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Comprender los enfoques de D&I en servicios financieros


Observamos cómo las empresas de servicios financieros están diseñando e incorporando estrategias de diversidad e inclusión (D&I). Presentamos nuestros hallazgos sobre estas estrategias y una visión general de las iniciativas para mejorar la diversidad y la inclusión, que los líderes de la industria pueden considerar al revisar sus propias estrategias de diversidad e inclusión.

La diversidad y la inclusión son esenciales para una cultura empresarial saludable, lo que permite a las empresas ofrecer mejores resultados para los consumidores y los mercados. Queremos ver una industria inclusiva donde las personas más capaces puedan progresar, sin importar sus antecedentes, y donde se valore la diversidad de pensamiento. La diversidad y la inclusión, basadas en una cultura en la que es seguro hablar, son esenciales para que las empresas tengan culturas saludables que ayuden a brindar protección al consumidor e integridad del mercado. Aunque ha habido avances en los últimos años y la mayoría de las empresas están públicamente comprometidas con el cambio, todavía queda mucho por hacer.

En julio de 2021, publicamos un documento de debate (DP) conjunto con la PRA y el Banco de Inglaterra. En este PD discutimos el estado actual de la diversidad y la inclusión en la industria, expusimos el caso de que un mayor progreso avanza en nuestros objetivos y propusimos algunas áreas para una posible intervención política. Consultaremos sobre estas propuestas en 2023.

Decidimos comprender mejor el estado actual de los enfoques de diversidad e inclusión en las empresas reguladas. Este trabajo tenía 3 objetivos:

  1. Dar a las empresas y otros una imagen de la posición actual, permitiendo a los líderes considerar dónde las iniciativas podrían ser relevantes en sus propias empresas.
  2. Fomentar una mayor acción de la industria.
  3. Ayudarnos a desarrollar un enfoque de supervisión que podamos utilizar como base para futuros compromisos con las empresas.

Esta revisión presenta los hallazgos de nuestra investigación cualitativa y establece algunas pruebas de la efectividad de las acciones, pero no pretende ser una guía. Cuando nuestras observaciones se refieren a «empresas», nos referimos a empresas que formaron parte de este examen.

Qué hicimos

Elegimos una muestra de 12 empresas «fijas» (generalmente más grandes) en múltiples sectores. Le pedimos a cada empresa información básica, incluida su política y estrategia de diversidad e inclusión, si la tenían, sus objetivos u objetivos y los datos que utilizaban. También solicitamos una entrevista estructurada de 90 minutos con cada empresa. Pedimos a todas las empresas que pusieran a disposición un líder senior para esta entrevista, además de cualquier especialista que quisieran incluir.

Seleccionamos las empresas en función de sus brechas salariales de género. Elegimos 8 empresas con grandes brechas salariales y 4 con brechas salariales relativamente pequeñas. Sin embargo, dado que las mayores brechas salariales se encuentran desproporcionadamente en los sectores de banca de inversión y gestión de activos, ajustamos nuestra muestra para cubrir una gama más amplia de sectores que reflejarían la gama de empresas que regulamos.

En 2021, emitimos una encuesta piloto de datos para comprender mejor los datos de diversidad e inclusión que las empresas estaban recopilando. En esta revisión, también proporcionamos algunos de los resultados de nuestra encuesta piloto de datos.

Conclusiones

Observaciones generales

Encontramos un sorprendente grado de consistencia entre las empresas con las que hablamos. Todos fueron tempranos en el desarrollo de su enfoque sobre diversidad e inclusión, por lo general habiendo comenzado esfuerzos serios en 2019 o 2020. Algunas empresas habían progresado más que otras, pero en general había poca correlación entre el grado de desarrollo de los enfoques de las empresas y la magnitud de la brecha salarial.

Casi todas las personas con las que hablamos estaban comprometidas y apasionadas por progresar. Hay una serie de iniciativas reflexivas en marcha. Pero las estrategias de muchas empresas eran genéricas y no tenían una visión holística. Carecían tanto de una clara articulación de propósito como de acciones orientadas al logro de sus objetivos. Las empresas no estaban capitalizando completamente los datos que recopilan para identificar los mejores remedios, ni rastreando qué remedios son más efectivos.

Muy pocas empresas parecían haber entendido la diversidad y la inclusión como una cuestión cultural fundamental. En general, encontramos mucha menos comprensión y enfoque en la construcción de culturas inclusivas que en acciones para medir la diversidad y abordar problemas específicos.

Ninguna de las empresas minoristas con las que hablamos había realizado un trabajo sustancial sobre las diversas necesidades de su base de consumidores, aunque algunas habían reconocido la necesidad de esto.

Puntos clave

Las empresas con las que hablamos están más enfocadas en abordar la representación de género, y la etnicidad comienza a recibir más atención. Otras características demográficas reciben mucha menos atención.

Tanto en el género como en el origen étnico, las empresas tienden a centrarse más en mejorar la representación en el nivel de liderazgo superior. Esto a pesar de los datos que muestran que la mayor caída en la representación es de los grados de gestión junior a medio. Tal enfoque, de forma aislada, corre el riesgo de crear una cultura en la que las empresas intenten «robar» talento senior diverso en lugar de desarrollar sus propios canales. Este no es un enfoque sostenible y es poco probable que traiga un cambio significativo y duradero.

Las estrategias de diversidad e inclusión de las empresas no se basan consistentemente en un diagnóstico claro de sus circunstancias y desafíos específicos. Esto significa que las acciones e iniciativas pueden no estar enfocadas adecuadamente. Las empresas tampoco están rastreando sistemáticamente la efectividad de estas medidas e iniciativas. Esto conduce a una falta de comprensión sobre lo que realmente funciona. Sin una estrategia informada por un proceso de diagnóstico y un mejor seguimiento de las iniciativas, algunas empresas corren el riesgo de gastar recursos considerables sin ver resultados significativos.

Existe una amplia variación en la calidad de los datos. Las empresas con mejores datos de diversidad tenían una mejor comprensión de su posición y estaban mejor posicionadas para decidir qué acciones tomar. Esta variación se debió en gran medida a los diferentes niveles de éxito con las tasas de declaración del personal. Las empresas con las mejores tasas de declaración han trabajado arduamente para lograr esto, con iniciativas enfocadas para generar confianza y comprensión, y optimizar los puntos de contacto con el personal.

La mala calidad de los datos también afectó la capacidad de las empresas para llevar a cabo análisis interseccionales para comprender las experiencias de diferentes grupos. Por lo tanto, no pudieron diseñar o implementar intervenciones específicas para abordar estos problemas. Existe el riesgo de que esto conduzca a que se pierdan patrones o tendencias.

Las iniciativas específicas de las que nos hablaron las empresas incluían una serie que considerábamos que probablemente tendrían un efecto positivo. Pero también vimos una dependencia excesiva, en algunas empresas, de medidas como la capacitación, los grupos de redes y la alianza, que, aunque importantes, no producirán por sí solos el tipo de cambio sistémico necesario.

La mayoría de las empresas nos dijeron que los altos directivos eran responsables y que los objetivos de diversidad e inclusión podrían afectar los salarios y las bonificaciones. Pero en muchos casos estaba mucho menos claro cómo funcionaba esto en la práctica.

Las empresas que forman parte de grupos internacionales generalmente habían adoptado una estrategia internacional para todo el grupo, sin adaptarla a las circunstancias de la organización del Reino Unido o a las características del Reino Unido. Estas empresas generalmente tenían estrategias menos ambiciosas y bien definidas y a menudo dependían de datos globales, en lugar de específicos del Reino Unido.

Compromiso con la diversidad y la inclusión

La mayoría de las empresas abordaron el trabajo positivamente. Sin embargo, hubo diferentes niveles de compromiso de las empresas, tanto con la diversidad y la inclusión en general como específicamente en su participación en nuestra investigación. Algunas empresas se mostraron reacias a poner a disposición a los líderes empresariales de alto nivel como solicitamos. Cuando lo hicieron, hablamos con personas con un fuerte compromiso personal con la diversidad y la inclusión. Pero no estaba claro hasta qué punto el entusiasmo de las personas con las que hablamos se refleja más ampliamente en sus organizaciones. En algunos casos, reconocieron que algunas partes de sus organizaciones eran más difíciles de contactar en este tema.

En general, las empresas fueron abiertas y sinceras sobre los desafíos que enfrentan y se centraron en lograr un progreso significativo. Sin embargo, vimos varios casos en los que las empresas se centraron casi exclusivamente en la representación de género en los niveles superiores porque existen objetivos externos y expectativas para ello. Esto sugiere que un enfoque de cumplimiento, en lugar de un compromiso genuino con la diversidad y la inclusión, está impulsando algunas estrategias.

Rendimiento actual

La mayoría de las empresas de nuestra muestra recopilaron datos de diversidad sobre sus empleados en todos los grados. En todos los casos en que analizaron estos datos en detalle, fue notable que el paso de los roles de nivel inferior a nivel medio es donde la representación disminuye más abruptamente, tanto para las mujeres como para las minorías étnicas. En los casos que vimos, la representación en los niveles superiores es sólo marginalmente inferior a la de los niveles medios. Esto significa que los canales internos de talento para la representación senior serán limitados, lo que llevará a las empresas a buscar externamente a los mejores talentos. Esto da lugar a que las empresas se «canibalicen entre sí», como dijo un entrevistado.

Persisten grandes brechas salariales de género en toda la industria, y esto es particularmente marcado en algunos sectores. Hay pocas señales de que las medidas para cerrarlas hayan sido efectivas. Sin embargo, incluso en los sectores donde las brechas salariales son más pronunciadas, algunas empresas muestran brechas salariales relativamente menores. Descubrimos que las brechas de bonificación son incluso más amplias que las brechas salariales por hora. Concluimos que esto es indicativo del hecho de que las primas más altas se pagan en los niveles superiores, donde las mujeres y las minorías étnicas todavía están subrepresentadas.

Algunas empresas habían desglosado la representación étnica más allá de una simple división entre blancos y minorías étnicas. Donde lo habían hecho, los datos mostraron que había resultados claramente divergentes para los diferentes grupos étnicos minoritarios.

Pocas empresas han tomado medidas para abordar la movilidad social. Donde lo han hecho, esto se ha centrado en los puntos de entrada, con menos atención a la experiencia cultural de los empleados de entornos socialmente menos privilegiados. Esto también puede ser un factor que contribuye a la falta de progreso de algunas minorías étnicas.

El trabajo en torno a la orientación sexual a menudo se limita a apoyar grupos de redes de empleados y acciones performativas (por ejemplo, apoyo al Orgullo). Del mismo modo, pocas empresas han considerado seriamente la discapacidad. Muy pocas empresas han prestado atención a la neurodiversidad.

Las empresas con las que hablamos generalmente no estaban considerando si había problemas compuestos para las personas que pertenecen a más de un grupo minoritario que podrían conducir a desventajas («interseccionalidad»). La Junta de Cultura de Servicios Financieros encontró grandes divergencias en la experiencia de las mujeres blancas y las mujeres de minorías étnicas, por ejemplo.

Uso de los datos

Encontramos una variación considerable en el rango de datos que las empresas están recopilando y el nivel de análisis realizado sobre esos datos. Algunos recopilan desgloses detallados de los datos de género y etnia por grado. Otros no lo hacen, en parte debido a las bajas tasas de declaración de los empleados, y sin estrategias claras para mejorarlas. Nuestros hallazgos fueron consistentes con los resultados de nuestra encuesta de datos piloto.

Pocas empresas tienen datos procesables más allá del género y el origen étnico. En los casos en que las empresas han intentado reunir datos sobre características como la discapacidad y la orientación sexual, todas han visto tasas de declaración más bajas que para el origen étnico. Vimos mejores tasas de declaración para los datos recopilados en la etapa de reclutamiento / incorporación en comparación con los de los empleados existentes. Cuando las empresas lograron tasas de declaración más altas, esto se debió generalmente a que habían hecho esfuerzos para aumentar la confianza y hacer un uso efectivo del compromiso de los empleados. En un ejemplo, una acción tan simple como mostrar cómo actualizar los datos de diversidad en las reuniones de equipo mejoró las tasas de declaración.

También encontramos diferencias en el nivel de declaración de los empleados que las empresas creen que constituye un conjunto de datos confiable sobre el cual se puede establecer una estrategia y objetivos. Esto significa que, en algunos casos, las empresas con peores tasas de declaración están haciendo más que aquellas con mejores tasas. Puede ser posible sacar conclusiones tentativas sobre la representación incluso con tasas de declaración más bajas.

Fundamentalmente, no estaba claro que las empresas, incluso aquellas con los mejores datos, estén haciendo pleno uso de sus conocimientos de datos para informar sus estrategias. Es probable que esto signifique que sus intervenciones no están dirigidas a las cuestiones más importantes. En general, las empresas no estaban haciendo esfuerzos significativos para llegar al corazón de las razones detrás de sus problemas de representación. Por ejemplo, pocas empresas utilizaban datos detallados sobre los procesos de promoción o utilizaban comentarios cualitativos, como entrevistas de salida, para proporcionar información sobre los números.

Eficacia de las estrategias y objetivos

La mayoría de las empresas no tenían estrategias que vincularan claramente el diagnóstico, la acción y la medición. El nivel de detalle cubierto en las estrategias fue variable. Muchas empresas tenían estrategias de alto nivel que se beneficiarían de una mayor definición y luchaban por dar ejemplos claros de cómo iban a alcanzar sus objetivos. Muchas estrategias no eran específicas de la empresa y sus problemas particulares. Por ejemplo, aunque las empresas de diferentes sectores tienen roles y culturas laborales muy diferentes, lo que puede plantear problemas específicos, no vimos que esto se reflejara en general.

Muchas empresas parecían no tener claro su razonamiento comercial para una mejor diversidad e inclusión. Solo 1 empresa había establecido una conexión clara con la diversidad de pensamiento o reconocido los beneficios potenciales que esto podría aportar a su negocio. Sin una comprensión clara de por qué las empresas están llevando a cabo estos esfuerzos, existe el riesgo de que la diversidad y la inclusión se vean como un extra opcional o que el personal se fatiga y se desvincule con las iniciativas en curso.

Las empresas tienen las estrategias más desarrolladas para el género y es más probable que establezcan objetivos para ello. Creemos que esto se debe, en parte, a la disponibilidad de datos y la influencia de iniciativas de alto perfil, en particular la Carta de Mujeres en las Finanzas y el club del 30%. Si bien entendemos la necesidad de que las empresas sean realistas en lo que se puede lograr, sentimos que algunos de estos objetivos carecían de ambición.

Después del género, la etnicidad recibió la mayor atención, aunque la disponibilidad de datos impidió que varias empresas establecieran objetivos específicos. Como resultado, las estrategias étnicas a menudo carecían del mismo nivel de enfoque, en términos de acciones tangibles, medidas y rendición de cuentas. Otras características recibieron la menor atención, con solo un pequeño número de empresas en nuestra muestra articulando su importancia y estableciendo medidas para apoyarlas.

Las empresas no midieron consistentemente la efectividad de las iniciativas individuales. Aunque sería necesario realizar más esfuerzos para poner en marcha las evaluaciones, sin ellas existe el riesgo de un esfuerzo inútil y de consecuencias negativas no deseadas.

Descubrimos que algunas empresas habían lanzado numerosas iniciativas, pero aún no habían visto mejoras sustanciales. Tenemos 3 hipótesis de por qué esto podría ser:

  • Las iniciativas de diversidad e inclusión tardan más de lo esperado en generar un impacto visible.
  • Las iniciativas de diversidad por sí solas, sin un cambio cultural significativo impulsado desde arriba para integrarlas e impulsar la inclusión, no abordarán la diversidad de manera efectiva.
  • Algunas iniciativas de diversidad e inclusión no son efectivas para generar cambios.

Estas posibilidades tienen implicaciones muy diferentes. Por lo tanto, será importante que las empresas comprendan las razones por las que las iniciativas no están generando cambios.

Iniciativas específicas

Encontramos mucha voluntad de buscar iniciativas para el cambio. Algunas de las iniciativas más positivas que escuchamos fueron sobre el apoyo a las personas que regresan al trabajo. Un ejemplo específico es garantizar que las personas que toman vacaciones de larga duración (por ejemplo, maternidad) tengan sus calificaciones de desempeño trasladadas, para reducir el riesgo de que su salario y oportunidades futuras se vean afectados negativamente. Esas iniciativas requieren un ascenso continuo para garantizar la sensibilización (tanto del personal en cuestión como de los administradores) y fomentar la confianza en que sus carreras no se verán afectadas negativamente.

Las empresas con las que hablamos habían pensado más en los procesos de reclutamiento que en otras fases del ciclo de vida de los empleados (que incluyen la gestión del desempeño, las oportunidades laterales para obtener más experiencia, la promoción y las razones de las salidas). Habían considerado cómo el proceso afectaba la diversidad de su grupo de candidatos y el éxito de los candidatos a través del proceso. Una empresa había llevado a cabo una auditoría detallada de la contratación que arrojó una lista de recomendaciones detalladas que podían aplicar.

Pero también encontramos que las estrategias de las empresas a menudo dependían en gran medida de medidas como cursos de capacitación y centros de información. Creemos que hay un papel para estas iniciativas, pero que, si son la pieza central de una estrategia, la investigación sugiere que es poco probable que aborden los sesgos sistémicos arraigados o provoquen el tipo de cambio cultural necesario.

La mayoría de las empresas habían establecido grupos de redes de empleados (también llamados grupos de recursos de empleados). Algunas empresas parecían haber transferido una responsabilidad considerable a los grupos de redes y al papel de alianza. Los grupos de red pueden ser más efectivos cuando se utilizan como fuente de retroalimentación cultural, brindando información esencial sobre las experiencias reales vividas de los empleados y están empoderados. Pueden tener un gran valor al proporcionar desafíos y pueden usarse estratégicamente para representar los intereses de sus miembros y garantizar que se tengan en cuenta sus puntos de vista. Algunas empresas han asignado a cada grupo un patrocinador ejecutivo, lo que probablemente sea una forma efectiva de darles influencia. Sin este empoderamiento, aún pueden desempeñar un papel útil en la prestación de apoyo y la apertura de la discusión sobre la diversidad y la inclusión, pero es poco probable que conduzcan a un cambio significativo por sí solos.

El patrocinio y la tutoría para grupos insuficientemente representados se utilizaron a menudo como herramientas para mejorar la representación. Pensamos que estas eran acciones que valían la pena, aunque hay límites en el número de candidatos que estos programas pueden servir de manera factible y no hablamos con una empresa que hubiera tratado de ampliarlas. Hubo poca conciencia de que, debido a que la selección de estos programas era discrecional, podrían estar sujetos a sesgos.

Gobernanza y rendición de cuentas

La mayoría de las empresas nos dijeron que sus juntas estaban comprometidas y muchas pudieron dar ejemplos de desafío de la junta. Sin embargo, el alcance de la revisión del Tribunal no proporcionó pruebas suficientes para confirmar que las Juntas estaban plenamente comprometidas en toda la muestra.

Muchas empresas dijeron que los altos directivos serían responsables del progreso y que era parte de sus objetivos. Vimos una variedad de enfoques entre las empresas de nuestra muestra. Esto abarcó desde empresas que no tienen ningún vínculo con el desempeño, hasta aquellas que tenían la diversidad y la inclusión como un objetivo de desempeño o incluso como un criterio clave en su calificación de desempeño. Pero incluso en el último caso, a menudo no estaba claro cómo el progreso hacia los objetivos afectaría realmente una calificación de desempeño o recompensa, y muchas empresas no podían dar ejemplos de situaciones que requirieran un ajuste tangible para recompensar.

Algunas empresas fueron sinceras con nosotros diciendo que ciertas áreas de negocio son más difíciles de influir que otras. Por lo que nos dijeron, no había patrones obvios en esto. Es posible que se deba a subculturas o diferentes niveles de compromiso de los líderes superiores.

Inclusión y cultura

La mayoría de las empresas con las que hablamos valoran la inclusión y quieren tomar medidas para desarrollar culturas inclusivas. Pero, en muchos casos, había relativamente poca actividad para construirlos. Pocas empresas hablaron sobre los sesgos de comportamiento que afectan la inclusión o el papel de la discriminación sistémica. Algunas empresas no parecían haber reconocido que cuestiones fundamentales, como la seguridad psicológica y la acogida de diferentes perspectivas, son fundamentales para una cultura inclusiva. Por lo general, las intervenciones fueron limitadas en cuanto a alcance y efectividad probable (p. ej., capacitación voluntaria en línea para los gerentes).

Entendemos que medir la inclusión de manera efectiva es un desafío. La mayoría de los enfoques actuales se basan principalmente en preguntas de encuestas del personal. Las encuestas tienen un papel, pero tienen límites. Pueden dar una instantánea de alto nivel, pero no pueden ayudar a comprender la cultura en profundidad. Las empresas utilizaron una amplia gama de preguntas como indicadores de inclusión. Algunas empresas no pudieron explicar qué factores conforman su métrica de inclusión. Ninguna empresa con la que hablamos mencionó la Guía de Medición de Inclusión de la Comisión de Habilidades de Servicios Financieros.

En general, las empresas con puntajes relativamente altos en las encuestas de empleados parecían carecer de interés en preguntarse qué podrían estar perdiendo. Pocas empresas han intentado analizar sus datos por características de diversidad, lo que podría darles información valiosa sobre la experiencia vivida de sus empleados. Ninguna de las empresas con las que hablamos había utilizado datos para comprender la dinámica organizativa en detalle (por ejemplo, entrevistas internas o asignación de trabajo).

En general, las empresas estaban haciendo relativamente poco uso de la retroalimentación cualitativa, como los grupos focales, el uso de grupos de recursos de red / empleados y entrevistas de salida. La recopilación de esta información podría ayudar a las organizaciones a comprender por qué hay resultados divergentes, no solo dónde ocurren.

En nuestra opinión, es probable que las empresas tengan dificultades para lograr un cambio sostenible y significativo sin una mayor atención a la cultura, incluido un plan a largo plazo para generar cambios, respaldado por un compromiso de alto nivel.

Próximos pasos

Las empresas que formaron parte de esta revisión han recibido cartas de comentarios por escrito. Haremos un seguimiento con ellos a través de nuestras actividades de supervisión habituales para evaluar cómo han considerado nuestros comentarios.

Alentamos a todas las empresas reguladas a considerar estos hallazgos y utilizarlos para evaluar sus estrategias y prácticas actuales de diversidad e inclusión.

Apéndice

1: Eficacia de las acciones

Observamos anteriormente que encontramos que las estrategias y acciones de las empresas no se basan consistentemente en un diagnóstico claro de sus circunstancias específicas ni en una evaluación de su efectividad. También observamos que existe una base de evidencia mixta para la efectividad de algunas acciones para abordar los D&I. Esta sección cubre una selección de evidencia sobre algunas de las acciones más comunes que las empresas nos contaron.

  • Apoyo a la progresión profesional del personal que se reincorpora al trabajo
  • Fomento del permiso parental tanto para hombres como para mujeres
  • Tutoría y patrocinio

La Oficina de Igualdad del Gobierno enumera estas tres primeras acciones como acciones prometedoras para cerrar la brecha salarial de género. Es probable que la tutoría y el patrocinio tengan una aplicabilidad más amplia.

  • Establecer objetivos específicos del área de negocio

La Oficina de Igualdad también enumera el establecimiento de objetivos específicos como una acción prometedora. No identifican objetivos para áreas de negocio individuales, pero creemos que es probable que esto ayude a enfocar la acción donde sea más efectiva.

  • Extender el alcance del reclutamiento de nivel inicial más allá de las universidades de élite

Es muy plausible que esto aumente la gama de antecedentes sociales y étnicos de los nuevos empleados, pero será necesario un monitoreo para garantizar que funcione como se espera, incluida la retención de empleados.

  • Listas de finalistas diversas

La Oficina de Igualdad observa que, con respecto al género, hay un efecto positivo siempre que haya más de una mujer en la lista restringida.

  • Diversos paneles de entrevistas

Se puede esperar que diversos paneles reduzcan el sesgo inconsciente colectivo en línea con la diversidad de sus miembros, pero no tenemos conocimiento de una investigación rigurosa sobre el tema. Todos los paneles están abiertos al pensamiento grupal y pueden desconocer otros sesgos. Será importante supervisar la eficacia.

  • CV anonimizados

Existe evidencia de que los CV anónimos reducen el sesgo de género a lo largo del proceso de entrevista. El mismo estudio encontró un efecto inverso sobre la movilidad social, pero esto se ha explicado por la autoselección de las empresas participantes.

  • Formación obligatoria

La Oficina de Igualdad enumera una serie de tipos de capacitación para los cuales la evidencia de un efecto positivo es deficiente. Algunos entrenamientos en diversidad pueden ser contraproducentes. Algunos otros tipos de entrenamiento pueden ser valiosos, pero deben usarse con precaución y los resultados deben evaluarse.

Apéndice

Encuesta piloto de datos

Tras el documento de debate de los reguladores en 2021, realizamos una encuesta voluntaria a las empresas para comprender qué datos de diversidad e inclusión recopilaron y mantuvieron. Los resultados de la encuesta proporcionan cierto apoyo a los hallazgos de nuestra investigación. Hacemos hincapié en que la encuesta fue voluntaria, por lo que la muestra es autoseleccionada y que el tamaño de la muestra es pequeño. Los resultados deben tratarse como indicativos y no se debe confiar demasiado en ellos.



Dictamen a la Comisión Europea sobre el asesoramiento técnico del EFRAG sobre las normas europeas de información sobre sostenibilidad


FUNDAMENTO JURÍDICO

1.1. El 25 de noviembre de 2022, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) recibió la solicitud de la Comisión Europea (Comisión) de emitir un dictamen sobre el asesoramiento técnico sobre el primer conjunto de Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS), que el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) presentó a la Comisión el 22 de noviembre de 2022.

1.2. De conformidad con el artículo 49, apartado 3, de la Directiva 2013/34/UE sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas (Directiva contable3), modificada por la Directiva sobre la información sobre la sostenibilidad de las empresas (CDSR4), la Comisión solicitará el dictamen de la AESPJ —así como los dictámenes de la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM)— sobre el asesoramiento técnico del EFRAG sobre  Normas europeas de información sobre sostenibilidad, en particular por lo que respecta a su coherencia con el Reglamento (UE) 2019/2088 (también denominado Reglamento sobre divulgación de información sobre finanzas sostenibles, SFDR) y sus actos delegados. La AESPJ, la AEVM y la ABE emitirán sus dictámenes en un plazo de dos meses a partir de la recepción de la solicitud de la Comisión.

1.3. La AESPJ emite este dictamen a la Comisión sobre la base del artículo 16 bis del Reglamento (UE) n.º 1094/20105 (Reglamento de la AESPJ). Este artículo encomienda a la AESPJ que emita dictámenes al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión sobre todas las cuestiones relacionadas con su ámbito de competencia.

1.4. De conformidad con el artículo 1, apartado 3, del Reglamento de la AESPJ, la AESPJ presta especial atención a la auditoría y la información financiera, teniendo en cuenta los modelos de negocio sostenibles y la integración de los factores medioambientales, sociales y de gobernanza. A tal fin, de conformidad con el artículo 29, apartado 1, letra c), la AESPJ contribuye al desarrollo de normas de supervisión uniformes y de alta calidad, incluidas las normas de información, y las normas internacionales de contabilidad. Además, de conformidad con el artículo 9, apartado 1, letra d), la AESPJ promueve la transparencia, la simplicidad y la equidad en el mercado de productos o servicios financieros destinados a los consumidores en todo el mercado interior, en particular contribuyendo al desarrollo de normas comunes de divulgación de información.

1.5. La Junta de Supervisores ha adoptado el presente dictamen de conformidad con el artículo 2, apartado 8, de su Reglamento interno.

2. CONTEXTO Y OBJETIVO

2.1. La CSRD exige a todas las grandes empresas y a todas las empresas con valores cotizados en mercados regulados de la UE (excepto las microempresas), incluidas las aseguradoras y los fondos de pensiones, que divulguen periódicamente información sobre los riesgos, oportunidades e impactos sociales, de gobernanza y medioambientales. Esto incluye, por ejemplo, la divulgación de planes de transición para la mitigación del cambio climático, políticas sobre mitigación y adaptación al cambio climático, o posibles efectos financieros del riesgo físico y de transición material.

2.2. Las grandes empresas se definen en la CDS como las empresas de la UE que superan al menos dos de los tres criterios siguientes: más de 250 empleados por término medio durante el ejercicio; un balance general superior a 20 millones de euros; una cifra neta de más de 40 millones de euros. Sin perjuicio de las excepciones para las empresas cautivas, se espera que casi todas las compañías de seguros en el marco de Solvencia II y un número importante de fondos de pensiones puedan presentar informes, incluidos los fondos de pensiones con un número limitado de empleados.

2.3. El DRSC exige que la Comisión tenga en cuenta el asesoramiento técnico del EFRAG al adoptar actos delegados.7 El EFRAG publicó proyectos de exposición de 13 normas para consulta pública el 29 de abril de 2022. EIOPA comentó sobre los borradores de exposición ESRS 1 y ESRS 2. En su carta de comentarios a los borradores de exposición, la AESPJ alentó al EFRAG a buscar una cooperación más estrecha con el ISSB durante la finalización de sus normas, a revisar la presunción refutable que acompaña a la definición de materialidad financiera y a revisar la definición de la cadena de valor y el uso de aproximaciones.

2.4. El EFRAG presentó a la Comisión su asesoramiento técnico sobre un primer conjunto de normas el 22 de noviembre. Este primer conjunto de 12 normas abarca 2 normas de carácter transversal (ESRS 1 y ESRS 2), y 10 normas temáticas que cubren aspectos medioambientales (ESRS E1-E5), sociales (ESRS S1-S4) y de gobernanza (ESRS G1) de aplicación general en todos los sectores («agnósticos del sector»), que abordan los requisitos del artículo 29 ter, apartado 1, de la CDR.

2.5. El presente Dictamen se centra en evaluar si los RSEE a) promueven la divulgación de información sobre sostenibilidad material de alta calidad, b) son coherentes e interoperables con otros actos legislativos de la UE, c) son coherentes e interoperables con las iniciativas mundiales de normalización y d) favorecen una aplicación coherente y proporcionada por parte de las empresas.

2.6. El Dictamen se centra en la ESRS1 y la ESRS2, así como en la ESRS E1 (Medio Ambiente – Cambio Climático), reflejando los ámbitos en los que un dictamen prudencial y de supervisión sería más pertinente en esta fase en relación con los sectores de seguros y pensiones. Cuando existen puntos de atención específicos, el dictamen también abarca el ESRS social y el ESRS de gobernanza.

2.7. Cuando proceda, el dictamen identifica posibles ámbitos que la Comisión debe tener en cuenta al adoptar el primer conjunto de normas, o potencialmente como parte de un mayor desarrollo de normas (sectoriales) u orientaciones de aplicación.

3. ANÁLISIS DEL ASESORAMIENTO TÉCNICO DE EFRAG A LA COMISIÓN SOBRE LAS NORMAS EUROPEAS DE INFORMACIÓN DE SOSTENIBILIDAD

Si las normas promueven la divulgación de información de sostenibilidad material de alta calidad

3.1. La definición de materialidad es fundamental para garantizar que las empresas europeas comuniquen toda la información pertinente para sus partes interesadas. Dicha definición debe basarse en principios para tener en cuenta las circunstancias específicas de todas las empresas europeas y ser clara para facilitar una aplicación coherente por parte de los supervisores y auditores. Para comunicar información importante, la entidad informante debe tener acceso a la información pertinente sin cargas administrativas indebidas.

3.2. La AESPJ acoge con satisfacción el enfoque relativo a la evaluación de la materialidad y el hecho de que el SERS no exija a la entidad informadora que justifique cada información omitida en el informe de gestión (inicialmente conocida como «presunción refutable»).

3.3. La AESPJ apoya el enfoque de exigir la presentación de informes basados en la propia evaluación de la materialidad de la empresa y la introducción de una lista de elementos obligatorios que deben notificarse. En particular, la AESPJ apoya que el cambio climático ESRS E1 sea aplicable independientemente del resultado de la evaluación de materialidad de la empresa, ya que incluye información crítica que ayudará a las instituciones financieras a evaluar cómo contribuyen sus inversiones a la transición hacia una economía neutra en carbono.

3.4. La AESPJ acoge con satisfacción los requisitos de divulgación obligatoria que sirven como puntos de datos para que los participantes en los mercados financieros calculen y notifiquen los principales indicadores de impacto adverso enumerados en el Reglamento delegado 2022/1288 del Reglamento sobre Divulgación de Información sobre Finanzas Sostenibles, con independencia del resultado de la evaluación de la materialidad de la entidad informadora. Esto garantizará que los participantes en los mercados financieros, como las aseguradoras y los fondos de pensiones, dispongan de los datos necesarios para cumplir sus obligaciones de divulgación en virtud del SFDR. Esto es coherente con el artículo 29 ter, apartado 1, de la DRSC, que exige que los futuros actos delegados «incluyan al menos la información que los participantes en los mercados financieros sujetos a las obligaciones de divulgación del Reglamento (UE) 2019/2088 necesiten para cumplir dichas obligaciones».

