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Controles antifraude y tramitación de reclamaciones en las empresas (con especial atención al fraude de APP)


La lucha contra los delitos financieros, incluido el fraude de pagos push autorizados (APP), sigue siendo una prioridad para la FCA. Esta publicación presenta los hallazgos clave de nuestra revisión de cómo las empresas mitigan los riesgos de fraude de APP y ataques de fraude en general. Incluye ejemplos de buenas prácticas y áreas de mejora.

¿A quién se aplica?

Esta revisión multiempresa será de interés para los proveedores de servicios de pago (PSP) del Reino Unido, que incluyen bancos, sociedades de crédito hipotecario y otras empresas que proporcionan cuentas de pago.

Lo que deben hacer las empresas

Todos los proveedores de servicios de pago deben evaluar periódicamente su enfoque para identificar los riesgos de fraude a los que están expuestos ellos y sus clientes. Deben seguir desarrollando sus defensas contra el fraude y asegurarse de que sus marcos de control son adecuados para su propósito.

Las empresas deben dar prioridad a las necesidades de sus clientes y ofrecerles buenos resultados de forma constante. Esto incluye ayudar a los clientes a comprender qué es el fraude y cómo identificarlo, facilitar que los clientes denuncien el fraude y establecer lo que pueden esperar de la empresa cuando lo denuncien. Además, las empresas deben apoyar a las víctimas de fraude para que reciban un trato justo en todas sus interacciones con la empresa, incluso si presentan una queja. Las empresas deben ser especialmente conscientes de las necesidades de los clientes, que pueden ser más vulnerables.

Reconocemos que las empresas han invertido en sus sistemas y controles para detectar y prevenir el fraude. Algunas empresas han progresado más o han tenido más éxito que otras en lo que es un tema en constante evolución. Es posible que las empresas deseen utilizar nuestros hallazgos para informar una revisión de sus propios sistemas y controles antifraude, así como su enfoque para manejar las quejas de los clientes sobre el fraude. Las empresas que identifiquen deficiencias en contra de nuestras expectativas deben tomar las medidas adecuadas para abordarlas. En la sección «Lo que esperamos de las empresas» se exponen con más detalle nuestras expectativas.

¿Por qué hicimos este trabajo?

La actualización semestral de fraude de 2023 de UK Finance (UKF) informó que las pérdidas debidas a estafas de APP en los primeros seis meses de 2023 ascendieron a 239,3 millones de libras esterlinas, comparables con las pérdidas registradas en 2022 (pérdidas anuales de 485,2 millones de libras). Sin embargo, el volumen de casos notificados en el primer semestre de 1 aumentó un 2023% hasta los 22.116, en comparación con el primer semestre de 324. Es probable que estas cifras sean una subestimación, dado que la Agencia Nacional contra el Crimen estima que el 1% de los casos de fraude no se denuncian. UK Finance también muestra que se devolvieron £ 2022.86m a las víctimas en H152 8 (lo que representa el 1% de las pérdidas), un aumento del 2023% (de £ 64.13 millones) en H135 6 (1% de las pérdidas).

En marzo de 2023, el Gobierno publicó su segundo Plan de Delincuencia Económica, que establece lo que deben hacer los sectores público y privado para seguir transformando la respuesta del Reino Unido a la delincuencia económica, y en mayo de 2023 publicó su nueva Estrategia contra el fraude: detener las estafas y proteger al público. Esto reconoce que el 40% de los delitos registrados en el Reino Unido son ahora fraudes.

La FCA tiene un papel clave que desempeñar en la aplicación de esta estrategia. El Plan de Negocios 2023/24 de la FCA reiteró nuestro compromiso con la reducción y prevención de los delitos financieros y, en particular, nuestro compromiso de frenar el crecimiento del fraude de APP.

El fraude de APP ocurre cuando alguien es engañado para que envíe dinero a un estafador que se hace pasar por un beneficiario genuino. Hay varios tipos de estafas de aplicaciones que son:

  • «beneficiario malintencionado», por ejemplo, engañar a alguien para que compre bienes que no existen o que nunca se reciben.
  • «redirección maliciosa», por ejemplo, un estafador que se hace pasar por personal bancario para que alguien transfiera fondos de su cuenta bancaria a la cuenta del estafador

Los estafadores a menudo intentan explotar los desafíos que enfrentan muchos consumidores debido al aumento del costo de vida. Los clientes en circunstancias vulnerables pueden ser particularmente susceptibles a la explotación.

Es importante que las empresas cuenten con marcos de control sólidos y con un servicio de atención al cliente eficaz y bien dotado de recursos. Estos deben evolucionar a medida que evolucionan las amenazas de fraude. Con el apoyo de la tecnología y el intercambio de inteligencia, pueden ayudar a las empresas a identificar el fraude y los riesgos de fraude, y así reducir el fraude y su impacto en los consumidores.

Lo que hicimos

Elegimos una muestra de empresas basadas en el riesgo para revisar, incluidas empresas de diferentes tipos, tamaños y perfiles de riesgo. Esta selección se basó en los datos presentados por las empresas en el Informe de Fraude de Pagos de la FCA y al Regulador de Sistemas de Pago (PSR), incluidos los datos sobre volúmenes, valor y tipo de fraude. También tuvimos en cuenta los datos y la información sobre las reclamaciones de los clientes, incluidos los casos presentados al Servicio del Defensor del Pueblo Financiero. Superpusimos esto con información supervisora e inteligencia a nivel de caso para identificar y seleccionar una muestra mixta de 12 proveedores de cuentas corrientes, bancos retadores y empresas de pago.

Llevamos a cabo una evaluación de alto nivel de su enfoque de la gestión del riesgo de fraude, con un enfoque en el fraude de APP. Nosotros:

  • Revisó las estrategias de fraude de las empresas y los elementos críticos de los procesos operativos;
  • Considerar cómo funcionan en la práctica los sistemas y controles de detección y prevención del fraude frente a la evolución de los ataques de fraude
  • examinó la forma en que las empresas garantizan una supervisión adecuada del marco de riesgo para todos los tipos de fraude, incluida la forma en que se comunica la información de gestión y se actúa en consecuencia;
  • evaluó la experiencia del cliente y la equidad de los resultados de los clientes al observar cómo las empresas gestionan y responden a las quejas de fraude

¿Qué más estamos haciendo nosotros y otros?

El PSR publicó recientemente datos sobre el nivel de fraude de APP reportado por los 14 grupos bancarios más grandes del Reino Unido. Esto muestra hasta qué punto, en 2022, se utilizaron ciertas empresas para enviar o recibir fondos fraudulentos.

En junio de 2023, el PSR también publicó su declaración de política PS23/3: Lucha contra el fraude autorizado en los pagos push: un nuevo requisito de reembolso que, a partir de 2024, se aplicará a los pagos realizados y recibidos por los PSP que utilicen el sistema Faster Payments. Introducirá normas mínimas coherentes para reembolsar a las víctimas de fraude de APP.

Esencialmente:

  • exigir a los proveedores de servicios de pago que reembolsen a todos los clientes incluidos en el ámbito de aplicación que sean víctimas de fraude de APP, a menos que el consumidor esté involucrado en el fraude o haya actuado con negligencia grave;
  • compartir el costo de reembolsar a las víctimas 50:50 entre el envío y la recepción de PSP, para proporcionar incentivos para que ambos detecten y prevengan el fraude
  • Proporcionar protecciones adicionales a los clientes vulnerables

Según el nuevo requisito de reembolso, los proveedores de servicios de pago remitentes también tendrán la opción de aplicar un exceso de reclamación, y se establecerá un nivel máximo de reembolso. El PSR ha consultado sobre el nivel máximo de reembolso y el exceso máximo apropiados y se ha comprometido a publicar los resultados en la guía del PSR en el cuarto trimestre de 4.

Hasta que esto entre en vigor, 10 empresas están actualmente suscritas a un Código Modelo de Reembolso Contingente supervisado por el Consejo de Normas de Préstamo (LSB).

En la Convocatoria de Pruebas del Tesoro a principios de este año sobre las Regulaciones de Servicios de Pago de 2017, esbozaron el compromiso de explorar posibles soluciones legislativas para permitir a las empresas retrasar la realización de pagos en los casos en que se sospeche fraude más allá del período de tiempo actualmente permitido de D+1 (final del siguiente día hábil).

Apoyamos activamente al Tesoro durante el desarrollo de políticas, asegurando que cualquier nueva legislación sea adecuada para su propósito y minimice las consecuencias no deseadas, como un aumento en los retrasos en los pagos legítimos. También publicamos recientemente nuestros hallazgos relacionados con los sistemas y controles de las empresas para mitigar el riesgo de que sean utilizados por los defraudadores para cobrar las ganancias del fraude (utilizando cuentas de mulas de dinero).

Lo que encontramos

Aunque observamos algunos ejemplos de marcos de control eficaces y buenas prácticas, nos decepcionó encontrar varias debilidades comunes en áreas clave de los marcos de gestión del riesgo de fraude y el trato al cliente de las empresas, entre ellas:

  • Un enfoque insuficiente en la entrega de buenos resultados para el consumidor en muchas de las empresas que revisamos
  • La información y las acciones de gestión a menudo se centraban en el apetito de riesgo comercial, en lugar del impacto y el trato en el cliente
  • En muchas empresas hay un margen significativo para mejorar el apoyo prestado a las víctimas de fraude, incluso desde el primer punto de contacto. En muchos casos, las empresas deben hacer más para permitir que los clientes denuncien el fraude de manera fácil y rápida
  • Mala gestión de las reclamaciones, incluidas las empresas que a menudo tardan demasiado en responder a las quejas de los clientes
  • Los clientes recibieron cartas de decisión que a veces eran poco claras, confusas o incluían un lenguaje inútil y, en ocasiones, acusatorio
  • pruebas limitadas de que las empresas tengan debidamente en cuenta las características de la vulnerabilidad de los clientes a la hora de tomar decisiones sobre reclamaciones y quejas por fraude

Incluimos más detalles sobre nuestros hallazgos a continuación.

Gobernanza, Supervisión e Información de Gestión (MI)

En algunas empresas observamos marcos de gobernanza que parecen ser eficaces y estar bien establecidos, pero, en muchos casos, las empresas necesitan hacerlo mejor. Nos decepcionó especialmente que algunas empresas no pudieran demostrar una supervisión y un cuestionamiento efectivos por parte de los foros pertinentes de la alta dirección o de los comités del Consejo de Administración.

En muchos casos, MI se centró principalmente en informar sobre el apetito por el riesgo comercial y las finanzas. Los ejemplos más sólidos de IM incluyeron medidas relevantes centradas en el cliente y demostraron cómo estas medidas informaron la toma de decisiones para fortalecer los sistemas y controles antifraude y mejorar los resultados y el servicio al cliente.

Nuestro trabajo de informar sobre el producto del fraude – Detección y prevención de mulas de dinero encontró que cuando las empresas tienen más cuentas mula reportadas que sus pares, también hay una falta de supervisión de MI y de la alta gerencia para garantizar que se tomen medidas para abordar el riesgo y evaluar el impacto de las intervenciones.

Sistemas y controles contra el fraude

En el momento de nuestra revisión, algunas empresas de nuestra muestra tenían marcos de control antifraude que aún estaban en desarrollo y aún no se habían incorporado. La mayoría de las empresas han revisado recientemente su estrategia de lucha contra el fraude y han determinado la necesidad de reforzar los sistemas y controles para detectar, prevenir y gestionar el fraude.

La mayoría de las empresas incluidas en nuestro examen tenían un margen significativo para seguir desarrollando y fortaleciendo su enfoque. Esperamos que las empresas se aseguren de que están haciendo lo suficiente para considerar, monitorear y mitigar los riesgos de que ocurran diferentes tipos de fraude, desde la incorporación de un cliente hasta su relación con la empresa.

Esto incluye estrategias para prevenir y detectar el fraude, como identificar y actuar sobre la información identificada a través de la incorporación de clientes, el monitoreo de transacciones, el monitoreo continuo a nivel de cliente y cuenta, el monitoreo de dispositivos y el uso de inteligencia.

Nuestra comunicación «Producto del fraude: detección y prevención de las mulas de dinero» también puso de relieve la necesidad de que las empresas cuenten con sistemas y controles proporcionados y adecuados, en particular para mitigar el riesgo de las mulas de dinero.

Observamos que el uso de la biometría del comportamiento por parte de algunas empresas para tratar de identificar si un cliente está siendo objeto de ingeniería social puede ser una herramienta útil para prevenir y detectar el fraude.

El uso de mensajes de advertencia automatizados basados en el riesgo durante el proceso de pago puede ser eficaz para ayudar a los clientes a considerar si el pago que están realizando es a un beneficiario genuino. La Guía Final sobre el Derecho del Consumidor FG 22/5 (párrafo 5.23) confirma la importancia de que las empresas cuenten con sistemas y procesos adecuados para evitar daños previsibles, lo que incluye diseñar, probar, adaptar y supervisar la eficacia de dichos mensajes.

Hemos observado que la intervención manual para pagos potencialmente de alto riesgo, en los que los clientes necesitan interactuar con un miembro del personal antes de que se confirme una instrucción de pago, puede crear una fricción positiva en el proceso de pago y ser útil para prevenir algunos pagos fraudulentos. Dicha intervención, cuando corresponda, con el apoyo de personal capacitado y experimentado, puede involucrar a los clientes y determinar si una transacción es legítima.

Las empresas deben considerar si sus sistemas y controles son efectivos y si hay más que deben hacer para mejorar su enfoque de la prevención del fraude.

Uso de la inteligencia

Nos complació ver que la mayoría de las empresas se comprometieron activamente con varios organismos externos para discutir la inteligencia y el escaneo del horizonte en busca de amenazas futuras. Como se indica en nuestra comunicación Producto del fraude – Detección y prevención de las mulas de dinero, esto permite a las empresas tomar medidas preventivas para prevenir el fraude, por ejemplo, cuando se identifica una nueva red de mulas o un nuevo tipo de fraude. Es importante que se actúe rápidamente sobre la inteligencia para ayudar a prevenir y detectar el fraude.

Algunas empresas nos dijeron que la recepción de PSP puede ser lenta para congelar fondos fraudulentos. Esperamos que los PSP receptores actúen con prontitud en el cumplimiento de sus obligaciones legales y garanticen buenos resultados para los clientes cuando se les notifique un pago fraudulento. El nuevo requisito de reembolso del PSR (que entrará en vigor en 2024) aumentará sus incentivos para actuar.

Trato y concienciación al cliente

Nos preocupa que los clientes no siempre puedan denunciar el fraude de forma fácil o rápida. Los sitios web de las empresas no siempre proporcionan información clara sobre cómo un cliente puede ponerse en contacto con una empresa para denunciar un fraude o qué medidas tomar si el fraude se produce fuera del horario de apertura estándar de la empresa. Esto puede exacerbar el impacto del fraude en los clientes y reducir las posibilidades de poder tomar medidas rápidas para detener el fraude o intentar recuperar los fondos.

Observamos que los equipos de fraude y denuncias no siempre contaban con los recursos adecuados. Esto a menudo afectaba a la calidad y la velocidad del servicio de atención al cliente a la hora de investigar casos de fraude o tramitar quejas. Esto, a su vez, tiene el potencial de causar más daño y angustia a los consumidores, por ejemplo, largos tiempos de espera de llamadas para denunciar fraudes, asesoramiento incorrecto, clientes que se pasan a múltiples departamentos, lo que provoca retrasos significativos y duraciones de llamadas demasiado largas.

Los clientes cuyas cuentas están congeladas debido a preocupaciones sobre el fraude pueden sufrir más angustia e inconvenientes si no pueden acceder a los fondos o realizar pagos legítimos. Cuando esto ha ocurrido, las empresas deben considerar qué pueden hacer para investigar lo antes posible para que puedan descongelar rápidamente las cuentas cuando sus preocupaciones sean infundadas. Las empresas deben considerar cómo apoyan a los clientes y cómo se comunican eficazmente con ellos durante este período.

Nos complació ver que algunas empresas consideraron el soporte adicional que podían ofrecer a los clientes. Por ejemplo, dada la prevalencia del fraude, los clientes a menudo pueden estar preocupados por un pago que planean realizar. Una empresa ofrece un servicio en el que los clientes pueden ponerse en contacto con ellos en cualquier momento para discutir sus preocupaciones sobre posibles estafas y la empresa les ayudará a considerar el riesgo de un pago que planean realizar.

Algunas empresas adoptan un enfoque multicanal para concienciar a los clientes sobre cómo evitar ser víctimas de una estafa. Por ejemplo, una empresa ha lanzado una aplicación gratuita que crea conciencia sobre el fraude y la seguridad cibernética para ayudar a evitar que las personas sean víctimas de estafas. Es gratuito tanto para clientes como para no clientes.

Enfoque de las quejas de los clientes

A menudo nos sentimos decepcionados con la calidad de la gestión de las reclamaciones por parte de las empresas observada durante nuestro examen. Algunas empresas tardaron mucho en responder a las quejas.

En algunos casos, la comunicación con los clientes a lo largo del proceso de tramitación de reclamaciones fue deficiente, por ejemplo, la falta de actualizaciones periódicas y oportunas al cliente y el cliente tuvo que perseguir a la empresa para obtener una actualización (a veces varias veces).

Las cartas de respuesta final a menudo estaban mal escritas. Algunos no se adaptaron lo suficiente a las circunstancias del caso. Vimos ejemplos de jerga técnica, lenguaje agresivo y, a veces, acusatorio. En algunos casos, la justificación de la decisión final no estaba clara.

Trato a clientes en circunstancias vulnerables

Todas las empresas declararon que tienen en cuenta las características de vulnerabilidad a la hora de tomar decisiones sobre reclamaciones y quejas por fraude. Sin embargo, a partir de nuestra revisión de las quejas, a menudo no estaba claro cómo se evidenció esto.

Los clientes en circunstancias vulnerables deben experimentar resultados tan buenos como los de otros consumidores y recibir un trato justo y constante. Esperamos que las empresas proporcionen a sus clientes un nivel de atención adecuado, dadas sus características.

Detección y prevención de mulas de dinero

El enfoque de la gestión del riesgo de las mulas de dinero también fue una laguna particular en varias empresas. En octubre, publicamos nuestros hallazgos separados relacionados con el producto del fraude: detección y prevención de las mulas de dinero y nuestras expectativas de que las empresas reevalúen continuamente su estrategia para identificar, evaluar y monitorear los riesgos asociados con las mulas de dinero. Incluía información sobre buenas prácticas, así como áreas de mejora en los métodos de detección y monitoreo para identificar y mitigar las actividades de las mulas de dinero.

Lo que esperamos de las empresas

Esperamos que las empresas:

  • disponer de mecanismos eficaces de gobernanza, controles y MI para detectar, gestionar y reducir el fraude y las pérdidas de las APP
  • Tratar a los clientes de manera justa, incluso cuando se quejan, y ofrecer buenos resultados de manera constante a los clientes que son víctimas de fraude. Esto incluye que las empresas se aseguren de que están haciendo lo suficiente para:
    • Permita que los clientes denuncien el fraude de manera fácil y rápida
    • Comunícate claramente con los clientes
    • Proporcionar el soporte adecuado a los clientes que muestran características de vulnerabilidad
  • asegurarse de que están haciendo lo suficiente para mitigar los riesgos de las cuentas de mulas de dinero (consulte nuestra comunicación Producto del fraude – Detección y prevención de las mulas de dinero)

Las empresas también deben considerar qué otras medidas pueden tomar ahora para:

  • establecer marcos de control que les permitan cumplir con el nuevo requisito de reembolso del PSR, y
  • preparar (cuando aún no se haya adoptado) la ampliación de la Confirmación del Beneficiario, de conformidad con la «Directriz Específica 17 sobre la ampliación de la Confirmación del Beneficiario» del PSR.

El Deber del Consumidor

El Impuesto sobre los Consumidores, que entró en vigor el 31 de julio de 2023, establece un estándar más elevado de atención que las empresas deben prestar a los consumidores en los mercados financieros minoristas y desempeña un papel clave a la hora de respaldar nuestras expectativas de las empresas en este ámbito. Todas las empresas deben centrarse en poner a los consumidores en el centro de su negocio y ofrecer buenos resultados. Las empresas deben asegurarse de que están cumpliendo con las normas:

  • el Principio del Consumidor, que exige a las empresas que actúen para ofrecer buenos resultados a los clientes minoristas
  • las normas transversales para que las empresas actúen de buena fe con respecto a los clientes minoristas, eviten causar daños previsibles a los clientes minoristas y permitan y apoyen a los clientes minoristas para que persigan sus objetivos financieros;
  • Nuestros resultados rigen sobre el diseño de productos y servicios, el precio y el valor, la comprensión del consumidor y el apoyo al consumidor

Anteriormente incluimos algunos ejemplos de lo que esto podría significar para las empresas, por ejemplo, en nuestra carta de febrero de 2023 sobre la implementación del impuesto al consumidor enviada a los bancos minoristas y las sociedades de crédito hipotecario. Dicho esto, las empresas deben considerar:

  • los procesos relativos a la congelación de cuentas, incluyendo, por ejemplo, si sería apropiado efectuar dicha congelación:
    • menos frecuentes (por ejemplo, a través de una mejor incorporación inicial y controles de Conozca a su cliente y un monitoreo de transacciones más preciso e inteligente)
    • menos prolongada (p. ej., mediante una investigación más rápida y con mejores recursos de las sospechas)
    • mejor comunicado (en la medida de lo posible dentro de las limitaciones de evitar el aviso)
    • mejor apoyo (especialmente para los clientes que se encuentran en graves dificultades financieras por la congelación)
  • cómo brindan el apoyo adecuado a los clientes que se sienten víctimas y pueden estar angustiados, y no los tratan con excesiva dureza cuando se quejan;
  • Si una empresa brinda soporte principalmente o solo a través de un canal, por ejemplo, un canal digital, tener procesos de excepción para tratar de manera efectiva los problemas no estándar que podrían surgir: por ejemplo, clientes que informan inquietudes sobre fraude.

Pasos siguientes

Estamos trabajando con las empresas en nuestra revisión para fortalecer su enfoque. Continuaremos monitoreando cómo las empresas de pago están cumpliendo con nuestras expectativas para frenar el crecimiento de los casos y pérdidas de fraude de APP, así como el fraude en general, y para poner las necesidades de los clientes en primer lugar.


Publicado originalmente: https://www.fca.org.uk/publications/multi-firm-reviews/anti-fraud-controls-complaint-handling-firms-focus-app-fraud#

¿Cómo debería crecer el estándar XBRL para soportar la recopilación de datos a gran escala? 


Publicado el 11 de noviembre de 2023 por Editor

UBPartner ofrece interesantes elementos de reflexión en un artículo reciente sobre la mejora de XBRL para el modelado de datos, preguntando cómo podemos ayudar a los autores de taxonomía a desarrollar y gestionar grandes sistemas de informes.

El artículo considera el enfoque adoptado por la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) de generar taxonomías XBRL a partir de otro formato, en lugar de utilizar una taxonomía XBRL como punto de partida. Utiliza las cuestiones planteadas por la EBA, la EIOPA y las autoridades nacionales competentes (NCA) como lente para considerar los requisitos clave de los grandes marcos de presentación de informes, el estado de las especificaciones XBRL y los avances para cumplirlas, y las mejoras necesarias para garantizar que XBRL puede modelar más fácilmente sistemas de recolección a gran escala.

Los autores sostienen que la mayoría de las características buscadas por la EBA y la EIOPA están o estarán disponibles bajo el Modelo de Información Abierto (OIM), la iniciativa internacional XBRL para modernizar el estándar XBRL y desacoplarlo de cualquier sintaxis específica, permitiendo el desarrollo de múltiples formatos intercambiables, incluido xBRL-CSV, que está diseñado para manejar de manera eficiente grandes conjuntos de datos. También discuten en profundidad los principales desarrollos en curso en el estándar XBRL relacionados con la validación de la calidad de los datos, una fortaleza particular de XBRL.

Sin embargo, encuentran que aún quedan ciertas preocupaciones por abordar, por ejemplo, en torno a los requisitos de versiones. También sugieren que la comunidad XBRL necesita reflexionar más sobre cómo las dimensiones, las tablas, los cálculos y las fórmulas pueden trabajar juntos para ayudar a ofrecer mejores modelos XBRL. Otra idea clave es que los proveedores de software parecen carecer de incentivos para crear el tipo de herramientas de modelado de datos que necesitan los grandes autores de taxonomías XBRL.

«El verdadero problema que la EBA revela para la comunidad XBRL es que definir marcos de informes a gran escala en XBRL es un proceso en gran medida manual y complejo”, argumentan los autores. “OIM es un paso crucial para garantizar el futuro al admitir formatos alternativos; sin embargo, el XSB [XBRL Standards Board] también debe centrarse en recomendaciones que simplifiquen y requieran menos recursos para diseñar y desarrollar una taxonomía XBRL que sea consistente y eficiente”, concluyen.

Esta es una contribución reflexiva y considerada a una discusión compleja; vale la pena leerla, ya sea que compartas o no las perspectivas de los autores. ¡Gracias!

Encuentre el artículo completo aquí.

MODELADO DE DATOS EBA EIOPA OIM


Mejora de XBRL para el modelado de datos

¿Cómo se puede mejorar XBRL para ayudar a los autores de taxonomías para grandes sistemas de informes?

Un artículo reciente identificó el potencial de conflicto entre los enfoques de modelización de XBRL y la metodología de puntos de datos (DPM). Sin embargo, ningún debate estaría completo sin revisar por qué la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA, por sus siglas en inglés) eligieron usar DPM y luego traducirlo a una taxonomía XBRL, en lugar de comenzar con XBRL en primer lugar.

¿Fue la falta de características en XBRL, la falta de comprensión o simplemente la falta de herramientas? Este artículo argumenta que todavía faltan algunas características, muchas de las cuales están en el plan de trabajo del Modelo de Información Abierta (OIM) de XBRL International. Pero algunos, como el «control de versiones», aún no se han abordado.

La otra idea clave es que no parece haber ningún incentivo para que los proveedores de software construyan el tipo de herramientas de modelado de datos que necesitan los grandes autores de taxonomía XBRL.

Al revisar los requisitos clave de los grandes marcos de presentación de informes, como los de EBA CRD y EIOPA Solvency, este documento evalúa el estado de las especificaciones XBRL para cumplirlas y permitir que XBRL proporcione capacidades de gestión de datos maestros para los marcos de presentación de informes.

Ventajas y problemas de XBRL

Las especificaciones XBRL están diseñadas para dar soporte a un conjunto diverso de aplicaciones de informes de información empresarial en todo el mundo. En la actualidad hay más de doscientos marcos de informes XBRL importantes construidos en torno a este estándar abierto, existe una gran comunidad de expertos y una gama cada vez mayor de proveedores de software.

Uno de los puntos fuertes de los estándares XBRL, además del tronco común, es su independencia entre sí, lo que permite a los diseñadores de taxonomías XBRL elegir las especificaciones que desean utilizar. Sin embargo, su debilidad es que el desarrollo como especificaciones independientes hace que exista poca interoperabilidad entre ellas.

Esto es particularmente notable para los desarrolladores de grandes marcos de informes. Para ayudar a comprender cuáles son los problemas específicos, vale la pena revisar los comentarios de la EBA durante sus recientes presentaciones sobre DPM 2.0, también conocido como ‘DPM Refit’. La EBA presentó argumentos a favor de profundizar en el uso de DPM frente a un enfoque XBRL más estandarizado. La siguiente diapositiva es un ejemplo de cómo comparan su DPM con XBRL.

Creemos que muchas de las observaciones de la EBA están sesgadas debido a su decisión de basar su sistema interno de almacenamiento de datos en DPM. En nombre de la comunidad XBRL, respondemos que:

· La taxonomía XBRL producida por las herramientas DPM no proporciona una guía semántica obvia para las definiciones, ya que se compone de pocos conceptos de alto nivel y se desglosa por numerosas dimensiones, por ejemplo, existe globalmente un concepto para «activos», mientras que la taxonomía IFRS tiene muchos tipos de activos que son subconjuntos del concepto más amplio. La taxonomía de la Directiva sobre el riesgo de crédito (DRC) de la ABE es un «modelo altamente dimensional». Bueno para los ordenadores, pero pobre para ayudar a la comprensión del lector, lo cual es importante para transmitir los requisitos en los sistemas de información heterogéneos.

· El proceso DPM también genera numerosas reglas de bajo nivel para comprobar la calidad de los datos, en lugar de una regla semántica de alto nivel, como «todos los totales deben sumarse». Comprobar la coherencia de un volumen tan grande de reglas DPM de bajo nivel (alrededor de 8.000) de forma automatizada es algo dudoso.

· Muchas de las diferencias citadas en la diapositiva de la EBA están relacionadas con la implementación específica, por lo que cuestiones como la integración y los identificadores invariantes solo existen en el ojo del espectador.

Sin embargo, el problema del «control de versiones» es real. XBRL incluye una versión superficial y directrices de prácticas recomendadas para documentar las diferencias entre versiones, pero nada más. Frente a esto, la afirmación de la ABE de que DPM apoya la «historización» de conceptos se basa en su implementación patentada de DPM. If XBRL is to provide some form of ‘master data management’ for large reporting frameworks, then versioning is a critical feature. However, it is worth noting that data exchange has different versioning requirements to those of data analysis systems, as discussed in more detail later, but the requirement is important for all XBRL systems.

La EBA también tiene previsto adoptar el nuevo Modelo de Información Abierta (OIM) de XBRL y, en particular, el formato xBRL-CSV para las presentaciones, con el fin de reducir el tamaño de los archivos de los informes. Sin embargo, una vez más, en lugar de centrarse en mejorar el diseño y el potencial de rendimiento de XBRL, ha optado por utilizar una estructura CSV que utiliza explícitamente el «DPM-ID», una construcción del sistema de almacenamiento de datos de la EBA que está semánticamente «vacante» y no proporciona ninguna ayuda para optimizar el procesamiento XBRL. Para obtener más información sobre este enfoque y por qué creemos que es una mala idea, consulte el artículo anterior «DPM y XBRL».

Así que hoy en día, si la EBA empezara de nuevo, la gran pregunta sería: «¿Seguirían utilizando DPM para definir el modelo de los datos que se van a recopilar o utilizarían XBRL?».

Nuestra opinión es que la EBA seguiría encontrando una falta de herramientas de «desarrollo de taxonomía» con las que construir un «buen» modelo semántico que sea fácil de mantener. Creemos que la iniciativa de la OIM es un gran paso en la dirección correcta, pero las especificaciones XBRL independientes siguen obstaculizando el proceso. En las siguientes secciones se revisan los detalles de OIM y hacia dónde se dirigen, además de algunas recomendaciones para mejorar las capacidades de modelado XBRL.

Por ahora, DPM funciona para la EBA y la AESPJ como un mecanismo útil para sus sistemas internos (… podrían usar mejor XBRL, pero eso es para más adelante). El verdadero problema que la EBA revela a la comunidad XBRL es que la definición de marcos de información a gran escala en XBRL es un proceso en gran medida manual y complejo. Otros grandes marcos, como la taxonomía IFRS, experimentan problemas similares. Entonces, ¿qué hay que mejorar?

OIM y los estándares xBRL futuros

El Modelo de Información Abierta (u OIM, por sus siglas en inglés) es el esfuerzo estratégico de XBRL International para simplificar y modernizar aspectos importantes del estándar XBRL mediante la definición de un modelo que represente el significado del estándar, sin referencia a una sintaxis específica, es decir, que elimine la dependencia de XML. OIM define formatos múltiples e intercambiables, que se pueden agregar con el tiempo.

· xBRL-CSV: condensa los datos en una forma tabular muy compacta para permitir la recopilación de grandes cantidades de datos.

· xBRL-JSON: proporciona datos XBRL en un formato que es más sencillo de procesar y presentar.

· xBRL-XML: sigue siendo compatible con una amplia gama de requisitos de presentación de informes

Las habilidades y el esfuerzo para desarrollar reglas con las que validar los datos (fórmulas XBRL) han demostrado ser otra área de preocupación para los autores de taxonomía. El XBRL Standards Board (XSB) ha proporcionado recientemente un camino a seguir para las fórmulas XBRL en un mundo OIM:

· Empezando por la Fórmula 2.0, que eliminará la sintaxis XPath y formalizará la especificación de XF, o la Fórmula basada en texto, que proporciona la misma funcionalidad que la Fórmula XBRL pero es más rápida de escribir y más fácil de leer.

· Eventualmente, el plan es desarrollar una nueva especificación que abarque reglas tanto para la instancia XBRL como para la taxonomía, basadas en las nuevas especificaciones de la taxonomía de la OIM. También significa un cambio de nombre a «Reglas XBRL 3.0» para reconocer su importancia.

Para confusión de algunos, en XBRL hay otra forma de comprobar las relaciones simples de los datos suministrados mediante la especificación de cálculo. Idealmente, esto debería proporcionar un mecanismo más simple para definir los principales «controles de calidad» que se encuentran en los modelos de información financiera, por ejemplo, roll-ups, roll forward y agregaciones. La especificación de cálculo se está actualizando y el plan para la versión 2.0 incluye capacidades de agregación dimensional. La fórmula XBRL solo se utilizaría para reglas más complejas, así como para validaciones estructurales

La OIM mantendrá esta flexibilidad para los autores de taxonomías, pero seguirá dejando preguntas como «¿Debería utilizar fórmulas o cálculos XBRL?»:

· La EBA desarrolla la fórmula XBRL a partir de su notación DPM, que es definida por los usuarios empresariales como parte de sus plantillas de hojas de cálculo, pero no describe las relaciones inherentes a las tablas ni utiliza cálculos para sumar jerarquías básicas.

· La taxonomía NIIF en la que se basa el FEUE de la Autoridad Europea de Gestión de Valores (AEVM) utiliza tanto cálculos como fórmulas, pero no utiliza tablas. En los marcos de «informes abiertos» como ESEF, el emisor desarrolla sus propias estructuras de tablas. Un modelado deficiente de estos significa que los cálculos a menudo se pierden o solo se incluyen parcialmente en la taxonomía, lo que resulta en numerosos problemas de calidad de los datos.

Entonces, ¿la OIM va lo suficientemente lejos? Creemos firmemente que la comunidad XBRL debe reflexionar sobre cómo los hipercubos, las tablas, los cálculos y las fórmulas pueden trabajar juntos para ayudar a ofrecer mejores modelos XBRL.

Gestión de grandes marcos de informes

Si se va a utilizar XBRL para modelar sistemas de cobro a gran escala, tenemos que volver a algunas de las cuestiones subyacentes planteadas por la ABE, la AESPJ y las ANC europeas, que no solo aplican la recopilación de informes de la ABE y la AESPJ de miles de bancos y compañías de seguros europeos, sino que también los amplían a los requisitos de información locales.

Es un área grande para cubrir, por lo que es mejor comenzar dividiendo los problemas en subáreas más pequeñas:

· Desarrollo y mantenimiento de taxonomías

· Control de versiones

· Archivos de gran tamaño

· Numerosas y complejas fórmulas XBRL

Desarrollo y mantenimiento de taxonomías

Podría decirse que el modelado de datos es la decisión más impactante para un equipo de informes de datos. Determina su arquitectura y el camino que seguirá el proyecto. El modelado de conjuntos de datos grandes y complejos siempre ha planteado a los diseñadores decisiones y problemas.

Las taxonomías XBRL grandes (diccionarios de datos) pueden hacer referencia a otras taxonomías XBRL (extensibles) como bloques de construcción, y se pueden separar en numerosos puntos de entrada, cada uno de los cuales contiene varias definiciones de tabla o ELR, que facilitan el modelado de las partes individuales. Esto ayuda, pero no va lo suficientemente lejos como para ayudar realmente a los diseñadores a desarrollar un modelo semántico «bueno» y de alto rendimiento y gestionarlo a lo largo del tiempo, ni incentiva a los desarrolladores a construir el tipo de herramientas que apoyarían a los diseñadores en este proceso, como, por ejemplo.

