiling. La Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) anunciaron una serie de nuevos desarrollos, incluido el lanzamiento del Data Point Model 2.0.

No es tanto una reforma como una reinvención completa, el nuevo marco de modelado es un mecanismo interno utilizado por estos reguladores de la UE para definir los requisitos de informes, las plantillas y las reglas de validación. ser accedido e implementado por los reguladores con una serie de herramientas que se están desarrollando para este propósito.

El DPM funciona con XBRL al derivar taxonomías de informes y reglas de fórmula XBRL del marco más abstracto. Estas taxonomías, a su vez, se utilizan para facilitar la presentación de informes por parte de las Autoridades Nacionales Competentes (también denominadas ‘Supervisores’ en Europa) a los Reguladores (EBA y EIOPA). La gran mayoría de las NCA obligan al uso de XBRL como el formato que deben utilizar las empresas reguladas para informarles.

Desde finales de 2025, la EBA y EIOPA requerirán el uso de xBRL-CSV en lugar de xBRL-XML existente, en parte para facilitar lo que se espera que sean recopilaciones de datos cada vez más granulares.

Todo este cambio suscita (como es natural) un número considerable de preguntas. Entonces, en Eurofiling, el miércoles de esta semana, miembros clave de los equipos de liderazgo de EBA y EIOPA llevaron a cabo una sesión Meet the Market, respondiendo a un número significativo de preguntas de los asistentes. Moderado por John Turner de XBRL International con la hábil asistencia de Gilles Maguet de XBRL Europe, se cubrió mucho terreno, incluido el proceso de migración que los reguladores planean seguir para cambiar de DPM1 a DPM2, la alineación de las reglas de presentación, el enfoque en las pruebas de reglas y plantillas y una variedad de preguntas de desempeño.

Gran parte del enfoque de la reunión involucró el proceso que enfrentan los proveedores al cambiar a xBRL-CSV y, en particular, los mecanismos que EBA y EIOPA planean utilizar para convertir las reglas de calidad de datos de su modelo interno DPM 2.0 en reglas de validación XBRL. En parte para ayudar en este esfuerzo, la hoja de ruta actual de la fórmula XBRL del XBRL International Standards Board es muy relevante.

¿El mensaje principal de la reunión? Cuantas más pruebas, más evaluaciones de rendimiento y más esfuerzo se pueda poner en las reglas de validación, mejor. Pero aún más, hubo un acuerdo firme sobre la necesidad de una colaboración y comunicación continua. El equipo de Eurofiling publicará grabaciones de esta y muchas otras sesiones en breve.


EBA y EIOPA publican Data Point Modeling Standard 2.0 para fomentar la colaboración y la armonización en el campo de los informes de supervisión

13 junio 2023

  • El estándar de modelado de puntos de datos (DPM) 2.0 mejora y evoluciona significativamente el estándar actual, y es un componente clave de los diccionarios de datos de EBA y EIOPA y una piedra angular de sus marcos de informes.
  • Este estándar mejorado es la respuesta conjunta a los desafíos del aumento del volumen, la granularidad y la complejidad de los datos y sienta las bases para un diccionario de datos sólido y preparado para el futuro, respaldado por herramientas de gestión adecuadas.

El Estándar DPM 2.0 publicado hoy mejora la metodología que es el núcleo del proceso de informes de EBA y EIOPA, creando un enfoque totalmente consistente para modelar los requisitos de informes. El nuevo DPM es compatible con todo el ciclo de vida de los informes, desde la definición de datos hasta la exploración de datos, y tiene como objetivo aprovechar los beneficios de una colaboración más sólida y una mayor armonización, al mismo tiempo que mejora el procesamiento digital de los datos reglamentarios requeridos por las autoridades.

En la última década, la metodología DPM ha ayudado con éxito a EBA y EIOPA a integrar sus respectivos marcos regulatorios de información. Después de todos estos años, DPM Standard 1.0 requirió mejoras para seguir cumpliendo con el propósito de responder a los cambios en los informes y reducir los costos. DPM Refit nació como la respuesta conjunta para evolucionar el DPM de las autoridades y abordar los desafíos del aumento del volumen, la granularidad y la complejidad de los datos. El estándar DPM 2.0 mejorado está disponible como un bien público para el beneficio de todas las partes interesadas involucradas en el proceso de presentación de informes.

A más largo plazo, el Estándar DPM debería desempeñar un papel clave en la construcción de un único diccionario intersectorial para todo el sector financiero. Al proporcionar un enfoque consistente para modelar los requisitos de informes, el estándar debería facilitar la futura integración de conceptos y definiciones (integración semántica) en un diccionario de datos común.

A medida que avance el trabajo, la EBA y EIOPA compartirán más información sobre los próximos pasos y organizarán eventos específicos.

Base legal y antecedentes

La Directiva de Solvencia II y el Reglamento Paneuropeo de Productos de Pensiones Individuales (PEPP) exigen que la AESPJ elabore proyectos de normas técnicas de ejecución para especificar los formatos y plantillas de informes uniformes, las instrucciones y la metodología sobre cómo utilizar esos modelos, la frecuencia y las fechas de los informes, las definiciones y las soluciones informáticas para los requisitos de información especificados en los mismos textos legales.

El Reglamento de Requisitos de Capital (CRR), la Directiva de Recuperación y Resolución Bancaria (BRRD) y el Reglamento de Empresas de Inversión (IFR) requieren que la EBA desarrolle proyectos de normas técnicas de implementación (ITS) para especificar los formatos y plantillas de informes uniformes, las instrucciones y la metodología. sobre cómo usar esas plantillas, la frecuencia y las fechas de los informes, las definiciones y las soluciones informáticas para los requisitos de información especificados en los mismos textos legales.

La EBA y EIOPA utilizan modelos DPM para producir especificaciones de intercambio de datos en formato de taxonomía XBRL. Las autoridades publicaron recientemente la versión revisada de la arquitectura de taxonomía XBRL para implementar las mejoras introducidas por el estándar DPM 2.0.


Informes de supervisión: DPM y XBRL

Informe de datos

La metodología DPM y XBRL son el estándar para la presentación de informes de datos entre EIOPA y las autoridades nacionales competentes.

EIOPA implementó la metodología DPM y XBRL como el estándar para la presentación de informes de datos entre EIOPA y las autoridades nacionales competentes luego de una decisión de la Junta de Supervisores sobre la recopilación de información por parte de EIOPA y una decisión de la Junta de Supervisores sobre la presentación de informes. Documento de información clave del Producto Europeo de Pensiones Personales.

Cambios en las versiones de taxonomía

Actualmente, el paquete de taxonomía de informes de EIOPA no solo incluye Solvencia II (para empresas de seguros y reaseguros, vehículos de propósito especial y sucursales de empresas de seguros de terceros países), sino también los informes para fines de estabilidad financiera de EIOPA, estadísticas de seguros del BCE, necesidades de información de EIOPA sobre IORP, Estadísticas de Fondos de Pensiones del BCE, información sobre PEPP prudencial (integrado y autónomo para cubrir entidades declarantes de todos los sectores financieros) y, por último, también el paquete de divulgación de Solvencia II.

EIOPA está introduciendo una forma más automatizada y eficiente de producir taxonomías, reduciendo el riesgo de errores y mitigando la frecuencia y el impacto de los cambios comerciales y técnicos en la implementación de los requisitos de presentación de informes.

Para permitir que el mercado se anticipe y se adapte a estos cambios, explicamos en el documento a continuación qué cambios comerciales y técnicos estamos introduciendo, qué consecuencias tendrán y cuándo se introducirán. Lea el documento a continuación para obtener más información sobre los próximos cambios en las publicaciones de taxonomía de EIOPA:

8 FEBRERO 2023

Cambios en las versiones de taxonomía -2023

EBA y EIOPA junto con Eurofiling han revisado la arquitectura de taxonomía para implementar las mejoras introducidas en el modelado de puntos de datos a través de DPM Refit.

2 MAYO 2023

Borrador de arquitectura de taxonomía

El modelo de punto de datos (DPM)

Una representación estructurada de los datos, identificando todos los conceptos de negocio y sus relaciones, así como reglas de validación. El modelo de punto de datos (DPM) implementa las definiciones uniformes y consistentes incluidas en los estándares técnicos de implementación (ITS), las pautas y las decisiones de la Junta de Supervisores sobre informes y divulgación. Está compuesto por las plantillas comentadas para el PEPP PR, Solvencia II y para los fondos de pensiones con el diccionario común DPM.

El modelo de punto de datos 2.0 (DPM – Proyecto de reacondicionamiento)

El estándar Data Point Model (DPM) es un componente clave del diccionario de datos utilizado por la EBA y EIOPA para definir conceptos para los requisitos de datos reglamentarios armonizados aplicables a las instituciones financieras en el Espacio Económico Europeo (EEE). En ese sentido, el Estándar DPM apoya a los expertos que preparan o usan datos de informes regulatorios al proporcionar una representación estructurada de la información, identificando todos los conceptos comerciales y sus relaciones, así como reglas de validación y cálculo.

El estándar DPM 2.0 mejora la metodología que se encuentra en el centro del proceso de presentación de informes de EBA y EIOPA, creando un enfoque totalmente coherente para modelar los requisitos de presentación de informes. El nuevo DPM admite todo el ciclo de vida de los informes, desde la definición de datos hasta la exploración de datos, y tiene como objetivo aprovechar los beneficios de una colaboración más sólida y una mayor armonización y mejorar el procesamiento digital de los datos reglamentarios requeridos por las autoridades.

EBA y EIOPA, en su viaje hacia el proyecto DPM Refit, están publicando ahora el paquete principal, mientras que compartirán aquí más información sobre los próximos pasos y eventos específicos.

13 JUNIO 2023

Documentación técnica de reacondicionamiento de DPM 2.0

Inglés

Las taxonomías XBRL y artefactos relacionados

Implementar los requisitos de datos técnicos y las reglas de validación descritas por el modelo de puntos de datos en el formato técnico de XBRL. El estándar XBRL y las soluciones de software son implementados por partes externas (XBRL International y proveedores de software) para proporcionar soluciones de software que cumplan con los requisitos definidos.

Código fuente T4U (Código fuente que proporciona los medios para crear una tabla de «Mapeo»):

PUBLICACIONES GENERALES19 junio 2023

La lista de validaciones

Contiene el listado de validaciones de PEPP PR, Solvencia II y fondos de pensiones a cumplir por los informes. La lista se actualiza de acuerdo con la gobernanza de las publicaciones de taxonomías y se modifica después de una consulta pública.

La lista de problemas conocidos

La lista describe problemas y proporciona soluciones a tener en cuenta durante la implementación técnica. Principalmente correcciones en relación a las taxonomías DPM y XBRL.

Lanzamientos de taxonomía XBRL

Para fines de planificación de la implementación de TI, consulte The Governance of Taxonomy Releases (actualmente en revisión), el cronograma más reciente para 2023-2024 (actualizado el 29/03/2023) y la hoja de ruta de taxonomía (actualizado el 29/03/2022).

La versión 2.7.0 es la que se utilizará para el período de referencia entre el cuarto trimestre de 2022 y el tercer trimestre de 2023 e incluye la integración de PEPP Prudential (PEPP PR) para los marcos de Solvencia II y Fondos de Pensiones, así como los informes independientes de PEPP PR. La versión 2.7.1 incluirá solo el reflejo de la entrada de Croacia en la zona euro.

La versión 2.8.0 es la que utilizarán las aseguradoras, reaseguradoras y sucursales de aseguradoras de terceros países para el período de referencia comprendido entre el 4T-2023 y el 4T-2024 e incluye cambios solo en Solvencia II, pero no en Fondos de Pensiones ni al PEPP. La versión final de 2.8.0 sin validaciones se publicó el 29 de julio de 2022.

Se planeó publicar la versión final de 2.8.0 con validaciones y modelado en enero de 2023. Aunque la versión estaba lista y se consideraba definitiva, EIOPA decidió publicarla primero como PWD3 el 31 de enero de 2023 para consultar a los participantes del mercado, incluida una taxonomía. -meets-the-Market evento público en febrero de 2023.

De ahora en adelante, el comunicado final oficial se publicó el 17 de marzo de 2023. Este cambio proporcionó más tiempo a los contribuyentes para verificar las validaciones e incorporar sus comentarios. La intención era no agregar validaciones entre PWD3 y la versión final, es decir, la intención comercial de las validaciones era final en PWD3 y solo los comentarios recibidos se incorporaron en la versión final de la taxonomía 2.8.0 con validaciones. La revisión 2.8.0 se publicará a más tardar el 30 de septiembre de 2023.

Para el período de referencia entre el cuarto trimestre de 2023 y el cuarto trimestre de 2024, el PEPP utilizará la versión 2.7.0 y los IORP utilizarán la versión 2.7.0 o 2.7.1.

Con respecto a la versión 2.8.1 para FICOD (Conglomerados financieros), esta será una versión intersectorial independiente (no integrada) que se usará para la presentación de informes de conglomerados dirigidos por seguros. El borrador de trabajo público se publicará el 1 de junio de 2023, la versión final se publicará el 31 de julio de 2023. La fecha de aplicación es el 31 de diciembre de 2023 con el primer informe en 2024.

EIOPA tiene como objetivo continuar con el enfoque de una publicación de taxonomía por año para concentrar la cantidad de publicaciones de taxonomía en la medida de lo posible. Sin embargo, en circunstancias de cambios comerciales intensos o cuando, eventualmente, una taxonomía publicada contiene defectos materiales, puede ser necesaria una segunda publicación. Como medida de precaución, esta posible liberación correctiva, etiquetada como ‘Revisión’, se incluye en el cronograma anual para ayudar en la planificación.

Los modelos de punto de datos PEPP y las taxonomías XBRL

Taxonomía y modelo de punto de datos de PEPP PR 2.7.0 (publicado el 16/07/2022, revisión 08/11/2022)

KID PEPP Data Point Model and Taxonomy 2.6.1 (Publicado el 8/6/2021, Validaciones actualizadas el 11/08/2022)

Modelos de puntos de datos de Solvencia II y taxonomías XBRL

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.8.0 (Publicado el 17/03/2023) (Validaciones actualizadas el 19/06/2023)

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.7.0 (publicado el 16/07/2022), (revisión del 08/11/2022 y 28/02/2023), (validaciones actualizadas el 02/03/2023)

Insurance Data Point Model and Taxonomy 2.6.0 (Publicado el 15/07/2021) (desactivación de validaciones actualizada el 20/06/2022) (Hotfix del 03/11/2021)

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.5.0 (publicado el 15/7/2020) (revisión para el 11/3/2020) (desactivaciones de validaciones para el 08/11/2021)

Modelo de puntos de datos de seguros y taxonomía 2.4.0 (publicado el 15/07/2019, revisión de validaciones que no funcionan actualizada el 4/11/2019)

Modelo de punto de datos y revisión de taxonomía 2.3.0 (publicado el 17/07/2018, actualización de revisión antes del 11/05/2018)

Los modelos de puntos de datos de los fondos de pensiones y las taxonomías XBRL

Borrador de trabajo público Modelo de puntos de datos de pensiones y taxonomía 2.9.0 (publicado el 15/05/2023)

Pensión Data Point Model and Taxonomy 2.7.1 (Publicado el 16/07/2022) (Revisión del 08/11/2022 y 01/03/2023) (Validaciones actualizadas el 19/06/2023)

Modelo de Punto de Datos de Fondos de Pensiones y Taxonomía 2.6.0 (Publicado el 15/7/2021) (desactivación de validaciones actualizada el 11/08/2021) (Hotfix al 03/11/2021)

Modelo de puntos de datos de fondos de pensiones y taxonomía 2.5.0 (publicado el 15/7/2020) (revisión del 11/3/2020)

Modelo de puntos de datos de fondos de pensiones y taxonomía 2.3.0 (publicado el 11/05/2018)

Los modelos de punto de datos FICOD y las taxonomías XBRL

Borrador de trabajo público Modelo de puntos de datos FICOD y taxonomía 2.8.1 (publicado el 06/01/2023)

Requisitos de información de supervisión y divulgación pública

Requisitos de información bajo la Directiva Solvencia II

Los requisitos de información supervisora aplicables a todas las empresas sujetas a la Directiva Solvencia II se definen en:

  • Implementación de estándares técnicos sobre informes (incluye plantillas e instrucciones para informes)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2016)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2017)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2018)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Reporting (2019)
  • Versión consolidada, incluidas las modificaciones de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2016/1868 de la Comisión de 20 de octubre de 2016, (UE) 2017/2189 de 24 de noviembre de 2017, (UE) 2018/1844 de 23 de noviembre de 2018 y (UE) 2019/2103 de 27 noviembre de 2019 y (UE) 2020/657 de 15 de mayo de 2020
  • (UE) 2023/894 – ITS en lo que respecta a las plantillas para el envío de la información necesaria para la supervisión.
  • Debido a 2023/894 – ITS, las NCA han comenzado a identificar errores en los archivos LOG. EIOPA reconoce estos errores y se corregirán en la próxima revisión de ITS. Sin embargo, hasta que se modifiquen, EIOPA solo puede proporcionar aclaraciones sobre lo que se espera en estas celdas de datos mediante el proceso de preguntas y respuestas.
  • Notas explicativas sobre las plantillas de informes.

Requisitos de información para los IORP

  • Decisión sobre los informes de IORPS
  • Decisión revisada de IORP (2023)

Requisitos de información para PEPP

  • Implementación de Normas Técnicas sobre informes para PEPP (Producto Paneuropeo de Pensiones).

Requisitos de divulgación pública en virtud de la Directiva Solvencia II

Los siguientes requisitos de divulgación pública son aplicables a todas las empresas sujetas a la Directiva Solvencia II:

  • Implementación de Normas Técnicas sobre Divulgación.
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Divulgación (2017)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Divulgación Pública (2018)
  • Modificación de la Norma Técnica de Ejecución sobre Divulgación Pública (2019)
  • (UE) 2023/895 – ITS para la divulgación del informe de solvencia y situación financiera.

Requisitos de información a efectos de la estabilidad financiera

Las Directrices sobre la información sobre la estabilidad financiera definen los requisitos de información a efectos de la estabilidad financiera y se aplican a las empresas de seguros y reaseguros individuales, las sucursales de seguros de terceros países y las empresas de seguros y reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros o las sociedades financieras mixtas de cartera.

Requisitos aplicables a las sucursales de empresas con domicilio social fuera de la Unión Europea

El objetivo de las Directrices sobre la supervisión de sucursales de empresas de seguros de terceros países es garantizar una protección coherente, eficiente y eficaz de los asegurados dentro de la Unión Europea. Las Directrices sobre las sucursales de terceros países, en particular, pretenden garantizar, como mínimo, el mismo nivel de protección de los tomadores de pólizas de una sucursal de una empresa de seguros de un tercer país que el que disfrutan cuando negocian con una empresa de seguros situada en la Unión Europea, ya sea en su Estado miembro de origen o a través de una sucursal en virtud de la Directiva Solvencia II. Estas Directrices incluyen requisitos de información de supervisión aplicables a todas las sucursales de empresas con sede fuera de la Unión Europea sujetas a la Directiva Solvencia II.

Para minimizar la carga de información sobre la industria de seguros, el Reglamento del BCE permite a los bancos centrales nacionales obtener la información estadística necesaria, en la medida de lo posible, a partir de los datos comunicados con fines de supervisión en el marco de Solvencia II de la UE. Las «plantillas de informes no oficiales que incluyen complementos del ECB» y las instrucciones para los complementos del ECB se denominan «no oficiales y destacan la información que debe proporcionarse con fines estadísticos más allá de los requisitos de supervisión («complementos del ECB»). Las plantillas de informes no oficiales tienen únicamente fines ilustrativos y no están sujetas a la obligación de informar en todos los Estados miembros de la Unión Europea. Las plantillas se denominan «no oficiales» para distinguirlas de las plantillas de informes del Reglamento de Ejecución del BCE. Banco Central Europeo.

Informes bajo la Directiva Solvencia II aplicable a todos los vehículos sujetos a la Directiva Solvencia II

Las Normas Técnicas de Ejecución sobre Vehículos de Propósito Especial definen que los vehículos de propósito especial deben presentar informes de supervisión a las autoridades nacionales competentes anualmente. Estos requisitos de información de supervisión deben permitir a las autoridades de supervisión de las entidades con cometido especial evaluar el cumplimiento continuado de los requisitos pertinentes.

Normas mínimas comunes para las revisiones de los datos informados

Dado el enfoque integrado de presentación de informes seguido para la presentación de informes estadísticos y de supervisión a EIOPA y al BCE, se requiere un entendimiento común del nivel mínimo de calidad de los datos, así como de cuándo se considera necesaria una revisión de los datos.

Si bien la información comunicada debe ser de buena calidad en el momento de su primera presentación, en una etapa posterior pueden ser necesarias revisiones a petición de las autoridades europeas o nacionales o por iniciativa propia de las instituciones financieras.

Por lo tanto, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) y el Banco Central Europeo (BCE) publicaron Estándares Mínimos Comunes para la Revisión de Datos acordados entre el BCE, la AESPJ, los Bancos Centrales Nacionales (BCN) y las Autoridades Nacionales Competentes (NCA).

Identificador de entidad legal (LEI)

El Identificador de Entidad Legal es un código de identificación único propuesto por el Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) y respaldado por el G20 en 2012, cuyo objetivo es lograr una identificación mundial única de las entidades legales que participan en transacciones financieras.

En diciembre de 2021, EIOPA revisó las Directrices sobre el identificador de entidades legales para facilitar y promover aún más el uso de LEI como código de identificación único para entidades legales. Las directrices armonizan la identificación de las personas jurídicas garantizando datos de alta calidad, fiables y comparables.

Las entidades jurídicas afectadas por las directrices son las empresas de seguros y reaseguros y las sucursales correspondientes, así como las Instituciones de Pensiones de Jubilación (IORP) que cumplen condiciones específicas y los intermediarios que operan a nivel transfronterizo.

Las directrices revisadas también analizan el uso del código LEI con fines de identificación cuando las autoridades competentes proporcionan información a EIOPA.

Calidad de los datos en los informes de Solvencia II

Los datos confiables son fundamentales para el éxito de la supervisión basada en datos, la toma de decisiones basada en evidencia y el análisis micro y macro prudencial. EIOPA, junto con las autoridades nacionales competentes, ha estado trabajando para evaluar y mejorar la calidad de los datos de informes de supervisión de seguros. Después de más de 130 000 presentaciones individuales desde la introducción de los informes de Solvencia II en 2016, EIOPA publicó un informe sobre la calidad de los datos en septiembre de 2022. Si bien la medición cuantitativa de la calidad de los datos sigue siendo un desafío, el informe encontró que múltiples indicadores clave de rendimiento y un puntaje de calidad general muestran mejoras significativas a lo largo de los años.



Comentarios de XBRL US sobre la revisión regulatoria de la FHFA


XBRL US envió una carta de comentarios a la Agencia Federal de Financiamiento de la Vivienda (FHFA) en respuesta a su Revisión regulatoria. Entre otras áreas, la FHFA RFC buscó aportes sobre desarrollos legales y de mercado que pueden haber hecho que las regulaciones actuales sean obsoletas o ineficientes. También buscaron comentarios sobre métodos alternativos para cumplir con varios requisitos reglamentarios.

La carta de XBRL US se centró en estos puntos, planteando los siguientes puntos:

  • Alentó a la FHFA a investigar el uso de XBRL y el Identificador de Entidad Legal (LEI) como un medio para cumplir con los requisitos de la legislación de la Ley de Transparencia de Datos Financieros (FDTA) recientemente aprobada.
  • Explicó que el uso generalizado de estándares de datos en los Estados Unidos y fuera de los Estados Unidos es un avance del mercado que la FHFA debería considerar adoptar. Las recopilaciones de datos obsoletas que se utilizan actualmente en la Agencia podrían modernizarse a través de estándares de datos con beneficios para toda la cadena de suministro.
  • Taxonomías y estándares de datos XBRL propuestos como una alternativa mucho mejor al proceso actual de recopilación y suministro de datos en archivos de texto con documentación técnica en PDF como respaldo.

Comentarios/Revisión regulatoria [No. 2023–N–5]

Gracias por la oportunidad de comentar sobre la Revisión Regulatoria de la Agencia Federal de Financiamiento de la Vivienda; Solicitud de comentarios. XBRL US es una organización de estándares sin fines de lucro, con la misión de mejorar la eficiencia y la calidad de los informes en los Estados Unidos mediante la promoción de la adopción de estándares de informes gubernamentales y comerciales. XBRL US es una jurisdicción de XBRL International, el consorcio sin fines de lucro responsable de desarrollar y mantener la especificación técnica para eXtensible Business Reporting Language (XBRL). XBRL es un estándar de datos libre y abierto ampliamente utilizado en los Estados Unidos, y en todo el mundo, para la presentación de informes por parte de empresas públicas y privadas, así como bancos y agencias gubernamentales.

Desde la última revisión regulatoria de la Agencia Federal de Financiamiento de la Vivienda (FHFA) en 2018, los cambios en la legislación, los avances tecnológicos y el uso más amplio de la estandarización de datos en todo el mundo brindan oportunidades importantes para que la FHFA mejore la eficiencia y reduzca la carga de informes en la recopilación de datos de la FHFA. A continuación, se presentan las respuestas a varias de las preguntas planteadas en el RFC.

Pregunta RFC (1) Desarrollos legales o regulatorios, incluidas nuevas leyes, órdenes ejecutivas o decisiones judiciales que se han adoptado desde la promulgación de un reglamento, que hacen que un reglamento sea ineficiente, obsoleto, contrario al precedente legal de control o excesivamente oneroso;

La Ley de Transparencia de Datos Financieros (FDTA) se promulgó el 23 de diciembre de 2022, como parte de H.R. 7776, la Ley de Autorización de Defensa Nacional James M. Inhofe para el año fiscal 2023. La FDTA exige el uso de estándares de datos por parte de las agencias miembros del Consejo de Supervisión de Estabilidad Financiera de los Estados Unidos, incluida la FHFA. Los estándares de datos que deben establecerse en virtud de las reglas finales se definen como:

● Incluir identificadores de entidad comunes

● Ser abierto y no propietario

● Capaz de hacer que los datos se puedan buscar y leer por máquina

● Documentar los requisitos de información financiera en taxonomías legibles por máquina

● Incorporar estándares desarrollados y mantenidos por organismos de estándares de consenso voluntario

● Consistente con los principios de contabilidad y presentación de informes aplicables

Si bien la FDTA no nombra explícitamente el estándar de datos o el identificador de entidad que debe adoptarse, alentamos a la FHFA a investigar el uso de XBRL y el Identificador de Personas Jurídicas (IPJ) para modernizar su proceso de recopilación de datos y cumplir con esta legislación. Tanto el XBRL como el IPJ cumplen los requisitos descritos en el FDTA, así como los objetivos de la legislación para hacer que los datos sean más accesibles y comprensibles.

Por qué XBRL

XBRL es un estándar de datos abierto y no propietario que representa concretamente el modelo de datos semánticos para que pueda hacer que los hechos sean inequívocamente legibles por máquina. Es administrado por un organismo de estándares de consenso voluntario global llamado XBRL International. Los estándares abiertos, como se requiere en el FDTA, son importantes para las implementaciones regulatorias porque garantizan el menor costo para todas las partes interesadas. Algunos estándares pueden ser ampliamente utilizados, pero no son abiertos. El CUSIP y el número DUNS, por ejemplo, son ampliamente utilizados, pero son propietarios y no abiertos, porque son propiedad de entidades comerciales y requieren derechos de licencia para su uso.

XBRL ya es necesario para las entidades que informan a otras agencias de FDTA, incluida la Comisión de Bolsa y Valores (SEC), la Corporación Federal de Seguro de Depósitos (FDIC) y la Junta de Gobernadores de la Reserva Federal. La Comisión Federal Reguladora de Energía (FERC), aunque no es una agencia FDTA, también es un usuario de XBRL. Todos los servicios públicos reportan sus datos financieros a la FERC en formato XBRL.

XBRL se utiliza en todo el mundo en 213 programas regulatorios1 para la presentación de informes por parte de empresas públicas, empresas privadas, instituciones financieras, servicios públicos y bancos. El uso generalizado es importante para cualquier tipo de estándar porque garantiza que haya un gran mercado competitivo de aplicaciones para admitir el estándar para informes, recopilación, extracción y análisis.

El estándar XBRL proporciona un marco (modelo de datos semánticos) que define los datos de forma inequívoca. La siguiente figura, por ejemplo, muestra cómo un hecho como 303.519 se define concretamente por los metadatos en las burbujas naranjas y azules correspondientes. Mientras que un humano que lee este gráfico de datos en Excel puede entender lo que representa el hecho, una computadora solo puede leer el hecho si está acompañado por los metadatos que explican que el hecho representa el precio medio de venta para el estado de Arizona; tiene un tipo de datos monetarios con un tipo de período instantáneo (en lugar de duración); el hecho está representado en dólares estadounidenses para el período 2020.

Cuando este hecho se prepara en formato XBRL, toda la información contenida en las burbujas naranja y azul se transporta junto con ella para que cuando sea recibida por un ordenador, se entienda inequívocamente y se pueda automatizar la extracción y el análisis de datos.

XBRL es un modelo de datos semánticos que se basa en una «taxonomía» que es un diccionario digital de términos. La FDTA requiere el uso de un estándar de datos que está documentado en una taxonomía legible por máquina porque es el enfoque más eficiente y rentable. La taxonomía es un «modelo de datos único» que representa todo lo que se puede informar, cómo se deben presentar los datos y cómo se relacionan los datos con otros datos. El uso de una taxonomía significa:

● Todas las partes interesadas (entidades informantes, recopiladores de datos, usuarios de datos) tienen la misma información sobre cómo informar, qué informar y qué significan los datos.

● El modelo de datos está estrechamente vinculado a los datos reportados, lo que elimina la necesidad de documentos de instrucción que pueden quedar obsoletos.

● Los requisitos de presentación de informes son fáciles de cambiar para los reguladores. Las actualizaciones requieren una participación limitada de TI.

● Permite la adaptabilidad a los cambios tecnológicos.