3.5. La AESPJ observa que el CDS ofrece a los Estados miembros la posibilidad de permitir a las empresas omitir información cuando su divulgación sería gravemente perjudicial para la posición comercial del grupo. En función de las condiciones que los Estados miembros puedan establecer en la transposición de la CDSR, la AESPJ señala que el uso de esta opción por parte de las empresas podría ser generalizado. EIOPA entiende que ESRS 1 Sección 7 reduce el alcance de la información que puede omitirse a la información sobre «propiedad intelectual, conocimientos técnicos o resultados de la innovación». La AESPJ advierte contra la posible aplicación generalizada de la ERS 1, apartados 108 a 110, reforzada por el hecho de que la ERS 2 no exige a una empresa que revele el alcance de la información omitida cuando el Estado miembro haya aplicado la opción prevista en el artículo 19 bis de la Directiva contable, modificada por la DRS. A este respecto, la AESPJ aconseja a la Comisión que aclare más a fondo qué se entiende por «información que sería gravemente perjudicial para la posición comercial de la empresa si se divulgara» y cómo identificar dicha información (por ejemplo, estableciendo criterios). Además, habida cuenta de la jerarquía de normas según la cual los actos delegados solo pueden completar o modificar determinados elementos no esenciales del acto legislativo, puede que no sea posible limitar la aplicación de la DRSC a través del SEE.

3.6. La AESPJ acoge con satisfacción que la definición de materialidad financiera converja hacia la definición establecida en el borrador de exposición de los requisitos generales de la NIIF S1 para la divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad publicado por el ISSB, por ejemplo, eliminando la referencia al concepto de valor de empresa. No obstante, la AESPJ toma nota de las diferentes medidas de materialidad que se están introduciendo a lo largo de los apartados ESRS1 51-53. La AESPJ aconseja a la Comisión que revise estos apartados, simplificando la definición basada en la NIIF S1, apartado 56, definiendo que «la información se considera importante si se puede esperar razonablemente que la omisión, la tergiversación o el ocultamiento de dicha información influyan en las decisiones que los usuarios primarios de la información financiera de propósito general toman sobre la base de [las declaraciones de sostenibilidad de la empresa]». Esto también garantizaría la coherencia con la evaluación prudencial de la materialidad financiera de los riesgos relacionados con el clima que las compañías de seguros llevarán a cabo como parte de su propia evaluación de riesgos y solvencia (ORSA). Por lo tanto, EIOPA espera que su guía de aplicación no vinculante sobre la ejecución de la evaluación de materialidad del cambio climático y el uso de escenarios de cambio climático en la ORSA ayude a las empresas de seguros a cumplir con sus requisitos de divulgación en las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad.

3.7. Por último, por lo que respecta a la definición de cadena de valor, la AESPJ acoge con satisfacción la armonización de la definición de la cadena de valor en el marco del ESRS con la definición del ISSB. Además, la AESPJ apoya la aclaración del Reglamento Financiero Europeo de los Valores Generales 1, apartado 68, de que la entidad no tiene que informar sobre todos los agentes de la cadena de valor: solo debe incluirse información importante sobre la cadena de valor de los agentes de la cadena de valor. La AESPJ también apoya la aclaración de que cuando las empresas conjuntas y los asociados forman parte de la cadena de valor, la información material de la cadena de valor se divulga de manera coherente con el enfoque adoptado para las demás relaciones comerciales.

3.8. La AESPJ opina que es necesaria una mayor claridad sobre los límites de la cadena de valor para que los participantes en los mercados financieros puedan informar sobre los impactos materiales pertinentes en materia de sostenibilidad en toda la cadena de valor de manera proporcionada y basada en el riesgo. Idealmente, dicha orientación debería estar disponible a más tardar como parte del segundo conjunto de ESRS. La orientación debe incluir, entre otras cosas, aclaraciones sobre lo siguiente:

3.8.1. La definición de cadena de valor en el RERS 1 incluye «todas las relaciones relacionadas con el modelo de negocio de la empresa» y «las relaciones que la empresa utiliza y en las que confía para crear sus productos o servicios». El apartado 67 del ERS 1 establece que «la información sobre la empresa informadora en las declaraciones de sostenibilidad se ampliará para incluir información sobre las repercusiones importantes, riesgos y oportunidades relacionados con la empresa a través de sus relaciones comerciales directas e indirectas […] en la cadena de valor». El párrafo 26a del RSG 1 establece que las «partes interesadas afectadas» son «individuos o grupos cuyos intereses se ven afectados o podrían verse afectados, positiva o negativamente, por las actividades de la empresa y sus relaciones comerciales directas e indirectas en toda su cadena de valor». Además, el párrafo 1 de ESRS S2 dice que el objetivo de la norma es «especificar los requisitos de divulgación que permitirán a los usuarios de las declaraciones de sostenibilidad comprender los impactos materiales en los trabajadores de la cadena de valor causados o a los que contribuyó la empresa, así como los impactos materiales que están directamente relacionados con las propias operaciones, productos o servicios de la empresa a través de sus relaciones comerciales y sus riesgos y oportunidades materiales relacionados […] (subrayado añadido). Las principales relaciones comerciales directas en la cadena de valor de las aseguradoras y fondos de pensiones incluyen sus sociedades participadas y sus asegurados o partícipes y beneficiarios. Se plantea la cuestión de si las aseguradoras o los fondos de pensiones pueden informar sin costes o esfuerzos indebidos sobre los impactos en terceros que están vinculados a la entidad a través de estas relaciones comerciales directas, como los trabajadores de la cadena de valor.

3.8.2. Por ejemplo, las decisiones de inversión de las empresas de seguros y los fondos de pensiones pueden «afectar» indirectamente a las partes interesadas de las empresas en las que invierten. Los aseguradores o los fondos de pensiones suelen tener participaciones no mayoritarias en sus sociedades participadas y, por lo tanto, pueden no estar en condiciones de influir o participar en el proceso de toma de decisiones de las participadas. Por lo tanto, también podría resultar oneroso para las empresas de seguros y los fondos de pensiones identificar a terceros vinculados a ellos a través de sus participadas. Se necesitarían más orientaciones para comprender si la tenencia de una participación no mayoritaria en una empresa participada en sí misma es suficiente para concluir que el inversor podría ser parte de impactos negativos en terceros, como los trabajadores de la cadena de valor.

3.8.3. En cuanto al impacto de las actividades de suscripción de los aseguradores, teniendo en cuenta que los tomadores de seguros forman parte de la cadena de valor definida en el apéndice A15 del ERS 1 y que los aseguradores deben informar sobre los requisitos pertinentes del SRSR S4 («Consumidores y usuarios finales»), es preciso aclarar en qué medida las decisiones de suscripción de las empresas de seguros «afectan» indirectamente a las partes interesadas de las entidades que aseguran. Por ejemplo, teniendo en cuenta la definición de «emisiones indirectas»16, que dice que las emisiones indirectas de GEI son una consecuencia de las operaciones de la empresa, sería necesario aclarar si las emisiones de GEI de los asegurados deben considerarse una consecuencia del contrato de seguro y deben informarse sobre ellas. Se plantea la cuestión de si esto requeriría que la aseguradora informara sobre las emisiones de GEI de los asegurados cubiertos por contratos de seguro de automóviles o electrodomésticos. Tal requisito podría tener implicaciones significativas en los costos incurridos por las aseguradoras para realizar su servicio de seguro.

3.8.4. El requisito de incluir información sobre las repercusiones importantes, los riesgos y las oportunidades relacionados con la empresa a través de sus relaciones comerciales directas e indirectas en la cadena de valor también puede plantear retos operativos para que las entidades financieras recopilen información comparable y fiable sobre sus empresas participadas a un coste y esfuerzo razonables. En este contexto, la AESPJ está de acuerdo con el requisito del ERS 1, apartado 73, de que una empresa estime la información que debe comunicarse sobre su cadena de valor ascendente y descendente utilizando toda la información razonable y justificable, como los datos medios del sector y otros datos sustitutivos. Sin embargo, a EIOPA le preocupa que el uso de proxies pueda tener un impacto negativo en la comparabilidad de las divulgaciones a lo largo de la cadena de valor. Por lo tanto, es fundamental que la ESRS incluya divulgaciones sobre los juicios significativos que una entidad utiliza para estimar la información que no puede recopilar de sus socios de la cadena de valor. A este respecto, la AESPJ acoge con satisfacción la decisión de exigir a una empresa que divulgue los factores de emisión y las metodologías utilizadas para estimar las emisiones de gases de efecto invernadero que se producen dentro de su cadena de valor. A medida que se desarrolla la práctica, EIOPA recomienda que las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad consideren la introducción de una jerarquía de factores de emisión que guíe a las empresas a seleccionar los factores de emisión más relevantes en función de los datos que estén razonablemente disponibles para ellas.

3.9. Los siguientes ámbitos también requerirían una mayor aclaración:

3.9.1. ESRS 2, apartado 56, requiere una breve explicación cuando una entidad considere que la divulgación de información en un conjunto de ESRS tópicos no es importante. El estándar no especifica más el contenido esperado. La AESPJ sugiere que se haga referencia, por ejemplo, a la explicación requerida en el ESRS 2, párrafo 51 (d), identificando los umbrales potenciales que la entidad ha aplicado o los parámetros que ha utilizado para respaldar la conclusión de que el tema no es importante a efectos de información.

3.9.2. Definición de materialidad del impacto: La AESPJ reconoce que la lista de requisitos que deben notificarse independientemente del resultado de la evaluación de la materialidad («requisitos obligatorios») del apéndice C del RESG 2 cubre las necesidades de los aseguradores y los proveedores de pensiones y elude el riesgo de omisiones. Puede ser necesaria más orientación para ayudar a las empresas a determinar la «gravedad» y la «probabilidad»18 de sus impactos, tal como se menciona en el ESRS 1, apartado 48.

3.9.3. La afirmación que figura en el apartado 77 del ERS 1 de que «una forma en que la empresa puede demostrar un esfuerzo razonable para recopilar datos de los agentes de su cadena o cadenas de valor es utilizando o aumentando la influencia sobre ellos, por ejemplo, mediante la colaboración con otras empresas y partes interesadas que podrían ayudar a hacerlo» puede implicar una forma de requisitos de conducta que no son adecuados para un marco de información,  y, por lo tanto, debe revisarse la inclusión de esta disposición.

Si las normas son interoperables con las normas sectoriales de la UE

3.10. Es importante que las normas sean coherentes con los requisitos sectoriales, a fin de garantizar que los participantes en los mercados financieros tengan acceso a los datos pertinentes para cumplir sus obligaciones de información, en particular en virtud del Reglamento sobre taxonomía y el Reglamento sobre divulgación de información sobre finanzas sostenibles, así como del Reglamento prudencial y de conducta del pilar III.

3.11. La adopción de las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad es fundamental para apoyar la aplicación coherente de las divulgaciones del PAI del SFDR y proporcionar a los participantes en los mercados financieros datos fiables y comparables sobre los impactos negativos derivados de sus empresas participadas. Como se destacó anteriormente en la sección sobre materialidad, EIOPA acoge con satisfacción el requisito de divulgación de divulgar todos los puntos de datos para servir a las divulgaciones relacionadas con SFDR, independientemente de la evaluación de materialidad de la entidad informante.

3.12. A este respecto, la AESPJ desea subrayar que los indicadores de los cuadros 2 y 3 del anexo 1 del Reglamento delegado 2022/1288 (también conocidos como indicadores de «opt-in») no son opcionales, ya que los participantes en los mercados financieros tienen que comunicar información sobre uno o más indicadores medioambientales adicionales (del cuadro 2) y uno o más indicadores sociales adicionales (del cuadro 3). Además, los participantes en los mercados financieros deben explicar las metodologías utilizadas para seleccionar los indicadores e identificar los principales efectos adversos de sus decisiones de inversión. Por consiguiente, es fundamental que las sociedades en las que se invierta informen sobre todos los puntos de datos pertinentes asignados a dichos indicadores para garantizar que los participantes en los mercados financieros puedan informar sobre todos los indicadores PAI pertinentes para sus inversiones.

3.13. Pueden ser necesarias más orientaciones para fomentar la comparabilidad con los indicadores relacionados con el SFDR en determinados ámbitos, y debe mantenerse un intercambio continuo entre el EFRAG y las AES para garantizar una mayor armonización con el SFDR.

Si las normas son interoperables con las normas internacionales

3.14. Es importante que las normas limiten el riesgo de información incoherente o de carga administrativa debido a los requisitos de doble información para las empresas que operan a escala mundial. En el futuro, las empresas europeas que cotizan en jurisdicciones extranjeras pueden estar sujetas a los requisitos de información establecidos por el Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB), basándose en las normas de divulgación del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TFCD). Con el fin de evitar la fragmentación internacional de los requisitos de información de sostenibilidad entre jurisdicciones, EIOPA considera que las normas ESRS deben garantizar que las empresas europeas que informan bajo ESRS se consideren automáticamente que cumplen con el marco de información de sostenibilidad IFRS.

3.15. La AESPJ considera que el SGSR está bien alineado con las normas de información sobre sostenibilidad de las NIIF del ISSB. La AESPJ acoge con satisfacción la armonización del ESRS con determinados conceptos clave del ISSB, por ejemplo, con respecto a las definiciones de cadena de valor y materialidad financiera, como se ha mencionado anteriormente. En cuanto a la definición de materialidad, ESRS 1 ha incorporado la definición de materialidad financiera de la NIIF S1 y ha tratado de acercar su definición de materialidad de impacto a la de GRI.

3.16. La AESPJ toma nota de que las deliberaciones del ISSB están en curso. La AESPJ acoge con satisfacción el debate que está teniendo lugar en el ISSB sobre este asunto21, y destaca el valor y la lógica de la doble materialidad.

3.17. Sobre la base de la información más reciente disponible en el momento de redactar el presente dictamen, la AESPJ ha tomado nota de la evolución del ISSB que no estaría cubierta por el actual asesoramiento técnico del EFRAG:

a) El documento del personal del ISSB número 4B de diciembre de 2022 alienta a la Junta Directiva del ISSB a introducir nuevos requisitos de divulgación relacionados con el porcentaje de emisiones totales de GEI de alcance 3 que se estima utilizando insumos verificados.

b) El documento del personal del ISSB número 4A de diciembre alienta a la Junta del ISSB a introducir nuevos requisitos de divulgación relacionados con los datos de actividad, ya sea que los datos de actividad se basen en la producción económica o física y lo que representan los datos (por ejemplo, para la categoría 1 de emisiones de GEI de alcance 3, esto podría ser cantidades o unidades de bienes o servicios comprados por la entidad).

3.18. La AESPJ observa que el hecho de que las normas del ISSB aún no estén finalizadas representa un reto para garantizar la interoperabilidad de las normas. Es importante que todas las partes sigan esforzándose por lograr la interoperabilidad internacional y que el EFRAG y la Comisión sigan supervisando la evolución del ISSB.

3.19. El Apéndice V – Comparación de las NIIF y las ESRS 1 y 2 proporciona una visión general útil de la coherencia entre el ESRS y el ISSB y un punto de partida para supervisar la evolución en los marcos respectivos. La AESPJ anima al EFRAG y al ISSB a adoptar un cuadro de conciliación acordado de común acuerdo basado en sus respectivos requisitos de divulgación de taxonomía digital con el fin de proporcionar claridad a las empresas, permitir a la Comisión supervisar los cambios realizados por el ISSB y evaluar la posible necesidad de realizar ajustes específicos para armonizar el SRSG con la norma final de sostenibilidad de las NIIF.

Si las normas apoyan una aplicación coherente y proporcionada de los informes de sostenibilidad

3.20. Para apoyar a las empresas en su obligación de informar y promover prácticas coherentes y convergentes en una fase temprana de aplicación, es importante contar con una única fuente de orientación sobre la interpretación y aplicación de las normas de la UE en materia de información sobre sostenibilidad. Esto aumentará la calidad de la presentación de informes y facilitará la revisión supervisora.

3.21. Las AES abordarán cuestiones relativas a la aplicación convergente de los requisitos del SFDR a través de sus instrumentos de convergencia habituales, incluido el proceso de preguntas y respuestas. La AESPJ apoyaría un proceso simplificado de orientación en todas las piezas del marco europeo de información sobre sostenibilidad que implique a todos los actores relevantes en el futuro, para garantizar la eficiencia y la coherencia de la implementación.

3.22. Teniendo en cuenta el mandato en curso del Comité Mixto de las Autoridades Europeas de Supervisión para revisar y modificar el Reglamento 2022/128822, el desarrollo ulterior de los indicadores del SFDR puede crear nuevas necesidades de datos para los participantes en los mercados financieros y, por lo tanto, dar lugar a exigir información adicional en el VSS. Con el fin de garantizar la coherencia entre los requisitos europeos de información sobre sostenibilidad, es fundamental que las modificaciones del SFDR puedan tenerse en cuenta en las adaptaciones al ESRS y que se establezca un proceso de revisión oportuno para adaptar el Reglamento Delegado por el que se aplica la CDSR.

3.23. Como se ha mencionado anteriormente, teniendo en cuenta las posibles implicaciones generales de la aplicación del ERS en toda la cadena de valor de las compañías de seguros y los fondos de pensiones, la adopción oportuna de normas europeas de sostenibilidad específicas del sector para el sector de los seguros debería aclarar los límites de la cadena de valor y las partes interesadas afectadas para las entidades financieras. La AESPJ opina que es necesaria una mayor claridad sobre los límites de la cadena de valor para que los participantes en los mercados financieros puedan informar sobre los impactos materiales pertinentes en materia de sostenibilidad en toda la cadena de valor de manera proporcionada y basada en el riesgo. Idealmente, dicha orientación debería estar disponible a más tardar como parte del segundo conjunto de ESRS.

3.24. La AESPJ acoge con satisfacción que la estructura de la declaración de sostenibilidad y el requisito de la ESRS 2 de divulgar un índice de los requisitos de divulgación facilitarán la identificación de las divulgaciones relacionadas con el SFDR en el informe de gestión. Sin embargo, aún puede resultar oneroso para los participantes en los mercados financieros identificar las divulgaciones pertinentes para cumplir con el Reglamento delegado del SFDR. De ahí la importancia de especificar el marcado de los informes de sostenibilidad de conformidad con el formato electrónico de notificación especificado en el Reglamento delegado (UE) 2019/815. Además, hasta que los puntos de datos relacionados con el SFDR estén disponibles en el Punto de Acceso Único Europeo en 2027, la AESPJ sugiere que se exija a todas las empresas sujetas a la CDS que preparen una declaración resumida dentro de su informe de gestión que describa todos los puntos de datos relacionados con el SFDR. Ese requisito mejoraría considerablemente el acceso a la información que de otro modo estaría dispersa en el informe de gestión.

3.25. A fin de facilitar la accesibilidad de la información para los participantes en el mercado, es fundamental que los requisitos de divulgación que respaldan las divulgaciones del SFDR estén claramente etiquetados. La AESPJ anima a la Comisión a adoptar rápidamente las medidas necesarias para especificar el marcado de los informes de sostenibilidad de conformidad con el formato electrónico de notificación especificado en el Reglamento delegado (UE) 2019/815 («taxonomía digital para la información de sostenibilidad de la Unión»).

3.26. La AESPJ toma nota de la posibilidad de que las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de servicios de inversión, tal como se definen en el Reglamento (UE) No. 575/2013 (Reglamento sobre requisitos de capital, RRC), apliquen normas simplificadas de información sobre sostenibilidad definidas para las pequeñas y medianas empresas. Si bien la Directiva Solvencia II y, con ella, la definición de empresas de bajo perfil de riesgo aún está siendo objeto de revisión, para garantizar la igualdad de condiciones con el sector bancario, las empresas de bajo perfil de riesgo deben poder aplicar normas simplificadas de información sobre sostenibilidad en el marco de la CDSR.

Otros comentarios

3.27. La AESPJ observa que el apartado 7 b) de los requisitos generales del ESRS 1 estipula que «tendrá en cuenta» indica que la disposición está prescrita por un requisito de divulgación o un punto de datos. Aplicado a E1 Cambio Climático AR39, que indica que «Al preparar la información para reportar las emisiones de GEI como se requiere en el párrafo 41, la empresa considerará los principios, requisitos y orientación proporcionados por la Norma Corporativa del Protocolo de GEI (versión 2004 o la más reciente) y GRI 305 (versión 2016 que se basa directamente en los requisitos del Protocolo de GEI)»,  puede ser necesario aclarar si la empresa tiene que utilizar la Norma Corporativa del Protocolo de GEI o la GRI 305, o si se puede considerar el uso de estas metodologías, pero se pueden utilizar otras normas si está justificado.

3.28. La AESPJ observa que, a partir de 2025, el CSRD impondrá un requisito de auditoría obligatorio basado en una opinión de fiabilidad limitada para todas las divulgaciones de las declaraciones de sostenibilidad, incluidas las divulgaciones de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre taxonomía. La CDS faculta a la Comisión para adoptar normas de auditoría hasta octubre de 2026. La AESPJ considera que unos dictámenes de auditoría sólidos son fundamentales para garantizar la aplicación coherente de las normas europeas y salvaguardar la confianza del público en los informes de sostenibilidad de las empresas. Además, la AESPJ señala que la auditoría obligatoria en el CSRD mejorará la fiabilidad de las divulgaciones de conformidad con el Reglamento SFDR que entró en vigor en marzo de 2021. En consecuencia, la AESPJ recomienda que la Comisión aclare el alcance de la garantía prevista antes de las primeras publicaciones en el marco de la ERT.

3.29. Además, la AESPJ acoge con satisfacción la aclaración que figura en el apartado 71 de la ESRS 1 sobre cómo deben incluirse las empresas asociadas y las empresas conjuntas en las declaraciones de sostenibilidad. Sin embargo, la AESPJ señala que el término «empresa conjunta» no está definido en la Directiva 2013/34/UE sobre contabilidad. Además, la Directiva contable se refiere a «empresa asociada» en lugar de «asociadas». Teniendo en cuenta que la CDS modificará la Directiva sobre contabilidad, la AESPJ entiende que las empresas europeas aplicarán las normas de consolidación descritas en el capítulo 6 de la Directiva contable para comunicar su informe de gestión consolidado, por lo que la Comisión puede considerar una armonización más estrecha entre la terminología utilizada en la Directiva contable y en el ESRS 1.

3.30. La AESPJ también observa que la definición de corrupción del SRSR G1 puede no ajustarse plenamente a las definiciones establecidas en el artículo 2 de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo y en el artículo 4 de la Directiva 2017/1371, relativa a la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal. A fin de evitar la inseguridad jurídica sobre qué definición aplicarán los participantes en los mercados financieros para notificar los principales indicadores de impacto adverso del SFDR, la AESPJ recomienda aclarar qué definición debe prevalecer en el contexto de los requisitos de información sobre sostenibilidad.

3.31. Por último, la AESPJ observa que la definición de empleado que figura en el apéndice A y en el apartado 53 del ESRS S1 «Mano de obra propia» dice que «un empleado es una persona que mantiene una relación laboral con la empresa de conformidad con la legislación o la práctica nacionales». Además, la definición de «mano de obra propia/trabajadores propios» que figura en el apéndice A establece una distinción entre

▪ «trabajadores que mantienen una relación laboral con la empresa («trabajadores»)» y

▪ «trabajadores no asalariados que sean contratistas individuales que suministren mano de obra a la empresa (‘trabajadores autónomos’) o trabajadores prestados por empresas dedicadas principalmente a «actividades de empleo» (código NACE No. 78).». Sin embargo, el punto 57 de la RSE S1 destaca que una empresa puede tener una relación laboral con un no empleado. EIOPA recomienda eliminar esta incoherencia y aclarar explícitamente en ESRS S1 la definición de «relación laboral».

4. OPINIÓN

EIOPA opina que:

4.1. los proyectos de normas europeas para la presentación de informes de sostenibilidad presentados por el EFRAG en su asesoramiento técnico a la Comisión promueven en general la divulgación de información material sobre sostenibilidad de alta calidad y apoyan la interoperabilidad sectorial e internacional;

4.2. los requisitos de divulgación obligatoria que sirven como puntos de datos para que los participantes en los mercados financieros calculen y notifiquen los principales indicadores de impacto adverso enumerados en el Reglamento Delegado 2022/1288 del Reglamento sobre Divulgación de Información sobre Finanzas Sostenibles (anexo I – cuadros 1, 2 y 3), independientemente del resultado de la evaluación de la importancia relativa de la entidad informadora, apoyarán a los participantes en los mercados financieros en sus obligaciones de información;

4.3. Serían necesarias orientaciones para garantizar la notificación de los impactos significativos pertinentes en materia de sostenibilidad en toda la cadena de valor de las entidades financieras de una manera basada en el riesgo, especialmente en lo que respecta a la información que las empresas de seguros y los fondos de pensiones deben comunicar sobre los impactos derivados de sus empresas participadas y los tomadores de seguros. Idealmente, dicha orientación sobre la definición de la cadena de valor y sus límites debería estar disponible a más tardar como parte del segundo conjunto de ESRS;

4.4. A fin de evitar la fragmentación internacional de los requisitos de información sobre sostenibilidad entre jurisdicciones, las normas del ESRS deben garantizar que se considere automáticamente que las empresas europeas que informan con arreglo al ESRS cumplen automáticamente el marco de información sobre sostenibilidad de las NIIF. A este respecto, la AESPJ aprecia los esfuerzos realizados por el EFRAG para garantizar una estrecha armonización entre las normas de sostenibilidad de la RSG y las NIIF, pero señala que puede ser necesario considerar modificaciones en los próximos meses para garantizar que las normas europeas sean coherentes con los requisitos del ISSB que se espera que finalicen en el primer semestre de 2023;

4.5. debe establecerse un proceso simplificado de orientación en todas las piezas del marco europeo de información sobre sostenibilidad en el que participen todos los agentes pertinentes en el futuro, a fin de garantizar la eficiencia y la coherencia de la aplicación;

4.6.  Afín de garantizar la coherencia entre los requisitos europeos de información sobre sostenibilidad, es fundamental que las modificaciones del SFDR puedan tenerse en cuenta las adaptaciones al ERS y que se establezca un proceso de revisión oportuno para adaptar el Reglamento delegado por el que se aplica la CDSR; lo ideal sería que la Comisión adoptara normas sectoriales específicas para el sector financiero ya en 2025 para respaldar la primera notificación por parte del sector financiero;

4.7. A fin de garantizar unas condiciones de competencia equitativas con el sector bancario, debe permitirse a las empresas de bajo perfil de riesgo (tal como se definen en la revisión de Solvencia II) aplicar normas simplificadas de información sobre sostenibilidad en el marco de la REC.



Reino Unido Centrándonos en los datos para el futuro



Prólogo de la Secretaria Parlamentaria de la Oficina del Gabinete, Heather Wheeler MP

La tecnología ha revolucionado todos los aspectos de nuestra sociedad y nuestra economía, incluida la forma en que brindamos nuestros servicios públicos, ayudando a que la vida de las personas sea más fácil y segura. El inicio de la pandemia de COVID-19 ha visto nuevos avances en el uso de nuevas tecnologías innovadoras, como el NHS COVID Pass, que permitió a los ciudadanos del Reino Unido viajar, garantizando su salud y seguridad.

Nuestra ambición es ir más allá de estos focos de práctica brillante. Debemos ofrecer una política que tenga un impacto real en la vida de las personas, no solo en una crisis, sino todos los días y para todos. Cuando las personas piden sus alimentos, reservan unas vacaciones o consultan sus cuentas bancarias, esperan y reciben una experiencia fácil y sin inconvenientes. Lo mismo debería ocurrir con los servicios gubernamentales.

Como secretario Parlamentario responsable del gobierno digital, tengo el privilegio de presentar la Hoja de ruta del gobierno para 2022 a 2025 para Digital y Datos, Transformando para un Futuro Digital. Esto establece nuestras ambiciones de transformar los servicios públicos digitales, ofrecer tecnología y sistemas digitales de clase mundial, y atraer y retener a los mejores talentos digitales. También debemos generar valor por el dinero para el contribuyente, transformando nuestras formas de trabajo para permitir que el servicio civil trabaje de manera más inteligente y rápida y cumpla con nuestras ambiciones de una transformación digital generalizada.

El Reino Unido tiene un potencial inmenso. Tenemos algunos de los mejores talentos digitales en cualquier parte del mundo. A través de este trabajo capitalizaremos nuestras grandes fortalezas, impulsaremos nuestra economía, acercaremos a la sociedad y mejoraremos los servicios para las personas en todo el país.

Mensaje de Paul Willmott, presidente ejecutivo, Oficina Central de Digital y Datos

Lo digital y los datos son los componentes básicos de todas las organizaciones exitosas. Solo es posible tomar decisiones efectivas, satisfacer las necesidades de los clientes y responder a nuevos desafíos y oportunidades cuando se cuenta con tecnología moderna, acceso en tiempo real a datos de alta calidad, un cuadro de talentos digitales calificados y las condiciones adecuadas para que prospere la innovación.

La gente espera que los servicios gubernamentales sean tan buenos como las mejores experiencias en línea del sector privado. Crecer para cumplir con estas expectativas requerirá un cambio en una escala que el gobierno nunca antes había emprendido.

Esta hoja de ruta es una ambiciosa declaración de intenciones. Representa una nueva era de colaboración en la transformación digital y marca un cambio radical en la agenda digital y de datos. Escrito en colaboración, establece una visión colectiva respaldada por compromisos y acciones reales y tangibles, que deben cumplir todos los departamentos gubernamentales.

Quiero aprovechar esta oportunidad para agradecer a nuestros socios en todo el gobierno por reunir esta hoja de ruta colectiva. Lo digital impacta todo lo que hacemos. A medida que nos recuperamos de la pandemia de COVID, debemos continuar colaborando y transformando nuestras capacidades digitales, y cumplir nuestra ambición de brindar servicios digitales de clase mundial al público.

Las barreras que enfrenta el gobierno para lograr la transformación digital son significativas, sin embargo, la oportunidad que presenta es inmensa y garantizará que la sociedad del Reino Unido obtenga los beneficios en las próximas décadas.

Acerca de la hoja de ruta 2022-25 del gobierno para digital y datos

Esta hoja de ruta establece una visión intergubernamental común para 2025 y un conjunto de acciones específicas que tomaremos colectivamente para lograrlo. Ha sido escrito en colaboración por la Oficina Central Digital y de Datos (CDDO) y los departamentos del gobierno central.

Como se establece en un informe de la Oficina Nacional de Auditoría en 2021, los intentos anteriores de transformación digital en el gobierno han tenido un éxito desigual. Las estrategias anteriores carecían de especificidad, respaldo intergubernamental, líneas claras de responsabilidad y propiedad empresarial. Posteriormente, los antiguos programas emblemáticos se cerraron lentamente y no lograron resultados.

Esta hoja de ruta está diseñada para ser diferente. La creación del CDDO ha marcado una nueva era de transformación digital en el gobierno, cuyo sello distintivo es la verdadera colaboración y el liderazgo de la Secretaría Permanente para la agenda digital en una escala nunca antes vista. Esta hoja de ruta se ha desarrollado con los líderes más importantes del gobierno junto con expertos digitales de todo el gobierno y más allá. Juntos, hemos trabajado para desarrollar compromisos que son concretos, medibles y ambiciosos, pero también alcanzables, con planes sólidos implementados para trabajar en todos los departamentos para rastrear y respaldar el progreso.

Esta hoja de ruta es para los departamentos del gobierno central y no se aplica directamente al gobierno local ni a las administraciones descentralizadas. Sin embargo, CDDO y el Departamento de Nivelación, Vivienda y Comunidades están involucrando conjuntamente al gobierno local para ayudar a crear alineación con estos planes apoyando la reforma de los servicios locales y, cuando corresponda, alentando la unión con los servicios del gobierno central. CDDO también está trabajando en estrecha colaboración con las administraciones descentralizadas para garantizar que haya una estrecha alineación entre la hoja de ruta del gobierno y sus planes existentes.

Fondo

El gobierno tiene un conjunto de prioridades ambiciosas, desde Net Zero, el plan para descarbonizar nuestra economía a cero neto para 2050, hasta Leveling Up, el programa para distribuir las oportunidades de manera más equitativa en todo el Reino Unido. Estas prioridades y muchas otras podrían cumplirse de manera más rápida y eficaz mediante un uso más amplio de lo digital y los datos. Digital se refiere a una forma de trabajar habilitada por la tecnología que utiliza herramientas, técnicas y capacidades modernas. Mientras que Datos, se refiere a la información digital sobre personas, cosas y sistemas, tal como se establece en la Estrategia Nacional de Datos.