· La especificación XBRL Dimensions se utiliza para definir hipercubos, mientras que las bases de enlaces de tabla pueden usar las dimensiones y se pueden vincular a hipercubos, sin embargo, cada base de enlaces de tabla debe especificarse de forma independiente, es decir, codificarse. Más código equivale a más desarrollo y más mantenimiento. ¿Por qué no hay capacidad para generar una especificación de Table Linkbase directamente desde el hipercubo de informes? Esto animaría a los diseñadores de taxonomía a pensar detenidamente en la estructura del hipercubo y en las tablas.

· La especificación Table Linkbase define una capa de presentación tabular para la representación. Sin embargo, no proporciona ninguna «aritmética tabular» simple, como totales de filas, totales de columnas o subtotales. Esta idea de «agregación dimensional» ha sido propuesta antes y ha resurgido en Cálculos 2.0. El diseñador podría usar el código de fórmula hoy en día, como lo muestra la EBA, pero si el proceso está automatizado y forma parte del modelo subyacente, entonces se reduce el código y los diseñadores de taxonomía estarán más estructurados en sus diseños de tablas.

· Los diseñadores están claramente interesados en los formatos xBRL-CSV y xBRL-JSON. Al agregar algunas ideas sencillas para ayudar a crear y administrar definiciones a lo largo del tiempo, se reduce el código y se centra en el modelo:

o Método para la generación directa de xBRL-CSV a partir de definiciones de tablas e hipercubos.

o Vinculación bidireccional de las definiciones de Table Linkbase y xBRL-CSV.

o Representación directa de datos xBRL-CSV en tablas definidas por Table Linkbase.

Creemos que la adición de características tan sencillas garantiza que las especificaciones XBRL se vinculen entre sí de una manera más coherente y solidaria, lo que «reunifica» los módulos de especificaciones individuales. A esto se le podría llamar «gestión maestra de informes», que sugiere una forma más estructurada y metódica de desarrollar una taxonomía, en lugar de utilizar una «mezcolanza» de diferentes herramientas.

Control de las versiones

Con el tiempo, todos los marcos de presentación de informes se desarrollarán y cambiarán a medida que sea necesario actualizar los elementos, la arquitectura, las reglas y las especificaciones utilizadas. Desde el punto de vista de XBRL, el Grupo de Trabajo sobre Mejores Prácticas XBRL se ha centrado en dos áreas:

· Cómo comunicar los cambios entre versiones de taxonomía: más detalles en https://www.xbrl.org/guidance/communicate-taxonomy-changes/

· Cómo administrar el control de versiones de taxonomía: más detalles en https://www.xbrl.org/guidance/communicate-taxonomy-changes/

Para la mayoría de los proyectos XBRL que tratan sobre el intercambio de información empresarial, estos son suficientes. Aunque no existe ninguna especificación técnica que permita que el software actualice automáticamente los sistemas de la versión antigua a la nueva versión de la taxonomía.

La visión de la EBA sobre el «control de versiones» es mucho más profunda. Quieren revisar cuándo se hizo referencia a un «concepto» (punto de datos) por primera vez, cuándo se modificó y cuándo quedó obsoleto, además de capturar quién realizó el cambio y por qué. Por lo tanto, su visión está mucho más cerca de la «Gestión de Datos Maestros», donde se recopilan metadatos sobre el modelo para que el modelo en sí pueda ser revisado.

Nótese que la EBA confunde las cosas cuando afirma que «… (XBRL) no pueden manejar la evolución de un punto de datos entre versiones, lo que los hace inadecuados para análisis de series temporales. Esto, creemos, confunde los sistemas de recolección con los sistemas de análisis. Los sistemas de análisis requieren un enfoque diferente, ya que los datos de origen vienen en muchas canalizaciones diferentes, deben transformarse y almacenarse de una manera específica para que sean eficientes para el análisis, como las series temporales. En los sistemas de recopilación, la cuestión es cómo facilitar que los remitentes sepan qué datos recopilar, cómo comprobar que son válidos y cómo hacer que el proceso de transferencia sea eficiente. Estas dos metas y objetivos pueden entrar en conflicto, por lo que la mayoría de las organizaciones dividen los dos sistemas.

Las ventajas para XBRL de un modelo de taxonomía y un control de versiones de elementos más detallados son las siguientes:

· Proporcionar un método estandarizado para que los proveedores de XBRL actualicen los materiales asociados con una versión más reciente de la taxonomía ayudaría significativamente y reduciría los costes para los proveedores y, por lo tanto, para los usuarios.

· Comprender cómo han cambiado las definiciones y las reglas de datos a lo largo del tiempo proporciona información básica importante.

· para la analítica y la toma de decisiones operativas.

Es cuestionable la importancia de esto para la mayoría de los proyectos XBRL, pero para marcos de informes más grandes y complejos, claramente ayudaría a su gestión. Una advertencia es que agregar «versiones» a XBRL es una tarea grande y algo que necesitaría un «caso de uso» de la vida real como guía.

Rendimiento de validación de grandes conjuntos de datos

Las preocupaciones sobre el tiempo de procesamiento de los informes grandes siempre han estado presentes, es solo que el tamaño de lo que se define como un archivo de datos «grande» ha aumentado exponencialmente. Cualquier prueba de rendimiento dependerá del entorno en el que se ejecute, es decir, le dará a un programa más memoria y más rendimiento de la CPU y debería ejecutarse más rápido. Por lo tanto, la pregunta debe reformularse a ‘¿Está funcionando de manera eficiente?’ para que se amplíe

Cuando se analiza el rendimiento en grandes marcos de presentación de informes, como la DRC de la ABE y la Solvencia de la AESPJ, los problemas aparecen principalmente en los conjuntos de datos basados en registros, expresados como tablas «abiertas». Una tabla abierta es aquella en la que hay un número ilimitado de filas, columnas u hojas. El formato de registro o los datos transaccionales a menudo se organizan en una fila por registro, es decir, varios hechos relacionados se agrupan en una fila. En otras tablas, que contienen relativamente pocos puntos de datos agregados, el rendimiento siempre ha sido bueno para la mayoría de los procesadores XBRL.

La especificación xBRL-CSV se desarrolló específicamente para manejar los problemas resultantes de grandes conjuntos de datos basados en registros. En primer lugar, comprime los datos, por lo que los archivos de informe son más pequeños y fáciles de transmitir. En segundo lugar, si la estructura CSV sigue el diseño de la tabla, es decir, de acuerdo con su «formato de registro», los datos podrían leerse como filas, lo que proporciona una agrupación «natural» de datos asociados, lo que mejora significativamente el rendimiento de las fórmulas XBRL en grandes tablas abiertas.

Esto proporciona una enorme mejora del rendimiento con respecto a xBRL-XML, donde estas tablas se expresan como un solo hecho por fila y un procesador XBRL debe «reagrupar» las filas individuales, lo que obliga a procesadores como XPE de UBPartner a emplear un «optimizador» para determinar la mejor manera de agrupar y filtrar los datos de una fórmula determinada.

Tenga en cuenta que, cuando se combinan grandes conjuntos de datos con numerosas comprobaciones de calidad de datos de bajo nivel, como se crea con el DPM de la EBA, se observa un aumento de los tiempos de procesamiento. Desafortunadamente, el enfoque propuesto por la EBA para la recopilación de datos CRD en xBRL-CSV no ayuda, ya que ha decidido por primera vez introducir completamente la notación DPM directamente en el modelo XBRL seleccionando la siguiente forma fija xBRL-CSV

DPM_ID, Valor, Unidad

Esto es como el modelo xBRL-XML de un hecho por línea y, a continuación, agregar una búsqueda adicional mediante el uso del ‘DPM-ID’ semánticamente vacante como clave en el archivo CSV. Un direccionamiento indirecto que, desde el punto de vista de las ANC locales y de los remitentes, no ofrece ninguna ventaja. En cambio, restringe el rendimiento de la validación y dificulta la conversión entre otros formatos.

La incorporación de capacidades semánticas, como la aritmética tabular, en el modelo subyacente ayuda a los procesadores XBRL a comprender la estructura de los datos con los que están trabajando y, a continuación, se pueden formalizar «optimizadores» para mejorar el rendimiento en función de los datos y su estructura.

Lo anterior también debe vincularse a la especificación XBRL Filing Indicator, que también proporciona un mecanismo para ayudar a dividir grandes conjuntos de datos en secciones lógicas más pequeñas. Estas secciones lógicas se pueden vincular tanto a tablas como a conjuntos de fórmulas. Ser capaz de identificar las subsecciones apropiadas de los datos y sus construcciones taxonómicas asociadas permite a los procesadores XBRL:

· Reducción del alcance de la fórmula y los cálculos, que actualmente se dirigen al conjunto completo de datos.

· Oportunidad de dividir el procesamiento en operaciones más pequeñas, que utilizan un subconjunto del modelo y los datos y tienen el potencial de procesarse de forma independiente.

Mejoras en las fórmulas XBRL

La capacidad de incrustar reglas de validación en una taxonomía es una de las características más potentes de XBRL para el intercambio de datos y la fuente de mejora de la calidad de los datos. Hoy en día, como se ha comentado, tenemos dos métodos: cálculos y fórmula XBRL. La primera es simple y fácil de implementar, pero limitada, mientras que las fórmulas XBRL proporcionan mucho más, pero son difíciles de desarrollar, ya que están vinculadas a XML. Además, un diseñador de una taxonomía ‘abierta’, como ESMA ESEF o para US GAAP, actualmente no puede escribir reglas para verificar la extensión Taxonomy creada por el emisor.

En respuesta al último problema, XBRL US ha creado su propio sistema de reglas (DQR) en una tecnología diferente, XULE. Si bien esto proporciona una solución inmediata, no ayuda a la estandarización en toda la comunidad XBRL.

Como se destacó anteriormente, la XSB anunció recientemente que la Fórmula 2.0, eliminando la dependencia XML y formalizando el uso de XF (fórmula basada en texto). XBRL Rules 3.0 planea hacer una ruptura clara con las especificaciones existentes y se espera que se base en gran medida en la experiencia adquirida por XBRL US. Lo anterior debería ayudar significativamente a los diseñadores de taxonomía y permitir una definición más fácil de las reglas de negocio de calidad con las que comprobar el documento de instancia y cualquier extensión de taxonomía.

Además, XBRL Europe ha reconocido que la arquitectura DPM de la EBA y la AESPJ tiene ciertas características específicas con tres modelos en uno: puntos de datos, plantillas y dimensiones semánticas que necesitan un «puente» para ayudar a pasar a las nuevas características XBRL. Ha creado un grupo de trabajo para revisar ‘XF-DPM’, lo que ayudaría a traducir entre las reglas DPM y las fórmulas XBRL, pero también mejoraría el rendimiento de las fórmulas XBRL resultantes. Sin embargo, seguiría sufriendo la definición de «comprobaciones de calidad de datos» a nivel de punto de datos, por lo que produciría muchas de ellas, en lugar de utilizar la semántica integrada en un modelo XBRL dimensional.

Conclusiones

XBRL sigue creciendo y es compatible con una gama cada vez más amplia de marcos de presentación de informes. La OIM es un paso crucial para garantizar el futuro mediante el soporte de formatos alternativos, sin embargo, la XSB también debe centrarse en recomendaciones que hagan que sea más sencillo y menos intensivo en recursos diseñar y desarrollar una taxonomía XBRL que sea coherente y eficaz.

Cuando la EBA y la AESPJ iniciaron sus viajes XBRL, XBRL proporcionó un método basado en estándares para recopilar los datos que necesitaban para supervisar su mercado. Sin embargo, XBRL no tenía las características que les permitieran modelar los datos en XBRL, y en su lugar utilizaron DPM como herramienta de modelado. Ahora hay pocos incentivos para cambiar esta configuración y, de hecho, la propuesta de reacondicionamiento de DPM de la EBA es mover el marco de informes más hacia la arquitectura DPM.

La comunidad XBRL debe ofrecer un incentivo de este tipo. La XSB ha entregado OIM y el formato XBRL-CSV y ha hecho propuestas significativas sobre la actualización de las fórmulas. Sin embargo, esto no satisface la necesidad de utilizar XBRL como base para un sistema de «gestión maestra de informes». También significa que hay pocos incentivos para que los proveedores proporcionen las herramientas necesarias para ayudar a las ANC, de la misma manera que la ABE y la AESPJ están desarrollando sus propios sistemas de gestión de datos patentados utilizando DPM.

Creemos que la visión de la OIM debe extenderse a:

· Reunificar el conjunto de especificaciones.

· Armonización de dimensiones/tablas/especificaciones de colección.

· Agregue la capacidad de control de versiones.

Desafortunadamente, la especificación de estándares toma tiempo para obtener consenso y luego desarrollar las especificaciones. La comunidad XBRL se basa en voluntarios que contribuyen a este proceso, por lo que es importante que el trabajo sea relevante y prioritario si queremos ver beneficios tangibles en un plazo realista. Los autores sugieren que se empiece por ampliar la hoja de ruta de la OIM para que los usuarios y desarrolladores tengan una imagen más clara de los desarrollos futuros y dar instrucciones a autores como la EBA y la EIOPA.

Los autores son David Bell, Kapil Verma y Martin DeVille de UBPartner. Por favor, envíe comentarios, correcciones y cualquier idea alternativa a info@ubpartner.com


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/how-should-the-xbrl-standard-grow-to-support-large-scale-data-collection/

Comentarios del EFRAG sobre las mejoras anuales del IASB


Publicado el 11 de noviembre de 2023 por Editor

El EFRAG ha publicado un borrador de carta de comentarios sobre el Proyecto de Norma del IASB IASB/AI/ED/2023/1 Mejoras Anuales—Volumen 11, abierto a comentarios hasta el 28 de noviembre de 2023.

El borrador del IASB sugiere modificaciones limitadas a varias Normas de Contabilidad NIIF y las guías que las acompañan, centrándose en áreas como contabilidad de cobertura, ganancias o pérdidas por baja en cuentas y contabilidad de instrumentos financieros.

El EFRAG apoya en general las mejoras propuestas, creyendo que mejorarán la coherencia y la claridad en la aplicación de las normas NIIF. Sin embargo, el EFRAG difiere del IASB sobre los cambios en la baja en cuentas de pasivos por arrendamiento (NIIF 9) y recomienda aclarar la interacción entre la NIIF 9 y la NIIF 16 en un proyecto más limitado.

Participe en la configuración de estos estándares y obtenga más información sobre los comentarios detallados del EFRAG en su borrador de carta de comentarios antes del 28 de noviembre.

COMENTARIO EFRAG IASB


  Puede enviar sus comentarios sobre el borrador de la carta de comentarios de EFRAG utilizando la página «Exprese sus opiniones» en el sitio web de EFRAG, luego abra la noticia correspondiente y haga clic en el enlace «Publicación de comentarios» al final de la noticia. Los comentarios deben enviarse antes del 28 de noviembre de 2023.  

Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad

7 Westferry Circus, Canary Wharf

Londres E14 4HD

Reino Unido

XX diciembre 2023

Estimado Sr. Barckow:

Re: Mejoras anuales del borrador de exposición: volumen 11

En nombre del Grupo Consultivo Europeo de Información Financiera (EFRAG), me dirijo a usted para comentar el Borrador de Exposición IASB/AI/ED/2023/1 Mejoras Anuales – Volumen 11, publicado por el IASB el 12 de septiembre de 2023 (el «DE»).

Esta carta tiene por objeto contribuir al debido proceso del IASB y no indica necesariamente las conclusiones a las que llegaría el EFRAG en su calidad de asesor de la Comisión Europea sobre la aprobación de las Normas NIIF definitivas en la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo.

El EFRAG acoge con satisfacción el paquete de mejoras anuales incluidas en la ED, que consiste principalmente en cambios limitados que, o bien aclaran la redacción de una Norma de Contabilidad NIIF, o bien corrigen consecuencias no deseadas relativamente menores, descuidos o conflictos entre los requisitos de las Normas de Contabilidad NIIF.

El EFRAG está de acuerdo con la mayoría de las modificaciones propuestas y considera que contribuirían a mejorar la aplicación coherente y la comprensión de las Normas de Contabilidad NIIF.

Sin embargo, el EFRAG no está de acuerdo con las modificaciones propuestas a la NIIF 9 sobre la baja en cuentas de los pasivos por arrendamiento y recomienda al IASB que aclare la interacción entre la NIIF 9 y la NIIF 16 como parte de un proyecto normativo de alcance limitado.

Con respecto a la propuesta de modificación de la NIIF 10 sobre agentes de facto, el EFRAG recomienda al IASB que reconsidere si se podría utilizar un enfoque de búsqueda (es decir, aquellos que dirigen las actividades del inversor) para evaluar si una parte es un agente de facto a efectos de los estados financieros consolidados de la entidad.

En el apéndice se exponen los comentarios y respuestas detallados del EFRAG a las preguntas formuladas en el DE.

Si desea discutir más a fondo nuestros comentarios, no dude en ponerse en contacto con Galina Borisova, Mónica Franceschini o conmigo.

Atentamente

Wolf Klinz,

Presidente de la FRB del EFRAG


Apéndice – Respuestas del EFRAG a las preguntas planteadas en el ED

Pregunta 1 – Modificaciones propuestas a la NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

Notas a los mandantes – Resumen de las propuestas en el DE

Contabilidad de coberturas por parte de un adoptante primerizo

1. Las partes interesadas informaron al IASB sobre la posible confusión derivada de una inconsistencia entre la redacción del párrafo B6 de la NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera y los requisitos para la contabilidad de coberturas en la NIIF 9 Instrumentos financieros. El párrafo B6 de la NIIF 1 se refiere a las «condiciones» para la contabilidad de coberturas, mientras que la sección 6.4 de la NIIF 9 establece los «criterios de calificación» para la contabilidad de coberturas. El párrafo B6 de la NIIF 1 fue redactado originalmente para ser consistente con los requerimientos para la contabilidad de coberturas en la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición.

2. El IASB propone modificar los párrafos B5 a B6 de la NIIF 1 sustituyendo la palabra «condiciones» por «criterios de calificación» y añadiendo referencias cruzadas a los párrafos 6.4.1(a)-(c) de la NIIF 9.

3. La NIIF 9, emitida en julio de 2014, modificó los párrafos B1 a B6 de la NIIF 1. Estas modificaciones, entre otras, reemplazaron las referencias a la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Valoración por referencias a la NIIF 9 y, en el párrafo B5 de la NIIF 1, se actualizaron ejemplos de relaciones de cobertura que no califican para la contabilidad de coberturas aplicando la NIIF 9.

4.Tanto la NIIF 9 como la NIC 39 siguen vigentes para la contabilidad de coberturas, dependiendo de la política contable elegida por la entidad al aplicar por primera vez la NIIF 9. Sin embargo, las personas que adoptan por primera vez las Normas de Contabilidad NIIF que aplican la NIIF 1 y la NIIF 9 no tienen la opción de aplicar los requisitos de contabilidad de coberturas de la NIC 39 y, por lo tanto, aplican la NIIF 9.

5. Los párrafos B5 a B6 de la NIIF 1 se redactaron originalmente para ser coherentes con los requerimientos de contabilidad de coberturas de la NIC 39. En el momento de la transición, una entidad aplicó lo que algunos denominan en la práctica un «enfoque de dos etapas» a la contabilidad de coberturas, es decir:

(a) aplicando el párrafo B5 de la NIIF 1, una entidad no reflejó en su estado de situación financiera en la fecha de transición a las Normas de Contabilidad una relación de cobertura de un tipo que no cumpliera los requisitos para la contabilidad de coberturas en la NIC 39; y

(b) aplicando el párrafo B6 de la NIIF 1, si una relación de cobertura era de un tipo que cumplía los requisitos para la contabilidad de coberturas en la NIC 39, pero una entidad no cumplía las condiciones para que una relación de cobertura aplicara la contabilidad de coberturas, la entidad interrumpió la contabilidad de coberturas inmediatamente después de la transición.

6.Cuando los párrafos B5 a B6 de la NIIF 1 incluían referencias a la NIC 39, el párrafo B5 se centraba en la «admisibilidad» de los instrumentos de cobertura o partidas cubiertas, mientras que el párrafo B6 se centraba en las «condiciones», es decir, la designación formal y la documentación, y la eficacia de la cobertura. La NIIF 9 incluye los tres siguientes: elegibilidad, designación formal y documentación, y efectividad de la cobertura, como parte de los «criterios de calificación».

7. En consecuencia, si se lee literalmente, existe una incoherencia entre los requisitos del párrafo B6 de la NIIF 1 y los requisitos del párrafo 6.4.1 de la NIIF 9: la NIIF 9 establece «criterios de calificación» en lugar de «condiciones» para la contabilidad de coberturas.

8. Al emitir la NIIF 9, el IASB no tenía la intención de cambiar los requerimientos, o el enfoque en dos etapas, en los párrafos B5 o B6 de la NIIF 1. El párrafo B5 sigue centrándose en la «admisibilidad» de una relación de cobertura, y el apartado B6 sigue centrándose en los demás aspectos de los «criterios de admisibilidad». El IASB mantuvo la referencia existente a las «condiciones» para la contabilidad de coberturas en el párrafo B6 de la NIIF 1, pero no tenía la intención de hacerlo, lo que fue un descuido menor cuando la NIIF 1 fue modificada por la NIIF 9.

9.Para evitar una percepción errónea de que los requisitos de los párrafos B5 a B6 de la NIIF 1 son incompletos o anulan los criterios de calificación para la contabilidad de coberturas de la NIIF 9, y para dejar sin cambios la aplicación de los requisitos del párrafo B6 de la NIIF 1, el CNIC propone añadir: (a) una referencia cruzada al párrafo 6.4.1

(a) de la NIIF 9 en el párrafo B5 de la NIIF 1; y

(b) una referencia cruzada al párrafo 6.4.1(b)-(c) de la NIIF 9 en el párrafo B6 de la NIIF 1.

10. A juicio del IASB, la adición de las referencias cruzadas mejoraría la accesibilidad y la comprensión de los requisitos.

Pregunta 1 ¿Está de acuerdo con las propuestas del IASB de modificar la NIIF 1 y las directrices que la acompañan de la manera descrita en este Borrador de Exposición? Si no es así, ¿por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué.

Respuesta de EFRAG

11. El EFRAG considera que la sustitución de «condiciones» por «criterios de calificación» aclararía la redacción del párrafo B6 de la NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera y corregiría un descuido menor anterior. Además, la adición de referencias cruzadas a los requisitos de la NIIF 9 Instrumentos financieros en los párrafos B5 y B6 mejoraría la navegabilidad y accesibilidad de las Normas de Contabilidad NIIF.

12. Además, el EFRAG destaca que dichas modificaciones mantendrían la coherencia entre los requisitos de la NIIF 1 y la NIIF 9 y no constituirían un nuevo principio o requisito (ni cambiarían un existente).

13. Por lo tanto, el EFRAG está de acuerdo con la propuesta del CNIC de modificar los párrafos B5 a B6 de la NIIF 1 sustituyendo la palabra «condiciones» por «criterios de admisibilidad» y añadiendo referencias cruzadas a los párrafos 6.4.1(a)-(c) de la NIIF 9.

Pregunta 2 – Modificaciones propuestas a la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar y a las Directrices sobre la aplicación de la NIIF 7

Notas a los mandantes – Resumen de las propuestas en el DE

NIIF 7 – Ganancia o pérdida por baja en cuentas (párrafo B38)

14. El IASB propone modificar el párrafo B38 de la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar para actualizar una referencia cruzada obsoleta.

15. En mayo de 2011, el IASB emitió la NIIF 13 Medición del Valor Razonable y realizó las modificaciones correspondientes a varias Normas de Contabilidad NIIF. Las modificaciones incluyeron la supresión de los párrafos 27 a 27B de la NIIF 7. Sin embargo, el IASB omitió eliminar del párrafo B38 de la NIIF 7 una referencia obsoleta al párrafo 27A de la NIIF 7.

16. Los párrafos 27 a 27B de la NIIF 7 habían establecido los requisitos de información a revelar relacionados con el valor razonable. En particular, el párrafo 27A describe una jerarquía de valor razonable y cómo una entidad clasificaría las mediciones del valor razonable dentro de cada nivel de la jerarquía. El IASB observó que los requerimientos de los párrafos 72 y 73 de la NIIF 13 reemplazaron efectivamente los requerimientos del párrafo 27A de la NIIF 7.

Artículo 17. Por lo tanto, el IASB propone modificar el párrafo B38 de la NIIF 7 para sustituir:

(a) la referencia al párrafo 27A de la NIIF 7 con una referencia a los párrafos 72 y 73 de la NIIF 13; y

b) la frase «insumos que no se basaron en datos de mercado observables» por «insumos no observables» para alinear dicho párrafo con la redacción del párrafo 72 de la NIIF 13.

Orientación sobre la aplicación de la NIIF 7

Introducción

Artículo 18. El IASB propone enmendar el párrafo IG1 para añadir una declaración en la que se aclare que las directrices no ilustran todos los requisitos de la NIIF 7.

Información a revelar de la diferencia diferida entre el valor razonable y el precio de transacción

Artículo 19. El IASB propone modificar el párrafo IG14 de las Directrices sobre la aplicación de la NIIF 7 para mejorar su coherencia con el párrafo 28 de la NIIF 7.

Artículo 20. El párrafo B5.1.2A(b) de la NIIF 9 requiere que una entidad difiera una diferencia entre el valor razonable en el momento del reconocimiento inicial de un instrumento financiero y su precio de transacción, si el valor razonable no está evidenciado por un precio cotizado en un mercado activo para un instrumento idéntico ni se basa en una técnica de valoración que utilice únicamente datos de mercados observables. La entidad reconocerá la diferencia diferida en el resultado del ejercicio en ejercicios posteriores sólo en la medida en que surja de un cambio en un factor (incluido el tiempo) que los participantes en el mercado tendrían en cuenta al fijar el precio del instrumento. El párrafo 28 de la NIIF 7 requiere que la entidad revele información, incluyendo su política contable y el importe agregado que aún no se ha reconocido en resultados, sobre la diferencia diferida entre el valor razonable y el precio de transacción.

Artículo 21. Cuando el IASB emitió la NIIF 13 en mayo de 2011, modificó el párrafo 28 de la NIIF 7  para alinear la redacción de ese párrafo con los conceptos y la terminología utilizados en la NIIF 13; sin embargo, el IASB omitió modificar el párrafo IG14, que ilustra algunos de los requisitos de información a revelar en el párrafo 28 de la NIIF 7. En consecuencia, parte de la redacción del párrafo IG14 no es coherente con la del párrafo 28.

Artículo 22. El IASB propone resolver estas inconsistencias modificando el párrafo IG14 para que su redacción se ajuste a los requerimientos del párrafo 28 y a los conceptos y terminología utilizados en las NIIF 9 y 13. Las enmiendas propuestas también mejorarían la coherencia interna del ejemplo del párrafo IG14.

Información sobre el riesgo de crédito

Artículo 23. El IASB propone modificar el párrafo IG20B de las Directrices sobre la aplicación de la NIIF 7 para simplificar su redacción.

Artículo 24. Las partes interesadas informaron al IASB sobre una posible falta de claridad en el párrafo IG20C porque en ese párrafo no se indica que el ejemplo no ilustra todos los requisitos del párrafo 35M de la NIIF 7.

Artículo 25. El párrafo IG20B, que ilustra la aplicación de los requisitos de los párrafos 35H a 35I de la NIIF 7, establece: «este ejemplo no ilustra los requisitos para los activos financieros adquiridos u originados con deterioro crediticio». Las partes interesadas informaron al IASB de que esta declaración podría inducir a los lectores a esperar que en el párrafo IG20C también se indicara que no ilustra los requisitos particulares del párrafo 35M de la NIIF 7.

Artículo 26. El IASB propone resolver la falta de claridad en el párrafo IG20C y la inconsistencia entre éste y el párrafo IG20B modificando lo siguiente:

(a) el párrafo IG1 para indicar que las directrices de implementación que acompañan a la NIIF 7 no ilustran todos los requisitos de la NIIF 7; y

b) el párrafo IG20B para simplificar la explicación de los aspectos de los requisitos que no se ilustran.

Pregunta 2 ¿Está de acuerdo con las propuestas del IASB para modificar la NIIF 7 y las directrices que la acompañan de la manera descrita en este Borrador de Exposición? Si no es así, ¿por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué.

Respuesta de EFRAG

Modificaciones a la NIIF 7

Artículo 27. EFRAG está de acuerdo con la propuesta del IASB de modificar el párrafo B38 de la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar para sustituir la referencia al párrafo 27A de la NIIF 7 por una referencia a los párrafos 72 y 73 de la NIIF 13 Medición del valor razonable, que sustituyó efectivamente a los requerimientos del párrafo 27A de la NIIF 7 trasladada a la NIIF 13 en 2011.

Artículo 28. Además, el EFRAG apoya la propuesta del IASB de alinear la redacción del párrafo B38 de la NIIF 7 con la redacción del párrafo 72 de la NIIF 13, lo que mejoraría la coherencia entre las Normas de Contabilidad NIIF.

Modificaciones a las Directrices sobre la aplicación de la NIIF 7

Artículo 29. El EFRAG señala que las directrices para su aplicación no forman parte de las Normas de Contabilidad NIIF y, por lo tanto, no están aprobadas por la UE.

Artículo 30. El EFRAG acoge con satisfacción las modificaciones propuestas al párrafo IG14, ya que armonizarían la redacción de dicho párrafo con la redacción del párrafo 28 de la NIIF 7 y, en consecuencia, con los conceptos y la terminología utilizados en las NIIF 9 y la NIIF 13, a las que se refiere la presente guía de aplicación.

Artículo 31. El EFRAG señala además que el párrafo 35M, letra c), de la NIIF 7 exige que se revele por separado información cuantitativa y cualitativa sobre los importes derivados de las pérdidas crediticias esperadas de los activos financieros adquiridos u originados con deterioro crediticio («POCI»). Los párrafos IG20B e IG20C no incluyen ejemplos de información a revelar para los activos POCI requeridos por el párrafo 35M(c) de la NIIF 7. Sin embargo, este hecho sólo se menciona específicamente en el párrafo IG20B. No obstante, el EFRAG señala que en el párrafo IG20A ya se afirma que «estas ilustraciones no abordan todas las formas posibles de aplicar los requisitos de divulgación».

Artículo 32. EFRAG cuestiona la necesidad de enunciar en cada ejemplo todos los requisitos que no aborda. No obstante, en general, el EFRAG está de acuerdo con la propuesta del IASB de hacer una declaración genérica en el párrafo IG1, en el sentido de que «la guía no ilustra todos los requisitos de la NIIF 7…», lo que se ve reforzado por el párrafo IG20A. El EFRAG también está de acuerdo con un cambio menor propuesto en el párrafo IG20B.

El EFRAG acoge con satisfacción las modificaciones propuestas al párrafo IG14, ya que armonizarían la redacción de dicho párrafo con la redacción utilizada en el párrafo 28 de la NIIF 7 (y, en consecuencia, con los conceptos y la terminología utilizados en las NIIF 9 y la NIIF 13), a las que se refiere la presente guía de aplicación.

Pregunta 3 – Modificaciones propuestas a la NIIF 9 Instrumentos financieros

Notas a los mandantes – Resumen de las propuestas en el DE

Baja en cuentas de pasivos por arrendamiento

Artículo 33. El IASB propone modificar el párrafo 2.1(b)(ii) de la NIIF 9 Instrumentos Financieros para añadir una referencia cruzada al párrafo 3.3.3 de dicha Norma. El propósito de la enmienda propuesta es resolver la posible confusión para un arrendatario que aplique los requisitos de baja en cuentas de la Norma.

Artículo 34. Las partes interesadas informaron al IASB sobre la falta de claridad en torno a la contabilización de un arrendatario por la baja en cuentas de un pasivo por arrendamiento. En la NIIF 9, el párrafo 2.1(b)(ii) incluye una referencia cruzada al párrafo 3.3.1, pero no al párrafo 3.3.3. La falta de una referencia cruzada al párrafo 3.3.3 puede afectar al ajuste correspondiente que efectúe un arrendatario cuando se haya extinguido su pasivo por arrendamiento y el arrendatario elimine dicho pasivo de su estado de situación financiera. Algunas partes interesadas informaron al IASB de que no está claro si un arrendatario reconoce la ganancia o pérdida al extinguirse el pasivo por arrendamiento en resultados de acuerdo con el párrafo 3.3.3 de la NIIF 9, o de otra manera, como por ejemplo realizando un ajuste correspondiente al activo por derecho de uso reconocido de acuerdo con la NIIF 16 Arrendamientos.

Artículo 35. La IASB tenía la intención de que el arrendatario aplicara, en secuencia, los párrafos 3.3.1 y 3.3.3, y la falta de una referencia cruzada al párrafo 3.3.3 en el párrafo 2.1 b) ii) constituía un descuido. Por lo tanto, el IASB propone enmendar el párrafo 2.1(b)(ii) para agregar una referencia cruzada al párrafo 3.3.3.

Artículo 36. El IASB propone que el arrendatario aplique la modificación del párrafo 2.1(b)(ii) a los pasivos por arrendamiento que se extingan en o después del comienzo del ejercicio anual sobre el que se informa en el que el arrendatario aplica por primera vez la modificación. A juicio del IASB, los beneficios esperados de que un arrendatario aplicara retrospectivamente la modificación propuesta no superarían los costos potenciales.

Precio de la transacción

Artículo 37. El IASB propone modificar el párrafo 5.1.3 y el Apéndice A de la NIIF 9 para aclarar el uso del término «precio de transacción» en la Norma.

Artículo 38. Las partes interesadas informaron al IASB sobre la posible confusión derivada de una referencia en el Apéndice A de la NIIF 9 a la definición de «precio de transacción» en la NIIF 15 Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes. El término «precio de transacción» se utiliza en algunos párrafos de la NIIF 9 con un significado que no es necesariamente coherente con la definición de dicho término en la NIIF 15.

Artículo 39. El IASB observó dos formas en las que la NIIF 9 utiliza el término «precio de transacción»:

(a) tal como se define en la NIIF 15 – en el párrafo 5.1.3 en el contexto de las cuentas por cobrar comerciales; y

(b) como el valor razonable de la contraprestación dada o recibida, en los párrafos 5.1.1A, B5.1.1 y B5.1.2A de la NIIF 9.

Artículo 40. Los dos usos de «precio de transacción» en la NIIF 9 no son los mismos porque:

(a) como se establece en el párrafo 47 de la NIIF 15, una entidad considera los términos de un contrato y sus prácticas comerciales habituales para determinar el precio de transacción. El precio de la transacción es el importe de la contraprestación a la que una entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o servicios prometidos a un cliente, excluyendo los importes cobrados por cuenta de terceros. En otras palabras, el precio de transacción, tal como se define en la NIIF 15, es una medida específica de la entidad.

(b) como se establece en el párrafo 2 de la NIIF 13 Medición del Valor Razonable, el valor razonable (de la contraprestación recibida o pagada) es una medida basada en el mercado, no una medida específica de la entidad.

Artículo 41. Los requisitos de la NIIF  9 establecen claramente cuándo se utiliza el «precio de transacción», tal como se define en la NIIF 15, y cuándo no. En opinión del IASB, mantener una referencia al «precio de transacción» (tal como se define en la NIIF 15) en el Apéndice A de la NIIF 9 es innecesario y potencialmente confuso. En consecuencia, el IASB propone suprimir la referencia.

Artículo 42. Además, las partes interesadas informaron al IASB sobre la falta de coherencia entre el párrafo 5.1.3 de la NIIF 9 y los requisitos de la NIIF 15. Una entidad que aplique el párrafo 105 de la NIIF 15 presenta cualquier derecho incondicional a la consideración por separado como un crédito por cobrar, pero el crédito por cobrar podría medirse, en el momento del reconocimiento inicial, por un importe que no sea necesariamente el mismo que el importe del precio de transacción reconocido como ingreso ordinario (como se ilustra en los ejemplos 39 y 40 que acompañan a la NIIF 15). Por lo tanto, el IASB propone modificar el párrafo 5.1.3 de la NIIF 9 para sustituir «su precio de transacción (tal como se define en la NIIF 15)» por «el importe determinado mediante la aplicación de la NIIF 15».