● Reduce la duplicación y la carga de informes; Optimiza la capacidad de extraer y analizar datos.

● El uso de una taxonomía también puede reducir el tamaño de los archivos de datos porque el archivo de informe solo necesita contener hechos reportados y otra información específica del informe; Hace referencia a la taxonomía que contiene gran parte de la información explicativa adicional.

Por qué el IPJ

Hay más de 2.200 millones de IPJ registrados en todo el mundo2. Hay 275,899 en los Estados Unidos. El IPJ es un código alfanumérico de 20 caracteres que se conecta a información de referencia que permite una identificación clara y única de las personas jurídicas. El uso del IPJ mejora la capacidad de comprender y evaluar el riesgo empresarial y de inversión. El IPJ es abierto, no propietario y cumple con los criterios establecidos de identificadores requeridos por el FDTA.

Alentamos a la FHFA a explorar XBRL y el IPJ para comenzar la transición requerida por la legislación FDTA.

Pregunta RFC (2) Desarrollos del mercado, evolución tecnológica y cambios relacionados que pueden haber hecho que una regulación, en su totalidad o en parte, sea ineficiente, anticuada u obsoleta;

El uso cada vez más generalizado de la estandarización de datos entre los reguladores estadounidenses y no estadounidenses demuestra la necesidad de modernizar la FHFA y la recopilación de datos de otras agencias.

Los datos recopilados por la FHFA se ponen a disposición del público en diferentes formatos, incluidos CSV y archivos de texto. Cada conjunto de datos requiere que los usuarios de los datos revisen la documentación técnica y las aplicaciones de extracción de datos personalizadas que se ajusten a ese conjunto de datos. Un solo usuario puede configurar una herramienta que se puede reutilizar para extraer los mismos datos con actualizaciones. Pero es importante tener en cuenta que existe una carga significativa en todos los usuarios de datos, ya que cada uno establece un sistema único para recopilar ese único conjunto de datos. Además, si hay un cambio en los datos que se recopilan, cada aplicación de extracción de datos personalizada debe volver a crearse para adaptarse al cambio.

Este problema puede ser ilustrado por la base de datos de uso público empresarial de la FHFA. El siguiente elemento visual muestra los datos representados en un gran archivo de texto proporcionado al público, con una vista de parte de la documentación técnica que acompaña al archivo de texto. La documentación explica el significado de los datos que interpretan una fila en el archivo de texto proporcionado. La primera fila del archivo siguiente representa una propiedad unifamiliar con varias características como se describe en la documentación técnica (tenga en cuenta que la documentación comienza con el campo 11 en la fila del archivo de texto).

Los usuarios de datos que confían en este archivo de datos deben crear una aplicación de extracción personalizada para comprender los datos. Si hay un cambio en los datos recopilados, deben reconstruir su aplicación para acomodar el cambio.

Cuando se utiliza un estándar de datos como XBRL, la estructura de los archivos de datos se articula en la taxonomía. Eso significa que una herramienta de extracción de datos utilizada para extraer datos de una presentación ante la SEC también se puede usar para extraer datos de un informe de llamada de la FDIC o una presentación de servicios públicos de la FERC. Los datos presentados en todos estos programas regulatorios están estructurados de manera idéntica a pesar de que los hechos reportados son bastante diferentes. El uso de herramientas listas para usar es significativamente menos costoso para los usuarios de datos que la creación de herramientas especializadas para cada conjunto de datos.

En el caso anterior de FHFA, en lugar de definir el modelo de datos en un documento PDF, se expresaría como una taxonomía XBRL. Los conceptos de la taxonomía estarían relacionados con las columnas de cada fila del archivo de datos asociado. Los usuarios de los datos pueden automatizar la inspección de la taxonomía para comprender los conjuntos de datos relacionados. Esto significa que los cambios en los datos enviados pueden publicarse en la taxonomía y pueden ser recogidos automáticamente por los usuarios de datos y los proveedores de datos.

Si los datos de la FHFA se estructuraran de la misma manera que las presentaciones ante la SEC, la FERC y la FDIC, los usuarios de datos podrían aprovechar las mismas herramientas, reduciendo significativamente sus costos de extracción y análisis.

El uso más amplio de la estandarización de datos en todo el mundo ha dejado claro que la recopilación de datos de la FHFA hoy en día está anticuada y podría modernizarse para beneficiar a toda la cadena de suministro.

Pregunta RFC (5) Demostración de un mejor método alternativo para llevar a cabo un propósito o requisito regulatorio, respaldado por evidencia convincente de medios significativamente menos intrusivos o de un método sustancialmente más eficiente para lograr el mismo propósito de supervisión.

La recopilación de datos ha aumentado con el tiempo a medida que los instrumentos financieros se vuelven más complejos y la necesidad de datos oportunos y granulares con alta integridad se vuelve cada vez más crítica. El proceso de recolección se puede mejorar significativamente estandarizando la estructura de lo que se informa. El valor de los datos estandarizados que incorporan el modelo de datos se evidencia por el creciente uso de estándares de datos como XBRL por parte de los reguladores de todo el mundo. En los Estados Unidos, la SEC actualmente requiere el estándar XBRL para 14 tipos de formularios para entidades que van desde la gestión de inversiones hasta empresas públicas, con dos tipos de formularios más en línea en los próximos años. La SEC también ha publicado propuestas de reglas que, si se aprueban según lo propuesto, requerirán el estándar XBRL para formularios adicionales y entidades informantes, incluidos corredores de bolsa, bolsas, agencias de compensación y asociaciones de valores.

La FERC hoy requiere XBRL para 8 tipos de formularios y se espera que también requiera XBRL para los informes trimestrales eléctricos.

Desde el punto de vista de los usuarios de datos, los datos estructurados y legibles por máquina (XBRL) son superiores a otros tipos de formularios debido a la velocidad y precisión del procesamiento. Como señaló el director Global de Datos de Renta Variable de Morningstar3, «Extraer datos de un documento HTML lleva al menos 20 minutos, desde un PDF de buena calidad, toma alrededor de 30 minutos, desde una imagen alrededor de 50 minutos. Sin embargo, los datos extraídos de un archivo XBRL se pueden extraer en 1 o 2 segundos … centrémonos en mejores análisis en lugar de extraer datos de documentos».



ESMA publica nueva estrategia de datos


La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha presentado su nueva estrategia de datos para 2023-2028. Esta estrategia tiene como objetivo optimizar los procesos de reporte de datos, promover la colaboración y garantizar el uso efectivo de los datos en los mercados financieros. ESMA, el regulador de los mercados financieros de la UE, reconoce la creciente importancia de los datos en la era digital y tiene como objetivo aprovechar su potencial para beneficiar a sus partes interesadas.

La estrategia surge en respuesta al rápido crecimiento de las nuevas tecnologías, así como a los mandatos de supervisión en evolución, incluida la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y el establecimiento de un Punto de Acceso Único Europeo (ESAP).

ESMA describe varios objetivos. El principal es ESAP: el objetivo de convertirse en un centro de datos mejorado, para mejorar la accesibilidad, la usabilidad y la estandarización de los datos. ESMA también busca garantizar que la información se proporcione a los inversores en un formato legible por máquina y conectar los puntos entre diferentes conjuntos de datos.

Para ayudar a lograr los objetivos de la estrategia, ESMA está lanzando un nuevo departamento de Tecnología e Inteligencia de Datos, responsable de desarrollar una comprensión profunda de las necesidades de las partes interesadas y ejecutar las prioridades del regulador.

Nos complace ver que ESMA aspira a ser líder en la modernización de las tecnologías de generación de informes de datos. Hay un enfoque bienvenido en mejorar la calidad de los datos y facilitar el acceso central a los datos a un amplio grupo de partes interesadas.


Resumen

Este documento complementa la Estrategia de la AEVM 2023-2028 explicando cómo se movilizarán los activos de datos de la AEVM para servir y ayudar a cumplir mejor sus objetivos estratégicos y temáticos en el período cubierto.

Contenido

La Estrategia de Datos de la AEVM 2023-2028 establece en primer lugar las motivaciones internas y externas para este informe, que sirven como base para articular posteriormente la visión y los objetivos de los datos de la AEVM. A continuación, proporciona detalles sobre cómo la AEVM pretende ampliar sus capacidades de datos para garantizar la entrega exitosa de los proyectos y tareas enumerados dentro del calendario propuesto, y para lograr sus objetivos estratégicos:

• mejorar el papel de la AEVM como centro de datos, centrándose en la mejora de los datos, la accesibilidad de la información, la interoperabilidad y la facilidad de uso, junto con la armonización y normalización de los datos;

• contribuir a proporcionar información pertinente, útil y comprensible al mercado en forma legible por máquina, y facilitar su uso, también por parte de los inversores minoristas;

• permitir una supervisión de vanguardia, inteligente y eficaz basada en datos;

• buscar el liderazgo de pensamiento y la colaboración en estándares de datos, tecnologías e innovaciones de informes;

• promover la eficiencia, la transparencia y la cooperación en la política de datos, y reducir la carga de presentación de informes; y

• utilizar sistemáticamente los datos para el desarrollo de políticas basadas en la evidencia, la supervisión y la evaluación de riesgos.

Próximos pasos

La AEVM ya ha comenzado con la ampliación de sus capacidades de datos y la implementación de algunos de los primeros entregables planificados, y continuará haciéndolo. Este documento, y en particular la sección del plan de implementación, está destinado a ser revisado con el tiempo a medida que surjan nuevos desarrollos legislativos, tecnológicos o de cualquier tipo relevante que deba abordarse de una manera que requiera ajustes en la Estrategia de Datos de la AEVM 2023-2028.

Impulsores, expectativas de las partes interesadas y situación actual

Antecedentes

La misión de la Autoridad Europea del Mercado de Valores (AEVM) es mejorar la protección de los inversores, promover mercados financieros ordenados y salvaguardar la estabilidad financiera. Establecido en enero de 2011 como parte del Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF), los objetivos centrales de la AEVM se logran mediante la evaluación de los riesgos para los inversores, los mercados y la estabilidad financiera; completar un código normativo único para los mercados financieros de la UE; promover la convergencia de la supervisión; y supervisar directamente a varios actores clave en los mercados financieros.

En octubre de 2022, la AEVM anunció su nueva estrategia para 2023-2028, que se centra en tres prioridades estratégicas (fomentar la eficacia de los mercados y la estabilidad financiera, reforzar la supervisión de los mercados financieros de la UE y mejorar la protección de los inversores minoristas) y dos impulsores temáticos (permitir la financiación sostenible y facilitar la innovación tecnológica y el uso eficaz de los datos).

La actual estrategia de datos de la AEVM, que se elaboró en 2017, fue fundamental para establecer la AEVM como una autoridad que se basa regularmente en el uso de análisis basados en pruebas; que es un centro de datos clave y fiable para sus partes interesadas; que facilite el acceso, la distribución y el análisis de los datos para las ANC que logren sinergias a escala de la UE; y esa es la referencia para la regulación de datos de los mercados financieros de la UE y el desarrollo y la adopción de normas internacionales de datos.

Ahora debe reevaluarse para tener en cuenta los numerosos cambios que se produjeron entre 2017 y 2023, así como para abordar los nuevos desafíos futuros, a fin de apoyar mejor la Estrategia AEVM 2023-2028.

Factores impulsores de la Estrategia de Datos de la AEVM 2023-2028

La AEVM se ha convertido en un regulador y supervisor establecido que desempeña un papel importante en el buen funcionamiento de los mercados financieros del EEE. Mientras tanto, el papel estratégico y la importancia de los datos han evolucionado significativamente desde 2017, a medida que los nuevos mandatos legales, los nuevos marcos regulatorios y las nuevas tecnologías, como las tecnologías de Big Data e Inteligencia Artificial (IA), aumentan la capacidad de las autoridades para obtener información mejor y más amplia. Estos desarrollos dan lugar a mayores expectativas de diversas partes interesadas y la AEVM debe esforzarse por cumplirlas. Para mantenerse al día con un panorama que cambia rápidamente y mantener el nivel adecuado de supervisión regulatoria y supervisora, la ESMA debe considerar los siguientes factores impulsores en su nueva estrategia de datos:

Mandatos y actividades de la AEVM nuevos o en evolución:

• Mandatos de supervisión establecidos recientemente (por ejemplo, administradores de índices de referencia críticos, DRSP, ECC de nivel 2);

• Nuevos trabajos regulatorios sobre finanzas digitales (por ejemplo, DORA, MiCA, régimen piloto DLT) y finanzas sostenibles (por ejemplo, CSRD, SFDR);

• La estrategia de la Comisión Europea sobre los datos de supervisión en los servicios financieros de la UE;

• Los nuevos avances en la agenda de la Unión de los Mercados de Capitales, incluido el establecimiento de un Punto de Acceso Único Europeo (PAAS).

Avances tecnológicos/digitalización:

• Las posibilidades creadas y desafiadas planteadas por el rápido crecimiento de nuevas tecnologías adecuadas para la supervisión, la presentación de informes, la recopilación de datos o el uso de datos, y los desarrollos digitales en rápida evolución (por ejemplo, en las áreas de ciberseguridad, Big Data, DLT, Inteligencia Artificial, RegTech / SupTech);

• La falta de recursos y conocimientos suficientes entre la AEVM y las ANC para seguir de cerca la innovación tecnológica, aprovechando al mismo tiempo las oportunidades que ofrece.

Expectativas de las partes interesadas

Los objetivos de la Estrategia de datos de la AEVM 2023-2028 tienen en cuenta las expectativas y el valor añadido para las partes interesadas de la AEVM. En concreto, se realizaron 25 entrevistas con una muestra de representantes de diferentes grupos: personal de la AEVM, ANC, organismos europeos, organizaciones internacionales, entidades supervisadas por la AEVM y participantes en el mercado. En esta sección se resumen las principales conclusiones de las entrevistas, en lo que respecta a las expectativas de las partes interesadas sobre la Estrategia de datos de la AEVM 2023-2028.

Si bien la AEVM invirtió mucho esfuerzo en mejorar las capacidades de datos, lo que es reconocido por sus partes interesadas, se han expresado algunas áreas de mejora y expectativas para el futuro, que se resumen en los párrafos siguientes y se han tenido en cuenta al establecer los objetivos de esta nueva Estrategia de Datos. A este respecto, las partes interesadas consideran que, para crear valor adicional, la AEVM debe:

• aumentar la eficiencia de los procesos de notificación de datos mediante la realización de economías de escala en colaboración con las demás AES y otros organismos de la UE mediante una mejor gobernanza y cooperación;

• reducir aún más la carga de presentación de informes y aumentar la calidad de los datos mediante el uso de requisitos simplificados, estandarizados, no duplicados e inequívocos que logren la armonización de los datos y un diccionario de datos común;

• ser un líder de pensamiento y un punto de referencia en la modernización de las tecnologías de notificación de datos, para reducir los costes de cumplimiento y proporcionar datos de alta calidad a las partes interesadas mediante la optimización de los flujos de notificación y difusión;

• contribuir en mayor medida a la mejora de la calidad y la facilidad de uso de los datos, mediante la promoción de responsabilidades y gobernanza más eficientes en materia de calidad de los datos, en colaboración con las ANC y otras partes interesadas;

• Promover una colaboración eficaz y eficiente entre las autoridades mediante un mejor intercambio de datos, información, herramientas analíticas (es decir, el centro de datos) y conocimientos especializados para proporcionar información analítica. Esto debería hacerse mediante procesos armonizados e interoperables de intercambio de datos, incluida la mejora de las interacciones máquina a máquina para reducir los problemas de interpretación y los costos de procesamiento, contribuyendo así a una reducción general de la carga de presentación de informes, por ejemplo, reduciendo las solicitudes de datos duplicadas;

• disponer de capacidades en toda la organización para una supervisión avanzada basada en el riesgo y basada en datos, mejorando así la disponibilidad y la calidad de los datos para la supervisión directa y una mayor convergencia de la supervisión;

• ser un líder de pensamiento en la regulación de nuevos productos y servicios financieros con el fin de informar y regular la supervisión, con un mayor enfoque en la información relacionada con la sostenibilidad y la protección de los inversores; y

• Aumentar la comunicación, la transparencia y la retroalimentación sobre por qué y cómo la comunidad reguladora y supervisora utiliza los datos a través, entre otras cosas, de una cooperación más estrecha con los participantes del mercado y otras autoridades.

• mejorar el acceso a los datos y análisis por parte de los participantes en el mercado, ampliando el alcance de los datos compartidos y garantizando un fácil acceso, en particular en forma legible por máquina.

Situación actual de los datos de la AEVM

A finales de 2021 se realizó una evaluación de las capacidades de datos de la ESMA sobre la base de un marco de madurez de la capacidad de datos líder en la industria.

En general, la evaluación concluyó que:

• Los datos son un motor estratégico en el núcleo de la AEVM: la AEVM ha desarrollado normas coherentes de presentación de datos en todas las áreas en las que la AEVM desempeña una función reguladora/supervisora y cuenta con procesos para acceder a los datos y utilizarlos, crear contenido analítico, así como planificar y contratar talentos de datos; sin embargo

• La AEVM se encuentra principalmente en un nivel de madurez «oportunista»: las iniciativas y los esfuerzos para explotar los datos no se coordinan sistemáticamente internamente, y la capacidad para analizar, integrar, organizar y acceder a los datos podría ser más avanzada. La gobernanza de datos de la AEVM también es demasiado compleja y no está lo suficientemente definida, lo que agota los recursos en los esfuerzos de coordinación.

Visión y estrategia de datos

La visión y los objetivos de los datos de la AEVM a continuación se basan en la Estrategia general de la AEVM 2023-2028 publicada recientemente, las expectativas de las partes interesadas de la AEVM detalladas en una sección anterior, así como las limitaciones expuestas durante la evaluación de capacidades mencionada anteriormente.

La estrategia de datos de la AEVM complementa la estrategia de la AEVM al reflexionar sobre los retos en materia de datos que plantea esta última y los traduce en una visión y unos objetivos viables que ayudarán a la AEVM a cumplir su misión durante el período 2023-2028; centrándose en sus tres prioridades estratégicas y siendo impulsado por los dos temas clave.

Visión de datos

La visión de ESMA Data es «contribuir a la misión de ESMA con datos de alta calidad e información analítica»

Esta visión tiene tres impulsores subyacentes:

• Eficiencia de los datos: reducir los costos de cumplimiento de los participantes en el mercado y racionalizar el uso de los datos

• Capacidades de datos de la AEVM y la ANC: intercambio de información, conocimientos y herramientas

• Datos en el núcleo de la AEVM: Proporcionar evidencia basada en datos para respaldar las decisiones y actividades de la AEVM (incluida la supervisión basada en los resultados).

Un primer paso dado por ESMA que traduce esta visión en un resultado tangible es la creación del departamento de Data Intelligence and Technology. Este departamento cubrirá el conjunto completo de competencias relacionadas con todo el ciclo de vida de los datos mediante el establecimiento de centros de excelencia que apoyen a las partes interesadas internas y externas. La nueva organización será uno de los facilitadores clave para la implementación de la Estrategia de Datos de ESMA mediante el establecimiento de una estrecha cooperación y comprensión de las necesidades de las partes interesadas, una visión general completa de los datos, procesos y tecnología, eficiencia, sinergias y economías de escala. Las competencias combinadas permitirán explotar todo el potencial de los datos por parte de las partes interesadas internas y externas.

Objetivos estratégicos de los datos

Para que la visión de datos de la ESMA tome forma, se han definido seis objetivos estratégicos. Para cada uno, una breve explicación del contexto (dónde está la AEVM, dónde quiere estar y por qué) sirve como introducción a las principales acciones que la AEVM emprenderá en los próximos años para cumplir estos objetivos.

Objetivo A – Centro de datos mejorado: mejorar el papel de la AEVM como centro de datos, centrándose en la mejora de los datos, la accesibilidad de la información, la interoperabilidad y la facilidad de uso, junto con la armonización y normalización de los datos.

Como parte de su anterior estrategia de datos, la AEVM ha desarrollado un acceso normalizado a los datos para las partes interesadas mediante la creación de sistemas centralizados que proporcionan acceso a los datos de supervisión a las autoridades competentes (por ejemplo, el punto de acceso único a los datos de los registros de operaciones, el mecanismo de intercambio de información sobre transacciones), a los datos de referencia en los que los participantes en el mercado pueden confiar para su funcionamiento diario (por ejemplo,  la Plataforma Europea de Calificación, el Sistema de Datos de Referencia de Instrumentos Financieros, el Sistema de Transparencia de los Instrumentos Financieros, la base de datos del folleto), así como a los registros públicos3 accesibles en el sitio web de la AEVM a través de un motor de búsqueda unificado.

La AEVM continuará el desarrollo del centro de datos para proporcionar, además de las funcionalidades de intercambio de datos, una plataforma compartida en la que las partes interesadas y la AEVM puedan trabajar con los mismos datos de manera unificada y sin duplicarlos. Esto también ayudará a reducir el coste total al evitar la construcción de múltiples sistemas con el mismo fin y tener la posibilidad de utilizar la misma plataforma para diferentes proyectos, incluidos los proyectos conjuntos con AES y ANC. Las acciones específicas previstas por la AEVM son:

• Cuando proceda, poner en marcha nuevos proyectos conjuntos para lograr economías de escala:

o explorar las posibilidades de proporcionar a las ANC datos comunes y herramientas de supervisión;

o Sobre la base del proyecto en curso para normalizar los datos de la cartera de pedidos, desarrollar un mecanismo que facilite el intercambio de datos de la cartera de pedidos;

o Establecer acuerdos de intercambio de datos para facilitar el intercambio de datos entre la AEVM, las ANC y otras autoridades

• Continuar desarrollando la Plataforma de Datos ESMA basada en tecnologías de big data hacia una plataforma analítica compartida:

o Habilitar análisis avanzados (inteligencia artificial, aprendizaje automático, etc.) en todos los conjuntos de datos en la plataforma de datos de ESMA;

o Proporcionar datos maestros consolidados de alta calidad8 a las ANC;

o Desarrollar cuadros de mando con funciones analíticas y agregados de datos listos para usar para servir a las partes interesadas internas y externas;

o Permitir el trabajo colaborativo con las ANC sobre los conjuntos de datos regulatorios y de supervisión disponibles de la AEVM (por ejemplo, EMIR, SFTR, titulización, MiFID), así como los comerciales (cuando estén permitidos contractualmente) a través de secuencias de comandos, visualización y herramientas de comunicación.

Objetivo B – Acceso a los datos de interés público: contribuir a proporcionar información pertinente, útil y comprensible al mercado en formato legible por máquina, y facilitar su utilización, también por parte de los inversores minoristas.

Los datos, siempre que se pongan a disposición del público en general en un formato fácil de usar y de fácil acceso, también pueden servir a las prioridades estratégicas de la AEVM al mejorar la transparencia en los mercados y reducir las barreras para acceder a la información reguladora, contribuyendo así a generar confianza en los mercados financieros de la UE por parte de todos sus participantes, especialmente la comunidad de inversores (minoristas). Esto se ha vuelto aún más relevante en los últimos años con el tema de la Unión Europea de Mercados de Capitales (UMC) de nuevo en la agenda regulatoria, así como el creciente papel desempeñado por los inversores minoristas en los mercados financieros y los riesgos a los que se enfrentan.

La AEVM ha identificado varias áreas de acción para cumplir con éxito este objetivo, para las que aprovechará su papel como centro de datos y las capacidades mejoradas previstas enumeradas anteriormente:

• Garantizar que los datos públicos y la información sobre los mercados de valores sean fácilmente accesibles y utilizables por todas las partes interesadas (por ejemplo, a través de puntos de acceso centralizados a los datos e interfaces adecuadas para el acceso manual o automatizado con funcionalidades de búsqueda intuitivas), en particular mediante el desarrollo del PAAS;

• Proporcionar acceso a datos de supervisión anónimos o agregados10 que de otro modo no estarían disponibles públicamente para facilitar, por ejemplo, la innovación y la investigación;

• Compartir datos y análisis con el mercado de una manera inteligible, estructurada y fácil de usar aprovechando la Plataforma de Datos de la ESMA, con el fin de otorgar a los inversores minoristas un acceso más fácil a la información pública.

Objetivo C – Supervisión basada en datos: permitir una supervisión de vanguardia, inteligente y eficaz basada en datos

Los datos desempeñan un papel cada vez más importante en las actividades de supervisión de la AEVM y las ANC, con nuevos tipos de datos y volúmenes crecientes a disposición de las autoridades. Por otro lado, las tecnologías innovadoras también impulsan cambios a través de nuevos tipos de actividades que están sujetas a supervisión. Por consiguiente, la AEVM seguirá utilizando y poniendo a disposición de los supervisores los datos, la información y las herramientas necesarios que permitan una supervisión basada en datos y aprovechen las sinergias entre las actividades complementarias de supervisión de la AEVM y las ANC.

En particular, la AEVM tiene la intención de:

• Reforzar la cooperación con las ANC sobre el uso de datos en la supervisión, a fin de identificar y explotar las sinergias entre las actividades de supervisión de la AEVM y las ANC, compartiendo conocimientos especializados y realizando empresas conjuntas que beneficien a la AEVM y las ANC;

• Garantizar el uso eficiente de herramientas analíticas modernas, para los mandatos de supervisión directa de la AEVM y por parte de las ANC, en particular mediante la realización de proyectos que utilicen tecnologías novedosas, como la inteligencia artificial y el web scraping, que permitan recopilar conocimientos y experiencia y desarrollar conjuntamente herramientas de supervisión.

• Modernizar el enfoque de la calidad de los datos hacia un enfoque más automatizado, centrado en los resultados, basado en los datos y basado en el riesgo, basado en el seguimiento a escala de la UE, indicadores clave de rendimiento comunes, parámetros de referencia y cuadros de mando; y expandirlo a una gama más amplia de conjuntos de datos.

• Desarrollar metodologías y modelos comunes que se aplicarán para la detección de posibles infracciones y para permitir un enfoque basado en el riesgo y acciones de supervisión más específicas de la AEVM y las ANC.

Objetivo D – Liderazgo de pensamiento: perseguir el liderazgo de pensamiento y la colaboración en estándares de datos, tecnologías e innovaciones de informes

En los últimos años, la AEVM ha sido una fuerza impulsora para fortalecer el desarrollo y la aplicación coherente de las normas de datos, como lo demuestran sus esfuerzos por fomentar el uso de identificadores y normas comunes, como el Identificador de Personas Jurídicas (IPJ) y otras normas ISO en los regímenes de información bajo su competencia y por otras jurisdicciones.

La ambición de la ESMA es reforzar su papel como líder de pensamiento global en el desarrollo, coordinación, implementación y promoción de estándares internacionales de datos y mejores prácticas y aumentar la colaboración con las ANC y otras partes interesadas para explorar nuevas formas de financiación y entrega de proyectos conjuntos en beneficio de toda la comunidad.

Al mismo tiempo, el advenimiento de las nuevas tecnologías ha creado nuevas oportunidades en el panorama regulatorio y supervisor que la AEVM busca aprovechar mediante la creación de experiencia en la materia para posicionarse como un punto de referencia en RegTech / SupTech para las ANC, las autoridades internacionales de regulación y supervisión, y el sector financiero en general.

Para cumplir con lo anterior, la AEVM planea lo siguiente:

• Facilitar proyectos piloto y entornos experimentales para aumentar la colaboración con y entre las ANC y desarrollar experiencia conjunta en torno a nuevas tecnologías relacionadas con los datos, como RegTech / SupTech, y facilitar su adopción en los procesos cotidianos;

• Explorar el uso de fuentes de financiación alternativas más allá del presupuesto de la AEVM y las ANC20 para proyectos relacionados con datos y nuevas tecnologías, realizados conjuntamente por las AES, por la AEVM y las ANC, o por las ANC, y coordinados por la AEVM, en beneficio de todas las ANC.

• Aumentar la colaboración con la sociedad pública para recopilar comentarios, obtener nuevos conocimientos y fortalecer la experiencia en datos alojados por ESMA y en nuevas tecnologías y estándares relacionados con los datos. Esto debe llevarse a cabo, por ejemplo, a través de proyectos de investigación en asociación con académicos y organizando conferencias o talleres para desarrollar propuestas concretas con expertos sobre el terreno;

• Fortalecer la participación de la ESMA en grupos internacionales y organismos de gobernanza relevantes para estándares y tecnologías relacionados con los datos, al tiempo que aumenta el intercambio de conocimientos y prácticas;

• Ampliar el uso del intercambio de datos e información con otras autoridades e instituciones europeas como el BCE, la JERS, otras AES, la ACER y otras autoridades cuyo cometido se cruza con el nuestro;

• Intensificar la colaboración con el BCE en iniciativas comunes de datos, en particular en materia de SupTech, RegTech e innovación tecnológica, también en el ámbito de los criptoactivos.

Objetivo E – Política de datos eficiente: promover la eficiencia, la transparencia y la cooperación en la política de datos, y reducir la carga de presentación de informes

Desde su creación, la AEVM se ha centrado en los avances relacionados con la normalización de los datos de supervisión y ha impulsado la evolución de las normas de información de los regímenes nacionales de información divergentes a la normalización en toda la UE de los regímenes de información basados en normas y mensajes comunes. No obstante, como demuestra el control de adecuación de los requisitos de información con fines de supervisión en la legislación de la UE sobre servicios financieros, es necesario seguir armonizando los regímenes de información, reduciendo el coste de cumplimiento por parte de las entidades informantes, aumentando la cooperación entre las autoridades y haciendo un mayor uso de tecnologías modernas para apoyar el proceso de notificación.

Por lo tanto, sobre la base de la experiencia adquirida hasta la fecha, la AEVM tiene la intención de contribuir activamente a la aplicación de la estrategia de datos de supervisión de la CE, cumpliendo los mandatos previstos en la estrategia e influyendo en la forma en que se aplica la estrategia a través de propuestas ambiciosas en las contribuciones específicas requeridas por la AEVM.

El objetivo clave será reducir la carga de cumplimiento para las entidades informantes mediante la reducción de los requisitos duplicados e incoherentes, la optimización de los flujos de notificación, la garantía de un intercambio de datos eficaz y eficiente entre las autoridades y la explotación de las tecnologías emergentes.