Mejorar la forma en que usamos lo digital y los datos permitirá que el gobierno opere de manera más eficiente. Este gobierno comprende las presiones que enfrenta la gente con el costo de vida. A medida que nos recuperamos de la pandemia de COVID-19 y Build Back Better, es más importante que nunca que el gobierno genere ahorros para los contribuyentes. Lo digital y los datos son fundamentales para construir este gobierno más eficiente. Vemos esto en organizaciones del sector público y privado que se han vuelto más productivas después de adoptar la transformación digital y en los servicios digitales y la tecnología moderna que operan de manera más eficiente y a menor costo. Los flujos efectivos de datos ayudan a impulsar estos servicios digitales inteligentes y mejores decisiones de inversión, mientras que las formas digitales de trabajar y las fuerzas laborales altamente calificadas permiten que los equipos más pequeños trabajen de manera más inteligente y rápida.

A medida que buscamos cumplir el compromiso del gobierno de difundir oportunidades en todo el Reino Unido mediante Leveling Up, los cambios hacia formas de trabajo más habilitadas digitalmente ayudarán, lo que permitirá que el Servicio Civil trabaje en todas las ubicaciones y contrate de manera más equitativa en todo el Reino Unido, en lugar de concentrarse. puestos de trabajo en Londres y el sureste. Un gobierno digital más inteligente y eficiente ayudará a hacer crecer la economía digital de Gran Bretaña y atraerá a los mejores y más brillantes talentos de todo el mundo, y los excelentes servicios digitales accesibles permitirán que todos en el Reino Unido accedan a la información y los servicios que necesitan, como iniciar un negocio. Esto nos permitirá seguir el ritmo de los líderes mundiales y permitir que el Reino Unido recupere su posición como líder mundial en gobierno digital.

Los gobiernos digitales líderes ofrecen servicios digitales mejores y más eficientes que ayudan a crear una huella de carbono más baja. Aprovecharemos estos beneficios, reduciendo la dependencia de los servicios presenciales y reduciendo el uso de papel en todo el gobierno. Los cambios drásticos en nuestro enfoque para construir y comprar tecnología también pueden reducir el desperdicio, permitirnos operar de manera más sostenible y permitir el desarrollo de modelos sofisticados que ayuden a predecir y guiar nuestras respuestas al cambio climático.

Finalmente, como lo establece el primer ministro en la Estrategia de Seguridad Cibernética del Gobierno, la resiliencia cibernética es vital para la seguridad y la prosperidad del Reino Unido. La amenaza que enfrentamos es real y creciente. Las organizaciones gubernamentales son un objetivo habitual de los ataques cibernéticos. Si tienen éxito, los atacantes pueden interrumpir servicios vitales, robar datos confidenciales o difundir información errónea. El gobierno estableció su enfoque para construir un sector público resistente a la cibernética en la Estrategia de Seguridad Cibernética del Gobierno; esta hoja de ruta la complementa explicando cómo traeremos las habilidades cibernéticas que necesitamos y construiremos sistemas y servicios que sean seguros por diseño.

¿Dónde estamos hoy?

Hemos recorrido un largo camino en la última década. Ahora hay miles de profesionales digitales, de datos y tecnología que trabajan en equipos altamente efectivos en todo el gobierno. Los departamentos a menudo pueden brindar servicios digitales de gran volumen con un buen estándar, administrar bien los patrimonios tecnológicos complejos e innovar y responder rápidamente a medida que cambian las necesidades de los ciudadanos.

Los departamentos también están invirtiendo en tecnología de punta para resolver problemas complejos. Por ejemplo, el Programa Nacional de Gemelos Digitales está creando un ecosistema nacional de gemelos digitales conectados, incluido uno que modela el impacto de las inundaciones provocadas por el cambio climático. Mientras tanto, HM Revenue and Customs está trabajando con una empresa emergente del Reino Unido para integrar la tecnología blockchain en las cadenas de suministro para aumentar la eficiencia y la seguridad.

La pandemia de COVID-19 demostró que el gobierno podía trabajar más rápido para cumplir con los objetivos de las políticas a través de la entrega digital. El Servicio de Personas Vulnerables, proporcionado por el Servicio Digital del Gobierno, construyó la infraestructura para compartir datos entre el gobierno central, el gobierno local y los mayoristas en solo días, lo que permitió la entrega de más de 4,2 millones de paquetes de suministros a algunas de las personas más vulnerables de nuestra sociedad.

Sin embargo, en muchas áreas, el gobierno del Reino Unido todavía va a la zaga de otros sectores. Nuestros servicios suelen ser lentos, difíciles de usar y caros de prestar. Los departamentos operan muchas soluciones de identidad digital de la competencia, así como programas de transformación de verificación de identidad duplicada. La calidad de los datos es inconsistente y, con frecuencia, pobre y el intercambio efectivo de datos entre departamentos es limitado. La tecnología costosa y obsoleta nos frena y no aprovechamos nuestra escala en la adquisición de tecnología. No estamos logrando atraer a los mejores talentos digitales o desarrollar capacidades internas a escala y nuestros líderes aún no son tan hábiles en liderazgo digital como deberían ser. Nuestras estructuras de financiación y formas de trabajar no permiten ni incentivan metodologías de entrega ágiles.

Tenemos desafíos importantes que superar. Necesitamos abordar años de progreso desigual y desarrollo en silos en departamentos individuales que han llevado a diferentes niveles de madurez digital en todo el gobierno. Necesitamos lidiar con el costoso problema de la TI heredada que se ha permitido acumular a lo largo de múltiples ciclos financieros y ahora es una barrera para la entrega de excelentes políticas y servicios. Necesitamos abordar la brecha de habilidades que vemos en todos los niveles del servicio civil y competir de manera más efectiva con el sector privado por las habilidades, o nuestra falta de habilidades seguirá frenándonos y evitando que alcancemos nuestras ambiciones.

El gobierno está comprometido a abordar estos problemas. Ya se ha realizado una inversión financiera significativa en años anteriores, y en la Revisión de gastos de 2021 nos comprometimos a invertir £ 8 mil millones adicionales en transformación digital, de datos y tecnología para 2025. Esto significará que los sistemas heredados obsoletos e ineficientes se pueden reemplazar, brindando mejores servicios y mayor valor para los contribuyentes. Esta ambición e inversión ahora debe estar respaldada por una visión clara y un plan específico para transformar todo el gobierno.

¿Dónde estaremos en 2025?

Nuestra visión es que para 2025, el gobierno del Reino Unido sea un gobierno digital transformado y más eficiente que brinde mejores resultados para todos.

Esto significa que haremos lo siguiente:

  • Superar las expectativas del público. Crearemos políticas centradas en el usuario y servicios públicos que sean más eficientes, aptos para la era digital, centrados en las necesidades del usuario y que brinden los resultados correctos.
  • Equipar a los funcionarios públicos para un futuro digital. Mejoraremos las habilidades de los servidores públicos en capacidades digitales y entrega digital, con acceso a los datos y herramientas correctos para hacer su trabajo de manera efectiva.
  • Mejorar la eficiencia y la seguridad del gobierno. Crearemos un gobierno más unido y eficiente que utilice componentes básicos comunes para prestar servicios de forma rápida, económica y segura. Permitiremos y fomentaremos la innovación digital.

¿Qué significa esto para el público?

La transformación digital hará que el acceso a los servicios públicos sea mucho más rápido y sencillo. Millones de personas interactúan con el gobierno cada semana, ya sea para montar un negocio, renovar su licencia de conducir o acceder a un beneficio al que tienen derecho, como Universal Credit. Al igual que en otras partes de la vida, esas interacciones ocurren cada vez más en línea.

Entregar esto depende de tener sistemas digitales rápidos y eficientes, datos de alta calidad y expertos digitales altamente calificados que trabajen en todo el gobierno. La transformación digital garantizará que los programas gubernamentales estén bien diseñados, ejecutados y probados, haciéndolos más rápidos y fáciles, reduciendo la cantidad de errores cometidos y ahorrando dinero a los contribuyentes.

¿Qué significa esto para el gobierno?

Aprovechar el poder de lo digital y los datos hará que el gobierno sea más eficiente y sostenible, con menos duplicación y desperdicio. Los procesos y sistemas funcionarán de manera más eficiente y las políticas y los programas se ejecutarán con mayor precisión e impacto.

Mejorar la calidad de los datos que tiene el gobierno y hacer un uso más efectivo de ellos permitirá tomar mejores decisiones basadas en datos. Facilitará el intercambio de pruebas y conocimientos en todo el Reino Unido. Una mejor evidencia para la toma de decisiones significará que el gobierno comete menos errores, reduciendo la cantidad de dinero desperdiciado y, en cambio, invirtiendo más en la entrega de los resultados correctos.

¿Cómo hará esto que el gobierno sea más eficiente?

Lo digital es reconocido en el sector privado como el principal impulsor de la eficiencia, pero aún no estamos aprovechando su potencial en todo el gobierno del Reino Unido. Las empresas privadas han reducido costos, acelerado los tiempos de entrega y mejorado la experiencia del usuario al enfocarse en la transformación digital de los servicios de extremo a extremo, utilizando formas de trabajo ágiles y centradas en el producto e invirtiendo en tecnología y sistemas modernos.

Esta hoja de ruta establece una serie de acciones que generarán oportunidades de eficiencia para el gobierno y generarán valor para el contribuyente. La transformación digital del gobierno permitirá que los equipos trabajen de una manera más ágil y eficiente, reduciendo el trabajo duplicado y automatizando los procesos manuales, con el fin de respaldar la ejecución de los planes anunciados recientemente por el primer ministro para devolver la plantilla del Servicio Civil a los niveles de 2016. El análisis inicial indica que los ahorros potenciales incluyen:

  • Más de mil millones de libras a través de la transformación digital de los servicios, al eliminar los costos innecesarios de los servicios y procesos basados ​​en papel.
  • 101 millones de libras esterlinas netas por año para fines de 2025 a través de la implementación de un marco de remuneración digital competitivo, reduciendo las tasas de deserción de especialistas muy solicitados y nuestra dependencia de la costosa mano de obra de contratistas y consultores.
  • Ahorros significativos al aprovechar el poder adquisitivo combinado del gobierno y reducir la adquisición duplicada, para cambiar a un enfoque tecnológico de ‘compre una vez, use muchas veces’.

Las acciones para cumplir con estos ahorros se detallan en las misiones específicas que se encuentran en el centro de la hoja de ruta.

¿Qué tomará?

Para alcanzar nuestra visión para 2025 e impulsar la eficiencia, debemos cumplir con seis misiones intergubernamentales.

Misión uno: servicios públicos transformados que logran los resultados correctos

Misión dos: un inicio de sesión para el gobierno

Misión tres: mejores datos para potenciar la toma de decisiones

Misión cuatro: tecnología segura, eficiente y sostenible

Misión Cinco – Habilidades digitales a escala

Misión Seis: un sistema que desbloquea la transformación digital

Misión uno: Servicios públicos transformados que logran los resultados correctos

Patrocinado por Jo Farrar, director ejecutivo de HM Prison & Probation Service y segundo secretario permanente del Ministerio de Justicia

  1. Para 2025, al menos 50 de los 75 principales servicios identificados por el gobierno pasarán a un estándar «excelente», frente a una medida consistente del desempeño del servicio.
  2. Para las prioridades clave del gobierno, el gobierno incorporará enfoques digitales y equipos multifuncionales en el diseño y la ejecución de políticas.

Misión dos: un inicio de sesión para el gobierno

Patrocinado por Jim Harra, secretario Permanente de HM Revenue and Customs

3. Todos los departamentos confirmarán una estrategia de adopción y una hoja de ruta para One Login for Government para abril de 2023 y sus servicios habrán comenzado a incorporarse para 2025.

Misión tres: mejores datos para potenciar la toma de decisiones

Patrocinado por el Profesor Sir Ian Diamond, Estadístico Nacional y director ejecutivo de la Autoridad de Estadísticas del Reino Unido

Todos los departamentos:

4. Trabajará para que todos los activos de datos «críticos» estén disponibles y en uso en todo el gobierno a través de API y plataformas confiables como GDX e IDS.

5. Tendrá acceso a un Mercado de datos (que incluye un Catálogo de datos, estándares y modelos de gobernanza) para competir con las mejores prácticas en los sectores público y privado.

6. Acordar desarrollar conjuntamente y adoptar un modelo único de propiedad de datos para activos de datos ‘críticos’.

7. Garantizará que el 50% de los problemas de calidad de datos de «alta prioridad» se resuelvan dentro del período definido por un marco intergubernamental.

Misión Cuatro: Tecnología Eficiente, Segura y Sostenible

Patrocinado por Laurence Lee, Segundo secretario Permanente del Ministerio de Defensa

8. Todos los departamentos acuerdan promover un enfoque de tecnología de ‘compre una vez, use muchas veces’, incluso haciendo uso de un repositorio común de código, patrón y arquitectura para el gobierno.

9. Todos los sistemas ‘nacionalmente importantes’ se someterán a pruebas de resiliencia anualmente y se alojarán, o se desarrollarán planes para alojarlos, en entornos apropiados alineados con la estrategia de infraestructura de tecnología y nube intergubernamental.

10. Todos los sistemas heredados con «clasificación roja» identificados a través de un marco intergubernamental acordado contarán con un plan de remediación acordado.

11. Todos los servicios nuevos deberán cumplir con el enfoque común de Secure By Design.

12. CDDO y los departamentos crearán y acordarán conjuntamente aumentar el acceso móvil a los servicios gubernamentales a través de la creación de una estrategia de aplicación móvil.

13. El gobierno identificará y aprovechará sistemáticamente las oportunidades que surjan de las tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial, la cadena de bloques y la computación cuántica.

14. Todos los departamentos aumentarán la sostenibilidad a lo largo del ciclo de vida de su tecnología y servicios.

Misión Cinco: Habilidades Digitales a Escala

Patrocinado por Matthew Rycroft, secretario Permanente del Ministerio del Interior

15. Los departamentos fortalecerán su oferta para el talento existente y potencial alineando las definiciones de roles con el marco de capacidades de DDaT, alineándose con el marco de pago de DDaT según corresponda [nota al pie 1] e incorporando un estándar de contratación de todo el gobierno que reduce el tiempo promedio de contratación a 30 días. .

16. Más del 90 % de los funcionarios públicos superiores recibirán capacitación en aspectos básicos digitales y de datos, con el aprendizaje integrado en los estándares de desempeño y desarrollo.

17. Más del 90 % de los profesionales de DDaT realizarán capacitación relacionada con DDaT al menos una vez al año y registrarán sus habilidades para respaldar la priorización de las intervenciones de aprendizaje de DDaT y la inversión asociada.

18. Todos los departamentos establecerán el objetivo de reducir sus vacantes digitales y de datos a menos del 10 % de la plantilla total de DDaT.

19. Todos los departamentos tendrán una hoja de ruta y una fecha comprometida para reflejar la diversidad de la población del Reino Unido en su fuerza laboral DDaT.

Misión Seis: un sistema que desbloquea la transformación digital

Patrocinado por Cat Little, directora general de Gasto Público de HM Treasury

20. CDDO trabajará con HMT, Finanzas, Comercial e IPA para abordar las barreras sistémicas a la transformación digital, incluidos los procesos financieros, el caso comercial y los desafíos de seguimiento de impacto. CDDO apoyará a los departamentos para implementarlos por completo.

21. Todos los departamentos cumplirán, como mínimo, con la definición de «bueno» para las estructuras organizativas centradas en el producto y las formas ágiles de trabajar cuando se autoevalúen con respecto al nuevo estándar funcional digital, de datos y tecnología.

¿Cómo seguiremos el progreso?

Esta hoja de ruta ha sido desarrollada por Digital and Data Board, un foro de secretarios Permanentes. La Junta Digital y de Datos proporcionará la gobernanza general para la estrategia, revisará e informará sobre el progreso cada 6 meses y monitoreará los ahorros de eficiencia.

Cada misión está dirigida por un patrocinador a nivel de secretario Permanente y será gobernada por un grupo directivo dedicado de altos funcionarios, incluidos los directores de Información Digital, los directores de Tecnología y los directores de Datos. Este es un plan colectivo y una declaración de intenciones de todos los departamentos con la responsabilidad final de la entrega que reside en el secretario Permanente o el Contador de cada departamento.

Cada compromiso intergubernamental se está traduciendo en objetivos cuantificables a nivel departamental contra los cuales se medirá el progreso. Se realizarán revisiones comerciales trimestrales, presididas por CDDO y HM Treasury, para comprender el progreso y los obstáculos contra los objetivos, utilizando datos departamentales para rastrear indicadores clave de rendimiento e indicadores de madurez, incluido el progreso contra ahorros de eficiencia.

La función de control de gastos de CDDO, que a través de la autoridad delegada del Tesoro de HM aprueba y asegura el gasto digital en los departamentos, trabajará con los departamentos y el Tesoro de HM para alinear los criterios para la aprobación de gastos con la hoja de ruta. Esto ayudará a garantizar que cualquier gasto recién aprobado respalde el cumplimiento de las misiones estratégicas y las prioridades departamentales.

Anexo: Top 75 servicios

Misión Uno: Servicios públicos transformados que logran los resultados correctos

Para 2025, al menos 50 de los 75 principales servicios identificados por el gobierno pasarán a un estándar «excelente», frente a una medida consistente del desempeño del servicio.

La Oficina Central Digital y de Datos trabajará con socios de todo el gobierno para transformar los servicios críticos que utilizan con frecuencia los ciudadanos, las empresas y los funcionarios públicos.

Para 2025, estos servicios prioritarios tendrán una excelente experiencia de usuario y procesos eficientes que reducirán su costo de ejecución.

Esta lista ha sido desarrollada en colaboración por líderes digitales de todo el gobierno, incluida la Junta Digital y de Datos a nivel de secretario Permanente, centrándose en los servicios de alta prioridad para los ciudadanos y el gobierno. Los servicios se han elegido en función de la importancia, la frecuencia de uso y el volumen de usuarios. Continuaremos trabajando con los departamentos para revisar y actualizar esta lista, a medida que se perfeccione la metodología y haya más datos disponibles.

Departamento de Trabajo y Pensiones

Servicios:

  • Mover a Crédito Universal
  • Solicitar Pago de Independencia Personal
  • Administre su caso de manutención infantil en línea
  • Solicitar subsidio de empleo y apoyo
  • Reclamar el Subsidio para Solicitantes de Empleo
  • Obtenga su pensión estatal
  • Reclame su pensión estatal
  • Reclamar crédito de pensión
  • Reclamar el subsidio de cuidador
  • Reclamar subsidio de subsistencia por discapacidad para un hijo
  • Solicitar subsidio de maternidad
  • Subsidio de asistencia de reclamo
  • Reclamar acceso al trabajo
  • Solicite el pago de apoyo por duelo
  • Reclamar gastos funerarios
  • Plan de Jubilación

Ingresos y Aduanas de Su Majestad (HMRC)

Servicios:

  • Solicitar o agregar a un reclamo de beneficios por hijo
  • Informe los beneficios y gastos del seguro médico a HMRC
  • Verifique su impuesto sobre la renta o haga un reclamo de reembolso
  • Pague su factura de impuestos de autoevaluación
  • Reclamar un reembolso de HMRC (Formulario P800)

Departamento de Estrategia Empresarial, Energética e Industrial

Servicios:

  • Regístrese y solicite los premios Queen’s Awards For Enterprise
  • Regístrese como Proveedor de Biomasa, Envíe Informes y Pago
  • Regístrese para el control de calidad combinado de calor y energía y envíe los datos de instalación
  • Regístrese y solicite la lista de productos energéticamente eficientes
  • Regístrese para una exención de los estándares mínimos de eficiencia energética para propietarios
  • Regístrese para usar el Registro de Comercio de Emisiones y Reportar las Emisiones de Gases de Efecto Invernadero

Oficina en casa

Servicios:

  • Cruzar la frontera
  • Solicitar Visas de Estudiantes y Calificados
  • Solicite una visa de visitante estándar
  • Solicite una verificación básica de Dbs (servicio de divulgación y restricción)
  • Solicitar un pasaporte del Reino Unido
  • Renovar, Actualizar o Reemplazar un Pasaporte de Adulto
  • Aplicar al esquema de liquidación de la UE
  • Ver y probar su estatus migratorio
  • Averigüe si puede presentar una solicitud para establecerse en el Reino Unido
  • Solicitar un Certificado de Nacimiento/Defunción (GRO)

Departamento de Comercio Internacional

Servicios:

  • Servicio de Apoyo a la Exportación (ESS)
  • Aprende a Exportar Servicio
  • Licencias para Comercio Internacional y Empresas (LITE)

Oficina de Relaciones Exteriores, Commonwealth y Desarrollo

Servicios:

  • Utilice el Servicio de Consejos de Viaje

Departamento de Transporte

Servicios:

  • Administrar mi licencia de conducir
  • Solicitar una licencia provisional
  • Solicitar una tarjeta de tacógrafo digital de conductor
  • Grava tu vehículo

Departamento de Educación

Servicios:

  • Utilice el Servicio Nacional de Carreras
  • Administrar aprendizajes
  • Comparar tablas de rendimiento escolar
  • Entrar en la enseñanza
  • Obtenga información sobre las escuelas

Ministro de Defensa

Servicios:

  • Solicitar un Registro de Servicio Histórico

Compañía de préstamos estudiantiles

Servicios:

  • Solicitar financiamiento para estudiantes
  • Administrar el saldo de mi préstamo estudiantil

Ministerio de Justicia

Servicios:

  • Gestión de delincuentes bajo custodia (NOMIS, Enviar dinero a un preso, Visitar a alguien en prisión, Reemplazo cuántico)
  • Gestión de delincuentes en la comunidad (OASys, Delius)
  • Obtener asistencia legal (CCMS, solicitar asistencia legal)
  • Intercambio seguro de información y correo a través del CJS (CJSM / CJSE)
  • Crear y usar un LPA
  • Reclama una compensación si fuiste víctima de un crimen violento (Aplica CICA)

Departamento de Medio Ambiente, Alimentación y Asuntos Rurales

Servicios:

  • Solicitar una exención de las restricciones de control de la enfermedad de influenza aviar
  • Compre una licencia de pesca con caña para Inglaterra y Gales
  • Verifique el riesgo de inundación, la advertencia y los niveles
  • Solicitar Subvenciones y Pagos Rurales
  • Envío y Gestión de Registros y Notificaciones de Productos Químicos
  • Crear un certificado de captura del Reino Unido para pescado y mariscos
  • Pague para conducir a través de las zonas de aire limpio
  • Obtenga un Certificado Sanitario de Exportación
  • Sistema de Notificación a las Autoridades de Importaciones de Productos, Animales, Alimentos y Piensos
  • Registrar o renovar un negocio como transportista, corredor o distribuidor de residuos

Gabinete de oficina

Servicios:

  • Administrar mi pensión del servicio civil
  • Aplicar para un trabajo de servicio civil
  • Accede al Campus de Aprendizaje (Reserva y Seguimiento de Aprendizaje y Formación)
  • Servicio de investigación de seguridad nacional

Departamento de Subasta, Vivienda y Comunidades

Servicios:

  • Registrarse para registrarse para votar
  • Solicitar una Tarjeta de Elector


Las ESA dan la bienvenida a los proyectos de normas de sostenibilidad


Las tres Autoridades Europeas de Supervisión (ESA) de la UE publicaron declaraciones positivas que respaldan el borrador actual de los Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS).

El ESRS, desarrollado por el Grupo Asesor Europeo de Informes Financieros (EFRAG), respaldará los nuevos requisitos para que las empresas informen sobre riesgos, impactos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad en respuesta a la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de la UE aprobada recientemente.

Las ESA, que incluyen la Autoridad Bancaria Europea (EBA), la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), generalmente respaldan los estándares preliminares. La presidenta de ESMA, Verena Ross, dijo:

Sin embargo, cada uno de los ESA advirtió sobre la necesidad de centrarse en garantizar la coherencia con otros estándares globales líderes de informes de sostenibilidad, en particular, los del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB). Aunque las ESA consideran que el ESRS está alineado en términos generales con los estándares ISSB emergentes, los reguladores señalan que se debe tener especial cuidado para permitir la coherencia y la comparabilidad cuando sea posible.



Dictamen de la Autoridad Bancaria Europea sobre el proyecto de Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ERS)

Introducción y fundamento jurídico El 25 de noviembre de 2022, la Autoridad Bancaria Europea (ABE) recibió una solicitud 1 de la Comisión Europea (en lo sucesivo, «Comisión») para emitir un dictamen sobre el primer conjunto de proyectos de normas europeas para la información sobre sostenibilidad (proyecto de conjunto 1 del ERSR) elaborado por el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG). Este primer conjunto de proyectos de RERS2 fue presentado por el EFRAG a la Comisión el 22 de noviembre de 2022.

El artículo 49, apartado 3 ter, de la Directiva 2013/34/UE (Directiva sobre contabilidad), modificada por la Directiva sobre la información sobre la sostenibilidad de las empresas (CSRD) 3, establece las condiciones para la adopción por la Comisión de los actos delegados sobre el SEE. De conformidad con el artículo 49, apartado 3 ter, la Comisión solicitará el dictamen de la ABE, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) sobre el asesoramiento técnico prestado por el EFRAG, en particular por lo que respecta a su coherencia con el Reglamento (UE) 2019/2088 y sus actos delegados. Los dictámenes serán emitidos por las tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES) en un plazo de dos meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud de la Comisión.

La competencia de la ABE para emitir un dictamen se basa en el artículo 16 bis, apartado 4, del Reglamento (UE) No. 1093/2010, ya que la Comisión solicitó un dictamen en relación con el ámbito de competencia de la ABE. De conformidad con el artículo 14, apartado 7, del Reglamento interno de la Junta de Supervisores5, la Junta de Supervisores ha adoptado el presente dictamen, dirigido a la Comisión Europea.

Alcance del dictamen

La ABE emite un dictamen sobre los proyectos de RSE que están más relacionados con las responsabilidades de la ABE en esta fase, prestando especial atención a la interoperabilidad con la información relacionada con la sostenibilidad exigida en virtud del marco del pilar 3 de la ABE y a las necesidades de datos de las entidades de crédito desde una perspectiva de gestión de riesgos. En este sentido, mientras que el paquete presentado por el EFRAG a la Comisión (conjunto 1 del ESRS) está compuesto por doce proyectos de RSE, el dictamen de la ABE se centra en las normas transversales (ESRS 1 Requisitos generales y SGS 2 Divulgaciones generales) y ESRS E1 Cambio climático. Siempre que es necesario hacer algunas referencias a otros ESRS para ilustrar puntos específicos también incluidos en el presente dictamen.

El dictamen se basa en la evaluación realizada durante la fase de consulta pública que dio lugar a la presentación de una carta de comentarios de la ABE al EFRAG el 28 de julio de 2022. El objetivo del dictamen no es proporcionar opiniones sobre el nivel de exactitud global del proyecto de RSE, sino expresar opiniones sobre aspectos específicos que se consideran pertinentes para las entidades de crédito y que deben ser considerados i) por la Comisión antes de la adopción del primer conjunto de normas (conjunto 1 del SEE), caso en el que se menciona específicamente en el presente dictamen; ii) al elaborar los próximos conjuntos de normas (normas sectoriales específicas que el EFRAG elaborará en los próximos años); o iii) por la Comisión poco después de la adopción del conjunto 1 del ESRS, al realizar una revisión más global del conjunto 1 del ESRS o mediante la publicación de material educativo, según se considere más apropiado.

Observaciones / propuestas generales y específicas

Normas transversales (ESRS 1 y ESRS 2)

A. Arquitectura de las normas transversales y coherencia con la iniciativa del ISSB sobre los requisitos de divulgación relacionados con la sostenibilidad

1. Durante la fase de consulta, se prestó especial atención a la coherencia entre el proyecto de exposición del RSG y las normas que está elaborando el Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB). Tener una buena alineación entre los dos conjuntos de estándares se considera clave para garantizar la comparabilidad entre las entidades europeas, implementando ESRS, y las entidades internacionales que aplican los Estándares Internacionales de Información de Sostenibilidad. Entre otros muchos beneficios que esta comparabilidad puede aportar, permitirá, en particular, a las entidades de crédito recopilar información relevante «ambiental, social y de gobernanza» (ESG) de empresas no europeas en las que se invierta que será relevante para cumplir con el Reglamento de Divulgación de Información sobre Finanzas Sostenibles (SFDR).

2. En la carta de comentarios presentada por la ABE al EFRAG, se reconoció que la propuesta del EFRAG ya era ampliamente coherente con la NIIF S1 del ISSB. Sin embargo, se señalaron a la atención del EFRAG algunos puntos que, en opinión de la ABE, podrían mejorar la alineación entre estas dos iniciativas normativas:

a) Arquitectura de las normas transversales: la estructura del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras relacionadas con el Clima (TCFD) ha sido alterada por el EFRAG en una arquitectura más compleja, lo que podría dificultar la comparación entre las disposiciones de la ESRS y las Normas Internacionales de Sostenibilidad. La ABE alentó al EFRAG a minimizar estas diferencias;

b) Superposición entre el ESRS 1 y el ESRS 2: la ABE invitó al EFRAG a i) explorar otras posibles estructuras diferentes (por ejemplo, convertirlo en una norma única como la NIIF S1) o ii) tener una división más clara entre los principios contenidos en el ESRS 1 y los requisitos generales de divulgación del ESRS 2;

c) Mejor armonización de la terminología entre las normas del EFRAG y las del ISSB cuando se haga referencia a conceptos equivalentes; y

d) Mayor atención a las divulgaciones cuantitativas sobre las cualitativas con el fin de fomentar la comparabilidad y mejorar la usabilidad de las divulgaciones.

Enfoque del EFRAG previa consulta:

3. La ABE reconoce los esfuerzos del EFRAG por abordar las preocupaciones expresadas durante la consulta pública, incluidas las expresadas en la carta de comentarios de la ABE. En este contexto, cabe destacar los siguientes aspectos:

a) La estructura y el índice del borrador de ESRS se ajustaron para seguir la estructura del TCFD. Además de los cuatro pilares del TCFD (base para la preparación, gobernanza, estrategia y gestión de impactos, riesgos y oportunidades) también se agregó un quinto capítulo (sobre métricas y objetivos), con el fin de promover una mejor alineación con la NIIF S1. También se tuvieron en cuenta otras orientaciones internacionales al diseñar la arquitectura propuesta final de las dos normas transversales (en particular, las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos).

b) En general, al desarrollar la nueva versión de ESRS, se prestó especial atención a lograr una mejor alineación entre ESRS y los estándares de ISSB en términos de contenido y terminología. El EFRAG preparó un cuadro de conciliación en el que se evalúa la coherencia general entre los dos conjuntos de normas. Se espera que las revelaciones preparadas bajo ESRS estén alineadas con las revelaciones requeridas por las NIIF S1 y S2. Se han suprimido o simplificado los puntos de datos cuantitativos y cualitativos. Se han racionalizado los puntos de datos cualitativos y los requisitos de aplicación. El Apéndice D del borrador del ESRS 1 establece la lista de requisitos de divulgación gradual, en virtud de la cual (i) se permite un aplazamiento de un año y (ii) se permiten tres años de información cualitativa en lugar de información cuantitativa sobre los posibles efectos financieros del riesgo físico y de transición material. El Apéndice C del proyecto de ESRS 1 establece las características cualitativas que los datos cuantitativos deben tener para ser divulgados.

4. Además de estos puntos, es importante mencionar que el proyecto de ESRS 1 fue modificado para exigir una definición de «período corto» (la misma adoptada para fines de información financiera) para promover la conectividad con los estados financieros. Las entidades también están obligadas a revelar las inconsistencias entre los supuestos hechos para evaluar los posibles efectos financieros en los informes de sostenibilidad con los supuestos correspondientes utilizados en los estados financieros.

5. Dados los diferentes plazos seguidos por el EFRAG y el ISSB, se espera que continúe el trabajo sobre la coherencia entre los dos conjuntos de normas.

Opiniones de la ABE

6. La ABE acoge con gran satisfacción la mejor armonización con las normas del ISSB y otras orientaciones internacionales existentes, que son fundamentales para garantizar la coherencia y la comparabilidad entre las declaraciones de sostenibilidad elaboradas por entidades a escala europea e internacional. Dado que la aplicación de ESRS conduce al cumplimiento de la mayoría de los requisitos del ISSB será sin duda extremadamente útil para las diversas partes interesadas relevantes (inversores y otros usuarios), ya que las divulgaciones se basarán en un conjunto de requisitos comparables. Los requisitos sustancialmente convergentes sin duda ayudarán a las instituciones que operan en el sector financiero, ya que las inversiones se realizan normalmente tanto a nivel europeo como no europeo. Para los grupos financieros activos a nivel internacional, esta convergencia conduce a una disminución de la carga informativa, lo que es muy bienvenido, ya que este es un aspecto que, de hecho, se considera cuidadosamente al desarrollar productos regulatorios. Para el futuro, cuando se desarrollen taxonomías para ambos marcos, la ABE animaría a la Comisión a promover el desarrollo de una tabla de conciliación más detallada preparada conjuntamente por el ISSB y el EFRAG.