Pregunta 3 ¿Está de acuerdo con las propuestas del IASB para modificar la NIIF 9 y las directrices que la acompañan de la manera descrita en este Borrador de Exposición? Si no es así, ¿por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué.

Respuesta de EFRAG

Baja en cuentas de pasivos por arrendamiento

Artículo 43. El EFRAG señala que la modificación propuesta surgió de una presentación al Comité de Interpretación de las NIIF («CI de las NIIF») en relación con la contabilidad del arrendatario de la concesión de alquileres a través de una modificación del contrato de arrendamiento (véase la presentación «Contabilización del arrendatario de los pagos de arrendamiento condonados (concesión de alquiler)» analizada en marzo de 2023). Durante el debate, algunos miembros del CI de las NIIF expresaron su preocupación por la conclusión propuesta por el personal del CNIC en relación con la NIIF 16 Arrendamientos, pero aprobaron la conclusión relativa a la NIIF 9. Por lo tanto, el EFRAG destaca que esta propuesta de modificación seguiría sin abordar la interacción entre la NIIF 9 y la NIIF 16 cuando la extinción de un pasivo por arrendamiento surge de una modificación del arrendamiento que solo implica un cambio en la contraprestación pagada.

Artículo 44. Como se explica en el documento 12A del orden del día de la reunión del IASB de mayo de 2023, hay más de una forma de leer los requisitos sobre cómo un arrendatario realiza el ajuste correspondiente cuando su pasivo por arrendamiento se ha extinguido y elimina ese pasivo de su estado de situación financiera aplicando el párrafo 3.3.1 de la NIIF 9. El arrendatario podría: (a) reconocer la ganancia o pérdida en resultados aplicando el párrafo 3.3.3 de la NIIF 9, pero no está obligado a hacerlo porque el párrafo 2.1(b)(ii) de la NIIF 9 no se refiere al párrafo 3.3.3 de la NIIF 9, o (b) realizar el ajuste correspondiente a su activo por derecho de uso reconocido aplicando la NIIF 16.

Artículo 45. En opinión del EFRAG, la modificación propuesta no resolverá el conflicto entre la NIIF 9 y la NIIF 16 porque un cambio en un acuerdo de arrendamiento que dé lugar (solo o junto con otros cambios) a la extinción de un pasivo por arrendamiento (o una parte del mismo) de acuerdo con la NIIF 9 cumple con la definición de modificación de arrendamiento en el Apéndice A de la NIIF 161.

Artículo 46. El EFRAG señala además que el párrafo 46(b) de la NIIF 16 requiere que los arrendatarios contabilicen la revaloración de un pasivo por arrendamiento como un ajuste correspondiente al activo por derecho de uso, con la única excepción de las modificaciones del arrendamiento que resulten en una terminación total o parcial de un arrendamiento, como se ilustra en el Ejemplo ilustrativo 19 de la NIIF 16.

Artículo 47. Algunos opinan que la aplicación de la NIIF 16 por precedencia a la NIIF  9 es coherente con la aplicación de la norma más pertinente a una transacción concreta (un arrendamiento) y que dicho enfoque da lugar a un resultado contable que representa fielmente la sustancia de una modificación del arrendamiento y que alinea estrechamente el reconocimiento de ganancias o pérdidas con un cambio correspondiente en los derechos y obligaciones del arrendatario en virtud del arrendamiento por las razones explicadas en el párrafo BC204 de la NIIF 16.

Artículo 48. El EFRAG también señala que no todas las extinciones de pasivos financieros se contabilizan como ganancia o pérdida inmediata en el resultado del ejercicio. Por ejemplo, cualquier descuento concedido por un proveedor de bienes a un comprador se contabilizaría normalmente como una reducción en el costo de las existencias por parte del comprador y no como una ganancia en el resultado del ejercicio, de acuerdo con el párrafo 3.3.3 de la NIIF 9.

Artículo 49.Además, en opinión de algunos, la modificación  propuesta puede incluso hacer más evidente el conflicto, ya que muchos han interpretado el párrafo 2.1(b)(ii) de la NIIF 9 tal y como está redactado actualmente para excluir intencionadamente (en lugar de ser un descuido) cualquier referencia al párrafo 3.3.3 de la NIIF 9: en su opinión, el párrafo 3.3.1 de la NIIF 9 es útil para proporcionar orientación sobre cuándo se extingue parte de un pasivo por arrendamiento antes de la modificación del arrendamiento requisitos de la NIIF 16.

Artículo 50. Por último, el EFRAG también cuestiona si la enmienda propuesta cumple con los criterios establecidos en los párrafos 6.10 y 6.11 del Manual del Debido Proceso del IASB porque, en opinión de varias partes interesadas, no aborda un descuido o consecuencias no deseadas relativamente menores.

Artículo 51. Por lo tanto, el EFRAG no está de acuerdo con la enmienda propuesta y recomienda al IASB que aclare la interacción entre la NIIF 9 y la NIIF 16 como parte de un proyecto normativo de alcance limitado.

Precio de la transacción

Artículo 52.El EFRAG  observa que esta cuestión, aunque no se incluyó en el proyecto de carta de comentarios del EFRAG en respuesta a la Solicitud de Información – Revisión posterior a la implementación de la NIIF 15 Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes («PIR de la NIIF 15») porque se calificaba como una cuestión de baja prioridad, también ha sido planteada por algunos auditores en el contexto del PIR de la NIIF 15 al discutir la interacción con otras Normas de Contabilidad NIIF. En particular, se destacó que la NIIF 9 no parece prever escenarios en los que el importe de una cuenta por cobrar pueda diferir del precio de transacción que, en cambio, contempla la NIIF 15 en caso de contraprestación, rebaja o reembolso variable (como se muestra en el Ejemplo ilustrativo 40 que acompaña a la NIIF 15).

Artículo 53. Por lo tanto, el EFRAG está de acuerdo con las modificaciones propuestas al párrafo 5.1.3 y al apéndice A de la NIIF 9 al eliminar la referencia al «precio de transacción» tal como se define en la NIIF 15, ya que evitaría confusiones y mejoraría la coherencia entre la NIIF 9 y la NIIF 15 cuando se hace referencia al precio de transacción relacionado con los ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes.

Pregunta 4 – Modificaciones propuestas a la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados

Notas a los mandantes – Resumen de las propuestas en el DE

Determinación de la existencia de un «agente de facto»

Artículo 54. El IASB propone modificar la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados para eliminar del párrafo B74 una inconsistencia con el párrafo B73.

Artículo 55. Las partes interesadas informaron al IASB de que los requisitos de los párrafos B73 y B74 de la NIIF 10 podrían, en algunas situaciones, ser contradictorios. El párrafo B73 se refiere a los «agentes de hecho» como partes que actúan en nombre del inversor y establece que la determinación de si otras partes actúan como agentes de hecho requiere juicio. Sin embargo, la segunda frase del párrafo B74 incluye un lenguaje más concluyente y establece que una parte es un agente de facto cuando quienes dirigen las actividades del inversor tienen la capacidad de ordenar a esa parte que actúe en nombre del inversor.

Artículo 56. Por lo tanto, el IASB propone enmendar el párrafo B74 para utilizar un lenguaje menos concluyente. A juicio del IASB, las enmiendas propuestas eliminarían la incompatibilidad con el requisito de utilizar el criterio en el párrafo B73. Las enmiendas propuestas también serían coherentes con la redacción de la primera frase del párrafo B75, que incluye una lista de ejemplos de otras partes que podrían actuar como agentes de facto del inversor.

Pregunta 4 ¿Está de acuerdo con las propuestas del IASB para modificar la NIIF 10 y las directrices que la acompañan de la manera descrita en este Borrador de Exposición? Si no es así, ¿por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué.

Respuesta de EFRAG

Artículo 57. El EFRAG acoge con satisfacción la intención del IASB de eliminar la incoherencia entre el requisito de utilizar el juicio en el párrafo B73 y el párrafo B74 modificando el párrafo B74 utilizando un lenguaje menos concluyente.

Artículo 58. El EFRAG reconoce que las modificaciones propuestas al párrafo B74 de la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados dejan sin resolver una serie de cuestiones en la evaluación del agente de facto. Por ejemplo, no explica por qué sería apropiado incluir la consideración de las participaciones en una participada por parte del accionista mayoritario de un inversor a la hora de evaluar la influencia del inversor sobre una participada.

Artículo 59. Se ha informado al EFRAG de que se trata de una preocupación que muchos mandantes (incluidos los preparadores, auditores y ejecutores) comparten en la práctica. En opinión de estos mandantes, el IASB debería aclarar que debe aplicarse un enfoque descendente para evaluar el control y, en consecuencia, que no debe ser posible considerar a la matriz última de un inversor como un agente del inversor.

Artículo 60. Sin embargo, el EFRAG señala que el propósito de la enmienda propuesta de alcance limitado no es cambiar la forma en que se realiza la evaluación del control, lo que va más allá del alcance del proyecto de mejoras anuales, sino permitir una mayor flexibilidad en el uso del juicio al considerar la naturaleza de una relación con otras partes.

Artículo 61. Teniendo esto en cuenta, en general, el EFRAG está de acuerdo con las modificaciones propuestas al párrafo B74 de la NIIF 10, pero recomienda al IASB que reconsidere si, al evaluar si una parte es un agente de facto de una entidad, la entidad necesita mirar hacia arriba a los poderes que tiene su matriz sobre esa parte. Esto parecería apartarse del principio bien establecido de considerar únicamente las facultades y habilidades para dirigir a otras partes en poder de una entidad, es decir, mirar hacia abajo, al evaluar a los agentes de facto o, en general, el control sobre otras partes a los efectos de los estados financieros consolidados de la entidad.

Pregunta 5 – Modificaciones propuestas a la NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo

Notas a los mandantes – Resumen de las propuestas en el DE

Método del coste

Artículo 62. El IASB propone modificar el párrafo 37 de la NIC 7 para eliminar una referencia al «método del costo» que ya no está definida en las Normas de Contabilidad NIIF.

Artículo 63. En mayo de 2008, el IASB modificó las Normas de Contabilidad NIIF mediante la publicación del Costo de una Inversión en una Subsidiaria, Entidad Controlada Conjuntamente o Asociada, que modificó la NIIF 1 y la NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados. Como parte de esas modificaciones, el IASB eliminó la definición de «método del costo» de las Normas de Contabilidad NIIF.

Artículo 64. El párrafo 37 de la NIC 7 incluye una referencia al término «método del coste», cuya retención fue un descuido menor. Por lo tanto, el IASB propone modificar el párrafo 37 para sustituir el término «método del coste» por «al coste».

Pregunta 5 ¿Está de acuerdo con las propuestas del IASB de modificar la NIC 7 y las directrices que la acompañan de la manera descrita en este Borrador de Exposición? Si no es así, ¿por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué.

Respuesta de EFRAG

Artículo 65. El EFRAG está de acuerdo con la propuesta del CNIC de modificar el párrafo 37 de la NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo para sustituir el término «método del coste» por «al coste», ya que corregiría un descuido menor previo y garantizaría el uso coherente de la terminología.


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/efrag-comments-on-iasbs-annual-improvements/

Cálculos 1.1 – Deshacerse del ruido


Publicado el 14 de enero de 2024 por Editor

Los cálculos XBRL pueden desempeñar un papel importante a la hora de garantizar la calidad y precisión de un informe financiero y pueden detectar errores tanto en el etiquetado XBRL como en los números subyacentes. Lamentablemente, hasta ahora, los informes de validación de cálculos se han visto obstaculizados por falsos positivos: mensajes de validación que no reflejan problemas reales en el informe.

La actualización de la especificación Calculations 1.1 de febrero de 2023 ofrece una mejora incremental a las funciones de cálculo XBRL existentes y tiene como objetivo reducir estos falsos positivos. En una publicación de blog de esta semana, analizamos una muestra de informes europeos en formato electrónico único (ESEF) para ver qué tan efectivo ha sido Cálculos 1.1 para limpiar los informes de validación.

Sumérgete profundamente aquí.

Especificaciones de Calc 1.1


Cálculos 1.1: deshacerse del ruido

Publicado el 11 de enero de 2024 por Revathy Ramanan

Los cálculos XBRL pueden desempeñar un papel importante a la hora de garantizar la calidad y precisión de un informe financiero y pueden detectar errores tanto en el etiquetado XBRL como en los números subyacentes. Lamentablemente, hasta ahora, los informes de validación de cálculos se han visto obstaculizados por falsos positivos: mensajes de validación que no reflejan problemas reales en el informe.

La actualización de la especificación Calculations 1.1 de febrero de 2023 ofrece una mejora incremental a las funciones de cálculo XBRL existentes y tiene como objetivo reducir estos falsos positivos. En esta publicación de blog, veremos una muestra de informes europeos en formato electrónico único (ESEF) para ver qué tan efectivo ha sido Cálculos 1.1 para limpiar los informes de validación.

El árbol de cálculo en una taxonomía XBRL describe relaciones totales y subtotales simples entre conceptos, como “Activos = Activos corrientes + Activos no corrientes”. Si los valores de hecho en un informe XBRL no cuadran según las relaciones de cálculo en la taxonomía, el software de validación XBRL marcará esta discrepancia como una inconsistencia de cálculo.

Las cifras numéricas en los informes legibles por humanos suelen estar escaladas y redondeadas para una mejor legibilidad. Este redondeo crea un problema para la validación de la coherencia del cálculo. No es raro ver algo similar a los valores que se muestran en el extracto del balance que se muestra en la Figura 1.

Figura 1: Extracto del balance

Aunque a primera vista estos números no cuadran (4,1+ 6,1 ≠ 10,3), una vez que se considera que estas cifras presentadas se han redondeado al millar más cercano, no hay inconsistencia aquí. Consulte esta publicación de blog sobre cuestiones de redondeo para obtener una discusión más detallada al respecto.

Cálculos 1.0 (funcionalidad de cálculos existente) señalaría esto como una inconsistencia en el cálculo, ya que calcula los totales en función de los valores informados sin considerar los efectos del redondeo. Como las cifras subyacentes pueden satisfacer la relación de cálculo prescrita, esta inconsistencia señalada se consideraría un falso positivo.

Los cálculos 1.1 tienen en cuenta la precisión declarada de las cifras reportadas y no señalarán un error si las cifras reportadas podrían haberse redondeado a partir de un conjunto de cifras que satisfacen la relación de cálculo prescrita, como es el caso en el ejemplo anterior.

Para este blog, tomamos una muestra de más de 3000 informes y comparamos los resultados de la aplicación de la validación de Cálculos 1.0 y 1.1 para evaluar qué tan efectivo es el Cálculo 1.1 para minimizar los resultados falsos positivos.

Se tomó para análisis una muestra de informes europeos en formato electrónico único (ESEF) con un período de informe que finaliza el 31 de diciembre de 2022. Estos 3.080 informes se obtuvieron de fileings.xbrl.org de XBRL International, un repositorio de presentaciones XBRL en línea. Estas presentaciones se presentaron originalmente a los reguladores y recopiladores de datos nacionales según el mandato regulatorio.

El análisis se centró en identificar la cantidad de inconsistencias de cálculo señaladas en los Cálculos 1.0 y 1.1 para el mismo conjunto de informes. Los resultados comparativos se presentan en la Figura 2.

Figura 2: Recuento de inconsistencias en el cálculo

El número total de inconsistencias en los cálculos entre los 3.000 informes del ESEF fue de 17.585 en los Cálculos 1.0 y de 2.696 en los Cálculos 1.1. La reducción significativa de las inconsistencias se debe principalmente a un mejor manejo de cifras redondeadas, lo que resulta en muchos menos falsos positivos.

En algunos informes también se ve que el número de inconsistencias en realidad aumentó en comparación con los Cálculos 1.0. Esto suele deberse a la presencia de hechos duplicados inconsistentes y suele ser indicativo de un problema real ya sea en el etiquetado o en las cifras reportadas.

Desde la perspectiva de un preparador, esta reducción significativa de falsos positivos significa que pueden y deben centrarse en las inconsistencias restantes, que a menudo apuntan a errores reales ya sea en el etiquetado o en los números reportados. Tenga en cuenta que los Cálculos 1.1 aún pueden generar falsos positivos en algunas circunstancias.

Este análisis de inconsistencia de cálculo de los informes ESEF proporciona evidencia convincente para cambiar al Cálculo 1.1 para reducir los falsos positivos debido al redondeo en los informes. Lea sobre la ruta de adopción recomendada para la transición a Cálculos 1.1 en este documento de orientación independiente.


1. Resumen

XBRL v2.1 proporciona un mecanismo para definir las relaciones de cálculo que existen entre conceptos XBRL y un proceso para verificar si los hechos en un informe XBRL son consistentes con esas relaciones. El proceso de verificación de coherencia tiene una serie de deficiencias, que pueden provocar fallos de coherencia erróneos en valores redondeados y fallos de coherencia omitidos cuando hay hechos duplicados.

Esta especificación define una funcionalidad de cálculo alternativa destinada a abordar estas deficiencias.

2. Convenciones de documentación

2.1 Espacios de nombres y prefijos de espacios de nombres

Esta especificación utiliza la notación QName para códigos de error. Los prefijos QName utilizados en esta especificación deben interpretarse según la siguiente tabla:

2.2 Códigos de error

Los QNames en texto rojo entre paréntesis después de una declaración «DEBE» o «NO DEBE» prescriben códigos de error estandarizados que se utilizarán si se viola la condición anterior.

Las declaraciones «DEBE» y «NO DEBE» sin un código de error explícito definen el comportamiento de no validación requerido por el procesador, o pueden referirse a una validación para la cual los códigos de error están prescritos por otra especificación.

2.3 Texto explicativo no normativo

El texto en un cuadro con borde azul no es normativo. Su objetivo es proporcionar comentarios explicativos adicionales y forma parte de la especificación formal.

3. Descripción general

Esta especificación define un proceso para verificar la coherencia del cálculo de los hechos en un informe XBRL con relaciones definidas en una taxonomía XBRL y prescribe códigos de error que se generarán si se descubre que un informe es inconsistente (consulte la Sección 5.2).

La especificación define un nuevo arcorol que se utiliza para definir relaciones de cálculo a las que se aplica la semántica definida en esta especificación. Los procesadores que implementan esta especificación pueden aplicar opcionalmente la semántica descrita en esta especificación a las relaciones definidas utilizando la función de «elemento de suma» de la especificación XBRL v2.1 (consulte la Sección 4.1).

3.1 Estado de validación

Esta especificación define códigos de error que DEBE generar un procesador conforme cuando se detectan inconsistencias en los cálculos. Los errores de inconsistencia en los cálculos no invalidan un informe XBRL y los procesadores PUEDEN continuar procesando documentos que contengan dichos errores.

3.2 Compatibilidad OIM

Esta especificación hace uso de definiciones del Modelo de Información Abierto y se puede aplicar a informes XBRL en cualquier formato compatible con OIM, incluidos xBRL-XML (documentos de instancia XBRL v2.1), xBRL-JSON y xBRL-CSV.

xBRL-XML La Sección 2.1 define las restricciones que los informes xBRL-XML deben cumplir para poder cargarse en el Modelo de Información Abierto. Los procesadores conformes DEBEN aplicar las restricciones de la siguiente manera:

  • Si los únicos errores generados son xbrlxe:unsupportedTuple, los errores se reemplazan con una advertencia no fatal (calc11e:tuplesInReportWarning) y el procesamiento definido por esta especificación continúa como si las tuplas (y cualquier relación de nota al pie en la que se encuentren) implicados) no estaban presentes.
  • Si se genera algún otro error, se reemplaza con una advertencia no fatal (calc11e:oimIncompatibleReportWarning) y no se realiza ningún procesamiento adicional de Cálculos 1.1.

Esta especificación no limita cuántas veces se informa cada advertencia. Los procesadores PUEDEN reemplazar todos xbrlxelos errores con una única instancia de la advertencia relevante, o PUEDEN producir una advertencia por error.

4. Definición de cálculo

4.1 Relaciones suma-ítem

Una relación sumatoria-elemento es una relación efectiva definida por un calculationArcelemento con http://www.xbrl.org/2003/arcrole/summation-itemohttps://xbrl.org/2023/arcrole/summation-item.

Una relación de cálculo XBRL v2.1 es una relación de elementos de suma con una función de arco de http://www.xbrl.org/2003/arcrole/summation-item.

Una relación de Cálculos v1.1 es una relación de suma-elemento con un arco de https://xbrl.org/2023/arcrole/summation-item (consulte el Apéndice A).

Una relación efectiva es una relación XLink que no ha sido prohibida o anulada por un arco con una prioridad más alta, como se describe en XBRL v2.1 sección 3.5.3.9.7.

La validación de cálculos v1.1 es el proceso de aplicar la verificación de cálculos descrita en la Sección 5.

La verificación de la coherencia del cálculo XBRL v2.1 es el proceso del comportamiento descrito en la sección 5.2.5.2 de XBRL v2.1 y la señalización de inconsistencias entre un informe XBRL y las relaciones de cálculo XBRL v2.1.

Un procesador que implemente esta especificación DEBE aplicar la validación de Calculations v1.1 a las relaciones de Calculations v1.1.

Los procesadores PUEDEN proporcionar un modo de operación que permita aplicar la validación de Cálculos v1.1 a las relaciones de cálculo XBRL v2.1. Procesadores que hacen esto:

XBRL v2.1 no prescribe ningún comportamiento para las relaciones de Cálculos v1.1 y NO DEBE aplicarse a ellas la comprobación de coherencia de los cálculos de XBRL v2.1 .

Las relaciones de cálculo v1.1 y las relaciones de cálculo XBRL v2.1 forman dos redes completamente independientes, y en el caso de que ambas estén presentes en la misma taxonomía, la validación DEBE aplicarse a cada red por separado.

4.2 Estructura de cálculo

Los cálculos se definen en una taxonomía utilizando relaciones de suma-elemento.

Un cálculo es el conjunto de todas las relaciones sumatorias-elementos que comparten un concepto total común , una función de enlace extendida común y una función de arco común (consulte la Sección 4.1).

NO DEBE haber más de una relación de elemento de suma con el mismo concepto total y el mismo concepto contribuyente dentro de un solo cálculo (calc11e:duplicateCalculationRelationships). Tenga en cuenta que la sección 3.5.3.9.7.5 de XBRL v2.1 prescribe cierta de duplicación de relaciones, que DEBE aplicarse antes de esta verificación.

5. Aplicación de cálculo

Se puede comprobar la coherencia de un informe con un conjunto de cálculos y se genera un error siempre que los hechos informados no sean coherentes con los cálculos definidos. Cada cálculo se verifica siempre que haya suficientes datos alineados dimensionalmente para que se «vinculen», como se describe en la Sección 5.1.

5.1 Vinculación del cálculo

Un punto de datos informado es un conjunto de valores de dimensión para el cual existe al menos un hecho con ese conjunto de valores de dimensión como su propiedad {dimensiones} y que tiene un valor distinto de nulo. La definición OIM de valor de dimensión igual se utiliza al comparar valores de dimensión.

Un cálculo es vinculante siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

Dos puntos de datos informados, a y b, están alineados dimensionalmente si para cada dimensión que no sea la dimensión central del concepto en la propiedad {dimensiones} de a, la misma dimensión está presente en b con un valor de dimensión igual.

5.2 Comprobación de coherencia

Cuando un cálculo es vinculante, la coherencia del cálculo se determina de la siguiente manera:

Si el modo de redondeo es «redondear al más cercano», el código de error calc11e:inconsistentCalculationUsingRounding DEBE generarse para cada vinculación de un cálculo que no sea consistente.

Si el modo de redondeo es «truncamiento», el código de error calc11e:inconsistentCalculationUsingTruncation DEBE generarse para cada enlace de un cálculo que no sea consistente.

5.2.1 Modo de redondeo

Para establecer la coherencia de un cálculo, es necesario conocer el conjunto de valores posibles a partir de los cuales se puede haber redondeado un valor informado. Esto dependerá del método de redondeo que se haya utilizado. Esta especificación define dos posibles modos de redondeo.

El modo de redondeo define cómo se han obtenido los valores que se han reportado con una precisión finita y es uno de:

Los procesadores que implementan esta especificación deben admitir ambos modos de redondeo. Se DEBE utilizar un modo de redondeo único de manera consistente para todos los cálculos de un informe. El modo de redondeo utilizado DEBE ser una opción de configuración de tiempo de ejecución.

5.2.2 Intervalo de valor de hecho

El intervalo de valor de hecho para un hecho es el rango de valores posibles desde los cuales el valor de hecho informado es consistente con haber sido redondeado o truncado, según el modo de redondeo.

5.2.3 Intervalo de valores de hecho redondeados

El intervalo de valor de hecho redondeado para un hecho es el rango de valores posibles desde los cuales el valor de hecho informado es consistente con haber sido redondeado, lo que permite que un valor «mitad» se haya redondeado hacia arriba o hacia abajo. Para un hecho con {valor}vy propiedad finita de {decimales}d, se define como:

[v-0.5*10^(0-d), v+0.5*10^(0-d)]

Para un hecho con una propiedad {decimales} de «infinito», se define como el intervalo de un solo punto:

[v, v]

5.2.4 Intervalo de valor de hecho truncado

El intervalo de valor de hecho truncado para un hecho es el rango de valores posibles desde los cuales el valor de hecho informado es consistente con haber sido truncado. Para un hecho con {valor} vy propiedad finita de {decimales}d, el intervalo se obtiene de la siguiente manera:

El valor informado vprimero se trunca a su precisión indicada, reemplazando cualquier dígito distinto de cero a la derecha del denésimo lugar decimal con cero.

El intervalo es entonces:

Si v > 0:

[v, v+10^(0-d))

Si v < 0:

(v-10^(0-d), v]

Si v == 0:

(v-10^(0-d), v+10^(0-d))

Para un hecho con una propiedad {decimales} de «infinito», se define como el intervalo de un solo punto:

[v, v]

5.3 Dígitos que exceden la precisión declarada

Un hecho tiene dígitos que exceden la precisión declarada si hay dígitos distintos de cero a la derecha de la posición identificada por el valor de la propiedad {decimals}. Un hecho con una propiedad {decimales} de «infinito» no puede tener dígitos que excedan la precisión declarada.

Más formalmente, un hecho tiene dígitos que exceden la precisión declarada si la propiedad {decimales} no es «infinito» y el valor informado no es un múltiplo entero de 10^(-d) donde d es el valor de los {decimales} propiedad.

5.4 Duplicados consistentes e inconsistentes

Cuando hay hechos duplicados en un informe, los valores pueden o no ser consistentes con haber sido redondeados o truncados a partir de un único valor subyacente. El Modelo de Información Abierto proporciona definiciones de duplicados consistentes y duplicados inconsistentes . Estas definiciones suponen que se utiliza «redondear al más cercano» y no son compatibles con el modo de redondeo «truncamiento». Por lo tanto, esta especificación proporciona una definición modificada denominada cálculo 1.1 de duplicados consistentes.

Dos hechos son duplicados consistentes del cálculo 1.1 si cumplen con la especificación para hechos duplicados de OIM , con la modificación de que el intervalo utilizado para establecer la consistencia del valor numérico es el intervalo de valor de hecho, como se define en esta especificación.

Dos hechos son duplicados inconsistentes del cálculo 1.1 si cumplen con la especificación para duplicados inconsistentes de OIM , con la modificación de que la referencia a duplicados consistentes se reemplaza con duplicados consistentes del cálculo 1.1.

Cuando esta especificación requiera que se genere un error por duplicados inconsistentes, se deben usar los siguientes códigos de error:

  • Si el modo de redondeo es «redondear al más cercano», aumente oime:disallowedDuplicateFacts.
  • Si el modo de redondeo es «truncamiento», genere calc11e:disallowedDuplicateFactsUsingTruncation.

5.5 Manejo de duplicados consistentes

5.6 Manejo de duplicados inconsistentes

5.7 Aritmética de intervalos

Apéndice A Esquema

Esta sección contiene archivos XML que forman parte de esta especificación. Cada documento tiene una URL de publicación estándar, en la que se publica la copia normativa del documento. Para mayor comodidad, en este apéndice se incluye una copia no normativa de cada documento.

Todas las referencias a estos documentos realizadas para los fines de DTS Discovery DEBEN resolverse en la URL de publicación, después de aplicar el procesamiento de base XML (cuando corresponda) y resolver cualquier URL relativa.

A.1 Esquema de Cálculo 1.1 (cálculo-1.1.xsd)

La URL de publicación de este esquema es https://www.xbrl.org/2023/calculation-1.1.xsd.

Apéndice B Situación de la propiedad intelectual (no normativa)

Este documento y sus traducciones pueden copiarse y proporcionarse a otros, y los trabajos derivados que lo comenten, lo expliquen o ayuden en su implementación pueden prepararse, copiarse, publicarse y distribuirse, en su totalidad o en parte, sin restricción de ningún tipo, siempre que el aviso de derechos de autor anterior y este párrafo estén incluidos en todas dichas copias y trabajos derivados. Sin embargo, este documento en sí no puede modificarse de ninguna manera, como eliminar el aviso de derechos de autor o las referencias a XBRL International o a organizaciones XBRL, excepto cuando sea necesario traducirlo a idiomas distintos del inglés. Los miembros de XBRL International aceptan otorgar ciertas licencias según la Política de propiedad intelectual de XBRL International (https://www.xbrl.org/legal).

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Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/calculations-1-1-getting-rid-of-the-noise/

Building Green – Construcción sostenible en mercados emergentes


25 de octubre de 2023

Resumen ejecutivo

Las cadenas de valor de la construcción en los mercados emergentes son uno de los principales contribuyentes a las emisiones globales de CO2, y se prevé que el problema empeore para 2035.

Las cadenas de valor de la construcción representan alrededor del 40 % de las emisiones de CO2 relacionadas con la energía y la industria a nivel mundial. Estas cadenas de valor comprenden la construcción y el funcionamiento de edificios y la producción de materiales. Este informe estima que la operación de los edificios explica alrededor del 20 por ciento de las emisiones globales de carbono, seguido por el suministro de materiales (19 por ciento) y los servicios de construcción (0,3 por ciento) (Gráfico A). Alrededor del 85 por ciento de las emisiones totales de la construcción a nivel mundial provienen del uso de combustibles fósiles en edificios y plantas de materiales, mientras que el 15 por ciento restante proviene de emisiones industriales o de procesos relacionadas con la producción de materiales de construcción.

Los mercados emergentes generan dos tercios de las emisiones mundiales relacionadas con la construcción, y alrededor de tres quintas partes de estas emisiones provienen de China, debido a su participación dominante tanto en los edificios «marrones» como en la producción mundial de materiales, su uso de métodos y materiales de construcción más intensivos en carbono que en los países de ingresos altos, y su rápido crecimiento del ingreso per cápita, lo que aumenta la demanda de construcción.

Sin esfuerzos adicionales de mitigación, las emisiones globales relacionadas con la construcción aumentarían alrededor de un 13 por ciento entre 2022 y 2035, según las estimaciones de este informe. Este aumento del 13 por ciento en relación con los niveles actuales, impulsado por el aumento de las emisiones de los mercados emergentes, equivaldría a las emisiones totales de la cadena de valor de la construcción en los Estados Unidos en 2022. Es poco probable que los objetivos climáticos globales se alcancen sin una reducción de las emisiones derivadas de la construcción y operación de edificios. Por lo tanto, un desafío importante al que se enfrenta la comunidad mundial es cómo garantizar la integración en las cadenas de valor de la construcción de tecnologías verdes disponibles comercialmente que podrían reducir sustancialmente las emisiones de carbono en la próxima década. Es probable que algunas tecnologías prometedoras con un alto potencial de reducción, como el hidrógeno verde y el almacenamiento de carbono, entre otras, solo estén disponibles comercialmente sin apoyo fiscal para 2035 y más allá. Por lo tanto, el despliegue de tecnologías ya disponibles será una prioridad en los mercados emergentes en la próxima década.

El nivel de esfuerzo económico y político necesario para reducir las emisiones de las cadenas de valor de la construcción variará necesariamente de una región a otra en la próxima década. Los países con mayores recursos fiscales y financieros pueden estar mejor posicionados para implementar más rápidamente políticas relativamente costosas —fijación de precios del carbono, regulaciones ambientales más estrictas y apoyo fiscal— y nuevas tecnologías con un potencial de reducción significativo, pero con altos costos económicos en la actualidad. Los países de ingresos medianos, a su vez, pueden acelerar el ritmo de adopción de códigos, normas y tecnologías y prácticas de construcción ecológicas. Las economías de bajos ingresos pueden iniciar su transición hacia la construcción ecológica con el apoyo financiero y técnico de la comunidad internacional.

Este resumen del informe proporciona, en primer lugar, una visión general de las tecnologías que se están desplegando o que se prevé que se utilicen en un futuro próximo. Se necesitarán más recursos para apoyar la transición a la construcción ecológica, y el informe proporciona estimaciones aproximadas de la magnitud de la inversión privada requerida. También se exigirá a los gobiernos que mitiguen las deficiencias del mercado que prevalecen en las cadenas de valor de la construcción y en los mercados financieros verdes mediante el establecimiento de un marco normativo adecuado, en virtud del cual las empresas de las cadenas de valor de la construcción puedan adoptar tecnologías emergentes y disponibles comercialmente. En la sección final de este resumen se analizan las políticas que podrían alentar a las empresas a emprender más construcciones ecológicas y a los inversores privados a destinar más recursos a estas actividades.

Construcción y explotación de edificios y otras estructuras.

El menú de opciones disponibles para descarbonizar los edificios abarca desde medidas con un alto potencial de reducción y adaptación, pero con costes económicos prohibitivos en la actualidad, hasta medidas con un potencial de reducción de emisiones más moderado, pero con costes más bajos. Los países emergentes tendrán que elegir entre estas alternativas en función de las condiciones del país, la financiación disponible y los marcos normativos y normativos vigentes en la próxima década.

La modernización profunda de edificios y plantas de materiales «marrones» mediante la sustitución de sistemas energéticos y térmicos, eléctricos y mecánicos ineficientes o la reconstrucción de las envolventes de los edificios, entre otras medidas, puede reducir significativamente las emisiones de los edificios. Sin embargo, debido a sus altos costos actuales, es probable que esta opción sea asequible solo para unos pocos países con el espacio fiscal y político necesario para comenzar a modernizar en profundidad o implementar la jubilación anticipada de edificios y plantas marrones varados ahora.

La electrificación, o la sustitución de los combustibles fósiles para cocinar, calentar y enfriar el agua por sistemas eléctricos alimentados con energías renovables, es un complemento atractivo para la modernización profunda debido a sus costes relativamente bajos y a la ecologización prevista de la generación de electricidad en la próxima década. Sin embargo, la electrificación por sí sola no puede lograr las reducciones necesarias en las emisiones, dada la inviabilidad económica de eliminar por completo los combustibles fósiles de la combinación energética en la mayoría de los países en la próxima década.

Las economías para las que es probable que la modernización completa permanezca fuera de su alcance en un futuro próximo, incluidos los países de ingresos medios que experimentan un rápido crecimiento demográfico y económico, pueden invertir en electrificación, así como en la construcción de nuevos edificios ecológicos y plantas de materiales para responder a sus crecientes necesidades de vivienda en los próximos años. Y para todos los mercados emergentes, la incorporación de la resiliencia en la construcción ecológica será fundamental en la próxima década, especialmente en los países afectados por fenómenos climáticos catastróficos.

Los edificios ecológicos, los edificios con diseños energéticamente eficientes, combinaciones energéticas más limpias y materiales de bajas emisiones, ofrecen múltiples oportunidades para reducir significativamente las emisiones de carbono en las cadenas de valor de la construcción, al tiempo que ofrecen una oportunidad de negocio para los inversores privados. Las medidas pasivas relacionadas con el diseño de edificios ecológicos logran ahorros de energía a través de la orientación del edificio al sol, la sombra externa y la reducción del tamaño de las ventanas. Estas medidas son especialmente eficaces para gestionar la ganancia o pérdida de calor durante el día, así como para reducir los costes de construcción. Las medidas activas en edificios ecológicos relacionadas con sistemas eléctricos y mecánicos más eficientes también reducen el consumo de energía. Por ejemplo, los ventiladores de techo, las válvulas termostáticas y las válvulas de calor pueden alcanzar altos niveles de eficiencia energética. El uso de refrigerantes ecológicos también permite ahorrar emisiones. Los costes incrementales, los plazos de amortización y el potencial de reducción de emisiones de los edificios ecológicos en relación con las alternativas convencionales dependen de las zonas climáticas, las condiciones del país y los tipos de edificios. En el recuadro A se ofrecen algunos ejemplos de los beneficios climáticos y financieros de los edificios y sistemas ecológicos.