La AEVM también tiene la intención de aumentar la comunicación, la transparencia y la información sobre los datos, incluida una cooperación más estrecha con los participantes en el mercado y otras autoridades, en particular las demás AES, el BCE y otros, para encontrar formas de aumentar la eficiencia.

Las acciones específicas previstas por la AEVM incluirán:

• Aprovechando progresivamente, aprovechando la revisión de los regímenes de presentación de informes, aumentar la normalización y la eficiencia de la presentación de informes, garantizando la armonización de las normas, racionalizando los mecanismos y mecanismos de presentación de informes para recopilar información, promoviendo el intercambio de datos y evitando la duplicación de las obligaciones de notificación, así como aumentar la usabilidad de la información pública garantizando la legibilidad mecánica de los datos divulgados;

• Explorar la posibilidad de utilizar nuevas tecnologías para garantizar soluciones de presentación de informes eficientes en función de los costos y las oportunidades de reducir la carga de presentación de informes, en particular, estudiar más a fondo la posibilidad de aplicar el concepto de presentación de informes legibles por máquina y ejecutables;

• Desarrollar un diccionario de datos para los mercados de valores28, tal como prevé la Estrategia de la Comisión Europea sobre datos de supervisión en los servicios financieros de la UE, para contribuir a la coherencia entre los regímenes de información.

Objetivo F – Uso sistemático de datos: utilizar sistemáticamente los datos para el desarrollo de políticas basadas en pruebas, la supervisión y la evaluación de riesgos

Históricamente, la tecnología y los datos siempre han servido como facilitadores para lograr la misión de ESMA. En su nueva estrategia, la AEVM tiene la ambición de adoptar un enfoque más sistemático basado en datos para la regulación, la supervisión y la evaluación de riesgos para cumplir con sus prioridades estratégicas: fomentar mercados efectivos y estabilidad financiera, reforzar la supervisión de los mercados financieros de la UE y mejorar la protección de los inversores minoristas.

Para lograr esto, la AEVM tiene como objetivo reforzar su capacidad de confiar en los datos y utilizarlos para respaldar su trabajo de regulación y supervisión, ayudar a monitorear la convergencia de la supervisión, detectar amenazas para la estabilidad financiera y abordar las preocupaciones de protección de los inversores. Todo ello a través de la promoción de formas de trabajo basadas en pruebas, tanto internamente como en cooperación con las ANC.

Las acciones previstas son:

• Promover un enfoque basado en los datos, en particular:

o Garantizar que los resultados de la AEVM estén respaldados por datos y pruebas siempre que sea posible;

o Desarrollar un marco de la AEVM que defina la gobernanza de datos que respalda las actividades internas de la AEVM;

o Desarrollar metodologías comunes en colaboración con las ANC y otras partes interesadas para permitir un trabajo coherente y comparable sobre los datos entre ellas y la AEVM.

• Construir un punto de acceso central para datos y análisis estandarizados listos para usar para garantizar la interoperabilidad de datos, conectar los puntos entre diferentes conjuntos de datos y evitar el trabajo en silos:

o Completar la migración de conjuntos de datos a la plataforma de datos de ESMA para aprovechar las sinergias de la ingesta de datos a la producción de paneles en todos los conjuntos de datos;

Crear un catálogo unificado de conjuntos de datos, análisis y procesos existentes, promoviendo así la alfabetización de datos en ESMA;

o Desarrollar el diccionario de metadatos de ESMA en sintonía con ESMA Data Platform para garantizar más controles en todos los conjuntos de datos y centralizar la información relevante (fuentes de datos, modelos de datos, glosario de términos, etc.).

Capacidades de destino

Las acciones enumeradas en la sección anterior afectarán a las actividades de la AEVM a lo largo de todo el ciclo de vida de los datos, desde la definición de los requisitos de notificación de datos hasta el uso de los datos mediante el diseño y la implementación de sistemas de notificación de datos. Dada su escala y ambición, alcanzar todos los objetivos estratégicos de datos en los próximos cinco años requiere una profunda renovación del enfoque de la ESMA hacia las diferentes actividades en las que consiste el ciclo de vida de los datos de la ESMA, y cómo interactúan y deben interactuar entre sí.

La primera respuesta de ESMA fue establecer un nuevo departamento de Inteligencia y Tecnología de Datos (DIT) que permite la consolidación del conjunto completo de competencias necesarias para aprovechar mejor los activos de datos, los talentos y beneficiarse de las economías de escala y las sinergias, al tiempo que apoya a las partes interesadas internas y externas a lo largo del ciclo de vida de los datos. A este respecto, el DIT servirá como facilitador de la estrategia de datos, trabajando en estrecha cooperación con otros departamentos de la AEVM internamente, y con las ANC y otras partes interesadas externamente.

A partir de los resultados de la evaluación de capacidades realizada a fines de 2021, DIT centrará sus esfuerzos en el desarrollo, reestructuración o mejora de las siguientes capacidades:

• Organización y gobernanza: las funciones de datos deben diseñarse para responder a las necesidades de las partes interesadas, evitar el trabajo aislado y permitir una coordinación y colaboración eficaces entre departamentos y entre organizaciones (en particular con las ANC) en cada etapa del ciclo de vida de los datos. Es bajo esa premisa que ESMA tiene como objetivo aprovechar las mejores prácticas y marcos de la industria para revisar su gobierno de datos existente, estableciendo y delineando claramente roles, responsabilidades y procesos, para que sea más eficiente y ágil como organización, al tiempo que garantiza la transparencia y la comunicación clara con sus partes interesadas. Este nuevo modelo de gobernanza de datos será uno de los primeros emprendimientos en la implementación de la Estrategia de Datos.

• Procesos y formas de trabajo: Para que la AEVM sea verdaderamente eficiente en la coordinación y ejecución de las numerosas actividades que tienen lugar a lo largo del ciclo de vida de los datos, será de suma importancia converger hacia procesos más racionalizados, avanzar hacia una mayor estandarización e interoperabilidad de los activos de datos, al tiempo que se desarrollan formas comunes de trabajo. A este respecto, los esfuerzos importantes de la AEVM incluirán el diseño de un marco común de conjuntos de datos para definir la priorización y medir la calidad de los datos, y proporcionar datos y análisis normalizados a sus partes interesadas, siendo ambos especialmente pertinentes en el contexto de nuestro compromiso con las ANC.

• Tecnología y herramientas: La tecnología y las herramientas desplegadas en la AEVM deben ser adecuadas para su propósito, ya que deben permitir un uso eficiente de los datos por parte de sus partes interesadas. Para garantizar esto, como primer paso, es necesario identificar los puntos de enfoque clave para que la AEVM sea la más adecuada para ayudar a alcanzar los objetivos establecidos en la estrategia de datos y, en una segunda fase, priorizar e implementar los cambios necesarios. Entre estos cambios, algunos como la migración de la plataforma de big data ya están en marcha, algunos son mejoras planificadas (por ejemplo, un diccionario de metadatos, un catálogo unificado de conjuntos de datos, análisis y procesos existentes), mientras que otros aún no se han especificado (por ejemplo, herramientas de evaluación de riesgos para identificar riesgos e iniciar acciones de supervisión);

• Talentos y habilidades: En un entorno tecnológico en rápida evolución, la paleta de habilidades necesarias en las funciones de datos requiere una (re)calibración constante a medida que algunas prácticas, herramientas y estándares (de datos) se vuelven obsoletos o suplantados por otros. La AEVM debe maximizar el uso de los recursos existentes y demostrar una gran capacidad no solo para atraer, sino también para desarrollar y retener talentos de datos con el fin de prosperar a medio y largo plazo. En términos más generales, y fuera de las meras funciones de datos, la alfabetización de datos también debe integrarse mejor en la cultura de la organización para permitir que la AEVM obtenga el máximo valor de los datos para sus partes interesadas.

Con respecto a lo anterior, ESMA ha definido en el siguiente apartado una hoja de ruta con hitos claros. En el futuro, esta hoja de ruta se comunicará a las partes interesadas y se actualizará periódicamente. Además, la AEVM supervisará el cumplimiento de los diferentes objetivos de la estrategia y elaborará parámetros adecuados para evaluar los avances en la aplicación de los puntos enumerados (por ejemplo, realizando evaluaciones amplias o específicas y comparando sus resultados con los resultados de los anteriores). Esto asegurará que se mantenga en camino para alcanzar el estado objetivo deseado dentro del plazo previsto.

Plan de implementación

Hoja de ruta

Esta sección describe las acciones clave, hitos y productos que se entregarán durante el período de los próximos 5 años, con el fin de alcanzar los objetivos estratégicos. Algunas de las acciones ya están previstas o son proyectos en curso, por lo que son más específicas y se dispone de más información, mientras que las otras acciones, en particular las previstas para más adelante en el período de aplicación de la estrategia, siguen siendo de alto nivel y deberán elaborarse más antes de la ejecución.

Objetivo A – Centro de datos mejorado

• 2023: Desarrollar el proyecto para compartir datos con las ANC, incorporándolos a la plataforma de datos de la AEVM

• 2024-2028: ampliar progresivamente el intercambio de datos con las ANC mediante la aplicación de nuevos casos de uso (por ejemplo, establecer un repositorio común de códigos analíticos con las ANC) y conjuntos de datos (por ejemplo, los relacionados con la supervisión de la divulgación de información ESG, conjuntos de datos comerciales o datos maestros), sobre la base de las necesidades y prioridades identificadas

• 2024-2025: Desarrollar una plataforma de intercambio de datos de la cartera de pedidos, sobre la base de la nueva propuesta legislativa incluida en el paquete de cotización

• 2025-2027: Desarrollar un sistema integrado de información en el marco de la Directiva GFIA y los OICVM, incluidas disposiciones para facilitar el intercambio de datos entre la AEVM y otras autoridades (BCE, otras AES, etc.)

• 2025-2026: A la espera del resultado del estudio de viabilidad (véase el objetivo E), aplicar, en colaboración con otras AES, el sistema de apoyo a la notificación de incidentes relacionados con las TIC y/o al intercambio en el marco de DORA

5.1.2 Objetivo B – Acceso a los datos de interés público

• 2023-2027: Implementar el sistema PAAS, en fases según lo previsto en el reglamento

• 2024-2028: Potencialmente, a través del PAAS, implementar formas de compartir datos y análisis con el mercado (por ejemplo, a través de paneles interactivos), ampliando gradualmente el número de conjuntos de datos cubiertos

• 2024: Colaborar con la CE para debatir la posibilidad de publicar (de forma anónima) los datos de la AEVM a través del Centro de Datos de la Plataforma de Finanzas Digitales de la UE

Objetivo C – Supervisión basada en datos

• 2023-2024: Desarrollar la prueba de concepto para la detección de posibles casos de abuso de mercado utilizando técnicas de IA. Posteriormente, dependiendo del resultado del proyecto, implementar herramientas comunes basadas en IA para la detección de casos de abuso de mercado.

• 2023: Desarrollar una herramienta para la detección de anomalías en los datos de CRA utilizando técnicas de aprendizaje automático

• 2023-2028: Comenzando con el marco de presentación de informes MiFIR, revisar progresivamente los marcos de calidad de los datos para los regímenes clave de presentación de informes a fin de garantizar un enfoque más centrado en los resultados, basado en datos y basado en el riesgo

• 2023-2024: Desarrollar paneles de seguimiento avanzados, con indicadores de alerta temprana, alertas, activadores y puntuación para apoyar una priorización eficiente del trabajo de supervisión y convergencia.

Objetivo D – Liderazgo de pensamiento

• 2023-2028: Proponer pruebas de concepto/proyectos sobre el uso de tecnologías modernas relacionadas, por ejemplo, con la detección de anomalías en diferentes conjuntos de datos (EMIR, SFTR, etc.) o la detección de prácticas de lavado verde, y considerar el uso de fuentes de financiación alternativas como el programa TSI o similares.

• 2023: Unirse a los organismos de gobernanza ISO relevantes para los estándares de datos en los mercados financieros

• 2023-2024: Comprometerse con las partes interesadas relevantes en el desarrollo de herramientas de supervisión conjuntas para los servicios de criptoactivos proporcionados bajo MiCA

• 2023-2024: Aprovechar los proyectos comunes de TI existentes y futuros con las AES para explorar formas de garantizar un intercambio eficiente de datos. En particular, proporcionar acceso a los datos de TRACE a la AESPJ

• 2023-2024: Establecer un foro con el BCE para debatir iniciativas tecnológicas y de datos comunes, incluidos los intercambios de datos

• 2024-2028: Reforzar el compromiso de la AEVM con las partes interesadas externas, incluidas las diferentes categorías de participantes en el mercado y académicos, sobre datos y tecnologías relacionadas con los datos, por ejemplo, organizando talleres, emprendiendo proyectos conjuntos y recopilando comentarios

Objetivo E – Política de datos eficiente

• 2023-2024: En colaboración con las demás AES, realizar el estudio sobre una mayor centralización de la notificación de incidentes relacionados con las TIC en el marco de DORA

• 2023-2026: Realizar el estudio sobre el sistema integrado de información para AIFMD/OICVM, en cooperación con el BCE y las demás AES, y posteriormente desarrollar el RTS/STI sobre la presentación de informes

• 2023-2024: Desarrollar un diccionario de datos para los mercados de valores, como contribución a la Estrategia sobre datos de supervisión en los servicios financieros de la UE

• 2024: Estudiar la posibilidad de implementar informes ejecutables y legibles por máquina

5.1.6 Objetivo F – Utilización sistemática de los datos

• 2023-2026: Migración completa de todos los conjuntos de datos adecuados a la plataforma de datos de la AEVM

• 2023: Desarrollar el marco de gobernanza de datos de la AEVM

• 2023-2024: Desarrollar un catálogo unificado de conjuntos de datos, análisis y procesos, incluidos los servicios y actividades que la AEVM realiza para o en nombre de sus partes interesadas, y finalizar el desarrollo del diccionario de metadatos de la AEVM

• 2024: Establecer un programa de alfabetización de datos en toda la organización para sensibilizar a las partes interesadas de la AEVM sobre qué datos están disponibles en la AEVM y cómo pueden o ya se utilizan para apoyar su trabajo.

• 2024-2028: Utilizar soluciones RegTech y SupTech, para consolidar y analizar múltiples fuentes de datos, incluidos los datos no estructurados, para que el uso de los datos sea más efectivo y eficiente

La aplicación de la estrategia de datos de la AEVM se supervisará continuamente para garantizar que se mantenga en consonancia con las prioridades de la AEVM y, en caso necesario, se revisará en consecuencia. Los programas de trabajo anuales garantizarán la reevaluación anual de los proyectos prioritarios.

Recursos

Los objetivos y las acciones de ejecución de esta estrategia son ambiciosos y tendrán un impacto sustancial en los recursos de la AEVM y las ANC. Es evidente que los objetivos no pueden alcanzarse plenamente con las limitaciones de recursos existentes. Por lo tanto, se vuelve crítico explorar nuevas formas de financiar y ejecutar proyectos. A tal fin, la AEVM se propone:

• Explorar las oportunidades de nuevas fuentes de financiación: Tradicionalmente, todo el trabajo realizado por la AEVM se ha financiado mediante una contribución conjunta de las ANC y el presupuesto de la UE o mediante contribuciones específicas de las ANC para tareas delegadas. Sin embargo, algunos de los proyectos destacados en esta estrategia utilizan fuentes de financiación alternativas. En primer lugar, el programa Europa Digital utilizado para la aplicación del PAAS. En segundo lugar, el Programa del Instrumento de Apoyo Técnico (ETI) se utiliza para el proyecto de prueba de concepto para la detección de posibles casos de abuso de mercado utilizando técnicas de IA. Este es el primer caso en el que el Programa ETI se utiliza para apoyar un proyecto multinacional coordinado por una ESA cuyo objetivo es mejorar los procesos relacionados con los datos. La AEVM tiene la intención de explorar la posibilidad de seguir utilizando los programas de apoyo mencionados anteriormente o similares para proyectos específicos incluidos en esta estrategia. Por último, los proyectos delegados ejecutados en el pasado permitieron mutualizar el coste de desarrollo y abaratarlo para las distintas autoridades participantes. En el futuro podrían considerarse otros proyectos delegados para desarrollar herramientas comunes en lugar de múltiples sistemas nacionales.

• Explorar nuevos enfoques para organizar proyectos relacionados con los datos y la tecnología: la AEVM también tiene la intención de explorar posibles enfoques alternativos para la coordinación de proyectos conjuntos con las ANC. El mencionado proyecto de prueba de concepto para la detección de posibles casos de abuso de mercado utilizando técnicas de IA ya es un buen ejemplo de un proyecto que se desarrollará dentro de un grupo de 16 ANC, con la facilitación de la AEVM, y en el que se espera que los resultados del proyecto se compartan con todas las ANC. En colaboración con las ANC, la AEVM estudiará las posibilidades de proyectos similares realizados por grupos de ANC, con la participación o facilitación de la AEVM, con el fin de compartir los resultados y la experiencia con toda la comunidad supervisora. Por último, también podrían considerarse adquisiciones conjuntas de herramientas y datos.

• Aumentar la colaboración con las demás AES: la AEVM tiene la intención de aumentar la colaboración con la AESPJ y la ABE en proyectos relacionados con los datos y las tecnologías de la información. Los ejemplos de tales proyectos intersectoriales conjuntos incluyen la implementación del PAAS que está liderado por la AEVM pero que apoyará la divulgación de datos e información en todo el sector financiero, el trabajo sobre el sistema de recopilación de datos con fines de supervisión bajo DORA que está dirigido por la ABE o el sistema de información de adecuación y propiedad previsto por las regulaciones de financiación de las AES que está liderado por EIOPA. Con el fin de lograr economías de escala, en el futuro se estudiarán más proyectos conjuntos con otras AES. El trabajo conjunto con las demás AES ya está previsto y seguirá examinando la contratación pública conjunta y los contratos con proveedores de productos y servicios relacionados con datos o tecnología.

La planificación detallada del trabajo sobre la aplicación de los objetivos estratégicos se incluirá en los programas anuales de trabajo sobre TI y datos. Estos documentos incluirán más detalles sobre los proyectos que se lanzarán en un año determinado, incluida su fuente de financiación y el presupuesto asignado, apoyando la planificación anual que ayudará a priorizar el trabajo para maximizar el valor entregado a las partes interesadas dadas las limitaciones de recursos. También cabe señalar que algunas de las iniciativas ya se están iniciando o en curso y que   la financiación para esos proyectos37 ya se ha asegurado, mientras que la financiación de los futuros proyectos se definirá caso por caso a su debido tiempo.

Plan de comunicación

En sus actividades de comunicación relacionadas con los datos, la AEVM tiene la intención de continuar:

• posicionarse como la autoridad pública líder en la elaboración de políticas de presentación de datos sobre los mercados financieros, tanto a nivel de la UE como a nivel internacional;

• aumentar la sensibilización sobre el trabajo de la AEVM en materia de datos de regulación y supervisión;

• Promover el uso de datos y el valor añadido de los regímenes de presentación de informes.

La AEVM tiene la intención de llevar a cabo las siguientes actividades:

• publicar la Estrategia de Datos;

• aumentar el número de publicaciones / artículos sobre el trabajo relacionado con los datos y las tecnologías relacionadas con los datos, por ejemplo, casos de uso específicos, proyectos relacionados con los datos;

• considerar nuevas formas de participar y obtener comentarios de las partes interesadas, por ejemplo, seminarios webs interactivos sobre el trabajo relacionado con los datos;

• Normalizar progresivamente la comunicación y la documentación sobre los regímenes de notificación de datos.



La demanda de deuda pública


La demanda de deuda pública

Documentamos que la composición sectorial y los compradores marginales de deuda pública difieren notablemente entre jurisdicciones y han evolucionado significativamente con el tiempo. Centrándonos en Estados Unidos, estimamos la elasticidad rendimiento de la demanda en todos los sectores utilizando variables instrumentales construidas a partir de sorpresas de política monetaria. Nuestras estimaciones apuntan a un aumento del 11% en la demanda por parte de los actores que no pertenecen al banco central de un aumento de 1 punto porcentual en los rendimientos a largo plazo. Por lo tanto, una hipotética reducción en el balance del banco central de alrededor de $ 215 mil millones aumenta los rendimientos a largo plazo en 10 puntos básicos. Encontramos que los bancos comerciales, los inversores privados extranjeros, los fondos de pensiones, los fondos de inversión y las compañías de seguros son los sectores cuya demanda es más sensible a los cambios en los rendimientos a largo plazo, pero en diversos grados. Las elasticidades heterogéneas implican cambios en la composición de los tenedores de deuda pública a medida que los bancos centrales normalizan los balances, lo que tiene implicaciones políticas.

Introducción

Muchos bancos centrales se embarcaron en políticas de flexibilización cuantitativa (QE) desde la crisis financiera mundial (GFC) con el objetivo de reducir las tasas de interés a largo plazo, ya que las tasas de interés a corto plazo habían caído a su límite inferior. A medida que los bancos centrales finalmente normalizan sus balances, un proceso también conocido como ajuste cuantitativo (QT), el impacto de estas políticas en los mercados de deuda pública está plagado de incertidumbre. Para comprender el impacto de estas políticas, nos centramos en el papel de las cantidades y estudiamos los cambios de composición en los inversores que poseen la deuda pública.

Centrándonos en Estados Unidos, estimamos que un aumento de 1 punto porcentual en los rendimientos a largo plazo conducirá a un aumento del 11,4% en la demanda por parte de los actores que no pertenecen al banco central. Llegamos a estas estimaciones adoptando una perspectiva del sistema de demanda para las tenencias de bonos y utilizando variables instrumentales construidas a partir de sorpresas de política monetaria. Basándonos en estimaciones de la elasticidad rendimiento de diferentes sectores, inferimos los rendimientos de compensación del mercado en diferentes escenarios de ajuste cuantitativo. Por ejemplo, encontramos que, todo lo demás constante, una hipotética reducción en el balance del banco central de alrededor de $ 215 mil millones conduce a un aumento en los rendimientos de los bonos a largo plazo en 10 puntos básicos en los Estados Unidos. Nuestras estimaciones son cuantitativamente cercanas a las de la zona del euro y también en un estadio similar al de las estimaciones del impacto de la flexibilización cuantitativa obtenidas a través de otras metodologías.

Para sentar las bases, en la primera parte de nuestro análisis estudiamos la evolución de las tenencias de deuda pública por diferentes sectores en Estados Unidos, la eurozona, Japón y el Reino Unido utilizando datos disponibles públicamente. En particular, realizamos regresiones que miden la absorción marginal por parte de diferentes grupos de inversores a medida que cambia el monto total de la deuda pública pendiente siguiendo la metodología establecida en Fang, Hardy y Lewis (2022). Según los datos del Banco de Pagos Internacionales, estas jurisdicciones comprenden alrededor de dos tercios de la deuda pública mundial total pendiente. Documentamos que la evolución de las tenencias de deuda pública por diferentes sectores ha variado significativamente entre jurisdicciones. Incluso dentro de las jurisdicciones, las respuestas marginales de los diferentes sectores a los cambios en la deuda pública han cambiado significativamente con el tiempo.

Nuestros resultados arrojan luz sobre cómo el papel de los bancos centrales en los mercados de deuda pública ha diferido entre jurisdicciones y a lo largo del tiempo. Tras las rondas de QE, las cuotas de mercado medias de los bancos centrales aumentaron hasta el 22% en Estados Unidos, el 16% en la zona del euro, el 44% en Japón y el 31% en el Reino Unido. Nuestras estimaciones sugieren que por cada cambio unitario en la deuda pública pendiente, solo el 8% fue absorbido por la Reserva Federal entre el primer programa de QE y la crisis de Covid-19. Esta respuesta marginal aumentó sustancialmente hasta el 45% tras la crisis del Covid-19. En la zona del euro, desde el inicio del programa de QE, el banco central ha absorbido alrededor de dos tercios de cada unidad de aumento de la deuda pública. En Japón, tras el inicio del programa de flexibilización cualitativa y cuantitativa (QQE), el Banco de Japón absorbió el 185% de cada unidad de aumento de la deuda pública, que luego disminuyó al 33% después de la crisis de Covid-19. Finalmente, la respuesta marginal del Banco de Inglaterra fue del 38% después del programa de QE después de la GFC, que aumentó a más del 50% después de marzo de 2020.

Al mismo tiempo, nuestros resultados muestran cambios notables en las tenencias de los sectores no bancarios centrales. En Estados Unidos, el papel marginal de los fondos del mercado monetario ha aumentado desde la crisis de la COVID-19, y estos actores absorbieron alrededor de un tercio de cada unidad de aumento de la deuda pública desde marzo de 2020.1 El papel de los inversores extranjeros aumentó después de 2009 y volvió a disminuir desde la crisis de la COVID-19. En la zona del euro, la absorción marginal por parte de todos los actores que no pertenecen a los bancos centrales disminuyó, y se observaron los descensos más pronunciados para los inversores extranjeros (véase Koijen, Koulischer, Nguyen y Yogo, 2021, para un hallazgo similar utilizando un conjunto de datos confidenciales a nivel de seguridad). En Japón, la mayoría de las compras de deuda pública por parte de los bancos centrales se reflejan en la disminución de las tenencias bancarias, lo que sugiere que los bancos fueron los principales vendedores; Al mismo tiempo, la cuota de mercado de los inversores extranjeros ha aumentado durante nuestro período de muestra. En el Reino Unido, las compañías de seguros y los fondos de pensiones experimentaron la mayor disminución en las tenencias y la respuesta marginal, lo que sugiere que estos jugadores fueron los vendedores del banco central durante la QE. Al igual que en Japón, la cuota de mercado media de los inversores extranjeros también ha aumentado desde 2009 en los mercados de deuda del Reino Unido.

A medida que muchos bancos centrales se embarcan en un ajuste cuantitativo (QT) para normalizar los balances, un factor determinante clave de cómo los diferentes sectores absorberían la deuda pública es cuán sensibles son sus curvas de demanda a los cambios en los rendimientos (o precios) de los bonos del gobierno. No es posible estimar consistentemente la elasticidad rendimiento de la demanda utilizando mínimos cuadrados ordinarios, ya que tanto las demandas de precios como las cantidades se determinan endógenamente en equilibrio. Una forma de superar la endogeneidad es encontrar variables instrumentales para los rendimientos de los bonos del gobierno que no afecten directamente a las tenencias de cada sector, sino que solo las afecten indirectamente a través de su efecto sobre los rendimientos.

En la segunda parte del análisis, cuantificamos la elasticidad rendimiento de la demanda de diferentes grupos de inversores. Para ello, adoptamos un enfoque de sistema de demanda y nos centramos en los Estados Unidos dada la disponibilidad de datos. Para tener en cuenta cualquier endogeneidad entre la demanda latente de varios grupos de inversores y los rendimientos de los bonos, nos basamos en las sorpresas de política monetaria como instrumentos para los rendimientos de los bonos gubernamentales en regresiones de mínimos cuadrados de dos etapas. En la primera etapa, destilamos la información contenida en diferentes medidas de sorpresas de política monetaria a través de un análisis de componentes principales y tomamos el primer componente principal como nuestro instrumento para los rendimientos.2 Este instrumento tiene propiedades deseables. En primer lugar, es relevante, ya que las sorpresas de política monetaria tienen un impacto directo en los rendimientos a largo plazo. Además, rechazamos la hipótesis nula de instrumentos débiles. En segundo lugar, dado que la construcción no los anticipa, aducimos que no afectan a las tenencias por otros canales distintos de los cambios en los rendimientos y presentamos controles adicionales para aliviar cualquier posible preocupación.

Nuestras regresiones de segunda etapa indican que la mayoría de los sectores tienen curvas de demanda con pendiente descendente con respecto a los precios. Dado que los precios y los rendimientos se mueven en direcciones opuestas, esto significa que estos inversores exigen más cuando el rendimiento sube, y viceversa. Tomando el promedio ponderado de las estimaciones de elasticidad de cada sector, encontramos un aumento de 1 punto porcentual en el rendimiento a 8 años (que corresponde aproximadamente a la duración promedio de la cartera SOMA de la Fed) para aumentar la demanda de todos los sectores no bancarios centrales en alrededor del 11,4%. Los bancos comerciales, los inversores privados extranjeros, los fondos de pensiones y los fondos de inversión son los sectores con las funciones de demanda más elásticas, pero en diversos grados. Utilizando nuestras estimaciones de elasticidad, ejecutamos análisis de escenarios para diferentes configuraciones hipotéticas de QT. Estimamos que una hipotética reducción de $ 215 mil millones en el balance del banco central aumenta el rendimiento a 8 años en 10 puntos básicos. Esta estimación está más o menos en línea con las estimaciones del efecto de la QE utilizando diferentes metodologías.

Estos resultados tienen implicaciones políticas. A medida que los bancos centrales han agregado políticas de balance a su conjunto de herramientas, una pregunta natural es cómo usar y secuenciar las políticas de tasas de interés y balances para el ajuste monetario. Nuestro análisis puede ser útil para que los bancos centrales juzguen el posible impacto de las políticas de endurecimiento de los balances en los rendimientos a largo plazo. Durante la crisis de la COVID-19, los problemas de funcionamiento del mercado pasaron a primer plano en los mercados de deuda pública, y varias instituciones financieras no bancarias contribuyeron a la presión de venta en un entorno en el que la capacidad de absorción de los operadores estaba limitada. Las estimaciones de elasticidad heterogéneas entre sectores implican un cambio en la composición de los tenedores de deuda pública a medida que los bancos centrales normalizan los balances. En un entorno con mayores rendimientos, el papel que desempeñan los inversores privados extranjeros, los fondos de pensiones, los bancos comerciales y los fondos de inversión aumentará aún más. Centrándonos en los bancos comerciales, mostramos que los bancos comerciales sustituyen entre las reservas del banco central y los bonos del gobierno para cumplir con el coeficiente de cobertura de liquidez (LCR) y las pruebas de estrés de liquidez y resolución supervisoras. Por lo tanto, un balance más pequeño del banco central (y, por lo tanto, una disminución de las reservas) podría conducir a un aumento aún mayor de la demanda de bonos de los bancos de lo que indican nuestras estimaciones. Esto implicaría que los bancos volverían a desempeñar un papel más importante en los mercados de deuda pública en comparación con su papel más moderado en gran parte del entorno posterior a la crisis financiera mundial. Finalmente, un mayor papel para las instituciones financieras no bancarias también hace que sea más importante abordar las vulnerabilidades en este sector (véase, por ejemplo, FSB, 2022).