7. En general, tras la fase de consulta, se logró una mejora en los proyectos de RERS 1 y 2 con una clara división entre los requisitos generales y la información general. El hecho de que las normas del ISSB aún no estén finalizadas representa un desafío adicional en lo que respecta al objetivo de coherencia, por lo que la ABE fomenta que la evolución a nivel del ISSB sea seguida de cerca y, si es necesario, aún considerada por la Comisión antes de adoptar el primer conjunto de ESRS. Cualquier otro desarrollo posterior a nivel de ISSB debería considerarse en una revisión más global del conjunto 1 de ESRS, para garantizar que se mantenga un buen nivel de alineación a lo largo del tiempo.

8. La reducción de la complejidad de algunos de los requisitos y la creación de un enfoque gradual cuentan con el firme apoyo de la ABE. Si bien es fundamental exigir que se divulgue toda la información pertinente, debe garantizarse que los requisitos no sean demasiado complejos y que los preparadores los comprendan bien. En este contexto, el enfoque gradual propuesto parece bastante equilibrado, promoviendo una buena interacción entre la información cuantitativa y cualitativa que debe divulgarse y las características cualitativas mínimas que esta información debe cumplir para ser incluida en las declaraciones de sostenibilidad.

9. En el caso de cierta información relacionada con la sostenibilidad que deba divulgarse, vincular esta información con los estados financieros podría proporcionar información adicional pertinente a los usuarios de los estados financieros y de sostenibilidad. Considerar un horizonte temporal similar («a corto plazo») y exigir la divulgación de incoherencias entre los supuestos subyacentes a los informes de sostenibilidad y los utilizados en los estados financieros parece un primer paso importante en esa dirección. La expectativa actual es que, para comprender adecuadamente cómo se podría mejorar este vínculo, se necesita cierta experiencia práctica. La ABE sugiere que se realice un seguimiento adicional sobre este tema a lo largo del tiempo, con el fin de mejorar los vínculos entre la sostenibilidad y la información financiera según se considere necesario. De ser necesario, la Comisión podría considerar la posibilidad de exigir material educativo con ejemplos concretos como resultado de esas actividades de supervisión.

10. Por lo que se refiere a los horizontes temporales a medio y largo plazo que deben adoptarse al preparar las declaraciones de sostenibilidad, la ABE considera que el proyecto de RERS 1 logra el equilibrio adecuado entre un enfoque basado en principios y un enfoque más estricto basado en normas, ya que los períodos de tiempo concretos están predefinidos, pero las empresas pueden adoptar otros diferentes siempre que esté justificado.

11. En términos generales, por lo que respecta a la terminología utilizada en el proyecto de ERS, también es fundamental mantener la coherencia entre las definiciones de este conjunto de normas y las utilizadas en otros reglamentos de la UE relacionados. La ABE cree que actualmente se ha logrado un buen nivel de coherencia. Sin embargo, la ABE identificó algunos casos en los que podrían ser necesarias aclaraciones8. Además, la ABE espera que se lleven a cabo revisiones periódicas a lo largo del tiempo.

B. Enfoque de la doble materialidad y presunción refutable

12. En la carta de comentarios antes mencionada al EFRAG, la ABE acogió con satisfacción el enfoque de la doble materialidad en el contexto de la información relacionada con la sostenibilidad sujeta a requisitos de divulgación. Sin embargo, la ABE expresó su preocupación por la limitada orientación disponible para que las empresas apliquen consistentemente los criterios de gravedad y probabilidad al priorizar los impactos negativos sobre el medio ambiente y las personas. Además, la ABE alentó al EFRAG a cooperar con el ISSB para alinear sus definiciones y promover una aplicación más coherente del concepto de materialidad, especialmente en lo que respecta a la materialidad financiera.

13. En cuanto a la presunción refutable (es decir, el requisito de proporcionar una explicación cuando una empresa omite una divulgación prevista en una norma europea de información sobre sostenibilidad), la ABE expresó su preocupación de que pudiera socavar una evaluación adecuada de la materialidad y alentar a las empresas a omitir información pertinente relacionada con la sostenibilidad.

Enfoque del EFRAG previa consulta:

14. El EFRAG ha suprimido la presunción refutable, es decir, la posibilidad de refutar la presunción de que todos los requisitos de divulgación obligatoria son importantes sobre la base de información razonable y justificable relacionada con los hechos y circunstancias de la empresa. Como principio general, las empresas deben ahora realizar una evaluación de la importancia relativa y establecer sus propios umbrales para determinar si un requisito de divulgación de información en un SERS es significativo y, por lo tanto, debe indicarse en el informe de gestión9. No obstante, si la empresa considera que todo un tema de sostenibilidad es irrelevante y, por lo tanto, omite todos los requisitos de divulgación en un RESG tópico, presentará una breve explicación de la conclusión de su evaluación de la materialidad. Si una cuestión de sostenibilidad, tal como se define en el RSE, es importante con arreglo a la evaluación de la materialidad de la empresa, deberá divulgar toda la información que figure en el SERS pertinente sobre políticas, acciones y objetivos. No obstante, la empresa podrá omitir métricas si no se considera pertinentes para su contexto específico.

15. Con el fin de eludir el riesgo de omisiones, el EFRAG ha introducido una excepción al enfoque general e introducido requisitos de divulgación obligatoria que son aplicables con independencia del resultado de la evaluación de la materialidad de la empresa. Estos requisitos obligatorios corresponden a:

a. Divulgaciones generales de ESRS 2;

b. ESRS E1 Climate Change;

c. Apéndice C de la ESRS 2;

d. ESRS S1 Mano de obra propia S1-1 a S1-9 (solo para empresas con más de 250 empleados).

El Apéndice C del proyecto de ESRS 2 abarca los requisitos de divulgación de información de ESRS necesarios para cumplir simultáneamente con: (1) el Reglamento SFDR; 2) la norma técnica de ejecución del pilar 3 sobre riesgos climáticos de conformidad con el artículo 434 bis del Reglamento RRC; 3) el Reglamento sobre índices de referencia; y (4) la Ley de Clima de la UE. Para estas divulgaciones obligatorias, la empresa facilitará toda la información requerida en virtud del SGS, incluidos todos los puntos de datos individuales dentro de cada requisito de divulgación.

16.El EFRAG ha modificado su definición de materialidad financiera para converger hacia la definición establecida en la NIIF S1 Requisitos generales para la divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad emitida por el ISSB. El párrafo 51 del proyecto de RES 1 destaca que la evaluación de la materialidad financiera incluye la identificación de información útil para los inversores, prestamistas y otros acreedores. En particular, la información se considera importante para los usuarios primarios de información financiera de uso general si se puede razonablemente esperar que omitir, tergiversar u ocultar dicha información influya en las decisiones que toman sobre la base de las declaraciones de sostenibilidad de la empresa. Esto garantiza la coherencia con la definición de información material bajo la NIIF S1.

Opiniones de la ABE:

17. La ABE acoge con satisfacción la supresión de la presunción iuris tantum y apoya el enfoque basado i) en la evaluación de la materialidad de la empresa y ii) en la introducción de requisitos obligatorios. En particular, la ABE apoya que todos los requisitos de divulgación con arreglo al RESG E1 deben considerarse significativos, independientemente del resultado de la evaluación de la materialidad de la empresa. Esto adquiere especial relevancia, ya que el borrador del ESRS E1 incluye información crítica para permitir que las entidades que operan en el sector financiero realicen la evaluación de cómo sus inversiones y actividades de financiación contribuyen a la transición hacia una economía neutra en carbono. Sin embargo, la ABE habría acogido con agrado una mayor aclaración sobre el contenido de la breve explicación requerida por el apartado 56 del proyecto de SERS 2, cuando se omiten todos los requisitos de divulgación en un SGSR tópico. Si bien este no es un punto clave, la ABE anima a la Comisión a exigir al EFRAG que tenga en cuenta este punto en las actividades futuras relacionadas con el primer conjunto de normas.

18. La publicación obligatoria de todos los indicadores e información cualitativa necesarios para que las entidades de crédito cumplan la divulgación de información ASG del pilar 3 también es muy bien recibida por la ABE. La buena cooperación con el EFRAG sobre este tema es bienvenida y la ABE espera que esta buena cooperación continúe en el futuro para mantener ambos marcos de divulgación alineados y coherentes.

19. La ABE acoge con gran satisfacción una mejor adaptación de la definición de materialidad financiera a la considerada por el ISSB. En particular, la redacción de la segunda parte del párrafo 51 es plenamente coherente cuando se comparan los dos marcos (proyecto de ESRS 1 y proyecto de exposición NIIF S1). La ABE no cree que la primera parte de este apartado, que se refiere a la utilidad de los datos para los inversores, prestamistas y otros acreedores, aporte un valor añadido a la definición. Por el contrario, podría crear cierta incertidumbre sobre el tipo de criterios que deben tenerse en cuenta al realizar la evaluación de la materialidad. En este sentido, la ABE sugeriría a la Comisión que suprimiera la primera parte del apartado, idealmente antes de la adopción del primer conjunto de RSE, manteniendo únicamente la redacción alineada con el concepto ISSB.

20. En cuanto a la definición de materialidad del impacto, la ABE reitera su preocupación por la falta de orientación para determinar la «gravedad» y la «probabilidad» del impacto, lo que puede dar lugar a una evaluación incoherente de la materialidad entre las entidades. No obstante, la ABE reconoce que la lista de requisitos obligatorios del apéndice C del proyecto de RERS 2 cubre adecuadamente las necesidades de las entidades de crédito y evita el riesgo de omisiones. Incluso con esta importante especificación para las entidades de crédito, dada la complejidad del asunto, la ABE anima a la Comisión a que considere la posibilidad de exigir al EFRAG que publique material didáctico y educativo adicional para fomentar la coherencia en la aplicación práctica de la evaluación de la materialidad, en particular en lo que respecta a: i) los umbrales considerados por las entidades; ii) la secuencia de evaluación de la materialidad; y iii) la divulgación de información sobre la interacción entre el resultado de la evaluación de la importancia relativa y los requisitos seleccionados del ESRS 2.

21. Además, a fin de evitar cualquier malentendido en la aplicación de los requisitos, podría ser pertinente que la Comisión aclarara en el ERS si, a pesar del hecho de que determinadas divulgaciones necesarias para cumplir con el Derecho de la UE deben incluirse en el informe de sostenibilidad, estas divulgaciones están o no sujetas a las características cualitativas de la evaluación de la información. Este es el caso particular de las divulgaciones exigidas en virtud del artículo 8 del Reglamento sobre taxonomía. En caso de que estas divulgaciones estén sujetas a la evaluación de las características cualitativas, la ABE cree que podría haber consecuencias no deseadas en la aplicación de los requisitos del Derecho de la UE.

22. La ABE observa que los requisitos de divulgación 1 a 9 del proyecto de plantilla propia del ESRS S1 incluyen puntos de datos que son pertinentes para los participantes en los mercados financieros para cumplir con la divulgación de información del SFDR. Sin embargo, el párrafo 12 (a) del proyecto de ESRS S1 destaca que esa divulgación es obligatoria independientemente de la evaluación de la materialidad solo en la medida en que la información tenga más de 250 empleados. Como regla general, la ABE considera que el ESRS debe evitar crear exenciones de la notificación de puntos de datos relacionados con el SFDR. Esto se debe a que los indicadores SFDR son un promedio ponderado de los impactos negativos derivados de todas las empresas participadas en las que invierten los participantes en los mercados financieros. La ABE entiende que la exención propuesta en el apartado a) del párrafo 12 no se aplicaría a las filiales de un gran grupo, ya que el umbral de 250 empleados se evaluaría para el grupo en su conjunto. En otras palabras, cualquier subsidiaria que caiga por debajo aún tendría que informar los puntos de datos requeridos a su empresa matriz con el fin de elaborar las declaraciones de sostenibilidad consolidadas. Siendo esta la interpretación correcta, la ABE esperaría que la exención pueda tener consecuencias limitadas en la disponibilidad de puntos de datos relacionados con SFDR, suponiendo que la mayoría de las declaraciones de sostenibilidad se emitirán sobre una base consolidada. Sin embargo, teniendo en cuenta que este umbral puede dar lugar a algunas incoherencias (también con otros requisitos en virtud de las normas S tópicas), la ABE animaría a la Comisión a seguir analizando las consecuencias prácticas de dicho umbral y a concluir si es necesario.

Ubicación y presentación de la información

23. El proyecto de SGRS 1 sujeto a consulta pública ya está obligado a divulgar la información relacionada con la sostenibilidad en el informe de gestión. Se permitieron las referencias cruzadas a otras partes del informe de gestión para evitar repeticiones. Además, en el informe de gestión se ofrecían tres opciones diferentes de presentación: a) la presentación de información en una única sección identificable por separado del informe de gestión; (b) agregar las divulgaciones en cuatro partes identificables separadamente del informe de gestión (información general, información ambiental, información social e información de gobernanza); y c) agregar la información requerida por cada SGSR y notificarla como bloques no separables en partes identificables del informe de gestión «norma por norma».

24. En la carta de comentarios presentada al EFRAG, la ABE estuvo de acuerdo en general con la ubicación propuesta de la información en el informe de gestión. En cuanto a las tres opciones de presentación, la ABE expresó su preferencia por la primera (sección única identificable por separado del informe de gestión) e invitó al EFRAG a considerar los beneficios de permitir una única opción en términos de comparabilidad.

25. En el caso de las entidades de crédito, la ABE sugirió que la información relacionada con el riesgo podría facilitarse únicamente en el informe del Pilar 3, teniendo en cuenta las referencias cruzadas a esta información del Pilar 3. Naturalmente, esto se limitaría a los casos en que se requiera información específica equivalente en ambos marcos a fin de evitar la doble presentación de informes innecesaria, la carga adicional, la complejidad y las posibles incoherencias.

Enfoque del EFRAG previa consulta:

26. La versión actual del proyecto de RSE 1 exige que la información se notifique en una sola sección del informe de gestión, eliminando las diferentes opciones disponibles anteriormente.

27. El nuevo capítulo 9 del proyecto de RSE 1 también establece la posibilidad de incorporación por referencia, incluida la información del Pilar 3. El párrafo 121 del proyecto de ESRS 1 enumera algunas condiciones que deben cumplir las divulgaciones que deben incorporarse por referencia. El párrafo 122 de la misma norma establece que «la empresa velará por que la información incorporada por referencia se presente utilizando la misma base para la preparación (…) incluyendo el alcance de la consolidación y el tratamiento de la información de la cadena de valor».

Opiniones de la ABE:

28. La ABE acoge con gran satisfacción esta evolución, ya que, de hecho, se considera de suma importancia que la información se presente de tal manera que permita la comparabilidad entre diferentes entidades. Además, el hecho de que la ABE considere que hacer referencia a las divulgaciones del Pilar 3, cuando es adecuado, ahora es posible es una mejora importante en la ubicación y presentación de la información relacionada con la sostenibilidad. La ABE considera que sería útil que la Comisión considerara la inclusión de ejemplos concretos en el ERS sobre cómo aplicar el principio de incorporación de información por referencia.

29. En el caso específico de las entidades de crédito y de la divulgación de información sobre el Pilar 3, puede haber algunas diferencias entre el alcance contable de la consolidación (el que se considera a efectos de la divulgación de información sobre el RSE) y el alcance prudencial de la consolidación (el considerado en el marco del Pilar 3). Las diferencias entre los dos ámbitos de consolidación están bien identificadas y están sujetas a divulgación en el marco del Pilar 3. En este caso muy específico, la ABE opina que estas diferencias en el alcance de la consolidación no deben impedir la incorporación por referencia, especialmente cuando los usuarios de las declaraciones de sostenibilidad tendrían acceso a información detallada sobre esas diferencias a través de los respectivos requisitos de divulgación de Pilar 3.  Si bien se trata de una cuestión que podría revisarse al elaborar la norma sectorial específica para las entidades de crédito, la ABE recomendaría que el párrafo 122 del proyecto de ERS 1 permita específicamente la incorporación por referencia cuando las diferencias con el alcance contable de la consolidación se identifiquen fácilmente y estén sujetas a divulgación dentro del conjunto de información que debe incorporarse por referencia (como es el caso de la información revelada en el marco de Pilar 3 para las entidades de crédito). En otras palabras, se permitiría un alcance de consolidación diferente (del contable) siempre y cuando se explique. Cualquier información adicional que se considere pertinente a efectos de divulgación de información (sobre entidades fuera del ámbito prudencial de consolidación) debe facilitarse en las declaraciones de sostenibilidad a fin de cumplir todos los requisitos del RSE. Para evitar cargas innecesarias y la doble notificación para las entidades de crédito, la ABE anima a la Comisión a abordar esta cuestión antes de adoptar el conjunto 1 del ERSG.

D. Cadena de valor

30. El concepto de cadena de valor introducido inicialmente por el proyecto de exposición ESRS 1 es un principio fundamental en el marco de información sobre sostenibilidad, por lo que es de suma importancia, desde la perspectiva de la ABE, que esta definición sea clara y aplicable para las entidades de crédito. En términos generales, una empresa que presenta información debe preparar estados de sostenibilidad de conformidad con el ámbito considerado para la preparación de los estados financieros ampliado para incluir información sobre impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la empresa a través de sus relaciones comerciales directas e indirectas en la cadena de valor ascendente y/o descendente («información de la cadena de valor»).

31. En la carta de comentarios presentada al EFRAG, la ABE destacaba que la calidad de los datos podría verse perjudicada si no se dispone de suficientes orientaciones y ejemplos prácticos sobre la aplicación de la definición de la cadena de valor, teniendo en cuenta también la amplia gama de diferentes modelos de negocio de las entidades, incluidas las entidades que operan en el sector financiero.

Enfoque del EFRAG previa consulta:

32. La ABE ha observado que EFRAG ha introducido algunos cambios en el concepto de cadena de valor. Las que la ABE destacaría como las más relevantes son: una definición clara del concepto, alineada con el mismo concepto en el marco del ISSB; una aclaración sobre los agentes de la cadena de valor, en particular las empresas conjuntas y las empresas asociadas; la eliminación de los requisitos de diligencia debida; y evitar la referencia a las «aproximaciones», ya que esto podría plantear algunas cuestiones sobre el nivel de calidad de las estimaciones.

33. En particular, en el proyecto de ESRS 1 se incluyeron las siguientes especificaciones:

– «la información sobre la empresa informadora en las declaraciones de sostenibilidad se ampliará para incluir información sobre los impactos significativos, riesgos y oportunidades relacionados con la empresa a través de sus relaciones comerciales directas e indirectas en la cadena de valor»;

– «partes interesadas afectadas» se definen como «individuos o grupos cuyos intereses se ven afectados o podrían verse afectados, positiva o negativamente, por las actividades de la empresa y sus relaciones comerciales directas e indirectas a lo largo de su cadena de valor» 15;

– Por último, la definición de la cadena de valor en el proyecto de ESRS 1 incluye «todas las relaciones relacionadas con el modelo de negocio de la empresa» y «las relaciones que la empresa utiliza y en las que confía para crear sus productos o servicios».

34. Además, la ABE también señala que el párrafo 77 del proyecto de RERS 1 destaca que «una forma en que la empresa puede demostrar un esfuerzo razonable para recopilar datos de los agentes de su(s) cadena(s) de valor, es utilizando o aumentando la influencia sobre ellos, por ejemplo, mediante la colaboración con otras empresas y partes interesadas que podrían ayudar a hacerlo».

Opiniones de la ABE:

35. La ABE acoge con satisfacción la definición de la cadena de valor y su adaptación a la misma definición utilizada por el ISSB.

36. La ABE apoya la aclaración del EFRAG de que la entidad no tiene que informar sobre todos los agentes de la cadena de valor y está de acuerdo con el EFRAG en que solo debe incluirse información importante sobre la cadena de valor de los agentes de la cadena de valor. Por lo tanto, la ABE apoya que solo se incluya información material de la cadena de valor de las empresas conjuntas y asociados que son actores de la cadena de valor. Si se va a incluir esta información, debe basarse en la misma base que todos los demás actores de la cadena de valor y no limitarse a la inversión de capital mantenida.

37. La ABE está de acuerdo con el EFRAG en que la identificación y evaluación de los riesgos, impactos y oportunidades de una empresa debe realizarse a lo largo de toda la cadena de valor, tanto en las fases anteriores como posteriores, a fin de determinar en qué medida el modelo de negocio de la entidad puede depender de recursos o relaciones clave. Además, la ABE está de acuerdo en que algunas métricas, como las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 3, deben incluir a los actores y socios comerciales en la cadena de valor para mejorar la comparabilidad entre empresas y evitar oportunidades de estructuración.

38.Sin embargo, la ABE considera que son necesarias más aclaraciones para comprender cómo se aplica la definición de la cadena de valor a las entidades de crédito. Si bien el concepto de cadena de valor es más claro ahora, en el caso específico de las entidades de crédito sigue pareciendo difícil de implementar desde el punto de vista operativo. Esta es la razón por la que se necesitarían orientaciones adicionales específicas del sector para lograr un nivel de calidad adecuado en los datos que deben divulgarse. Por lo que se refiere a las normas sectoriales específicas para las entidades de crédito y otras entidades que operan en el sector financiero, la ABE animaría a la Comisión a seguir un calendario en el que dichas normas se ultimarían aún en 2024, teniendo en cuenta la adopción respectiva en 2025. Esto permitiría, por un lado, seguir adquiriendo experiencia con la divulgación de información de las entidades de Pilar 3 que comienzan a aplicarse a partir del 31 de diciembre de 2022, fecha de primera referencia y, por otro lado, proporcionar aclaraciones anteriores específicamente aplicables a la divulgación de información de las entidades de crédito sobre temas como el reflejado en este apartado.

39. En el marco de sus actividades de financiación y gestión de activos, las entidades de crédito tienen participaciones en sociedades participadas y prestan dinero a sociedades prestatarias. Aplicando las definiciones antes mencionadas, las empresas participadas y prestatarias pueden formar parte de la cadena de valor de una entidad de crédito. Sin embargo, las entidades de crédito suelen tener participaciones no mayoritarias en sus sociedades participadas o conceden préstamos sin obtener influencia de la dirección, lo que implica que no participan en el proceso de toma de decisiones de las contrapartes y dependen de la información procedente de fuentes públicas para supervisar sus inversiones. Del mismo modo, es posible que no estén en condiciones de identificar y relacionarse con los terceros afectados por la participada o las empresas prestatarias. Teniendo en cuenta las amplias implicaciones de esta cuestión en la aplicación del conjunto completo de RSE por parte de las entidades de crédito, la ABE agradecería que la Comisión aclarara los límites de la cadena de valor y las partes interesadas afectadas para las entidades que operan en el sector financiero. Más concretamente, la ABE agradecería las siguientes aclaraciones:

– Si la tenencia de una participación no mayoritaria implica que un inversor «afecta» a las partes interesadas de sus empresas participadas;

– Si los préstamos implican que una entidad de crédito «afecta» a las partes interesadas de las empresas prestatarias (se supone que los individuos no estarían dentro del ámbito de aplicación, pero también este punto necesitaría aclaración, especialmente teniendo en cuenta consideraciones de proporcionalidad); además, las relaciones comerciales indirectas no deben formar parte de la cadena de valor de las entidades de crédito, ya que ello daría lugar a un número indeterminado de entidades incluidas en la cadena de valor;

– Qué decisión de inversión puede tener impacto en terceros.

40.La ABE reconoce que podría resultar difícil para las empresas obtener información sobre la cadena de valor, ya que la información sobre sus socios comerciales puede no estar disponible públicamente en todas las jurisdicciones. En este contexto, la ABE está de acuerdo con el requisito del proyecto de RERS 1, apartado 73, de que una empresa estime la información que debe comunicarse sobre su cadena de valor ascendente y descendente utilizando toda la información razonable y justificable, como los datos medios del sector y otros valores sustitutivos. Sin embargo, a la EBA le preocupa que el uso de sustitutos pueda dificultar la comparabilidad de las divulgaciones a lo largo de la cadena de valor. Por lo tanto, es fundamental que ESRS incluya divulgaciones sobre los juicios significativos que una entidad utiliza para estimar la información que no puede recopilar de sus socios de la cadena de valor.

41.La ABE acoge con satisfacción la decisión de exigir a una empresa que divulgue los factores de emisión y las metodologías utilizadas para estimar sus emisiones de gases de efecto invernadero16 que se producen dentro de su cadena de valor. Sin embargo, esta información puede no ser suficiente para establecer comparaciones significativas entre empresas. La ABE recomendaría a la Comisión que considerara la introducción de una jerarquía de factores de emisión que orientara a las empresas a seleccionar los factores de emisión más pertinentes en función de los datos razonablemente disponibles para ellas17. Del mismo modo, la ABE espera que dicha orientación mejore la comparabilidad y la comprensibilidad de todas las métricas que se aplican en toda la cadena de valor de una empresa.

42. Si bien la ABE está de acuerdo con el EFRAG en que las entidades que operan en el sector financiero pueden estar en condiciones de influir en sus empresas participadas a través de sus políticas de implicación o del ejercicio de sus derechos de voto, la ABE desea destacar que esta capacidad práctica es una cuestión de hechos y circunstancias que dependen de una combinación de factores tales como el alcance de la participación que posee cada entidad.  el número de accionistas de la sociedad participada y su peso relativo y la estrategia seguida por las sociedades participadas. En consecuencia, la ABE no espera que las orientaciones del apartado 77 sean suficientes para determinar si una entidad financiera ha realizado esfuerzos razonables para recopilar datos de los agentes de la cadena de valor. Por esta razón, se anima a la Comisión a revisar la redacción de este apartado específico, convirtiéndolo en un requisito de divulgación o suprimirlo del proyecto de RSE 1, idealmente antes de la adopción del conjunto de ESRS 1

ESRS E1 – Cambio climático

E. Cálculos de emisiones de alcance 1, 2 y 3

43. El proyecto de exposición ESRS E1 sujeto a consulta pública introdujo el concepto de notificación de emisiones de alcance 1, 2 y 3. En general, las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de alcance 1 provienen de fuentes controladas por la entidad informante, mientras que las emisiones de alcance 2 y 3 son indirectas. Esta distinción entre emisiones controladas e indirectas de GEI es relevante para informar sobre el impacto que la entidad informante tiene en el cambio climático. Los requisitos ponen de relieve que las empresas deben proporcionar una comprensión de las emisiones de GEI que se producen en la cadena de valor de la empresa más allá de sus emisiones de GEI de alcance 1 y 2. Para muchas empresas, las emisiones de GEI de alcance 3 son el componente principal del inventario de GEI y un importante impulsor de sus riesgos de transición. Este es ciertamente el caso del sector bancario.

44. El proyecto de exposición ESRS E1 sujeto a consulta pública confirma que, como parte de la notificación de emisiones de GEI de alcance 3, las entidades de crédito también deben incluir sus inversiones financieras. Estos incluyen inversiones de capital que resultan en subsidiarias, asociadas y empresas conjuntas. Las emisiones de alcance 3 se definen en el proyecto de norma como «las emisiones indirectas de GEI son consecuencia de las operaciones de la empresa, pero se producen en fuentes propiedad o controladas por otra empresa». Las emisiones de GEI de alcance 3 son todas las emisiones indirectas (no incluidas en el alcance 2) que se producen en la cadena de valor de la empresa informante, incluidas las emisiones ascendentes y descendentes.

45. El proyecto de exposición ESRS E1 describe que, a efectos de una presentación simplificada, las 15 categorías de emisiones de alcance 320 deberían agruparse en: a) compras previas, b) productos vendidos en sentido descendente, c) transporte de mercancías, d) viajes y e) inversiones financieras. A fin de fomentar la comparabilidad y de manera coherente con el Protocolo sobre los GEI, la ABE opinó que el ESRS debería solicitar el desglose de las emisiones de GEI para las 15 categorías.

46. En la carta de comentarios de la ABE dirigida al EFRAG durante el período de consulta, se apoyó la divulgación de las emisiones de GEI de alcance 1, 2 y 3. Lo mismo es válido en lo que respecta a la referencia al Protocolo sobre los GEI y a la metodología PCAF. Además, la ABE valoró muy positivamente el proyecto de propuesta de exposición ESRS E1 de divulgar la compensación por separado de la emisión bruta. Esta elección aumenta la transparencia de la información proporcionada y, en última instancia, beneficia a los usuarios de las divulgaciones.

47. En la misma carta, la ABE recomendaba que se exigiera a las empresas informadoras que facilitaran el desglose de los siete gases de efecto invernadero, también en consonancia con la propuesta de la SEC22, el volumen de emisiones de GEI de cada gas y el factor potencial de calentamiento atmosférico (PCA) utilizado para la conversión en equivalente de CO2.

48. A nivel internacional, el proyecto de exposición NIIF S2 también introdujo el requisito de que las empresas informantes divulguen información sobre las emisiones de GEI en los Alcances 1, 2 y 3. El borrador de exposición NIIF S2 define las emisiones de alcance 3 como emisiones indirectas fuera de las emisiones de alcance 2 que se producen en la cadena de valor de la entidad informante, incluidas las emisiones ascendentes y descendentes. A los efectos de esta norma, las emisiones de alcance 3 incluyen las 15 categorías compatibles con el Protocolo de GEI. La divulgación de las 15 categorías proporciona información sobre las emisiones de GEI necesarias también para fines de presentación de informes más adelante en la cadena de valor.

Enfoque del EFRAG previa consulta

49. La presentación de las emisiones de gases de efecto invernadero del alcance 3 en cinco categorías se ha convertido en una divulgación opcional. El párrafo 48 exige que el compromiso de notificar las emisiones de GEI del alcance 3 sólo se refiere a la categoría significativa de emisiones del alcance 3. El párrafo AR 44 requiere divulgar la «lista de categorías de emisiones de GEI de alcance 3 incluidas y excluidas del inventario con una justificación para las categorías de alcance 3 excluidas».

50. El EFRAG ha aclarado el límite de notificación para las emisiones de GEI derivadas de asociaciones, empresas conjuntas, filiales no consolidadas y acuerdos contractuales. El párrafo 43 del proyecto de ESRS E1 exige que las empresas contabilicen las emisiones de GEI de sus asociadas, empresas conjuntas y filiales no consolidadas en función de si la empresa matriz ejerce un control operativo sobre ellas. Si la empresa tiene control operativo sobre dicha entidad, incluirá las emisiones totales de GEI (alcance 1 y 2) de la entidad en sus emisiones de GEI notificadas. Si la empresa no tiene control operativo y estas entidades y acuerdos contractuales forman parte de la cadena de valor de la empresa, incluirá las emisiones de GEI de alcance 1, 2 y 3 de la entidad en las emisiones de GEI de alcance 3 notificadas.

51. El EFRAG añadió un desglose adicional de las emisiones notificadas de los alcances 1 y 2. El párrafo 47 del proyecto de ESRS E1 exige que el compromiso de divulgar las emisiones de GEI de alcance 1 y alcance 2 por separado de (1) las entidades consolidadas del grupo de contabilidad y (2) las asociadas, negocios conjuntos, filiales no consolidadas y acuerdos conjuntos sobre los que la entidad tenga control operativo.

52. En el párrafo AR 39 del proyecto de ESRS E1 se añadió la divulgación de las metodologías y los factores de emisión utilizados para calcular las emisiones de GEI y el uso de los valores del potencial de calentamiento atmosférico (PCA) publicados por el IPCC.

Opiniones de la ABE:

53. La ABE acoge con satisfacción la divulgación obligatoria de:

a) Los factores de emisión y las metodologías utilizadas para calcular las emisiones de GEI,

b) el porcentaje de emisiones calculado utilizando datos primarios obtenidos de proveedores u otros socios de la cadena de valor.

c) la lista de categorías de emisiones de GEI de alcance 3 y la justificación de las categorías omitidas

d) el desglose de las emisiones de Alcance 1 y Alcance 2 entre las que surjan de (1) entidades incluidas en los estados financieros consolidados y de (2) las asociadas, negocios conjuntos, filiales no consolidadas y acuerdos conjuntos sobre los cuales la entidad tenga control operativo.

e) la aclaración relativa a los límites de notificación y la plena consolidación de las emisiones de GEI de alcance 1 y 2 de las entidades que controla la empresa.

La ABE espera que estas divulgaciones promuevan la transparencia y ayuden a los usuarios a comprender y comparar mejor las emisiones de GEI entre empresas.