Un aspecto importante de las medidas de construcción ecológica, como las tecnologías de energía renovable, los sistemas pasivos de refrigeración y calefacción, el reciclaje del agua o las soluciones de recogida de agua de lluvia, es que mejoran la resiliencia de los edificios ante eventos peligrosos. La resiliencia debe integrarse en la construcción de nuevos edificios ecológicos para garantizar ciclos de vida más largos y evitar emisiones innecesarias de carbono en la tierra relacionadas con el proceso de reconstrucción. Los países con suficiente espacio fiscal también pueden emplear incentivos fiscales para integrar la resiliencia en los edificios modernizados.

Con políticas de apoyo, el uso de materiales específicos, como la pintura reflectante para los tejados y el revestimiento de película para las ventanas, puede mejorar la eficiencia térmica en los edificios existentes y nuevos con costos relativamente moderados. En proyectos específicos de gran envergadura, como la renovación de áreas urbanas o la construcción de campus universitarios o médicos, las tecnologías de refrigeración urbana pueden reducir el consumo de energía mediante la configuración de un sistema de refrigeración centralizado para un grupo interconectado de edificios y estructuras nuevos o completamente renovados.

Una mayor dependencia de la tecnología digital también podría contribuir a reducir las emisiones de la construcción. El uso de dispositivos «inteligentes» conectados a Internet para mejorar la eficiencia energética de grandes electrodomésticos, como aires acondicionados, refrigeradores, lavadoras y estufas, puede reducir significativamente las emisiones de las operaciones de los edificios. El aumento del uso de esta tecnología puede requerir medidas reglamentarias y, en algunos casos, dependiendo de las condiciones del país, incentivos políticos. La construcción impresa en 3D puede reducir los residuos (y, por lo tanto, disminuir el carbono incorporado) y el tiempo de construcción, mejorar la eficiencia energética y reducir los costos de mano de obra, pero solo se puede aplicar hoy en día en proyectos comerciales y de vivienda relativamente pequeños. En todas las etapas del proyecto, la digitalización podría aumentar la eficiencia de los materiales mediante la integración de las emisiones del ciclo de vida en el proceso de construcción, utilizando, por ejemplo, el modelado de información de construcción en 3D, mejorando la colaboración a través de aplicaciones de gestión en dispositivos móviles y monitoreando sitios con drones para escanear.

Mejorar el uso del espacio y la infraestructura a través de un diseño flexible y emprender una construcción climáticamente inteligente que enfatice la importancia de la resiliencia extendería la vida útil de los nuevos edificios. Esto reduciría la demanda de cemento y acero, así como las emisiones de CO2 relacionadas con la construcción. La modernización profunda de edificios antiguos para que sean más eficientes en carbono puede lograr ahorros de energía similares o mayores que la construcción de nuevos edificios ecológicos, pero su alto costo hace que sea poco probable que sea una prioridad en la mayoría de los países emergentes en la próxima década.

Existen muchos otros enfoques para reducir la huella de carbono de la construcción y operación de edificios. Por ejemplo, una mayor dependencia de las energías renovables y de los sistemas urbanos de calefacción y refrigeración podría reducir significativamente las emisiones procedentes del funcionamiento de los edificios. Las emisiones locales de las obras de construcción podrían abordarse utilizando vehículos eléctricos y maquinaria impulsada por biomasa. Es posible que algunas de estas opciones sólo sean viables en países de ingresos medios o altos, pero la comunidad internacional puede contribuir a difundirlas gradualmente y apoyarlas en las economías de ingresos bajos.

Materiales de construcción

El cemento y el acero son los dos principales materiales utilizados en la construcción, y para ambos, ya se dispone o se están desarrollando soluciones tecnológicas para reducir su intensidad de emisiones. De aquí a 2035 y más allá, es probable que las nuevas tecnologías con un alto potencial de reducción pero que no están disponibles comercialmente en la actualidad, como la captura y el almacenamiento de carbono y el hidrógeno verde, sigan necesitando un apoyo fiscal significativo, incluso en las economías avanzadas. La modernización profunda o la jubilación anticipada de las plantas marrones existentes también seguirán estando fuera del alcance de la mayoría de las economías emergentes en la próxima década.

Por lo tanto, en los próximos 10 años, la prioridad debería ser la promoción de las palancas de reducción y adaptación disponibles en el mercado, en particular en los mercados emergentes que experimentan un rápido crecimiento económico y demográfico.

La puesta a prueba de algunas de estas tecnologías y medidas, con el apoyo de la comunidad internacional, también podría contribuir a reducir las emisiones en la producción de cemento y acero.

Por ejemplo, la sustitución del clínker intensivo en carbono, el principal insumo del cemento, por materiales naturales alternativos y subproductos industriales puede reducir significativamente las emisiones del proceso. El uso de fuentes de combustible alternativas como la biomasa, los desechos y los residuos industriales, combinados con energías renovables eólicas y solares, entre otras, en lugar del carbón, puede reducir las emisiones de la producción de cemento en un 20 por ciento. Tomar medidas de eficiencia energética y de recursos puede ahorrar hasta un 30 por ciento en las necesidades de las plantas eléctricas. Las tecnologías adaptativas y de autoaprendizaje también pueden optimizar la gestión del combustible y la mezcla de materiales. Estas opciones pueden tener períodos de amortización relativamente cortos con marcos regulatorios y de financiación adecuados.

Para 2035 y más allá, se espera que el hidrógeno verde ofrezca una solución prometedora (pero ahora no comercialmente viable) para la descarbonización en la industria del cemento. La captura, utilización y almacenamiento de carbono, que captura el CO2 de las emisiones industriales y lo recicla para su uso industrial posterior o lo almacena de forma segura bajo tierra, es otra innovación tecnológica que podría reducir casi a la mitad las emisiones de CO2, pero también requerirá subsidios e incentivos fiscales.  al menos antes de 2035, y posiblemente más allá.

En la industria siderúrgica, la inyección de oxígeno puro en los altos hornos puede reducir las emisiones entre un 15 y un 20 por ciento, al reducir el uso de carbón como agente reductor del óxido de hierro. Cuando se obtiene de recursos renovables, la biomasa también puede sustituir al carbón, mientras que el aumento de la proporción de chatarra de alta calidad en la fabricación de acero en hornos de arco eléctrico puede reducir el uso de hierro intensivo en carbono. El hidrógeno verde podría mejorar el rendimiento de los altos hornos convencionales y producir hierro reducido directamente para su posterior procesamiento en acero. Al igual que ocurre con el cemento, el hidrógeno verde y las tecnologías de captura de carbono, entre otras, combinadas con la generación de electricidad renovable, prometen una fabricación de acero neutra en carbono a largo plazo, pero no serán económicamente viables sin apoyo fiscal para 2035 y más allá.

El camino hacia los edificios ecológicos

¿Cómo se puede lograr esto? La calefacción, la refrigeración y la energía de los edificios representan alrededor de la mitad de la participación del 40 por ciento del sector de la construcción en las emisiones globales, según estimaciones de IFC. Esto se puede reducir a través de diseños energéticamente eficientes para nuevas estructuras, orientándolas hacia el sol, incorporando más sombra externa e instalando ventanas más pequeñas. Los edificios existentes también pueden mejorarse reacondicionándolos ligeramente con sistemas de refrigeración y calefacción más eficientes, contadores inteligentes y aplicando pintura reflectante a las superficies externas y a los tejados, entre otras prácticas y tecnologías sostenibles. Además de abordar el cambio climático, esto generaría ahorros para los propietarios de edificios. Por ejemplo, un techo reflectante podría ahorrar más de $20,000 al año en facturas de electricidad en comparación con el diseño de un edificio convencional en un almacén de un piso en Bogotá, Colombia.

El otro gran contribuyente a las emisiones del sector de la construcción: aproximadamente la mitad de su CO2 Producción: es la producción de materiales de construcción, principalmente cemento y acero. La producción de cemento es la actividad más intensiva en carbono del mundo. El uso de fuentes de combustible alternativas como la biomasa, los desechos y los residuos industriales, combinados con energías renovables eólicas y solares en lugar del carbón, puede reducir las emisiones de la producción de cemento en un 20 por ciento. Tomar medidas de eficiencia energética y de recursos puede ahorrar hasta un 30 por ciento en las necesidades de las plantas eléctricas. En la industria siderúrgica, la inyección de oxígeno puro en los altos hornos utiliza menos carbón y puede reducir las emisiones entre un 15 y un 20 por ciento.

A largo plazo, la tecnología del hidrógeno verde, que genera energía dividiendo el agua en hidrógeno y oxígeno utilizando electricidad renovable, ofrece una solución prometedora para la descarbonización en la industria del cemento. Mientras tanto, la captura de carbono: tomando el CO2 de las emisiones y almacenarlas o reciclarlas para su posterior uso industrial, podrían reducir casi a la mitad las emisiones de carbono para 2050 y más allá, según la investigación.

Herramientas financieras y regulatorias

Todo esto debe financiarse, lo que supone un reto adicional, ya que los mercados de finanzas sostenibles están menos desarrollados en los mercados emergentes que en las economías avanzadas. De los 230.2021 millones de dólares de financiación de deuda privada verde que se pusieron a disposición en 10 para las cadenas de valor de la construcción, solo el 9% se destinó a los mercados emergentes, y la mayor parte a China. Hasta la fecha, la mayor parte de esta financiación de deuda privada verde se ha dirigido a la construcción y operación de edificios. Solo el <>% de la financiación se ha destinado a ecologizar la fabricación de materiales de construcción, la actividad responsable de casi la mitad de la huella de carbono de la cadena de valor.

La investigación indica que el costo total de ecologizar las cadenas de valor de la construcción ascendería a solo 0,03 puntos porcentuales del PIB mundial por año en promedio entre 2022 y 2035 si se toman las medidas de eficiencia energética recomendadas, con necesidades de inversión global estimadas en 3,5 billones de dólares, de los cuales 1,5 billones de dólares son para mercados emergentes.

Las instituciones financieras de desarrollo tienen un papel fundamental que desempeñar en la descarbonización de la cadena de valor de la construcción.

Las instituciones financieras de desarrollo pueden desempeñar un papel importante en la promoción del financiamiento para la descarbonización de las cadenas de valor de la construcción en los mercados emergentes. Pueden ayudar a movilizar volúmenes significativos de fondos públicos y privados nacionales e internacionales mediante la inversión en bonos y préstamos verdes y otros instrumentos financieros, apoyar instrumentos financieros verdes innovadores para descarbonizar los edificios marrones, proporcionar asistencia técnica para la adopción de códigos, reglamentos y normas verdes, servir como inversor ancla, proporcionar financiación en condiciones favorables y combinadas, y poner en funcionamiento diversos fondos climáticos supranacionales.

El financiamiento en condiciones favorables desplegado por las instituciones financieras de desarrollo puede proporcionar productos financieros para reducir el riesgo de las inversiones privadas a través de préstamos subordinados, capital y garantías. La financiación mixta utiliza fondos limitados de fondos concesionarios para movilizar mayores sumas de financiación del sector privado hacia objetivos de desarrollo, a menudo con objetivos relacionados con el clima; por lo tanto, puede tener más impacto por dólar que las donaciones puras, al tiempo que reduce la posible mala asignación de capital. Será necesario ampliar la financiación en condiciones favorables y mixta para la construcción ecológica en los países más pobres.

Publicado originalmente: https://www.ifc.org/en/insights-reports/2023/building-green-in-emerging-markets?cid=ECR_E_NewsletterWeekly_EN_EXT&deliveryName=DM199863

Acertar con la financiación de la transición


Discurso pronunciado por el Sr. Ravi Menon, director Gerente de la Autoridad Monetaria de Singapur, en el Día de la Financiación del Pabellón de Singapur COP28, Singapur, 3 de diciembre de 2023.

Discurso del banco central | 06 diciembre 2023

Por: Ravi Menon

Texto completo en PDF (21kb) | 8 Páginas

Buenos días, señoras y señores. Bienvenidos al Pabellón de Singapur. El tema de hoy y de mañana es la financiación de la transición a cero emisiones netas.

Permítanme comenzar con tres hechos incómodos.

En primer lugar, el cambio climático ya está ocurriendo. Según la Organización Meteorológica Mundial, la mitad del planeta ha experimentado un aumento de las inundaciones y un tercio ha experimentado un aumento de las sequías. Las tormentas, las inundaciones, los incendios forestales y las olas de calor están aumentando en intensidad y frecuencia en todo el mundo. Los científicos del clima advierten que estos fenómenos meteorológicos extremos son solo el principio.

En segundo lugar, las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero están aumentando, no disminuyendo. Según el último informe del IPCC, necesitamos reducir las emisiones en un 43% para 2030, para evitar que las temperaturas globales promedio aumenten por encima del objetivo de 1,5 grados centígrados. Es poco probable que esto se logre. La temperatura media global ya está 1,1 grados centígrados por encima de los niveles preindustriales. De hecho, este año estuvo por encima de los 1,5 grados centígrados en casi uno de cada cuatro días.

En tercer lugar, los flujos financieros hacia la acción climática siguen siendo muy insuficientes. Según el reciente Balance Mundial de las Naciones Unidas, los flujos anuales de financiación climática mundial han aumentado y han superado los 800.000 millones de dólares. Pero esto es solo alrededor del 30% de los 2,5 billones de dólares que se necesitan cada año hasta 2030 para cumplir con los objetivos del Acuerdo de París.

Tenemos que actuar con rapidez y tenemos que actuar juntos.

Para alcanzar el cero neto en 2050, necesitamos estrategias de transición en toda la economía y financiación de la transición que la respalden.

  • La transición efectiva consiste en ecologizar toda la economía, no solo en hacer crecer la economía verde. Invertir en tecnologías verdes y energías renovables es importante, pero representan menos del 8% de la economía mundial.
  • Para llegar a cero emisiones netas, debemos descarbonizar progresivamente todos los sectores de la economía.
  • El mundo no solo necesita financiación verde para paneles solares y parques eólicos.
  • Necesita financiación de transición: proporcionar apoyo financiero a las empresas y sectores que no son tan ecológicos, adoptar tecnologías más limpias, aumentar la eficiencia energética y ser más ecológicos con el tiempo.

El plan de Singapur para movilizar capital para la transición de Asia es el Plan de Acción de Financiación para las Cero Emisiones Netas, o FiNZ para abreviar. Consta de cuatro resultados estratégicos:

  • buenos datos, definiciones y divulgación;
  • un sector financiero resiliente al clima;
  • planes de transición creíbles; y
  • soluciones y mercados ecológicos y de transición.

Estos, a su vez, están respaldados por dos facilitadores clave:

  • Green FinTech: soluciones tecnológicas para ayudar a resolver problemas en finanzas sostenibles.
  • Habilidades y capacidades: flujo de talento y capacidades de investigación y desarrollo en finanzas sostenibles.

FiNZ es una plataforma para impulsar la acción colectiva en todo el ecosistema financiero con el fin de movilizar el capital necesario para la transición de Asia. Requiere una amplia colaboración e innovación.

Un área prioritaria en la que estamos ampliando los límites de la colaboración y la innovación es la sustitución de las centrales eléctricas de carbón en Asia por fuentes de energía limpias. ¿Por qué es importante?

El mundo no llegará a cero emisiones netas para 2050 si no eliminamos gradualmente las plantas de carbón en Asia.

  • Asia representa el 50% de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, de las cuales un tercio proviene de las centrales eléctricas de carbón.
  • Es decir, una de cada seis toneladas de gases de efecto invernadero emitidos a la atmósfera procede de una central de carbón en Asia.
  • No se trata simplemente de no construir más nuevas centrales de carbón.
  • Las centrales eléctricas de carbón existentes en Asia, si se dejan funcionar según lo planeado, agotarán alrededor de dos tercios del presupuesto de carbono restante para mantener las temperaturas globales por debajo de 1,5 grados centígrados.
  • Es necesario eliminarlos gradualmente.

La economía de la eliminación gradual del carbón en Asia es un desafío.

  • En primer lugar, el carbón representa casi el 60% de la generación de energía en Asia, y se espera que la demanda de energía en Asia se duplique con creces para 2050, para impulsar el desarrollo económico, el crecimiento de la población y la rápida urbanización.
  • En segundo lugar, la llamada «economía del carbón» es una fuente clave de empleo. La Agencia Internacional de la Energía estima que más de 6,7 millones de personas en Asia están empleadas en toda la cadena de valor del carbón.
  • En tercer lugar, las plantas de carbón en Asia son jóvenes: tienen, en promedio, menos de 15 años. Muchos de ellos también se benefician de acuerdos de compra a largo plazo o de desgravaciones políticas que les permitirán operar mucho después de que dejen de ser rentables.

Entonces, este es un gran problema. Pero también es un problema que no podemos evitar resolver si queremos evitar un cambio climático catastrófico.

Esta es la razón por la que MAS ha estado trabajando con instituciones financieras y un conjunto más amplio de actores del ecosistema para apoyar la eliminación gradual de las centrales eléctricas de carbón en Asia.

  • Para lograr una transición efectiva y justa de las centrales eléctricas de carbón, necesitamos hacer bien tres cosas: credibilidad, incentivos y asociaciones.

Acertar con la CREDIBILIDAD

Permítanme empezar por acertar con la credibilidad. Esto significa taxonomías creíbles, planes de transición y vías sectoriales.

En primer lugar, taxonomías creíbles de financiación verde y de transición.

  • Las taxonomías proporcionan una definición objetiva y basada en la ciencia sobre si las actividades económicas son verdes o en transición.
  • Sirven de guía a los inversores y financieros que tratan de canalizar el capital hacia actividades que apoyen la transición.
  • MAS se ha asociado con la industria financiera para crear conjuntamente una taxonomía que esté alineada con los objetivos del Acuerdo de París y sea relevante tanto para las necesidades de Singapur como para las necesidades de Asia en general.
  • No fue una tarea fácil. El viaje ha durado casi cuatro años y cuatro rondas de consulta pública.

Me complace compartir que hoy lanzaremos la Taxonomía Singapur-Asia.

  • Esta es la primera taxonomía en el mundo que define de manera exhaustiva las actividades de transición en ocho sectores prioritarios.
  • La mayoría de las taxonomías definen lo que es verde y lo que es marrón, dejando fuera la mayor parte de las actividades económicas que se encuentran en el medio.
  • La Taxonomía Singapur-Asia adopta un sistema de clasificación de semáforos:
    • «verde» para denotar actividades que están alineadas con un resultado de 1,5 grados centígrados; y
    • «ámbar», para denotar las actividades que pasarán a ser «verdes» durante un período de tiempo definido o que facilitarán una reducción significativa de las emisiones a corto plazo.
  • Las actividades deben cumplir con umbrales y criterios estrictos para calificar como «ámbar» y estos umbrales tienen una fecha de expiración.

Esta nueva taxonomía permitirá que la financiación fluya hacia actividades de transición respetuosas con el clima, minimizando al mismo tiempo el riesgo de blanqueo ecológico.

  • La taxonomía también proporciona un marco creíble para la eliminación gradual de las centrales eléctricas de carbón, mediante el establecimiento de criterios a nivel de entidad e instalación que estén alineados con un escenario de 1,5 grados centígrados.

El siguiente paso es permitir que la taxonomía facilite los flujos financieros transfronterizos para apoyar proyectos ecológicos y de transición en otras geografías.

  • Nos hemos embarcado en planes para mejorar la interoperabilidad de la taxonomía Singapur-Asia con las taxonomías de la UE y China.

En segundo lugar, planes de transición creíbles por parte de las instituciones financieras.

  • Más de 650 instituciones financieras de más de 50 países han adoptado voluntariamente objetivos de cero emisiones netas y se han unido a la Alianza Financiera de Glasgow para las Cero Emisiones Netas (GFANZ, por sus siglas en inglés).
  • Muchos han desarrollado planes de transición para alcanzar sus objetivos de cero emisiones netas.
  • Los tres bancos con sede en Singapur, DBS, OCBC y UOB, también se han unido a la Net Zero Banking Alliance y han elaborado planes de transición detallados que establecen objetivos de descarbonización para los sectores clave a los que sirven.

Obviamente, los reguladores financieros tienen un papel que desempeñar en la supervisión de la gestión de los riesgos relacionados con el clima por parte de las instituciones financieras. Pero, ¿tienen un papel en la catalización de la planificación de la transición por parte de las instituciones financieras? No hay consenso internacional al respecto.

La MAS considera que los reguladores tienen un papel que desempeñar en la facilitación de una planificación sólida de la transición y ha propuesto directrices de supervisión para los bancos, las aseguradoras y los gestores de activos.

  • Las directrices no solo instan a las instituciones financieras a gestionar sus riesgos relacionados con el clima, sino que también las alientan a actuar de manera positiva para el clima para apoyar una transición ordenada.
  • No queremos que las instituciones financieras abandonen indiscriminadamente las actividades intensivas en carbono solo para reducir sus emisiones financiadas.
  • Más bien, queremos que apoyen los esfuerzos de transición progresiva en la economía. Queremos que recorran el camino de la descarbonización con sus clientes.

MAS espera que las instituciones financieras adopten una perspectiva plurianual en la gestión de sus riesgos relacionados con el clima.

  • Esto puede implicar la aceptación de algún aumento a corto plazo de las emisiones financiadas en apoyo de resultados positivos para el clima a largo plazo.
  • Por ejemplo, permite a las instituciones financieras participar en la financiación de proyectos de eliminación gradual del carbón con hitos de salida claramente definidos que logren reducciones reales de las emisiones.

En tercer lugar, vías de descarbonización sectoriales basadas en la ciencia

  • Para ser creíbles, los planes de transición deben guiarse por vías de descarbonización sectoriales basadas en la ciencia.
  • Estas vías nos indican la rapidez con la que cada sector puede descarbonizarse para alcanzar su objetivo de cero emisiones netas y cuáles son las principales soluciones de descarbonización.
  • Hoy en día, muchas instituciones financieras se apoyan en vías globales, como la Ruta de Cero Emisiones Netas de la Agencia Internacional de la Energía, para diseñar sus objetivos de cero emisiones netas.
  • Sin embargo, a veces puede ser necesario contextualizar las vías mundiales para tener en cuenta las circunstancias regionales.

MAS ha estado trabajando con socios internacionales para desarrollar vías sectoriales contextualizadas e incluso orientación práctica sobre la transición específica del sector.

  • Uno de esos esfuerzos es el trabajo de MAS con GFANZ y otros para proporcionar claridad sobre cómo las instituciones financieras pueden participar en la eliminación gradual del carbón.

Me complace compartir que la Red GFANZ Asia Pacífico publicará hoy una guía finalizada para financiar la jubilación anticipada de las centrales eléctricas de carbón.

  • La guía establece cómo las instituciones financieras pueden evaluar la credibilidad y el impacto de un plan de eliminación gradual del carbón:
    • El propietario de la planta que se retira debe comprometerse a no adquirir ni invertir en nuevas plantas de carbón.
    • La planta de carbón no está preparada para beneficiarse de la financiación adicional.
    • El plan de eliminación gradual debe tener en cuenta el impacto socioeconómico, como la transición de la fuerza laboral.
  • El informe también proporciona orientación para que las instituciones financieras establezcan políticas internas sobre el carbón y estudios de casos sobre mecanismos de financiación.

Acertar con los INCENTIVOS

A continuación, debemos conseguir los incentivos adecuados.

Para movilizar financiación privada que apoye la eliminación progresiva del carbón, debemos mejorar la viabilidad económica del proyecto.

  • El retiro anticipado de las plantas de carbón significa una pérdida de ingresos para los propietarios de las plantas y sus financistas.
  • Si podemos generar créditos de carbono de alta integridad a partir de las futuras reducciones de emisiones a partir de la jubilación anticipada de la planta, los ingresos de la venta de estos créditos podrían proporcionar a los propietarios y financistas de la planta el incentivo necesario.

MAS y McKinsey publicaron un documento de trabajo sobre el uso de créditos de carbono de alta integridad para complementar el financiamiento para la eliminación gradual del carbón.

  • Los llamamos «créditos de transición».
  • El documento establece las condiciones para generar créditos de transición y para desarrollar un mercado de alta calidad para intercambiar los créditos.

Es una idea innovadora, pero no exenta de desafíos de implementación.

  • Al igual que con todos los créditos de carbono, habrá preocupaciones sobre la integridad.
  • Será difícil garantizar que las emisiones se reduzcan de forma permanente y que el cierre de una central de carbón no provoque la entrada en funcionamiento de otra.
  • Pero es importante que pongamos a prueba estas ideas para encontrar soluciones a los desafíos.

Me complace compartir que MAS está lanzando hoy una Coalición de Créditos de Transición, o TRACTION para abreviar.

  • Se trata de una coalición de actores del ecosistema para ayudar a identificar barreras y posibles soluciones para desarrollar créditos de transición como una solución de mercado viable.
  • Cerca de 30 entidades de renombre se han unido a TRACTION. Esto incluye:
    • bancos multilaterales de desarrollo como el Banco Asiático de Desarrollo (BAD) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI);
    • los que establecen estándares de créditos de carbono, como Gold Standard;
    • coaliciones de la industria como la Glasgow Financial Alliance for Net Zero (GFANZ);
    • ONG ambientalistas como el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) de Singapur;
    • expertos mundiales del sector energético como la Agencia Internacional de la Energía (AIE); y
    • una variedad de bancos y aseguradoras globales.
  • Mañana anunciaremos los pilotos de transición de crédito con varios socios.

El gobierno de Singapur está dispuesto a aceptar créditos de transición siempre que cumplan con los estándares de integridad ambiental de Singapur.

  • Esto significa que los créditos de transición elegibles pueden ser utilizados por las empresas sujetas al impuesto al carbono en Singapur para compensar hasta el 5% de sus obligaciones fiscales sobre el carbono.

Los créditos de carbono no están exentos de controversia y críticas, pero son una parte necesaria de la solución climática. En ausencia de precios del carbono, necesitamos créditos de carbono para proporcionar los incentivos adecuados para la descarbonización.

Conseguir las ASOCIACIONES correctas

Por último, debemos acertar con las asociaciones.

Hay muchas razones por las que el capital no fluye hacia proyectos ecológicos y de transición.

  • No hay suficiente capacidad y experiencia para preparar y desarrollar proyectos hasta una etapa que sea financiable.
  • Existe un alto nivel de riesgo regulatorio y político, especialmente en las economías emergentes. También existe el riesgo cambiario.
  • Las transacciones pueden enfrentar largos plazos de entrega para comenzar la construcción, con desafíos para obtener los permisos necesarios.
  • En resumen, los riesgos en muchos de estos proyectos son demasiado altos en relación con los rendimientos esperados. Los proyectos no son del todo financiables.

A fin de movilizar el capital necesario para proyectos ecológicos y de transición marginalmente financiables, necesitamos financiación combinada.

La financiación combinada tiene que ver con la asociación y la sinergia entre múltiples actores.

  • Los gobiernos, las instituciones financieras de desarrollo y las organizaciones filantrópicas podrían proporcionar capital en condiciones favorables, en forma de donaciones, garantías limitadas y deuda o capital a tasas de rendimiento inferiores a las del mercado.
  • Los bancos multilaterales de desarrollo pueden proporcionar asistencia técnica, en forma de experiencia en el desarrollo de proyectos, creación de capacidad y apoyo institucional.
  • Esta combinación de capital concesionario y asistencia técnica reducirá el riesgo del proyecto y mejorará la bancabilidad.
  • Esto, a su vez, puede catalizar múltiplos de capital comercial privado para financiar estos proyectos de transición.
  • Por lo general, los bancos proporcionarán los préstamos de transición, pero es probable que los eliminen de sus balances estructurándolos de una forma en la que puedan invertir los inversores institucionales, los fondos de pensiones y las compañías de seguros.

Estas asociaciones público-privadas serán clave para la financiación de la transición, no solo para la eliminación gradual del carbón, sino también para la infraestructura de energía verde.

Singapur está creando una plataforma de financiación mixta llamada Financing Asia’s Transition Partnership, o FAST-P para abreviar, con un tamaño de fondo objetivo de 5.000 millones de dólares.

  • MAS está negociando con bancos multilaterales de desarrollo, instituciones financieras de desarrollo y organizaciones filantrópicas para movilizar una base de capital concesional para esta plataforma.
  • Como anunció anteriormente el ministro Principal Teo Chee Hean, el Gobierno de Singapur está dispuesto a aportar capital en condiciones favorables para apoyar la asociación.
  • Sobre la base del capital concesional que se está reuniendo, también estamos llegando a muchos bancos e inversores institucionales para que aporten capital comercial.
  • Nuestro objetivo es movilizar hasta 5.000 millones de dólares en total bajo la plataforma FAST-P.

FAST-P se centrará en tres áreas clave de inversiones ecológicas y de transición que son más pertinentes en la región asiática.

  • El tema de la aceleración de la transición energética abarcará proyectos de transición como la eliminación gradual controlada del carbón junto con la sustitución de las energías renovables.
  • El tema de Inversiones Verdes invertirá en proyectos que involucren tecnologías maduras, como el escalado de energías renovables, la modernización de la red y la infraestructura de vehículos eléctricos.
  • El tema de las tecnologías limpias se centrará en las tecnologías ecológicas emergentes que se están poniendo a prueba, como el uso del hidrógeno y la captura, utilización y almacenamiento de carbono.
  • Los financistas e inversores formarán asociaciones, gestionadas por un gestor de activos, con objetivos de inversión e impacto específicos para cada tema de inversión.

Me complace compartir que hemos formado asociaciones con jugadores de renombre con ideas afines para dos de los tres temas de inversión.

  • MAS ha firmado un memorando de entendimiento con Allied Climate Partners, la Corporación Financiera Internacional y Temasek Holdings sobre una Asociación de Inversiones Verdes.
  • Dentro de dos días firmaremos un memorando de entendimiento con el Banco Asiático de Desarrollo y la Alianza Global de Energía para las Personas y el Planeta (GEAPP), que cuenta con el respaldo de la Fundación Rockefeller, el Fondo Bezos para la Tierra y la Fundación IKEA, sobre la Asociación para la Aceleración de la Transición Energética.

Conclusión

Permítanme concluir.

Tenemos que actuar con rapidez y tenemos que actuar juntos.

En los 250 años transcurridos desde la Revolución Industrial, el mundo ha construido una estructura industrial, un paisaje urbano y unos modos de transporte altamente intensivos en carbono y energía. Ahora tenemos menos de 25 años para reestructurar fundamentalmente las economías y las sociedades para alcanzar las cero emisiones netas. Tenemos que actuar con rapidez.

Las finanzas públicas de todo el mundo se encuentran en condiciones de tensión. Hay un amplio capital privado en el mundo -unos 400 billones de dólares en activos bajo gestión-, pero muy poco se destina al esfuerzo de transición a cero emisiones netas. Solo mediante la sinergia entre el poder catalizador del capital público y la abundancia de capital privado podremos conseguir una financiación adecuada para la transición. Tenemos que actuar juntos.

Por lo tanto, actúen rápido y actúen juntos.

Gracias y les deseo un día fructífero en el Pabellón de Singapur.

Sobre el autor

Ravi Menon

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Publicado originalmente: https://www.bis.org/review/r231205b.pdf

Ya no es el problema del mañana: cómo el Banco de la Reserva de Nueva Zelanda está trabajando con sus partes interesadas para responder al cambio climático


Discurso pronunciado por el Sr. Adrian Orr, Gobernador del Banco de la Reserva de Nueva Zelanda, pronunciado en Chapter Zero New Zealand, Auckland, 3 de noviembre de 2023.

Discurso del banco central 14 noviembre 2023

por Adrian Orr

Texto completo en PDF (519kb)  |  11 Páginas

Introducción

Kia orana tātou kātoatoa, tēnā tātou katoa,

Gracias por invitarme nuevamente a hablar con los miembros del Instituto de directores.

Quiero comenzar reconociendo el mana whenua, Ngāti Whātua Ōrākei.

También me gustaría agradecer a Chapter Zero New Zealand por organizar este evento y por el trabajo que están haciendo. Ha creado una red verdaderamente significativa de líderes empresariales, como lo destaca su reciente publicación que brinda orientación a los directores en el desarrollo, análisis y revisión de escenarios climáticos.

En mi discurso inaugural como gobernador en 2018, hablé sobre los peligros del cortoplacismo en la toma de decisiones económicas y empresariales. Adoptar una visión a corto plazo significa que corremos el riesgo de ignorar los daños sociales y ambientales (o las externalidades negativas), dejándolos como problemas que debemos resolver en el futuro.

El ex gobernador del Banco de Inglaterra, Mark Carney, lo calificó de «tragedia del horizonte», citando el cambio climático como el principal ejemplo. La necesidad de adoptar una visión a largo plazo a la hora de abordar los negocios fue una de las razones por las que el Banco de la Reserva de Nueva Zelanda desarrolló su estrategia climática en 2018. Desde entonces, hemos estado trabajando para implementarlo.

Superar la ‘Tragedia del Horizonte’ de Carney no tiene por qué ser ciencia espacial. Por ejemplo, como supervisor prudencial, podemos ayudar a los participantes y entidades del sistema financiero a ser más conscientes de los riesgos y las oportunidades que se les presentan, de modo que puedan prepararse para un mundo que cambia rápidamente.

Hoy os hablaré de:

  • Nuestro trabajo relacionado con el clima con entidades reguladas prudencialmente;
  • Nuestras colaboraciones en materia de clima y sostenibilidad a nivel nacional e internacional; y
  • Nuestras intenciones futuras.

Pero antes de hacerlo, permítanme comenzar por hablarles de lo que nuestra Ley nos propone hacer, y del papel de los bancos centrales en el fomento de una gestión eficiente del riesgo financiero.

Sobre el autor

Adrian Orr

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Ley del Banco de la Reserva de Nueva Zelanda de 2021

Es posible que sepa que la legislación que rige el RBNZ se ha actualizado. En 2021 se promulgó la nueva Ley del Banco de la Reserva de Nueva Zelanda, lo que nos permite convertirnos en un banco central moderno, transparente y adecuado para su propósito.

Nuestra Ley nos da el propósito legislativo de promover la prosperidad y el bienestar de todos los neozelandeses y contribuir a una economía sostenible y productiva. Nuestras funciones incluyen:

• Controlar la inflación para mantener los precios estables y apoyar al mismo tiempo el máximo empleo sostenible;

• Proteger y promover la estabilidad del sistema financiero de Nueva Zelanda;

• Producción de billetes y monedas de Nueva Zelandia; y

• Operar sistemas efectivos de pago y liquidación al por mayor.

Como se describe en nuestra estrategia climática de 2018, el cambio climático se cruza y se relaciona con todas las funciones que nos han sido asignadas.

Integración del riesgo relacionado con el clima en nuestros esfuerzos de estabilidad financiera

Los bancos centrales no son los principales impulsores o árbitros de la adaptación climática o de la financiación de la transición. Los gobiernos y los mercados, y en muchos aspectos la gente buena como usted, tienen las llaves en ese sentido.

Colectivamente, Nueva Zelanda ha reconocido la necesidad de adaptarse al cambio climático y descarbonizarse de manera eficiente. Estas necesidades se reconocen en los esfuerzos de reducción de emisiones de Nueva Zelanda para cumplir con la Contribución Determinada a Nivel Nacional3 establecida por el Gobierno en virtud del Acuerdo de París.

Sin embargo, un papel importante de un banco central es ayudar a garantizar que el sistema financiero funcione de manera eficiente. Un sistema eficiente reconoce, valora, asigna y gestiona mejor el riesgo económico a medida que se dispone de información para hacerlo. El cambio climático es uno de esos riesgos.

Nuestro objetivo de estabilidad financiera4 nos obliga a prepararnos adecuadamente para los posibles riesgos relacionados con el clima que se avecinan. Lo hacemos a través de nuestra configuración de políticas y la supervisión prudencial y la supervisión de nuestras instituciones financieras.