Literatura relacionada. Nuestro artículo contribuye a la literatura que enfatiza el papel de las cantidades y la demanda de los inversores en la conducción de los fenómenos de los mercados financieros. El trabajo pionero reciente incluye la hipótesis de los mercados que rastrean los movimientos de los precios de los activos hasta el impacto de los flujos y que proponen una nueva metodología del sistema de demanda basada en las condiciones de compensación del mercado. En relación con nuestro trabajo en los mercados de bonos, estudian cómo los diferentes tipos de inversores absorben la oferta de deuda en un amplio panel de mercados de bonos soberanos. Hacen hincapié en el papel de los inversores no bancarios, especialmente en las economías de mercados emergentes. Contribuimos a esta literatura estudiando cómo los grupos heterogéneos de inversores difieren en la sensibilidad al rendimiento de su demanda de gobierno y cómo esto da forma a la forma en que el mercado de bonos del gobierno se ajusta en caso de desequilibrios.

Nuestro documento también se relaciona, algo más estrechamente, con la literatura que ha estudiado el reequilibrio en las carteras de los inversores en respuesta a las políticas de balance de los bancos centrales. En particular, muestran que las principales contrapartes de los programas de compra de activos del BCE desde 2015 han sido inversores residentes fuera de la zona del euro. También miden el impacto en el precio de las compras de activos a través de una configuración estimada del sistema de demanda. A su vez, estudian cómo los inversores reequilibraron sus carteras en respuesta a la política de flexibilización cuantitativa y cualitativa (QQE) del Banco de Japón. Encuentran que las entidades extranjeras han respondido más a través de ventas de activos al Banco de Japón, seguidas por los bancos nacionales. Muestran que los hogares, un grupo heterogéneo que también incluye fondos de cobertura, fueron el principal vendedor de valores de la Fed en las primeras fases de la QE. Proporcionan evidencia que sugiere un reequilibrio hacia activos más riesgosos, como los bonos corporativos, en línea con un canal de equilibrio de cartera.

Nuestro trabajo también contribuye a la amplia literatura sobre el impacto del tamaño del balance de los bancos centrales en los rendimientos de los bonos gubernamentales. Una gran cantidad de literatura encuentra que las compras de bonos del gobierno a los bancos centrales reducen los rendimientos del gobierno a medida que disminuye la oferta de duración neta al público para revisiones sobre el impacto de varios programas de compra de activos implementados por los bancos centrales desde la GFC). En el contexto de QT, se argumentó que los efectos de reducir las tenencias del Tesoro de la Fed deberían ser equivalentes a que el Tesoro aumente la duración de su emisión, y descubrió que es probable que el QT de la Fed tenga pequeños efectos en las primas a plazo y los rendimientos de los bonos: 10 puntos básicos más en las primas a 10 años. Nuestras estimaciones sugieren que una contracción / aumento de $ 870 mil millones del balance general elevaría / reduciría el rendimiento a 8 años en alrededor de 50 puntos básicos. Este impacto está aproximadamente en un estadio similar al de las estimaciones para la QE en la literatura revisada.

Nuestro trabajo contribuye aún más a la literatura que enfatiza la segmentación del mercado y el papel de los inversores de hábitat preferidos. Contribuciones importantes en esta literatura incluyen y muestran cómo dicha segmentación puede influir en los precios de los activos y, en particular, en la curva de rendimiento. Jansen (2023) estudia cómo los cambios en las tasas de descuento regulatorias para las aseguradoras holandesas generaron un cambio en la demanda que afectó a otros actores y tuvieron implicaciones agregadas para la curva de rendimiento. Nuestro documento también se relaciona con el trabajo que atribuye un estatus especial a los bonos del Tesoro de los Estados Unidos dados sus atributos de liquidez y seguridad. Contribuimos a esta literatura proporcionando nuevos hechos estilizados sobre los cambios de composición entre varios grupos de inversores en la absorción de deuda pública estadounidense y estimando sus respectivas elasticidades de rendimiento.

La evolución de las tenencias de deuda pública y los compradores marginales

La oferta de deuda pública ha aumentado considerablemente desde la crisis financiera mundial, impulsada aún más por la expansión fiscal masiva en respuesta a la crisis de la COVID-19. Entre 2008 y 2021, la deuda pública total pendiente se ha quintuplicado en Estados Unidos y el Reino Unido, y casi se duplicó en la zona del euro y Japón. Incluso teniendo en cuenta el crecimiento económico, las ratios deuda/PIB han aumentado de menos del 40 % a alrededor del 120 % en los Estados Unidos, del 70 % al 95 % en la zona del euro, del 120 % a más del 220 % en Japón, y de alrededor del 30 % a alrededor del 100 % en el Reino Unido.

En esta sección, documentamos cómo las tenencias de deuda pública por diferentes sectores han evolucionado a lo largo del tiempo en las diferentes jurisdicciones. En particular, utilizamos un marco contable simple para estimar cómo los cambios en las tenencias de deuda pública de cada sector se mueven conjuntamente con los cambios en la deuda pública total pendiente a lo largo de diferentes períodos de tiempo. Este ejercicio nos permite cuantificar cómo ha cambiado la huella de los bancos centrales y la de otros sectores clave desde principios de la década de 2000 y en respuesta a los programas de flexibilización cuantitativa.

Estados Unidos

Desde principios de la década de 2000 se ha producido un cambio en la composición de los tenedores de deuda pública en los Estados Unidos y, en particular, desde la crisis financiera mundial, y la proporción de tenencias de la Reserva Federal aumentó considerablemente del 12 al 22 por ciento. Del mismo modo, las acciones de los fondos del mercado monetario (FMM), los fondos de inversión y los bancos comerciales también han repuntado desde 2020. Si bien la participación de los inversores extranjeros ha aumentado de alrededor del 14% al 40% desde el comienzo de la muestra hasta la crisis de Covid-19, desde entonces ha disminuido nuevamente a alrededor del 30%. Esta disminución fue especialmente pronunciada para los inversores oficiales extranjeros (por ejemplo, los administradores de reservas). La participación de las tenencias de fondos de pensiones, otro gran grupo de inversores también ha disminuido de alrededor del 16% a alrededor del 13%.

Zona euro

En la zona del euro, la QE también provocó notables cambios en la composición de los tenedores de deuda pública. Informamos de los cambios en las proporciones medias de cada sector en el cuadro 2 del Grupo a). La participación media del banco central en las tenencias de bonos del Estado ha aumentado del 2,7% al 16%. La participación de las instituciones financieras monetarias, que está compuesta en gran medida por bancos comerciales, ha disminuido del 27 al 21 por ciento. La participación de las sociedades no financieras también ha disminuido del 11,5% al 5%. Mientras que la proporción de inversores extranjeros se mantuvo aproximadamente constante en el 45%, la de otras instituciones financieras (que incluyen fondos mutuos, fondos de pensiones, compañías de seguros) ha disminuido del 14% al 12,6%.

Destaca claramente el papel del banco central como actor principal en los mercados europeos de deuda soberana, como indican los resultados de regresión presentados en el cuadro 2 del panel b). El banco central ha absorbido el 67% de cada unidad de nueva deuda pública desde el inicio del programa de compras de activos del sector público del BCE y el Eurosistema en marzo de 2015. Esto contrasta con la estimación del -17% antes del QE (en una base muy baja, ya que las tenencias de deuda pública de los bancos centrales promediaron solo el 2,7% antes del programa de flexibilización cuantitativa), probablemente debido al hecho de que el Eurosistema había estado desprendiéndose de las tenencias de bonos en un momento en que la oferta total de deuda pública aumentaba antes de la crisis financiera mundial.

La capacidad de respuesta de cada sector a los cambios en la deuda pública también revela una historia importante. Según nuestras estimaciones, antes del QE, para un aumento adicional de la deuda pública, la respuesta marginal de compra de diferentes sectores fue del 46% para los inversores extranjeros, del 42% para las instituciones financieras monetarias, del 23% para las instituciones financieras no monetarias y del 6% para las empresas no financieras. Tras el lanzamiento de las compras de bonos del sector público del Eurosistema, estas cifras han descendido al 22% para las instituciones financieras monetarias, al 4% para los inversores extranjeros y al 1% para las instituciones financieras no monetarias, siendo ambas estadísticamente insignificantes.7

Japón

En Japón, la expansión de la huella del banco central en los mercados de deuda pública ha ido más lejos, ya que su participación en las tenencias de deuda pública ha alcanzado alrededor del 44% desde la crisis de la COVID-19 (cuadro 3, panel a)). Junto con el banco central, las tenencias de bonos del gobierno japonés por parte de inversores extranjeros también aumentaron del 6,7% antes del programa de flexibilización cualitativa y cuantitativa al 13,3% recientemente.8 La participación de las compañías de seguros y los fondos de pensiones se mantuvo constante en torno al 20%. Como otra cara del aumento de las tenencias del Banco de Japón, la participación de los bancos cayó del 38% al 14%, la proporción de las pensiones públicas disminuyó del 9% al 3%, la proporción de los hogares disminuyó de alrededor del 4% al 1% y la participación de todos los demás sectores disminuyó del 11% al 3%.

Las estimaciones de la respuesta marginal de cada sector en Japón son consistentes con un papel desmesurado de las compras del banco central, especialmente desde el inicio del programa QQE hasta la crisis de Covid-19. Durante este período, el banco central compró 1,85 unidades de bonos del gobierno por unidad de aumento en el monto total pendiente de los bonos del gobierno, es decir, las compras del Banco de Japón incluso excedieron los montos de nueva deuda colocados por el gobierno en los mercados. Los bancos, por otro lado, redujeron sus tenencias en 1,03 unidades por unidad de aumento de la deuda pública, lo que sugiere que los bancos fueron los principales vendedores del banco central en este episodio. Desde la crisis de la COVID-19, la respuesta marginal de cada sector se ha vuelto más equilibrada, aunque el papel marginal del banco central sigue siendo el más alto.

Reino Unido

La tasa a la que la participación del banco central ha crecido en los mercados de deuda del Reino Unido después de la QE es solo superada por Japón. Desde entonces, la participación del banco central ha aumentado de esencialmente cero a aproximadamente un tercio del mercado. Al igual que en Japón, la proporción de inversores extranjeros también ha aumentado del 19,9% al 28,1%. La participación de todos los demás sectores, aparte de las compañías de seguros y los fondos de pensiones, se mantuvo más o menos estable. En este último caso, la caída de las acciones promedio del 63,6% al 28,1% indica que las compañías de seguros y los fondos de pensiones fueron, de hecho, los principales vendedores del banco central durante el QE del Banco de Inglaterra.

La respuesta marginal de cada sector, comunicada en el cuadro 4 del Grupo b), también muestra que el banco central sustituyó efectivamente la demanda de deuda pública que provenía anteriormente de las compañías de seguros y los fondos de pensiones. Cuando el balance del Banco de Inglaterra se expandió con QE, la respuesta marginal del banco central a una unidad adicional de aumento de la deuda pública aumentó al 38%. Desde marzo de 2020, esta respuesta ha aumentado aún más al 51%. Como imagen especular, la compra marginal de compañías de seguros y fondos de pensiones de un aumento unitario de la deuda pública disminuyó por primera vez del 47% al 21% durante el período de QE, que disminuyó aún más a solo el 13% desde la crisis de Covid-19.

Sin embargo, ya está bien establecido que la demanda de duración por parte del sector de pensiones y seguros del Reino Unido aumentó en general durante el período de bajas tasas de interés. Como señalan Domanski, Shin y Sushko (2017), como la duración de los pasivos aumentaba más rápido que la de los activos en el período en que cayeron las tasas de interés, este efecto de convexidad significó que estos jugadores enfrentaron presión para participar en una búsqueda de duración. La reducción de las tenencias de deuda pública por parte de estos sectores documentada anteriormente indica que la demanda de duración se satisfizo en gran medida sintéticamente a través de derivados y apalancamiento de tenencias de bonos gilt a largo plazo a través de repos, un factor que amplificó la crisis de liquidez en el mercado de bonos gilt de octubre de 2022 (véase, por ejemplo, Pinter, 2023, para un análisis forense).

Conclusión

En este documento estudiamos la demanda de deuda pública en los mercados principales: Estados Unidos, la zona del euro, Japón y el Reino Unido. Comenzamos ilustrando los cambios dramáticos en la composición de los tenedores de deuda pública en las últimas décadas, arrojando luz sobre el papel variable de los grupos de inversores clave. También realizamos regresiones que miden la respuesta marginal de cada sector a los cambios en la deuda pública pendiente. Esto nos ayuda a cuantificar el papel marginal variable en el tiempo de cada sector, incluidos los bancos centrales, en la absorción de la oferta de deuda pública en todas las jurisdicciones.

A continuación, centrándonos en Estados Unidos y adoptando una perspectiva de compensación del mercado utilizando las sorpresas de política monetaria como variables instrumentales, estimamos la elasticidad rendimiento de la demanda de deuda pública de cada sector. Encontramos que la mayoría de los sectores tienen una curva de demanda con pendiente descendente (con respecto al precio) y algunos tienen una demanda inelástica. Entre los diferentes grupos de inversores, los fondos de pensiones, los inversores privados extranjeros, los bancos comerciales y los fondos de inversión tienen la demanda más elástica. Utilizamos nuestras estimaciones para inferir los rendimientos de compensación del mercado para los cambios supuestos en la oferta de deuda a medida que el banco central reduce su balance. Según nuestras estimaciones, una reducción trimestral de 215.000 millones de dólares en el balance del banco central da como resultado un aumento de 10 puntos básicos en los rendimientos de los bonos a largo plazo por trimestre.

Nuestros resultados sugieren que a medida que se reduzca el papel de los bancos centrales en los mercados de deuda pública, el papel desempeñado por los sectores más elásticos aumentará. Por lo tanto, nuestros resultados tienen implicaciones políticas, sobre todo porque algunos de estos grupos de inversores desempeñaron un papel importante en medio de la carrera por el efectivo durante la crisis de Covid-19. Del mismo modo, a medida que el papel de los bancos comerciales aumentará, se necesita más investigación para comprender los incentivos y las limitaciones de los bancos comerciales relacionados con la deuda pública.

Vemos nuestro análisis como un paso para comprender el papel que desempeñan los diferentes sectores en los mercados de deuda pública y estimar cómo los mercados financieros se ajustarán a un nuevo equilibrio a medida que disminuya la huella de los bancos centrales. Para hacerlo, utilizamos datos trimestrales disponibles públicamente para llevar a cabo nuestro análisis que, si bien es exhaustivo, también tiene limitaciones y requiere ciertas suposiciones. La labor futura podría aprovechar datos más granulares a nivel de país para realizar análisis similares que superen algunas de las limitaciones de los datos y ampliar el análisis a diferentes países.

1. Los fondos del mercado monetario son vehículos de inversión a corto plazo y sus tenencias también se inclinan hacia los bonos del Tesoro de vencimiento más corto. En este documento, nuestro enfoque principal es la deuda pública a más largo plazo. Para el impacto de los fondos del mercado monetario en el mercado de letras del Tesoro, remitimos a los lectores interesados.

2. En particular, utilizamos sorpresas de la política monetaria planteada.

3. Además de los mercados de deuda pública, la perspectiva sobre las cantidades y las demandas de los inversores también se ha aplicado fructíferamente, entre otras cosas, para estudiar los efectos en los mercados bursátiles, divisas y los mercados de bonos corporativos.

4. Tenga en cuenta que esto no impone la no negatividad en estos coeficientes siempre que su suma sea 1. Esto permite el comercio entre diferentes jugadores. Por ejemplo, si un sector tiene un coeficiente negativo, sugiere que el sector fue un vendedor neto para otros.

5. La hora de inicio de la QE difiere según las jurisdicciones: el 1T 2009 para Estados Unidos y el Reino Unido, el 1T 2015 para la zona del euro y el 2T 2013 para Japón. El maniquí de tiempo para post-Covid es uno a partir del Q1 2020 para todas las jurisdicciones. Obsérvese que, en el caso de la zona del euro, dado que los datos solo están disponibles con una frecuencia anual, solo consideramos los períodos previos al QE y al QE.

6. Otros sectores de la columna combinan las participaciones de empresas patrocinadas por el gobierno, corredores de bolsa y otras compañías financieras que no se incluyen en otras columnas y empresas no financieras.

7. Si excluimos 2020 y 2021 de la estimación, encontramos un gran coeficiente negativo para los inversores extranjeros en el período de QE compensado principalmente por el banco central, que está en línea con los inversores extranjeros que venden bonos al banco central.



Unión bancaria y unión de los mercados de capitales – ya es hora de avanzar


Discurso de apertura de Luis de Guindos, vicepresidente del BCE, en la Conferencia Anual Conjunta de la Comisión Europea y el Banco Central Europeo sobre la Integración Financiera Europea

Evolución reciente y sector bancario de la zona del euro

En los últimos meses, las quiebras bancarias en Estados Unidos y Suiza han afectado a los mercados financieros de todo el mundo. Esta «prueba de resistencia de la vida real» ha proporcionado información y lecciones valiosas para el sector bancario de la zona del euro y para nuestro marco regulatorio y de supervisión.

El sector bancario europeo ha demostrado ser resistente. Y el marco regulatorio y de supervisión mejorado establecido después de la gran crisis financiera ha demostrado su valía. Pero todavía está incompleto: el acuerdo de Basilea III aún debe transponerse a la regulación bancaria de la UE de manera completa y oportuna. No podemos ser complacientes.

Durante las recientes quiebras bancarias, los depósitos se retiraron mucho más rápido que durante la gran crisis financiera. Silicon Valley Bank perdió más de USD 40 mil millones, casi el 30% de sus depósitos, en un solo día. La extraordinaria velocidad de los retiros de depósitos fue impulsada por el uso generalizado de la banca en línea y la rápida difusión de noticias a través de las redes sociales y se vio agravada por la base de clientes altamente concentrada. En este mundo digital cada vez más rápido, los bancos, supervisores, bancos centrales y legisladores deben revisar las herramientas para salvaguardar las condiciones de liquidez y la estabilidad financiera.

La turbulencia observada en los mercados financieros esta primavera es un recordatorio oportuno de los beneficios de una regulación y supervisión sólidas. Si bien las normas reguladoras adecuadas son la primera línea de defensa contra las quiebras bancarias, deben estar respaldadas por una segunda línea de defensa en forma de supervisión constante, potente y ágil.

Supervisión armonizada y eficaz y un marco de resolución reforzado

La Supervisión Bancaria del BCE ha desarrollado y promovido con éxito prácticas de supervisión armonizadas. Comenzó a monitorear de cerca los riesgos relacionados con el aumento de las tasas de interés cuando surgieron los primeros signos de presiones inflacionarias, mucho antes de las quiebras bancarias en los Estados Unidos. La Comisión Europea y el Tribunal de Cuentas Europeo confirmó recientemente que el BCE se ha establecido como una autoridad supervisora eficaz y madura, y el BCE ya ha comenzado a aplicar sus recomendaciones.

La UE ha realizado progresos considerables en la gestión de crisis mediante el establecimiento de un marco sólido para tratar con los bancos con dificultades financieras. Si bien no son una respuesta directa a la reciente agitación, acogemos con gran satisfacción los cambios propuestos por la Comisión Europea en el marco de gestión de crisis y garantía de depósitos. En particular, apoyamos la ampliación del ámbito de aplicación del marco de resolución para garantizar que la quiebra de los bancos pequeños y medianos pueda abordarse de una manera más eficaz y armonizada. Al mismo tiempo, garantizar una financiación adecuada de la resolución es fundamental para que la resolución sea viable para los bancos más pequeños. Esto incluye el uso de sistemas de garantía de depósitos para ayudar a desbloquear el acceso al Fondo Único de Resolución e introducir una preferencia de depositante de un solo nivel. Las propuestas forman un paquete coherente que debe preservarse en su totalidad. Pedimos a los colegisladores que lo adopten rápidamente, preferiblemente durante el ciclo institucional actual.

Los acontecimientos de esta primavera han demostrado la necesidad de marcos de gestión de crisis eficaces y ágiles para los bancos de todos los tamaños. Para completar el conjunto de herramientas de gestión de crisis para los grandes bancos de la UE, también tenemos que avanzar en otros ámbitos, como la liquidez en la resolución y un mecanismo de protección para el Fondo Único de Resolución.

El tercer pilar faltante de la unión bancaria

La gran brecha en nuestro marco institucional sigue siendo el tercer pilar que falta: el sistema europeo de garantía de depósitos. Mientras la garantía de depósitos se mantenga a nivel nacional, el nexo entre la deuda soberana y la banca seguirá siendo una fuente de fragmentación en la unión bancaria, ya que el nivel de confianza en la seguridad de los depósitos bancarios puede diferir de un Estado miembro a otro. En una crisis, corremos el riesgo de salidas de depósitos hacia otros Estados miembros y entidades no bancarias, exacerbando así las tensiones sistémicas de liquidez. Una unión bancaria incompleta es una vulnerabilidad clave para el sector bancario de la UE y obstaculiza el progreso hacia una mayor integración del sistema financiero.

Además, a medida que las empresas amplían sus fuentes de financiación y se diversifican para alejarse de los préstamos bancarios, es necesario centrarse más en la financiación a través de títulos de deuda negociables e instrumentos de capital. Esto se encuentra en el corazón del proyecto de unión de los mercados de capitales (UMC).

Implicaciones para la unión de los mercados de capitales

Completar la CMU es esencial por tres razones.

En primer lugar, la UMC refuerza la resiliencia de la economía de la zona del euro a través del reparto privado del riesgo.

Los mercados de capitales profundos e integrados ofrecen oportunidades para compartir eficazmente los riesgos. Esto es esencial para financiar la economía real y limitar las fluctuaciones de la actividad económica. Sin embargo, un análisis reciente del BCE muestra que, si bien la integración de los mercados de capitales de la zona del euro ha mejorado en los últimos 20 años, sigue siendo bastante modesta.

También debemos considerar los desafíos que plantea el cambio climático en los próximos años. Aumentar el potencial de riesgo compartido de los mercados de capitales contribuirá a seguir mejorando la capacidad del sistema financiero de la UE para sostener los flujos de inversión durante las perturbaciones relacionadas con el clima. Esto reforzará la resiliencia general de la UE frente a fenómenos meteorológicos extremos cada vez más frecuentes e intensos, que suelen afectar asimétricamente a las regiones.

En segundo lugar, un mayor desarrollo de los mercados de capitales de la UE impulsa la innovación, apoya el crecimiento a largo plazo y permite la financiación continua de la transición ecológica.

Esto es de suma importancia a medida que la UE navega por el rápido cambio tecnológico y se enfrenta a un entorno geopolítico cada vez más desafiante. El sector público no puede asumir por sí solo toda la inversión necesaria para las transiciones ecológica y digital. Los mercados de capitales tienen un papel clave que desempeñar en la asignación de la inversión privada necesaria y en la complementación de la financiación proporcionada por los bancos.

La financiación de capital, especialmente el capital de riesgo y de crecimiento, desempeña un papel central en la financiación de empresas innovadoras. Dado el mayor apetito de riesgo de los inversores de capital, puede ser necesaria una mayor proporción de financiación de capital para impulsar la innovación verde. La investigación del BCE sugiere que la huella de carbono de una economía se reduce más rápido cuando una mayor proporción de su financiación proviene de capital en lugar de financiación de deuda.

La UE sigue estando a la zaga de sus homólogos mundiales en lo que respecta al desarrollo de los mercados de capital riesgo. Aunque ha crecido en los últimos años, el capital riesgo de la UE en relación con el PIB sigue siendo sólo una quinta parte del de los Estados Unidos. La inversión pública a nivel europeo puede desempeñar un papel importante en la atracción de la inversión privada, mientras que la inversión público-privada coordinada puede desempeñar un papel crucial en el impulso de la innovación. Además, la UE y sus Estados miembros deben reforzar su apoyo a las iniciativas destinadas a proporcionar financiación a las pequeñas y medianas empresas o a financiar empresas emergentes y en expansión con sede en la UE.

En el lado positivo, ya estamos viendo un crecimiento sustancial en las finanzas sostenibles. Aunque los productos de financiación sostenible siguen representando solo una pequeña parte de los mercados de capitales de la zona del euro, los activos gestionados por fondos medioambientales, sociales y de gobernanza se han triplicado desde 2015, mientras que el volumen de bonos verdes en circulación se ha multiplicado por diez. De manera prometedora, los bonos verdes tienen aproximadamente el doble de probabilidades que otros bonos europeos de mantenerse transfronterizos, y las inversiones en fondos ambientales, sociales y de gobernanza parecen ser más estables que las de los fondos convencionales. Esta evidencia incipiente sugiere que, con el marco regulatorio adecuado, la ampliación de la financiación verde será beneficiosa para apoyar tanto la transición hipo carbónica como la integración financiera en la zona del euro.

En tercer lugar, la unión de los mercados de capitales y la unión bancaria están intrínsecamente vinculadas. Unos mercados de capitales más integrados respaldan las actividades bancarias transfronterizas, mientras que una mayor participación transfronteriza permitiría a los bancos diversificarse, haciéndolos más resistentes. Desde la emisión hasta la suscripción, los bancos proporcionan servicios esenciales para los mercados de capitales. Por lo tanto, un sistema bancario más resiliente e integrado también respalda el buen funcionamiento y una mayor integración de los mercados de capitales.

Iniciativas legislativas clave para avanzar en la integración de los mercados de capitales

Para avanzar en el frente legislativo, tenemos que finalizar la aplicación del plan de acción de la Comisión para la unión de los mercados de capitales, sin comprometer su ambición. Esto incluye la aplicación de propuestas como el sistema de información consolidada, la armonización específica de las normas de insolvencia y la próxima iniciativa sobre el marco de retención en origen.

Acogemos con satisfacción la reciente declaración realizada por los colegisladores en abril, en la que se comprometieron a finalizar las iniciativas legislativas de la UMC durante el actual ciclo institucional, y el reciente acuerdo sobre el Punto de Acceso Único Europeo. El PAAS ayudará a movilizar y asignar capital facilitando a los inversores la identificación de empresas y proyectos adecuados para invertir. Del mismo modo, la armonización específica propuesta de los regímenes de insolvencia debe facilitar la reasignación de recursos de las empresas en quiebra y proporcionar más transparencia a los inversores transfronterizos. Por último, un marco de retención a cuenta más eficiente y armonizado reducirá la carga y los costes para los inversores y facilitará la inversión transfronteriza.

Más allá del ciclo institucional actual y del plan de acción para la UMC, los legisladores de la UE también deben considerar cuestiones estructurales, como la mejora de la arquitectura actual para permitir una supervisión más coherente y armonizada de los mercados.

Conclusión

El sistema financiero de la zona del euro superó recientemente una prueba de resistencia en la vida real. Al mismo tiempo, los acontecimientos de esta primavera subrayaron la importancia de avanzar decisivamente en los proyectos de la unión bancaria europea y de la unión de los mercados de capitales. La turbulencia y el contagio de los mercados financieros de los Estados Unidos y Suiza habrían sido mucho más silenciosos si hubiéramos estado más cerca de nuestros objetivos. La finalización de los proyectos de unión bancaria y de los mercados de capitales aumentará los préstamos bancarios transfronterizos y mejorará el dinamismo de los mercados de capital público y privado. Ambos son fundamentales para mejorar la integración y la estabilidad en el sistema financiero de la zona del euro, y también garantizarán que la financiación para las transiciones ecológica y digital esté disponible para hacer frente a los retos futuros.



Crypto, tokens y DeFi – Navegando por el panorama regulatorio


Crypto, tokens y DeFi: navegando por el panorama regulatorio

Abordar los riesgos planteados por los criptoactivos se ha convertido en un tema apremiante para los responsables políticos. Los mercados de criptoactivos han experimentado ciclos de crecimiento y colapso, lo que a menudo resulta en grandes pérdidas para los inversores. Estos mercados plantean riesgos que, si no se abordan adecuadamente, podrían socavar la protección del consumidor, la estabilidad financiera y la integridad del mercado. Si bien la agitación experimentada en estos mercados a fines de 2022 hasta ahora no ha llevado a un contagio más amplio, el resultado podría haber sido peor si los mercados de criptoactivos y el sistema financiero tradicional hubieran estado más interconectados.

Los responsables políticos están considerando su respuesta a los riesgos relacionados con la criptografía. Las posibles líneas de acción, que no son mutuamente excluyentes, incluyen prohibir actividades específicas, aislar los mercados de criptoactivos del sistema financiero tradicional, regular las actividades de criptoactivos de una manera similar a las finanzas tradicionales y desarrollar alternativas que mejoren la eficiencia del sector financiero tradicional. Estas líneas de acción dependerán de los riesgos que suponen para la prestación de servicios financieros las diversas actividades que involucran criptoactivos y su tecnología subyacente, referidas en este documento bajo el término general de tecnología de contabilidad distribuida (DLT). Para las líneas de acción que consideran la regulación de las actividades de criptoactivos, la pregunta depende de la evaluación de los responsables políticos de qué riesgos planteados por los criptoactivos y las actividades relacionadas deben ser capturados por la regulación y si esos riesgos son capturados por la regulación existente o si hay brechas que deben abordarse.

Este documento proporciona una visión general de las medidas de política adoptadas en 19 jurisdicciones para abordar los riesgos asociados con las actividades que incorporan criptoactivos y capacidades de programación DLT en los servicios financieros. En este documento, las actividades de criptoactivos se clasifican en tres categorías basadas en la taxonomía propuesta por el FSB: (a) emisión; b) explotación de una infraestructura de TRD; y (c) prestación de servicios (por ejemplo, billetera, custodia, pago, intercambio, préstamo). Para la visión general de las medidas políticas, las iniciativas se clasifican en tres categorías dependiendo de si abordan los riesgos asociados con (i) actividades de criptoactivos gestionadas centralmente; (ii) actividades de criptoactivos gestionadas por la comunidad; o (iii) exposiciones directas de los usuarios a criptoactivos y actividades relacionadas.