54. A pesar de esta evaluación positiva, la ABE observa que los factores de emisión23 son un insumo crítico para la estimación de las emisiones de GEI y que esos insumos no están normalizados por el protocolo sobre los GEI. Por lo tanto, las empresas pueden aplicar diferentes factores de emisión para actividades similares que pueden perjudicar la comparabilidad. Por consiguiente, la ABE anima a la Comisión a introducir una jerarquía de factores de emisión. El enfoque de introducir una jerarquía de factores de emisión podría inspirarse en cierta medida en la jerarquía del valor razonable bajo la NIIF 13 Medición del valor razonable, considerando diferentes niveles de incertidumbre al realizar las estimaciones. Este tipo de divulgación sin duda proporcionaría información útil sobre las técnicas de medición y los desafíos de disponibilidad de datos.

55. La ABE también acoge con satisfacción el uso normalizado de los valores del PCA publicados por el IPCC, ya que garantizará la comparabilidad entre entidades.

F. Physical and transition risks disclosures

56. El proyecto de exposición ESRS E1 exigía la divulgación de los posibles efectos financieros derivados de riesgos físicos materiales (DR E1-15). En particular, la empresa tenía que describir cómo los riesgos físicos materiales relacionados con el clima pueden afectar a su rendimiento y posición a corto, medio y largo plazo.

57. En su carta de comentarios al EFRAG, la ABE apoyó que las empresas hicieran una distinción entre los fenómenos de cambio climático agudos y crónicos al revelar el impacto de los riesgos físicos. Sin embargo, la ABE considera que sería útil añadir la divulgación de las exposiciones sensibles a los riesgos físicos desglosadas por ubicación geográfica de las actividades de la contraparte (información también incluida en el STI del pilar 3 de la ABE sobre riesgos ASG).

Enfoque del EFRAG previa consulta

58. El EFRAG ha incluido la desagregación de los importes monetarios a riesgo físico significativo por riesgo agudo y crónico y la ubicación de activos significativos en riesgo físico material en la norma como requisitos de divulgación. Además, también se agregó la distribución de activos inmobiliarios por clases de eficiencia energética como requisito de divulgación sobre los riesgos de transición.

Opiniones de la ABE

59. La ABE aprecia el enfoque seguido por el EFRAG para ampliar la divulgación del riesgo físico, incorporando el requisito de localización geográfica de las exposiciones sujetas a riesgo físico.

60. Estos datos adicionales que ahora se consideran en las normas independientes del sector están en consonancia con los requisitos establecidos en el pilar 3 de los STI de la ABE sobre riesgos ASG, promoviendo la convergencia reglamentaria y la comparabilidad entre las entidades informadoras.

G. Métrica de intensidad de GEI para el plan de transición

61. La ABE reconoció que las empresas deben proporcionar métricas que informen sobre los impactos financieros relacionados con el clima, incluidos los resultados financieros, como los costes, la rentabilidad, el flujo de caja operativo, entre otros, y su posición de activos y pasivos financieros. El proyecto de exposición ESRS E1 solo exigía a las empresas que divulgaran métricas de intensidad de emisiones en términos de volumen de negocios neto alineados con los importes más relevantes presentados en los estados financieros. La ABE consideró que este enfoque es suficiente para un estándar intersectorial, ya que tiene la ventaja de la simplicidad y la comparabilidad, pero deben contemplarse diferentes opciones o una multitud de métricas granulares en una norma específica del sector. La ABE alentó en su carta de comentarios al EFRAG a considerar una información más detallada haciendo referencia al proyecto de STI del pilar 3 de la ABE sobre los riesgos ASG en las próximas normas específicas del sector. Sería útil que la norma específica del sector incluyera la intensidad de GEI por unidad de producción para todos los sectores enumerados en la plantilla 3 de las divulgaciones ASG del pilar 3 por las que se aplica la norma técnica 24, que también está alineada con las unidades de producción disponibles en el escenario NZE2050 de emisiones netas cero de la Agencia Internacional de la Energía para 2050.

62. En general, la ABE acogió con satisfacción el enfoque de intensidad de GEI en su carta de observación, que puede explicarse midiendo las emisiones totales para cada cantidad determinada de producción. Este método puede producir planes de transición más creíbles, ya que la intensidad de las operaciones a nivel de producto puede ser más detallada que a nivel general. Esto podría identificar objetivos de reducción de intensidad en general y a nivel de producto. El grado de alineación para las actividades sostenibles y los indicadores disponibles aumentarán la transparencia del mercado. Estos deben incluir un mayor énfasis en las métricas de producción específicas de la industria para facilitar la comparabilidad y la evaluación con respecto a los estándares. Las métricas de intensidad de GEI en términos de volumen de negocios neto con la consideración de la alineación con la intensidad de GEI por unidad de producción podrían reflejar mejoras en el rendimiento y comparabilidad entre instituciones independientes del crecimiento.

63. Además, por lo que respecta a los períodos renovables, la ABE sugirió que la divulgación de los objetivos de reducción debería preverse durante 3 años después del período de referencia.

Enfoque del EFRAG previa consulta

64. El EFRAG tiene la intención de incluir la intensidad de los GEI por unidades de métricas de producción dentro de las normas específicas del sector. Asimismo, las empresas respectivas facilitarán información sobre la intensidad energética (consumo total de energía por ingreso neto) asociada a las actividades en sectores de alto impacto climático y divulgarán su intensidad de emisiones de GEI (emisiones totales de GEI por ingreso neto).

Opiniones de la ABE

65. La ABE apoya plenamente el enfoque de incluir estos requisitos adicionales en las normas sectoriales específicas. Para lograr una alineación más estrecha, se recomienda que la intensidad de GEI por unidad de métricas de producción esté dentro del alcance de todos los sectores enumerados en la plantilla 3 del STI del Pilar 3 sobre riesgos ESG. Estos indicadores incluso facilitan una mejor interpretación de la información de las empresas, si se requieren dentro de la misma categoría sectorial y cuando se comparan entre sí, las diferencias no se tendrán en cuenta en las especificaciones de las diferentes industrias. Sin embargo, son métricas muy importantes y útiles para la divulgación de los impactos financieros relacionados con el clima de las entidades.

Otros comentarios / propuestas específicas

Redacción de las normas

66. La ABE observa que el punto 7, letra b), del proyecto de RREB 1 define los términos «tendrá en cuenta» como factores que se espera que la empresa tenga en cuenta en la preparación de la información prescrita por un requisito de divulgación o un punto de datos. Sin embargo, a la ABE le preocupa que esta definición pueda dar lugar a diferentes interpretaciones, ya que no aclara lo que implica en la práctica el término «considerar». En general, la ABE entiende que el término «considerará» se utiliza en todo el ESRS para referirse a orientaciones externas no incluidas directamente en las normas. Por ejemplo, el párrafo AR 39 del proyecto de ESRS E1 Cambio climático establece que «Al preparar la información para informar sobre las emisiones de GEI como se requiere en el párrafo 41, la empresa deberá: (a) considerar los principios, requisitos y orientación proporcionados por el Estándar Corporativo del Protocolo de GEI (versión 2004 o la más reciente) y GRI 305 (versión 2016 que se basa directamente en los requisitos del Protocolo de GEI)». Teniendo en cuenta la pertinencia del Protocolo sobre los GEI para garantizar la notificación coherente de las emisiones de GEI, la ABE recomienda que la Comisión aclare en qué circunstancias y condiciones una empresa puede decidir desviarse de la orientación que «tendrá en cuenta» y que exija una justificación a la entidad cuando decida no tener en cuenta la orientación.

Mecanismo para abordar las cuestiones de aplicación que surgirán de la aplicación práctica del ESRS

67. La ABE observa que el primer conjunto de normas europeas de información sobre sostenibilidad constituye un hito en el desarrollo de la agenda europea de finanzas sostenibles, ya que establece requisitos normalizados de divulgación de información ASG para todas las empresas. No obstante, la ABE observa que las normas introducirán muchos conceptos nuevos que probablemente planteen cuestiones de aplicación por parte de las empresas y cuestiones de interpretación para los supervisores y auditores. Por lo tanto, la ABE recomienda que la Comisión establezca rápidamente un canal oficial que permita recopilar y abordar estas cuestiones. La ABE también recomienda que la Comisión aclare qué organismos pueden emitir orientaciones vinculantes para ayudar a los encargados de hacer cumplir la ley a garantizar la aplicación coherente de las normas.

68. A este respecto, la ABE desea destacar que el marco europeo de divulgación de información incluye ahora varios reglamentos sobre divulgación de información, como el Reglamento sobre divulgación de información sobre finanzas sostenibles, el Reglamento sobre taxonomía y la norma técnica de aplicación del pilar 3 de conformidad con el artículo 434 bis del Reglamento RRC. Todos estos instrumentos legislativos están interconectados en gran medida. Por ejemplo, el reglamento de divulgación de SFDR, el STI del Pilar 3 sobre riesgos ESG y el borrador de ESRS E1 sobre cambio climático requieren que las empresas divulguen sus emisiones de gases de efecto invernadero con un grado variable de orientación de implementación. A fin de garantizar la coherencia en la aplicación del marco europeo de finanzas sostenibles, la ABE recomienda que las orientaciones interpretativas se apliquen por igual a todos los distintos actos legislativos cuando compartan requisitos comunes de divulgación. Además, sería muy deseable que todas las declaraciones interpretativas y las orientaciones emitidas por la Comisión, las Autoridades Europeas de Supervisión y otros organismos oficiales se consoliden en un único código normativo en lugar de dispersarse en documentos separados. En el marco de su mandato de elaborar normas técnicas de ejecución para la divulgación de información sobre el pilar 3 del RRC, la ABE ya ha comenzado a emitir preguntas y respuestas sobre la aplicación práctica de los STI del pilar 3 sobre los riesgos ASG.

La necesidad de adoptar rápidamente normas de auditoría para garantizar la aplicación coherente de las normas europeas de información sobre sostenibilidad

69. La ABE observa que la DRSC exige que el auditor legal, una sociedad de auditoría o un proveedor independiente de servicios de aseguramiento expresen una opinión sobre la conformidad de los informes de sostenibilidad de una empresa con las normas europeas de información sobre sostenibilidad y el requisito establecido en el artículo 8 del Reglamento 2020/852 sobre el establecimiento de un marco para facilitar la inversión sostenible («Reglamento sobre taxonomía»). El CSRD faculta a la Comisión Europea para adoptar normas de auditoría de control limitado antes del 1 de octubre de 2026 y normas de aseguramiento razonable a más tardar el 1 de octubre de 2028. No obstante, las grandes empresas que sean entidades de interés público que superen en sus fechas de balance el criterio del número medio de 500 empleados durante el ejercicio estarán obligadas a divulgar sus informes de sostenibilidad a partir de los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2024 en la primera fecha de referencia. Mientras tanto, los Estados miembros podrán aplicar normas, procedimientos o requisitos nacionales de aseguramiento.

70. Unos dictámenes de auditoría sólidos son fundamentales para garantizar la aplicación coherente de las normas europeas y salvaguardar la confianza del público en la presentación de informes de sostenibilidad por parte de las empresas. Además, la calidad y fiabilidad de la divulgación de información sobre el SFDR comunicada por los participantes en los mercados financieros dependerá en gran medida de la calidad de la información divulgada de las empresas en las que se invierte. Por ejemplo, a partir de 2023, los participantes en los mercados financieros tendrán que informar sobre los principales impactos adversos de sus decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad. Por lo tanto, la ABE opina que la adopción de normas de auditoría para la presentación de informes de sostenibilidad debe llevarse a cabo antes de la fecha límite establecida en la CDSR a fin de garantizar una divulgación coherente de alta calidad en toda la Unión Europea.

Aclaración entre el ERS, la Directiva contable y la Directiva contra el fraude en la Unión Europea (2017/1371)

71. La ABE observa que el término «empresa conjunta» no se define en la Directiva 2013/34/UE sobre contabilidad, aunque se utiliza en el proyecto de ERS 1, apartado 71. Además, la Directiva contable se refiere a «empresa asociada» en lugar de «asociadas». Teniendo en cuenta que el CDS modificará la Directiva sobre contabilidad, la ABE entiende que las empresas europeas aplicarán las normas de consolidación descritas en el capítulo 6 de la Directiva contable para comunicar su informe de gestión consolidado, por lo que la Comisión puede considerar una mayor armonización entre la terminología utilizada en la Directiva sobre contabilidad y en el ESRS 1.

72. La ABE señala que el apéndice A y el párrafo AR53 del proyecto de ESRS S1 dicen que «un empleado es una persona que mantiene una relación laboral con la empresa con arreglo a la legislación o la práctica nacionales». Además, la definición de «mano de obra propia/trabajadores propios» establece una distinción entre «trabajadores que mantienen una relación laboral con la empresa («empleados»)» y «trabajadores no asalariados que son contratistas individuales que suministran mano de obra a la empresa («trabajadores autónomos») o trabajadores prestados por empresas dedicadas principalmente a «actividades de empleo» (código NACE N78)». Ambas definiciones parecen llevar a la conclusión de que el término empleados designa únicamente a las personas que han firmado un contrato de trabajo con la empresa declarante. Sin embargo, el párrafo 57 destaca que una empresa puede tener una relación laboral con un no empleado «Al informar de su relación laboral con los tipos más comunes de trabajadores no empleados en su propia fuerza de trabajo, la empresa proporcionará una descripción general de si los contrata directamente (como contratistas autónomos) o indirectamente a través de un tercero». Teniendo en cuenta la posible incoherencia entre los párrafos AR53 y 57 del proyecto de ESRS S1, la ABE recomienda aclarar explícitamente en el ESRS S1 la definición de «relación laboral». La ABE desea destacar que esta aclaración puede ser consecuente porque el número de empleados es uno de los umbrales establecidos en la CDS para establecer el ámbito de aplicación de los requisitos de divulgación y la Directiva contable no define explícitamente qué es un empleado. Por lo tanto, es fundamental que ESRS establezca una definición coherente con las prácticas actuales, es decir, que excluya a los contratistas individuales y a los trabajadores interinos.

73. La ABE también ha identificado una diferencia entre el proyecto de SGSR G1 y la Directiva 2017/1371 relativa a la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal. La definición de la expresión «corrupción» en el proyecto de SGSR G1 no se ajusta plenamente a las definiciones establecidas en el artículo 2 de la Decisión Marco 2003/568/JAI del Consejo y en el artículo 4 de la Directiva 2017/1371 relativa a la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal. La ABE aconseja a la Comisión que considere si la definición de «corrupción» del SRSG G1 debe ajustarse a la Directiva mencionada y a la Decisión marco del Consejo.

Conclusión

74. La ABE reconoce la mejora significativa del proyecto de RERS preparado por el EFRAG en comparación con los respectivos proyectos de exposición publicados para consulta. En opinión de la ABE, se logró una coherencia general con las normas internacionales y la legislación pertinente de la UE. En particular, la ABE acoge con gran satisfacción la mejor armonización con los requisitos de divulgación en virtud del marco de Pilar 3 de la ABE, que se considera adecuada en esta fase.

75. Por lo que se refiere a las consideraciones de proporcionalidad, la ABE considera que el actual proyecto de normas ofrece un enfoque equilibrado con la consideración de las disposiciones pertinentes relativas a la introducción progresiva. Este enfoque permitirá a las empresas disponer de cierto tiempo para prepararse para los nuevos requisitos adicionales de publicidad, que pueden dar lugar a un mayor nivel de calidad de la divulgación.

76. Sobre la base de la evaluación realizada, la ABE opina que el actual proyecto de RREG constituye una buena base para la aplicación de la REDS. Esta conclusión está sujeta a algunos aspectos, detallados en las secciones pertinentes del presente dictamen, que merecerían un examen más detenido por parte de la Comisión, bien en el conjunto 1 del ESRS (antes o poco después de su adopción); como parte de las normas sectoriales específicas; al realizar una revisión más global del conjunto 1 de ESRS o al desarrollar material educativo, dependiendo de la relevancia del tema específico:

a) Interoperabilidad con las normas internacionales, especialmente teniendo en cuenta los diferentes plazos seguidos por el EFRAG y el ISSB (véase la sección A del presente dictamen);

b) Orientaciones y aclaraciones adicionales sobre la evaluación de la materialidad y la aplicación del concepto de cadena de valor para las entidades que operan en el sector financiero (véanse las secciones B. y D. del presente dictamen). Además, se sugirieron nuevas modificaciones más inmediatas sobre estos dos temas, ya que, en opinión de la ABE, sería útil aclarar aún más la redacción de los actuales requisitos de divulgación;

c) Al elaborar las normas sectoriales se consideraría una mayor armonización con los requisitos del pilar 3 de la ABE (véase la sección G del presente dictamen). La ABE está dispuesta a dar continuidad a la buena colaboración con el EFRAG en este asunto;

d) Sería necesaria una aclaración y coherencia adicionales entre el proyecto de RSE, la Directiva sobre contabilidad y la Directiva contra el fraude en la Unión Europea (véase la sección «Otras observaciones / propuestas específicas» del presente dictamen).

77. Además de estas consideraciones técnicas, la ABE también sugiere a la Comisión que establezca un mecanismo para abordar las cuestiones de interpretación que se espera que surjan de la aplicación práctica del RSE. La ABE está dispuesta a contribuir activamente a este mecanismo de interpretación para garantizar la coherencia entre los requisitos del SERS y otros marcos legislativos en el ámbito de competencias de la ABE.

78. Además, la ABE anima a la Comisión a anticipar el calendario de las normas sectoriales específicas para las entidades de crédito y otras entidades que operan en el sector financiero, cuya finalización en 2024 y adopción en 2025, a fin de proporcionar aclaraciones más tempranas específicamente aplicables a la divulgación de información de las entidades de crédito sobre determinados temas, sin dejar de dar tiempo a adquirir experiencia de la divulgación de información de las entidades de Pilar 3 que comience a aplicarse a partir del 31 de diciembre de 2022 primero.  Fecha de referencia.

79. Por último, la ABE consideraría conveniente adoptar normas de auditoría para la presentación de informes de sostenibilidad antes de la fecha límite establecida en el CDSR, a fin de garantizar una divulgación coherente y de alta calidad en toda la Unión antes de lo establecido actualmente.



Suptech en la supervisión de seguros



Suptech en la supervisión de seguros

La Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) ha reconocido la importancia de la innovación digital y, específicamente, el papel de suptech en la «nueva normalidad». En este documento, suptech se refiere al uso de tecnologías innovadoras por parte de los supervisores de seguros para apoyar su trabajo. Es necesario mejorar la comprensión del potencial de la suptech para ayudar a la supervisión de seguros. Las interacciones con los supervisores de seguros también muestran que existe un gran interés en compartir soluciones específicas, experiencias, prácticas y lecciones aprendidas sobre el uso de suptech.

Este documento tiene como objetivo contribuir a llenar este vacío citando ejemplos concretos de cómo las herramientas suptech son utilizadas por 22 supervisores de seguros, tanto desde el punto de vista prudencial como de conducta. El documento proporciona una visión general del uso de suptech por parte de los supervisores de seguros en función de los casos de uso informados. Proporciona ejemplos de herramientas de suptech que están siendo evaluadas, desarrolladas o utilizadas por los supervisores de seguros para diversas actividades, desde la recopilación de datos hasta el análisis de datos. Explora cómo se identifican, desarrollan y utilizan estas herramientas de suptech; cómo se mide la eficacia; cómo se utilizaron esas herramientas durante la pandemia; y otras herramientas de suptech que los supervisores de seguros están interesados en tener o desarrollar. Al hacerlo, la esperanza es que el documento proporcione un recurso valioso a los supervisores de seguros para comprender mejor las suptech basadas en las experiencias de sus pares. Tal comprensión puede allanar el camino para un enfoque más informado al emprender cualquier trabajo de sucesión.

Las 38 herramientas de suptech cubiertas en el documento se clasifican de acuerdo con su uso previsto, ya sea para la supervisión prudencial o de conducta, o ambas. La mitad de las herramientas pueden utilizarse tanto para la supervisión prudencial como para la de la conducta. La mitad restante de los instrumentos se divide casi por igual entre los utilizados para la supervisión de la conducta y los utilizados para la supervisión prudencial. Casi todas las herramientas ya se están utilizando en procesos de supervisión reales o están en proceso de desarrollo completo para entrar en funcionamiento. Solo una proporción muy pequeña de las herramientas se encuentran en la etapa de prueba de concepto o prototipo. La mayoría de estas herramientas fueron, o están, siendo desarrolladas internamente o conjuntamente con partes externas.

Las herramientas de Suptech para la supervisión prudencial del sector de seguros son similares a las utilizadas por los supervisores bancarios. Estos incluyen paneles automatizados que muestran indicadores de riesgo clave, por ejemplo, para riesgos de crédito, mercado y liquidez, así como herramientas que permiten la detección temprana de dificultades financieras. Además, las técnicas de aprendizaje automático también se utilizan para el análisis de redes y en herramientas que se utilizan para proporcionar una visión independiente o para mejorar los marcos de puntuación de riesgos existentes. En general, los instrumentos prudenciales tienen por objeto lograr un compromiso preventivo con las empresas supervisadas permitiendo un seguimiento más frecuente y rápido.

La mayoría de las herramientas de conducta denunciadas, por otra parte, son específicas del sector de los seguros. Si bien la mayoría de las herramientas tienen como objetivo mejorar la evaluación del cumplimiento de las actividades relacionadas con la distribución de seguros, una se desarrolló para apoyar la clasificación de las quejas de los consumidores por parte de las autoridades. Algunas son herramientas de análisis suptech que implican el uso del procesamiento del lenguaje natural (NLP) para analizar los datos proporcionados a los clientes en la documentación precontractual y contractual por parte de aseguradoras e intermediarios. Hay algunas herramientas de recopilación de datos: un par recopila información de los sitios web de las aseguradoras y las plataformas de redes sociales para identificar prácticas de venta indebida, mientras que otros facilitan las evaluaciones de cumplimiento de las interacciones entre las aseguradoras / intermediarios y los clientes durante las llamadas de ventas.

La mayoría de las herramientas notificadas que pueden utilizarse tanto para la supervisión prudencial como para la supervisión de la conducta se refieren a procesos relacionados con la recopilación de datos. Los procesos relacionados con la recopilación de datos se refieren a la presentación de informes, validación, consolidación y visualización de datos. También hay algunas herramientas de análisis de suptech que se pueden utilizar tanto para la supervisión prudencial como para la de conducta. Por lo general, estos implican el uso de PNL, por ejemplo, para analizar informes narrativos de las aseguradoras para identificar posibles problemas prudenciales o para revisar las publicaciones en las redes sociales en busca de posibles problemas relacionados con la conducta. La PNL también se puede utilizar para ayudar a escribir cartas de supervisión a las aseguradoras. Además, los encuestados han informado de herramientas para la detección de valores atípicos y novedad y para el reconocimiento de patrones, que pueden utilizarse tanto en datos prudenciales como relacionados con la conducta.

Los supervisores de seguros plantearon algunos desafíos novedosos, además de otros familiares, como la falta de recursos, problemas con los datos, los procesos internos, etc. En particular, los supervisores de seguros destacaron los desafíos relacionados con la identificación de las herramientas de suptech que necesitan. Esto puede deberse a la evolución de los requisitos reglamentarios que las herramientas de suptech están destinadas a procesar, y la falta de comprensión de las tecnologías disponibles y sus limitaciones. Además, los supervisores de seguros enfatizaron específicamente la necesidad de las habilidades y la experiencia adecuadas para el seguimiento de los hallazgos de las herramientas. Aquí es donde los supervisores experimentados son relevantes, y destaca el importante papel que el juicio de supervisión continúa desempeñando.

Los supervisores de seguros en las economías de mercados emergentes y en desarrollo (EMED) se enfrentan a los mismos desafíos, pero en mayor medida, particularmente cuando se trata de recursos. Por lo general, aprovechan las soluciones comerciales disponibles (COTS) para suptech. Esto se debe a la falta de experiencia interna y a una falta general de recursos, lo que también los hace cautelosos sobre qué herramientas de suptech usar o desarrollar. Tienen poco o ningún espacio para emprender la experimentación por su cuenta. Por lo tanto, puede haber margen para que se asocien con partes externas, como instituciones académicas o empresas de tecnología, en la realización de experimentación suptech.

Los supervisores de seguros aún no tienen indicadores clave de rendimiento (KPI) claros o metodologías para medir la efectividad y eficiencia de las herramientas de suptech. La eficacia y la eficiencia de las herramientas generalmente se evalúan en función de los comentarios de los usuarios. Algunos apuntan a métricas más objetivas, como el tiempo ahorrado al completar una tarea. Sin embargo, hay ciertas herramientas que claramente han sido beneficiosas, particularmente durante la pandemia. Estos incluyen herramientas que permitieron a los supervisores de seguros continuar realizando sus actividades de supervisión a pesar de las restricciones relacionadas con la pandemia.

A pesar de los desafíos, los supervisores de seguros continúan explorando herramientas de suptech. Muchos supervisores de seguros tienen como objetivo específico desarrollar sistemas o plataformas integradas que contengan diferentes aplicaciones, desde la recopilación de datos hasta el análisis de datos, y cubran todo el proceso de supervisión. La inversión en estas tecnologías requiere la correspondiente experiencia digital y de datos. En consecuencia, se requiere fomentar una cultura de innovación basada en la toma de decisiones basada en datos, la apertura a la experimentación y desafiar el «pensamiento heredado» dentro de las autoridades financieras. Los programas de creación de capacidad pueden ayudar en este sentido. La adquisición de nuevos talentos y el aumento de los datos y la alfabetización técnica del personal existente a través de programas de capacitación no solo desarrollarán los conocimientos especializados necesarios, sino que también contribuirán a una cultura más innovadora.

Introducción

1. La tecnología de supervisión (suptech) es el uso de tecnologías innovadoras por parte de las autoridades financieras para apoyar su trabajo. Suptech es el resultado de la innovación digital en el sistema financiero resultante de la aparición de tecnologías avanzadas, como big data, inteligencia artificial (IA) / aprendizaje automático (ML) y otras nuevas tecnologías. El Instituto de Estabilidad Financiera (FSI) ha publicado varios informes sobre las prácticas y experiencias de las autoridades financieras de todo el mundo. Si bien la mayoría de estos informes cubren una variedad de autoridades financieras (supervisores bancarios, supervisores de seguros, supervisores de mercados de valores, autoridades contra el lavado de dinero (AML) y lucha contra el financiamiento del terrorismo (CFT), muchos de los casos de uso destacados en estos informes se centraron en la supervisión bancaria. Este es el caso, por ejemplo, del informe más reciente sobre el uso de suptech para la supervisión prudencial, que incluyó casos de uso de supervisión de seguros en la muestra general, pero discutió casos de uso desde una perspectiva de supervisión bancaria.

2. La Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) ha reconocido la importancia de la innovación digital y, específicamente, el papel de la suptech en la «nueva normalidad». Por lo tanto, es necesario mejorar la comprensión del potencial de la suptech para ayudar a la supervisión de seguros. Esto fue evidente, por ejemplo, en las respuestas a una encuesta de 2021 de supervisores de seguros asiáticos y africanos realizada por la Iniciativa de Acceso a Seguros (A2ii). Cuando se les pidió que explicaran cuáles eran sus principales problemas, mientras que muchos señalaron la necesidad de experiencia y recursos internos, varios encuestados también destacaron la necesidad de comprender mejor la utilidad que la suptech aporta a los procesos de supervisión de seguros. En cuanto al tipo de apoyo necesario, varios encuestados mencionaron el intercambio de soluciones, experiencias, prácticas y lecciones aprendidas específicas sobre el uso de suptech por parte de los supervisores de seguros.

3. Este documento tiene como objetivo llenar este vacío citando ejemplos concretos de cómo se utilizan las herramientas de suptech para la supervisión de seguros, tanto desde el punto de vista prudencial como de conducta. El documento identifica varias soluciones de suptech que están siendo evaluadas, desarrolladas o utilizadas por los supervisores de seguros para diversas actividades, desde la recopilación de datos hasta el análisis de datos. Explora cómo se identifican, desarrollan y utilizan estas herramientas de suptech; y cómo se mide la efectividad. Al hacerlo, la esperanza es que el documento proporcione un recurso valioso a los supervisores de seguros para comprender mejor las suptech basadas en las experiencias de sus pares. Tal comprensión puede allanar el camino para un enfoque más informado al emprender cualquier trabajo de sucesión.

4. El documento se basa en las respuestas de 22 supervisores de seguros de todo el mundo a dos encuestas complementarias. El documento se basa en gran medida en las respuestas a las preguntas relacionadas con la tecnología suptech en la encuesta fintech de IAIS a los miembros realizada entre mayo y junio de 2022, y preguntas de seguimiento a las autoridades seleccionadas sobre sus herramientas específicas. Para obtener perspectivas adicionales de los supervisores de seguros en las economías de mercados emergentes y en desarrollo (EMED), el documento también consideró las respuestas a una encuesta más corta enviada por A2ii a algunos supervisores relevantes.

Herramientas de Suptech para la supervisión de seguros

5. Este documento discute los hallazgos basados en el análisis de 38 herramientas de suptecnología para la supervisión de seguros. Los encuestados informaron un total de 48 herramientas. Sin embargo, un examen más detallado mostró que 10 de las herramientas no están destinadas a ser utilizadas en la supervisión de seguros (por ejemplo, estrictamente para monitorear instituciones de crédito o instituciones de gestión de activos); se utilicen para la supervisión de otros sectores, pero con un uso potencial no realizado en seguros; o están destinados a hacer que los procesos comerciales de las aseguradoras sean más eficientes. Por lo tanto, estas 10 herramientas se eliminaron de la muestra.

6. La mayoría de las herramientas de suptech para la supervisión de seguros están operativas o en desarrollo. Casi todas las herramientas ya se están utilizando en procesos de supervisión reales (es decir, operativos) o están en proceso de desarrollo completo para entrar en funcionamiento (es decir, en desarrollo). Solo una proporción muy pequeña de las herramientas se encuentran en la etapa de prueba de concepto o prototipo (es decir, experimental) (Gráfico 1, panel izquierdo).

7. La mayoría de estas herramientas fueron o están siendo desarrolladas internamente o con la ayuda de partes externas. La mitad son herramientas que fueron desarrolladas conjuntamente por unidades internas y partes externas. Las herramientas resultantes del trabajo realizado únicamente por unidades internas representan algo menos de la mitad. Mientras tanto, las completadas únicamente por partes externas representan menos del 10% de las herramientas (Gráfico 1, panel derecho). Las unidades internas que han desarrollado o están desarrollando herramientas de apoyo incluyen a los responsables de supervisión, ciencia y análisis de datos, investigación, TI, datos, gestión de riesgos e innovación. Algunas autoridades de supervisión de seguros también tienen unidades dedicadas a la tecnología secundaria. Las partes externas incluyen proveedores de tecnología, empresas de consultoría, académicos y consultores individuales de IA y ML.

8. Estas herramientas se pueden clasificar según sus usos previstos. Por ejemplo, pueden clasificarse en función de si son o están destinados a ser, para supervisión prudencial, supervisión de conducta o ambos. Con esta clasificación, la mitad de las herramientas pueden utilizarse tanto para la supervisión prudencial como para la de conducta. La mitad restante de los instrumentos se divide casi por igual entre los utilizados para la supervisión de la conducta y los utilizados para la supervisión prudencial. La discusión en el resto de esta sección sigue esta clasificación.

Supervisión prudencial

9. Los instrumentos prudenciales comunicados son similares a los utilizados para la supervisión bancaria.6 Estos incluyen paneles automatizados que muestran indicadores clave de riesgo, por ejemplo, para riesgos de crédito, mercado y liquidez, así como herramientas que permiten la detección temprana de dificultades financieras. Además, las técnicas de aprendizaje automático también se utilizan para el análisis de redes y en herramientas que se utilizan para proporcionar una visión independiente o para mejorar los marcos de puntuación de riesgos existentes. En general, los instrumentos prudenciales tienen por objeto lograr un compromiso preventivo con las empresas supervisadas permitiendo un seguimiento más frecuente y rápido. Los párrafos siguientes discuten cómo algunas de estas herramientas se utilizan específicamente para la supervisión de seguros.

10. La Autoridad Monetaria de Singapur (MAS) está desarrollando una herramienta de análisis de redes para analizar la interconexión entre aseguradores y reaseguradores. La herramienta utilizará la visualización de gráficos, así como algoritmos de reconocimiento de patrones. Su objetivo será identificar la interconexión en términos de transferencias de riesgos y exposiciones entre aseguradores y reaseguradores. Como tal, también identificará los riesgos de concentración dentro de la industria de seguros. Por ejemplo, varias aseguradoras pueden ceder riesgos al mismo reasegurador. Si la reaseguradora falla, esto afectará a las aseguradoras cedentes. La herramienta podrá identificar qué aseguradoras y reaseguradoras están interconectadas a través de estas actividades. Además, podrá evaluar la importancia sistémica de las reaseguradoras y puede informar el diseño de escenarios para ejercicios de pruebas de resistencia en toda la industria. El análisis de la herramienta podrá centrarse en una línea de negocio concreta y el tipo de reasegurador, así como diferentes ratios de cesión o recuperables.