Y no estamos solos en este sentido. Más de 120 bancos centrales de todo el mundo se han unido a la Red para la Ecologización del Sistema Financiero con el propósito expreso de comprender mejor y responder mejor a los riesgos relacionados con el clima.

Como señaló recientemente mi homóloga en el Banco de la Reserva de Australia, la gobernadora Michele Bullock, «el cambio climático y las medidas que se adopten en respuesta tendrán amplias implicaciones para la economía, el sistema financiero y la sociedad en general». 5

El RBNZ está alineado con los bancos centrales de todo el mundo para tomar en serio los riesgos financieros del cambio climático. La estabilidad financiera a largo plazo no debe ser víctima del pensamiento a corto plazo.

A continuación, me referiré a algunos trabajos que estamos realizando en ese sentido.

Nuestro trabajo con entidades reguladas prudencialmente

Pruebas de estrés

Las pruebas de resistencia son una herramienta utilizada para evaluar la resiliencia de las entidades financieras ante perturbaciones graves pero plausibles. Recientemente hemos comenzado a incluir los riesgos relacionados con el clima en nuestras pruebas de resistencia, principalmente para ayudarnos a nosotros mismos, y a los sectores bancario y de seguros, a desarrollar la capacidad de evaluar el impacto del clima en la estabilidad financiera.

Nuestra prueba de estrés de Seguros Generales en 2021 incluyó un escenario de eventos climáticos severos,6 y nuestra prueba de estrés de solvencia bancaria de 2021 incorporó una sequía que coincidió con una recesión económica severa. El resultado fue un aumento en los impagos de préstamos lácteos mucho mayor de lo que sería el caso de otro modo.

En 2022, nuestro trabajo de pruebas de resistencia con los bancos incluyó evaluaciones de una serie de riesgos relacionados con el clima, como las inundaciones costeras y continentales, la sequía y la fijación de precios de las emisiones. Te animo a que veas los resultados de esas pruebas en nuestro sitio web.

Los cinco bancos minoristas más grandes de Nueva Zelanda están llevando a cabo actualmente una nueva prueba de estrés climático,7 que se utiliza para evaluar la resiliencia de sus balances a los riesgos físicos y de transición combinados hasta 2050. Este escenario ya está disponible en nuestro sitio web y nuestro objetivo es publicar los resultados del análisis en el primer trimestre de 2024. Nuestros bancos están utilizando la prueba de resistencia para prepararse para hacer frente mejor a la disrupción que seguirá provocando el cambio climático.

También los animo a leer el Informe de Estabilidad Financiera8 publicado a principios de esta semana, que ilustra algunos de los posibles impactos de la sequía y la fijación de precios de las emisiones en los sectores de las ovejas, la carne de vacuno y los productos lácteos.

Orientaciones para las entidades reguladas sobre la gestión de los riesgos relacionados con el clima

Otra cosa que ayuda a poner de relieve los riesgos a largo plazo es la orientación sobre la gestión de los riesgos relacionados con el clima que proporcionamos a nuestras entidades reguladas prudencialmente.

Hemos preparado esta guía en consonancia con las directrices de la XRB y la FMA, pero se adapta específicamente a las necesidades de nuestras entidades reguladas prudencialmente. Se trata de los bancos registrados de Nueva Zelandia, los aseguradores autorizados, las instituciones de depósito no bancarias autorizadas y los operadores de infraestructuras designadas de los mercados financieros. Nuestra guía tiene como objetivo ayudar a todas nuestras entidades reguladas prudencialmente, ya sea que participen en la divulgación obligatoria o no, a gestionar el riesgo relacionado con el clima de manera eficiente y efectiva.

Publicamos una versión preliminar en marzo y recibimos algunos comentarios útiles en los que ahora estamos trabajando. Cuando se revise y entre en vigor, la guía también proporcionará una estructura adicional a nuestras conversaciones de supervisión con nuestras entidades sobre el clima.

Supervisión

Lo que me lleva a nuestro papel de supervisión. La supervisión es un conducto fundamental entre las entidades reguladas prudencialmente y el RBNZ. Es la forma en que evaluamos, monitoreamos y apoyamos la capacidad de las empresas para cumplir con nuestros objetivos de estabilidad financiera y su adherencia a nuestras normas y expectativas regulatorias.

El riesgo relacionado con el clima es un tema prioritario en el Consejo de Reguladores Financieros (CoFR)9 y estamos colaborando en nuestra supervisión del cambio climático, en particular con la FMA.

También estamos incluyendo el cambio climático como tema en nuestros compromisos de supervisión programados con la gerencia y los consejos de administración, así como en reuniones independientes con expertos técnicos de los bancos, las instituciones de depósito no bancarias y las aseguradoras que supervisamos prudencialmente.

Al hacerlo, discutimos las responsabilidades, la supervisión y la implementación de las estrategias climáticas y la gestión de riesgos de las entidades, y los pasos prácticos que están tomando para preparar divulgaciones relacionadas con el clima y planes de transición.

Nuestras colaboraciones nacionales e internacionales

Liderar a través de la colaboración, a nivel local…

Se necesita colaboración para que nuestro sistema financiero tenga en cuenta mejor los riesgos y desarrolle resiliencia frente a los desafíos climáticos a largo plazo.

Además de nuestras colaboraciones nacionales a través de CoFR, también estamos trabajando con científicos e investigadores de Nueva Zelanda para ayudar a identificar las lagunas de datos y mejorar nuestra comprensión de la mecánica de los riesgos relacionados con el clima.

Nosotros, y nuestras entidades reguladas prudencialmente, también estamos colaborando más con los maoríes. Los iwi, y los maoríes en general, tienen distintos desafíos, oportunidades y aspiraciones en la transición hacia una economía baja en emisiones. En algunos casos, los iwi ya están liderando el desarrollo de soluciones climáticas.

Por ejemplo, Ngāti Porou, Ngāti Tūwharetoa y Te Arawa han adoptado pólizas colectivas de seguros colectivos para los marae, reduciendo sus costos mediante la mancomunación de riesgos y, en última instancia, mejorando el acceso a los colchones financieros en caso de fenómenos meteorológicos extremos10.

El acceso al capital también será crucial para acelerar la inversión en la economía maorí y la diversificación hacia sectores con menos emisiones.

En la actualidad, la economía maorí está fuertemente invertida en sectores basados en la tierra, principalmente la agricultura11, que tienen altos perfiles de emisiones. Las actividades empresariales maoríes también están fuertemente invertidas en el transporte, la construcción y la fabricación, industrias de altas emisiones que requieren una importante inversión de capital para reducir las emisiones.

El trabajo colectivo que se está llevando a cabo para mejorar el acceso de los maoríes al capital ayudará a reducir los riesgos de la transición. El año pasado publicamos un documento temático sobre el acceso de los maoríes al capital.12 Ahora estamos trabajando con bancos minoristas, organismos gubernamentales y iwi maoríes para desempeñar nuestro papel y contribuir a mejorar el acceso al capital.

… y a nivel mundial

Los esfuerzos para mejorar la gestión del riesgo sistémico requieren colaboración y liderazgo entre jurisdicciones, y entre los sectores público y privado, para generar el impulso que necesitan para persistir.

Como destaqué anteriormente, estamos profundizando nuestra comprensión de los riesgos relacionados con el clima a través de nuestra participación en una red mundial de bancos centrales, la Red para la Ecologización del Sistema Financiero (NGFS, por sus siglas en inglés). Estamos copresidiendo una línea de trabajo de NGFS: «Cero emisiones netas para los bancos centrales»13 con el banco central de Italia, Banca d’Italia, que abarca tres temas: la inversión sostenible y responsable (ISR), las propias divulgaciones relacionadas con el clima de los bancos centrales y la ecologización de las operaciones corporativas de los bancos centrales.

Esperamos que lo que aprendamos en estas colaboraciones sea de utilidad no solo para los bancos centrales, sino para el sector financiero en su conjunto.

Mirando hacia el futuro

En los cinco años transcurridos desde que hablé sobre la necesidad de una visión a más largo plazo en el sistema financiero, hemos logrado un progreso sólido en el establecimiento de las prácticas y procedimientos necesarios. Pero aún queda mucho por hacer.

Nuestra propia divulgación

Para ayudar a estructurar nuestro pensamiento, nos hemos comprometido a desarrollar nuestra primera divulgación relacionada con el clima. Al igual que las aproximadamente 200 entidades de Nueva Zelanda que desarrollan divulgaciones obligatorias bajo el Estándar Climático de Nueva Zelanda (NZ CS 1) de la XRB, entendemos perfectamente que los procesos de divulgación efectivos implican más que agregar datos de emisiones a un Informe Anual o una declaración de que hemos hablado con un consultor sobre el clima futuro.

El desarrollo de una divulgación significativa requiere un examen en profundidad de cómo la estrategia y las funciones principales de su organización se ven afectadas por los riesgos relacionados con el clima. Para nosotros, esa es una petición ligeramente diferente: tenemos que examinar nuestras funciones básicas como banco central, incluida la política monetaria, nuestro balance, los sistemas monetarios y de pago, y nuestras acciones como regulador y supervisor prudencial.

Política monetaria

Al igual que los bancos centrales de todo el mundo, estamos aumentando nuestra comprensión de cómo se cruzan el cambio climático, la macroeconomía y la política monetaria. Las perturbaciones disruptivas del lado de la oferta, como las de la invasión rusa de Ucrania y la pandemia, presagian perturbaciones potencialmente similares del lado de la oferta derivadas del empeoramiento de los impactos climáticos y de una economía en transición.

Comprender el trabajo que queda por hacer para la transición a cero emisiones netas nos dará una idea del impacto potencial en el empleo y la inflación en Nueva Zelanda. Observar la evolución de las políticas a nivel nacional y en otros países ayudará a desarrollar nuestro sentido de cómo los riesgos pueden afectar a la economía nacional.

Por lo que respecta a los riesgos físicos, las pruebas de la importancia macroeconómica de la sequía para la economía de Nueva Zelandia están bien establecidas.

Nuestra propia investigación14,15 encontró que la sequía fue un factor exacerbante durante las recesiones, incluidas las provocadas por los shocks de los precios del petróleo de 1974-1977, la crisis financiera asiática de 1997 y la crisis financiera mundial de 2008, y que la sequía de 2013 fue macroeconómicamente significativa.

Si bien la sequía ha sido históricamente la mayor exposición relacionada con el clima a la que se enfrenta la economía de Nueva Zelanda, el cambio climático también aumentará la frecuencia y la gravedad de otros eventos, como las tormentas y las inundaciones, como desafortunadamente se vio el verano pasado.

Los riesgos relacionados con el clima exigen nuestra atención, pero no debemos ignorar las enormes oportunidades que puede brindar la transición a cero emisiones netas. La disrupción a menudo trae oportunidades. Por ejemplo, la investigación y el desarrollo de tecnologías de bajas emisiones, nuevas ideas que desvinculan la actividad económica de la producción de materiales y nuevos bienes y servicios relacionados con la adaptación.16

Visión del balance

En relación con su trabajo en materia de política monetaria, los bancos centrales de todo el mundo están identificando y abordando cada vez más los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en sus propios balances.

El balance del RBNZ se compone principalmente de bonos soberanos para la aplicación de la política monetaria y la gestión de las reservas de divisas. La evaluación de un bono soberano en cuanto a su exposición pasada y potencial a los riesgos relacionados con el clima requiere datos y una cuidadosa consideración, especialmente cuando intentamos minimizar nuestros riesgos de crédito y liquidez.

Again, the NGFS workstream we are co-chairing with Banca d’Italia is a vital resource for us, with a sub-group researching these new areas, identifying better practices, and sharing them amongst central banks.

Infraestructura de dinero y pagos resiliente al clima

También estamos trabajando para garantizar que el dinero del banco central siga estando disponible para el público cuando y donde lo necesite. Las situaciones de crisis como el ciclón Gabrielle demostraron con demasiada claridad la naturaleza vital del efectivo y los sistemas de pago.

Algunos bancos minoristas han perdido capacidad local al cerrar sucursales y reducir el número de cajeros automáticos, lo que los hace más dependientes de las redes de carreteras, datos y electricidad con un riesgo cada vez mayor de interrupción debido al cambio climático. El sistema de efectivo tendrá que adaptarse con el tiempo para seguir satisfaciendo las necesidades de los neozelandeses, incluyendo potencialmente un nuevo dólar digital neozelandés, para que circule junto con el efectivo físico.

Lo que se vislumbra en el horizonte

En nuestro trabajo con otros bancos centrales y supervisores a nivel internacional, tenemos la suerte de formar parte de muchas discusiones sobre la dirección futura del clima y cuestiones de sostenibilidad más amplias.

A principios de este año, los Ministros de Finanzas y Cambio Climático de Australia y Nueva Zelanda se reunieron en Wellington, donde, entre otras cosas, acordaron alinear los enfoques con respecto al desarrollo de un marco de finanzas sostenibles.

Toitū Tahua, el Centro de Finanzas Sostenibles y el Ministerio de Medio Ambiente, están liderando el desarrollo de una taxonomía desde el lado de Nueva Zelanda y los animo a participar con ellos en ese proceso.

Las taxonomías pueden apoyar el desarrollo de mercados para préstamos y emisiones de bonos vinculados al clima y la sostenibilidad, proporcionando claridad sobre las expectativas de rendimiento y asegurando a los inversores que se están cumpliendo sus objetivos climáticos y de sostenibilidad.

Este trabajo es vital cuando las preocupaciones legítimas en torno al lavado verde podrían socavar la inversión en el cambio hacia una economía resiliente al clima y baja en emisiones.

Del mismo modo, los acuerdos de financiación mixta también han sido un tema clave de las recientes deliberaciones del NGFS17 y del Banco de Pagos Internacionales.18 Se ha determinado que catalizar los flujos de financiación del sector privado con recursos públicos es una palanca clave de la transición. Sin embargo, para que fluya la combinación de capital público-privado, los responsables de la formulación de políticas y los actores del sector privado necesitan mejores datos, transparencia de la información y certidumbre sobre el desarrollo y la implementación de tecnologías y regulaciones específicas para las emisiones.

Conclusión

La lucha contra el cambio climático es a la vez un enorme desafío y una oportunidad a la que todos tenemos la obligación de responder. Sigue estando en nuestras manos adoptar las medidas necesarias para la transición de nuestros sistemas económicos y financieros.

Se necesitarán esfuerzos concertados y colaborativos, pero sigue siendo eminentemente alcanzable. Más que eso, estos son cambios críticos que debemos hacer si queremos que nuestras empresas neozelandesas estén mejor posicionadas para prosperar en un mundo con cero emisiones netas.

Los bancos centrales tienen un papel de apoyo que desempeñar. Podemos proporcionar al sistema financiero procesos y funciones como las pruebas de estrés y la supervisión prudencial que ayudan a mantener los objetivos a largo plazo en el punto de mira, y podemos mantener los riesgos en mente para las entidades financieras. También podemos proporcionar orientación e información para ayudar a los mercados a funcionar de manera más eficiente, reflejando los avances globales en la gestión de riesgos y el análisis de riesgos relacionados con el clima. Y podemos facilitar la colaboración entre quienes desarrollan y mantienen mecanismos de financiación de la transición.

Muchos de ustedes ya están comprometidos en este trabajo y quiero agradecerles por sus esfuerzos. También me gustaría dar las gracias a los bancos, las aseguradoras, los responsables políticos, las organizaciones del sector agrícola, las iwi y las ONG, que se han interesado tanto, han asumido compromisos demostrables y han tomado medidas en los últimos años. Ha sido emocionante e inspirador presenciar esto, y es solo el comienzo.

Cambiar el futuro nos llevará a todos a poner el hombro al volante. Pero hay muchos de nosotros involucrados en este mahi, y ninguno de nosotros está llevando la carga solo.

En RBNZ estamos haciendo nuestra parte para proporcionar algunas de las herramientas y procesos clave que permiten a nuestro sistema financiero ver más claramente ese futuro y realizarlo. Espero que se unan a nosotros en eso.

Gracias.


Referencias

Bullock, M. (29 de agosto de 2023). Cambio Climático y Bancos Centrales [Discurso Cambio Climático y Bancos Centrales]. https://www.rba.gov.au/speeches/2023/sp-dg-2023-08-29.html

Carney, M. (29 E.C., septiembre). Rompiendo la tragedia del horizonte – cambio climático y estabilidad financiera [Discurso Rompiendo la tragedia del horizonte – cambio climático y estabilidad financiera]. https://www.bankofengland.co.uk/speech/2015/breaking-the-tragedy-of-the-horizonclimate-change-and-financial-stability

Consejo de Reguladores Financieros. (s.f.). Riesgos relacionados con el clima. Obtenido de https://www.cofr.govt.nz/priority-themes/climate-related-risks.html

Mejorar el acceso de los maoríes al capital. (9 de agosto de 2022). Obtenido del sitio web del Banco de la Reserva de Nueva Zelanda: https://www.rbnz.govt.nz/have-your-say/improving-maori-access-to-capital

Kamber, G., McDonald, C., & Price, G. (2013). Secado: Investigación de los efectos económicos de la sequía en Nueva Zelanda. Nota analítica del Banco de la Reserva de Nueva Zelandia. Obtenido del sitio web de la Nota Analítica del Banco de la Reserva de Nueva Zelanda: https://www.rbnz.govt.nz//media/project/sites/rbnz/files/publications/analytical-notes/2013/an2013-02.pdf

McLeod, R., & Lam, V. (2021). Instituciones y acuerdos de servicios financieros maoríes. Banco de la Reserva de Nueva Zelanda. Obtenido del sitio web del Banco de la Reserva de Nueva Zelanda: https://www.rbnz.govt.nz//media/project/sites/rbnz/files/publications/analytical-notes/2021/AN2021-04.pdf

Menon, R. (2023, marzo). Un impulso de supervisión para la planificación de la transición y la financiación combinada. Presentado en la conferencia Green Swan 2023. Recuperado de https://www.bis.org/review/r230601g.pdf

Ministerio de Empresa, Innovación y Empleo, y Ministerio de Industrias Primarias. (2021). Perfil de emisiones de la economía maorí. Recuperado de https://www.mbie.govt.nz/dmsdocument/17448-maorieconomy-emissionsprofile#:~:text=Greenhouse%20gas%20emissions%20from%20the,6.4%25%20of%20New%20Zealand%27s%20GDP.

Ministerio de Medio Ambiente. (2020). Evaluación Nacional de Riesgos del Cambio Climático para Nueva Zelanda Arotakenga Tūraru mō te Huringa Āhuarangi o Āotearoa. En https://environment.govt.nz/assets/Publications/Files/national-climate-change-risk-assessmentmain-report.pdf. Ministerio de Medio Ambiente.

Nueva Zelanda. (2021). Presentación en el marco del Acuerdo de París de la primera contribución determinada a nivel nacional de Nueva Zelanda. Recuperado de https://unfccc.int/sites/default/files/NDC/202206/New%20Zealand%20NDC%20November%202021.pdf

NGFS publica su programa de trabajo 2022-2024. (2022, 30 de mayo). Recuperado del sitio web de los Bancos Centrales y Supervisores del NGFS: https://www.ngfs.net/en/communique-de-presse/ngfs-publishes-its2022-2024-work-program

Nicholls, K., & Samarasekera, R. (2021). Resultados de la prueba de estrés de la industria de seguros generales de 2021. [Revisión de los resultados de la prueba de estrés de la industria de seguros generales de 2021]. Boletín del Banco de la Reserva de Nueva Zelandia, 84(2). https://www.rbnz.govt.nz//media/project/sites/rbnz/files/publications/bulletins/2021/rbb2021-84-02.pdf

Orr, A. (2018, septiembre). Geopolítica, Nueva Zelanda y los vientos de cambio. Presentado en la Conferencia Nacional Shaping Futures. Recuperado de https://www.rbnz.govt.nz//media/project/sites/rbnz/files/publications/speeches/2018/speech-geopolitics-new-zealand-and los vientos del cambio.pdf

Reddell, M., & Sleeman, C. (2008). Algunas perspectivas sobre las recesiones pasadas. Boletín, 71(2). Recuperado de https://www.rbnz.govt.nz//media/project/sites/rbnz/files/publications/bulletins/2008/2008jun71-2reddellsleeman.pdf

Ley del Banco de la Reserva de Nueva Zelanda de 2021 (2021). https://www.legislation.govt.nz/act/public/2021/0031/latest/whole.html#LMS286981

Banco de la Reserva de Nueva Zelanda. (2023). Informe de Estabilidad Financiera 11/2023. Recuperado de https://www.rbnz.govt.nz/-/media/project/sites/rbnz/files/publications/financial-stability reports/2023/ nov-2023/fsr-nov-23.pdf

Banco de la Reserva de Nueva Zelanda. (2023, 10 de octubre). Resumen de la Prueba de Estrés Climático. Obtenido de https://www.rbnz.govt.nz/financial-stability/stress-testing-regulated-entities/climate-stresstest


Publicado originalmente: https://www.bis.org/review/r231113q.pdf

Se necesitan múltiples claves para desbloquear el impacto social


Por: Gill Wadsworth
2 de enero de 2024

Los esfuerzos para aumentar la inversión en infraestructura social del Reino Unido en 2024 requieren más detalles por parte del gobierno y más conocimiento entre los inversores.

El Reino Unido se enfrenta a una importante infrautilización en educación, vivienda y sanidad, lo que podría dejar a la sociedad y a los ciudadanos individuales «inseguros» y vulnerables a disparidades «extremadamente preocupantes» en materia de salud y bienestar.

Estas son las opiniones de grupos de expertos y asociaciones comerciales, incluida la Asociación Médica Británica (BMA), que dice que el presupuesto de 190.100 millones de libras esterlinas del Servicio Nacional de Salud (NHS) para 2024/25 «no es suficiente para satisfacer la demanda», a pesar de aumentar 0.300 millones de libras esterlinas con respecto al año anterior.

La BMA destaca la falta de inversión en infraestructura, señalando que «no hay suficientes camas en los hospitales y algunas fincas son inseguras».

En educación, el Instituto de Estudios Fiscales (IFS) informa que para 2024-25, después de contabilizar los costos específicos, «el gasto escolar por alumno seguirá siendo un 3% más bajo que en 2010».

Estos recortes son «extremadamente preocupantes» para el Instituto de Política Educativa, que argumenta que ampliarán las brechas entre los niños más pobres y sus pares.

La vivienda ha obtenido promesas que acaparan los titulares de una subvención gubernamental de 14.000 millones de libras esterlinas para construir 145.000 viviendas asequibles cada año, con un coste estimado de 35.000 millones de libras esterlinas anuales.

Pero esto representa una brecha de 20.000 millones de libras esterlinas, además de la financiación necesaria para garantizar que las viviendas actuales cumplan con los nuevos estándares de seguridad y medio ambiente.

Fuente obvia de financiación

El Gobierno del Reino Unido es muy consciente de la necesidad de fomentar la inversión del sector privado en infraestructuras sociales si quiere tener alguna esperanza de cumplir su programa de nivelación; promete reducir las listas de espera del NHS; y honrar el compromiso de ofrecer «educación, formación y cuidados de clase mundial».

Los inversores institucionales, específicamente los fondos de pensiones, son una fuente obvia de apoyo financiero, ya que tienen pasivos a largo plazo con términos que coinciden con los flujos de rendimiento probables, lo que también se alinea con la necesidad de tener un impacto ESG positivo.

Mark Gross, director de capital de desarrollo de la gestora de inversiones Downing, afirma: «La infraestructura social, por su naturaleza, tiene un impacto social, lo que contribuye al impulso de un enfoque más sostenible de la inversión. Las recompensas pueden ser atractivas tanto para la sociedad como para los inversores, un escenario en el que todos ganan».

Sin embargo, invertir en escuelas, hospitales y viviendas está lejos de ser sencillo, ya que presenta limitaciones de liquidez y, por lo general, exige grandes cantidades de capital que pueden estirar los límites de muchos fideicomisarios.

La industria ha sorteado estos desafíos durante mucho tiempo ofreciendo acceso a activos a través de fondos inmobiliarios más amplios.

Sin embargo, Stuart Hanson, Director Asociado de Soluciones para Clientes de AlphaReal, afirma que, si bien los gestores especializados llevan décadas invirtiendo en los sectores de la vivienda, la sanidad y la educación, «muchos inversores institucionales y sus consultores se han sentido históricamente más cómodos con la vivienda, asignando menos capital a los demás sectores dentro de la infraestructura social».

Hanson dice que este panorama ha cambiado en el último año, impulsado por el sector del Plan de Pensiones del Gobierno Local (LGPS), que ha mostrado un creciente apetito por los fondos de impacto social.

La investigación de AlphaReal encontró que el 87% de los profesionales de pensiones LGPS esperan que sus fondos se centren más en «generar un impacto social positivo». De ellos, más de tres cuartas partes (77%) concentrarán sus asignaciones de infraestructura social solo en el Reino Unido.

Pero con el gobierno bajo tales presiones financieras, no puede permitirse perder los miles de millones de libras disponibles de los fondos de pensiones del Reino Unido fuera de la LGPS.

Presión del Gobierno

Esto se hizo evidente en las reformas de Mansion House anunciadas por el canciller Jeremy Hunt en julio pasado, destinadas a «desbloquear capital para nuestras industrias más prometedoras y aumentar los rendimientos para los ahorradores, apoyando el crecimiento en toda la economía en general», lo que en última instancia impulsa el capital hacia los mercados privados, lo que incluye, entre otros, activos de infraestructura social.

En particular, se hace hincapié en facilitar la asignación de los sistemas de contribución definida a las clases de activos líquidos.

Mike Toft, director de residencias de ancianos de Octopus Real Estate, apoya las propuestas, pero dice que deben aclarar cómo los fondos de pensiones pueden alinear sus estrategias de inversión con los resultados socialmente positivos que busca el gobierno y, por lo tanto, definir activos aceptables para los inversores de DC. «El diablo estará en los detalles, pero cualquier cosa que ayude a los activos ilíquidos a llegar a ese mercado [de pensiones] es positiva».

El detalle que falta es un problema para Joe Condy, consultor de inversiones de Quantum Advisory, quien argumenta que «para una gran mayoría de los planes de pensiones, no creemos que [las reformas de Mansion House] supongan una gran diferencia».

«Por su naturaleza, las inversiones en infraestructura social son ilíquidas y, por lo tanto, están sujetas a las típicas barreras de entrada. Por supuesto, algunos de los planes más grandes con presupuestos de gobernanza más altos y flexibilidad podrían verse más incentivados por las reformas por varias razones», dice.

«Pero para los esquemas pequeños y medianos, creemos que la accesibilidad sigue siendo un problema, y el acceso a este tipo de inversiones podría lograrse mejor invirtiendo en bienes raíces diversificados o fondos del mercado privado de activos múltiples, donde el riesgo de concentración se gestiona de manera más efectiva».

Condy dice que, si bien el desarrollo y el lanzamiento de fondos de activos a largo plazo, que facilitan a los inversores individuales la asignación a activos líquidos, pueden alentar los esquemas de CD hacia la infraestructura social, agrega que «no prevemos una adopción grande o rápida en toda la industria».

La Asociación de Pensiones y Ahorros de por Vida (PLSA, por sus siglas en inglés) ha acogido con satisfacción el compromiso del Gobierno de no introducir planes de inversión que no redunden en beneficio de los miembros, dejando claro que «es esencial preservar el derecho de los fondos de pensiones a invertir de acuerdo con su deber fiduciario».

Pero la asociación, que también participó en el diseño de los fondos de activos a largo plazo del Reino Unido, así como el Grupo de Trabajo de Finanzas Productivas del Banco de Inglaterra, también quiere más detalles.

Tiffany Tsang, jefa de DB, LGPS e Inversiones de la PLSA, quiere saber hasta dónde está dispuesto a llegar el gobierno para apoyar sus propias propuestas. «Se trata de asegurarse de que haya una cartera de oportunidades», dice. «Si bien la vivienda social se entiende bastante bien, la atención médica y la educación, que obviamente contribuyen al bienestar general de las comunidades locales, deben pensarse más para que el gobierno pueda cumplir sus promesas».

La encuesta de AlphaReal revela que la falta de oportunidades de inversión es la segunda barrera más grande para los profesionales de LGPS que invierten en infraestructura social, después de la falta de conocimiento del impacto y las características de la inversión.

Hanson, de AlphaReal, estima que la escasez de acciones de infraestructura social adecuadas para el propósito del Reino Unido es de más de 50.000 millones de libras esterlinas, lo que «representa una importante oportunidad de inversión para los inversores institucionales» en la atención a personas mayores y especializadas, la vida asistida y la atención primaria.

Si las reformas de Mansion House tienen éxito en fomentar la inversión en pequeñas y medianas empresas (PYMES) y nuevas empresas, dice Jack Burnham, jefe de Vivienda Asequible de Octopus Real Estate, estas pueden proporcionar innovaciones para apoyar el crecimiento en el sector de infraestructura social, creando un círculo virtuoso donde surgen oportunidades más impactantes que ofrecen rendimientos a largo plazo a los inversores.

«Si las reformas pueden impulsar a las pymes a ofrecer la tecnología, la posible fabricación externa y otras innovaciones que pueden acelerar la construcción, eso solo puede ser algo bueno», dice Burnham.

Doble riesgo

A pesar de su abundante potencial, la infraestructura social no está exenta de un doble riesgo: el incumplimiento de los objetivos de retorno e impacto.

Toft dice que invertir en una operación bien investigada y de alta calidad que sea adecuada para su propósito debería resultar en un negocio rentable que cumpla con su contrato social.

Sin embargo, ha habido más de un puñado de historias de terror en todo el sector social en las que empresas de dudosa reputación han quebrado, dejando a algunos de los más vulnerables de la sociedad en la ruina y a los inversores sin dinero.

Hanson dice: «El principal riesgo no financiero es el riesgo reputacional, en el caso de que los activos se gestionen mal y no proporcionen el impacto social positivo que se previó. Por lo tanto, la selección de operadores es un componente increíblemente importante de esta clase de activos y la razón por la que los inversores recurren a gestores especializados para que les ayuden a gestionar este riesgo».

Y continúa: «Vale la pena destacar que la mayoría de los inversores invertirán a través de un fondo que sea el propietario legal de los activos, lo que proporciona una capa adicional de protección al inversor final. Como parte del proceso de inversión, es clave establecer y evaluar el beneficio social al que se apunta; Además, puede trabajar con terceros para evaluar y revisar esto».

Como sector, la infraestructura social está poco investigada y comprendida, dice Gross en Downing, y agrega: «Es fundamental promover más investigación, periodismo responsable y educar al público sobre los beneficios de la inversión privada en infraestructura social, incluida la capacidad de brindar servicios de alta calidad y administrados de manera eficiente donde las necesidades de la sociedad se satisfagan adecuadamente a un precio justo para el público».

Gross llega a decir que el Reino Unido necesita «alejarse rápidamente de la creencia distorsionada de que el capital privado no debe obtener beneficios de las empresas que sirven a un beneficio social crítico. La percepción de una relación ganar-perder entre los proveedores de capital privado y el público es inútil e inexacta».

En la Declaración de Otoño de noviembre, el canciller Hunt confirmó un presupuesto de 320 millones de libras esterlinas para implementar las reformas de Mansion House para ofrecer «una serie de medidas, que se espera que proporcionen 1.000 libras esterlinas adicionales para los fondos de pensiones de las personas cada año, [y] ayudarán a los fondos de pensiones a invertir en empresas innovadoras y de alto crecimiento para cumplir con los ahorradores y hacer crecer la economía».

Invertir en infraestructura social puede ser beneficioso tanto para los inversores como para la sociedad, pero las asignaciones generalizadas al sector podrían seguir siendo un reto para todos, excepto para los inversores más grandes, al menos hasta que haya una mayor comprensión de lo que implica.

Como dice Condy: «Para la gran mayoría de los fideicomisarios, [la infraestructura social] es un área bastante especializada en la que la comprensión y la investigación son limitadas. Por lo tanto, los fideicomisarios confían en sus asesores, donde los beneficios potenciales y los puntos de acceso se comprenden mejor, pero sigue siendo un área de nicho para la mayoría de los planes de pensiones».

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Análisis de datos de financiación sanitaria

Nuestro análisis analiza la financiación de la atención sanitaria y social en el Reino Unido, destacando los cambios a lo largo del tiempo, el impacto de la COVID-19, la variación en el Reino Unido y las comparaciones con otros países.

El gasto sanitario ha aumentado casi todos los años desde que se creó el NHS. Esto es necesario para satisfacer la creciente demanda: la población ha crecido y más personas viven más tiempo con problemas de salud más complejos.

Sin embargo, en la década anterior a la pandemia de COVID-19, la financiación sanitaria del Reino Unido creció a un ritmo más lento que antes, con una tasa de crecimiento inferior a la media a largo plazo. La pandemia desencadenó inyecciones de fondos adicionales, que eran muy necesarias, pero que no compensaron el infra gasto histórico. Entre 2009/10 y 2021/22, el infra gasto acumulado (la diferencia entre lo que habría sido la financiación si se hubieran mantenido las tasas de crecimiento históricas y lo que realmente se proporcionó) alcanzó los 322.000 millones de libras esterlinas en términos reales.

El presupuesto de primavera de 2023 más reciente no hizo nuevos anuncios sobre la financiación de la salud, y los compromisos asumidos en la Declaración de otoño de 2022 se mantendrán sin cambios durante el resto del período de revisión del gasto (que finaliza en 2024/25), a pesar de que la alta inflación erosionó el valor de la financiación prevista.

Lea nuestro análisis detallado de los últimos eventos fiscales y presupuestos.

Presupuesto del Departamento de Salud y Asistencia Social

Cada nación del Reino Unido es responsable de sus propios presupuestos de atención médica. La financiación del NHS en Inglaterra proviene del DHSC. Los fondos para la atención sanitaria y social se asignan por separado a otras naciones del Reino Unido a través de una subvención global, que proporciona un nivel equivalente (ajustado a la población) de financiación para la salud y la atención, aunque cada nación puede elegir cuánto gasta en el sistema de salud y atención.

El gasto en atención médica se desglosa entre:

  • Financiación de ingresos: se gasta en recursos cotidianos (como salarios, que constituyen la mayor parte del gasto en recursos) y costos de administración.
  • Financiación de capital: se gasta en activos fijos a largo plazo, como hospitales. Para un análisis más detallado de la financiación de capital en Inglaterra, consulte nuestro informe de infraestructura de Estates.

Financiación COVID-19

Durante la pandemia, el Gobierno proporcionó importantes fondos de emergencia al DHSC para apoyar la respuesta a la COVID-19. En Inglaterra, se asignaron alrededor de 46.000 millones de libras esterlinas en fondos reservados al presupuesto del DHSC en 2020/21, y para 2021/22, se proporcionaron alrededor de 37.000 millones de libras.

El presupuesto de primavera de 2023 no proporcionó nuevos fondos para el Departamento de Salud y Asistencia Social

Incluso teniendo en cuenta las cifras actualizadas de inflación, la financiación del presupuesto de primavera de 2023 para el DHSC para el resto del período de revisión del gasto (que finaliza en 2024/25) se mantiene sin cambios con respecto a los compromisos asumidos en noviembre de 2022. No habrá ningún aumento en los presupuestos de capital o ingresos del NHS con respecto a lo anunciado en otoño anterior. Hay un aumento de 0,3 mil millones de libras esterlinas en el gasto de capital en salud para 2023/24 (en comparación con las asignaciones realizadas en la Declaración de otoño de 2022), pero esto proviene de un gasto insuficiente en 2022/23 y no representa un aumento general.

Además, a partir de 2025/26, la dotación total de gasto de capital (incluidos todos los departamentos, no solo la salud) se mantendrá estable en términos de efectivo. Esto significa que caerá un 1,2% anual en términos reales, lo que agravará los problemas de cartera de infraestructuras y mantenimiento.