Los diferentes tipos de medidas políticas en todas las jurisdicciones incluyen prohibiciones, restricciones, aclaraciones, requisitos a medida e iniciativas para facilitar la innovación. Dado que estas medidas tienden a reflejar la evolución de la evolución del mercado, la mayoría de las iniciativas actuales se dirigen a las actividades de criptoactivos gestionadas centralmente, con un enfoque particular en la prestación de servicios.

Para las actividades de emisión gestionadas centralmente, las iniciativas regulatorias actuales se centran principalmente en los emisores de tokens de seguridad y monedas estables. Todas las jurisdicciones que cubrimos aquí requieren que los emisores de tokens de seguridad cumplan con la regulación de valores. Algunos están desarrollando marcos para los emisores de monedas estables utilizadas para el pago. Las iniciativas propuestas introducen requisitos de licencia, capital y reservas, pero difieren entre países en términos de terminología, tipo de licencia, derechos de reembolso y estándares para las prácticas de gobernanza y gestión de riesgos. Solo un pequeño número ha adoptado un marco regulador para los emisores de monedas estables utilizadas para otros fines. Además, solo unos pocos han aclarado si las leyes de valores se aplican a los emisores de tokens de utilidad.

Las iniciativas relacionadas con las actividades de infraestructura gestionadas centralmente exploran principalmente los beneficios y riesgos del uso de DLT por parte de los intermediarios financieros tradicionales y sus capacidades de programabilidad. Algunas jurisdicciones están colaborando en casos de uso de pruebas piloto de infraestructuras basadas en DLT para la compensación y liquidación de pagos y valores. Otros están facilitando la innovación en un entorno controlado a través de regímenes de licencias y sandboxes a medida. Solo una jurisdicción ha emitido una guía específica para DLT.

Las iniciativas relacionadas con las actividades de prestación de servicios gestionados centralmente a menudo amplían el perímetro regulatorio a nuevos intermediarios centralizados no bancarios. La mayoría de las jurisdicciones han introducido requisitos de autorización, prudencia, lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (ALD / CFT) y protección del consumidor. Los enfoques regulatorios incluyen el establecimiento de marcos a medida, la introducción de excepciones específicas a la legislación aplicable, la emisión de aclaraciones sobre cómo se aplican los pagos existentes o la regulación de valores, y la restricción o prohibición de ciertas actividades.

En relación con las actividades gestionadas por la comunidad, las medidas políticas tienen como objetivo abordar los riesgos planteados por los tokens nativos y los protocolos DeFi. Para las actividades en las que se trata de tokens nativos, algunas autoridades se basan en una interpretación amplia de los «derechos» vinculados a un token nativo para definir si se trata de un valor y, por lo tanto, aclarar la aplicación de la regulación de valores. Otros utilizan ejemplos concretos para obtener orientación adicional. Para los protocolos DeFi, la mayoría de las iniciativas fueron en forma de documentos analíticos. En la actualidad, solo una autoridad en las jurisdicciones cubiertas ha emitido una guía sobre la adopción de contratos inteligentes. Otro ha aclarado los requisitos aplicables relacionados con los intercambios descentralizados y las actividades de participación. Algunas autoridades han tomado medidas de cumplimiento que abordan los riesgos ALD / CFT y de protección de los inversores planteados por ciertos protocolos. Un pequeño número ha introducido iniciativas para facilitar la adopción de protocolos con ciertas características por parte de los intermediarios financieros tradicionales en un entorno de confianza.

Para los riesgos asociados con la exposición directa de los usuarios a criptoactivos y actividades relacionadas, las iniciativas tienden a reflejar la evolución de los mercados de criptoactivos. Todas las jurisdicciones cubiertas han emitido advertencias a los inversores minoristas sobre los riesgos que plantean los criptoactivos, y algunas de estas advertencias se dirigen a tipos específicos de criptoactivos (por ejemplo, tokens nativos, tokens de seguridad y tokens no fungibles). Algunas jurisdicciones han prohibido la distribución de ciertos criptoactivos a inversores minoristas y otras han impuesto restricciones a las actividades promocionales. Para los inversores mayoristas, ninguna jurisdicción ha introducido hasta ahora reglas para mitigar los riesgos derivados de las instituciones financieras tradicionales que invierten en criptoactivos.

Los responsables políticos pueden enfrentar más desafíos a medida que evolucionan los mercados de criptoactivos y las capacidades de programación DLT se aplican a nuevos casos de uso. Será necesario realizar esfuerzos continuos para comprender los nuevos modelos de negocio y sus riesgos subyacentes, crear o mantener las aptitudes y la capacidad necesarias para evaluar adecuadamente las posibles repercusiones en los mercados financieros y ajustar rápidamente las respuestas de política. Solo con recursos suficientes y acceso a información oportuna y confiable las autoridades podrán evaluar los riesgos futuros para el sistema financiero.

La naturaleza global de los criptoactivos plantea desafíos significativos que requieren una cooperación y coordinación efectivas entre los reguladores nacionales e internacionales. Las jurisdicciones no pueden mitigar por completo los riesgos asociados con los criptoactivos si las medidas políticas son susceptibles a lagunas e inconsistencias a través de las fronteras. Una respuesta coordinada es esencial. En este contexto, las normas internacionales que promueven un marco regulatorio coherente desempeñarán un papel clave en la prevención del arbitraje regulatorio y un entorno regulatorio fragmentado que podría socavar la estabilidad financiera.

Introducción

1. Los avances en criptografía, ciencia informática y potencia informática han transformado los libros de contabilidad digitales. Estos desarrollos han permitido la creación de tecnologías, a las que se hace referencia en este documento bajo el término general de tecnología de contabilidad distribuida (DLT), que permiten a una red de participantes establecer un registro compartido e inmutable de propiedad, un libro mayor con funcionalidades que van mucho más allá de las de los libros de contabilidad tradicionales. Las DLT permiten a los participantes compartir una base de datos de registros electrónicos y crear consenso para la validez de las transacciones a través de algoritmos criptográficos sin una entidad coordinadora central. Las transacciones pueden ser registradas por uno, algunos o todos los participantes, independientemente de su fiabilidad, de acuerdo con las reglas acordadas por la red, y cualquier cambio se replica en todas las copias en minutos o incluso segundos. Algunas DLT también permiten la programación o automatización de transacciones dentro del libro mayor.

2. Las DLT han permitido la creación de criptoactivos y finanzas descentralizadas (DeFi). Aunque el concepto de DLT existía antes de Bitcoin y blockchain, no fue hasta la publicación del whitepaper de Satoshi Nakamoto en 2008 que esta tecnología comenzó a llamar la atención. Los criptoactivos surgieron cuando los desarrolladores de Bitcoin combinaron varios componentes tecnológicos para crear una nueva forma de representar y transferir valor entre múltiples partes sin la necesidad de confiar entre sí. La cadena de bloques de Bitcoin proporcionó un marco básico que sirvió como base para diferentes tipos de DLT y aplicaciones basadas en DLT. A medida que la tecnología evolucionó, algunas DLT incorporaron nuevas funcionalidades como los llamados contratos inteligentes. Basándose en criptoactivos y DLT públicas sin permiso que admiten contratos inteligentes, DeFi surgió como una forma alternativa de ofrecer servicios financieros como préstamos, préstamos o inversiones sin depender de un intermediario financiero centralizado tradicional.

3. Las DLT también se pueden utilizar para representar y transferir diferentes tipos de activos del mundo real. Con el objetivo de reducir costos, aumentar la eficiencia y ofrecer nuevos servicios, algunos intermediarios tradicionales están aprovechando el uso de capacidades de programabilidad de DLT para la representación y transferencia de activos tradicionales.7 Del mismo modo, varios intercambios y operadores del mercado también están explorando el uso de DLT como un nuevo tipo de infraestructura del mercado financiero que puede permitir la liquidación en tiempo real y la automatización de los procesos relacionados con los pagos transfronterizos y la compensación de valores.  Procesos de liquidación y negociación.

4. Las actividades que incorporan criptoactivos y capacidades de programabilidad DLT prometen abrir oportunidades para la prestación de servicios financieros, pero conllevan riesgos y desafíos. Por ejemplo, la tenencia de criptoactivos puede plantear una serie de riesgos para los inversores, incluidos el riesgo de liquidez, el riesgo crediticio, el riesgo de mercado, el riesgo operativo (incluidos el fraude y los riesgos cibernéticos), el riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, y los riesgos legales y de reputación. Además, pueden surgir desafíos económicos, legales y técnicos en relación con la transferencia de activos de los libros mayores tradicionales a representaciones en libros contables programables DLT.

5. Los criptoactivos y los ecosistemas DeFi muestran fallas estructurales y plantean riesgos que, si no se abordan, podrían socavar la protección del consumidor, la estabilidad financiera y la integridad del mercado. La agitación enfrentada en 2022 (también conocida como el «criptoinvierno») reveló que los ecosistemas de criptoactivos y DeFi exhiben muchas de las vulnerabilidades familiares del sistema financiero tradicional, como fragilidades operativas, desajustes de liquidez y vencimiento, apalancamiento e interconexión. Hasta ahora, estas vulnerabilidades no han afectado al sistema financiero tradicional debido al tamaño relativamente pequeño de los mercados de criptoactivos y su limitada interconexión con los mercados tradicionales. Sin embargo, si el interés de los inversores no disminuye después del «criptoinvierno» y considerando que se espera que la interconexión y la concentración del mercado en el ecosistema de criptoactivos se intensifiquen, un escenario futuro de agitación en un mercado de criptoactivos más grande podría tener implicaciones para la estabilidad financiera. Además, los criptoactivos también pueden representar una amenaza para la soberanía monetaria de los estados que son menos estables macroeconómicamente y pueden crear problemas de criptoización (es decir, la sustitución de monedas locales por monedas basadas en criptoactivos).

6. En este contexto, se han intensificado los debates entre los responsables de la formulación de políticas sobre cómo debería ser un marco reglamentario adecuado. Para los nuevos modelos de negocio que aún no están capturados por los marcos regulatorios existentes, la pregunta general es si deben estar dentro o fuera del perímetro regulatorio.8 Si están dentro, la pregunta es cómo deben aplicarse los requisitos regulatorios. Para las actividades o entidades que ya están sujetas a las regulaciones existentes, la pregunta es si los ajustes pueden fomentar la innovación que podría beneficiar a la sociedad sin comprometer otros objetivos políticos; o si se requieren requisitos más estrictos.

7. La regulación de los criptoactivos y las actividades relacionadas plantean a los responsables políticos una serie de desafíos. En primer lugar, los criptoactivos y las actividades relacionadas están dentro del ámbito de muchas autoridades financieras y no financieras, cada una con su propio mandato y objetivos políticos, lo que requiere una mayor cooperación. En segundo lugar, la naturaleza seudónima y sin fronteras de las aplicaciones basadas en DLT implementadas en redes públicas sin permiso dificulta que las autoridades identifiquen la jurisdicción legal aplicable y las entidades o individuos responsables de cumplir con las obligaciones reglamentarias. En tercer lugar, la falta de transparencia, coherencia y la falta de fiabilidad de los datos dificultan que las autoridades supervisen y evalúen los riesgos derivados de estas actividades y sus posibles efectos de contagio en el sistema financiero. En cuarto lugar, la velocidad de la innovación dificulta que los reguladores respondan rápidamente a la evolución del mercado.

8. Los criptoactivos también han estado a la vanguardia de la agenda regulatoria a nivel internacional. Los organismos internacionales de normalización (SSB) han emprendido una serie de iniciativas para captar riesgos que antes no estaban cubiertos en sus marcos, aclarar la aplicación de los principios existentes y promover el desarrollo de marcos reglamentarios eficaces y coherentes a nivel internacional. El CSBB ha publicado normas prudenciales para las actividades y exposiciones de los bancos relacionadas con los criptoactivos. El GAFI ha modificado el alcance de sus normas y recomendaciones para que se apliquen a las actividades financieras que involucran criptoactivos y proveedores de servicios de criptoactivos. La CPMI-OICV ha aclarado la aplicación de los principios existentes de las infraestructuras del mercado financiero a los acuerdos de monedas estables utilizados principalmente para pagos que se consideran infraestructuras de mercados financieros de importancia sistémica. El FSB ha publicado recomendaciones de alto nivel para la regulación, supervisión y supervisión de los acuerdos globales de monedas estables y una propuesta para el marco para la regulación y supervisión internacional de las actividades de criptoactivos y sus mercados.

9. Este documento ofrece una visión general de las medidas de política adoptadas por las autoridades financieras en 19 jurisdicciones y las SSB mundiales. Las medidas de política se refieren a iniciativas que tienen como objetivo abordar los riesgos asociados con las diferentes actividades que incorporan criptoactivos y funcionalidades de contratos inteligentes en la prestación de servicios financieros (denominadas en este documento «actividades de criptoactivos»). El documento se basa en una extensa revisión de la información disponible públicamente sobre las medidas de política adoptadas por las autoridades en las 19 jurisdicciones cubiertas a finales de marzo de 2023, así como en el análisis realizado por los autores.

10. El resto del presente está estructurado. Criterios utilizados para clasificar las medidas de política abarcadas en el documento. Definiciones y criterios para clasificar las medidas de política cubiertas en este documento

11. En la actualidad, no existe una definición universal de «criptoactivo». Las autoridades cubiertas en este documento utilizan diferentes términos, definiciones y taxonomías, que generalmente dependen de la perspectiva en la que se analizan estos activos (por ejemplo, técnico, funcional, legal). Por ejemplo, términos como activos digitales, criptoactivos, activos virtuales o tokens criptográficos a menudo se usan indistintamente. Además, se utilizan diferentes términos para referirse a las representaciones de activos del mundo real en un DLT y la clasificación de estos activos no es uniforme.

12. Del mismo modo, hasta la fecha no existe una clasificación universalmente aceptada de las actividades que incorporan criptoactivos y funcionalidades de contratos inteligentes en la prestación de servicios financieros. Al igual que en el caso de la terminología de criptoactivos, cualquier análisis de las medidas de política en este ámbito se complica por las inconsistencias entre jurisdicciones con respecto a la clasificación de las actividades consideradas para definir si un actor es un proveedor de servicios a efectos regulatorios.

13. Cualquier comparación entre países de las respuestas políticas y regulatorias a los criptoactivos y actividades relacionadas es difícil debido a la falta de una terminología y taxonomía universalmente aceptadas. Este documento utiliza las definiciones propuestas por las SSB cuando es posible y clasifica las medidas de política en tres dimensiones que pueden abarcar la variedad de iniciativas emitidas por las jurisdicciones cubiertas. La primera dimensión se refiere a la actividad de criptoactivos. La segunda dimensión se refiere a cómo se gestionan las actividades. Y el tercero se refiere al tipo de criptoactivo involucrado en esas actividades. Lo que sigue es la descripción de los términos y categorizaciones utilizados para clasificar las medidas de política cubiertas en este documento.

Primera dimensión: actividades de criptoactivos

14. Varias actividades incorporan criptoactivos y funcionalidades de contratos inteligentes en la prestación de servicios financieros. Sobre la base de la taxonomía propuesta por el FSB de las actividades de criptoactivos, este documento agrupa las actividades de criptoactivos en tres categorías: (i) aquellas relacionadas con la emisión de criptoactivos (por ejemplo, creación, emisión, distribución y reembolso); (ii) aquellos relacionados con la operación de una infraestructura DLT (por ejemplo, validación y liquidación de transacciones con criptoactivos); y (iii) aquellos relacionados con la prestación de servicios relacionados con criptoactivos (por ejemplo, billetera, custodia, pago, intercambio, comercio, préstamos, préstamos o servicios de gestión de riesgos). Hay actividades adicionales, denominadas «otros servicios de apoyo», que apoyan las tres categorías anteriores de actividades. Estos incluyen servicios como el desarrollo de código, el suministro de datos externos a la red (por ejemplo, oráculos), la prestación de servicios API y en la nube, la prestación de servicios de asesoramiento de riesgos o la realización de auditorías.

Segunda dimensión: gestión de las actividades de criptoactivos

15. Las actividades de criptoactivos pueden ser administradas (es decir, operadas y gobernadas) de varias maneras. Para este documento, distinguimos entre las medidas políticas que abordan los riesgos asociados con las actividades gestionadas por actores organizados bajo acuerdos operativos y de gobernanza centralizados («actividades gestionadas centralmente») frente a aquellas gestionadas por una comunidad de participantes en redes públicas de DLT organizadas bajo acuerdos operativos y de gobernanza descentralizados («actividades gestionadas por la comunidad»).

Tercera dimensión: tipos de criptoactivos

16. Los criptoactivos abarcan todos los activos digitales emitidos por el sector privado que dependen principalmente de la criptografía y el libro mayor distribuido o tecnología similar. Aunque las autoridades utilizan diferentes términos y definiciones para referirse a los criptoactivos, tienen elementos comunes con la definición del FSB en el sentido de que se refieren a representaciones digitales criptográficamente seguras de valor o derechos contractuales que pueden transferirse, almacenarse o comercializarse electrónicamente y que utilizan un libro mayor distribuido o tecnología similar para registrar o almacenar datos.

17. El diseño y la emisión de criptoactivos dependen del propósito previsto al que deben servir, con una amplia gama de objetivos que guían su creación.19 Por ejemplo, algunos se crean para un uso específico dentro de una red en particular, como proporcionar acceso a un servicio (por ejemplo, FIL otorga a los titulares acceso a una red de almacenamiento de datos). Estos criptoactivos suelen estar limitados en su funcionalidad y no están diseñados para ser utilizados para otra cosa que no sea su uso previsto. Otros criptoactivos están diseñados para permitir a los desarrolladores crear aplicaciones en un DLT particular (por ejemplo, ETH sirve para construir aplicaciones en la plataforma Ethereum). Estos criptoactivos están diseñados como un componente técnico esencial de la plataforma DLT y sirven como un incentivo económico para pagar las tarifas de transacción y otros servicios dentro de la plataforma. Otros criptoactivos se emiten para representar derechos de propiedad de activos del mundo real (por ejemplo, PAXG sirve como una representación digital de los derechos de propiedad del oro físico). Estos criptoactivos generalmente se diseñan de acuerdo con acuerdos que establecen los términos y condiciones que rigen la propiedad y transferencia del activo subyacente, incluido el almacenamiento y la custodia, los procedimientos de transferencia y los mecanismos de reembolso.

18. Dado que los criptoactivos tienen una amplia gama de usos previstos, las autoridades se basan en diferentes criterios para clasificarlos. Muchas autoridades clasifican los criptoactivos según su función económica en lugar del uso previsto del creador. Sobre la base de este criterio, las autoridades clasifican los criptoactivos según si realizan una función de pago o inversión según lo definido por su marco regulatorio o si proporcionan otra función (por ejemplo, acceso a un bien o servicio digital dentro de una red). Otro criterio es su diseño técnico. Con base en este criterio, las autoridades clasifican los criptoactivos según si fueron creados como parte integral de la operación de una plataforma DLT o no. Para los criptoactivos que están diseñados para mantener un valor estable haciendo referencia a uno o más activos, muchas autoridades los clasifican aún más de acuerdo con (i) el tipo de activo al que hacen referencia (por ejemplo, monedas fiduciarias, materias primas u otros criptoactivos); ii) el tipo de acuerdo mediante el cual se gestionan (por ejemplo, centralizado o descentralizado); o (iii) su potencial para llegar a ser sistémicamente importantes en y a través de una o varias jurisdicciones.

19. Aunque no existe una terminología uniforme, muchas autoridades se refieren a los criptoactivos como «tokens» a efectos de clasificación. Muchas autoridades clasifican los criptoactivos con vistas a la función económica realizada por un token, utilizando términos como «token de pago», «token de seguridad» o «token de utilidad». Otras autoridades utilizan el término «activo tokenizado» para referirse a los criptoactivos que son representaciones digitales de activos en una DLT. En este sentido, las autoridades pueden usar diferentes términos para referirse a un criptoactivo con las mismas características. Por ejemplo, un criptoactivo que proporciona derechos y obligaciones similares a los instrumentos financieros tradicionales, como acciones, instrumentos de deuda o participaciones en un esquema de inversión colectiva, puede denominarse «token de inversión» o «token de seguridad» o «valor tokenizado».

20. Para garantizar que este documento cubra todos los tipos de criptoactivos discutidos en los documentos de política, es importante utilizar definiciones que sean suficientemente amplias e inclusivas. Siempre que sea posible, utilizamos las definiciones propuestas por los SSB. Si una definición de SSB no está disponible, utilizamos una definición general que incluye la mayoría de las características de los criptoactivos cubiertos en este documento. Si se necesita una definición más específica, se hace referencia a ella en la sección correspondiente del documento. Usamos el término «token» indistintamente con «cripto activo». En este contexto, las definiciones de los principales tipos de criptoactivos cubiertos en este documento son las siguientes:

• Stablecoin: criptoactivo que tiene como objetivo mantener un valor estable en relación con un activo específico, o un conjunto o canasta de activos.

• Moneda estable global: moneda estable con un alcance y uso potencial en múltiples jurisdicciones y que podría llegar a ser sistémicamente importante en y a través de una o varias jurisdicciones, incluso como medio de pago y / o depósito de valor.

• Token de seguridad: token que proporciona derechos y obligaciones similares a los instrumentos financieros tradicionales, como acciones, instrumentos de deuda o participaciones en un esquema de inversión colectiva según se define en la regulación de valores.

• Token de utilidad: token que proporciona a los usuarios acceso a un bien, servicio o aplicación específicos cuando canjean el token.

• Token de gobernanza: token emitido como incentivo, que permite al usuario la supuesta oportunidad de convertirse en propietario parcial y tomador de decisiones en un protocolo DeFi.

• Token nativo: el token base de una cadena de bloques que desempeña una parte integral del funcionamiento del protocolo en el que se emite y que se crea en su génesis. Por lo general, se utiliza para pagar tarifas de transacción.

Clasificación de las medidas de política

21. Sobre la base de las clasificaciones y definiciones anteriores, este documento clasifica las medidas de política en tres grupos. Estos se refieren a medidas de política que abordan los riesgos planteados por: (i) actividades de criptoactivos administradas centralmente; (ii) actividades de criptoactivos gestionadas por la comunidad; y (iii) las exposiciones directas de los usuarios a criptoactivos y actividades relacionadas con criptoactivos.

Medidas políticas sobre las actividades de criptoactivos gestionadas centralmente

22. Esta sección proporciona una visión general de las respuestas políticas y regulatorias que tienen como objetivo abordar los riesgos planteados por las actividades de criptoactivos administradas centralmente. Abarca las respuestas políticas y reglamentarias dirigidas a entidades y actores involucrados en (i) actividades de emisión, estructurando estas respuestas en torno a la emisión de monedas estables, tokens de seguridad y tokens de utilidad; ii) actividades de infraestructura; y iii) actividades de prestación de servicios.

23. En general, para las actividades de criptoactivos gestionadas centralmente, el enfoque de las autoridades tenía por objeto prohibir, aislar y/o regular dichas actividades. Las autoridades de algunas jurisdicciones, por ejemplo, China, han introducido prohibiciones integrales de todas las actividades con criptoactivos, incluidas las actividades de infraestructura y las actividades de prestación de servicios. Otros han introducido prohibiciones sobre ciertas actividades, como la emisión de nuevas monedas estables (por ejemplo, UAE-DFSA). Para las actividades de prestación de servicios, las autoridades de muchas jurisdicciones han modificado los regímenes existentes o han introducido regulaciones a medida para limitar el posible arbitraje regulatorio y abordar una amplia gama de riesgos relacionados.

24. Existe una actividad activa de política y regulación para abordar los riesgos asociados con las actividades de emisión, infraestructura y prestación de servicios gestionadas centralmente. Para las actividades de emisión, la mayoría de las jurisdicciones cubiertas en este documento han aclarado cómo se aplican los requisitos existentes a los tokens de seguridad. Varias autoridades han anunciado su interés en establecer un marco regulatorio para los emisores de monedas estables utilizadas con fines de pago y liquidación. En el caso de las actividades de infraestructura, el enfoque de las autoridades tenía por objeto regular y/o facilitar la experimentación de infraestructuras basadas en la TRD para mejorar los procesos de negociación y liquidación. Para las actividades de prestación de servicios, la gran mayoría de las jurisdicciones han adoptado iniciativas de política para abordar los riesgos asociados con estas actividades mediante la introducción de requisitos reglamentarios para sus proveedores.

Actividades de emisión gestionadas centralmente

25. A nivel conceptual, las actividades de emisión y reembolso en las actividades de criptoactivos gestionadas centralmente son similares a las del sistema financiero tradicional. Al emitir un criptoactivo, una entidad generalmente proporciona ciertos derechos, como la propiedad del activo o el derecho a recibir un flujo de pagos. Por ejemplo, los emisores de monedas estables prometen una cierta suma (vinculada al valor de un activo, como una moneda fiduciaria o una canasta de activos); los emisores de un token de seguridad prometen un flujo de pagos de intereses; Los emisores de tokens de utilidad se comprometen a proporcionar ciertos productos, servicios o funciones. Los emisores influyen en el valor de los tokens a través de la creación de otros nuevos y la destrucción de los que están en circulación.

26. En general, las respuestas regulatorias para los emisores de criptoactivos se centran principalmente en la prevención de actividades ilícitas, la protección del consumidor y los requisitos prudenciales. Los principales riesgos asociados con la emisión y el reembolso de tokens están relacionados con ALD / CFT, la información deficiente sobre los derechos de los titulares de tokens y la (in)capacidad de los emisores para cumplir con sus obligaciones percibidas o legalmente exigibles.

27. Los principales objetivos de las autoridades en este ámbito han sido triples. En primer lugar, su objetivo es evitar que los emisores cometan delitos financieros y desvíen recursos de usos social y económicamente productivos. En segundo lugar, garantizar que los titulares de tokens tengan información completa, clara y de fácil acceso sobre los derechos y riesgos asociados con sus tokens. En tercer lugar, garantizar que el emisor pueda cumplir sus promesas, incluso en condiciones de tensión.

28. Las salvaguardias de protección del consumidor son comunes en las jurisdicciones donde los emisores de monedas estables y fichas de seguridad se encuentran dentro del perímetro reglamentario. Para proteger a los consumidores, las autoridades suelen determinar si ciertos activos son adecuados solo para inversores cualificados, debido a sus complejas características o beneficios, o también para los consumidores minoristas. Además, las intervenciones regulatorias a menudo exigen requisitos de divulgación específicos para los emisores para permitir a los usuarios comprender con precisión los riesgos asociados con la propiedad del token.

29. En cambio, los requisitos prudenciales de los emisores varían considerablemente. Como se explica en las siguientes subsecciones, las iniciativas en esta área se han centrado hasta ahora principalmente en los emisores de monedas estables que pueden utilizarse para servicios de pago y liquidación y, en particular, en garantizar que una entidad que cree o destruya este tipo de criptoactivos siempre pueda canjearlos a su valor prometido. Los emisores de otros tipos de tokens generalmente no están sujetos a requisitos prudenciales.

Emisores de stablecoins

30. Las respuestas políticas y reglamentarias a las monedas estables pueden clasificarse en función de su función económica. Este tipo de token se puede utilizar como medio de pago o como instrumento de inversión dependiendo de una serie de características, como los activos a los que está vinculada una moneda estable (es decir, activos a los que el valor de mercado de una moneda estable está diseñado para vincularse); si los usuarios tienen un derecho a la par o al valor de mercado; y la parte que asume los riesgos asociados con las fluctuaciones en el valor de los activos de reserva. Si el emisor asume los riesgos, la stablecoin es más parecida a un medio de pago. Sin embargo, si son soportados por el titular, es más probable que la moneda estable se considere un instrumento de inversión.

a) Monedas estables utilizadas para el pago y la liquidación

Nivel jurisdiccional

31. Varias autoridades han expresado públicamente su interés en desarrollar un marco regulador para los emisores de monedas estables utilizadas para el pago y la liquidación. Por ejemplo, el Consejo Australiano de Reguladores Financieros (CFR) está desarrollando opciones para regular los acuerdos de monedas estables relacionadas con los pagos. Una opción que se está considerando es incorporar acuerdos de monedas estables en el marco regulatorio propuesto para las instalaciones de valor almacenado, que se está implementando como parte de las reformas del gobierno al marco de licencias de pagos.

32. Los reguladores de la UE, la RAE de Hong Kong, el Japón, Singapur, los Emiratos Árabes Unidos (ADGM FSRA y DFSA), el Reino Unido y los Estados Unidos están aplicando reglamentos sobre monedas estables. Si bien estas jurisdicciones han proporcionado indicaciones claras sobre su enfoque regulatorio de las monedas estables, sus iniciativas se encuentran en diferentes etapas del proceso regulatorio. Los legisladores de la UE y Japón han acordado una nueva legislación que se espera que se publique en 2023 (por ejemplo, Japón) o entre en vigor a partir de 2023 (por ejemplo, la UE). El Reino Unido está acordando una nueva legislación. En los Estados Unidos, las autoridades han proporcionado documentos oficiales que describen en detalle los elementos clave de sus próximos marcos. En enero de 2023, la Autoridad Monetaria de Hong Kong (HKMA) emitió un documento de conclusión a su documento de debate anterior sobre la regulación de las monedas estables, confirmando su plan para regular ciertas actividades relacionadas con las monedas estables bajo un enfoque basado en el riesgo e indicando el alcance regulatorio esperado y los requisitos regulatorios clave. Se ha consultado el marco regulatorio de stablecoin propuesto por Singapur y actualmente se está revisando, teniendo en cuenta los comentarios de la consulta, para su finalización. En los Emiratos Árabes Unidos, la ADGM FSRA aclaró la regulación aplicable a los emisores de monedas estables en septiembre de 2022, mientras que el régimen de tokens criptográficos emitido por la DFSA entró en vigor en noviembre de 2022.