11. La Autoridad Francesa de Supervisión y Resolución Prudencial (ACPR) está experimentando con una herramienta destinada a mejorar la detección de aseguradoras «frágiles». La herramienta automatizará el análisis de las provisiones técnicas para aseguradoras de no vida y proporcionará visualizaciones de los resultados del análisis. Por lo tanto, la herramienta podrá identificar a las aseguradoras que pueden no tener activos suficientes para satisfacer las reclamaciones derivadas de los contratos de seguro emitidos. Entre los ejemplos de análisis específicos que se espera que realice la herramienta figuran la comparación de las normas prudenciales y contables por línea de actividad, el análisis de la liquidación de alquileres no relacionados con la vida, el cálculo actuarial de las mejores estimaciones y la identificación de grupos de pares. De esta manera, los esfuerzos de supervisión, incluida la supervisión in situ, pueden dirigirse más a las aseguradoras más frágiles.

12. La Autoridad Suiza de Supervisión del Mercado Financiero (FINMA) ha puesto a disposición de las compañías de seguros una herramienta de cálculo de solvencia. Esta herramienta es utilizada por alrededor de 100 compañías de seguros para realizar el cálculo de solvencia para la prueba de solvencia suiza utilizando el modelo estándar. El paquete R subyacente7 está disponible en el sitio web de FINMA para su descarga. Calcula los requisitos de capital (o capital objetivo) tanto agregados como por componente (riesgo de mercado, riesgo de crédito, riesgo de seguro, etc.). La herramienta cuenta con una interfaz fácil de usar y también proporciona suficiente flexibilidad para permitir ajustes específicos para una compañía de seguros.

13. La National Association of Insurance Commissioners (NAIC) ha completado recientemente seis cuadros de mando integrales diferentes para analizar y visualizar los riesgos de solvencia en diversas áreas de las operaciones de una aseguradora. Las operaciones cubiertas incluyen tenencias de bonos, participaciones en acciones, escrituras de primas y reaseguros. Las herramientas de inteligencia empresarial se están utilizando para conectar las fuentes de datos reglamentarios existentes a los paneles. En estos casos particulares, los cuadros de mando se han personalizado para analizar los datos presentados por las aseguradoras que informan bajo cada tipo de declaración anual (es decir, propiedad/accidentes, vida y salud). En el futuro, NAIC planea desarrollar paneles adicionales para su uso en la supervisión prudencial y de conducta, y comenzar a proporcionar conjuntos de datos y plantillas estandarizados para que los usuarios finales accedan a la creación de sus propios paneles y visualizaciones personalizados.

Llevar a cabo la supervisión

14. La mayoría de las herramientas relacionadas con la conducta denunciadas son específicamente para la supervisión del sector de seguros.8 Si bien la mayoría de las herramientas tienen como objetivo mejorar la evaluación del cumplimiento de las actividades relacionadas con la distribución de seguros, una se desarrolló para apoyar la clasificación de las quejas de los consumidores por parte de las autoridades. Algunas son herramientas de análisis suptech que implican el uso del procesamiento del lenguaje natural (NLP) para analizar los datos proporcionados a los clientes en la documentación precontractual y contractual por parte de aseguradoras e intermediarios. Hay algunas herramientas de recopilación de datos: un par recopila información de los sitios web de las aseguradoras y las plataformas de redes sociales para identificar prácticas de venta indebida, mientras que otros facilitan las evaluaciones de cumplimiento de las interacciones entre las aseguradoras / intermediarios y los consumidores durante las llamadas de ventas. Los párrafos siguientes destacan algunas de estas herramientas.

15. La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) está desarrollando una herramienta para recopilar y analizar los datos que las aseguradoras deben publicar para los productos de inversión basados en seguros. En Europa, las aseguradoras deben proporcionar a los consumidores un documento precontractual normalizado, denominado documento de datos fundamentales (KID), que contenga información esencial sobre los productos de inversión basados en seguros (IBIP).9 La herramienta recopilará datos de KID en los Estados miembros de la Unión Europea (UE) de los sitios web de las aseguradoras a través de técnicas de web-scraping y automatización robótica de procesos, y los colocará en un repositorio central. Mediante la aplicación de tecnologías NLP, la herramienta apoyará el desarrollo de la supervisión transfronteriza basada en datos de los IBIP en el mercado de la UE. El aumento de la granularidad de los datos, la capacidad de agregar datos a múltiples niveles y la mayor accesibilidad de los datos podrían mejorar la transparencia para los consumidores, ya que EIOPA tendría una gama más amplia de estadísticas disponibles para su posible inclusión en sus informes.

16. El Instituto de Supervisión de Seguros (IVASS) está experimentando con una herramienta que tiene como objetivo evaluar la complejidad y legibilidad de los contratos de seguro. Esta herramienta será utilizada por los supervisores para analizar el cumplimiento por parte de las aseguradoras de las directrices10 sobre la estructura y el lenguaje de los contratos/pólizas de seguro. La aplicación del análisis de textos y PNL permitirá a los supervisores realizar análisis cualitativos y cuantitativos en un gran volumen de contratos para evaluar su cumplimiento de las directrices, es decir, evaluar su complejidad y legibilidad, así como el nivel de coherencia entre los documentos contractuales y precontractuales. El objetivo es que la herramienta produzca un indicador para medir la complejidad y legibilidad de los documentos (similar al índice Gulpease). IVASS espera que los resultados de la herramienta apoyen su diálogo con las aseguradoras, lo que a su vez conducirá a una mejor y más fácil lectura de los documentos de las pólizas de seguros para los clientes.

17. La Autoridad Francesa de Supervisión y Resolución Prudencial (ACPR) está desarrollando una herramienta que automatiza la transcripción de grabaciones de conversaciones telefónicas de marketing entre agentes de seguros y clientes. Para controlar el cumplimiento por parte de los intermediarios y aseguradores de las normas aplicables a la distribución de contratos de seguro, los supervisores escuchan estas grabaciones y las transcriben. Para automatizar esta tarea, ACPR está desarrollando una herramienta basada en modelos de ML preentrenados de código abierto. Todos los datos se guardan en un servidor local y se han implementado varias medidas de seguridad para proteger la información personal. En caso de que se compartan datos confidenciales durante la conversación, existen procesos para eliminarlos una vez que se haya completado el ejercicio de monitoreo. La herramienta podría mejorarse en el futuro mediante el uso de algoritmos de PNL para identificar la presencia de malas prácticas comerciales o la ausencia de términos obligatorios en el texto transcrito.

18. El Servicio Coreano de Supervisión Financiera (SFS) ha desarrollado una herramienta para transcribir grabaciones de las actividades de telemercadeo de las aseguradoras y clasificarlas como ventas indebidas, si procede. Es similar a la herramienta ACPR, pero va más allá. Después de transcribir grabaciones de conversaciones telefónicas entre agentes de aseguradoras y clientes, la herramienta también revisa el texto buscando palabras clave que deben (y no deben) ser comunicadas a los clientes. Luego asigna una puntuación que cada palabra clave ganará o perderá, y calcula la puntuación total para cada grabación. El resultado de este análisis se utiliza como insumo para otros procesos de supervisión. La herramienta fue desarrollada por una parte externa utilizando un software de voz a texto que el FSS había comprado previamente. El personal de supervisión participó en el desarrollo de la herramienta definiendo palabras clave y sus puntuaciones. Esta herramienta ha introducido eficiencias en la supervisión de los riesgos relacionados con la conducta y ha contribuido a una protección más eficaz del consumidor al alentar a las aseguradoras a trabajar más para evitar las ventas indebidas.

19. El FSS también dispone de una herramienta para detectar anuncios ilegales en línea de productos y servicios financieros, incluidos los seguros. La herramienta monitorea y recopila datos sobre anuncios en línea de blogs y redes sociales. Luego revisa los datos para ver si contienen palabras clave asociadas con anuncios ilegales. Los resultados se comparten a través de un sistema de intercambio de documentos en línea con las autoridades pertinentes para la adopción de las medidas adecuadas. Por lo tanto, la herramienta ayuda a bloquear muchos anuncios ilegales en línea y, por lo tanto, ayuda a minimizar el daño al cliente.

Supervisión prudencial y de conducta

20. La mayoría de los instrumentos notificados que pueden utilizarse tanto para la supervisión prudencial como para la supervisión de la conducta se refieren a procesos relacionados con la recopilación de datos. Basado en el mapeo de áreas de supervisión en las que se pueden encontrar aplicaciones suptech, desarrollado por primera vez en Broeders y Prenio (2018), los procesos relacionados con la recopilación de datos se refieren a la presentación de informes, validación, consolidación y visualización de datos. También hay algunas herramientas de análisis de suptech que se pueden utilizar tanto para la supervisión prudencial como para la de conducta. Por lo general, estos implican el uso de PNL, por ejemplo, para analizar informes narrativos de las aseguradoras para identificar posibles problemas prudenciales o para revisar las publicaciones en las redes sociales en busca de posibles problemas relacionados con la conducta. La PNL también se puede utilizar para ayudar a escribir cartas de supervisión a las aseguradoras. Además, los encuestados han informado herramientas para la detección de valores atípicos y novedades, y para el reconocimiento de patrones. Estas herramientas pueden utilizarse tanto en datos prudenciales como relacionados con la conducta. Los párrafos siguientes destacan algunas de estas herramientas.

21. El Fondo de Garantía de Seguros de Taiwán (TIGF), designado por la Comisión de Supervisión Financiera (FSC), mantiene un sistema de depósito de datos de supervisión financiera y empresarial. El sistema contiene datos estructurados, incluido el desempeño financiero de las aseguradoras y la información sobre pólizas / reclamaciones. Estos datos son reportados por las aseguradoras y luego se cargan en el repositorio. El sistema tiene una función de validación integrada. Los datos serán aceptados solo si pasan las pruebas de validación. De lo contrario, los datos se envían de vuelta a las aseguradoras para su corrección o explicación. Por lo tanto, el sistema ayuda a aumentar la precisión de los datos de informes y los prepara para los análisis. Una vez que los datos se extraen del sistema, se transforman y se cargan en un data mart, el software de inteligencia empresarial se utiliza para crear paneles de control para la evaluación del cumplimiento y el monitoreo de riesgos para facilitar la revisión de la supervisión.

22. El Banco Central de Malasia (BNM) tiene un portal web que facilita el cumplimiento normativo y la tramitación de las solicitudes reglamentarias. El portal permite a las instituciones financieras presentar solicitudes regulatorias, incluso para nombramientos de personas responsables clave o nuevos productos y servicios, con verificaciones de documentación previas a la presentación. El portal también gestiona el flujo de trabajo de procesamiento, garantiza una gobernanza adecuada para las aprobaciones y notifica a los solicitantes el resultado de sus solicitudes. Además, BNM está trabajando actualmente en la mejora del portal para apoyar mejor las actividades de supervisión y registrar los resultados de las evaluaciones de supervisión. Las nuevas características anticipadas incluyen paneles de información y funcionalidades de análisis de datos, la capacidad de trabajar sin conexión y capacidades mejoradas de gobierno y seguimiento de auditoría.

23. La EIOPA está desarrollando una plataforma de cooperación para permitir el uso de un sistema de notificación eficaz y el intercambio de información con el fin de actualizar y mantener el registro europeo de empresas de seguros. La plataforma tiene por objeto promover un intercambio de información eficiente y trazable entre las autoridades nacionales competentes (ANC) de origen y de acogida, abordando así las incoherencias detectadas en los registros nacionales mantenidos por las ANC y en el registro europeo mantenido por la AESPJ. Las incoherencias, resultantes del enfoque actual, no solo ponen en tela de juicio la fiabilidad de los registros nacionales y europeos, sino que también exponen a las ANC y a la AESPJ a riesgos jurídicos y de reputación. La plataforma permite notificaciones transfronterizas y proporciona una interfaz para actualizar automáticamente el registro de la AESPJ sobre la base de la información transfronteriza intercambiada a través de la plataforma. Las ANC también pueden seguir el mismo enfoque y desarrollar una API para utilizar la información intercambiada a través de la plataforma para actualizar automáticamente sus propios registros. Además de los intercambios incrementales de información, se solicitará una presentación completa periódica al registro europeo para permitir la verificación cruzada de los datos recibidos a través de intercambios incrementales, así como para capturar datos no intercambiados en la plataforma, es decir, principalmente empresas sin actividad transfronteriza. Para esta presentación completa, las ANC deberán enviar información únicamente desde la perspectiva de la autoridad de origen, para permitir la verificación cruzada de los datos recibidos de diferentes ANC y del registro europeo. Si hay una discrepancia, la plataforma se utilizará para notificar a todas las autoridades pertinentes.

24. La EIOPA ha puesto en práctica instrumentos de detección de valores atípicos y novedades, así como instrumentos de reconocimiento de patrones. Dado el gran número de presentaciones, EIOPA se encuentra en una posición ideal para desarrollar tales herramientas utilizando el aprendizaje automático y otros algoritmos analíticos avanzados. Estos, a su vez, contribuyen al desarrollo de herramientas a nivel nacional. Por esta razón, la AESPJ está en estrecho contacto con las ANC y también ha establecido una plataforma interna de código compartido. En esta plataforma de código compartido, EIOPA ha compartido código Python con NCA para la detección de valores atípicos y novedad basada en múltiples algoritmos de ML diferentes. La AESPJ utiliza estos códigos regularmente en los datos de producción y comparte los resultados con los supervisores nacionales. Los métodos aplicados se benefician de la gran base de datos EIOPA. Los puntos de datos inusuales en los informes prudenciales de las aseguradoras europeas se pueden identificar utilizando métodos de aprendizaje automático (por ejemplo, basados en bosques de aislamiento, factor atípico local). Dada una plantilla específica, los códigos identifican aquellas aseguradoras (de ~ 2,500 aseguradoras en Europa) con patrones o estructuras inusuales, en comparación con aseguradoras similares o en comparación con el pasado. Como las aseguradoras son muy heterogéneas en tamaño, esas comparaciones se ejecutan en conjuntos de datos prenormalizados. Los resultados son útiles para detectar tanto problemas de calidad de datos como situaciones comerciales relevantes para la actividad de supervisión. Si bien este caso de uso específico se refiere a la presentación de informes prudenciales, dichos modelos también se pueden utilizar para la presentación de informes relacionados con la conducta.

Uso de suptech en EMED

25. Existe un creciente interés y uso de suptech en las EMED. Los supervisores de seguros en las EMED utilizan principalmente soluciones suptech para la recopilación de datos y la presentación de informes reglamentarios. Algunos también están utilizando suptech para el análisis de datos. Si bien algunas de estas soluciones se han desarrollado exclusivamente para supervisores de seguros, la mayoría de ellas son soluciones genéricas ofrecidas por proveedores de tecnología que se han personalizado para cumplir con los requisitos de supervisión de seguros.

26. Los supervisores de las EMED confían en la obtención de soluciones comerciales listas para usar (COTS) que se adaptan a sus necesidades en lugar de desarrollar soluciones internamente. Los parámetros de personalización se basan en una revisión de la metodología y los procesos de supervisión de los supervisores, así como en los requisitos relacionados con los cambios legislativos. Por ejemplo, en Zambia, después de que se promulgó la Ley de Seguros de 2021, la Autoridad de Pensiones y Seguros (PIA) revisó varias de sus herramientas de supervisión y ha identificado nuevas herramientas de tecnología que puede necesitar.

Experiencia en el desarrollo y uso de herramientas suptech

27. Los supervisores de seguros identifican herramientas de supertecnología para experimentar o desarrollar a través de un enfoque de arriba hacia abajo o de abajo hacia arriba. Bajo el enfoque de arriba hacia abajo, la identificación de herramientas suptech puede depender de la estrategia o función organizacional específicamente establecida para tal fin. EIOPA, por ejemplo, ha publicado una estrategia de suptech que cubre tanto la supervisión prudencial como la conducta de las empresas. En Sudáfrica, la Autoridad Prudencial ha definido un modelo operativo objetivo que es la base para identificar y priorizar el desarrollo de herramientas de suptech. Bajo el enfoque ascendente, la identificación de herramientas de suptech se realiza mediante consultas directas con el personal de supervisión.

28. Los supervisores de seguros están utilizando canales innovadores para solicitar ideas del personal de supervisión sobre las herramientas de tecnología que necesitan. El objetivo es identificar los puntos débiles o los desafíos y necesidades actuales de los supervisores de primera línea, y explorar posibles soluciones. Los supervisores de seguros hacen esto a través de una serie de medios, incluidas las encuestas a los empleados; «portales de retroalimentación sobre innovación» o foros de innovación en los que todos los supervisores pueden hacer sugerencias sobre posibles herramientas de suptech; «talleres de pensamiento de diseño» interdepartamentales; y grupos de proyectos interdepartamentales dedicados para comprender las necesidades de herramientas suptech, su viabilidad y diseño, así como los posibles desafíos para desarrollarlas. El Centro de Innovación de ACPR, por ejemplo, organiza convocatorias de ideas (los llamados desafíos de «intraemprendimiento») o mantiene conversaciones directamente con las unidades de supervisión para identificar sus necesidades. Dependiendo de las necesidades, las herramientas existentes se adaptan o se desarrollan nuevas herramientas, lo que implica la experimentación por parte de científicos de datos y supervisores.

29. Contar con supervisores de primera línea continuamente involucrados en el proceso de innovación requiere la cultura adecuada. Crisanto et al (2020) enfatizan la necesidad de fomentar una cultura de innovación que se base en la toma de decisiones basada en datos, la apertura a la experimentación y el cuestionamiento del «pensamiento heredado» dentro de las autoridades financieras. Para lograr esto, la Autoridad Federal de Supervisión Financiera de Alemania (BaFin) señala su enfoque de cuatro pilares que involucra alfabetización de datos, liderazgo de datos, gobierno de datos y estrategia de datos. La alfabetización de datos crea condiciones para el uso independiente de los datos por parte de los supervisores. Los gerentes pueden ayudar a fomentar esto mostrando liderazgo de datos, por ejemplo, a través de la toma de decisiones basada en datos. La gobernanza de datos, por otro lado, puede hacer que las reglas sobre el uso y el acceso a los datos sean lo más simples posible, teniendo en cuenta los requisitos de protección de datos. La estrategia de datos, mientras tanto, puede establecer la dirección organizativa y los recursos para todas estas iniciativas.

30. En las respuestas se señaló que las herramientas de suptech logran eficiencia y eficacia, pero en la mayoría de los casos no está claro cómo se mide esto. Algunos supervisores de seguros indicaron que están trabajando en el desarrollo de métricas. Para aquellos que proporcionaron respuestas más específicas, las métricas tienden a centrarse en el usuario. Por ejemplo, los indicadores clave de rendimiento (KPI) suelen incluir comentarios de los usuarios e información sobre cuánto uso recibe la herramienta. Las métricas de eficiencia incluyen el tiempo ahorrado en la realización de una tarea como resultado del uso de una herramienta. La efectividad, por otro lado, podría evaluarse en función del éxito de una herramienta para identificar realmente los casos que se supone que debe detectar (por ejemplo, actividades de riesgo). Pero esta evaluación tiende a ser cualitativa a través de la retroalimentación del personal que utiliza la herramienta. Esto parece confirmar que las ganancias de eficiencia de las herramientas suptech se cuantifican más fácilmente que la efectividad.

31. Los supervisores de seguros se dieron cuenta aún más del valor de las herramientas suptech durante la pandemia. Este es especialmente el caso de las herramientas que reducen el contacto cara a cara. Por ejemplo, la situación de pandemia aceleró el uso de herramientas digitales y de colaboración y comunicación sin contacto.14 Algunas autoridades de supervisión implementaron exámenes en línea y remotos en respuesta al cierre de oficinas al principio de la pandemia. Muchas autoridades se basaron en gran medida en el análisis de los datos presentados por las aseguradoras utilizando herramientas de análisis de suptech. Esto incluyó la recopilación y el análisis de datos nuevos o adicionales para implementar efectivamente el monitoreo fuera del sitio en lugar de los exámenes en el sitio. Los sistemas de presentación de datos en línea permitieron la recopilación de estos datos, así como el seguimiento de la presentación de datos por parte de las aseguradoras.

Desafíos que enfrentan los supervisores de seguros cuando se trata de suptech

32. A muchos supervisores de seguros les resulta difícil identificar las herramientas de apoyo adecuadas para desarrollar y utilizar. Los encuestados citaron la falta de comprensión de las tecnologías disponibles, su madurez, sus limitaciones y / o sus costos como contribuyentes a este desafío. Otro factor que contribuye a menudo se cita es la evolución de los requisitos reglamentarios que las herramientas de suptech están destinadas a abordar o monitorear. Esto se ve agravado por el lento proceso de implementación desde que se identifican las necesidades hasta la operacionalización real de la herramienta. Para cuando la herramienta esté lista para implementarse, es posible que los requisitos ya hayan cambiado, lo que requiere volver a trabajar la herramienta.

33. Al igual que otras autoridades financieras, los supervisores de seguros se enfrentan a recursos humanos insuficientes para apoyar las iniciativas de suptech. Este desafío se manifiesta en términos de capacidad limitada para desarrollar herramientas o ejecutar proyectos. Encontrar talento con experiencia y habilidades tanto en ciencia de datos como en supervisión necesarias para implementar aplicaciones suptech puede ser difícil. Debido a la escasez de personal con los antecedentes adecuados, en algunas autoridades cada solución suptech puede depender de solo una o dos personas clave y esto plantea problemas de continuidad si las personas clave abandonan la autoridad.

34. Algunos supervisores de seguros destacaron que es importante disponer de recursos no sólo para el desarrollo de herramientas de suptech, sino también para el seguimiento de los resultados de las herramientas. No es prudente basar las acciones de supervisión únicamente en los resultados de procesos automatizados sin la debida consideración y juicio experto. Beerman et al (2021) advierten sobre el riesgo de que la calidad del juicio supervisor pueda disminuir a medida que las herramientas suptech adquieren un papel más importante en los procesos de supervisión. Esto podría conducir a puntos ciegos de supervisión y una pérdida más amplia de conocimiento institucional basado en la supervisión basada en juicios. Para contrarrestar esto, los encuestados destacaron la importancia de fomentar una cultura que aprecie el valor y el uso apropiado de la información obtenida de los datos en un mundo digital. Por lo tanto, las autoridades de supervisión deben seguir reforzando su experiencia básica, además de ampliar el perfil de su personal para incluir conocimientos en diferentes áreas relacionadas con la digitalización, como la tecnología de la información y la comunicación y la ciencia de datos.

35. Los encuestados también mencionaron otros desafíos relacionados con la cultura. En algunos casos, la tasa de adopción por parte del personal de una herramienta suptech es menor de lo esperado. Los encuestados atribuyeron esto en parte al personal que ya tenía hábitos de trabajo establecidos. Algunos encuestados también señalaron que el uso de herramientas suptech puede requerir una mentalidad diferente al uso de herramientas más tradicionales. Algunos miembros del personal pueden tener dificultades para adaptarse a un nuevo enfoque de supervisión. En consecuencia, hay una curva de aprendizaje significativa que el personal tiene que atravesar para familiarizarse y dominar una herramienta de suptech.

36. Otro grupo de desafíos está relacionado con los datos. Incluye desafíos relacionados con la calidad, precisión y disponibilidad de los datos necesarios para apoyar la identificación, el desarrollo y la ejecución de herramientas de suptech. Puede haber un número limitado de puntos de datos disponibles para entrenar una herramienta suptech o los conjuntos de datos utilizados para entrenar la herramienta pueden estar incompletos, lo que podría conducir a una salida inexacta. Además, los datos utilizados en aplicaciones suptech pueden clasificarse como confidenciales. Por lo tanto, deben adoptarse varias medidas para mitigar la posible fuga de información confidencial. Un encuestado destacó la importancia de integrar conjuntos de datos públicos y privados como una forma de acceder a datos más completos. Si bien esto es posible, podría ser costoso y difícil sin una estandarización preliminar.

37. Inevitablemente, los desafíos relacionados con la tecnología surgen en el contexto de la suptech. Como se mencionó anteriormente, a algunos encuestados les resulta difícil identificar las soluciones tecnológicas apropiadas disponibles y determinar la madurez y las limitaciones de las nuevas tecnologías. La adopción de nuevas tecnologías también puede ser un proceso complejo y costoso (véase el recuadro 1 para la experiencia de EIOPA). También puede ser difícil integrar herramientas suptech (por ejemplo, ciertas herramientas relacionadas con la IA) con sistemas de TI heredados. Una autoridad señaló que, si la solución se desarrolla en el sitio, requiere un mantenimiento regular de la infraestructura. Esto significa que puede haber un tiempo de inactividad (no) programado debido a actualizaciones del sistema y esto puede afectar el uso de la solución.

38. Algunos encuestados también mencionaron problemas relacionados con el riesgo para la reputación y la aplicación práctica. El riesgo reputacional podría surgir si se lleva a cabo una validación incorrecta de los datos utilizados en aplicaciones suptech. Esto podría dar lugar a interpretaciones erróneas y posiblemente a acciones de supervisión erróneas. Los desafíos prácticos de implementación incluyen la necesidad de que los supervisores se adhieran a las reglas y procedimientos relevantes sobre adquisición, construcción, prueba e implementación de soluciones suptech. Esto puede retrasar el despliegue de aplicaciones suptech. También se destacó la complejidad de la gestión general del proyecto.

39. Los encuestados señalaron algunos desafíos concretos relacionados con herramientas específicas. Por ejemplo, en la construcción de una herramienta de reconocimiento de voz, identificar diferentes altavoces y hacer caso omiso de los ruidos interferentes han sido desafíos. Una autoridad destacó el desafío que enfrentó al desarrollar una herramienta para hacer que el proceso de redacción de cartas de supervisión sea más eficiente y el tono de las comunicaciones más consistente. Al desarrollar la herramienta, la autoridad tuvo que etiquetar las oraciones de cartas de supervisión anteriores en cuanto a su idoneidad y tono, pero debido al lenguaje matizado utilizado en dichas cartas, el proceso fue difícil y tuvo que ser realizado manualmente por los supervisores. Mientras tanto, las autoridades que han construido tableros basados en información de fuentes públicas citaron algunos de los desafíos involucrados. Por ejemplo, la recopilación de documentos de información clave para productos de seguros de los sitios web de las aseguradoras no puede automatizarse por completo. Se podría usar software de raspado web, pero algunos sitios web no permiten el raspado. Para las autoridades que desarrollan herramientas de visualización de datos que utilizan datos de diversas fuentes, el desafío es garantizar que los datos estén estructurados de manera que admitan visualizaciones mejoradas.

Retos específicos para los supervisores de seguros en las EMED

40. Las limitaciones de recursos son más agudas para los supervisores de seguros en las EMED, por lo que son especialmente cautelosos al invertir en suptech. Dados los recursos limitados, los supervisores de seguros en las EMED están particularmente interesados en asegurarse de que sus inversiones en suptech den sus frutos. Como es el caso de sus contrapartes en otras jurisdicciones, les preocupa que las tecnologías que respaldan las soluciones suptech puedan volverse obsoletas en un corto período de tiempo y / o ser menos útiles por los cambios en las regulaciones. Por lo tanto, buscan aprender de las experiencias de sus pares para comprender mejor cómo abordar la identificación e implementación de soluciones suptech de una manera rentable. También pueden considerar asociarse con instituciones académicas o compañías de tecnología para realizar exploraciones únicas de tecnologías y soluciones que puedan abordar sus necesidades específicas.

41. El compromiso de A2ii con los supervisores de seguros de las EMED también ha revelado la necesidad de desarrollar capacidades para evaluar y definir mejor sus necesidades de tecnología secundaria. Esto incluye la realización de análisis de costo-beneficio de posibles soluciones antes de tomar decisiones. En el caso de las soluciones de información regulatoria, que es lo que más les interesa a los supervisores de seguros en las EMED, no todas las aseguradoras y otras partes interesadas reguladas pueden tener la capacidad de implementar requisitos tecnológicos. Crisanto et al (2020) analizan algunos de los desafíos para implementar soluciones de informes regulatorios y cómo las autoridades financieras están abordando estos desafíos.

Otras herramientas de suptech o casos de uso que los supervisores de seguros desean tener o desarrollar

42. A pesar de los desafíos, los supervisores de seguros continúan explorando varias herramientas de supertecnología o casos de uso. La mayoría de las autoridades agradecerían la oportunidad de explorar todas las herramientas de apoyo disponibles, si los recursos no fueran limitados. Una autoridad, sin embargo, prefiere mejorar y refinar aún más sus herramientas existentes ajustándolas a las necesidades de sus usuarios, mejorando su precisión a través de actualizaciones de soluciones y mejorando la velocidad de procesamiento con capacidades de hardware mejoradas.

43. Muchos supervisores de seguros expresaron interés en desarrollar sistemas integrados de supervisión. Estos se refieren a sistemas o plataformas que contienen todo tipo de información cualitativa (por ejemplo, solicitudes de aseguradoras, correspondencia por correo electrónico), información cuantitativa (por ejemplo, indicadores de riesgo) y programas de aplicación para diferentes tareas de supervisión (por ejemplo, revisión y análisis de información, proceso de aprobación). Por lo tanto, estos sistemas ayudan a garantizar procesos de supervisión fluidos, eficientes y transparentes. Una autoridad ve un gran potencial para tales sistemas en áreas en las que la carga de trabajo es alta (por ejemplo, la aprobación de intermediarios de seguros, el análisis de las quejas de los consumidores). Otra autoridad cree que tales sistemas, si se implementan entre los supervisores nacionales, pueden facilitar el monitoreo de los grupos de seguros internacionales, incluidos sus principales accionistas, transacciones y vulnerabilidades (en términos de solvencia, esto incluye la exposición a riesgos de ciertos activos e interconexiones con riesgos cubiertos por reaseguradores, como los riesgos climáticos y cibernéticos). Una autoridad también ve el potencial de tales sistemas para mejorar su capacidad de establecer conexiones entre diferentes riesgos. Por ejemplo, al tener toda la información en un solo lugar, se podrían implementar modelos para medir la probabilidad y el impacto del cambio climático, y su correspondiente impacto en las aseguradoras y los asegurados.

44. Los encuestados también mencionaron otras herramientas de suptech o casos de uso que tienen previsto desarrollar o que les gustaría tener. Estos incluyen mejores sistemas para la presentación de informes, la automatización de los procesos internos a través de interfaces de programación de aplicaciones (API) y la aplicación de IA / ML en diferentes áreas de supervisión, como la validación de datos, la identificación de valores atípicos y la evaluación de riesgos prudenciales y de conducta. Los supervisores de seguros también analizan el potencial de la IA / ML en el muestreo supervisor que está impulsado por el riesgo y evita el sesgo o las muestras aleatorias que no son significativas. También hay mucho interés en las herramientas de PNL para automatizar la extracción de información de datos no estructurados o informes narrativos.

45. Es probable que los supervisores de seguros de las EMED sigan aplicando el enfoque COTS para cumplir con sus soluciones de apoyo en un futuro previsible. Esto se debe a la limitada experiencia técnica interna en el desarrollo de soluciones suptech, así como a la limitada experiencia en la experimentación o el desarrollo de pruebas de concepto. Es probable que en el futuro se centren en buscar soluciones COTS que permitan una mayor eficacia en la supervisión basada en el riesgo y que les ayuden a adoptar normas reglamentarias. También hay interés en herramientas que permitan la capacidad de extraer y analizar datos de entidades reguladas en tiempo real, y para identificar, predecir y abordar posibles problemas de supervisión.

Conclusión

46. Los supervisores de seguros, al igual que sus homólogos bancarios, están utilizando y explorando activamente herramientas de suptech. Se centran en las herramientas que se pueden utilizar para los procesos relacionados con la recopilación de datos, como la presentación de informes, la validación, la consolidación y la visualización. Estas herramientas benefician tanto a la supervisión prudencial como a la de conducta. Las herramientas que utilizan los supervisores de seguros para la supervisión prudencial son bastante similares a las utilizadas por los supervisores bancarios y están destinadas a ayudar en la identificación, evaluación o medición de los riesgos prudenciales, incluidos los riesgos sistémicos. Dado el énfasis en los riesgos de conducta en los seguros, los supervisores de seguros también están utilizando, desarrollando o experimentando con herramientas que tienen como objetivo ayudarlos a garantizar el trato justo de los clientes por parte de las aseguradoras y los intermediarios.