Atención Social

A pesar de la creciente demanda de cuidados y de la escasez de servicios de personal, la atención social no se mencionó en el presupuesto de primavera de 2023. En noviembre de 2022, el Gobierno proporcionó financiación adicional a la atención social y puso a disposición hasta 2.800 millones de libras esterlinas en 2023/24 y 4.700 millones de libras esterlinas en 2024/25 para ayudar a apoyar la atención social y el alta de adultos, incluidos 1.000 millones de libras esterlinas para apoyar directamente las altas hospitalarias a la comunidad, para apoyar al NHS. Sin embargo, si no se toman medidas adicionales y se sigue financiando en función de la demanda, las personas, las familias y el NHS se harán cargo de la falta de inversión.

Presupuesto del NHS de Inglaterra

La gran mayoría del presupuesto del DHSC se destina al NHS de Inglaterra. Para este año fiscal (2023/24), 160.400 millones de libras esterlinas (85%) del presupuesto se transfieren directamente al NHS. También se proporcionan fondos para Health Education England, la Agencia de Seguridad Sanitaria del Reino Unido y la Oficina para la Mejora de la Salud y las Disparidades (que reemplazaron a Public Health England en octubre de 2021), y otros organismos independientes.

Cómo gasta el DHSC su presupuesto

Gasto de recursos (día a día) y de capital

El año más reciente en el que se dispone de desgloses de la financiación del DHSC se encuentra en el informe y las cuentas anuales del DHSC 2021/22.

En 2021/22, el gasto bruto del DHSC fue de 193.800 millones de libras esterlinas para los costes diarios, y 9.700 millones de libras esterlinas fue el gasto de capital (el total combinado es superior al presupuesto, porque el DHSC recauda algunos ingresos por sí mismo).

La mayor esfera de gastos, que constituye más de un tercio del presupuesto ordinario general, son los gastos de personal.

Gasto en ingresos fuera del día a día para 2021/22:

  • Se gastaron 71.500 millones de libras esterlinas (37%) en costes de personal de proveedores del NHS
  • Se gastaron 32.100 millones de libras esterlinas (17%) en adquisiciones
  • Se gastaron 14.900 millones de libras esterlinas (8%) en atención primaria

Gasto histórico en salud

El gasto sanitario (el dinero gastado en salud en todos los departamentos gubernamentales) ha aumentado significativamente a lo largo de las décadas transcurridas desde que se creó el NHS en 1948. En los últimos años, ha aumentado significativamente debido a la financiación adicional de la COVID-19, y alcanzó los 217.000 millones de libras esterlinas en 2021/22 (el año más reciente para el que se dispone de estos datos).

El Reino Unido no está solo en esto. El gasto sanitario ha aumentado a lo largo de las décadas en casi todos los países comparables. Esto se debe al aumento de la población, al envejecimiento de la población con necesidades sanitarias cada vez más complejas y al aumento de los costes relativos de los tratamientos, incluidos los precios de los medicamentos. Después de ajustar el crecimiento de la población y los cambios demográficos, el gasto en salud se ha mantenido más o menos constante en los últimos 15 años.

Sin embargo, el crecimiento del gasto sanitario en todos los departamentos no ha sido constante a lo largo de la vida del NHS. Los aumentos en el gasto en la década anterior a la pandemia estuvieron significativamente por debajo del promedio histórico a largo plazo.

Los fondos adicionales para la COVID-19 a lo largo de la pandemia significaron que el gasto en salud se acercó a donde habría estado si el crecimiento del gasto no hubiera caído en la última década. Sin embargo, esta financiación adicional no compensa el infragasto acumulado desde 2009/10, que alcanzó los 322.000 millones de libras esterlinas en 2021/22.

Esto significa que el NHS todavía se está poniendo al día y no ha podido invertir tanto en áreas clave, particularmente en la fuerza laboral y en infraestructura.

Variación regional del gasto sanitario

El gasto sanitario por persona es desigual en todo el Reino Unido, y es el más bajo de Inglaterra. Entre 2019/20 y 2020/21, la financiación adicional para la COVID-19 ha aumentado significativamente el gasto sanitario por persona en todos los países. Al año siguiente (2021/22) siguió subiendo en términos reales en Gales y Escocia, pero disminuyó en Inglaterra e Irlanda del Norte.

También hay una variación significativa entre las regiones de Inglaterra, con Londres teniendo el mayor gasto sanitario por persona, y las regiones del este (este de Inglaterra, sureste y East Midlands) entre las más bajas en términos de gasto por persona. En 2020/2021, el gasto por persona cayó en todas las regiones inglesas excepto en Londres.

Las diferencias significativas en el gasto sanitario por persona pueden dar lugar a diferencias en la atención que reciben las personas. Sin embargo, las regiones con niveles más bajos de salud pueden recibir más fondos para la salud, en la medida en que las asignaciones de fondos para diferentes áreas geográficas tengan en cuenta la demografía y las necesidades de salud de la población. En parte, esto explica las diferencias geográficas en el nivel de gasto por persona.

Comparación internacional del gasto sanitario

Antes de la pandemia, el gasto sanitario en el Reino Unido como porcentaje del PIB había estado históricamente por debajo de muchos países comparables como Francia y Alemania. La Fundación de Salud descubrió que el gasto sanitario medio diario en el Reino Unido entre 2010 y 2019 fue de 3.005 libras esterlinas por persona, un 18% por debajo de la media de la UE14 de 3.655 libras.

Durante la pandemia, el gasto proporcional en salud aumentó sustancialmente en la mayoría de los países. Los datos de la OCDE muestran que el Reino Unido gastó alrededor del 12% de su PIB en salud en 2020 y 2021, en comparación con solo el 10% en 2019. Aunque la pandemia provocó un aumento del gasto sanitario, estos cambios se debieron en gran medida al impacto de la pandemia en la economía en general (el Reino Unido tuvo la mayor caída del PIB del G7).

Además, los datos provisionales sugieren que, a pesar de estos aumentos, el gasto sanitario en el Reino Unido seguía estando por debajo de Francia y Alemania en 2022.

Durante la pandemia, el gasto proporcional en salud aumentó sustancialmente en la mayoría de los países. Los datos de la OCDE muestran que el Reino Unido gastó alrededor del 12% de su PIB en salud en 2020 y 2021, en comparación con solo el 10% en 2019. Aunque la pandemia provocó un aumento del gasto sanitario, estos cambios se debieron en gran medida al impacto de la pandemia en la economía en general (el Reino Unido tuvo la mayor caída del PIB del G7).

Además, los datos provisionales sugieren que, a pesar de estos aumentos, el gasto sanitario en el Reino Unido seguía estando por debajo de Francia y Alemania en 2022.

Cómo se financia el gasto en salud

La gran mayoría de la financiación del NHS proviene de la tributación central (Reino Unido), principalmente a través de la tributación general, y una proporción menor de las contribuciones a la seguridad social, un impuesto sobre la nómina pagado por empleados y empleadores. El NHS también recibe ingresos a través del tratamiento privado de los pacientes, el cobro de recetas y los cargos por el tratamiento dental del NHS.

Tasa de asistencia sanitaria y social

En octubre de 2022, el canciller, Jeremy Hunt, confirmó la cancelación de la tasa de salud y asistencia social, con una reversión del aumento del 1,25% de la Seguridad Social a partir de noviembre de 2022. Sin embargo, la financiación de los servicios de salud y asistencia social se mantendrá en el mismo nivel que si existiera el gravamen.

¿Es adecuada la financiación de la sanidad?

Aunque el gasto del NHS ha aumentado, no ha aumentado lo suficiente como para satisfacer la demanda. No se ha invertido lo suficiente en infraestructura, lo que significa que no hay suficientes camas en los hospitales y algunas urbanizaciones son inseguras. El personal también ha tenido que soportar aumentos salariales subinflacionarios desde 2008, lo que los ha dejado sintiéndose infravalorados y agotados.

La BMA presentó una representación a la revisión de gastos anterior en la que destacaba las áreas que necesitaban inversión. Estas llamadas, junto con más detalles sobre los anuncios del Gobierno, se pueden encontrar en nuestro análisis de revisión del presupuesto y el gasto de otoño


Publicado originalmente: https://www.esginvestor.net/multiple-keys-needed-to-unlock-social-impact/

Recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con la Naturaleza


Resumen ejecutivo

Nuestra sociedad, nuestras economías y nuestros sistemas financieros están integrados en la naturaleza, no son externos a ella. La prosperidad y la resiliencia de nuestras sociedades y economías dependen de la salud y la resiliencia de la naturaleza y su biodiversidad. La salud de los ecosistemas es un requisito previo para el mantenimiento de los servicios ecosistémicos que las comunidades necesitan para sobrevivir y prosperar, y de los que dependen las empresas y las finanzas para generar flujos de caja y rendimientos.

La ciencia es clara. La naturaleza se está deteriorando a nivel mundial y la biodiversidad está disminuyendo más rápido que en cualquier otro momento de la historia de la humanidad. La mayoría de los servicios ecosistémicos vitales de los que dependen las empresas y la sociedad, y que constituyen la base de toda economía, están en declive. La economía mundial ya está operando fuera de la zona segura de seis de los nueve límites planetarios, procesos que son críticos para mantener la estabilidad de la Tierra. En la actualidad, los mercados empresariales y financieros no están valorando adecuadamente los servicios ecosistémicos.

Cada vez hay más pruebas de que esto plantea riesgos para las empresas, los proveedores de capital, los sistemas financieros y las economías, y de que estos riesgos son cada vez más graves y frecuentes. Las cadenas de suministro mundiales críticas, desde la agroindustria hasta los semiconductores, están sufriendo interrupciones por la escasez de agua y el estrés hídrico. La degradación de los bosques amenaza la disponibilidad y la seguridad a largo plazo de productos básicos valiosos de los que dependen algunos sectores, como los cosméticos. Se ha comprobado que la degradación de la tierra y el suelo tiene un impacto negativo en el valor de mercado de las empresas y aumenta el riesgo crediticio para los prestamistas asociados. La pérdida de polinizadores está afectando negativamente a la producción agrícola, y la creciente demanda de servicios de polinización es cada vez más difícil de satisfacer en algunos países. Las empresas de diversos sectores, desde los agroquímicos hasta la minería, que no han gestionado sus impactos relacionados con la naturaleza han sufrido denegaciones de permisos y demandas, con el consiguiente deterioro de las calificaciones crediticias y las valoraciones de mercado.

Los bancos centrales y los supervisores financieros reconocen cada vez más que la pérdida de naturaleza es una fuente de riesgo sistémico para los sistemas financieros y las economías. En marzo de 2022, la Red para la Ecologización del Sistema Financiero (NGFS, por sus siglas en inglés), una red de más de 125 bancos centrales y supervisores financieros, llegó a la conclusión de que los riesgos relacionados con la naturaleza podrían tener importantes implicaciones macroeconómicas, y que la falta de contabilización, mitigación y adaptación a estas implicaciones es una fuente de riesgos para las instituciones financieras individuales, así como para la estabilidad financiera. En septiembre de 2023, el NGFS animó a todos los bancos centrales y supervisores a evaluar los riesgos económicos y financieros derivados de la pérdida de naturaleza y a actuar al respecto.

«Como bancos centrales y supervisores,

Tenemos todas las razones para estar preocupados porque

Es una ilusión pensar que podemos preservar la estabilidad financiera

si esta degradación continúa».

Klaas Knot, presidente del Consejo de Estabilidad Financiera y presidente del De Nederlandsche Bank.

Los gobiernos también se están movilizando a través de medidas políticas y fiscales. En diciembre de 2022, casi 200 gobiernos se comprometieron con objetivos y metas ambiciosos en el marco del Marco Mundial de la Biodiversidad de Kunming-Montreal para detener y revertir la pérdida de naturaleza para 2030. La meta 15 del GBF exige que las empresas monitoreen, evalúen y divulguen de manera transparente sus riesgos, dependencias e impactos en la biodiversidad, para garantizar que las empresas, la sociedad y la naturaleza existan en armonía. Los gobiernos de Australia, Brasil, China, la Unión Europea, los Estados Unidos y otros países están proporcionando nuevos fondos e incentivos sustanciales para movilizar la innovación y el capital financiero del sector privado detrás de los planes de transición ecológica, los mercados de la naturaleza y las estrategias de inversión en bioeconomía.

A pesar de los riesgos y oportunidades, la mayoría de las empresas y proveedores de capital siguen sin estar preparados. Según el Foro Económico Mundial, los riesgos climáticos y ambientales son ahora los riesgos más importantes identificados por los ejecutivos globales para la próxima década, pero también son los riesgos para los que se considera que estamos menos preparados. Hoy en día, la mayoría de las empresas, los inversores y los prestamistas no comprenden sus dependencias, impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la naturaleza, y no tienen en cuenta adecuadamente la naturaleza en sus estrategias y decisiones de asignación de capital. Los datos publicados por CDP sugieren que casi el 70% de las empresas que divulgan datos a través de CDP no evaluaron el impacto de su cadena de valor en la biodiversidad en 2022.

«Alentar y permitir que las empresas [puedan]…

Supervisar, evaluar y divulgar periódicamente sus riesgos,

dependencias e impactos sobre la biodiversidad,

incluso con requisitos para todas las empresas grandes y transnacionales

e instituciones financieras a lo largo de sus operaciones,

cadenas de suministro y de valor, y carteras».

Meta 15, Marco Mundial para la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal

La naturaleza ya no es una cuestión de responsabilidad social corporativa, sino una cuestión central y estratégica de gestión de riesgos junto con el cambio climático. Debe incorporarse a las decisiones estratégicas, de gestión de riesgos y de asignación de capital de las empresas y las finanzas, teniendo en cuenta el clima y la naturaleza plenamente integrados.

Invertir en la salud y la resiliencia de la naturaleza es una buena práctica empresarial, ya que es una buena mitigación de riesgos, pero también una fuente de oportunidades de negocio. La administración de la naturaleza por parte de empresas e inversores, así como la inversión en ella, es una oportunidad de transformación para las empresas que innovan y las instituciones financieras que financian las soluciones necesarias a escala.

Las recomendaciones del TNFD ayudan a las organizaciones a afrontar este reto. El Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras relacionadas con la Naturaleza (TNFD, por sus siglas en inglés) es una iniciativa global, dirigida por el mercado, basada en la ciencia y respaldada por el gobierno para ayudar a las empresas e instituciones financieras a incorporar la naturaleza en su toma de decisiones. El Grupo de Trabajo está formado por 40 altos ejecutivos de empresas e instituciones financieras de todo el mundo que representan más de 20 billones de dólares en activos bajo gestión, con operaciones y cadenas de valor en más de 180 países.

Las recomendaciones de la Directiva sobre la diversidad biológica proporcionan a las empresas y a las instituciones financieras de todos los tamaños un marco de gestión de riesgos y divulgación de información para identificar, evaluar, gestionar y, en su caso, divulgar cuestiones relacionadas con la naturaleza. Incluye 14 divulgaciones recomendadas que cubren dependencias, impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la naturaleza (Figura 1).

Las recomendaciones han sido diseñadas para:

• Ser coherente con el lenguaje, la estructura y el enfoque tanto del Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con el Clima (TCFD) como del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) para permitir la presentación integrada de informes relacionados con el clima y la naturaleza, replicando los cuatro pilares de divulgación y las 11 divulgaciones recomendadas por el TCFD, que ahora se han incorporado a las Normas ISSB y, por lo tanto, a su línea de base mundial de informes de sostenibilidad;

• Dar cabida a los diferentes enfoques de materialidad que se aplican actualmente en las jurisdicciones de todo el mundo, a través de dos lentes de materialidad: satisfacer las necesidades de información material de los proveedores de capital, en consonancia con las Normas NIIF del ISSB y las recomendaciones del TCFD, y satisfacer las necesidades de información material de las partes interesadas centradas en los impactos, alineadas con un enfoque de materialidad más amplio, coherente con las Normas GRI;

• Estar alineado con los objetivos y metas de la política mundial en el Marco de Cooperación Mundial sobre la Diversidad Biológica, incluida la Meta 15 sobre la presentación de informes corporativos sobre riesgos, dependencias e impactos relacionados con la naturaleza; y

• Aprovechar la mejor ciencia disponible, incluidas las evaluaciones de la Plataforma Intergubernamental de Política Científica sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES) y la ciencia del clima del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC).

«La capacidad de una entidad para generar flujos de efectivo a corto plazo,

mediano y largo plazo está inextricablemente ligado a las interacciones

entre la entidad y sus grupos de interés, la sociedad,

la economía y el medio ambiente natural en todo el mundo

la cadena de valor de la entidad».

NIIF S1 Requerimientos Generales para la Información Financiera Relacionada con la Sostenibilidad

Las recomendaciones del TNFD están estructuradas para permitir que las empresas y las instituciones financieras comiencen a informarse sobre el clima durante la última década, y para proporcionar un camino para aumentar su ambición de divulgación a lo largo del tiempo, en consonancia con la Meta 15 del GBF.

A fin de apoyar la adopción y el suministro de información coherente, comparable y útil para la adopción de decisiones a los usuarios de los informes, el Grupo de Trabajo ha elaborado:

• Un conjunto de indicadores y parámetros recomendados para la evaluación y el apoyo a la divulgación; y

• Un conjunto de orientaciones adicionales que cubren:

• Cómo comenzar con TNFD, con pasos prácticos, consideraciones y conocimientos de las pruebas piloto;

• La identificación y evaluación de las cuestiones relacionadas con la naturaleza (enfoque LEAP), basándose en los marcos, herramientas y conjuntos de datos existentes líderes en el mercado e integrando su utilización;

• Sectores y tipos específicos de ecosistemas (biomas);

• Análisis de escenarios; y

• Participación de los Pueblos Indígenas, las Comunidades Locales y las partes interesadas afectadas.

Al igual que con los informes financieros convencionales y los informes económicos nacionales, el TNFD propone un enfoque de indicadores principales para la medición, aprovechando la mejor ciencia disponible y las métricas cruzadas que ya utilizan los participantes del mercado a través de organizaciones como SASB (que ahora forma parte de la Fundación NIIF), GRI, CDP y EFRAG. Incorporan métricas intersectoriales y específicas del sector para proporcionar un enfoque flexible a los preparadores de informes y una base para el análisis comparativo por parte de los usuarios de los informes.

Las recomendaciones y las directrices adicionales que las acompañan se basan en una amplia retroalimentación del mercado y en pruebas piloto. Son coherentes con las recomendaciones del TCFD, los estándares ISSB y GRI y los objetivos y metas de la política global en el GBF. A lo largo de este proceso, el Grupo de Trabajo ha trabajado en estrecha colaboración con las principales organizaciones científicas y conservacionistas mundiales para garantizar que las recomendaciones del TNFD se basen en definiciones autorizadas y basadas en el consenso como base de un sistema lingüístico accesible al mercado para comprender la naturaleza y gestionar cuestiones relacionadas con la naturaleza.

Ha llegado el momento de actuar y las recomendaciones del TNFD están listas para su adopción. Para hacer frente a la disminución de la productividad y la resiliencia de la naturaleza y, por extensión, a la disminución de la prosperidad y la resiliencia de nuestras sociedades, economías, sistemas financieros y modelos de negocio, las cuestiones relacionadas con la naturaleza deben incorporarse ahora a los procesos de gestión de riesgos empresariales y de cartera. De lo contrario, las empresas, las finanzas, los sistemas financieros y toda la sociedad se encuentran con un importante punto ciego en la gestión de riesgos ante la aceleración de la pérdida de la naturaleza.

Introducción

Antecedentes

Nuestra sociedad, nuestras economías y nuestros sistemas financieros están integrados en la naturaleza, no son externos a ella.1 La prosperidad y la resiliencia de nuestras sociedades y economías dependen de la salud y la resiliencia de la naturaleza y su biodiversidad. Los ecosistemas saludables son un requisito previo para el flujo sostenido de servicios ecosistémicos que las comunidades necesitan para sobrevivir y prosperar, y de los que dependen las empresas y las finanzas para generar flujos de efectivo y rendimientos.

La ciencia es clara. La naturaleza se está deteriorando a nivel mundial y la biodiversidad está disminuyendo más rápido que en cualquier otro momento de la historia de la humanidad. La mayoría de los servicios ecosistémicos vitales de los que dependen las empresas y la sociedad, y que constituyen la base de toda economía, están en declive.2 La economía mundial ya está operando fuera de la zona segura de seis de los nueve límites planetarios, procesos que son fundamentales para mantener la estabilidad de la Tierra (Figura 3).3 Los servicios ecosistémicos no están siendo valorados adecuadamente por los mercados empresariales y financieros actuales.

Cada vez hay más pruebas de que esto plantea riesgos para las empresas, los proveedores de capital, los sistemas financieros y las economías, y de que estos riesgos son cada vez más graves y frecuentes. Las cadenas de suministro mundiales críticas, desde la agroindustria hasta los semiconductores, se enfrentan a interrupciones debido a la escasez de agua y el estrés. La degradación de los bosques está amenazando la disponibilidad y la seguridad a largo plazo de productos básicos valiosos de los que dependen algunos sectores, como los cosméticos. Se ha comprobado que la degradación de la tierra y el suelo repercute negativamente en el valor de mercado de las empresas y aumenta el riesgo crediticio para los prestamistas asociados. La pérdida de polinizadores está afectando negativamente a la producción agrícola, y la creciente demanda de servicios de polinización es cada vez más difícil de satisfacer en algunos países, de los sectores, desde los agroquímicos hasta la minería, que no han gestionado sus impactos relacionados con la naturaleza, han experimentado denegaciones de permisos y demandas, con el consiguiente deterioro de las calificaciones crediticias y las valoraciones de mercado.

Los bancos centrales y los supervisores financieros reconocen cada vez más que la pérdida de naturaleza es una fuente de riesgo sistémico para los sistemas financieros y las economías. En marzo de 2022, la Red para la Ecologización del Sistema Financiero (NGFS, por sus siglas en inglés), una red de más de 125 bancos centrales y supervisores financieros, concluyó que los riesgos relacionados con la naturaleza podrían tener implicaciones macroeconómicas significativas, y que el hecho de no tener en cuenta, mitigar y adaptarse a estas implicaciones es una fuente de riesgos para las instituciones financieras individuales, así como para la estabilidad financiera.8 En septiembre de 2023,  el NGFS alentó a todos los bancos centrales y supervisores a evaluar y actuar sobre los riesgos económicos y financieros derivados de la pérdida de la naturaleza.

Los gobiernos también se están movilizando a través de medidas políticas y fiscales. En diciembre de 2022, casi 200 gobiernos se comprometieron con objetivos y metas ambiciosos en el marco del Marco Mundial de la Biodiversidad de Kunming-Montreal para detener y revertir la pérdida de naturaleza para 2030. La meta 15 del GBF exige que las empresas monitoreen, evalúen y divulguen de manera transparente sus riesgos, dependencias e impactos en la biodiversidad, para garantizar que las empresas, la sociedad y la naturaleza existan en armonía. Los gobiernos de Australia, Brasil, China, la Unión Europea, los Estados Unidos y otros países están proporcionando nuevos fondos e incentivos sustanciales para movilizar la innovación y el capital financiero del sector privado detrás de los planes de transición ecológica, los mercados de la naturaleza y las estrategias de inversión en bioeconomía.

A pesar de los riesgos y oportunidades, la mayoría de las empresas y proveedores de capital siguen sin estar preparados. Según la Encuesta Global de Percepción de Riesgos del Foro Económico Mundial, los riesgos climáticos y ambientales no son los riesgos más significativos para la próxima década. También son los riesgos para los que se considera que estamos menos preparados. Hoy en día, la mayoría de las empresas, los inversores y los prestamistas no comprenden sus dependencias, impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la naturaleza, y no tienen en cuenta adecuadamente la naturaleza en sus estrategias y decisiones de asignación de capital.

La naturaleza ya no es una cuestión de responsabilidad social corporativa, sino una cuestión central y estratégica de gestión de riesgos junto con el cambio climático. Debe incorporarse a la estrategia, la gestión de riesgos y las decisiones de asignación de capital de las empresas y las finanzas, integrando plenamente las consideraciones climáticas y de la naturaleza. Invertir en la salud y la resiliencia de la naturaleza es una buena práctica empresarial, tanto como una buena mitigación de riesgos como una fuente de oportunidades de negocio. La administración de la naturaleza por parte de empresas e inversores, así como la inversión en ella, es una oportunidad de transformación para las empresas que innovan y las instituciones financieras que financian las soluciones necesarias a escala.

Hacer realidad la información relacionada con la naturaleza es un desafío, pero factible, ya que se basa en el trabajo ya realizado en respuesta a los riesgos relacionados con el clima. Si bien ahora existe un objetivo de información corporativa de naturaleza en el GBF, se debe realizar un trabajo significativo para desarrollar la comprensión y la capacidad de las empresas e instituciones financieras de todos los tamaños y en todos los sectores y geografías para permitirles tomar medidas. El hecho de que muchas organizaciones, tanto con requisitos de divulgación pública como pequeñas y medianas empresas en todas las cadenas de suministro, hayan aumentado su conciencia y capacidad para evaluar las implicaciones del cambio climático proporciona una plataforma sólida sobre la que construir. El cambio climático es uno de los cinco impulsores del cambio en la naturaleza y está inextricablemente ligado en causa y efecto a los otros cuatro impulsores. Las empresas y las instituciones financieras deben adoptar un enfoque integrado para identificar, evaluar y responder a las dependencias, los impactos, los riesgos y las oportunidades relacionados con el clima y la naturaleza. En una encuesta global realizada a 240 preparadores de informes, el 86% de los encuestados pensó que podría comenzar a divulgar información alineada con las recomendaciones del TNFD para el año fiscal 2026.

Sin embargo, es importante reconocer que la identificación, evaluación y gestión de los problemas relacionados con la naturaleza es necesariamente diferente a la del clima. El cambio climático es un proceso global dentro de una atmósfera compartida. Ese carácter esencial ha dado lugar al concepto de un presupuesto mundial de carbono, que es fundamental para la respuesta política y empresarial mundial para hacer frente al cambio climático. Por el contrario, los impactos y dependencias relacionados con la naturaleza son específicos de la ubicación y, por lo tanto, requieren una evaluación y respuestas locales y específicas del contexto. Comprender dónde se producen las interacciones con la naturaleza es de suma importancia para la identificación, evaluación y gestión de los problemas relacionados con la naturaleza.

El Grupo de Trabajo y su enfoque de diseño y desarrollo

Lanzado en 2021, el Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras relacionadas con la Naturaleza (TNFD, por sus siglas en inglés) es una iniciativa global, dirigida por el mercado, basada en la ciencia y respaldada por el gobierno, con la misión de desarrollar y ofrecer un marco de divulgación y gestión de riesgos para que las organizaciones informen y actúen sobre cuestiones relacionadas con la naturaleza en evolución.

La puesta en marcha del Grupo de Trabajo estuvo precedida de una fase preparatoria desde septiembre de 2020 hasta junio de 2021. Un Grupo de Trabajo Informal, compuesto por 75 miembros, entre ellos 49 instituciones financieras y empresas, ocho gobiernos y organismos reguladores y de supervisión, y 18 grupos de reflexión y consorcios de mercado, preparó un alcance técnico y un plan de trabajo para el TNFD y estableció siete principios para el diseño y desarrollo de sus recomendaciones:

• Garantizar la usabilidad en el mercado;

• Adoptar un enfoque basado en la ciencia;

• Centrarse en los impactos y las dependencias de la naturaleza, así como en los riesgos y oportunidades para las organizaciones en los negocios y las finanzas;

• Estar orientado a un propósito con un sesgo hacia permitir que las organizaciones tomen medidas más temprano que tarde;

• Proporcionar un diseño integrador y adaptativo para trabajar con los procesos de gestión de riesgos existentes en los negocios y las finanzas;

• Reflejar la conexión inherente de los desafíos climáticos y naturales y la importancia de las soluciones basadas en la naturaleza; y

• Garantizar que el marco y el enfoque sean pertinentes, justos, valiosos, accesibles y asequibles en todo el mundo, incluidos los mercados emergentes y desarrollados.

El Grupo de Trabajo oficioso contó con el apoyo de un Grupo Oficioso de Expertos Técnicos y un Grupo de Asociados Fundadores integrado por Global Canopy, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Iniciativa Financiera del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP-FI) y WWF.

Como reflejo de la importancia de la iniciativa, el TNFD se incluyó en la Hoja de Ruta de Finanzas Sostenibles del G20 en 2021, con la solicitud de entregar las recomendaciones en un plazo de dos años. El TNFD ha sido financiado por un grupo de socios gubernamentales y filantrópicos representados en el Consejo de Administración del TNFD, junto con otras organizaciones que fundaron la iniciativa del TNFD. Se trata de los gobiernos de Australia, Países Bajos, Francia, Alemania, Noruega, Suiza y el Reino Unido, el PNUD, la FI del PNUMA, el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), la Fundación del Fondo de Inversión para la Infancia (CIFF), Global Canopy, la Fundación Macdoch y WWF International.

«Esperamos con interés la publicación del

Grupo de Trabajo sobre Divulgación Financiera relacionada con la Naturaleza (TNFD)

marco del mercado e instar a los participantes en el mercado,

gobiernos y reguladores para apoyar su desarrollo».

Comunicado de los dirigentes del G7 en Hiroshima, 20 de mayo de 2023

«Reconocemos el importante trabajo de la

Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras relacionadas con la Naturaleza (TNFD)

en el desarrollo de un marco para empresas y organizaciones

informar sobre la evolución de los riesgos financieros relacionados con la naturaleza y actuar al respecto,

y para que los inversores evalúen mejor los riesgos financieros relacionados con la naturaleza.

Invitamos a los participantes del mercado a participar en el marco del TNFD y

comprometerse a apoyar su desarrollo.

Seguimos trabajando con los ministros de Finanzas en esta área».

Declaración de Bali del G20, 15 y 16 de noviembre de 2022

Los destinatarios de las recomendaciones del TNFD

Las recomendaciones y orientaciones del TNFD son útiles tanto para los preparadores de informes que desarrollan su comprensión interna de las cuestiones relacionadas con la naturaleza como para poner en marcha planes para gestionarlas, y para los usuarios de los informes, incluidos los proveedores de capital y otras partes interesadas.

Las recomendaciones del TNFD están diseñadas para organizaciones de todos los tamaños, en todos los sectores y a lo largo de las cadenas de valor. El Grupo de Trabajo tiene como objetivo, a lo largo del tiempo, ayudar a todas las organizaciones a identificar y evaluar sus problemas relacionados con la naturaleza y proporciona recomendaciones sobre qué divulgar sobre estos temas a los proveedores de capital, los reguladores y otras partes interesadas, cuando las organizaciones tienen tales requisitos de divulgación. Las recomendaciones y orientaciones son pertinentes para una amplia gama de participantes y facilitadores del mercado:

1. Empresas: La aplicación de las recomendaciones puede ayudar a informar mejor la estrategia corporativa, la gobernanza y la toma de decisiones de gestión de riesgos, y la incorporación de evaluaciones de riesgos relacionados con la naturaleza junto con los informes de riesgos relacionados con el clima y, en el mejor de los casos, integrarlos con ellos.

2. Inversores e instituciones financieras: La información divulgada puede respaldar decisiones de asignación de capital y actividades de administración más informadas y sólidas basadas en la claridad, la confianza y la confianza en los datos relacionados con cuestiones relacionadas con la naturaleza. Los grandes propietarios de activos, los gestores de activos, los prestamistas y las instituciones financieras de desarrollo pueden desempeñar un papel importante en el impulso de la divulgación de información financiera relacionada con la naturaleza y en el fortalecimiento de la gestión de las cuestiones relacionadas con la naturaleza en las organizaciones que financian. Las empresas tienen más del doble de probabilidades de divulgar información sobre temas relacionados con el clima, los bosques y el agua cuando las instituciones financieras se lo solicitan.

3. Reguladores: Las recomendaciones y orientaciones pueden respaldar los mecanismos de divulgación existentes y nuevos, las normas y otros requisitos reglamentarios específicos de cada jurisdicción.

4. Bolsas de valores: Las recomendaciones pueden servir de base para la consideración de nuevos requisitos de cotización voluntarios y obligatorios vinculados a los riesgos relacionados con la naturaleza, así como las oportunidades relacionadas con la naturaleza para las nuevas ofertas de acciones cotizadas.

5. Empresas de aseguramiento y contabilidad: La guía de divulgación puede informar sobre la auditoría y el aseguramiento de la información corporativa relacionada con la naturaleza y ayudar a mejorar las funciones internas de gestión de riesgos de las organizaciones clientes.

6. Proveedores de datos, agencias de calificación crediticia y proveedores de servicios financieros: Las recomendaciones y orientaciones pueden proporcionar a los proveedores de datos, las agencias de calificación crediticia y los proveedores de servicios financieros criterios para obtener datos e información coherentes y sólidos sobre las cuestiones relacionadas con la naturaleza de una organización y cómo se gestionan.

Las orientaciones y recomendaciones del TNFD también son pertinentes para las pequeñas y medianas empresas (PYME). En muchos casos, las pymes están más cerca de la fuente de las dependencias, los impactos, los riesgos y las oportunidades relacionados con la naturaleza y pueden tener menos opciones para diversificar su exposición o cambiar el abastecimiento. Su evaluación de las cuestiones relacionadas con la naturaleza también les permitirá responder a las solicitudes de información relacionada con la naturaleza de sus proveedores y clientes intermedios. No obstante, el TNFD reconoce que algunas pymes pueden necesitar más apoyo para aplicar las recomendaciones de manera proporcional al tamaño de sus actividades y a los recursos de que disponen. En reconocimiento de ello, el Grupo de Trabajo tiene la intención de trabajar en orientaciones adicionales para las PYME.

Desarrollo del marco: un enfoque de innovación abierta

El Grupo de Trabajo comenzó a trabajar en octubre de 2021. Está formado por 40 altos ejecutivos de empresas, instituciones financieras e intermediarios de mercado de todos los sectores y geografías, con más de 20 billones de dólares en activos bajo gestión y una presencia en 180 países. Está dirigido por los copresidentes Elizabeth Mrema y David Craig, y cuenta con el apoyo de más de 1.200 organizaciones miembros del Foro TNFD, que representan a los 24 sectores empresariales identificados por el Foro Económico Mundial (FEM) como los que tienen los mayores riesgos, impactos o dependencias relacionados con la naturaleza. Una red de 19 socios de conocimiento, entre los que se encuentran las principales organizaciones científicas y de conservación del mundo, así como organismos de normalización, contribuyó activamente.

Desde el principio, el Grupo de Trabajo buscó desarrollar el marco con la máxima transparencia y participación de organizaciones científicas, de normas y de información corporativa, participantes en el mercado, ONG y organizaciones de la sociedad civil, y representantes de los pueblos indígenas. A lo largo de dos años, el TNFD siguió un enfoque de innovación abierta, que implicó el lanzamiento de cuatro versiones «beta» de un marco prototipo para la retroalimentación y las pruebas piloto (véase la Figura 4). El enfoque de innovación abierta se describe en su totalidad en el Anexo 4. En resumen, incluyó:

• Pruebas piloto realizadas por más de 200 instituciones que van desde empresas multinacionales globales e instituciones financieras hasta empresas lideradas por indígenas, en todos los sectores y biomas;

• Más de 750.000 páginas vistas de las versiones beta en la plataforma en línea de más de 45 países y territorios;

• Más de 150 presentaciones, seminarios web y reuniones de grupos focales en todo el mundo con una amplia gama de partes interesadas;

• Un proceso de diálogo de un año de duración con el Foro Internacional Indígena sobre Diversidad Biológica (FIIB) y consultas con una amplia gama de organizaciones de la sociedad civil;

• Grupos de consulta en ocho países y tres regiones; y

• Una comunidad de más de 130 proveedores de datos que formaron el Catalizador de Datos relacionados con la Naturaleza para ayudar a identificar soluciones de datos, tras la publicación de la evaluación del panorama de datos de TNFD en marzo de 2022.

Alineación con los objetivos de la política global y la línea de base de los informes de sostenibilidad global

El TNFD se inspira y aborda en el Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD, por sus siglas en inglés) y se basa en los importantes avances en la presentación de informes corporativos de sostenibilidad desde la publicación de las recomendaciones del TCFD en 2017. El Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB, por sus siglas en inglés), el GRI y otras organizaciones de estándares e informes han trabajado en estrecha colaboración con el Grupo de Trabajo como socios de conocimiento. El TNFD ha trabajado para aprovechar y alimentar estas normas pertinentes que ya están establecidas y que están emergiendo como la nueva línea de base mundial para la presentación de informes de sostenibilidad.