33. Los marcos reglamentarios suelen adoptar términos diferentes para los tokens de pago. Japón y el Reino Unido están adoptando terminologías basadas en la palabra «stablecoin». Específicamente, el gobierno del Reino Unido ha decidido adoptar formalmente la terminología «stablecoins» para identificar los tokens utilizados para los pagos. El marco japonés se basará en «monedas estables de tipo dinero digital». Por otro lado, la UE, los Emiratos Árabes Unidos y los Estados Unidos han optado por utilizar el término «tokens» pero con diferentes especificaciones. Por ejemplo, las autoridades estadounidenses se refieren a «tokens de dólar», los colegisladores de la UE han introducido el concepto de «tokens de dinero electrónico» y los Emiratos Árabes Unidos se centran en «tokens criptográficos fiduciarios».

34. Las propuestas actuales para regular a los emisores de monedas estables utilizadas para pagos introducen regímenes de licencias. En todas las jurisdicciones cubiertas, las autoridades requieren que los emisores sean instituciones reguladas. Sin embargo, el tipo de licencia puede diferir de un país a otro. Los bancos y las instituciones de dinero electrónico generalmente pueden emitir tokens de pago. En los Estados Unidos, sin embargo, solo las instituciones de depósito aseguradas pueden emitir monedas estables, lo que excluye efectivamente a la mayoría de las entidades no bancarias a las que se les permite emitir dinero electrónico. En Japón, las compañías fiduciarias también pueden emitir tokens de pago.

35. Los requisitos mínimos de capital para los emisores de monedas estables suelen estar determinados por el tipo de licencia que poseen. Ninguna autoridad en las jurisdicciones revisadas para este documento ha propuesto colchones de capital que excedan los ya establecidos para las entidades reguladas.

36. Las autoridades suelen imponer requisitos sobre la liquidez, denominación y custodia de los activos de reserva que respaldan el valor de las fichas de pago. Por lo general, se requiere que los activos de reserva se inviertan en activos de alta liquidez que pueden depender del tipo de licencia de los emisores. Por ejemplo, en Japón, las compañías fiduciarias deben mantener depósitos bancarios, mientras que los proveedores de servicios de transferencia de fondos también pueden mantener otros activos seguros, como bonos del gobierno. Algunas jurisdicciones también requieren que los activos de reserva estén denominados en la misma moneda a la que hacen referencia los tokens de pago.

37. Las autoridades están adoptando actualmente diversos enfoques para la regulación de las fichas referenciadas a una cesta de monedas. Si bien los tokens que tienen como objetivo mantener un valor estable en relación con una sola moneda fiduciaria generalmente se clasifican como tokens de pago, las iniciativas relacionadas con las monedas estables multidivisa varían. En Singapur, estos tokens están excluidos del conjunto de tokens que se pueden usar para pagos. En la UE, el uso de monedas estables multidivisa como medio de intercambio es limitado. En la RAE de Hong Kong, Japón y el Reino Unido, las autoridades están tratando de abordar los riesgos asociados con el uso de este tipo de stablecoin en los pagos.

38. Por lo general, se exige a los emisores de monedas estables que proporcionen derechos mínimos de reembolso. Estos pueden variar dependiendo de dos características clave: si los tokens se pueden canjear a valor nominal o a un valor diferente, y si los titulares tienen un derecho directamente sobre el emisor, los activos de reserva o un tercero. Las propuestas existentes entre las jurisdicciones cubiertas difieren significativamente. En la UE, Japón y el Reino Unido, los titulares tienen derecho a una reclamación a la par. Sin embargo, en los Estados Unidos la redención puede ser cercana, pero no necesariamente igual, al valor nominal de los tokens. Además, en los Estados Unidos, el reclamo debe ser sobre el emisor, mientras que, en el Reino Unido, la obligación legal es con el emisor, pero los clientes podrían presentar un reclamo contra una entidad orientada al consumidor cuando corresponda. En Japón, el tipo de crédito difiere en función de la licencia del emisor, ya se trate de un banco, de un proveedor de servicios de transferencia de fondos o de una sociedad fiduciaria.

39. Todas las jurisdicciones cubiertas han introducido restricciones sobre los tipos de mecanismos de estabilización permitidos para las monedas estables. Los emisores deben mantener una cartera de activos que respalden el valor de sus tokens. Estos activos pueden respaldar directamente el valor del token, en los casos en que el reclamo está en los activos de reserva, o indirectamente, en los casos en que el reclamo está en el emisor. Si bien los tokens que dependen exclusivamente de algoritmos para estabilizar su valor generalmente no están prohibidos (excepto en los EAU-DFSA), generalmente se considera que no cumplen con los requisitos reglamentarios establecidos por los regímenes de monedas estables relevantes.

40. En algunas jurisdicciones, los emisores de monedas estables también están sujetos a requisitos específicos de protección de los consumidores. Las autoridades suelen establecer un conjunto mínimo de información que debe divulgarse a los consumidores. Por ejemplo, en virtud del reglamento MICA de la UE y el marco propuesto por Singapur, 32 emisores deben publicar un libro blanco que contenga información sobre, entre otras cosas, una descripción de los derechos de reembolso de los usuarios y cómo pueden ejercerse dichos derechos.

41. Los emisores de monedas estables a menudo están sujetos a una serie de requisitos para mejorar sus prácticas de gestión de riesgos. Las autoridades de las jurisdicciones cubiertas en esta sección suelen exigir la presencia de una persona claramente identificable para ser responsable ante los titulares de las fichas de pago, lo que podría excluir las estructuras de gobernanza puramente descentralizadas. Bajo el régimen propuesto en Hong Kong, los emisores de monedas estables no pueden realizar actividades que se desvíen de su(s) negocio(s) principal(es) según lo permitido por sus licencias relevantes, o participar en cualquier otra actividad que pueda plantear riesgos para el emisor, incluidas las actividades relacionadas con otros criptoactivos (por ejemplo, comercio, préstamos, apuestas).

42. Algunas autoridades han introducido requisitos para abordar los riesgos sistémicos asociados con las monedas estables utilizadas para pagos. En la UE, los legisladores han introducido varios mitigantes del riesgo, como requisitos de capital adicionales, diversificación de los custodios de activos de reserva, requisitos adicionales de riesgo de liquidez y planes específicos para una liquidación ordenada. En los Estados Unidos, las autoridades están considerando reglas para preservar la competencia y evitar un poder de mercado excesivo. En el Reino Unido, el Banco de Inglaterra puede considerar exigir una reclamación legal directa al emisor de tokens de pago sistémicos.

Nivel internacional

43. Las monedas estables que pueden utilizarse para pagos son objeto de un intenso trabajo por parte de los organismos de seguridad ambiental para promover una reglamentación coherente y eficaz a nivel internacional. Las SSB han puesto en marcha una serie de iniciativas en este ámbito. El GAFI ha publicado un informe sobre las llamadas monedas estables; CPMI y IOSCO han publicado una guía sobre la aplicación de los Principios para las Infraestructuras del Mercado Financiero (PFMI) a los acuerdos de monedas estables; y el FSB ha consultado sobre la revisión de sus recomendaciones de alto nivel sobre la regulación, supervisión y supervisión de los acuerdos de «monedas estables globales» (GSC-HLR) que se publicaron por primera vez en 2020.

44. En general, los organismos de seguridad social establecen normas de alto nivel para la regulación de los acuerdos de monedas estables. Estos incluyen no solo a los emisores, sino también una serie de actividades relacionadas con las monedas estables.

• En la Guía actualizada para un enfoque basado en el riesgo para los activos virtuales y los proveedores de servicios de activos virtuales,37 el GAFI proporciona orientación sobre cómo se aplican los estándares del GAFI a las monedas estables y aclara que una serie de entidades involucradas en acuerdos de monedas estables podrían calificar como proveedores de servicios de criptoactivos (denominados proveedores de servicios de activos virtuales o VASP) bajo los Estándares del GAFI. Además, el informe del GAFI al G20 sobre las llamadas monedas estables destaca que, entre otras cosas, los órganos de gobierno (que en muchos casos coinciden sustancialmente con el emisor) tienen obligaciones ALD / CFT cuando llevan a cabo actividades de una institución financiera o un proveedor de servicios de activos virtuales.

• El CPMI y la OICV aclararon la aplicación de los principios existentes de las infraestructuras del mercado financiero a los acuerdos de monedas estables que se consideran infraestructuras del mercado financiero de importancia sistémica.

45. La labor de las SSB aborda varias esferas de reglamentación, incluida la estructura de gobernanza y la concesión de licencias. En general, el trabajo de las SSB es de alto nivel, de modo que las normas y recomendaciones pueden incorporarse a la amplia variedad de marcos regulatorios en todo el mundo. Además, se aplican a todas las monedas estables globales, independientemente de los activos a los que estén vinculadas o de sus funciones económicas. En relación con la autorización y la concesión de licencias, el CEF destaca que las autoridades deben exigir que los acuerdos de la SGC cumplan todos los requisitos reglamentarios, de supervisión y de supervisión aplicables de una jurisdicción concreta antes de iniciar cualquier operación. También deben tener los poderes para prohibir efectivamente las actividades de stablecoin si es necesario y apropiado.

46. Un ámbito de interés clave de la labor de los organismos de seguridad en el sector de la seguridad es el funcionamiento y la fiabilidad del mecanismo de estabilización. La guía de implementación de la recomendación 9 del FSB limita efectivamente las monedas estables puramente algorítmicas. Además, la recomendación subraya que los acuerdos de la SGC deben estar sujetos a requisitos prudenciales adecuados y a requisitos sólidos para la composición de los activos de reserva.

Las consideraciones clave relacionadas con el Principio 9 del PFMI destacan que una moneda estable utilizada por un acuerdo sistémicamente importante debe tener poco o ningún riesgo de crédito o liquidez. Al evaluar el riesgo que presenta la moneda estable, el acuerdo debe considerar, entre otras cosas: i) la naturaleza y suficiencia de los activos de reserva de la SA y el grado en que los activos de reserva de la SA podrían liquidarse a los precios de mercado vigentes o cerca de ellos; y ii) la solvencia, la capitalización, el acceso a la liquidez y la fiabilidad operativa del emisor de la moneda estable.

47. El trabajo a nivel internacional se ha centrado en los riesgos relacionados con los derechos de reembolso deficientes. El FSB subraya que las SGC referenciadas a una moneda fiduciaria única deben tener derechos de reembolso que permitan a los titulares canjear a la par en fiat. Del mismo modo, CPMI-IOSCO destaca que, al evaluar los riesgos de crédito y liquidez de los acuerdos de stablecoin, las autoridades deben considerar si la stablecoin proporciona a sus titulares un derecho legal directo sobre el emisor.

b) Monedas estables utilizadas para la inversión

Nivel jurisdiccional

48. La mayoría de las autoridades no han adoptado iniciativas para las monedas estables utilizadas como inversiones. Debido a su estabilidad percibida, las monedas estables pueden crear la percepción o expectativa entre los usuarios de que pueden ser utilizadas como vehículos de inversión. Sin embargo, los riesgos específicos que crean y el enfoque regulatorio apropiado siguen siendo inciertos debido al número limitado de ejemplos del mundo real. Algunas autoridades han adoptado un enfoque preventivo, prohibiendo la emisión de monedas estables utilizadas como inversiones.

49. Solo unas pocas autoridades han adoptado iniciativas reglamentarias específicas para las monedas estables que se utilizan como inversiones. Por ejemplo, FINMA ha aclarado el tratamiento regulatorio de diferentes categorías de monedas estables, que depende de los activos subyacentes y el tipo de reclamación. Específicamente, los criptoactivos vinculados a un metal precioso con un reclamo contractual caerían bajo la ley bancaria. Por el contrario, una moneda estable vinculada a un solo producto o valor con un reclamo contractual estaría sujeta a la regulación de valores. Por último, una moneda estable vinculada a una cesta de materias primas o valores con un derecho de reembolso se trataría como un plan de inversión colectiva.

50. La UE ha introducido un régimen a medida que incluye una regulación para los emisores de monedas estables que pueden utilizarse principalmente como inversiones. El nuevo marco regulatorio, que etiqueta dichos tokens como Tokens Referenciados a Activos (ART), introduce varios requisitos para los emisores, incluidos los asociados con licencias, capital, activos de reserva, gestión de riesgos y disposiciones para una liquidación ordenada. En particular, los emisores de ART deben estar establecidos en la UE, mantener fondos propios cuyo valor debe ser al menos el 2% de la reserva de activos que respaldan el valor del ART y mantener la reserva separada de los propios activos del emisor e invertida solo en instrumentos financieros de alta liquidez con un riesgo mínimo de mercado y de crédito. Además, los emisores deben mantener mecanismos de control interno y procedimientos eficaces para la evaluación y gestión del riesgo, incluidos mecanismos eficaces de control y salvaguardia para la gestión de los sistemas de TIC. El reglamento también introduce reglas sobre el contenido y la forma del libro blanco, que debe proporcionar un amplio conjunto de información al público sobre el token, e introduce requisitos adicionales para tokens significativos (incluidos requisitos de capital adicionales y requisitos de gestión de riesgos).

Nivel internacional

51. En 2020, IOSCO publicó un informe sobre el uso potencial de las monedas estables como inversiones. El informe analiza este tipo de criptoactivos desde la perspectiva de los reguladores de valores y destaca que las iniciativas globales de stablecoin pueden, dependiendo de su estructura, tener características típicas de los valores regulados u otros instrumentos financieros regulados. Los miembros de la OICV también han llegado a la conclusión de que las Recomendaciones de política para los fondos del mercado monetario y los Principios para la regulación de los fondos cotizados en bolsa, entre otras normas, podrían aplicarse a las monedas estables mundiales si se clasificaran como valores u otros instrumentos financieros.

Emisores de tokens de seguridad

Nivel jurisdiccional

52. Los emisores de fichas de valores están sujetos a la misma regulación que los emisores de valores tradicionales en todas las jurisdicciones cubiertas. Los reguladores de valores han aclarado la aplicabilidad de la regulación de valores a los tokens de seguridad (también conocidos como valores tokenizados) centrándose en las características de los activos en lugar de en la tecnología utilizada para intercambiarlos. En particular, los emisores de tokens de valores están sujetos a la regulación ALD / CFT, requisitos de transparencia (prospecto de inversión o memorando de oferta, estados financieros auditados) y regulación de protección al consumidor.

53. Algunas autoridades han eximido a los emisores de fichas de valores de la plena aplicación de la regulación de valores. Tales exenciones están en línea con las exenciones que existen en la regulación típica de valores para emisiones a pequeña escala. Las exenciones suelen estar relacionadas con el contenido del folleto de inversión o del memorándum de oferta, lo que permite a los emisores cierta flexibilidad en la información facilitada o una exención de la obligación de presentar dicha documentación. Otras exenciones, que generalmente se consideran en las iniciativas de sandbox, incluyen limitaciones en la cantidad de capital recaudado a través de ofertas de tokens, el tipo de inversor potencial (generalmente solo entidades calificadas), restricciones o prohibiciones de listar y comercializar tokens en intercambios y limitaciones de tiempo (generalmente uno o dos años). Sin embargo, las autoridades generalmente no proporcionan exenciones de la regulación ALD / CFT, lo que sugiere que las autoridades creen que los tokens de inversión pueden plantear riesgos considerables ALD / CFT.

54. Un ámbito clave es la regulación de las fichas de seguridad emitidas por las instituciones financieras. En general, nuestra revisión de las regulaciones a nivel mundial no ha identificado iniciativas regulatorias específicas para tokens de seguridad emitidos por instituciones financieras, como bonos bancarios tokenizados o acciones tokenizadas de fondos de inversión.

Nivel internacional

55. El CSBB ha aclarado algunos aspectos del tratamiento prudencial de los pasivos tokenizados de los bancos. Las normas del CSBB, que se centran principalmente en las exposiciones de los bancos, aclaran el tratamiento del capital y la liquidez de los «activos tradicionales tokenizados» emitidos por los bancos. Estas normas son un paso importante hacia el desarrollo de un marco regulador para las actividades de financiación de los bancos utilizando TRD. Sin embargo, quedan cuestiones prácticas clave que deben abordarse, incluida la aplicación de los sistemas de garantía de depósitos a los depósitos tokenizados.

Emisores de tokens de utilidad

Nivel jurisdiccional

56. Por lo general, los emisores de fichas de utilidad no están sujetos a una regulación específica. Por ejemplo, UAE-ADGM FSRA y DFSA han dejado estos tokens fuera del alcance de su regulación para criptoactivos.

57. Algunas autoridades han aclarado la aplicabilidad de las leyes sobre valores a los emisores de fichas de utilidad. Los tokens de utilidad generalmente no se tratan como valores si su único propósito es conferir derechos de acceso digital a una aplicación o servicio y si el token de utilidad solo se puede usar de esta manera en el punto de emisión. En estos casos, la función subyacente es otorgar los derechos de acceso, sin tener ninguna conexión con los mercados de capitales, que es una característica típica de los valores. Sin embargo, en algunos casos, los tokens de utilidad pueden tener las características de los activos de inversión. Por ejemplo, algunas autoridades han aclarado que las ofertas de tokens de utilidad que implican un contrato de inversión deben tratarse como ofertas de valores.

Actividades de infraestructura gestionadas centralmente

58. A nivel conceptual, las capacidades de programabilidad de las DLT podrían mejorar las actividades de infraestructura en el sector financiero tradicional. Los sistemas de compensación y liquidación de los intermediarios financieros tradicionales podrían beneficiarse de las eficiencias logradas mediante las capacidades de programabilidad en términos de velocidad de ejecución y costos de transacción. La tokenización de activos del mundo real y la automatización de transacciones pueden aportar una serie de beneficios al sector financiero tradicional, como el comercio y la liquidación atómicos/instantáneos, la propiedad fraccionada, la reducción de las conciliaciones al final del día, el ahorro de costos y el procesamiento acelerado.

59. La adopción de la TRD por los intermediarios financieros tradicionales podría plantear una serie de riesgos y desafíos. Al igual que con cualquier nueva tecnología, DLT aumenta el potencial de riesgos operativos, incluida la estabilidad de la red, la exposición al riesgo cibernético, el riesgo de piratería y los ataques del 51%. Podrían surgir riesgos e implicaciones adicionales dependiendo del caso de uso y las características de la red DLT (por ejemplo, los riesgos relacionados con ALD / CFT son particularmente altos en los mercados tokenizados que se basan en redes públicas sin permiso).51 Además, el sector financiero tradicional enfrentaría una serie de desafíos con la migración a un entorno habilitado para DLT a gran escala. Estos desafíos incluirían la escalabilidad o interoperabilidad de las redes, la firmeza de la liquidación y la aplicabilidad legal de los contratos inteligentes, o los riesgos para la estabilidad financiera debido a los crecientes vínculos entre los mercados de criptoactivos / DeFi, TradFi y la economía real si crece la tokenización de los activos del mundo real.

Nivel jurisdiccional

60. Las respuestas reglamentarias para las actividades de infraestructura se centran principalmente en apoyar la innovación que podría beneficiar a la sociedad, protegiendo al mismo tiempo a los consumidores, la integridad del mercado y la estabilidad financiera. Estas respuestas pueden clasificarse ampliamente en tres categorías principales: investigación, experimentación e iniciativas que faciliten la adopción segura de FMI basadas en DLT.

61. Las iniciativas de investigación han analizado los posibles beneficios y riesgos asociados con la adopción de la TRD por parte de intermediarios, infraestructuras de los mercados financieros o el sector público. Estos incluyen documentos de trabajo e informes de SSB, organizaciones internacionales y autoridades en algunas jurisdicciones como la UE, los Países Bajos y el Reino Unido.

58. A nivel conceptual, las capacidades de programabilidad de las DLT podrían mejorar las actividades de infraestructura en el sector financiero tradicional. Los sistemas de compensación y liquidación de los intermediarios financieros tradicionales podrían beneficiarse de las eficiencias logradas mediante las capacidades de programabilidad en términos de velocidad de ejecución y costos de transacción. La tokenización de activos del mundo real y la automatización de transacciones pueden aportar una serie de beneficios al sector financiero tradicional, como el comercio y la liquidación atómicos/instantáneos, la propiedad fraccionada, la reducción de las conciliaciones al final del día, el ahorro de costos y el procesamiento acelerado.

59. La adopción de la TRD por los intermediarios financieros tradicionales podría plantear una serie de riesgos y desafíos. Al igual que con cualquier nueva tecnología, DLT aumenta el potencial de riesgos operativos, incluida la estabilidad de la red, la exposición al riesgo cibernético, el riesgo de piratería y los ataques del 51%. Podrían surgir riesgos e implicaciones adicionales dependiendo del caso de uso y las características de la red DLT (por ejemplo, los riesgos relacionados con ALD / CFT son particularmente altos en los mercados tokenizados que se basan en redes públicas sin permiso).51 Además, el sector financiero tradicional enfrentaría una serie de desafíos con la migración a un entorno habilitado para DLT a gran escala. Estos desafíos incluirían la escalabilidad o interoperabilidad de las redes, la firmeza de la liquidación y la aplicabilidad legal de los contratos inteligentes, o los riesgos para la estabilidad financiera debido a los crecientes vínculos entre los mercados de criptoactivos / DeFi, TradFi y la economía real si crece la tokenización de los activos del mundo real.

Nivel jurisdiccional

60. Las respuestas reglamentarias para las actividades de infraestructura se centran principalmente en apoyar la innovación que podría beneficiar a la sociedad, protegiendo al mismo tiempo a los consumidores, la integridad del mercado y la estabilidad financiera. Estas respuestas pueden clasificarse ampliamente en tres categorías principales: investigación, experimentación e iniciativas que faciliten la adopción segura de FMI basadas en DLT.

61. Las iniciativas de investigación han analizado los posibles beneficios y riesgos asociados con la adopción de la TRD por parte de intermediarios, infraestructuras de los mercados financieros o el sector público. Estos incluyen documentos de trabajo e informes de SSB, organizaciones internacionales y autoridades en algunas jurisdicciones como la UE, los Países Bajos y el Reino Unido.

62. En las iniciativas de experimentación, las autoridades participan en planes piloto de casos de uso. El objetivo es obtener conocimientos prácticos sobre el funcionamiento de las aplicaciones basadas en DLT y probar la eficacia de las soluciones potenciales para los riesgos potenciales. Algunas jurisdicciones que han adoptado este enfoque son Canadá, Singapur y Sudáfrica. El Canadá ha llevado a cabo una iniciativa («Proyecto Jasper») con el objetivo de analizar las consecuencias del uso de DLT en el sistema de pagos. Sudáfrica también ha experimentado el uso de DLT con la industria. Recientemente, la Autoridad Monetaria de Singapur anunció el inicio del Proyecto Guardian. Esta es una iniciativa de colaboración con la industria financiera para probar la viabilidad de las aplicaciones en tokenización de activos y protocolos DeFi.

63. La tercera categoría incluye iniciativas reguladoras que facilitan la adopción segura de infraestructuras de mercados financieros basadas en DLT. En la actualidad, hay pocas iniciativas regulatorias concretas para facilitar la innovación en las FMI. En términos generales, estas iniciativas tienen como objetivo apoyar el uso de DLT en la compensación y liquidación de pagos y valores en una red de participantes de confianza. Las iniciativas se han implementado a través de regímenes de licencias a medida (por ejemplo, CH, UE), iniciativas de facilitación de la innovación (por ejemplo, Reino Unido) y orientación regulatoria específica de DLT (por ejemplo, UA, EAU):

un. Suiza ha adoptado legislación destinada a regular las condiciones de los intermediarios que utilizan DLT. Esto se hace mediante la introducción de garantías reales registradas en una cadena de bloques, aumentando la seguridad jurídica en caso de quiebra (segregación de criptoactivos), creando una nueva categoría de licencia para los sistemas de negociación basados en DLT/cadena de bloques en el marco de la supervisión del mercado financiero y proporcionando una respuesta proporcionada a los riesgos identificados en el ámbito del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

b. En la UE, el Reglamento sobre un régimen piloto para las infraestructuras de mercado basadas en la TRD tiene por objeto apoyar la innovación eliminando los posibles obstáculos a la aplicación de nuevas tecnologías y proporcionando un marco regulador específico. El presente Reglamento pretende establecer un marco adaptado a la TRD, encontrando un equilibrio entre las exenciones a la normativa tradicional que las infraestructuras de mercado de TRD pueden solicitar en condiciones específicas y los requisitos adicionales aplicables a las infraestructuras de mercado de TRD para hacer frente a los nuevos riesgos relacionados con esta tecnología facilitadora concreta.

c. El Reino Unido ha anunciado su intención de establecer un «entorno de pruebas para la infraestructura del mercado financiero». Esta iniciativa incluye medidas reglamentarias en el ámbito de las actividades basadas en la tecnología extrajudicial y la tecnología extravagante. En particular, el Sandbox, que será gestionado por el Banco de Inglaterra y la FCA y estará operativo en 2023, está diseñado para permitir a las empresas experimentar e innovar en la prestación de los servicios de infraestructura que sustentan los mercados, en particular permitiendo que se pruebe DLT. El gobierno también confirmó que iniciará un programa de investigación para explorar la viabilidad y los beneficios potenciales del uso de DLT para instrumentos de deuda soberana.

d. La Comisión Australiana de Valores e Inversiones estableció una guía para los jugadores (licenciatarios nuevos o ya existentes) que desean operar una infraestructura de mercado o proporcionar servicios financieros o de crédito al consumo a través de DLT. La guía se centra principalmente en la importancia de contar con arreglos adecuados y recursos suficientes (tecnológicos y de recursos humanos) para comprender la tecnología. También busca garantizar que se identifiquen y mitiguen los riesgos, y requiere que las empresas tengan y mantengan la competencia para operar adecuadamente su infraestructura o para proporcionar el servicio financiero cubierto por la licencia.

e. Los Emiratos Árabes Unidos proporcionaron directrices para las instituciones que utilizan o tienen la intención de utilizar tecnologías facilitadoras, con especial referencia a la DLT. En este sentido, los principios clave abarcan la gobernanza de la aplicación y su diseño, gestión y supervisión, el anonimato/seudónimo de los usuarios, y cuestiones como la estandarización de datos, la interoperabilidad y la continuidad del negocio.

Actividades de prestación de servicios gestionados centralmente

64. La prestación de servicios de criptoactivos incluye una amplia gama de actividades. Estos están relacionados principalmente con la custodia y la administración de tokens en nombre de los usuarios (es decir, proveedores de billeteras), el intercambio de tokens por monedas fiduciarias u otros tokens, y la recepción, transmisión o ejecución de órdenes. Las entidades centralizadas no bancarias, como el intercambio de criptoactivos y las plataformas de negociación que proporcionan actividades de criptoactivos integradas verticalmente (por ejemplo, emisión, intercambio, comercio, pagos, préstamos, préstamos), generalmente denominadas «cripto-conglomerados», han surgido como actores clave en los mercados de criptoactivos.

Servicios prestados por bancos Nivel jurisdiccional

65. Las actividades de prestación de servicios por parte de las entidades reguladas son, por lo general, comprendidas en el ámbito de aplicación de la normativa vigente. En relación con las exposiciones indirectas de los bancos a criptoactivos, la mayoría de las iniciativas regulatorias implican la publicación de directrices y aclaraciones relacionadas con sus prácticas de gestión de riesgos. Si bien estas iniciativas no introducen nuevas normas, llaman la atención de los bancos sobre los riesgos específicos asociados con las exposiciones indirectas a criptoactivos y destacan aspectos del marco regulatorio existente que deben considerar al medir y mitigar los riesgos resultantes de las actividades relacionadas con los criptoactivos. Estas directrices cubren una serie de servicios, incluidos los servicios bancarios tradicionales, como los servicios de crédito, asesoramiento, custodia y pago, y los servicios no tradicionales, como billeteras digitales, ejecución de órdenes, colocación y recepción y transmisión de órdenes en nombre de terceros de criptoactivos.

66. En algunas jurisdicciones, los supervisores solicitan análisis de riesgo detallados antes de autorizar a los bancos a realizar actividades relacionadas con los mercados de criptoactivos. Por ejemplo, en los Estados Unidos, un banco puede participar en ciertas actividades relacionadas con criptoactivos, como los servicios de custodia de criptoactivos para los usuarios y los servicios de custodia para las reservas de monedas estables, siempre que pueda demostrar, a satisfacción del supervisor, que tiene controles establecidos para llevar a cabo la actividad de manera segura y sólida. Para obtener la no objeción supervisora, el banco debe demostrar que ha establecido un proceso adecuado de gestión y medición de riesgos para las actividades propuestas, incluido el establecimiento de sistemas adecuados para identificar, medir, monitorear y controlar los riesgos de sus actividades.

67. Las autoridades han destacado la necesidad de aclarar qué actividades de criptoactivos pueden ofrecer los bancos. Por ejemplo, las agencias federales de los Estados Unidos están en el proceso de aclarar qué actividades relacionadas con los criptoactivos realizadas por las organizaciones bancarias son legalmente permisibles y establecerán expectativas de seguridad y solidez, protección del consumidor y cumplimiento de las leyes y regulaciones existentes.

Servicios prestados por otras entidades

Nivel jurisdiccional

68. Existen similitudes significativas entre las actividades de prestación de servicios de criptoactivos y las del sistema financiero tradicional. Como destaca el FSB, 74 servicios de intercambio en los mercados de criptoactivos generan riesgos similares a los de los servicios de negociación e inversión proporcionados por los intercambios tradicionales, los corredores de bolsa y las empresas de gestión de activos. Esto sugiere que las mismas normas y políticas que se aplican a los intermediarios financieros tradicionales también deben aplicarse a los proveedores de servicios de criptoactivos, teniendo en cuenta cualquier aspecto novedoso de estos activos. Por ejemplo, algunas actividades relacionadas con el mecanismo de validación (por ejemplo, el replanteo) y los servicios de custodia (por ejemplo, billeteras sin custodio) no tienen un corolario directo en las finanzas tradicionales.