47. Si bien los supervisores de seguros plantearon desafíos familiares (falta de recursos, desafíos relacionados con los datos, los procesos internos, etc.), también surgieron algunos nuevos. En particular, los supervisores de seguros destacaron los desafíos relacionados con la identificación de las herramientas de suptech que necesitan. Esto puede deberse a la evolución de los requisitos reglamentarios que las herramientas de suptech están destinadas a procesar o a la falta de comprensión de las tecnologías disponibles y sus limitaciones, entre otras. Además, si bien se necesitan recursos humanos con las habilidades y la experiencia adecuadas para desarrollar y utilizar herramientas de suptech, los supervisores de seguros señalaron que también se necesita experiencia para hacer un seguimiento de los hallazgos de las herramientas. Aquí es donde los supervisores experimentados son relevantes y destaca el importante papel que el juicio supervisor continúa desempeñando.

48. Los supervisores de seguros de las EMED se enfrentan a retos aún mayores. Se están centrando en herramientas de suptech que se pueden utilizar para procesos relacionados con la recopilación de datos. Este es un buen punto de partida, ya que los supervisores deben tener acceso primero a datos de buena calidad antes de poder explotar las capacidades analíticas de las nuevas tecnologías. A diferencia de sus homólogos en las economías desarrolladas, los supervisores de seguros en las EMED suelen confiar en las soluciones COTS y personalizarlas en lugar de desarrollar soluciones internamente. Esto se debe a la falta de experiencia interna y a la falta general de recursos, que son más agudos en las EMED que en otros países. La falta de recursos los hace cautelosos sobre qué herramientas de suptech usar o desarrollar. Tienen poco o ningún espacio para emprender actividades relacionadas con la innovación, como la experimentación y el desarrollo de pruebas de concepto por su cuenta. Por lo tanto, puede haber margen para que se asocien con instituciones académicas o empresas de tecnología en sus jurisdicciones y realicen exploraciones únicas de posibles soluciones a una necesidad específica (por ejemplo, a través de un sprint tecnológico).

49. Los supervisores de seguros consideran útil la tecnología de seguros, pero aún no tienen indicadores clave de rendimiento o metodologías claras para medir la eficacia y la eficiencia. Los supervisores de seguros que utilizan herramientas de tecnología suptech generalmente solicitan comentarios de los usuarios sobre la efectividad y eficiencia de las herramientas. Esto podría ser en forma de evaluaciones subjetivas sobre la utilidad de la herramienta o en métricas más objetivas, como el tiempo ahorrado al completar una tarea. Sin embargo, hay ciertas herramientas que claramente han sido beneficiosas, particularmente durante la pandemia. Tales herramientas incluyen sistemas de presentación de datos en línea y el acceso remoto a los datos de supervisión que hacen posible, así como visitas virtuales in situ mediante el uso de herramientas de reuniones virtuales. Estas herramientas han permitido a los supervisores de seguros continuar realizando sus tareas y mantener el compromiso de supervisión con las aseguradoras a pesar de las restricciones relacionadas con la pandemia.

50. Los supervisores de seguros siguen explorando herramientas de suptech, lo que debe ir acompañado de los conocimientos especializados correspondientes y de una cultura de innovación. Además de las herramientas específicas de suptech, muchos supervisores de seguros tienen como objetivo desarrollar sistemas o plataformas integradas que contengan diferentes aplicaciones, desde la recopilación de datos hasta el análisis de datos, y que abarquen todo el proceso de supervisión. Las inversiones en estas tecnologías requieren la correspondiente experiencia digital y de datos. Más importante aún, se requiere fomentar una cultura de innovación que se base en la toma de decisiones basada en datos, la apertura a la experimentación y cuestionar el «pensamiento heredado» dentro de las autoridades financieras. No hay soluciones fáciles para los desafíos de la experiencia y la cultura, pero los programas de desarrollo de capacidades pueden ayudar. La adquisición de nuevos talentos y el aumento de los datos y la alfabetización técnica del personal existente a través de programas de capacitación no solo desarrollarán la experiencia requerida, sino que también ayudarán a fomentar una cultura más innovadora.



La SEC adopta la regla final sobre el uso de información privilegiada y las divulgaciones relacionadas con los requisitos XBRL


La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) publicó en el Registro Federal la regla final sobre acuerdos de uso de información privilegiada y divulgaciones relacionadas, que exige nuevos requisitos de divulgación con respecto a las políticas y procedimientos de uso de información privilegiada, así como enmiendas a los requisitos de divulgación para la compensación de directores y ejecutivos. La regla requiere que los nuevos elementos de divulgación 402 (x), 408 (a) y 408 (b) (1) se etiqueten en XBRL en línea, incluido el etiquetado de texto en bloque de la narrativa, así como el etiquetado detallado de los montos cuantitativos divulgados dentro de la narrativa.

Las reglas finales entrarán en vigencia el 27 de febrero de 2023. Los solicitantes de registro deben cumplir con los requisitos de etiquetado XBRL en línea a partir de la primera presentación que cubre el primer período fiscal completo que comienza a partir del 1 de abril de 2023, para empresas que no sean Small Reporting Companies (SRC). Los SRC deberán proporcionar y etiquetar las divulgaciones después de un período de transición adicional de seis meses.



COMISIÓN DE BOLSA Y VALORES

17 CFR Partes 229, 232, 240 y 249

[Mensajes núm. 33–11138; 34–96492; N.º de expediente S7–20–21]

RIN 3235–AM86

Acuerdos de uso de información privilegiada y divulgaciones relacionadas

AGENCIA: Comisión de Bolsa y Valores.

ACCIÓN: Norma definitiva.

RESUMEN:

Estamos adoptando enmiendas a la regla bajo la Ley de Intercambio de Valores de 1934 («Ley de Intercambio») que proporciona defensas afirmativas para el comercio sobre la base de información material no pública en casos de uso de información privilegiada. Las enmiendas agregan nuevas condiciones a esta regla que están diseñadas para abordar las preocupaciones sobre el abuso de la regla para negociar valores de manera oportunista sobre la base de información material no pública de manera que perjudique a los inversores y socave la integridad de los mercados de valores. También estamos adoptando nuevos requisitos de divulgación con respecto a las políticas y procedimientos de uso de información privilegiada de los emisores, la adopción y terminación (incluida la modificación) de planes destinados a cumplir con las condiciones de la regla para establecer una defensa afirmativa, y ciertos otros acuerdos comerciales similares por parte de directores y funcionarios. Además, estamos adoptando enmiendas a los requisitos de divulgación para la compensación de directores y ejecutivos con respecto a las indemnizaciones de compensación de capital realizadas cerca del tiempo a la divulgación del emisor de información material no pública. Finalmente, estamos adoptando enmiendas a los Formularios 4 y 5 para exigir a los declarantes que identifiquen las transacciones realizadas de conformidad con un plan destinado a cumplir con las condiciones de la regla para establecer una defensa afirmativa, y para exigir la divulgación de donaciones de valores de buena fe en el Formulario 4.

FECHAS:

Fecha de vigencia: Las reglas finales entran en vigencia el 27 de febrero de 2023.

Fechas de cumplimiento: Consulte la Sección III para obtener más información sobre la transición a las reglas finales.

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Sean Harrison, Asesor Especial, Oficina de Reglamentación, al (202) 551–3430, División de Finanzas Corporativas, 100 F Street NE, Washington, DC 20549.

Introducción

El Congreso promulgó las leyes federales de valores para promover mercados de valores justos y transparentes, «evitar fraudes» y «sustituir una filosofía de divulgación completa por la filosofía de caveat emptor y, por lo tanto, lograr un alto nivel de ética empresarial en la industria de valores». Las prohibiciones antifraude de las leyes de valores que prohíben ciertas operaciones con información privilegiada, incluida la Sección 10(b) de la Ley de Bolsa, desempeñan un papel esencial en el mantenimiento de la equidad e integridad de nuestros mercados de valores. La Comisión de Bolsa y Valores (la «Comisión») ha reconocido desde hace mucho tiempo que el uso de información privilegiada y el uso indebido fraudulento de información material no pública por parte de personas con información privilegiada corporativa perjudica no solo a los inversores individuales, sino que también socava los cimientos de nuestros mercados al erosionar la confianza de los inversores. El Congreso ha reconocido el impacto perjudicial del uso de información privilegiada en múltiples ocasiones, como al establecer sanciones civiles mejoradas específicamente para el uso de información privilegiada. La Sección 10(b) es una de las principales disposiciones antifraude de las leyes de valores. Esta disposición hace que sea ilegal «el uso o empleo en relación con la compra o venta de cualquier valor … cualquier dispositivo o artilugio manipulador o engañoso en contravención de las normas y reglamentos que la Comisión pueda prescribir». El Tribunal Supremo ha reconocido que los «dispositivos o artilugios manipuladores o engañosos» prohibidos por el artículo 10, letra b), y las reglas 10b-5 incluyen la compra o venta de un valor de cualquier emisor sobre la base de información material no pública sobre ese valor o su emisor, en violación de una obligación directamente adeudada.  indirectamente, o derivativamente al emisor de ese valor, a los accionistas de ese emisor, o a cualquier persona que sea la fuente de la información material no pública.

La Comisión adoptó la Regla 10b5-1 en 2000 para proporcionar más claridad con respecto al significado de «dispositivo[s] o artilugio[s] manipulador o engañoso[s]» prohibido por la Sección 10(b) y la Regla 10b–5 con respecto al comercio sobre la base de información material no pública. En ese momento, los tribunales federales de apelación divergieron sobre la cuestión de qué conexión, si la hay, debe demostrarse entre la posesión de información material no pública por parte de un comerciante y su negociación para establecer la responsabilidad bajo la Sección 10 (b) y la Regla 10b-5. La Comisión abordó esta cuestión estableciendo que una compra o venta del valor de un emisor se basa en información material no pública sobre ese valor o emisor a los efectos de la Sección 10(b) y la Regla 10b-5 si la persona que realiza la compra o venta tenía conocimiento de la información material no pública cuando la persona realizó la compra o venta. Además,  La Regla 10b5-1 (c) estableció una defensa afirmativa a la responsabilidad bajo la Sección 10 (b) y la Regla 10b-5 para el uso de información privilegiada, que la Comisión pretendía «cubrir situaciones en las que una persona puede demostrar que la información material no pública no fue un factor en la decisión comercial». A tal fin, esta defensa establecía que la negociación no se realizó sobre la base de información material no pública si la persona puede demostrar, entre otras cosas, que la operación se realizó en virtud de un contrato vinculante, una instrucción a otra persona para ejecutar la operación por cuenta de la persona que la ordena, o un plan escrito para la negociación de valores (cada uno un «acuerdo comercial» y colectivamente «acuerdos comerciales») adoptado en un momento en que la Comisión creía que esta defensa «proporcionaría la flexibilidad adecuada a aquellos que deseen planificar las transacciones de valores por adelantado, en un momento en que no tengan conocimiento de la información material no pública, y luego llevar a cabo esas transacciones planificadas previamente en un momento posterior, incluso si más tarde se dan cuenta de información material no pública». La Regla 10b5–1(c)(2) proporciona una defensa afirmativa separada diseñada únicamente para personas no físicas (por ejemplo, entidades) que comercian.

Desde la adopción de la defensa afirmativa de la Regla 10b5-1(c)(1), los tribunales, comentaristas, y miembros del Congreso han expresado su preocupación de que los comerciantes hayan tratado de beneficiarse de sus protecciones de responsabilidad mientras negocian valores de manera oportunista sobre la base de información material no pública. Además, algunos estudios académicos han encontrado que las operaciones con información privilegiada de las empresas de conformidad con los planes de la Regla 10b5-1 superan sistemáticamente a las operaciones con información privilegiada de las empresas que no se llevan a cabo en virtud de dichos planes. Estos estudios plantean preocupaciones de que las personas con información privilegiada corporativa puedan estar operando bajo la Regla 10b5-1 de maneras que perjudican a los inversores y socavan la integridad de los mercados de valores.

Las prácticas que han suscitado preocupación pública incluyen la adopción de múltiples planes superpuestos por parte de las empresas y, posteriormente, la cancelación selectiva de ciertas operaciones en virtud de dichos planes mientras conocen información material no pública (lo que permite a dichos iniciados comprar o vender valores en virtud de los planes que proporcionan el precio más ventajoso) o comenzar las operaciones de conformidad con un nuevo plan poco después de la adopción de dicho plan (en algunos casos el mismo día de dicha adopción,  que, cuando se combina con operaciones comparativamente más grandes realizadas más cerca en el tiempo de la adopción de un plan, sugiere que esas operaciones pueden basarse en información material no pública). En septiembre de 2021, el Comité Asesor de Inversores de la Comisión («IAC») recomendó que «tomáramos las medidas necesarias para establecer barreras de seguridad significativas en torno a la adopción, modificación y cancelación de los planes comerciales de la Regla 10b5-1, » abordando ciertas brechas en la regla que permiten a los iniciados corporativos explotar injustamente las asimetrías informativas.

El 13 de enero de 2022, la Comisión propuso varias enmiendas a las reglas y formularios para abordar las prácticas potencialmente abusivas asociadas con los planes de la Regla 10b5-1, las concesiones de opciones y otros instrumentos de capital con características similares, y la donación de valores. Recibimos más de 160 cartas de comentarios sobre las propuestas, que analizamos en contexto a continuación. Habiendo examinado estos comentarios,  Estamos adoptando las siguientes enmiendas, que incluyen modificaciones de la propuesta en respuesta a los comentarios:

• Enmendar la defensa afirmativa de la Regla 10b5–1(c)(1) para: (1) incluir un período de reflexión aplicable a los directores y «funcionarios» (según se define en 17 CFR 240.16a–1(f) («Regla 16a–1(f)») y un período de reflexión más corto aplicable a todas las demás personas que no sean el emisor; (2) incluir una condición de certificación para directores y funcionarios; 3) limitar la capacidad de personas distintas del emisor para utilizar múltiples planes superpuestos de la Regla 10b5–1; (4) limitar la capacidad de estas personas para confiar en la defensa afirmativa para un plan de comercio único a un plan de comercio único durante cualquier período consecutivo de 12 meses; y (5) agregar una condición de que todas las personas que participen en un plan de la Regla 10b5-1 deben actuar de buena fe con respecto a ese plan;

• Exigir: (1) la divulgación trimestral por parte de los solicitantes de registro sobre el uso de los planes de la Regla 10b5-1 y ciertos otros acuerdos comerciales por parte de los directores y funcionarios de un solicitante de registro para la negociación de sus valores; y (2) divulgación anual sobre las políticas y procedimientos de uso de información privilegiada de un solicitante de registro en el nuevo Artículo 408 de la Regulación S-K y las enmiendas correspondientes a los Formularios 10-Q y 10-K;

• Añadir una casilla de verificación obligatoria de la Regla 10b5–1(c) a los Formularios 4 y 5;

• Requerir ciertas divulgaciones tabulares y narrativas con respecto a las adjudicaciones de opciones, derechos de apreciación de acciones («SAR») y / o instrumentos similares a opciones similares otorgados a personas con información privilegiada corporativa poco antes e inmediatamente después de la publicación de información material no pública en el nuevo párrafo (x) del Artículo 402 de la Regulación S-K;

• Exigir a los solicitantes de registro que etiqueten la información especificada en los nuevos artículos 402(x), 408(a) y 408(b)(1) en XBRL en línea; y

• Exigir la presentación de informes sobre las disposiciones de valores de capital mediante donaciones de buena fe en el Formulario 4, en lugar de en el Formulario 5.

Estas modificaciones tienen por objeto mejorar la confianza de los inversores en los mercados de valores y, por extensión, mejorar la liquidez y la formación de capital, al tiempo que siguen proporcionando la flexibilidad adecuada a los operadores que deseen planificar las transacciones de valores por adelantado, cuando no tengan conocimiento de información material no pública. Para lograr estos objetivos, las enmiendas están diseñadas para reducir significativamente las oportunidades para que los iniciados corporativos hagan un uso indebido de la Regla 10b5-1 para comerciar con información material no pública. Además, las enmiendas aumentarán la transparencia con respecto al uso de los planes de la Regla 10b5-1, las políticas y procedimientos de uso de información privilegiada de los emisores, y sus políticas y prácticas con respecto a la adjudicación de opciones, SAR y / o instrumentos similares a opciones cerca del tiempo para la divulgación de información material no pública.



Ley de Transparencia de Datos Financieros aprobada por el Senado de EE. UU.



El Senado de los Estados Unidos aprobó hoy la Ley de Autorización de Defensa Nacional James M. Inhofe para el año fiscal 2023 con una votación de 83-11.

El miembro de rango del Comité de Servicios Armados del Senado, Jim Inhofe (R-Okla.), emitió la siguiente declaración elogiando la aprobación de la legislación en el Senado:

“A lo largo de mi carrera en el Congreso, he estado agradecido de ver al Congreso dejar de lado la política y votar para aprobar la Ley de Autorización de Defensa Nacional cada año. Siempre he dicho que hay dos cosas que deberíamos estar haciendo en el Congreso: infraestructura y defensa. Este es el proyecto de ley más importante que hacemos todos los años y la gran mayoría de mis colegas está de acuerdo; es por eso que se ha convertido en ley durante 61 años seguidos, y este año estamos un paso más cerca del año 62. Estoy especialmente agradecido por el trabajo del presidente Reed para que esto se aprobara; ha trabajado incansablemente para lograrlo.

“La NDAA de este año hará que nuestro país sea más seguro, brindará a nuestro ejército los recursos que necesita para enfrentarse a China, Rusia y otras amenazas inminentes y cuidará de nuestras tropas y sus familias. Ahora, mientras el proyecto de ley pasa al escritorio del presidente, espero ver cómo la NDAA de este año se convierte en ley”.

El presidente Jack Reed (DR.I.) también comentó sobre el proyecto de ley:

“Me complace que el Senado haya votado de manera abrumadora y bipartidista para aprobar el proyecto de ley de defensa de este año. Nuestra nación enfrenta una enorme variedad de desafíos de seguridad, y es más importante que nunca que brindemos a nuestros hombres y mujeres militares el apoyo que necesitan para mantener seguros a los estadounidenses. 

“Con ese fin, este proyecto de ley hace un gran progreso. Aborda una amplia gama de temas apremiantes, desde la competencia estratégica con China y Rusia hasta tecnologías disruptivas como la hipersónica, la IA y la computación cuántica, hasta la modernización de nuestros barcos, aeronaves y vehículos. Brinda a nuestras fuerzas los recursos y el apoyo que necesitan para defender a nuestra nación y toma medidas importantes para cuidar de sus familias.

“Estoy agradecido con el miembro de rango Inhofe por su liderazgo, consideración y asociación en el Comité de Servicios Armados durante las últimas décadas. En honor a su merecida jubilación, me complace que el proyecto de ley de este año se llame Ley de autorización de defensa nacional James M. Inhofe. Estoy orgulloso de enviar ahora la NDAA al presidente Biden para su firma”.

La 62.ª edición anual de la NDAA respalda un total de $857,900 millones en financiamiento para la defensa nacional en el año fiscal 2023. Dentro de esta línea superior, la legislación autoriza $816,700 millones para el Departamento de Defensa (DOD) y $30,300 millones para programas de seguridad nacional dentro del Departamento de Energía (DOE). Este aumento de $ 45 mil millones por encima de la solicitud de presupuesto del presidente abordará los efectos de la inflación global, brindará asistencia de seguridad adicional a Ucrania y acelerará la implementación de la Estrategia de Defensa Nacional. Los puntos destacados incluyen:

  • Proporcionar fondos para respaldar un aumento salarial del 4,6 por ciento tanto para los miembros del servicio militar como para la fuerza laboral civil del DOD;
  • Autorizar fondos para aliviar los impactos de la inflación en la fuerza y ​​aumentar los recursos disponibles para apoyar a las familias militares;
  • Garantizar que los miembros del servicio tengan acceso a viviendas de calidad, lo que incluye extender la autoridad para ajustar la asignación básica para viviendas en áreas de alto costo;
  • Autorizar inversiones críticas en barcos, submarinos, aeronaves, vehículos de combate, artillería de largo alcance y otros equipos de las fuerzas de combate para mantener nuestra ventaja en combate;
  • Disuadir a China aumentando nuestras inversiones en la Iniciativa de disuasión del Pacífico y autorizando la Ley de resiliencia mejorada de Taiwán de 2022, que está diseñada para aumentar nuestra cooperación de seguridad con Taiwán;
  • Enfrentar a Rusia y apoyar a Ucrania mediante la autorización de una mayor financiación para la Iniciativa Europea de Disuasión y la Iniciativa de Asistencia de Seguridad de Ucrania;
  • Fortalecer y asegurar la cadena de suministro nacional y apoyar la base industrial de defensa, incluidas las autorizaciones temporales para renunciar a ciertas restricciones relacionadas con los contratos de municiones para apoyar a Ucrania o para aumentar las existencias de municiones críticas del Departamento de Defensa;
  • Modernizar nuestra tecnología y capacidades militares, incluidas las armas hipersónicas, la inteligencia artificial, las tecnologías cuánticas y las biotecnologías;
  • Autorizar mil millones de dólares para la Reserva de Defensa Nacional para adquirir tierras raras y materiales críticos necesarios para satisfacer las necesidades civiles, industriales y de defensa de los Estados Unidos;
  • Proporcionar mayor financiación para la construcción militar;
  • Mantener y modernizar nuestra disuasión nuclear segura y creíble;
  • Avanzar en el desarrollo de varios programas y sistemas de defensa antimisiles;
  • Fortalecimiento de la estrategia y capacidades de ciberseguridad del Departamento de Defensa.

La NDAA también sirve como vehículo legislativo para una serie de autorizaciones no relacionadas con la defensa, incluidos varios proyectos de ley de autorización importantes de otros comités.


Resumen de la Ley de Autorización de Defensa Nacional del Año Fiscal 2023

Por 62º año consecutivo, el Congreso ha llegado a un acuerdo bipartidista y bicameral para aprobar la Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA). Cada año, la NDAA autoriza los niveles de financiamiento y proporciona autoridades para el ejército de los Estados Unidos y otras prioridades críticas de defensa, asegurando que nuestras tropas tengan el entrenamiento, el equipo y los recursos que necesitan para llevar a cabo sus misiones.

El acuerdo de este año, la Ley de Autorización de Defensa Nacional James M. Inhofe para el año fiscal 2023, se centra en las prioridades de seguridad nacional más vitales para los Estados Unidos, incluida la competencia estratégica con China y Rusia; tecnologías disruptivas como armas hipersónicas, inteligencia artificial, 5G y computación cuántica; modernizar nuestros barcos, aeronaves y vehículos; y mejorar las vidas de nuestros miembros del servicio y sus familias.

NIVELES DE FINANCIACIÓN DE DEFENSA PARA EL AÑO FISCAL 2023

La 62ª NDAA anual respalda un total de $ 857.9 mil millones en fondos para el año fiscal 2023 para la defensa nacional. Dentro de esta línea superior, la legislación autoriza $ 816.7 mil millones para el Departamento de Defensa (DOD) y $ 30.3 mil millones para programas de seguridad nacional dentro del Departamento de Energía (DOE).

La NDAA aumenta el nivel de autorización de primera línea en $ 45 mil millones por encima de la solicitud presupuestaria del presidente para abordar los efectos de la inflación y acelerar la implementación de la Estrategia de Defensa Nacional. Dentro de esta línea superior, el proyecto de ley autoriza $ 12.6 mil millones para los impactos de la inflación en las compras; $3.8 mil millones para impactos inflacionarios en proyectos de construcción militar; y $ 2.5 mil millones para los impactos de la inflación en las compras de combustible.

El proyecto de ley permite hasta $ 6 mil millones en autoridad de transferencia general para necesidades imprevistas de mayor prioridad de acuerdo con los procedimientos normales de reprogramación.

El proyecto de ley también sirve como vehículo legislativo para una serie de autorizaciones no relacionadas con la NDAA. Las autorizaciones externas no se detallan en este resumen.

SEGURIDAD INTERNACIONAL

Reforzar el apoyo a Ucrania y la OTAN

· Autoriza la solicitud de presupuesto para todo el año fiscal 2023 para la Iniciativa Europea de Disuasión (EDI).

· Extiende y modifica la Iniciativa de Asistencia de Seguridad de Ucrania (USAI) y autoriza $ 800 millones en el año fiscal 2023, un aumento de $ 500 millones por encima de la solicitud presupuestaria del presidente.

· Requiere un informe sobre los planes del Departamento de Defensa para la prestación de asistencia de seguridad a Ucrania a corto y mediano plazo.

· Expresa la opinión del Congreso de que el compromiso de los Estados Unidos con la OTAN es férreo, y enfatiza la importancia de mantener una respuesta unificada a la guerra injusta de Rusia en Ucrania y otros desafíos de seguridad compartidos.

· Expresa la opinión del Congreso de que los Estados Unidos deben seguir ayudando a Ucrania en su lucha contra el ataque injusto y no provocado de Rusia, y que la supervisión y la transparencia de esa asistencia son esenciales para garantizar un apoyo eficaz y sostenido;

· Requiere un informe sobre el marco que los Inspectores Generales han adoptado para supervisar la asistencia de Estados Unidos a Ucrania y si hay lagunas en la supervisión o financiación de tales actividades.

· Requiere una evaluación de la postura de la fuerza estadounidense requerida y los recursos necesarios para implementar la Estrategia de Defensa Nacional en Europa y mantener los compromisos de los Estados Unidos con la OTAN.

Fortalecimiento de la participación de Estados Unidos en la región del Indo-Pacífico

· Extiende la Iniciativa de Disuasión del Pacífico (PDI) hasta el año fiscal 2023, identifica aproximadamente $ 11.5 mil millones de inversiones en apoyo de los objetivos de PDI y autoriza aproximadamente $ 1 mil millones adicionales para abordar los requisitos no financiados identificados por el comandante del Comando Indo-Pacífico de los Estados Unidos (INDOPACOM).

· Autoriza la Ley de Resiliencia Mejorada de Taiwán de 2022, incluidas varias disposiciones diseñadas para aumentar la cooperación de seguridad con Taiwán de conformidad con la Ley de Relaciones con Taiwán.

· Modifica la Iniciativa de Seguridad Marítima del Indo-Pacífico (MSI) eliminando la limitación de fondos bajo la autoridad y autorizando el uso de fondos bajo la autoridad para facilitar la participación del personal y las capacidades de la Guardia Costera de los Estados Unidos en la ejecución de entrenamiento, ejercicios y otras actividades con socios extranjeros bajo MSI.

· Requiere el compromiso con el Ministerio de Defensa de la India para ampliar la cooperación en tecnología emergente, preparación y logística.

· Autoriza un programa piloto para mejorar el compromiso del Departamento de Defensa con jóvenes líderes civiles de defensa y seguridad en la región del Indo-Pacífico.

· Requiere el establecimiento de un cuartel general conjunto de la fuerza dentro del área de responsabilidad de INDOPACOM.

Fortalecimiento de las alianzas y asociaciones internacionales

· Autoriza un aumento de $198,5 millones para la creación de capacidad de los asociados a través de la cuenta de Programas de Cooperación Internacional para la Seguridad dentro de la Agencia de Cooperación para la Seguridad de la Defensa y tiene la intención de que estos fondos adicionales se asignen de la siguiente manera: $20 millones para SOUTHCOM; 20 millones de dólares para AFRICOM; $5 millones para NORTHCOM; y 100 millones de dólares para EUCOM.

· Autoriza $50 millones para la inteligencia, vigilancia y reconocimiento (ISR) de AFRICOM y el apoyo asociado a la producción, explotación y difusión.

· Requiere una evaluación independiente de los esfuerzos del Departamento de Defensa para entrenar, asesorar, ayudar y equipar a las fuerzas militares de Somalia.

· Autoriza un aumento de 10 millones de dólares para apoyar los esfuerzos del AFRICOM por evaluar las oportunidades de diversificar la ubicación de sus ejercicios militares multilaterales en el continente africano.

· Autoriza 165,3 millones de dólares para la capacitación y el equipamiento continuos de grupos y personas sirios investigados y prorroga la exención de los límites máximos de los costos de construcción y reparación por proyecto, relacionados con la detención temporal y humana durante un año.

· Extiende la autoridad para proporcionar asistencia a Irak para contrarrestar al Estado Islámico de Irak y Siria (ISIS), extiende una exención para los límites en los costos de construcción y reparación por proyecto, relacionados con la detención temporal y humana por un año adicional.

· Proporciona autoridad permanente para pagar a las fuerzas militares extranjeras para que reciban entrenamiento bajo el Plan de Acción Estados Unidos-Colombia (USCAP) en las instalaciones de entrenamiento colombianas.

· Extiende la autoridad para la campaña unificada antidrogas y antiterrorismo bajo el Plan Colombia hasta 2025.

· Autoriza un programa piloto para apoyar el compromiso con las fuerzas militares de los países socios en cuestiones ambientales y energéticas operativas relacionadas con la defensa.

OPERACIONES DEL DEPARTAMENTO DE DEFENSA

Mejora de las operaciones y la gestión del DOD

· Requiere que el secretario de Defensa entregue detalles adicionales sobre los efectos presupuestarios de la inflación con la presentación anual del presupuesto del presidente.

· Requiere el establecimiento de un Centro de Excelencia de Protección Civil que actúe como centro de coordinación para los asuntos relacionados con las víctimas civiles y otras formas de daños civiles resultantes de operaciones militares en las que participan las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y autoriza 25 millones de dólares adicionales para la aplicación del Plan de Acción de Mitigación y Respuesta a los Daños a la Población Civil.

· Autoriza un mayor apoyo al Comando y Control Conjunto de Todos los Dominios, incluido el establecimiento de un Cuartel General de la Fuerza Conjunta en el Comando Indo-Pacífico de los Estados Unidos, la experimentación de comando y control basada en la cadena de efectos y la misión, el desarrollo de nuevas cadenas de muerte y la aceleración e integración de la Familia de Células Integradas de Focalización.

· Requiere que el secretario de Defensa desarrolle un concepto conjunto para competir.

· Aumenta el número de Subsecretarios de Defensa a 19, el número de Subsecretarios Adjuntos de Defensa a 60, realiza ediciones técnicas y conformes, y designa uno de los nuevos puestos de ASD específicamente para Política Cibernética.

· Actualiza el marco de reforma de gestión para el Departamento de Defensa, incluido un mejor seguimiento y evaluación de los ahorros de costos de las iniciativas de reforma, así como la investigación centrada en la reforma.

· Requiere que el Secretario de Defensa realice una demostración de un tablero de administración estratégica para automatizar la recopilación de datos y la visualización de los objetivos de administración primarios del Departamento de Defensa.

· Autoriza un aumento de $37.2 millones para Ayuda Humanitaria, de Desastres y Cívica en el Extranjero.

· Requiere el establecimiento de un grupo de trabajo gubernamental-industria-academia para microelectrónica para proporcionar un foro para el intercambio de información y la consulta sobre áreas de interés mutuo relacionadas con la investigación, el desarrollo y la fabricación de microelectrónica.

· Requiere un plan para dotar adecuadamente de personal a la oficina del Subsecretario de Defensa para Operaciones Especiales y Conflictos de Baja Intensidad para cumplir con sus responsabilidades de «secretario de servicio» para operaciones especiales, asuntos administrativos peculiares relacionados con la organización, capacitación y equipamiento de las fuerzas de operaciones especiales.

Respuesta a las amenazas en evolución

· Concede autorizaciones temporales para renunciar a ciertas restricciones a la contratación relacionadas con contratos de municiones para apoyar a Ucrania o para aumentar las existencias de municiones críticas del Departamento; proporciona una autoridad ampliada para utilizar los acuerdos logísticos de apoyo de la OTAN para actividades de apoyo a las adquisiciones; y otorga facultades multianuales para la adquisición de determinadas municiones.

· Autoriza el establecimiento de un Centro de Estudios de Seguridad en Guerra Irregular («Centro de Guerra Irregular») para servir como mecanismo central para desarrollar el conocimiento de guerra irregular (IW) del Departamento de Defensa y avanzar en los conceptos y la doctrina de IW, en colaboración con aliados y socios.

· Requiere el establecimiento de un programa para aumentar el tiempo de advertencia de posibles agresiones por parte de los estados nacionales adversarios.

· Autoriza la financiación total de la solicitud de presupuesto para el Comando de Operaciones Especiales de los Estados Unidos (SOCOM), incluidos aproximadamente $ 250 millones para necesidades no financiadas identificadas por el comandante de SOCOM.

· Autoriza un aumento de $120 millones para actividades relacionadas con Assault Breaker II.

Invertir en tecnologías de vanguardia

· Autoriza un aumento de 25 millones de dólares para la tecnología de aeronaves de bajo costo.

· Autoriza un aumento de $75 millones para que la Agencia de Proyectos de Investigación Avanzada de Defensa (DARPA) ejecute las recomendaciones de la Comisión de Seguridad Nacional sobre Inteligencia Artificial.

· Autoriza un aumento de 20 millones de dólares para las actividades de computación cuántica a escala de servicios públicos de DARPA.