En particular, las recomendaciones del TNFD se han diseñado para alinear y apoyar el panorama de las políticas y la divulgación relacionadas con la naturaleza (Figura 5). En particular, están diseñados para:

• Ser coherente con el lenguaje y la estructura tanto del TCFD como del ISSB. Las recomendaciones del TNFD conservan los cuatro pilares del TCFD, al igual que las Normas NIIF de la ISSB y las regulaciones jurisdiccionales de la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de la UE. El TNFD replica las 11 divulgaciones recomendadas por el TCFD para cuestiones relacionadas con la naturaleza, y solo agrega divulgaciones recomendadas adicionales cuando existe una justificación clara para hacerlo.

• Dar cabida a los diferentes enfoques de materialidad que se aplican actualmente en las jurisdicciones de todo el mundo. Las recomendaciones de TNFD pueden interpretarse a través de dos lentes de materialidad:

• Satisfacer las necesidades materiales de información de los proveedores de capital de acuerdo con las Normas NIIF del ISSB y las recomendaciones del TCFD, con un enfoque en la gestión de riesgos y cómo las dependencias y los impactos en la naturaleza crean riesgos y oportunidades para la posición financiera y las perspectivas de una organización; y

• Satisfacer las necesidades de información material de las partes interesadas centradas en los impactos, alineadas con un enfoque de materialidad más amplio, informando según los estándares ISSB y GRI.11

• Alinearse con los objetivos y metas de política global del GBF, acordados por casi 200 países en diciembre de 2022, y permitir la presentación de informes corporativos según lo requerido por la Meta 15 del GBF.

El resultado del enfoque de alineación del TNFD es el siguiente:

• Al mismo tiempo que se basa en la estructura del TCFD, el TNFD va más allá del TCFD al incorporar cuestiones relacionadas con la naturaleza en todos los ámbitos de la naturaleza (océano, agua dulce, tierra y atmósfera) y los impulsores del cambio de la naturaleza más allá del cambio climático, según lo identificado por la IPBES. Esto proporciona un enfoque integral para la presentación de informes corporativos ambientales alineado tanto con el Acuerdo de París como con el GBF.

• Al igual que el TCFD y el ISSB, el TNFD permite la divulgación de información material útil para la toma de decisiones de las empresas (preparadores de informes) a los inversores y otros proveedores de capital (los principales usuarios de los informes de sostenibilidad) para mejorar la resiliencia de las organizaciones a los riesgos climáticos y relacionados con la naturaleza.

• Al igual que el GRI y el ESRS en la Unión Europea, el TNFD también permite la divulgación de información útil para la toma de decisiones relacionada con el impacto.

Ruta de adopción

Sobre la base de la experiencia del TCFD, el TNFD prevé que sus recomendaciones se utilicen a lo largo de tres vías relacionadas para cambiar el panorama de la presentación de informes corporativos:

1. Influir en el panorama de las normas voluntarias: Tanto el ISSB como el GRI han sido socios de conocimiento del TNFD durante la fase de diseño y desarrollo de dos años de estas recomendaciones. Sus normas existentes y su orientación del mercado han desempeñado un papel fundamental en la configuración de las recomendaciones del TNFD. A su vez, el TNFD espera que sus recomendaciones den forma al desarrollo futuro de normas específicas de divulgación relacionadas con la naturaleza. El ISSB señaló en diciembre de 2022 que tiene la intención de aprovechar el trabajo de la TNFD a medida que desarrolle normas específicas de divulgación relacionadas con la naturaleza tras la publicación de sus Requisitos generales de las NIIF S1 y Normas de divulgación relacionadas con el clima S2 en junio de 2023. El Grupo de Trabajo está dispuesto a apoyar a la ISSB en sus futuros esfuerzos en materia de normas de divulgación relacionadas con la naturaleza.

2. Dar forma a la aparición de la regulación de la presentación de informes por parte de las empresas gubernamentales: Al igual que con la adopción de las recomendaciones del TCFD, varios gobiernos han manifestado su apoyo al TNFD y su intención de considerar las recomendaciones del Grupo de Trabajo. La Meta 15 del GBF pide a los gobiernos que establezcan requisitos para la presentación de informes corporativos sobre los riesgos, dependencias e impactos relacionados con la naturaleza para 2030. La alineación intencional de las recomendaciones del TNFD con los cuatro objetivos y las 23 metas del GBF debería ayudar a los gobiernos de todo el mundo a cumplir con la Meta 15.

3. Adopción voluntaria directa por parte de las empresas: Si bien el panorama de la presentación de informes voluntarios y regulatorios continúa evolucionando, las empresas y las instituciones financieras ya están señalando su intención de comenzar a adoptar las recomendaciones de TNFD, en línea con su misión y valores como organización, en preparación para los requisitos regulatorios y para responder a las crecientes demandas de sus inversores y prestamistas de más información relacionada con la naturaleza. Con la publicación de estas recomendaciones, el Grupo de Trabajo fomentará y apoyará la adopción voluntaria de sus recomendaciones por parte de empresas e instituciones financieras de todo el mundo, en coordinación con una serie de organizaciones asociadas.

La Figura 6 muestra la arquitectura global emergente para la presentación de informes corporativos relacionados con la naturaleza, en paralelo con lo que ha surgido para la presentación de informes relacionados con el clima.

Contexto para el desarrollo de la arquitectura de métricas TNFD

En el caso de las cuestiones relacionadas con la naturaleza, se necesitan parámetros y objetivos (y los datos que los respaldan) a tres niveles: mundial (el nivel de la política internacional coordinada); nacional (el nivel de la reglamentación y la legislación nacionales); y local (el nivel de ecosistemas específicos y las dependencias de las empresas y los impactos en la naturaleza). Esta arquitectura de medición de informes globales y corporativos ya está en marcha para el cambio climático. La publicación del Protocolo sobre los Gases de Efecto Invernadero en 2001 estimuló décadas de investigación y desarrollo de métodos para la contabilidad corporativa de los gases de efecto invernadero. Los acuerdos internacionales, como el Acuerdo de París, y el desarrollo de soluciones de datos, han permitido y acelerado aún más la notificación de las emisiones de alcance 1, 2 y 3.

La arquitectura global y corporativa de medición y presentación de informes aún está en desarrollo para los otros impulsores de la pérdida de la naturaleza (Figura 7). El marco de indicadores del GBF está en proceso de finalización, el Sistema de Contabilidad Ambiental y Económica de las Naciones Unidas – Contabilidad de los Ecosistemas (SCAEI) se aplica cada vez más a nivel nacional y la Red de Objetivos Basados en la Ciencia (SBTN) ha publicado recientemente métodos para las primeras metas basadas en la ciencia para la naturaleza. Sin embargo, no existe una arquitectura mundial universalmente acordada para la medición y la presentación de informes sobre la naturaleza comparable al Protocolo sobre los Gases de Efecto Invernadero.

La ausencia de un marco ampliamente adoptado ha planteado al Grupo de Trabajo un desafío significativo para hacer recomendaciones sobre métricas y metas, comparables con las recomendaciones del TCFD y los Requisitos Generales IFRS-S1 del ISSB y la expectativa de la Meta 15 del GBF. El Grupo de Trabajo ha trabajado con una amplia gama de socios científicos y organizaciones de informes corporativos, como la División de Estadística de las Naciones Unidas, SBTN, GRI, la Organización Internacional de Normalización (ISO) y CDP, durante la fase de diseño y desarrollo de dos años para tratar de abordar este desafío y apoyar a las empresas que buscan realizar informes cuantitativos. En la sección 4 se describe la arquitectura de los indicadores recomendados por el Grupo de Trabajo –un enfoque de indicadores adelantados muy similar al utilizado en los principales informes financieros y económicos nacionales– y en los anexos 1 y 2 se proporcionan los parámetros de divulgación de información sobre el TNFD. El Grupo de Trabajo también ha elaborado orientaciones adicionales sobre el establecimiento de objetivos en el marco del enfoque LEAP y ha elaborado conjuntamente con la SBTN una guía resumida sobre los métodos de la SBTN para establecer objetivos basados en la ciencia para la naturaleza.12 De forma similar a la forma en que el TCFD y la iniciativa de Objetivos Basados en la Ciencia permitieron la adopción de medidas para hacer frente al cambio climático, los lineamientos del TNFD y la SBTN pueden utilizarse para abordar cuestiones relacionadas con la naturaleza.

Orientación adicional para ayudar a las organizaciones a comenzar y desarrollar la divulgación a lo largo del tiempo

El Grupo de Trabajo se dedicó a diseñar sus recomendaciones a buen ritmo, dada la urgencia de abordar la pérdida de la naturaleza a nivel mundial. El TNFD espera catalizar la acción temprana de los participantes en el mercado y fomentar el aprendizaje y la mejora continua a lo largo del tiempo. Al igual que con los informes relacionados con el clima, y a medida que crezca la familiaridad con la naturaleza, la gestión de las cuestiones relacionadas con la naturaleza mejorará y la ambición de divulgación aumentará con el tiempo. El Grupo de Trabajo ha preparado orientaciones adicionales para respaldar esa vía de adopción:

• Orientación inicial con pasos prácticos, consideraciones y conocimientos de las pruebas piloto para ayudar a las organizaciones a iniciar sus divulgaciones relacionadas con la naturaleza alineadas con las recomendaciones de TNFD;

• Sugerencias de orientación sobre cómo hacerlo para la identificación y evaluación de cuestiones relacionadas con la naturaleza (el enfoque LEAP), basándose en los marcos líderes existentes en el mercado, como el Protocolo de Capital Natural y los métodos de fijación de objetivos de la SBTN, y señalando herramientas analíticas y conjuntos de datos de una serie de organizaciones líderes basadas en la ciencia, como la UICN, el PNUMA WCMC, WWF y muchas otras;

• Orientación complementaria por sector y tipo de ecosistema (bioma) para apoyar a las organizaciones en sus contextos económicos y geográficos particulares; y

• Orientación adicional sobre dos componentes transversales del enfoque LEAP: análisis de escenarios y compromiso con los pueblos indígenas, las comunidades locales y las partes interesadas afectadas.

El TNFD continuará trabajando con una serie de socios para desarrollar materiales de orientación adicionales para ayudar a aumentar la adopción voluntaria en el mercado. Esto también incluirá el conocimiento del mercado, la formación y las iniciativas de desarrollo de capacidades para acelerar el progreso en una serie de desafíos para la evaluación relacionada con la naturaleza y la presentación de informes corporativos.


Publicado originalmente: https://tnfd.global/wp-content/uploads/2023/08/Recommendations_of_the_Taskforce_on_Nature-related_Financial_Disclosures_September_2023.pdf?v=1695118661

La UE emite legislación ESAP


Publicado el 24 de diciembre de 2023 por Editor

Esta semana Europa publicó un reglamento acordado para establecer el Punto de Acceso Único Europeo (ESAP). Diseñado para proporcionar acceso centralizado a datos públicamente relevantes de todos los estados miembros de la UE, ESAP tiene el potencial de cambiar las reglas del juego para los datos digitales en Europa.

Propuesto inicialmente a principios de 2021, ESAP ofrecerá un punto único y gratuito de acceso a datos sobre empresas que cotizan en la UE, productos de inversión e información de sostenibilidad. ESAP es un gran paso adelante, ya que permite el acceso a datos cruciales de todos los estados miembros en un lugar conveniente. Como bien sabemos en XBRL International, actualmente esos datos se encuentran dispersos en una red compleja de diferentes ubicaciones en toda la UE, lo que dificulta su descubrimiento y, por lo tanto, obstaculiza la inversión transfronteriza.

ESAP no creará nuevos requisitos de presentación de informes, sino que recopilará la información presentada según los acuerdos de divulgación existentes, como la Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD, por sus siglas en inglés), en una plataforma útil y accesible. El acceso a ESAP será gratuito, pero la legislación permite que se incluyan tarifas aún por definir para servicios específicos para apoyar la sostenibilidad financiera. Las funcionalidades avanzadas y las características de inclusión harán que ESAP sea fácil de usar, mientras que sólidas medidas de privacidad protegerán los datos.

ESAP es un hito en la transparencia financiera de la UE y el acceso transfronterizo a datos digitales. Esperamos ver su implementación y comprender cómo un mejor acceso a los datos mejora la eficiencia en los mercados de capitales de la UE. Aunque la UE está muy por detrás de jurisdicciones como Japón y Estados Unidos, estas regulaciones son muy bienvenidas y ofrecen un verdadero impulso de fin de año a la transparencia y la utilidad.

Lea el reglamento aquí.

CSRD ESAP Datos abiertos DE LA UE


EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 114,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (2),

Considerando lo siguiente:

(1)El acceso sencillo y estructurado a los datos es importante para que los responsables de la toma de decisiones, los inversores profesionales y minoristas, las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de la sociedad civil, las organizaciones sociales y medioambientales, así como otras partes interesadas en el ámbito económico y en la sociedad, adopten decisiones de inversión fundadas, con conocimiento de causa y responsables desde el punto de vista ambiental y social que contribuyan al funcionamiento eficiente del mercado. El suministro de fuentes de información fiables y sistematizadas es asimismo de especial importancia para los investigadores y los profesionales del mundo académico que llevan a cabo investigaciones empíricas o teóricas sobre los mercados financieros. También es necesario garantizar un acceso más fácil a la información pública, incluida la información facilitada con carácter voluntario, a fin de aumentar las oportunidades de crecimiento, visibilidad e innovación de las pequeñas y medianas empresas (pymes). El despliegue de espacios comunes de datos de la Unión en sectores cruciales, incluido el sector financiero, tiene como fin proporcionar un acceso sencillo a fuentes de información fiables en dichos sectores.
2)En su Comunicación, de 24 de septiembre de 2020, titulada «Una Unión de los Mercados de Capitales para las personas y las empresas: nuevo plan de acción» [el plan de acción para la Unión de los Mercados de Capitales (en lo sucesivo, «UMC»)], la Comisión propuso mejorar el acceso público a la información financiera y no financiera de las entidades mediante la creación de un punto de acceso único europeo (PAUE). La Comunicación de la Comisión, de 24 de septiembre de 2020, titulada «Una Estrategia de Finanzas Digitales para la UE» (en lo sucesivo, «Estrategia de Finanzas Digitales») establece en términos generales el modo en que la Unión podría promover la transformación digital de las finanzas en los próximos años, en particular cómo promover las finanzas basadas en los datos. Posteriormente, en su Comunicación de 6 de julio de 2021 titulada «Estrategia para financiar la transición a una economía sostenible», la Comisión situó las finanzas sostenibles en el centro del sistema financiero como un medio clave para lograr la transición ecológica de la economía de la Unión, en el marco del Pacto Verde Europeo establecido en la Comunicación de la Comisión de 11 de diciembre de 2019.
(3)Para que la transición ecológica de la economía de la Unión prospere a través de las finanzas sostenibles, es fundamental que los inversores puedan acceder fácilmente a la información relacionada con la sostenibilidad de las empresas, de modo que estén mejor informados a la hora de tomar decisiones de inversión. A tal fin, debe mejorarse el acceso público a la información financiera y no financiera de las entidades, como las sociedades, las empresas y las entidades financieras. Un medio eficaz de hacerlo a escala de la Unión es establecer una plataforma centralizada, el PAUE, que dé acceso público electrónico a toda la información pertinente.
(4)El PAUE debe proporcionar al público un acceso centralizado y sencillo a la información sobre las entidades y sus productos que se publique y sea pertinente en relación con los servicios financieros, los mercados de capitales, la sostenibilidad y la diversidad, pero sin incluir información comercial. Tal acceso es necesario para satisfacer la creciente demanda en el mercado de productos financieros que puedan ser objeto de inversiones y diversificados, correspondientes a los ámbitos ambiental, social y de gobernanza, y canalizar capital hacia esos productos. El PAUE pretende ser una plataforma orientada al futuro, que debe permitir la inclusión de información pública pertinente para los servicios financieros, los mercados de capitales, la sostenibilidad y la diversidad derivada de futuros actos legislativos de la Unión, como una directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifique la Directiva (UE) 2019/1937.
(5)Los inversores, los participantes en el mercado, los asesores, el mundo académico y el público en general pueden tener interés en obtener información pertinente para los servicios financieros, los mercados de capitales, la sostenibilidad y la diversidad, distinta de la que debe hacerse pública con arreglo al Derecho de la Unión, cuando una entidad hace que dicha información sea accesible públicamente. Es posible que las pymes, en particular, quieran publicar más información para hacerse más visibles entre los posibles inversores, aumentando y diversificando así las oportunidades de obtener financiación. Asimismo, los participantes en el mercado pueden desear proporcionar más información de la que exige el Derecho de la Unión. Por consiguiente, el PAUE debe permitir el acceso a la información pertinente para los servicios financieros y los mercados de capitales que cualquier entidad sujeta al Derecho de un Estado miembro haga pública de forma voluntaria, cuando dicha entidad opte por que sea accesible en el PAUE. Dicha información podría presentarse de forma voluntaria una vez que se haya garantizado la solidez operativa y la eficiencia del PAUE, lo que en cualquier caso sería después de la presentación del informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la ejecución, el funcionamiento y la eficacia del PAUE. La información presentada con carácter voluntario debe identificarse claramente como tal.
(6)Se debe procurar que la información presentada con carácter voluntario sea de formato uniforme y comparable en cuanto al fondo, el valor, la utilidad y la fiabilidad con la presentada con carácter obligatorio. A fin de garantizar una mayor comparabilidad y facilidad de uso de la información que sea accesible en el PAUE con carácter voluntario, la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea) (ABE), creada por el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo(3), la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación) (AESPJ), creada por el Reglamento (UE) n.o 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo(4), y la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados) (AEVM), creada por el Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo(5) (denominadas conjuntamente «Autoridades Europeas de Supervisión» o «AES»), deben elaborar, a través del Comité Mixto, proyectos de normas técnicas de ejecución que especifiquen los metadatos que deben acompañar dicha información y, en su caso, los formatos o plantillas que se utilizarán para elaborar dicha información. El Comité Mixto debe tener en cuenta asimismo las normas vigentes en los actos legislativos sectoriales de la Unión correspondientes, en particular las normas diseñadas específicamente para las pymes.
(7)El PAUE no crea ninguna nueva obligación de divulgación en términos de contenido, sino que debe basarse en los requisitos vigentes derivados de los actos legislativos de la Unión que se enumeran en el anexo al presente Reglamento. Es importante evitar la duplicación de informes a fin de evitar la imposición de cargas administrativas y financieras adicionales para las entidades, especialmente las pymes.
(8)También debe poder incluirse información histórica en el PAUE con el fin de aumentar la disponibilidad y comparabilidad de la información. La información histórica debe abarcar la información que se haya hecho pública menos de cinco años antes de la obligatoriedad de su presentación al PAUE. A fin de garantizar que los conjuntos de información histórica sean coherentes y completos, la capacidad de hacer accesible información histórica en el PAUE debe seguir siendo prerrogativa de organismos de recopilación que sean órganos u organismos de la Unión.
(9)El PAUE debe establecerse con un calendario ambicioso, al tiempo que se adoptan medidas intermedias para garantizar su solidez y eficiencia operativas. En particular, debe darse tiempo suficiente para la realización técnica del PAUE y la puesta en marcha de la recopilación de información en los Estados miembros. El desarrollo del PAUE debe tener una fase inicial de doce meses, a fin de conceder tiempo suficiente a los Estados miembros y a la AEVM para establecer la infraestructura informática y probarla sobre la base de la recopilación de un número limitado de flujos de información. Posteriormente, el desarrollo del PAUE debe ir incorporando gradualmente un número adicional de flujos de información y funciones a un ritmo que permita que dicho desarrollo sea sólido y eficiente. El funcionamiento del PAUE debe evaluarse periódicamente a lo largo de su puesta en práctica y utilización, a fin de permitir cualquier ajuste necesario para satisfacer las necesidades de sus usuarios y garantizar su eficiencia técnica.
(10)La información que las entidades están obligadas a poner a disposición del público en el PAUE deberán recabarla organismos de recopilación designados a tal efecto u organismos de recopilación designados para la recopilación de información presentada por las entidades de forma voluntaria. A fin de garantizar que el funcionamiento del PAUE sea pleno y eficiente en cuanto a costes, los organismos de recopilación pondrán la información a disposición del PAUE de forma automatizada a través de una única interfaz de programación de aplicaciones (API, por sus siglas en inglés). Los organismos de recopilación deben recurrir en la medida de lo posible a los procedimientos e infraestructuras de recopilación de información existentes, a escala de la Unión y nacional, para la transmisión de información al PAUE sin demora indebida. No debe ser obligatorio que la información sea accesible en el PAUE antes de que esta se haga pública en virtud de los actos legislativos sectoriales de la Unión aplicables. A fin de que la información sea accesible en el PAUE, los organismos de recopilación deben almacenar la información presentada por las entidades o generada por los propios organismos de recopilación, a menos que el Derecho de la Unión ya establezca mecanismos de almacenamiento alternativos adecuados. No debe exigirse a los organismos de recopilación que construyan nuevos mecanismos de almacenamiento cuando sea posible recurrir a mecanismos de la Unión o nacionales existentes para el almacenamiento de información. Los Estados miembros deben designar al menos un organismo de recopilación para la recopilación de información presentada por las entidades con carácter voluntario, que podría ser el mismo que el que recopile la información presentada por las entidades con carácter obligatorio.
(11)Con el fin de lograr un funcionamiento eficiente en cuanto a costes, los organismos de recopilación deben poder delegar sus tareas en un tercero. Dicha delegación debe estar sujeta a las salvaguardas adecuadas y no debe ejercerse hasta el punto de hacer del organismo de recopilación una mera «entidad ficticia». No debe ser posible delegar la tarea de adoptar una decisión discrecional de rechazar o retirar información que sea manifiestamente inadecuada, ofensiva o ajena al ámbito de aplicación del presente Reglamento. Sin embargo, ello no impide que un delegatario ejecute dicho rechazo o retirada de conformidad con una decisión discrecional al respecto del organismo de recopilación.
(12)A fin de que la información accesible públicamente en el PAUE pueda utilizarse digitalmente, las entidades deben facilitarla en un formato que permita extraer datos o, cuando así lo exija el Derecho de la Unión, en un formato legible por máquina. Los formatos que permiten extraer datos no exigen necesariamente que la información se estructure de manera que permita la lectura por máquina, mientras que los formatos legibles por máquina son formatos de archivo estructurados de tal forma que mediante aplicaciones informáticas se puedan identificar, reconocer y extraer con facilidad datos específicos, incluidas las declaraciones individuales fácticas y la estructura interna de dichos datos. Ambos formatos deben estar abiertos para permitir el uso más amplio posible. Los formatos abiertos se entenderán en el sentido de que sean independientes de las plataformas y se pongan a disposición del público sin restricciones que impidan reutilizar la información que contienen. Las Autoridades Europeas de Supervisión, por medio del Comité Mixto, deben elaborar proyectos de normas técnicas de ejecución que presentarán a la Comisión, y especificarán en ellas las características de los formatos legibles por máquina y que permiten extraer datos, y tendrán en cuenta las tendencias o normas tecnológicas en evolución. A fin de garantizar que las entidades presenten la información en el formato correcto y de resolver los posibles problemas técnicos con los que las entidades puedan encontrarse, los organismos de recopilación deben llevar a cabo validaciones automatizadas de conformidad con el presente Reglamento y prestar asistencia a dichas entidades en caso necesario.
(13)Las entidades que presenten información y metadatos a los organismos de recopilación deben seguir siendo responsables de la exactitud y la exhaustividad de la información en la lengua en que se haya presentado, así como de la fiabilidad de dicha información y los metadatos. En virtud de los principios de minimización de datos y protección de datos, las entidades deben garantizar que no se incluyan datos personales en la información que va a presentarse, excepto cuando dichos datos constituyan un elemento necesario de la información sobre sus actividades económicas, en particular cuando el nombre de la entidad se corresponda con el nombre del propietario. Cuando la información presentada contenga datos personales, las entidades deben garantizar que puedan ampararse en uno de los motivos lícitos para el tratamiento establecidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (6), a efectos de la divulgación de dichos datos.
(14)El objetivo de la AEVM es proteger el interés público contribuyendo a la estabilidad y eficacia del sistema financiero, en beneficio de la economía de la Unión, sus ciudadanos y sus empresas. En ese contexto, la AEVM contribuye, en particular, a garantizar la integridad, la transparencia, la eficiencia y el funcionamiento ordenado de los mercados financieros. Entre otras cosas, tiene la tarea de mejorar la protección de los inversores. Por consiguiente, debe confiarse a la AEVM la tarea de establecer y gestionar el PAUE.
(15)A fin de que las entidades y el público puedan identificar a los organismos de recopilación que alimentan el PAUE con información, la AEVM debe publicar en su sitio web una lista de dichos organismos y mantenerla actualizada. Es necesario introducir cambios en dicha lista, los cuales deben efectuarse en el plazo más breve posible.
(16)El PAUE podría ser objeto de violaciones de la confidencialidad y estar expuesto a riesgos en materia de integridad y a riesgos relacionados con su propia disponibilidad y la disponibilidad de la información que en él se trata. Entre estos riesgos figuran accidentes, errores, ataques deliberados y catástrofes naturales, que deben reconocerse como riesgos operativos. Para garantizar que el PAUE proteja la información tratada y funcione con arreglo a las normas apropiadas más estrictas, la AEVM y los organismos de recopilación deben aplicar políticas adecuadas y proporcionadas, incluidas revisiones periódicas.
(17)Con objeto de facilitar la búsqueda, la localización, la recuperación y la utilización de los datos, la AEVM debe garantizar que el PAUE ofrezca una serie de funcionalidades, incluida una función de búsqueda, un servicio de traducción automática y la posibilidad de extraer información, así como características de accesibilidad electrónica diseñadas para personas con discapacidad visual y personas con otras discapacidades y necesidades de acceso. Las funciones de búsqueda deben ofrecerse en todas las lenguas oficiales de la Unión y basarse, como mínimo, en los metadatos proporcionados con los actos legislativos de la Unión enumerados en el anexo del presente Reglamento. La interfaz de usuario y la función de búsqueda en el PAUE deben diseñarse de manera que sean lo más sencillas posibles de utilizar, con un alto grado de comparabilidad de los datos, y que atiendan a una amplia gama de usuarios potenciales, como inversores profesionales y minoristas, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil.
(18)La utilización y reutilización de la información accesible públicamente en el PAUE puede mejorar el funcionamiento del mercado interior y fomentar el desarrollo de nuevos servicios que combinen y usen dicha información. Por lo tanto, cuando esté justificado por un objetivo de interés público, es preciso permitir la utilización y reutilización de la información accesible en el PAUE con fines distintos de aquellos para los que se elaboró la información. Dichas utilización y reutilización de información deben, no obstante, estar sujetas a condiciones objetivas y no discriminatorias. Además, deben aplicarse, si procede, condiciones que se correspondan con las establecidas en las licencias tipo en el sentido de la Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo (7), que permitan que los datos y contenidos sean accesibles y puedan utilizarse, modificarse y compartirse de forma gratuita por cualquier persona y para cualquier fin. Las entidades que presenten su información a un organismo de recopilación para que sea accesible en el PAUE no deben limitar el uso y la reutilización de dicha información con fines reglamentarios y no comerciales sobre la base de un derecho sui generis, sin perjuicio del Derecho de la Unión en materia de derechos de autor y otros derechos afines. Ni la AEVM ni los organismos de recopilación deben asumir responsabilidad alguna por el acceso, la utilización o la reutilización de la información accesible en el PAUE, sin perjuicio de los principios de responsabilidad extracontractual establecidos en el artículo 340 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
(19)La información disponible para el PAUE debe ser accesible al público de manera oportuna. Por consiguiente, la información facilitada por los organismos de recopilación al PAUE debe ser accesible en el PAUE sin demora indebida y, en cualquier caso, en el plazo más breve posible. A fin de garantizar una calidad uniforme de la información, los organismos de recopilación deben realizar validaciones automáticas y rechazar la información presentada cuando no se atenga a los requisitos necesarios. Las validaciones automatizadas no deben referirse al contenido de la información. Además de las validaciones automatizadas, los organismos de recopilación deben rechazar o retirar información si constatan, por ejemplo, tras recibir información de una parte interesada, que queda fuera del ámbito de aplicación del presente Reglamento, o que incluye contenidos manifiestamente inadecuados u ofensivos. Los organismos de recopilación no están obligados a comprobar manual o automáticamente si la información queda fuera del ámbito de aplicación del presente Reglamento o si es manifiestamente inadecuada u ofensiva. Las entidades deben seguir siendo responsables del contenido. Otras obligaciones que los organismos de recopilación puedan tener con arreglo a otras disposiciones del Derecho de la Unión o nacional no se verán afectadas por el presente Reglamento.
(20)El PAUE debe ofrecer a los usuarios acceso a la información de forma gratuita y no discriminatoria, y permitir que busquen dicha información, accedan a ella y la descarguen. No obstante, para proteger a la AEVM de una carga financiera excesiva en relación con los costes que resulten a consecuencia de atender las necesidades de posibles usuarios intensivos, debe permitirse que la AEVM genere ingresos. Por consiguiente, como excepción al principio de acceso gratuito a la información, debe permitirse a la AEVM imponer tasas por servicios específicos, en particular los que conllevan costes elevados de mantenimiento o asistencia debido a la búsqueda y descarga de grandes volúmenes de información o a una elevada frecuencia de acceso a la información accesible en el PAUE, en especial si tal información es para fines comerciales. No obstante, las tasas impuestas no deben superar los costes en que incurra la AEVM por la prestación de dichos servicios específicos. Las tasas recaudadas deben asignarse al funcionamiento general del PAUE. Determinados usuarios, como las instituciones académicas y las organizaciones de la sociedad civil, no deben estar sujetos a tasas. El cálculo de las tasas debe ser transparente y basarse en principios claros.
(21)A fin de promover la innovación basada en los datos en el ámbito de las finanzas, ayudar a integrar los mercados de capitales en la Unión, canalizar las inversiones hacia actividades sostenibles y generar eficiencia para los consumidores y las empresas, el PAUE debe mejorar el acceso a la información que pueda incluir datos personales. No obstante, el PAUE únicamente debe mejorar el acceso a los datos personales incluidos en información que se haga pública en virtud de una obligación legal o, en caso de que la información se haga pública de manera voluntaria, a los datos personales que se traten por motivos legítimos en virtud del Reglamento (UE) 2016/679. Para cualquier tratamiento de datos personales en el contexto de la accesibilidad de información en el PAUE, la AEVM, en su calidad de responsable del tratamiento del PAUE, y los organismos de recopilación deben garantizar el cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 y del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (8). Las entidades que presenten la información deben ser responsables de determinar la presencia de cualquier dato personal en la información presentada y de tratar dichos datos personales sobre la base de uno de los motivos legítimos de tratamiento en virtud del Reglamento (UE) 2016/679. La información que se acompañe de metadatos que especifiquen que contiene datos personales no debe ser conservada por los organismos de recopilación o por el PAUE durante más tiempo del necesario ni, en cualquier caso, durante más de cinco años, salvo que se disponga lo contrario en los actos legislativos de la Unión enumerados en el anexo del presente Reglamento.
(22)El Supervisor Europeo de Protección de Datos, al que se consultó de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725, emitió observaciones formales el 19 de enero de 2022.
(23)El Banco Central Europeo emitió su dictamen el 7 de junio de 2022 (9).
(24)Con el fin de fomentar y mantener la confianza pública en el PAUE, y proteger a cada entidad de toda alteración indebida de su información, los organismos de recopilación deben garantizar la integridad de los datos y la credibilidad de la fuente de la información presentada por las entidades. Más concretamente, los organismos de recopilación deben garantizar niveles apropiados de autenticidad, disponibilidad, integridad y no repudio de la información presentada por entidades para que sea accesible en el PAUE. El no repudio de la información significa que la entidad debe recibir una garantía razonable de que su presentación se ha entregado y que el destinatario tiene pruebas de la identidad de la entidad. Para alcanzar esos objetivos podría utilizarse un sello electrónico cualificado, tal como se define en el Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (10). Un atributo obligatorio de dicho certificado debe ser un identificador específico de entidad jurídica, si está disponible.
(25)Para que la información disponible en el PAUE sea comparable a lo largo del tiempo, los usuarios deben tener acceso asimismo a la información anterior, incluida la información histórica. El PAUE debe permitir el acceso a la información durante un período de tiempo razonable, salvo disposición en contrario de los actos legislativos de la Unión enumerados en el anexo del presente Reglamento. A tal fin, la AEVM debe garantizar que no se retengan ni sean accesibles en el PAUE datos personales durante más tiempo del exigido por el Derecho de la Unión y, en todo caso, durante un período no superior a cinco años, salvo disposición en contrario en los actos legislativos de la Unión del ámbito de aplicación del presente Reglamento.
(26)Los organismos de recopilación deben informar a la AEVM de cualquier dificultad práctica importante detectada en relación con el desempeño de sus funciones. La AEVM, en estrecha cooperación con la ABE y la AESPJ, debe supervisar el funcionamiento del PAUE y publicar un informe anual al respecto, con el fin de garantizar la transparencia respecto de posibles problemas y de que puedan adoptarse las medidas adecuadas cuando sea necesario. La elaboración por la AEVM, en estrecha cooperación con la ABE y la AESPJ, del informe anual sobre el funcionamiento del PAUE también contribuirá a garantizar la participación de las autoridades competentes y la consulta a otras partes interesadas a través del grupo de trabajo, grupo o comité ad hoc, según proceda, que establecerá la AEVM.
(27)Habida cuenta de la importancia del informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación, el funcionamiento y la eficacia del PAUE para la posible adopción de un acto delegado para aplazar la inclusión en el PAUE de información respecto de la que aún no sea necesaria la presentación a los organismos de recopilación en virtud del presente Reglamento en aplicación de la Directiva (UE) 2023/2864 del Parlamento Europeo y del Consejo (11) y del Reglamento (UE) 2023/2869 del Parlamento Europeo y del Consejo (12), es importante que la Comisión haga uso de los informes anuales sobre el funcionamiento del PAUE elaborados por la AEVM y lleve a cabo las consultas oportunas con los organismos de recopilación y los grupos de expertos pertinentes, en particular el Grupo de Expertos del Comité Europeo de Valores. El Parlamento Europeo y el Consejo, cuando lo consideren oportuno, deben tener amplia oportunidad de debatir el informe de la Comisión.
(28)A fin de aplazar, cuando sea necesario, la inclusión en el PAUE de determinada información que debe ser accesible en el PAUE, debe delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos con arreglo al artículo 290 del TFUE por lo que respecta a la fecha a partir de la cual dicha información debe presentarse para que sea accesible en el PAUE. Reviste especial importancia que la Comisión lleve a cabo las consultas oportunas durante la fase preparatoria, en particular con expertos, y que esas consultas se realicen de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación (13). En particular, a fin de garantizar una participación equitativa en la preparación de los actos delegados, el Parlamento Europeo y el Consejo reciben toda la documentación al mismo tiempo que los expertos de los Estados miembros, y sus expertos tienen acceso sistemáticamente a las reuniones de los grupos de expertos de la Comisión que se ocupen de la preparación de actos delegados.
(29)Para garantizar el tratamiento fluido de la información recibida o elaborada por los organismos de recopilación, y puesta a disposición del PAUE, es preciso establecer determinados requisitos claros y detallados que especifiquen el formato y los metadatos de dicha información y qué organismos de recopilación la recabarán. Con el objeto de garantizar la calidad de la información presentada por los organismos de recopilación al PAUE, también es necesario definir las características de las validaciones automáticas de cada información presentada por las entidades a dichos organismos, incluidas las características del sello electrónico cualificado que se adjunta a esa información cuando así lo exijan los organismos de recopilación. A fin de garantizar la utilización y reutilización de los datos en el PAUE, debe establecerse una lista de las licencias tipo abiertas designadas. Para facilitar la búsqueda, localización y recuperación de los datos sin pérdida de tiempo, también deben establecerse las características de la API y los metadatos que vayan a aplicarse. Asimismo, deben aplicarse requisitos adicionales relativos a una función de búsqueda eficiente, como el identificador específico de entidad jurídica de la entidad, la clasificación del tipo de información presentada por la entidad y el tamaño de las entidades por categorías. A tal fin, las AES, a través de su Comité Mixto, han de elaborar proyectos de normas técnicas de ejecución. Al elaborar las normas técnicas de ejecución, las AES, a través del Comité Mixto, deben consultar previamente a los organismos de recopilación y analizar, en particular, los posibles costes y beneficios que implicarían dichas normas. Además, la AEVM debe poder elaborar proyectos de normas técnicas de ejecución para determinar la naturaleza y el alcance de los servicios específicos por los que pueden cobrarse tasas y la estructura de tasas correspondiente. Tales proyectos de normas técnicas de ejecución permitirían un acceso global e interoperable a la información de las entidades. Por lo que respecta a las normas técnicas de ejecución relativas a la información en materia de sostenibilidad, las AES, a través de su Comité Mixto, deben mantener consultas con el EFRAG sobre la elaboración de dichos proyectos de normas. La Comisión ha de estar facultada para adoptar dichas normas técnicas de ejecución mediante actos de ejecución con arreglo al artículo 291 del TFUE y de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) No. 1093/2010, el artículo 15 del Reglamento (UE) No. 1094/2010 y el artículo 15 del Reglamento (UE) No. 1095/2010.
(30)Dado que el objetivo del presente Reglamento, a saber, contribuir a la integración de los servicios financieros y los mercados de capitales europeos facilitando un acceso centralizado y sencillo a la información pública sobre las entidades y sus productos, no puede ser alcanzado de manera suficiente por los Estados miembros, sino que, debido a las dimensiones y los efectos de la acción, puede lograrse mejor a escala de la Unión, esta puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad establecido en el artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. De conformidad con el principio de proporcionalidad establecido en el mismo artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar dicho objetivo.
(31)El PAUE es la primera acción del nuevo Plan de Acción para la UMC y una realización concreta de la Estrategia de Finanzas Digitales. El PAUE es, por tanto, un importante proyecto de interés común europeo en el ámbito de las finanzas digitales. Por esta razón, debe obtenerse la mayor financiación posible del programa Europa Digital establecido por el Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo (14), en particular durante las fases iniciales de desarrollo del PAUE, en consonancia con los importes presentados en el documento de trabajo de los servicios de la Comisión de 25 de noviembre de 2021. Dichos fondos se asignan a la Comisión durante el desarrollo inicial del PAUE, con el fin de garantizar que la AEVM sea la propietaria en última instancia de los activos resultantes. Una vez agotada la contribución del programa Europa Digital, la financiación del PAUE debe seguir el modelo establecido para la financiación de la AEVM hasta el 31 de diciembre de 2027. Las contribuciones de las autoridades competentes con arreglo a dicho modelo de financiación no deben exceder de un total de 6 968 000 EUR. No obstante, la asignación de financiación por parte de los Estados miembros no está supeditada a un posible rebasamiento de las estimaciones de costes presentadas en el documento de trabajo de los servicios de la Comisión de 25 de noviembre de 2021. La financiación del PAUE después de diciembre de 2027 debe debatirse en el procedimiento presupuestario adecuado en el contexto del próximo marco financiero plurianual, cuando se evalúe la conveniencia de aumentar la contribución del presupuesto de la Unión.

HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Establecimiento del punto de acceso único europeo

1. A más tardar el 10 de julio de 2027, la AEVM establecerá y gestionará un punto de acceso único europeo (PAUE) que proporcione acceso electrónico centralizado a la información siguiente:

a)la información hecha pública en virtud de los actos legislativos de la Unión enumerados en el anexo o de cualquier acto jurídicamente vinculante de la Unión ulterior que establezca un acceso electrónico centralizado a la información del PAUE;
b)la información que cualquier entidad regida por el Derecho de un Estado miembro decida que sea accesible en el PAUE de forma voluntaria, de conformidad con el artículo 3, apartado 1, y que esté contemplada en los actos legislativos de la Unión enumerados en el anexo o en cualquier acto jurídicamente vinculante ulterior de la Unión que establezca un acceso electrónico centralizado a la información del PAUE.

2. La información a que se refiere el apartado 1, letra a), del presente artículo no se presentará a los organismos de recopilación a fin de que sea accesible en el PAUE antes de la fecha de aplicación del requisito de presentación de dicha información con arreglo a lo dispuesto en los actos legislativos de la Unión enumerados en el anexo o en cualquier acto jurídicamente vinculante de la Unión ulterior que establezca un acceso electrónico centralizado a la información del PAUE.

3. Los organismos de recopilación que sean órganos u organismos de la Unión podrán poner a disposición del PAUE información histórica a partir de la fecha de aplicación del requisito de presentación de la información al PAUE con arreglo a lo dispuesto en los actos legislativos de la Unión enumerados en el anexo o en cualquier acto jurídicamente vinculante de la Unión ulterior que establezca un acceso electrónico centralizado a la información del PAUE.

Artículo 2

Definiciones

A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

1)«entidad»: cualquier persona física o jurídica: a) que esté obligada a presentar la información a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), a un organismo de recopilación, o   b) que presente información a un organismo de recopilación de forma voluntaria en virtud del artículo 3, apartado 1, letra b), para que dicha información sea accesible en el PAUE;
2)«organismo de recopilación»: un órgano u organismo de la Unión o un órgano, autoridad o registro nacional designado como tal en virtud de cualquier acto legislativo de la Unión contemplado en el artículo 1, apartado 1, letra a), o designado como tal por un Estado miembro de conformidad con el artículo 3, apartado 2;
3)«formato que permite extraer datos»: todo formato abierto, tal como se define en el artículo 2, punto 14, de la Directiva (UE) 2019/1024, ampliamente utilizado o exigido por la ley, que permita la extracción de datos por una máquina y que sea legible por el ser humano;
4)«formato legible por máquina»: un formato legible por máquina tal como se define en el artículo 2, punto 13, de la Directiva (UE) 2019/1024;
5)«sello electrónico cualificado»: un sello electrónico tal como se define en el artículo 3, punto 27, del Reglamento (UE) n.o 910/2014;
6)«interfaz de programación de aplicaciones» o «API» (por sus siglas en inglés): un conjunto de funciones, procedimientos, definiciones y protocolos para la comunicación de máquina a máquina y el intercambio fluido de datos;
7)«metadatos»: información estructurada que facilita la recuperación, utilización o gestión de un recurso informativo, incluida la descripción, explicación o localización de la fuente de dicha información;
8)«datos personales»: los datos personales tal como se definen en el artículo 4, punto 1, del Reglamento (UE) 2016/679;
9)«información histórica»: la información a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), que se haya hecho pública con una antelación máxima de cinco años a la fecha de aplicación del requisito de presentar dicha información al PAUE;
10)«Comité Mixto»: el comité a que se refieren el artículo 54 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, el artículo 54 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y el artículo 54 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

Artículo 3

Presentación voluntaria de información

1. A partir del 10 de enero de 2030, una entidad podrá presentar la información a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra b), al organismo de recopilación del Estado miembro en el que la entidad tenga su domicilio registral a fin de que sea accesible en el PAUE.

Al presentar dicha información al organismo de recopilación, la entidad:

a)se asegurará de que la información va acompañada de metadatos que especifiquen que la información se pone a disposición en el PAUE de forma voluntaria;
b)se asegurará de que la información va acompañada de metadatos que especifiquen si la información contiene datos personales;
c)se asegurará de que la información va acompañada de los metadatos necesarios para el funcionamiento de la función de búsqueda del PAUE a que se refiere el artículo 7, apartado 3;
d)utilizará, para presentar la información, un formato que permita extraer datos;
e)se asegurará de que la información presentada está comprendida en el ámbito de aplicación del artículo 1, apartado 1, letra b);
f)se asegurará de que no se incluyen datos personales en la información, excepto cuando dichos datos vengan exigidos por el Derecho de la Unión o nacional o constituyan un elemento necesario de la información sobre las actividades económicas de la entidad.

2. A más tardar el 9 de enero de 2030, cada Estado miembro designará al menos un organismo de recopilación de la información presentada de forma voluntaria e informarán de ello a la AEVM.

3. Las Autoridades Europeas de Supervisión establecidas mediante los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 1094/2010 y (UE) n.o 1095/2010 (denominadas conjuntamente «Autoridades Europeas de Supervisión» o «AES») elaborarán, a través del Comité Mixto, proyectos de normas técnicas de ejecución para especificar lo siguiente:

a)los metadatos que deben acompañar a la información presentada de conformidad con el apartado 1;
b)en su caso, los formatos o plantillas específicos que deben utilizarse para presentar la información de conformidad con el apartado 1.

4. Al elaborar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el apartado 3, las Autoridades Europeas de Supervisión tendrán en cuenta las normas ya existentes en los actos legislativos de la Unión sectoriales correspondientes y, en particular, las normas destinadas específicamente a las pymes.

Las Autoridades Europeas de Supervisión presentarán a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a más tardar el 10 de enero de 2028.

Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

Las Autoridades Europeas de Supervisión, a través del Comité Mixto, adoptarán directrices para las entidades a fin de garantizar que los metadatos presentados sean correctos, incluidas las condiciones para la inclusión de datos personales en la información presentada de forma voluntaria.

5. Cuando la información a que se refiere el apartado 1 contenga datos personales, las entidades garantizarán que el tratamiento de dichos datos se base en uno de los motivos lícitos del tratamiento enumerados en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679. El presente Reglamento no crea una base jurídica para el tratamiento de datos personales.

Artículo 4

Lista de los organismos de recopilación

La AEVM publicará en el portal web a que se refiere el artículo 7, apartado 1, letra a), una lista de los organismos de recopilación que incluirá el localizador uniforme de recursos de cada organismo de recopilación.

La AEVM garantizará que dicha lista se mantenga actualizada y notificará a la Comisión cualquier modificación de dicha lista.

Artículo 5

Funciones de los organismos de recopilación y responsabilidades de las entidades

1. Los organismos de recopilación se encargarán de lo siguiente:

a)recopilar la información presentada por las entidades;
b)almacenar la información presentada por las entidades o generada por los propios organismos de recopilación y, en su caso, recurrir a los procedimientos e infraestructuras existentes para el almacenamiento de la información;
crealizar validaciones técnicas automáticas respecto de la información presentada por las entidades a fin de verificar que la información cumple los requisitos siguientes: i) que se haya presentado utilizando un formato que permite extraer datos o, en su caso, el formato legible por máquina especificado en cualquiera de los actos legislativos de la Unión contemplados en el artículo 1, apartado 1, letra a), en virtud de los cuales se presenta la información, ii) que los metadatos de la información especificados en el apartado 10, letra e), del presente artículo y, en su caso, el artículo 3, apartado 1, letra a), estén disponibles y completos, iii) que, en su caso, vaya acompañada de un sello electrónico cualificado;
d)no imponer condiciones a la utilización y reutilización de la información accesible en el PAUE más allá de las condiciones equivalentes a las establecidas en las licencias tipo abiertas a que se refiere el artículo 9;
e)aplicar la API y facilitar al PAUE, de forma gratuita y dentro de los plazos aplicables, la información, los metadatos de dicha información y, cuando sea obligatorio, el sello electrónico cualificado;
f)en la medida en que esté comprendido en la competencia técnica del organismo de recopilación, prestar asistencia técnica a las entidades que presenten la información en relación con, como mínimo, los procesos de presentación, rechazo y nueva presentación;
g)garantizar que la información a que se refiere el artículo 1, apartado 1, permanezca a disposición del PAUE durante diez años como mínimo, salvo que se disponga otra cosa en los actos legislativos de la Unión contemplados en el artículo 1, apartado 1, letra a).

A efectos de lo dispuesto en el párrafo primero, letra g), del presente apartado, y de conformidad con los Reglamentos (UE) 2016/679 y (UE) 2018/1725, los organismos de recopilación adoptarán las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar que, cuando los metadatos que acompañan a la información presentada se refieran a cualquier dato personal, dicha información no se conserve para su puesta a disposición del PAUE, ni sea accesible en el PAUE, durante más de cinco años, salvo que se disponga otra cosa en los actos legislativos de la Unión contemplados en el artículo 1, apartado 1, letra a), del presente Reglamento.

2. Los organismos de recopilación rechazarán la información presentada por las entidades cuando la información sea manifiestamente inadecuada u ofensiva o esté claramente fuera del ámbito de la información a que se refiere el artículo 1, apartado 1.

Los organismos de recopilación suprimirán la información que sea accesible en el PAUE y consideren que sea manifiestamente inadecuada u ofensiva o esté claramente fuera del ámbito de la información a que se refiere el artículo 1, apartado 1.

3. Los organismos de recopilación rechazarán la información presentada por las entidades cuando las validaciones automáticas a que se refiere el apartado 1, letra c), del presente artículo revelen que la información no cumple los requisitos establecidos en dicha letra o), en su caso, con arreglo a las notificaciones recibidas en virtud del artículo 10, apartado 2.

4. Los organismos de recopilación notificarán a las entidades, en un plazo razonable, el rechazo o la supresión de información y los motivos correspondientes.

5. Cuando la información presentada por una entidad en virtud del artículo 1, apartado 1, letra a), sea rechazada o suprimida por un organismo de recopilación, la entidad corregirá y volverá a presentar la información sin demora indebida. El organismo de recopilación notificará a la AEVM los casos en que se haya rechazado, suprimido o sustituido información en virtud del apartado 2 del presente artículo.

Las entidades podrán optar por presentar la información solo una vez y a uno solo de los organismos de recopilación pertinentes. La presentación y la nueva presentación de información, junto con los metadatos correspondientes, se harán al mismo organismo de recopilación.

6. Las entidades serán responsables de la exhaustividad y la exactitud de la información en la lengua en que se haya presentado, así como de los metadatos correspondientes que la acompañen, que presenten a los organismos de recopilación. En particular, las entidades serán responsables de identificar la inclusión de datos personales en la información que presenten al organismo de recopilación, junto con los metadatos correspondientes que la acompañen, indicando si la información contiene datos personales.

7. Por lo que respecta a la información comprendida en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, los organismos de recopilación no ejercerán el derecho del fabricante de la base de datos, contemplado en el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 96/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (15), ni ningún otro derecho de propiedad intelectual de tal manera que prohíba o limite la utilización y reutilización del contenido de la base de datos, en virtud del artículo 9 del presente Reglamento.

8. Los organismos de recopilación podrán delegar las funciones a que se refiere el apartado 1, letras a), b), c), e), f) y g), y los apartados 3 y 4, en una persona jurídica regida por el Derecho de un Estado miembro o en un órgano u organismo de la Unión (en lo sucesivo, «delegatario»). Toda delegación de funciones adoptará la forma de un acuerdo escrito en el que se especificarán las funciones que se delegan y las condiciones en que se llevarán a cabo (en lo sucesivo, «acuerdo de delegación»).

Las condiciones establecidas en el acuerdo de delegación garantizarán:

a)que el delegatario esté exento de conflicto de intereses;
b)que el delegatario no utilice la información obtenida de forma indebida o contraria a la competencia o con un fin distinto del establecido en el convenio de delegación;
c)que el delegatario garantice la protección de la información de conformidad con el artículo 6 por lo que se refiere a las funciones delegadas;
d)que el delegatario informe periódicamente al organismo de recopilación sobre el desempeño general de las funciones delegadas;
e)que el delegatario informe sin demora indebida al organismo de recopilación de todo incumplimiento en el desempeño de una función delegada.

El organismo de recopilación seguirá siendo responsable de las funciones que delegue, incluida la de facilitar a la AEVM toda la información que esta necesite en relación con una función delegada.

La responsabilidad del organismo de recaudación no se verá afectada por el hecho de que haya delegado funciones en un tercero. El organismo de recopilación no delegará sus funciones hasta el punto de que ya no se le pueda considerar un organismo de recopilación.

El organismo de recopilación garantizará que toda delegación de funciones se ejerza de manera eficiente en cuanto a costes y que, en la medida de lo posible, la delegación se utilice para permitir que los procedimientos y la infraestructura de recopilación existentes sigan aplicándose a efectos del PAUE.

El organismo de recopilación notificará a la AEVM todo acuerdo de delegación que celebre.

9. Los organismos de recopilación garantizarán niveles apropiados de autenticidad, disponibilidad, integridad y no repudio de la información presentada por entidades a fin de que sea accesible en el PAUE. A fin de garantizar esos niveles, los Estados miembros podrán permitir que los organismos de recopilación exijan que la información presentada por las entidades a fin de que sea accesible en el PAUE vaya acompañada de un sello electrónico cualificado.

10. Las Autoridades Europeas de Supervisión, a través del Comité Mixto, elaborarán proyectos de normas técnicas de ejecución que especifiquen lo siguiente:

a)cómo deben realizarse las validaciones técnicas automáticas a que se refiere el apartado 1, letra c), del presente artículo para cada tipo de información presentada por las entidades;
b)las características del sello electrónico cualificado a que se refiere el apartado 1, letra c), inciso iii), del presente artículo y el apartado 9 del presente artículo;
c)las licencias tipo abiertas a que se refiere el apartado 1, letra d), del presente artículo;
d)las características de la API que vaya a aplicarse de conformidad con el apartado 1, letra e), del presente artículo;
e)las características de los metadatos necesarios para la función de búsqueda del PAUE a que se refiere el artículo 7, apartado 3, los metadatos a que se refiere el apartado 6 del presente artículo y cualesquiera otros metadatos necesarios para el funcionamiento del PAUE;
f)los plazos a que se refiere el apartado 1, letra e), del presente artículo;
g)una lista indicativa y las características de los formatos aceptables en cuanto formatos que permiten extraer datos y formatos legibles por máquina con arreglo al apartado 1, letra c), inciso i), del presente artículo.

11. Al elaborar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el apartado 10, las AES tendrán en cuenta las normas ya existentes en los actos legislativos de la Unión sectoriales correspondientes y, en particular, las normas destinadas específicamente a las pymes.

Las AES presentarán a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a más tardar el 10 de septiembre de 2024.

Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

12. Los organismos de recopilación que sean órganos u organismos de la Unión que pongan información histórica a disposición del PAUE de conformidad con el artículo 1, apartado 3, se encargarán de:

a)preparar dicha información en un formato que permita extraer datos;
c)especificar que se trata de información histórica.

Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, letra g), del presente artículo, la información histórica no será accesible en el PAUE durante más de cinco años.

Artículo 6

Ciberseguridad

La AEVM adoptará una política eficaz y proporcionada en materia de seguridad informática para el PAUE y garantizará niveles adecuados de autenticidad, disponibilidad, integridad y no repudio de la información accesible en él, así como de protección de los datos personales. La AEVM podrá llevar a cabo revisiones periódicas de la política de seguridad informática y de la situación de ciberseguridad del PAUE teniendo en cuenta la evolución de las tendencias en la Unión y en el mundo y los últimos avances en el ámbito de la ciberseguridad.

Artículo 7

Funcionalidades del PAUE

1.   La AEVM garantizará que el PAUE tenga como mínimo las siguientes funcionalidades:

a)un portal web con una interfaz de fácil utilización, que tenga en cuenta las necesidades de acceso de las personas con discapacidad, para facilitar el acceso a la información contenida en el PAUE en todas las lenguas oficiales de la Unión;
b)una API que permita acceder fácilmente a la información contenida en el PAUE;
c)una función de búsqueda en todas las lenguas oficiales de la Unión;
d)un visualizador de información;
e)un servicio de traducción automática de la información recuperada;
f)un servicio de descarga, en particular para la descarga de grandes cantidades de datos;
g)un servicio de notificación que informe a los usuarios de la información nueva disponible en el PAUE;
h)la puesta a disposición de la información presentada de forma voluntaria en virtud del artículo 1, apartado 1, letra b), de manera que: i) pueda distinguirse claramente de la información presentada de forma obligatoria en virtud del artículo 1, apartado 1, letra a),   ii) en su caso, se informe a los usuarios de que la información no cumple necesariamente todos los requisitos aplicables a la información presentada de forma obligatoria en virtud del artículo 1, apartado 1, letra a), y de que no se actualizará necesariamente a lo largo del tiempo.

2.   La AEVM garantizará que el PAUE ofrezca las funcionalidades a que se refiere el apartado 1, letras e) y g), a más tardar el 10 de julio de 2028. La AEVM garantizará que el PAUE ofrezca las funcionalidades a que se refiere el apartado 1, letra h), a más tardar el 9 de enero de 2030.

3.   La función de búsqueda a que se refiere el apartado 1, letra c), del presente artículo permitirá la búsqueda a partir de los siguientes metadatos:

a)los nombres de la entidad que haya presentado la información y de la persona física o jurídica a que se refiera la información;
b)el identificador de entidad jurídica de la entidad que haya presentado la información y de la persona jurídica a que se refiera la información;
c)el tipo de información, según se contempla en el artículo 1, apartado 1, facilitada por la entidad y si dicha información se presentó de forma obligatoria en virtud del artículo 1, apartado 1, letra a), o de forma voluntaria en virtud de la letra b) de dicho apartado;
d)la fecha y hora en que la entidad haya presentado la información al organismo de recopilación;
e)la fecha o el período a que se refiere la información;
f)el tamaño de la entidad, por categoría, que haya presentado la información y de la persona a que se refiera la información;
g)el país del domicilio registral de la persona jurídica a la que se refiere la información;
h)el sector o sectores industriales de las actividades económicas de la persona natural o jurídica a la que se refiere la información;
i)el organismo de recopilación responsable de la recogida de la información;
j)la lengua en la que se haya presentado la información.

4. Las Autoridades Europeas de Supervisión, por medio del Comité Mixto, elaborarán proyectos de normas técnicas de ejecución que especifiquen lo siguiente:

a)las características de la API a que se refiere el apartado 1, letra b);
b)el identificador específico de entidad jurídica a que se refiere el apartado 3, letra b);
c)la clasificación de los tipos de información a que se refiere el apartado 3, letra c);
d)las categorías del tamaño de las entidades a que se refiere el apartado 3, letra f);
e)la caracterización de los sectores industriales a que se refiere el apartado 3, letra h).

Las Autoridades Europeas de Supervisión presentarán dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión a más tardar el 10 de septiembre de 2024.

Se otorgan a la Comisión las competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010, respectivamente.

Artículo 8

Acceso a la información en el PAUE

1.   A fin de promover la transparencia y un funcionamiento fluido de los mercados de capitales de la Unión, la AEVM garantizará que se facilité acceso no discriminatorio a la información contenida en el PAUE y que los usuarios tengan acceso directo e inmediato, de forma gratuita, a la información en el PAUE.

2.   La AEVM cobrará, no obstante, tasas por servicios específicos que tengan elevados costes de mantenimiento y de apoyo, o que impliquen la búsqueda y la descarga de grandes volúmenes de información. Dichas tasas no superarán los costes directos que la AEVM soporte por la prestación de dichos servicios. Las tasas recaudadas por esos servicios se afectarán al funcionamiento general del PAUE.

3.   La AEVM podrá exigir a los usuarios de los servicios por los que cobra tasas, a tenor del apartado 2, que cumplimenten una declaración digital.

4.   No obstante lo dispuesto en el apartado 2, la AEVM permitirá el acceso directo e inmediato a la información contenida en el PAUE de forma gratuita, en la medida en que sea necesario para cumplir sus respectivas responsabilidades, mandatos y obligaciones, a todas las entidades siguientes:

a)las instituciones, órganos u organismos de la Unión;
b)las autoridades competentes designadas por los Estados miembros en virtud de un acto legislativo de la Unión;
c)los miembros del Sistema Estadístico Europeo, tal como se define en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (16);
d)los miembros del Sistema Europeo de Bancos Centrales;
e)las autoridades de resolución designadas con arreglo al artículo 3 de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (17);
f)las instituciones, órganos y organismos gubernamentales de un Estado miembro;
g)los centros educativos y de formación únicamente con fines de investigación o para el mundo académico, las organizaciones de noticias y las organizaciones no gubernamentales, en la medida en que el acceso a los datos sea necesario para el desempeño de sus tareas;
h)las entidades que proporcionan y utilizan información contenida en el PAUE para cumplir sus obligaciones reguladoras.

5.   A los efectos del apartado 2, la AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución para determinar la naturaleza y el alcance de los servicios específicos por los que pueden cobrarse tasas y la estructura de tasas correspondiente.

La AEVM presentará dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión.

Se confieren a la Comisión las competencias para adoptar los proyectos de normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero del presente apartado, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

6.   La AEVM hará pública y fácilmente accesible en el sitio web del PAUE la estructura de las tasas, los umbrales de volumen, si procede, y las tarifas. La AEVM revisará anualmente los umbrales de volumen y las tarifas.

Artículo 9

Utilización y reutilización de la información accesible en el PAUE

1.   Ni la AEVM ni los organismos de recopilación asumirán ninguna responsabilidad por la utilización o reutilización de la información presentada por las entidades a los organismos de recopilación y puesta a disposición a través del PAUE.

2.   Los datos personales disponibles en el PAUE se utilizarán y reutilizarán de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679. Los datos personales que se reutilicen no se conservarán por más tiempo del que sea necesario y, en ningún caso, por más de cinco años, salvo disposición en contrario en los actos legislativos de la Unión contemplados en el artículo 1, apartado 1, letra a) del presente Reglamento.

3.   La AEVM garantizará que la utilización y reutilización de la información accesible en el PAUE no esté sujeta a ninguna condición salvo que las condiciones cumplan los requisitos siguientes:

a)son objetivas y no discriminatorias;
b)están justificadas por un objetivo de interés público;
c)cuando proceda, según el tipo de información, se corresponden con las establecidas en licencias tipo abiertas en el sentido del artículo 2, punto 5, de la Directiva (UE) 2019/1024, y permiten la utilización, la modificación y el intercambio libres de esa información por parte de cualquiera y para cualquier fin.

4.   El uso y la reutilización con fines reglamentarios y no comerciales de la información que sea accesible en el PAUE no estarán limitados por las entidades que presenten su información para su publicación sobre la base del derecho sui generis a que se refiere el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 96/9/CE.

Artículo 10

Calidad de la información

1.   La AEVM realizará validaciones automáticas para verificar si toda la información facilitada a la PAUE por los organismos de recopilación cumple los requisitos establecidos en el artículo 5, apartado 1, letra c).

Cuando la información facilitada por el organismo de recopilación haya sido presentada por una entidad, la AEVM podrá realizar validaciones automáticas por muestreo. Dichas validaciones automáticas no diferirán de las llevadas a cabo por los organismos de recopilación en virtud del artículo 5, apartado 1, letra c).

2.   La AEVM aplicará los procedimientos técnicos adecuados para notificar automáticamente al organismo de recopilación los casos en los que la información facilitada no cumple los requisitos establecidos en el artículo 5, apartado 1, letra c). En caso de incumplimiento de dichos requisitos, las entidades asumirán la responsabilidad de la información. El organismo de recopilación les notificará los casos en los que se haya rechazado la información y los motivos del rechazo de conformidad con el artículo 5, apartado 4.

3.   La AEVM podrá realizar controles adicionales de la calidad, la integridad y la prueba de origen de los datos. Sobre la base de los resultados de dichos controles, la AEVM podrá notificar a los organismos de recopilación las deficiencias detectadas y suspender el acceso a la información contenida en el PAUE.

Artículo 11

Funciones de la AEVM

1.   La AEVM, en estrecha cooperación con la ABE y la AESPJ, llevará a cabo lo siguiente:

a)garantizará que la información facilitada por los organismos de recopilación, tras la presentación por las entidades, esté disponible sin demora indebida en el PAUE;
b)prestará un servicio de asistencia a los organismos de recopilación;
c)garantizará que se pueda acceder al PAUE como mínimo un 97 % del tiempo al mes, sin tener en cuenta las intervenciones de mantenimiento programadas, las actualizaciones de contenidos y de páginas, en cuyo caso se notificará claramente a los usuarios la duración probable de la interrupción de los servicios que presta el PAUE;
d)consultará, en su caso, a los organismos de recopilación para abordar cuestiones y principios comunes de conducta y, en particular, para debatir lo siguiente: i) la gestión diaria del PAUE, ii) el desarrollo y la aplicación de una política de calidad y, en su caso, de acuerdos de nivel de servicio entre la AEVM y los organismos de recopilación, ii) las condiciones de financiación del PAUE, en particular las situaciones en las que pueden cobrarse tasas y el cálculo de dichas tasas, iv) las amenazas, existentes y potenciales, en relación con la ciberseguridad, v) la aplicación y el funcionamiento del PAUE en relación con cualquier delegación de tareas de conformidad con el artículo 5, apartado 8;
e)supervisará la aplicación y el funcionamiento del PAUE e informará anualmente al respecto a la Comisión, tal como se especifica en el artículo 12.

2.   A efectos del apartado 1 del presente artículo, la AEVM garantizará, mediante la creación de un grupo de trabajo, grupo o comité ad hoc, según proceda, que se consulte a los expertos y a las partes interesadas pertinentes para que presten asesoramiento y apoyo sobre la aplicación técnica del PAUE. Asimismo, la AEVM podrá consultar con el Grupo de partes interesadas del sector de los valores y mercados a que hace referencia el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

3.   A menos que sea necesario para facilitar el acceso a la información proporcionada por los organismos de recopilación y aplicar los requisitos del presente Reglamento, la AEVM no almacenará información que contenga datos personales, excepto para el tratamiento automático, intermedio y transitorio. La AEVM adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar que el tratamiento de datos personales a través del PAUE se lleve a cabo de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 y que la información que contenga datos personales no se conserve ni se ponga a disposición más tiempo del previsto en el artículo 5, apartado 1, letra g).

4.   La AEVM garantizará que el tratamiento de datos personales se ajuste al marco jurídico para la protección de los datos personales tratados por las instituciones, órganos y organismos de la Unión.

Artículo 12

Seguimiento de la implantación y el funcionamiento del PAUE

1.   La AEVM, en estrecha cooperación con la ABE y la AESPJ, supervisará el funcionamiento del PAUE basándose, como mínimo, en los indicadores cualitativos y cuantitativos establecidos en el apartado 2, y publicará un informe anual al respecto que presentará al Parlamento Europeo y al Consejo.

2.   Los indicadores cualitativos y cuantitativos a que se refiere el apartado 1 son los siguientes:

a)el número de visitantes, de búsquedas y de descargas;
b)los tipos de información visualizada y descargada en porcentaje;
c)las tasas a que se hace referencia en el artículo 8, apartado 2, y los importes cobrados por la AEVM;
d)el porcentaje de búsquedas que dan lugar a una visualización o a una descarga por tipo de información y acceso;
e)la cantidad y el porcentaje de información legible por máquina accesible en el PAUE, y la cantidad y el porcentaje de visualizaciones y descargas legibles por máquina;
f)la proporción de notificaciones con arreglo a las validaciones automáticas a que se refiere el artículo 10, apartado 2;
g)cualquier mal funcionamiento o incidente significativo que afecten al funcionamiento o al rendimiento general del PAUE;
h)una evaluación de la accesibilidad, calidad, facilidad de uso, fiabilidad y oportunidad de la información contenida en el PAUE;
i)una evaluación de si el PAUE cumple sus objetivos, teniendo en cuenta la evolución de su uso y los flujos de información en la Unión;
j)una evaluación de la satisfacción del usuario final;
k)una comparación con sistemas similares de terceros países.

3.   Antes de presentar el informe a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, la AEVM consultará al grupo de trabajo ad hoc, al grupo o al comité que se creen en virtud del artículo 11, apartado 2, del presente Reglamento, y podrá consultar al Grupo de partes interesadas del sector de los valores y mercados a que se refiere el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

Artículo 13

Examen

1.   A más tardar el 10 de enero de 2029, la Comisión, en estrecha cooperación con la AEVM y teniendo en cuenta los informes anuales a que se refiere el artículo 12, presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación, el funcionamiento y la eficacia del PAUE.

2.   El informe a que se refiere el apartado 1 abordará los siguientes elementos:

a)los desafíos técnicos a los que se enfrentan las entidades y los organismos de recopilación durante la aplicación del PAUE;
b)la eficacia del sistema de recopilación y transmisión de información a efectos del PAUE;
c)la resiliencia operativa del PAUE frente a los riesgos en materia de TIC y la fiabilidad de la información puesta a disposición en el PAUE, en particular mediante sellos electrónicos cualificados;
d)los costes en que incurran las entidades y los organismos de recopilación, incluida una evaluación de si los organismos de recopilación que son autoridades competentes han aumentado sus tasas de supervisión como consecuencia de los costes que resulten del PAUE;
e)los costes en que incurra la AEVM como gestora del PAUE y del sistema de financiación del PAUE;
f)el impacto del PAUE en el acceso público a la información de las entidades en el ámbito de los servicios financieros, los mercados de capitales y la sostenibilidad;
g)el impacto del PAUE en la visibilidad de las entidades para los inversores transfronterizos, incluida la visibilidad de las pymes;
h)el impacto del PAUE en la posición de mercado de los proveedores privados de datos en la Unión;
i)la interoperabilidad del PAUE con plataformas similares;
j)la aplicación y el funcionamiento del PAUE en relación con la delegación de tareas de conformidad con el artículo 5, apartado 8.

3.   Teniendo en cuenta el valor añadido, los retos técnicos y los costes previstos, el informe a que se refiere el apartado 1 incluirá un análisis de costes y beneficios vinculado a la futra inclusión en el ámbito de aplicación del presente Reglamento de información posiblemente pertinente que aún no esté disponible en el PAUE en el momento en que se elabore el informe, de lo que resulte una falta de datos.

El informe también incluirá recomendaciones sobre el futuro desarrollo del PAUE.

4.   La Comisión adoptará un acto delegado de conformidad con el artículo 14 por el que se modifiquen los actos legislativos de la Unión citados en el párrafo segundo del presente apartado a fin de aplazar la inclusión en el PAUE de información cuya presentación al PAUE no sea aún necesaria o esté permitida en virtud del artículo 1, apartado 1, letra a), en un plazo máximo de treinta y seis meses si la Comisión concluye en el informe a que se refiere el apartado 1 del presente artículo que existen pruebas de dificultades graves y generalizadas en relación con los elementos enumerados en el apartado 2, letras a) y b), del presente artículo.

Artículo 14

Ejercicio de la delegación

1.   Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo.

2.   Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 13, apartado 4 se otorgan a la Comisión por un período de doce meses a partir de la publicación del informe a que se refiere el artículo 13, apartado 1.

3.   La delegación de poderes mencionada en el artículo 13, apartado 4, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La decisión surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en ella. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.

4.   Antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación.

5.   Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.

6.   Los actos delegados entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres meses a partir de su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará tres meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

Artículo 15

(1)   DO C 290 de 29.7.2022, p. 58.

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 9 de noviembre de 2023 (pendiente de publicación en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 27 de noviembre de 2023.

(3)  Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 12).

(4)  Reglamento (UE) n.o 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/79/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 48).

(5)  Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/77/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 84).

(6)  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, p. 1).

(7)  Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público (DO L 172 de 26.6.2019, p. 56).

(8)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

(9)   DO C 307 de 12.8.2022, p. 3.

(10)  Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE (DO L 257 de 28.8.2014, p. 73).

(11)  Directiva (UE) 2023/2864 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2023, por la que se modifican determinadas Directivas en lo que respecta al establecimiento y el funcionamiento del punto de acceso único europeo (DO L, 2023/2864, 20.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2023/2864/oj).

(12)  Reglamento (UE) 2023/2869 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2023, por la que se modifican determinadas Directivas en lo que respecta al establecimiento y el funcionamiento del punto de acceso único europeo (DO L, 2023/2869, 20.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2869/oj).

(13)   DO L 123 de 12.5.2016, p. 1.

(14)  Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la Decisión (UE) 2015/2240 (DO L 166 de 11.5.2021, p. 1).

(15)  Directiva 96/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos (DO L 77 de 27.3.1996, p. 20).

(16)  Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1101/2008, relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.o 322/97 del Consejo sobre la estadística comunitaria y la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de 31.3.2009, p. 164).

(17)  Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190).


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/eu-issues-esap-legislation/