69. La regulación de los proveedores de servicios de criptoactivos está generalmente determinada por el tipo de actividad realizada y la clasificación regulatoria del criptoactivo subyacente dentro del marco legal de una jurisdicción. En los últimos años, varias autoridades han aclarado que la regulación de valores existente se aplica a las entidades que hacen negocios con criptoactivos que califican como valores u otros instrumentos financieros tradicionales. Por lo tanto, los proveedores de servicios pueden no estar sujetos a la regulación de valores existente si tratan solo con criptoactivos que no califican como valores u otros activos regulados. Para abordar esta posible brecha regulatoria, algunas autoridades han introducido marcos a medida para criptoactivos que no califican como valores u otros activos regulados y otros introducirán nuevos marcos de licencias que capturan tanto criptoactivos calificados como no valores.

70. En los últimos años, la gran mayoría de las jurisdicciones examinadas para este documento han adoptado iniciativas de política para abordar los riesgos asociados con las actividades de prestación de servicios de criptoactivos. El importante número de respuestas políticas en este ámbito pone de relieve la importancia de los riesgos asociados a la interacción directa de los proveedores de servicios con los consumidores minoristas. Por ejemplo, algunas jurisdicciones han introducido marcos a medida para los proveedores de servicios de criptoactivos (por ejemplo, Francia y Filipinas), mientras que otras han emitido aclaraciones sobre cómo los requisitos de las leyes de valores pueden adaptarse a las plataformas de negociación de criptoactivos (por ejemplo, los Administradores de Valores Canadienses (CSA) y la Organización Reguladora de la Industria de Inversiones de Canadá). Dado el gran número de iniciativas en esta área, el resto de esta subsección se centra en las jurisdicciones cubiertas en la subsección 3.1.

71. En general, las medidas de política para los proveedores de servicios se dividen en cuatro categorías principales: licencias, prescripciones prudenciales, prescripciones en materia de lucha contra el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo y protección del consumidor. Las disposiciones suelen incluirse en los reglamentos relacionados con los servicios de pago o los servicios financieros. Por ejemplo, Japón y Singapur regulan las actividades de criptoactivos en sus respectivas legislaciones de servicios de pago. Las iniciativas regulatorias en la UE (es decir, el Reglamento MICA de la UE) y el Reino Unido (es decir, la consulta del Tesoro del Reino Unido sobre el futuro régimen regulatorio de servicios financieros para criptoactivos) están dirigidas a los servicios financieros en general.

72. En varias jurisdicciones se han establecido regímenes de concesión de licencias o de registro para los proveedores de servicios de criptoactivos. Los principales requisitos de autorización son similares a los de los proveedores de servicios tradicionales. En la UE, Japón, Filipinas y Singapur, 81 solicitantes se enfrentan a requisitos sobre el lugar de constitución y la forma jurídica, la sostenibilidad del plan de negocios, el capital desembolsado mínimo, la idoneidad y la propiedad de la gestión, los marcos de gobernanza de riesgos y la documentación de la estrategia de salida.

73. Los proveedores de servicios de criptoactivos, cuando realizan una actividad regulada, generalmente enfrentan los mismos requisitos prudenciales continuos que las instituciones financieras tradicionales. Estos requisitos se pueden agrupar en cinco categorías principales:

• Solvencia y liquidez: los proveedores de servicios en la UE, Filipinas y el Reino Unido82 están sujetos (o estarán sujetos a) requisitos de capital y liquidez, por ejemplo, en forma de una póliza de seguro o un mecanismo de seguridad equivalente (por ejemplo, depósito en efectivo, garantía bancaria).

• Gestión de riesgos: la UE, Japón, Filipinas, Singapur, el Reino Unido y los Estados Unidos exigen a los proveedores que gestionen adecuadamente las exposiciones al riesgo (por ejemplo, riesgos ALD / CFT) o que las sometan a requisitos a medida sobre algunos riesgos específicos (por ejemplo, externalización).

• Gobernanza: la mayoría de las jurisdicciones requieren que la alta dirección cumpla con los requisitos de idoneidad profesional y experiencia para desempeñar sus funciones.

• Resiliencia operativa: la mayoría de las jurisdicciones tienen requisitos para garantizar la continuidad del negocio y los requisitos de resiliencia operativa, incluso en términos de riesgos relacionados con la tecnología y gestión de dependencias de terceros. Por ejemplo, la DORA (Ley de Resiliencia Operativa Digital) de la UE establece requisitos uniformes intersectoriales para abordar la resiliencia operativa de una amplia gama de entidades, incluidos los proveedores de servicios de criptoactivos.

• Reporting: estos requisitos incluyen informar el número de titulares de criptoactivos, el volumen de transacciones, reportar transacciones sospechosas o de cualquier incidente técnico u operativo que pueda comprometer la continuidad de los servicios.

74. Algunas jurisdicciones cubren todo el conjunto de requisitos prudenciales, mientras que otras se centran en aspectos específicos. Por ejemplo, la UE y la consulta en el Reino Unido incluyen todos los requisitos prudenciales. El Japón no abarca explícitamente las prescripciones en materia de capital y liquidez y Singapur se centra principalmente en las prescripciones en materia de gestión de riesgos, como se muestra en el cuadro 5.

75. Muchas jurisdicciones tienen requisitos específicos sobre ALA/CFT y protección del consumidor. Los primeros incluyen principalmente obligaciones de diligencia debida con respecto al cliente, supervisión de transacciones e informes de transacciones sospechosas (por ejemplo, Europa, Japón, Singapur, Reino Unido y Estados Unidos). Estos últimos requisitos se refieren generalmente a la prevención del abuso de mercado, la necesidad de actuar de manera justa y profesional y en el mejor interés del cliente.

76. Algunas jurisdicciones han prohibido ciertas actividades de prestación de servicios de criptoactivos. El tipo de prohibición varía ampliamente entre jurisdicciones. Se implementan enfoques parciales en Bélgica, donde está prohibida la promoción de ciertos productos relacionados con la criptografía a inversores minoristas (por ejemplo, derivados basados en criptoactivos no respaldados). En los EAU, la DFSA prohíbe cualquier actividad financiera llevada a cabo con «tokens prohibidos» (por ejemplo, tokens de privacidad o tokens algorítmicos) o tokens que no sean reconocidos por la autoridad. En el caso de China, cualquier actividad de criptoactivos se considera ilegal.

Nivel internacional

77. Las SSB han trabajado en la elaboración y aplicación de directrices para promover una reglamentación coherente y eficaz de las actividades de prestación de servicios. En 2019, el GAFI modificó sus estándares (Recomendación 15) para aplicar obligaciones ALD / CFT a los criptoactivos (denominados activos virtuales) y sus proveedores de servicios y revisa regularmente la implementación de estos estándares. El CSBB estableció expectativas prudenciales relacionadas con la prestación de servicios relacionados con criptoactivos por parte de los bancos. La OICV publicó sus consideraciones clave para regular las plataformas de negociación de criptoactivos y aclaró que sus estándares, incluidos los Objetivos y Principios para la Regulación de Valores, se aplican a todas las actividades cuando los criptoactivos se consideran valores regulados o instrumentos derivados. La orientación sobre la aplicación del PFMI a los acuerdos de monedas estables por parte de la CPMI-OICV confirma nuevamente que se espera que los proveedores de servicios que participan en el funcionamiento de los acuerdos de monedas estables de importancia sistémica observen todos los principios pertinentes del PFMI.

78. En 2022, el FSB propuso un nuevo marco para todas las actividades de criptoactivos para promover un enfoque regulatorio coherente a nivel internacional. Las recomendaciones del CEF, que se desarrollaron en estrecha cooperación con organizaciones internacionales (BIS, FMI, BM) y SSE (CPMI, IOSCO, GAFI) buscan promover la coherencia y la exhaustividad de los enfoques regulatorios, de supervisión y supervisión de las actividades de criptoactivos que pueden plantear riesgos para la estabilidad financiera, incluidas las actividades iniciales, y fortalecer la cooperación internacional, la coordinación y el intercambio de información.

Medidas políticas sobre actividades de criptoactivos gestionadas por la comunidad

79. Esta sección proporciona una visión general de las respuestas políticas y reglamentarias que tienen como objetivo abordar los riesgos planteados por las actividades de criptoactivos gestionadas por la comunidad. Estas iniciativas tienen como objetivo abordar los riesgos asociados con dos modelos de negocio. El primero se refiere a tokens nativos creados por una comunidad de participantes en un DLT público. La generación de estos tokens está gobernada por participantes que afirman estar organizados a través de acuerdos descentralizados. El segundo modelo de negocio se refiere a las aplicaciones DLT que permiten funciones financieras como el intercambio o los préstamos a través de la implementación de un conjunto de contratos inteligentes que se ejecutan en DLT públicas. Estas aplicaciones se conocen comúnmente como protocolos DeFi y están gobernadas por una comunidad de participantes que afirman estar organizados a través de acuerdos descentralizados.

80. Las iniciativas relacionadas con las actividades de criptoactivos gestionadas por la comunidad se realizaron principalmente en forma de documentos analíticos. Para las actividades en las que se trata de tokens nativos, algunas autoridades se basan en una interpretación amplia de los «derechos» para definir si un token nativo es un valor y para aclarar la aplicación de la regulación de valores. Otros usan ejemplos concretos como orientación adicional para aclarar si estos tokens están sujetos a regulación. Para los protocolos DeFi, un par de autoridades han emitido aclaraciones sobre la regulación aplicable para los intercambios descentralizados y las actividades de participación y orientación sobre la adopción de contratos inteligentes. Algunas autoridades han tomado medidas de cumplimiento que abordan los riesgos ALD / CFT y de protección de los inversores planteados por ciertos protocolos. Un pequeño número ha introducido iniciativas para facilitar la adopción de protocolos con ciertas características por parte de los intermediarios financieros tradicionales en un entorno de confianza.

Tokens nativos

81. Los tokens nativos son componentes técnicos esenciales de las DLT públicas (es decir, las cadenas de bloques sin permiso). Estos tokens se crean como parte del mecanismo de consenso de una red DLT pública determinada y sirven para recompensar a participantes específicos que contribuyen a garantizar que todos los participantes estén de acuerdo con las transacciones registradas en el libro mayor. Los tokens nativos se utilizan para transferir valor entre los participantes de una red DLT pública sin un intermediario de confianza. Al igual que con cualquier criptoactivo, estos tokens están diseñados para diferentes propósitos. Por ejemplo, algunos están diseñados para operar como una infraestructura de pago peer-to-peer independientemente de un banco central o gobierno que utiliza criptografía para asegurar las transacciones y controlar la creación de nuevas unidades. Estos a menudo se denominan tokens de «criptomoneda» (por ejemplo, BTC). Otros están diseñados para crear aplicaciones en una plataforma DLT pública particular. Estos criptoactivos sirven como un incentivo económico para pagar las tarifas de transacción y otros servicios dentro de la plataforma (por ejemplo, ETH) y algunas autoridades se refieren a ellos como tokens de «intercambio».

82. Los titulares de fichas nativas pueden utilizarlas con fines económicos. Si un token nativo tiene un precio de mercado secundario, la función de transferibilidad podría usarse para intercambiarlo por algo de valor. Muchos consumidores compran estos tokens con la expectativa de que su precio de mercado secundario se aprecie (es decir, como una inversión especulativa). También son utilizados por algunos tenedores para almacenar riqueza (es decir, como una reserva de valor) o para realizar pagos (es decir, como medio de intercambio).

Nivel jurisdiccional

83. En el caso de los tokens nativos, las iniciativas en algunas jurisdicciones se centran en actividades que involucran tokens nativos en lugar del token en sí. Estas autoridades han proporcionado directrices o aclaraciones sobre las condiciones en las que los marcos regulatorios existentes se aplican a las actividades que involucran tokens nativos. Por ejemplo, la FSRA ADGM clasifica los tokens nativos como «activos virtuales» y ha emitido una guía que describe el tratamiento regulatorio que rige las actividades de servicios financieros relacionadas con estos activos.

84. Hay dos cuestiones principales que las autoridades consideran al evaluar el tratamiento reglamentario de las actividades que involucran tokens nativos. Las primeras son las características relevantes que definen si un criptoactivo califica como un valor. Estas características dependen del marco jurídico nacional y varían de un país a otro. Por ejemplo, en los Estados Unidos, la prueba de Howey es la herramienta clave para determinar si un token es un valor. El segundo problema está relacionado con las reglas aplicables a los tokens que no califican como un valor, pero que pueden ser utilizados como vehículos de inversión por el público.

85. Algunas autoridades han introducido requisitos reglamentarios que rigen a las entidades que prestan servicios de colocación (por ejemplo, actividades de comercialización) para criptoactivos, incluidos los tokens nativos (comúnmente denominados criptomonedas) que no se consideran valores. Estas iniciativas, como se analiza en la sección 5, se centran principalmente en cuestiones de protección de los consumidores e imponen restricciones o requisitos de divulgación a las entidades que participan en la oferta de este tipo de tokens.

Protocolos DeFi

86. DeFi es un nuevo paradigma financiero que aprovecha la TRD para ofrecer servicios como préstamos, inversiones o intercambio de criptoactivos sin depender de un intermediario centralizado tradicional. Consiste en protocolos que implementan funcionalidades financieras como un conjunto de contratos inteligentes que se ejecutan en una red pública de computadoras para administrar automáticamente las transacciones financieras. El ecosistema subyacente es competitivo ya que los nuevos intermediarios (por ejemplo, mineros o validadores) compiten para procesar y liquidar transacciones.

87. Varios agentes desempeñan un papel en el desarrollo de protocolos DeFi y en la habilitación de su funcionamiento. Estos incluyen creadores y desarrolladores (el «grupo de desarrollo de protocolos»), inversores (incluidos inversores institucionales tradicionales, fondos de cobertura y fondos de capital de riesgo que proporcionan capital para financiar el desarrollo y despliegue del protocolo o usuarios minoristas que invierten en tokens de «pseudo capital»), proveedores de otros servicios (incluidos oráculos, puentes, API, servicios en la nube) y redes de mineros y validadores en las cadenas de bloques subyacentes donde se implementan los contratos inteligentes y Las transacciones se liquidan.

88. Una vez que se pone en marcha un protocolo DeFi, las actividades en curso suelen estar regidas por una comunidad de participantes que afirman estar organizados a través de acuerdos descentralizados. Los participantes generalmente se organizan a través de nuevos tipos de estructuras mediadas por la tecnología. Estas estructuras suelen ser acuerdos o asociaciones no incorporadas, sin una constitución formal o registro o una entidad legal separada, que hacen uso de criptoactivos y contratos inteligentes para el proceso de toma de decisiones con respecto a la gobernanza, dirección y operación de un protocolo DeFi (por ejemplo, el uso de tokens de gobernanza como facilitadores de la toma de decisiones de la comunidad). Aunque algunas de estas estructuras afirman estar descentralizadas (por ejemplo, las DAO), en la actualidad no existe un criterio uniforme de los elementos que se considerarían para clasificar una estructura o un protocolo como descentralizado. En el estado actual de desarrollo, la gobernanza de la mayoría de los protocolos DeFi conserva un nivel de centralización en una o más áreas, como la propiedad concentrada y el poder de voto. En muchos casos, los protocolos DeFi están sujetos a fuentes de datos centralizadas (por ejemplo, oráculos) y pueden ser moldeados o influenciados por personas con «claves de administración» o una asignación de tokens de gobierno altamente concentrada.

89. El carácter no fiable de las DLT públicas en las que se despliegan los actuales protocolos DeFi plantea una serie de riesgos para sus usuarios y para el sistema financiero. Las funcionalidades financieras (como el intercambio o préstamo de criptoactivos) implementadas por los protocolos DeFi pueden ser más vulnerables al lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otros riesgos de uso ilícito. El acceso a estas funcionalidades solo requiere una conexión a una billetera, y algunas billeteras no requieren medidas preventivas ALD / CFT para su apertura. Como tal, los usuarios pueden permanecer completamente anónimos o seudónimos sin ningún vínculo con su identidad y sin controles en cuanto a la fuente de los fondos. Aunque las transacciones son rastreables y verificables en la cadena, lo son de forma anónima o seudónima, sin recurrir a la identidad del participante. Además, los actores ilícitos están utilizando tecnologías que mejoran el anonimato (por ejemplo, mezcladores y vasos) para ofuscar los detalles de las transacciones financieras. Existen riesgos significativos para aquellos que realizan transacciones en DeFi de que puedan interactuar con una contraparte sancionada o con criptoactivos obtenidos a través de actividades ilícitas.

90. En su estado actual, el DeFi no dispone de salvaguardias. Carece de protección contra la conducta criminal o el fraude de los inversores y las transacciones erróneas no se pueden deshacer. Además, los usuarios de DeFi están expuestos a riesgos relacionados con la inseguridad jurídica de los derechos derivados de los servicios basados en contratos inteligentes. En la mayoría de las jurisdicciones, los contratos inteligentes no son contratos de derecho civil, y la interpretación de las disposiciones de derecho civil en el contexto DLT de eventos en libros de contabilidad distribuidos aún no se ha definido. Debido a que no existen esquemas de recuperación o mecanismos de resolución de disputas, los inversores corren el riesgo de una pérdida total en caso de incumplimiento. En este contexto, los usuarios de DeFi no tienen ningún recurso en caso de incumplimiento o falla de un protocolo DeFi y con frecuencia es difícil identificar una parte responsable o autoridad central que se encargaría de manejar las preocupaciones de los consumidores.

91. Si bien el ecosistema DeFi está actualmente en gran medida separado del sistema financiero tradicional, el crecimiento del ecosistema podría presentar riesgos para la estabilidad financiera si no hay suficiente regulación y supervisión del mercado. El aumento en el uso de monedas estables como garantía o puente entre DeFi y las finanzas tradicionales es un canal potencial de transmisión de riesgos a los mercados financieros tradicionales. Los efectos indirectos también pueden ser causados por la prociclicidad impulsada por el apalancamiento en los servicios de préstamos DeFi, que pueden surgir de cambios en el valor de las garantías y fluctuaciones en los márgenes asociados. Debido a la naturaleza en gran medida autónoma de DeFi, los episodios de rápido desapalancamiento hasta ahora han tenido poco efecto fuera de los ecosistemas de criptoactivos y DeFi.

92. Las vulnerabilidades para la estabilidad financiera también pueden derivarse de los riesgos de concentración del DeFi. Los riesgos pueden surgir de la concentración de (i) la infraestructura utilizada (por ejemplo, la cadena de bloques Ethereum); (ii) intermediarios críticos (por ejemplo, API de Infura y Alchemy); o (iii) poder de decisión en operaciones clave (por ejemplo, desarrollo de código, validación de transacciones, gobernanza) administradas por un número relativamente limitado de personas o entidades (por ejemplo, desarrolladores de protocolos, propietarios de hardware de minería, propietarios de tokens de gobernanza) cuyas verdaderas identidades pueden ser desconocidas.

93. Los encargados de formular políticas de todo el mundo están adoptando una serie de medidas para abordar los riesgos que plantean las actividades realizadas mediante protocolos DeFi. Esta subsección cubre respuestas en forma de reglamentación, declaraciones públicas, documentos de política y trabajo, medidas de cumplimiento y otras publicaciones de 25 autoridades financieras en 11 jurisdicciones a fines de marzo de 2023.

Nivel de jurisdicción

94. En general, las autoridades han tratado principalmente de comprender mejor la dinámica, los beneficios, los riesgos y los desafíos de estas actividades. La mayoría de las autoridades han publicado informes y documentos de trabajo para obtener una comprensión más profunda de los beneficios potenciales de la funcionalidad subyacente del contrato inteligente y los riesgos únicos que plantean los protocolos DeFi, así como para identificar los desafíos regulatorios y las consideraciones políticas.

95. En la actualidad, sólo se han publicado aclaraciones relacionadas con el DeFi en una jurisdicción cubierta. Como parte de su nueva regulación de tokens criptográficos, la Autoridad de Servicios Financieros de Dubái (DFSA) ha aclarado que las empresas establecidas en el Centro Financiero Internacional de Dubái (DIFC) que participan en el establecimiento y funcionamiento de un intercambio descentralizado deberán tener una licencia de la DFSA. El staking también se permitirá en el DIFC, cuando sea facilitado u organizado por entidades con licencia DFSA, solo cuando dicha actividad se proporcione a clientes no minoristas y el propósito del staking sea que el prestatario participe en el mecanismo de consenso de prueba de participación para un token criptográfico reconocido.

96. Algunas autoridades han adoptado medidas coercitivas para hacer frente a los riesgos específicos que plantea el uso de determinados protocolos DeFi. Tal es el caso de la sanción de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Tesoro de los Estados Unidos a Tornado Cash que aborda el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otros riesgos de actividades ilícitas planteados por el uso de este protocolo. Del mismo modo, la Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos de los Estados Unidos emitió una acción de cumplimiento contra bZEROx relacionada con el uso de este protocolo DeFi para ofrecer ilegalmente transacciones de productos básicos en activos digitales.

97. Algunas autoridades están introduciendo iniciativas destinadas a cosechar los beneficios de las funcionalidades de los contratos inteligentes de los protocolos DeFi en el sistema financiero tradicional dentro de un entorno controlado. Tal es el caso de la FCA del Reino Unido, que ha abierto su sandbox regulatorio a las aplicaciones DeFi, y MAS, que está explorando la viabilidad de las aplicaciones en tokenización de activos y DeFi en una red confiable donde las barreras de protección a los riesgos para la estabilidad financiera y la integridad están integradas en el diseño de las aplicaciones.106 Nivel internacional

98. Para abordar los desafíos en el dominio de la política ALD / CFT, en 2021 el GAFI actualizó su guía para un enfoque basado en el riesgo para los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP). El GAFI ha aclarado que las aplicaciones basadas en protocolos DeFi (es decir, aplicaciones DeFi) no son un VASP bajo los estándares del GAFI, ya que no se aplican al software o tecnología subyacente. Sin embargo, los creadores, propietarios y operadores (u otras personas que mantienen el control o la influencia suficiente en los acuerdos DeFi, incluso si esos acuerdos parecen descentralizados) pueden caer bajo la definición del GAFI de un VASP cuando están proporcionando o facilitando activamente servicios VASP. Este es el caso incluso si otras partes desempeñan un papel en el servicio o si partes del proceso están automatizadas.

Medidas de política sobre la exposición directa de los usuarios a criptoactivos y actividades conexas

99. Esta sección ofrece una visión general de las respuestas políticas y reglamentarias destinadas a abordar los riesgos planteados por la exposición directa de los usuarios a los criptoactivos y actividades relacionadas. Los usuarios de criptoactivos se clasifican en dos grupos: inversores minoristas (por ejemplo, hogares y empresas no financieras) e inversores mayoristas (por ejemplo, instituciones financieras, inversores institucionales, gobiernos). Las subsecciones a continuación cubren las respuestas políticas y regulatorias dirigidas a estos inversores.

100. Las medidas de política relativas a las exposiciones directas de los inversores a los criptoactivos y las actividades conexas tienden a reflejar la evolución de los mercados de criptoactivos. La mayoría de las jurisdicciones han tomado medidas para advertir a los inversores minoristas sobre los riesgos potenciales asociados con estos activos. Algunas advertencias son específicas para ciertos tipos de criptoactivos, como tokens nativos, tokens de seguridad y tokens no fungibles. En algunos casos, se ha prohibido la distribución de ciertos criptoactivos a inversores minoristas, y algunas jurisdicciones han impuesto restricciones a las actividades promocionales. Sin embargo, ninguna jurisdicción cubierta en este documento ha introducido hasta ahora nuevas regulaciones destinadas a mitigar los riesgos derivados de las actividades de inversión de las instituciones financieras tradicionales en criptoactivos, específicamente para los inversores mayoristas. No obstante, varias autoridades bancarias han emitido declaraciones alertando a los intermediarios sobre los riesgos potenciales de tales exposiciones y han hecho referencia al trabajo del CSBB en esta área.

Inversores minoristas

Nivel jurisdiccional

101. Las advertencias suelen ser el primer tipo de política y respuesta regulatoria que las autoridades emiten para proteger a los usuarios minoristas de criptoactivos. Estas advertencias tienden a promover la protección del consumidor y la educación financiera. En general, las advertencias se centran en tipos específicos de criptoactivos (por ejemplo, tokens nativos como BTC y ETH), explicando las principales características de estos activos y advirtiendo a los inversores y consumidores sobre los riesgos asociados con ellos. Las respuestas en el dominio de la conducta del mercado también consisten en iniciativas para promover la educación financiera, como preguntas y respuestas, páginas web dedicadas o informes, que explican qué son los criptoactivos y los riesgos asociados. En algunas jurisdicciones, la distribución de ciertos productos a inversores minoristas está prohibida. Este es el caso de Bélgica y el Reino Unido, que impusieron una prohibición a la distribución de algunos derivados basados en criptoactivos.

102. Las respuestas dirigidas a los hogares y las empresas tienden a reflejar la evolución de la evolución del mercado. El mercado de criptoactivos está evolucionando rápidamente y ha dado lugar a una amplia gama de usos de tokens. Comenzó con tokens utilizados con fines de inversión y ofertas iniciales de monedas (ICO), comúnmente conocidos como tokens de capital o seguridad. También incluía tokens utilizados como medio de pago o intercambio, generalmente denominados tokens de pago. Recientemente, las monedas estables han surgido como otra clase de tokens en este mercado. A medida que aumentaba la adopción de criptoactivos en el mercado, las autoridades emitieron nuevas oleadas de advertencias. Estos tomaron la forma de recordatorios y orientación sobre la regulación aplicable. Últimamente, estos recordatorios han dirigido especialmente a las prácticas promocionales. La popularidad de las inversiones en tokens nativos y no nativos, incluidos los tokens fungibles y no fungibles, también llevó a la multiplicación de fraudes y estafas, sobre los cuales las autoridades han intentado advertir a los inversores.

103. Un enfoque emergente es la promoción agresiva de criptoactivos, especialmente a través de las redes sociales. Esto responde a una tendencia creciente de promover tokens al público en general. Los ejemplos incluyen advertencias contra celebridades que promueven criptoactivos o personas influyentes en YouTube o redes sociales.

104. Algunas jurisdicciones han tomado medidas para definir un marco publicitario que regule la promoción de criptoactivos. En España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se encarga de supervisar las prácticas publicitarias de estos tokens desde 2021 y ha publicado normas en enero de 2022 sobre la publicidad de criptoactivos con fines de inversión. En 2021, los administradores de valores canadienses publicaron una guía sobre actividades de publicidad y marketing para plataformas de negociación de criptoactivos. En el Reino Unido, todas las empresas que comercialicen criptoactivos a los consumidores del Reino Unido, incluidas las empresas con sede en el extranjero, deberán cumplir con el régimen de promociones financieras.

105. Si bien los mercados de criptoactivos alcanzaron un máximo de casi $ 3 billones en noviembre de 2021, el número de esquemas fraudulentos y estafas también ha aumentado exponencialmente. Esto se refleja en el aumento de las advertencias sobre fraudes y estafas por parte de las autoridades financieras durante 2021. En este contexto, algunas jurisdicciones han implementado iniciativas para ayudar a los consumidores a identificar plataformas de negociación fraudulentas. Estas iniciativas a menudo toman la forma de una lista de plataformas de negociación compatibles publicadas en el sitio web de la autoridad financiera. Las autoridades también comunican sobre acciones de cumplimiento y sanciones contra plataformas. Más recientemente, las iniciativas han comenzado a centrarse en los criptoactivos clasificados como stablecoins o como tokens no fungibles.

Inversores mayoristas

Nivel jurisdiccional

106. Las recientes iniciativas políticas destinadas a regular la exposición de los inversores institucionales a los criptoactivos se han centrado principalmente en los bancos y los fondos de inversión. No existen estándares específicos para las aseguradoras y los fondos de pensiones sobre la inversión en los mercados de criptoactivos. Sin embargo, están sujetos a directrices más generales relacionadas con los controles internos, la gestión de riesgos y la valoración de activos y pasivos.

107. Para la exposición directa de los fondos de inversión a los mercados de criptoactivos, las iniciativas de las autoridades se han centrado en los riesgos de protección del consumidor y el cumplimiento de las normas relacionadas con los servicios de custodia. En muchas jurisdicciones, los reguladores de valores han proporcionado orientación sobre la tenencia de criptoactivos por parte de los fondos. Por ejemplo, la Comisión de Valores y Futuros de Hong Kong ha publicado una declaración que incluye su marco regulatorio para los administradores de carteras de activos virtuales. La Comisión Australiana de Valores e Inversiones ha publicado una guía sobre productos negociados en bolsa e inversiones, que describe las buenas prácticas en relación con la custodia, la gestión de riesgos y la divulgación. En Canadá, la CSA y la IIRO han destacado una serie de cuestiones que los fondos que invierten en criptoactivos deben considerar. Estos problemas incluyen la debida diligencia en el intercambio utilizado para comprar o vender tokens y la necesidad de tener estándares adecuados de valoración y calidad para los servicios de custodia. En este último, se aconseja a los fondos que utilicen custodios que tengan experiencia en la tenencia de criptoactivos, incluida la experiencia con el almacenamiento en caliente y en frío, las medidas de seguridad para mantener los criptoactivos protegidos contra el robo y la capacidad de segregar las criptomonedas de otras tenencias según sea necesario.

Nivel internacional

108. El CSBB ha elaborado normas para mitigar los riesgos derivados de las exposiciones directas de los bancos a criptoactivos a nivel internacional. En diciembre de 2022, el CSBB introdujo un conjunto de condiciones de clasificación basadas en el riesgo para los criptoactivos y definió el tratamiento de capital aplicable para cada categoría. La norma prudencial del CSBB debe aplicarse a más tardar el 1 de enero de 2025. La taxonomía se estructura en dos grupos principales. El primer grupo incluye activos tradicionales tokenizados y monedas estables que satisfacen un conjunto de condiciones, mientras que el segundo incluye todos los demás criptoactivos.

Retos futuros y observaciones finales

109. Los criptoactivos y las actividades conexas seguirán requiriendo la atención de las autoridades en varios ámbitos, como las iniciativas destinadas a abordar los riesgos asociados con los criptoactivos más allá de los tokens de seguridad o las monedas estables. La mayoría de las autoridades aún no han adoptado iniciativas regulatorias específicas para los emisores de tokens de utilidad, tokens de gobernanza o tokens no fungibles. En el futuro, las autoridades pueden considerar la introducción de restricciones o requisitos específicos relacionados con el uso de tokens de utilidad como inversiones.