· Autoriza un aumento de 85 millones de dólares para desarrollar, probar y crear prototipos de tecnología avanzada para la protección contra interferencias, la guerra electrónica y la medición de firmas.

· Autoriza un aumento de $ 120 millones para el desarrollo, la experimentación y el apoyo a la transición de la tecnología 5G, incluidos los esfuerzos de la red de acceso de radio abierta (O-RAN).

· Autoriza un aumento de $20 millones para el Programa Establecido de Defensa para Estimular la Investigación Competitiva (DEPSCoR).

· Ordena al secretario de Defensa que brinde apoyo a las instalaciones de fabricación bioindustrial para realizar investigación y desarrollo para apoyar la seguridad nacional o asegurar cadenas de suministro frágiles.

· Requiere que el Departamento de Defensa presente una estrategia y un plan de implementación para fortalecer y fomentar los ecosistemas de innovación de defensa sobre una base cuatrienal, a partir de 2023.

· Establece un programa para aumentar la capacidad de los colegios o universidades históricamente negros u otras instituciones que sirven a las minorías para lograr un estado de actividad de investigación muy alto.

· Requiere que el secretario de Defensa desarrolle e implemente una capacidad para garantizar cuantificablemente la seguridad de la microelectrónica y establezca un Grupo de Trabajo Gobierno-Industria sobre Microelectrónica para proporcionar un foro para el intercambio de información y la consulta sobre áreas de interés mutuo.

· Requiere que los secretarios Militares desarrollen y presenten planes de transición para la infraestructura de tecnología de la información y las comunicaciones 5G.

Guantánamo

· Extiende hasta el 31 de diciembre de 2023, las restricciones existentes relacionadas con el centro de detención en la Estación Naval de los Estados Unidos, Bahía de Guantánamo, Cuba, específicamente:

o La prohibición de la transferencia de detenidos de Guantánamo a los Estados Unidos;

La prohibición del uso de fondos del Departamento de Defensa para construir o modificar instalaciones en los Estados Unidos para albergar a los detenidos de Guantánamo;

Una prohibición del uso de fondos del Departamento de Defensa para transferir detenidos de Guantánamo a Libia, Somalia, Siria y Yemen, y agrega a Afganistán a la lista de países que tienen prohibido recibir transferencias o liberaciones de detenidos de Guantánamo.

· Extiende hasta el año fiscal 2023 la prohibición del uso de fondos del Departamento de Defensa para cerrar la Estación Naval de los Estados Unidos, Bahía de Guantánamo, renunciar al control sobre esa instalación o hacer una modificación material al tratado entre los Estados Unidos y Cuba que cerraría constructivamente la instalación de la Bahía de Guantánamo.

CIBERSEGURIDAD

Respuesta al entorno de amenazas cibernéticas

· Autoriza un aumento de $44.1 millones para apoyar las operaciones de Hunt Forward de CYBERCOM.

· Requiere una estrategia para la guerra cibernética y electrónica convergente llevada a cabo por y a través de activos militares y de inteligencia desplegados que operan en el dominio de radiofrecuencia para proporcionar efectos estratégicos, operativos y tácticos en apoyo de los comandantes combatientes.

· Requiere una hoja de ruta de cinco años y un plan de implementación para adoptar rápidamente aplicaciones de inteligencia artificial para las misiones cibernéticas de los combatientes dentro del Departamento de Defensa.

· Dirige un informe bienal no clasificado a través del ciclo electoral 2032 sobre los esfuerzos de CYBERCOM para garantizar la seguridad electoral y contrarrestar las amenazas electorales.

· Autoriza un aumento de $25 millones para la Resiliencia Cibernética de la Fuerza Aérea para Sistemas de Armas (CROWS).

· Autoriza $20 millones para el establecimiento y las operaciones iniciales del Centro de Colaboración de Arquitectura de Ingeniería Rápida de Comando, Control y Comunicaciones Nucleares (REACH).

· Autoriza un aumento de $56.4 millones para el desarrollo de CYBERCOM Joint Cyber Warfighting Architecture.

Fortalecimiento de la postura de ciberseguridad del DOD

· Establece la Academia de Servicio Cibernético y Digital del DOD como un programa de becas por servicio asociado con universidades y colegios en los Estados Unidos, con un requisito de servicio del DOD para los participantes.

· Requiere un estudio sobre las responsabilidades de los servicios militares para organizar, entrenar y presentar fuerzas a CYBERCOM y recomendaciones sobre un futuro modelo de generación de fuerzas para las fuerzas de operaciones del ciberespacio.

· Requiere que el secretario de la Marina establezca un designador y una calificación de operaciones cibernéticas.

· Requiere el establecimiento de una oficina ejecutiva del programa para administrar y supervisar la implementación e integración de la Arquitectura Conjunta de Combate Cibernético.

· Requiere una política y un plan, en consulta con la industria comercial, sobre la prueba y evaluación de la ciberseguridad de las nubes de los proveedores de servicios comerciales en la nube.

· Dirige una sesión informativa sobre el programa piloto de la cartera de la fuerza laboral a través de cursos basados en certificados sobre ciberseguridad e inteligencia artificial que ofrecen las universidades del Centro para la Excelencia Académica de la Agencia de Seguridad Nacional.

· Requiere que el secretario de Defensa y el presidente del Estado Mayor Conjunto desarrollen un plan y recomendaciones para corregir las deficiencias de preparación en las Fuerzas de Misión Cibernética e implementar dichas recomendaciones.

· Dirige una revisión exhaustiva del Servicio Cyber Excepted.

· Requiere una evaluación del marco de ciberseguridad de la base industrial de defensa para determinar si es necesario un curso de acción alternativo o adicional.

· Autoriza un aumento de $10 millones para apoyar la financiación de plántulas del consorcio cibernético.

· Autoriza un aumento de $20 millones para el programa piloto de fuerza laboral de ciberseguridad del Centro de Excelencia Académica de la Agencia de Seguridad Nacional.

· Autoriza un aumento de $20 millones para las actividades mejoradas de modelado y simulación no cinética/cibernética de DARPA.

· Autoriza un aumento de 168 millones de dólares para el apoyo operacional de la Fuerza de Misión Cibernética, incluido el apoyo de inteligencia a las operaciones del ciberespacio.

· Autoriza un aumento de $50 millones para el desarrollo de sistemas y aplicaciones de inteligencia artificial en CYBERCOM.

Ampliar la capacidad de alianzas y asociaciones internacionales en el ámbito cibernético

· Requiere que el secretario de Defensa alinee la empresa de cooperación cibernética del Departamento de Defensa y las asociaciones operativas del ciberespacio del Departamento con la Estrategia de Defensa Nacional, la Estrategia Cibernética del Departamento de Defensa y la Guía Internacional de Cooperación de Seguridad del Ciberespacio del Departamento de Defensa de 2019 e informe al Congreso sobre las actividades de implementación.

· Establece un programa piloto para permitir que el secretario de Defensa comparta capacidades cibernéticas con socios extranjeros operativos.

· Requiere que el secretario de Defensa involucre a sus contrapartes dentro del Ministerio de Defensa del Reino Hachemita de Jordania con el fin de ampliar la cooperación en actividades militares de ciberseguridad.

· Requiere una capacitación mejorada sobre cooperación en seguridad del ciberespacio en la Universidad de Cooperación de Seguridad de Defensa y la Escuela Conjunta de Agregados Militares.

PREPARACIÓN Y APOYO A LA GESTIÓN

Mejorar la preparación

· Autoriza el cierre de la instalación de almacenamiento de combustible a granel de Red Hill en Hawái, requiere un plan para la limpieza, monitoreo y mantenimiento de la instalación después del cierre.

· Autoriza las retiradas de tierras necesarias para ampliar el Complejo de Entrenamiento Fallon Range.

· Autoriza la continuación del programa FireGuard con personal de la Guardia Nacional para recopilar y evaluar información de teledetección de múltiples fuentes para asociaciones interinstitucionales en la detección y monitoreo de incendios forestales en los Estados Unidos.

· Sujeto a asignaciones específicas, proporciona autoridad temporal para modificar los términos y condiciones de un contrato u opción para proporcionar un ajuste económico de precios para contratos de tipo de precio fijo en firme hasta el 31 de diciembre de 2023.

Reformar la política de adquisiciones, la contratación y las operaciones de base industrial

· Requiere la institución de un sistema de informes de adquisiciones para reemplazar los informes de adquisiciones seleccionados.

· Ordena a la Marina que implemente las recomendaciones restantes del informe de la GAO sobre el Plan de Optimización de la Infraestructura del Astillero.

· Dirige una revisión de la guía de marcado de información no clasificada controlada, capacitación y supervisión.

· Requiere la creación de un grupo de trabajo de integración de pequeñas empresas para mejorar la coordinación de los esfuerzos del Departamento para las pequeñas empresas.

· Aumenta los fondos para el programa del Centro de Asistencia Técnica de Adquisiciones (PTAC).

· Crea un programa piloto para permitir que el Departamento tenga autorizaciones personales de los empleados de una empresa de tecnología innovadora mientras se adjudica una solicitud de autorización de instalaciones.

· Realiza actualizaciones a otras autoridades de transacciones (OTA), incluida la creación de un programa piloto para usar OTA para la creación de prototipos de instalaciones o instalaciones.

Fortalecimiento de la seguridad energética, ambiental y sanitaria

· Dirige la implementación de las recomendaciones de los hallazgos de la inspección del veterinario equino e incluye un plan maestro para los graneros/potreros de Fort Myer Caisson y la instalación de pasto de Fort Belvoir Caisson.

· Extiende la autorización y la transferencia de fondos para el estudio y la evaluación en curso sobre los impactos en la salud humana de PFAS en el agua potable por parte de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades.

· Requiere un informe detallado que analice las estimaciones completas de costos, las vulnerabilidades materiales y varias otras evaluaciones de costo-beneficio antes de exigir, con ciertas exenciones, que la flota de vehículos no tácticos del Departamento de Defensa sea vehículos de combustible alternativo para fines de 2030.

· Restaura el acceso de la Guardia Nacional al Programa de Restauración Ambiental de Defensa.

Creación de la cadena de suministro y la resiliencia de las existencias

· Autoriza $ 1 mil millones para que el arsenal de Defensa Nacional adquiera materiales estratégicos y críticos necesarios para satisfacer las necesidades de defensa, industriales y civiles esenciales de los Estados Unidos.

· Requiere que el Gerente de Arsenales de Defensa Nacional presente un informe sobre los déficits de materiales estratégicos y críticos.

· Requiere que el DOD rastree el abastecimiento de elementos de tierras raras y materiales críticos proporcionados por el contratista.

Construcción militar

· Autoriza un aumento de $ 7.3 mil millones para la construcción militar para abordar las necesidades no financiadas, el costo de completar y los fondos de ajuste del mercado debido a la inflación.

· Requiere que el secretario de Defensa, en consulta con los demás organismos federales pertinentes, actualice el plan maestro integrado de infraestructura para apoyar la defensa de Guam.

· Dirige un estudio sobre los requisitos para futuros rangos de fuerza terrestre, áreas de entrenamiento e instalaciones relacionadas en Hawái a la luz de los cambios de postura en la región del Indo-Pacífico, la evolución de los conceptos de operaciones y los requisitos de postura en apoyo de la competencia estratégica a largo plazo.

· Aplica las recomendaciones contenidas en el informe del Inspector General del Departamento de Defensa con respecto a una auditoría de las condiciones médicas de los residentes en viviendas militares privatizadas.

Refuerzo de la operación y el mantenimiento

Autoriza aumentos de fondos de:

· $150.0 millones para el mantenimiento de buques en apoyo de la campaña de INDOPACOM.

· $189.0 millones para el mantenimiento del depósito de buques.  95,7 millones de dólares para necesidades de mantenimiento de la Fuerza de Reposicionamiento Marítimo.

· $ 579.2 millones para el mantenimiento del sistema de armas de la Fuerza Aérea.

· $919.1 millones para restaurantes LSD, CG, T-ESD y LCS.

· $20.0 millones en O&M, en toda la defensa para la evaluación de salud humana en curso de los CDC relacionada con fuentes contaminadas de agua potable de PFAS.

FUERZAS ESTRATÉGICAS

Modernización nuclear

· Establece una dirección dentro del Comando de Ataque Global de la Fuerza Aérea, conocida como la Fuerza de Tarea de Misiles Balísticos Intercontinentales (ICBM), para poner en marcha el sistema de armas ICBM LGM-35A Sentinel.

· Requiere un plan de 20 años para el desarrollo del Mark 21A, Mark 7 y otros vehículos de reentrada.

· Requiere un enfoque de gestión de cartera para las actividades del Consejo de Armas Nucleares, incluida la Administración Nacional de Seguridad Nuclear.

· Requiere que un alto funcionario de la Fuerza Aérea supervise la base industrial para la producción del bombardero B-21 y el programa ICBM Sentinel.

· Autoriza 25 millones de dólares para la continuación de la investigación y el desarrollo de un sistema de misiles de crucero lanzado desde submarinos con capacidad nuclear.

· Limita el retiro de la bomba nuclear de gravedad B83 hasta que se pueda identificar una capacidad de reemplazo adecuada para derrotar objetivos duros y profundamente enterrados.

Defensa antimisiles

· Autoriza un aumento de 292,5 millones de dólares para apoyar el desarrollo del interceptor hipersónico de fase de planeo.

· Autoriza un aumento de $252.0 millones para aumentar la producción de SM-3 y expandir la capacidad de base industrial.

· Autoriza un aumento de $165.0 millones para comprar 15 interceptores THAAD adicionales.

· Hace permanente la prohibición del intercambio de información relacionada con los sistemas de defensa antimisiles con Rusia.

· Requiere la designación de una persona de alto rango del Departamento de Defensa para que sea responsable de la adquisición y el mantenimiento de la defensa antimisiles para Guam.

· Requiere un plan sobre la arquitectura integrada de defensa aérea y de misiles para la defensa de Guam.

· Autoriza la financiación del sistema de defensa de cohetes de corto alcance Cúpula de Hierro, el Sistema de Armas Sling de David y el Programa de Interceptores de Nivel Superior Arrow 3 como se describe en un Memorando de Acuerdo entre los Estados Unidos y el Gobierno de Israel.

· Requiere un plan de financiamiento al Congreso que permita la adquisición de no menos de 64 interceptores de próxima generación para garantizar una flota común y la confiabilidad del Sistema de Defensa de Misiles Terrestre.

Sistemas espaciales

· Requiere una estrategia y requisitos para la protección de los satélites del Departamento de Defensa.

· Amplía la legislación existente sobre operaciones de «lanzamiento» tácticamente receptivas a operaciones «espaciales» tácticamente receptivas.

· Autoriza actividades de investigación y educación entre la Fuerza Espacial y las universidades.

· Requiere que el secretario de Defensa examine si el Organismo de Desarrollo Espacial debe quedar exento del Sistema Conjunto de Integración y Desarrollo a fin de acelerar el despliegue general de los sistemas espaciales proliferados.

Guerra electrónica

· Requiere la participación de activos de guerra electrónica en ejercicios de servicio conjunto a gran escala.

Esfuerzos de no proliferación

· Autoriza $354.4 millones para el programa Cooperativo de Reducción de Amenazas.

Departamento de Energía

Programas y autorizaciones de seguridad nacional

· Autoriza $22.3 mil millones para las actividades de la NNSA.

· Autoriza $ 6.8 mil millones para las actividades de limpieza ambiental de defensa del DOE.

· Autoriza $978.4 millones para otras actividades de defensa del DOE.

· Autoriza 156,6 millones de dólares para actividades de energía nuclear del DOE.

· Aumenta el umbral para la construcción menor a $30 millones, indexado a la inflación durante tres años.

Asuntos de Presupuesto y Gestión Financiera

· Autoriza un aumento de 20 millones de dólares para continuar la investigación y el desarrollo de la NNSA de la ojiva de misiles de crucero lanzados desde el mar W80-4 ALT.

· Autoriza un aumento de $500 millones para reducir los riesgos asociados con el cumplimiento del requisito legal de producir no menos de 80 pozos de plutonio por año para 2030.



EDGAR actualizado disponible


Esta semana, la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC) publicó el Manual de Archivadores EDGAR actualizado en el Registro Federal. EDGAR proporciona orientación para los solicitantes en los Estados Unidos, ayudando a garantizar que las presentaciones electrónicas se realicen con precisión.

El manual actualizado incluye cambios en los volúmenes I y II de EDGAR. Las actualizaciones incluyen enmiendas que mejoran la claridad para los solicitantes y agregan información relacionada con las nuevas regulaciones recientes que han ampliado o mejorado la presentación de informes electrónicos. Esto incluye cambios en EDGAR para implementar la reciente regla que requiere la presentación electrónica de informes semestrales de accionistas.


AGENCIA:

Comisión de Bolsa y Valores.

ACCIÓN:

Regla final.

RESUMEN:

La Comisión de Bolsa y Valores («Comisión») está adoptando enmiendas a los Volúmenes I y II del Manual del Archivador («Manual del Archivador») del Sistema Electrónico de Recopilación, Análisis y Recuperación de Datos («EDGAR») y las reglas y formularios relacionados. Las versiones 22.4 y 22.4.1 de EDGAR se implementarán en el sistema EDGAR el 19 de diciembre de 2022 y el 3 de enero de 2023, respectivamente.

FECHAS:

Fecha de entrada en vigor: 24 de enero de 2023. La incorporación por referencia de los volúmenes revisados del Manual del Archivador es aprobada por el director del Registro Federal a partir del 24 de enero de 2023.

PARA MÁS INFORMACIÓN, PÓNGASE EN CONTACTO CON:

Si tiene preguntas sobre las enmiendas al Volumen I o II del Manual del Archivador y las reglas relacionadas, comuníquese con Rosemary Filou, directora Adjunta y Asesora Principal, o Dan Chang, Asesor Especial Senior, en la Oficina de Negocios de EDGAR al (202) 551-3900. Si tiene preguntas sobre los cambios relacionados con los Formularios N-PX o 13F, comuníquese con Heather Fernández, Analista Financiera, en la División de Administración de Inversiones al (202) 551-6708. Si tiene preguntas sobre el requisito de presentación electrónica de informes anuales «brillantes» a los accionistas o el requisito de presentación electrónica del Formulario 144, comuníquese con Christian Windsor, Asesor Especial Senior, en la División de Finanzas Corporativas al (202) 551-3419 y Heather Mackintosh, Enlace EDGAR en la División de Finanzas Corporativas al (202) 551-8111. Si tiene preguntas sobre taxonomías o esquemas, comuníquese con la Oficina de Divulgación Estructurada de la División de Análisis Económico y de Riesgos al (202) 551-5494.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA:

Estamos adoptando un Manual del Archivador actualizado, Volumen I: «Información General», Versión 41 (diciembre de 2022) y Volumen II: «Presentación EDGAR», Versión 64 (diciembre de 2022) y enmiendas a 17 CFR 232.301 (Regla 301). Los volúmenes actualizados del Manual del Archivador se incorporan por referencia en el Código de Regulaciones Federales.

Antecedentes

El Manual del Archivador contiene la información necesaria para que los declarantes presenten documentos sobre EDGAR. Los declarantes deben cumplir con las disposiciones aplicables del Manual del Archivador para asegurar la aceptación y el procesamiento oportunos de las presentaciones realizadas en formato electrónico. Los contribuyentes deben consultar el Manual del Archivador junto con nuestras reglas que rigen las presentaciones electrónicas obligatorias al preparar documentos para la presentación electrónica.

Enmiendas al Volumen I del Manual del Archivador

El Volumen I del Manual del Archivador, que establece los requisitos para convertirse en un declarante de EDGAR, se modifica para aclarar varios requisitos existentes del Formulario ID, la solicitud de acceso a EDGAR. En primer lugar, se modifica el Volumen I para aclarar que la identificación del formulario de firma de la «persona autorizada» debe ser una persona con autoridad para vincular legalmente al solicitante o una persona con un poder notarial de una persona con autoridad para vincular legalmente al solicitante. Anteriormente, el Volumen I no definía expresamente a la persona autorizada, sino que enumeraba ejemplos para los solicitantes de la empresa, como un Director Ejecutivo, Director Financiero, socio, secretario corporativo, funcionario, director o tesorero.[3] Si bien estos ejemplos tenían la intención de ser útiles, pueden haber sido demasiado o insuficientes para incluir quién puede tener autoridad para actuar en nombre del solicitante con respecto a la identificación del formulario. Ciertos socios, funcionarios o directores de una empresa pueden carecer de la autoridad para vincular legalmente a la empresa. Por el contrario, las personas afiliadas a la compañía pueden tener la autoridad para vincularla legalmente, pero no tienen uno de los títulos enumerados, como un custodio que actúa de conformidad con una orden judicial. Creemos que esta enmienda deja claro a los solicitantes que la persona que firma el formulario de identificación en nombre de una empresa o un individuo debe estar legalmente autorizada para hacerlo por la empresa o individuo.

El volumen I también se modifica para aclarar que la persona autorizada para una empresa debe especificar su título / posición precisa en la empresa solicitante en el campo «título / posición» en el documento de autenticación del ID del formulario. En ocasiones, los signatarios enumeran su título como «individuo autorizado». Este término, que parece diseñado para satisfacer de manera facial el requisito de que una persona autorizada firme la identificación del formulario, no indica el papel o la posición del firmante en la empresa solicitante, o si el firmante es de hecho una persona autorizada de la empresa. La modificación del volumen I para dar instrucciones a los firmantes para que proporcionen su título o posición precisos ayuda a garantizar que el formulario se complete correctamente y ayuda al personal de la Comisión en su revisión de las solicitudes de acceso al formulario ID y, en consecuencia, mejora la fiabilidad e integridad de EDGAR. Además, para evitar confusiones, el Manual del Archivador revisado instruye a las personas que solicitan abrir una cuenta individual en su propio nombre a enumerar su título como «solicitante». Además, el Manual del Declarante revisado instruye a los firmantes que firman de conformidad con un poder notarial a declarar en el campo de título / posición en la identificación del formulario: «Por POA de [(a) nombre de la persona autorizada que firma el poder notarial (si abre una cuenta para una persona física); o (b) nombre y título/cargo de la persona autorizada que firma el poder notarial (si abre una cuenta para una empresa)]». Por ejemplo, un agente de presentación que firma el formulario de identificación de conformidad con un poder notarial de Roger Smith, el director ejecutivo del solicitante, proporcionará en el campo de título / posición: «Por POA de Roger Smith, CEO».

Además, se modifica el Volumen I para aclarar cuándo los solicitantes que soliciten una actualización manual de sus códigos de acceso EDGAR deben proporcionar al personal de la Comisión un poder notarial.[5] Anteriormente, los declarantes de la compañía que solicitaban una actualización manual de la contraseña debían proporcionar un poder notarial si (i) el firmante no es un funcionario o director de la entidad solicitante, o (ii) la persona que solicita la actualización manual de la contraseña no es empleada por la entidad solicitante. Los cambios en el Volumen I sustituyen «la persona a la que se enviarán los códigos de acceso EDGAR» por la frase «la persona que solicita la contraseña manual», porque creemos que el lenguaje sustituido es más fácil de entender para los solicitantes, ya que identifica más claramente a la persona cuya dirección de correo electrónico se proporciona en el ID del formulario para recibir nuevos códigos de acceso EDGAR, sin modificar el alcance de la disposición. Del mismo modo, el Volumen I se modifica para exigir un poder notarial para las solicitudes de actualización manual de frases de contraseña para cuentas EDGAR individuales cuando el firmante de la solicitud no es el declarante individual nombrado en la cuenta, lo que es consistente con requerir un poder notarial cuando el firmante de una solicitud de la empresa es un tercero.

III. Cambios en el sistema Edgar y modificaciones asociadas al volumen II del Manual del archivador

EDGAR se actualiza en EDGAR Release 22.4 y 22.4.1, y se realizan las enmiendas correspondientes al Volumen II del Manual del Archivador para reflejar estos cambios, como se describe a continuación.

El 2 de noviembre de 2022, la Comisión adoptó enmiendas al Formulario N-PX bajo la Ley de Compañías de Inversión de 1940 para mejorar la información que los fondos mutuos, los fondos cotizados en bolsa y ciertos otros fondos informan sobre sus votos por poder y para que esa información sea más fácil de analizar. La Comisión también adoptó enmiendas de reglas y formas bajo la Ley de Bolsa de Valores de 1934 («Ley de Bolsa») que requieren que un administrador de inversiones institucionales sujeto a la Ley de Bolsa informe en el Formulario N-PX cómo votó a los poderes en relación con asuntos de compensación ejecutiva, como lo exige la Ley de Bolsa. Para implementar estas enmiendas, EDGAR se actualiza para convertir el Formulario N-PX en un formulario en línea. El comunicado también introduce una fase piloto para presentar el Formulario N-PX en un formato estructurado. La fase piloto para presentar el Formulario N-PX en un formato estructurado finalizará el 1 de julio de 2024.

El 23 de junio de 2022, la Comisión adoptó enmiendas al Formulario 13F para exigir a los gerentes que proporcionen información de identificación adicional, modernizar la estructura de los informes de datos y adoptar ciertas enmiendas técnicas. Estas enmiendas entrarán en vigencia el 3 de enero de 2023. El 3 de enero de 2023, EDGAR Release 22.4.1 introducirá cambios para implementar estas modificaciones.

El 2 de junio de 2022, la Comisión adoptó enmiendas a sus reglas que rigen la presentación y presentación electrónica de documentos para exigir a los contribuyentes que presenten electrónicamente sus informes anuales «brillantes» a los accionistas a partir del 11 de enero de 2023. Los declarantes tienen la opción de presentar los informes anuales «brillantes» en el Formulario ARS como presentación primaria en PDF o en el Formulario ARS y el Formulario 6-K como prueba EX-99 en PDF como formato de presentación oficial.

EDGAR Release 22.4 también realiza mejoras funcionales generales a EDGAR, para lo cual se realizan revisiones al Manual del Filer como se describe a continuación.

EDGAR se actualiza para admitir las versiones 2022Q4 de las taxonomías Executive Compensation Disclosure (ECD) y Document and Entity Information (DEI). Las taxonomías nuevas y actualizadas ayudan a los solicitantes a proporcionar la información requerida por ciertas reglamentaciones adoptadas previamente por la Comisión. Las validaciones de etiquetas XBRL en línea se modifican para ciertos tipos de envío, tal como se describe en el Capítulo 6 (Datos interactivos) del «Manual del archivador EDGAR, volumen II: Presentación de EDGAR». EDGAR también se actualiza para permitir que los solicitantes adjunten una nueva prueba a las presentaciones del Formulario 10-K, el Formulario 20-F, el Formulario 40-F y el Formulario N-CSR. La nueva prueba, Prueba documental 97, se utiliza para presentar la política de un solicitante de registro relativa a la recuperación de una indemnización otorgada erróneamente.

Los esquemas RMBS y CMBS para los tipos de presentación ABS-EE y ABS-EE/A se actualizan para incluir nuevos valores para ARM_INDX_CODE_TYPE, ORG_INDX_CODE_TYPE y POST_MOD_ARM_INDX_CODE_TYPE para permitir a los contribuyentes hacer referencia a los cambios en los préstamos como parte de la transición de las tasas de referencia LIBOR. Estas actualizaciones se refieren a cambios en las especificaciones técnicas para la presentación de pruebas documentales electrónicas para valores respaldados por activos en los tipos de presentación ABSE-EE y ABS-EE/A.

El volumen II del Manual del archivador se modifica para eliminar el contenido innecesario de los Apéndices A y E. Parte de este contenido puede haber sido incluido cuando el Manual del Filer fue adoptado por primera vez en 1993, cuando EDGAR y tecnología similar eran novedosas, y se pensó necesario incluir extensas instrucciones técnicas paso a paso y elementales, incluyendo capturas de pantalla y mensajes de error. El Manual del archivador continúa conteniendo una lista y una explicación de los mensajes EDGAR en el Apéndice A («Mensajes reportados por EDGAR»), y una lista no exhaustiva de reglas de conformidad automatizadas para campos de datos EDGAR seleccionados en el Apéndice E («Reglas de conformidad automatizada para campos de datos EDGAR»). La eliminación del contenido reduce el tamaño del Manual del archivador de más de 900 páginas en aproximadamente 126 páginas. El contenido se colocará en el EDGAR—Página web de información para declarantes donde puede ser consultada por los declarantes interesados.

Por último, el Volumen II se modifica para reflejar las actualizaciones menores de software realizadas a EDGAR después de que la Comisión aprobara por última vez los cambios en el Manual del Archivador. Los cambios en el software se refieren a cambios en las especificaciones técnicas para los tipos de presentación 144 y 144/A.

IV. Modificaciones de la regla 301 del Reglamento S-T

Junto con la adopción del Manual del Archivador actualizado, estamos modificando la Regla 301 del Reglamento S-T para prever la incorporación por referencia en el Código de Regulaciones Federales de las revisiones actuales.

Asuntos de Derecho Administrativo

Debido a que el Manual del Archivador y las enmiendas a las reglas se relacionan únicamente con los procedimientos o prácticas de la agencia y no alteran sustancialmente los derechos y obligaciones de las partes que no son de agencia, la publicación para notificación y comentarios no es requerida bajo la Ley de Procedimiento Administrativo («APA»). De ello se deduce que las enmiendas no requieren análisis bajo los requisitos de la Ley de Flexibilidad Regulatoria o un informe al Congreso bajo la Ley de Equidad en la Aplicación de la Regulación de Pequeñas Empresas de 1996.

La fecha de vigencia para el Manual del Archivador actualizado y las enmiendas a las reglas relacionadas es el 24 de enero de 2023. De conformidad con la APA, Consideramos que hay motivos fundados para establecer una fecha de entrada en vigor menos de 30 días después de la publicación de estas normas. La Comisión considera que es necesario establecer una fecha de entrada en vigor inferior a 30 días después de la publicación de estas reglas para coordinar la eficacia del Manual del Archivador actualizado con las actualizaciones del sistema relacionadas.

Base legal

Estamos adoptando las enmiendas a la Regulación S-T bajo la autoridad en las Secciones 6, 7, 8, 10 y 19 (a) de la Ley de Valores de 1933, Secciones 3, 12, 13, 14, 15, 15B, 23, 35A y 36 de la Ley de Intercambio de Valores de 1934, Sección 319 de la Ley de Contrato de Fideicomiso de 1939, Secciones 8, 30, 31 y 38 de la Ley de Sociedades de Inversión de 1940, y los artículos 203, 204, 206A, 210 y 211 de la Ley de Asesores de Inversiones de 1940.

Lista de temas

  • Incorporación por referencia
  • Requisitos de presentación de informes y mantenimiento de registros
  • Valores

Texto de las enmiendas

De conformidad con lo anterior, el título 17, capítulo II del Código de Regulaciones Federales se modifica de la siguiente manera:

PARTE 232 REGLAMENTO S-T—NORMAS Y REGLAMENTOS GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE SOLICITUDES

1. La cita de la autoridad general para la parte 232 continúa siendo la siguiente:

Autoridad: 15 U.S.C. 77c, 77f, 77g, 77h, 77j, 77s(a), 77z-3, 77sss(a), 78c(b), 78 l, 78m, 78n, 78o(d), 78w(a), 78 ll, 80a-6(c), 80a-8, 80a-29, 80a-30, 80a-37, 80b-4, 80b-6a, 80b-10, 80b-11, 7201 et seq.; y 18 U.S.C 1350. a menos que se indique lo contrario.

* * * * *

2. La Sección 232.301 se revisa para que diga lo siguiente:

Manual del archivador EDGAR.

Los solicitantes deben preparar presentaciones electrónicas de la manera prescrita por el Manual de Archivadores EDGAR, promulgado por la Comisión, que establece los requisitos técnicos de formato para las presentaciones electrónicas. Los requisitos para convertirse en un Archivador EDGAR y actualizar los datos de la empresa se establecen en el Manual del Archivador EDGAR, Volumen I: «Información General», Versión 41 (diciembre de 2022). Los requisitos para la presentación en EDGAR se establecen en el Manual de Archivadores EDGAR actualizado, Volumen II: «Presentación de EDGAR», Versión 64 (diciembre de 2022). Todas estas disposiciones se han incorporado por referencia en el Código de Regulaciones Federales, cuya acción fue aprobada por el Director del Registro Federal de acuerdo con 5 U.S.D 552 y 1 CFR parte 51. Debe cumplir con estos requisitos para que los documentos se reciban y acepten oportunamente. El Manual del Archivador EDGAR está disponible para su inspección en la Comisión y en la Administración Nacional de Archivos y Registros (NARA). El Manual de Archivadores EDGAR está disponible para su visualización e impresión en el sitio web en la Sala de Referencia Pública de la Comisión, 100 F Street NE, Washington, DC 20549, en días hábiles oficiales entre las 10 a.m. y las 3 p.m. Las condiciones de funcionamiento pueden limitar el acceso a la sala de referencia pública de la Comisión.