Tales limitaciones podrían, por ejemplo, restringir la capacidad de los emisores para recomprar dichos tokens o prohibir que los intercambios enumeren dichos tokens o proporcionen crédito para comerciar con dichos tokens (es decir, la prohibición del comercio de margen). Las autoridades también pueden considerar imponer restricciones similares a los tokens de gobernanza y cualquier otro token que se cree para realizar una función diferente a las operadas por los activos financieros existentes.

110. Otra área que seguirá requiriendo la atención de las autoridades son las iniciativas para abordar los riesgos relacionados con las prácticas de gestión de riesgos y el posible comportamiento anticompetitivo en las actividades de criptoactivos gestionadas centralmente. Si bien han surgido algunas iniciativas para limitar los riesgos de concentración para los emisores de monedas estables, las autoridades pueden considerar adoptar iniciativas similares para limitar los riesgos asociados con las entidades centralizadas que realizan múltiples funciones. Por ejemplo, algunas plataformas de negociación, además de sus funciones principales como intercambios e intermediarios, también participan en otros servicios como custodia, corretaje o préstamo u otras actividades relacionadas con la emisión y operación de infraestructuras DLT. Al integrar verticalmente múltiples funciones, estas entidades se asemejan a un conglomerado financiero. En estos casos, las autoridades podrán restringir el número y el tipo de actividades gestionadas por un intermediario centralizado; prohibir a los emisores de monedas estables de pago participar en otras actividades de criptoactivos, como el comercio; y establecer directrices de gestión de riesgos para los intermediarios que participan en la emisión o el mantenimiento de monedas estables y la explotación de infraestructuras basadas en DLT. En este sentido, un análisis del modelo de negocio puede ser útil para proporcionar a las autoridades una mejor comprensión de las actividades de criptoactivos de una entidad. Esta evaluación, que podría incluir una evaluación de los procesos de gobernanza y toma de decisiones, podría ayudar a identificar a los actores responsables de todas las actividades de criptoactivos dentro de una entidad.

111. Si las entidades del sector financiero tradicional comienzan a utilizar DLT públicas sin permiso para desarrollar aplicaciones relacionadas con la prestación de servicios financieros, esto podría requerir que las autoridades consideren cómo debería ser la regulación apropiada. Pueden surgir riesgos operativos y tecnológicos significativos a medida que se construyen más casos de uso sobre infraestructuras donde la gobernanza suele estar dispersa y es difícil identificar qué participantes o entidades deben ser responsables.

112. Es posible que los marcos reglamentarios deban tener en cuenta elementos técnicos adicionales que pueden afectar al nivel de riesgo de las aplicaciones creadas en DLT públicas sin permiso. Por ejemplo, dos criptoactivos o actividades pueden tener la misma función económica, pero las diferencias en el entorno informático DLT subyacente en el que se ejecutan pueden dar lugar a diferentes riesgos. Estas diferencias incluyen factores como el tipo de mecanismo de consenso, el código de contrato inteligente subyacente o la fiabilidad de los datos de los oráculos. Es posible que estos riesgos deban reflejarse en los marcos reglamentarios y la adopción de un enfoque tecnológicamente neutro puede no ser apropiada en tales casos.

113. Es posible que las autoridades deban evaluar si es necesario ajustar el perímetro reglamentario para incluir a los nuevos agentes que participan en los servicios prestados a través de los protocolos DeFi. Los riesgos asociados con DeFi son similares a los abordados por las regulaciones financieras existentes. Sin embargo, asumir que las autoridades solo necesitan ajustar el perímetro regulatorio de diferentes actividades financieras para incluir DeFi junto con las finanzas tradicionales sería incorrecto. Por ejemplo, es posible que sea necesario tener en cuenta a los nuevos actores involucrados en los servicios prestados a través de los protocolos DeFi. Además, podría haber un caso para regular a los actores que permiten las funcionalidades financieras implementadas por los protocolos DeFi y tienen control sobre (i) el código que replica esas funciones (por ejemplo, los desarrolladores); (ii) procesos de validación y liquidación de transacciones (por ejemplo, mineros y validadores); (iii) la gobernanza de las aplicaciones (por ejemplo, los titulares de tokens de gobernanza); o (iv) operaciones de contratos inteligentes proporcionando datos clave (por ejemplo, oráculos).

114. Las autoridades también podrían necesitar desarrollar marcos legales para hacer cumplir los acuerdos codificados en contratos inteligentes. En este contexto, es posible que deban determinar la responsabilidad de los participantes involucrados en estructuras mediadas por tecnología que administran servicios utilizando tokens con funciones financieras. Los organismos públicos de algunas jurisdicciones están estudiando actualmente la forma de ajustar la ley para dar cabida a estas nuevas estructuras; y las autoridades financieras podrían considerar la posibilidad de elaborar directrices o recomendaciones para la aplicación de esas leyes en el sector financiero.

115. Del mismo modo, podría ser necesario ajustar la arquitectura de supervisión financiera y los marcos jurídicos. Podría ser necesario definir qué autoridades regularán y supervisarán diversas entidades y actividades involucradas en la oferta de servicios financieros con criptoactivos. En algunas jurisdicciones, múltiples autoridades regulan y supervisan estas entidades y/o actividades, mientras que otras han optado por establecer una autoridad a medida.

116. La experiencia y los recursos adecuados serán fundamentales para abordar los riesgos planteados por los ecosistemas de criptoactivos y DeFi. Estos ecosistemas están en constante evolución a medida que incorporan nuevas características de diseño, tecnologías emergentes y participantes en el mercado. Tal es el caso, por ejemplo, del uso de herramientas generativas de inteligencia artificial para desarrollar código y contratos inteligentes; la entrada de big techs como proveedores de infraestructura DLT; la prestación de servicios de infraestructura e interconectividad por parte de los proveedores de Oracle; o la aparición de nuevos estándares de tokens. Por lo tanto, las autoridades deberán realizar esfuerzos continuos para comprender los nuevos modelos de negocio y sus riesgos subyacentes, así como para desarrollar o mantener las habilidades y la capacidad para evaluar adecuadamente las posibles implicaciones en los mercados financieros y ajustar sus respuestas regulatorias con prontitud. Las autoridades solo podrán responder a los riesgos potenciales para el sistema financiero si cuentan con los recursos adecuados y el acceso a información oportuna y confiable.

117. La cooperación y la coordinación a nivel nacional e internacional siguen siendo esenciales para abordar los riesgos asociados con los criptoactivos y sus mercados. La reciente agitación en los mercados de criptoactivos subraya la necesidad crítica de una implementación rápida y global de los estándares internacionales. La naturaleza inherentemente global de los criptoactivos se presta al arbitraje regulatorio y de supervisión. Las jurisdicciones no pueden mitigar plenamente sus riesgos mientras estén expuestas a debilidades e incoherencias a través de las fronteras. Además de la aplicación coherente de las normas internacionales, un marco armonizado para la regulación de los criptoactivos y los servicios relacionados es clave para abordar los riesgos relacionados.



BCE y EBA trabajan para lograr una información más integrada


La conferencia de Eurofiling volvió a convocarse en la sede del BCE y se anunció que el consejo de gobierno del BCE ha aprobado el siguiente paso del Marco de Información Integrada (IReF). IReF es el esfuerzo estratégico a largo plazo del BCE para unificar la recopilación de datos estadísticos y prudenciales, así como para reevaluar su enfoque sobre la granularidad de ciertos datos. IReF también tiene como objetivo unificar los informes dentro de un modelo de datos consistente. También anunció que el ECB ahora considera que el marco de modelado DPM 2.0 desarrollado por EBA/EIOPA es un «candidato válido» para el modelado IReF, una vez que se hayan desarrollado y acordado mecanismos de gobernanza mejorados.

El BCE es solo uno de los muchos bancos centrales que buscan aprovechar la recopilación de datos más granulares (por lo general, saldos al final del día y ciertos libros contables de transacciones) de los bancos, combinados con una gama de metadatos adjuntos que podrían permitir a los reguladores llevar a cabo sus propios cambios. agregaciones y análisis usando esta información “en bruto”.

Dejó en claro que si bien el uso de datos más granulares para algunas transacciones parece bastante probable, hay una gran cantidad de información que se requerirá de las entidades informantes en una forma similar a la actual, lo que requerirá que se aplique una variedad de criterios contables y de gestión para antes de que pueda ser utilizado significativamente.

También hizo hincapié en el valor que el BCE cree que los bancos declarantes pueden derivar de BIRD, el Diccionario integrado de informes bancarios voluntario y colaborativo, un modelo de datos abiertos que los bancos pueden aprovechar en la implementación de sus propios sistemas internos de gestión de tal manera que Garantizar una estrecha integración con los requisitos de información estadística pertinentes. BIRD sigue siendo un esfuerzo totalmente voluntario. Finalmente, subrayó la importancia de la puntualidad en la presentación de informes e incluso especuló sobre la experimentación con una variedad de enfoques alternativos para la adquisición de datos urgentes durante una crisis.

Dado que el marco DPM 2.0 requerirá el envío de datos al BCE y la EBA como informes con formato xBRL-CSV, ciertamente existe el potencial de que estos proyectos relacionados impulsen una expansión considerable en el uso de XBRL por parte de estas autoridades.


Estandarización de los informes de datos de los bancos

Evaluación complementaria de costo-beneficio

Entre el 5 de mayo de 2023 y el 31 de julio de 2023, el BCE llevará a cabo una evaluación complementaria de costes y beneficios (cCBA) para la implementación de IReF. Como parte de esta nueva evaluación, se invita a la industria bancaria y otras partes interesadas a proporcionar su evaluación de los costos y beneficios de varias propuestas para la presentación de informes bajo IReF.

El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y su Comité de Estadísticas (STC) brindan a los responsables políticos y analistas los datos de alta calidad que necesitan. Al mismo tiempo, trabajan constantemente para que su recopilación de datos sea más eficiente y para reducir la carga de informes de los bancos.

Siempre que sea posible, el objetivo es armonizar, estandarizar e integrar los requisitos existentes del SEBC para recopilar información estadística de los bancos en todos los dominios estadísticos y países. Esto ayudará a automatizar el procesamiento de datos y mejorar la calidad de los datos.

Integración de informes estadísticos y prudenciales

El marco más amplio para mejorar y simplificar los requisitos de información es la estrategia de información integrada del SEBC. Esta estrategia se describió en la contribución del SEBC a un estudio de viabilidad de la Autoridad Bancaria Europea (EBA) sobre un sistema de información integrado, que se publicó en 2021. El objetivo de este proceso es evitar la duplicación, estandarizar conceptos y finalmente reducir la carga de información para los bancos.

Para facilitar el desarrollo de esta estrategia, el BCE participa activamente en un grupo de coordinación informal sobre la integración semántica y sintáctica de la presentación de informes, junto con la EBA, la Junta Única de Resolución y la Comisión Europea. También ha propuesto el establecimiento de un Comité Conjunto de Información Bancaria (JBRC). El JBRC debe estar compuesto por representantes de las autoridades europeas y nacionales relevantes e involucrar a la industria bancaria de manera permanente. El comité debe asesorar sobre cómo integrar mejor los informes de datos estadísticos, de resolución y prudenciales y dirigir el proceso de intercambio de datos. Las autoridades colaboran activamente para su puesta en marcha a lo largo de 2023.

Marco de Reporte Integrado

El Marco Integrado de Información (IReF) integrará los requisitos estadísticos del Eurosistema para los bancos en un único marco de información estandarizado aplicable en toda la zona del euro. También puede ser adoptado por las autoridades de otros Estados miembros de la UE.

IReF se centra principalmente en los requisitos del BCE en términos de balance bancario y estadísticas de tasas de interés, estadísticas de tenencia de valores y datos crediticios granulares. Los procesos de recopilación y transformación de datos también se estandarizarán en todos los países. Para maximizar los beneficios de la integración, también se tienen en cuenta las obligaciones de información pertinentes de los marcos nacionales de recopilación utilizados por los bancos centrales nacionales. En su etapa inicial, IReF solo cubrirá los marcos estadísticos del BCE que se relacionen directamente con los activos y pasivos del balance de los bancos. No cubrirá, por ejemplo, los requisitos del BCE relacionados con los pagos o las estadísticas del mercado monetario. IReF también está diseñado para garantizar la proporcionalidad al limitar las obligaciones de información para los bancos pequeños.

El BCE anunció la fase de diseño del programa IReF en un comunicado. Se espera que el programa entre en funcionamiento en 2027.

¿Cuáles son las ventajas del Marco de Reporte Integrado?

La integración de los requisitos estadísticos existentes en el IReF ayudará a los bancos con sus informes de datos, estandarizando sus obligaciones de informes, reduciendo redundancias y superposiciones, minimizando la carga de informes y mejorando la calidad de los datos. IReF también ayudará con la automatización del procesamiento de datos mientras minimiza el costo de cualquier cambio adicional en los datos recopilados. El marco será de particular beneficio para los bancos que operan en varios países dado que los requisitos integrados facilitarán la presentación de informes uniformes y estandarizados a través de las fronteras. Los compiladores estadísticos y otros usuarios también se beneficiarán de la integración, ya que mejorará la comparabilidad de los datos entre países, mejorará la calidad de los datos y la recopilación de datos, y reducirá el tiempo de comercialización requerido para el análisis y la formulación de políticas ágiles.

¿Cuál es el estado actual del programa?

En noviembre de 2020, el SEBC inició una evaluación de costo-beneficio, en cooperación con la industria bancaria, para evaluar el impacto de IReF. Todos los países de la zona del euro, además de Suecia, participaron en el ejercicio. La evaluación finalizó en abril de 2021 y confirmó un fuerte apoyo para IReF dentro de la industria bancaria y entre las partes interesadas, con una gran mayoría de bancos que confirmaron que la reducción en los costos de informes superaría la inversión requerida.

En diciembre de 2021, el BCE publicó un informe que resume las consideraciones de alto nivel y algunos aspectos técnicos de alta prioridad, y posteriormente publicó tres informes más detallados en septiembre de 2022 que se centraron en diferentes elementos del programa IReF.

El SEBC, junto con todas las demás partes interesadas, lanzó una evaluación complementaria de costo-beneficio (cCBA) en mayo de 2023 con el objetivo de aclarar temas adicionales relacionados con IReF. Tras analizar los beneficios y costes en función de los comentarios recibidos de las partes interesadas, el Eurosistema redactará un reglamento del BCE sobre el IReF. Este proyecto de reglamento estará sujeto a una consulta pública, actualmente planificada para 2024, antes de que se finalice y adopte. El reglamento reemplazará las disposiciones legales existentes sobre la recopilación de conjuntos de datos dentro de IReF, y los reglamentos del BCE existentes relevantes serán derogados o modificados, según corresponda.

Diccionario de información integrada de los bancos

El Diccionario de informes integrados de los bancos (BIRD) es un esfuerzo cooperativo entre la industria y las autoridades para comprender cómo se puede minimizar la carga de informes y, en paralelo, aumentar la calidad de los datos informados a las autoridades.

El BCE, otras autoridades europeas, la Federación Bancaria Europea, varios bancos centrales nacionales y muchos bancos comerciales están cooperando estrechamente para desarrollar y mantener BIRD. BIRD es un “bien público” y, por lo tanto, está disponible gratuitamente para todas las partes interesadas, como bancos, consultoras y proveedores de software que desarrollan paquetes de aplicaciones para informes financieros. Considerando el carácter voluntario de BIRD, su adopción es gratuita para la industria al igual que el uso de cualquiera de sus componentes.

¿Qué pueden esperar los bancos?

BIRD ofrece una interpretación cooperativa y la transposición de los requisitos normativos de presentación de informes a nivel operativo. También permite una discusión abierta entre todas las partes interesadas sobre cómo se pueden cumplir mejor los requisitos de informes para lograr el principio de «Definir una vez» y cómo derivar varios requisitos de informes de una sola fuente. Con la interpretación cooperativa y la transposición de los requisitos regulatorios de información, BIRD reduce la carga de información de los bancos y mejora la calidad de los datos informados a las autoridades.

¿Cómo se pueden beneficiar mutuamente el Diccionario de Información Integrada de los Bancos y el Marco de Información Integrada?

BIRD está diseñado para ayudar a los bancos a generar resultados de informes estadísticos y de supervisión que estén libres de redundancias y cumplan con los requisitos de informes de los actos legales europeos. Según el enfoque actual, los bancos centrales nacionales recopilan la información estadística pertinente en el marco de sus marcos nacionales de presentación de informes estadísticos, que pueden variar de un país a otro. En consecuencia, se requieren ajustes específicos de cada país para implementar BIRD a nivel nacional. IReF introducirá una capa común para la recopilación de datos estadísticos de los bancos, lo que permitirá que BIRD se aplique de forma coherente en todos los países de la zona del euro. Los agentes informantes podrán entonces comprender y utilizar directamente BIRD para la elaboración de informes estadísticos sin necesidad de realizar ajustes nacionales.


¿Qué es proyecto BIRD?

El Diccionario de informes integrados de los bancos (BIRD) tiene como objetivo aliviar la carga de informes de los bancos, fomentar la cooperación en el campo de los informes regulatorios y mejorar la calidad de los datos informados a las autoridades. Esto se logra mediante el desarrollo colaborativo de un diccionario de datos armonizados y un modelo de datos armonizados que especifica cómo se pueden extraer los datos de los sistemas informáticos internos de los bancos para generar los informes requeridos por las autoridades. El BIRD también proporciona reglas de transformación que se pueden aplicar a los datos extraídos de los sistemas informáticos internos de los bancos para producir los informes regulatorios mencionados anteriormente.

El contenido de BIRD, es decir, la base de datos de BIRD y otra documentación, es un “bien público” y, por lo tanto, está disponible gratuitamente para su descarga.

En las siguientes páginas también se puede encontrar una introducción más detallada a la metodología BIRD, así como una descripción general de las organizaciones miembros de BIRD:

Metodología BIRD

Grupo Directivo y Grupo de Expertos de BIRD

Convocatoria de manifestaciones de interés para contribuir con el BIRD

¿Por qué es útil el BIRD?

Actualmente, cada vez que se introduce un nuevo marco regulatorio estadístico, prudencial o de resolución, o se actualiza uno existente, se espera que los bancos interpreten el marco de manera independiente, extraigan datos de sus sistemas internos y luego transformen los datos para obtener la cifra final requerida por el reglamento El BIRD ofrece un diccionario integrado con una entrada sin redundancia, donde los conceptos se identifican y describen una vez. Esta característica hace que sea menos oneroso para los bancos determinar qué fuente de datos usar y cómo procesarla correctamente.

Las diferencias en la forma en que los bancos interpretan las regulaciones específicas pueden tener un impacto negativo en la calidad de sus datos de salida y dificultar la comparación de los datos de diferentes bancos. También es costoso y lleva mucho tiempo para cada banco estudiar por separado los actos jurídicos nuevos o revisados.

Además, los marcos estadísticos varían de un país a otro y, por lo tanto, actualmente se requerirían importantes ajustes específicos de cada país para implementar el BIRD a nivel nacional. El Marco Integrado de Información (IReF) solucionará esto mediante el establecimiento de una capa común de recopilación de datos estadísticos de los bancos en todos los países de la zona del euro y se desarrollará en estrecha alineación con el BIRD. Los agentes informantes podrán entonces comprender y utilizar directamente el BIRD para la elaboración de informes estadísticos sin necesidad de realizar ajustes nacionales.

¿Cómo pueden los bancos utilizar el BIRD?

El objeto del BIRD es prestar un servicio a los bancos. El BIRD es un “bien público” y, por lo tanto, está disponible gratuitamente para los bancos y todas las partes interesadas, como los proveedores de software que desarrollan paquetes de aplicaciones para informes financieros. La adopción del BIRD por parte de los bancos es completamente voluntaria. Puede ser utilizado para obtener documentación adicional (relacionada con reglamentos y lineamientos) o como un “diccionario activo” para procedimientos desarrollados internamente por los bancos.

El BIRD representa un «enfoque de entrada» ya que no se limita a los requisitos normativos de información (es decir, la salida) y también cubre los datos almacenados en los sistemas informáticos internos de los bancos (es decir, la entrada).

El proceso BIRD ofrece dos componentes de entrada.

  • El modelo de datos lógicos (LDM) es un modelo de datos altamente normalizado. Describe el dominio comercial, es decir, la información (metadatos) y las relaciones lógicas de esos datos que son relevantes para cumplir con los requisitos de presentación de informes. El LDM respalda semánticamente a los otros componentes de BIRD.
  • (Enriquecido) Modelo de datos lógicos (ELDM)
  • La capa de entrada (IL) es un modelo menos normalizado que el LDM. Está diseñado para apoyar la implementación física real del BIRD por parte de los bancos. El IL se deriva directamente del LDM a través de lo que se conoce como un proceso de «ingeniería avanzada».
  • Capa de entrada (enriquecida) (EIL)

En consecuencia, y dependiendo del enfoque interno, los bancos pueden iniciar el proceso BIRD ya sea desde el Modelo Lógico de Datos o desde la Capa de Entrada.

¿Qué no proporciona el BIRD?

El BIRD no es una herramienta de TI, por lo tanto, proporcionar una herramienta de TI está fuera del alcance de la iniciativa. El BIRD no realiza ningún cambio en los sistemas de TI internos de los bancos, y no cubre ni puede cubrir las asignaciones de los datos de los sistemas de TI internos de los bancos al Modelo Lógico de Datos de la Capa de Entrada.

El BIRD no es un acto reglamentario y no introduce nuevos requisitos; Es una interpretación y transposición de los requisitos normativos de información a un nivel más operativo y en un entorno colaborativo. En otras palabras, el BIRD proporciona un ejemplo, basado en las mejores prácticas, de cómo se pueden cumplir los requisitos establecidos en las normas de presentación de informes.

¿Cómo se benefician los bancos del BIRD?

Hay varias ventajas:

  • Entrada sin redundancia. Se pueden producir diferentes informes a partir de una entrada sin redundancia, donde los conceptos se identifican y describen una vez. Esto reduce la carga de información para los bancos, mejora la coherencia y la calidad de sus datos y elimina la necesidad de que gestionen cada recopilación de datos obligatoria por separado.
  • Reglas de transformación. Las reglas de transformación bien definidas brindan una interpretación unívoca de las regulaciones y una mayor claridad, aumentando el cumplimiento de los requisitos regulatorios.
  • Se necesita menos tiempo y esfuerzo para analizar y cumplir con los nuevos requisitos de informes, lo que aumenta la eficiencia y reduce los costos.
  • Los bancos logran una mejor comprensión de los datos y de cómo se producen. Esto significa que pueden gestionar y utilizar sus datos de forma más eficaz.

¿Qué marcos pretende cubrir el BIRD?

El BIRD puede cubrir cualquier requisito de informes estadísticos, prudenciales y de resolución, incluidos:

  • La capa de recopilación de IReF (requisitos de informes estadísticos):
    • la recopilación del BCE de datos granulares de crédito y riesgo de crédito (AnaCredit).
    • las Estadísticas de Tenencias de Valores (SHS) del BCE.
    • Estadísticas de los elementos del balance de las instituciones financieras monetarias (BSI) del BCE.
    • Estadísticas de tipos de interés de las instituciones financieras monetarias (MIR) del BCE.
    • otra información estadística requerida para la compilación de la balanza de pagos y las cuentas nacionales.
  • Los requisitos adicionales del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y el Mecanismo Único de Resolución (MUS).
  • Las normas técnicas de ejecución (ITS) de la EBA, incluidos los informes comunes (COREP) y los informes financieros (FINREP).

El Grupo Directivo de BIRD acuerda qué marcos están cubiertos y en qué orden se incluyen en el BIRD.

Cooperación entre las autoridades y los bancos

El BCE, la Federación Bancaria Europea, los bancos centrales nacionales y varios bancos comerciales participantes trabajan en estrecha colaboración para desarrollar y mantener el BIRD. El proyecto BIRD está dirigido en colaboración por la industria bancaria y las autoridades a través del Grupo Directivo de BIRD. La participación de los bancos comerciales es crucial para garantizar que la documentación del BIRD sea correcta y útil. Desde sus inicios, varias empresas especializadas en campos relevantes para BIRD, por ejemplo, soluciones comerciales y de software para informes bancarios, han estado involucradas en el proyecto BIRD después de haber expresado su interés en contribuir con él de forma voluntaria.

Hitos del proyecto

Esta sección describe la historia del proyecto BIRD, comenzando con los últimos desarrollos.

En la primera mitad de 2021, el Grupo Directivo de BIRD (BIRD SG) revisó el alcance y los objetivos de BIRD. El enfoque de esta revisión fue dar forma al BIRD para que sea un producto beneficioso y viable para la industria bancaria y las autoridades. El SG de BIRD decidió incluir un conjunto más amplio de componentes de BIRD (modelo de datos lógicos y modelo de datos lógicos enriquecidos, capa de entrada y capa de entrada enriquecida, capa de salida de referencia y capa de salida sin referencia) y describir las reglas de transformación en un lenguaje que admita mejor los expertos en negocios. Si se ponen a disposición recursos adicionales, el nuevo proceso BIRD se puede ampliar para incluir complementos, como reglas de validación y reglas de transformación técnica.

Consulte la página Metodología BIRD para obtener una explicación más detallada de los componentes y complementos actuales de BIRD.

Además, el SG de BIRD señaló que la industria bancaria apoya firmemente la alineación de los modelos de datos entre BIRD e IReF. El análisis del IReF y su inclusión en el BIRD será una de las prioridades futuras del proyecto, junto con las actualizaciones de COREP y FINREP (EBA ITS).

2020

En 2020, el flujo de trabajo sobre modelado de datos (WS DM) y el flujo de trabajo sobre pruebas (WS T) dedicaron un trabajo considerable a revisar y mejorar el proceso y la documentación de BIRD. El WS DM completó la investigación de la capa de entrada y propuso introducir un modelo de datos lógicos que sustente las capas BIRD, por ejemplo, para garantizar la coherencia y la integridad. Mientras tanto, el WST realizó actividades de prueba basadas en casos de prueba y datos de prueba en las reglas de transformación BIRD, escritas utilizando el Lenguaje de Validación y Transformación (VTL). Con base en los comentarios del Grupo de expertos de BIRD y los resultados de las actividades de ambos flujos de trabajo, el SG de BIRD inició una discusión sobre las lecciones aprendidas y las posibles mejoras; las conclusiones prepararon el terreno para la revisión del alcance y los objetivos del BIRD en 2021 (como se detalla anteriormente).

2019

En 2019, el contenido de BIRD se amplió para incorporar más requisitos de supervisión, entre otros, riesgo de crédito COREP, préstamos improductivos FINREP y gravamen de activos. Mientras estas actividades estaban en curso, el contenido de BIRD creció a un ritmo rápido, lo que condujo a opciones de modelado no homogéneas para las capas de BIRD. Se creó un grupo dedicado, el Flujo de trabajo sobre modelado de datos (WS DM), y se le asignó la tarea de revisar y armonizar el enfoque de modelado y definir los principios de diseño de mejores prácticas. En 2019, el proyecto BIRD también recibió el apoyo del Work Stream on Testing (WS T), que comenzó a probar las capacidades de las reglas de transformación de BIRD por medio de prototipos y casos de prueba desarrollados por empresas externas voluntarias, por ejemplo, proveedores de software y empresas de consultoría.

2013-2018

En junio de 2018, tras el éxito del piloto BIRD, los ITS de la Autoridad Bancaria Europea con respecto a FINREP también se incorporaron al BIRD junto con mejoras metodológicas.

En abril de 2017, el proyecto piloto BIRD concluyó con éxito con la publicación de documentación completa y detallada que describe cómo se pueden cumplir los requisitos para los bancos, con respecto a las Regulaciones del BCE sobre AnaCredit y SHS, utilizando datos de los sistemas internos de los bancos.

A finales de 2015, el Comité de Estadísticas del Sistema Europeo de Bancos Centrales (STC) decidió lanzar un piloto BIRD para dos tipos de estadísticas que se habían sugerido como resultado del taller del BCE con la industria bancaria (ver más abajo), es decir, AnaCredit y SHS. Este piloto involucró a varios bancos centrales nacionales voluntarios junto con bancos contactados por cada BCN participante.

En 2015 tuvo lugar un taller del BCE con la industria bancaria. La conclusión fue que la mejor manera de lanzar el BIRD sería implementar primero los nuevos requisitos relacionados con la recopilación de datos granulares de crédito y riesgo de crédito (AnaCredit), tal como se define en el Reglamento (UE) 2016/867, y con las estadísticas sobre tenencias. de valores (SHS), según se define en el Reglamento (UE) n.º 1011/2012.

En 2014, un grupo de trabajo de STC recomendó desarrollar, en estrecha colaboración con la industria bancaria, un modelo europeo de «enfoque de entrada» que proporcionaría un diseño estandarizado de los almacenes de datos internos de los bancos para respaldar el proceso de notificación de datos a las autoridades.

En 2013, la STC comenzó a investigar la posibilidad de promover un enfoque integrado de los datos estadísticos y de supervisión.


El Diccionario Integrado de Información Bancaria (BIRD) es un proyecto de colaboración entre los bancos centrales del Sistema Europeo de Bancos Centrales y los bancos comerciales. El objetivo del diccionario es apoyar a los agentes informantes en la preparación de conjuntos de datos para su transmisión bajo los respectivos marcos de información a los que están sujetos.

El BIRD está disponible solo para fines públicos. No constituye ningún tipo de asesoramiento profesional a los usuarios, ni ninguna interpretación oficial de ningún requisito de información. La información que proporciona no debe entenderse como vinculante, o de otro modo legalmente relevante en relación con el cumplimiento de las obligaciones de información. La BIRD no afecta, modifica ni sustituye las responsabilidades de los sujetos obligados frente a las autoridades a las que proporcionan información estadística. Los agentes informantes siguen siendo plenamente responsables de organizar sus sistemas internos de denuncia y garantizar la exactitud de sus denuncias a las autoridades.

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