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La SEC publica una regla de ejecución de swaps basada en valores que requiere iXBRL


Publicado el 19 de noviembre de 2023 por Editor

A principios de este mes, la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) publicó su norma final sobre la ejecución de swaps basados en valores y el registro de instalaciones de ejecución de swaps basados en valores (SBSEF). Esta norma integral aborda el registro y la regulación de las SBSEF, arrojando luz sobre cuestiones críticas en el mundo de los swaps basados en valores.

El punto focal de la regla es la introducción del formulario SBSEF, un elemento crucial que las entidades utilizarán para registrarse en la SEC. Lo que distingue a este formulario es que debe enviarse en Inline XBRL, alineándose con la actual tendencia de transformación digital de la SEC.

La adopción de estas reglas bajo la Ley de Bolsa de Valores de 1934 establece un marco estructurado para el registro y regulación de las SBSEF, abordando los conflictos de intereses y mejorando la eficiencia general de la ejecución de swaps basados en valores. La incorporación del formato iXBRL estandarizado y legible por máquina en el formulario SBSEF debería facilitar un cumplimiento y análisis regulatorio más fluido.

Para explorar los detalles, profundice en el documento completo.

IXBRL SBSEF SEC EE.UU.


AGENCIA: Comisión de Bolsa y Valores.

ACCIÓN: Regla final.

RESUMEN: La Comisión de Bolsa y Valores («SEC» o «Comisión») está adoptando un conjunto de reglas y formularios bajo la Ley de Intercambio de Valores de 1934 («SEA») que crearían un régimen para el registro y la regulación de las facilidades de ejecución de swaps basados en valores («SBSEF») y abordarían otras cuestiones relacionadas con la ejecución de swaps basados en valores («SBS») en general. Una de las normas que se están adoptando implementa un elemento de la Ley Dodd-Frank que tiene por objeto mitigar los conflictos de intereses en las SBSEF y las bolsas de valores nacionales que negocian SBS («bolsas SBS»). Otras normas que se están adoptando abordan la aplicación transfronteriza de los requisitos de registro en el centro de negociación de la SEA y el requisito de ejecución de operaciones para SBS. Además, la Comisión está modificando una norma existente para eximir, de la definición de «bolsa» de la SEA, a ciertas agencias de compensación registradas, así como a las SBSEF registradas que proporcionan un mercado solo para SBS. La Comisión también está adoptando una nueva norma que, si bien afirma que un SBSEF sería un corredor en virtud de la SEA, exime a un SBSEF registrado de ciertos requisitos de corredor. Además, la Comisión está adoptando algunas normas nuevas y enmiendas a sus Reglas de Práctica para permitir que las personas que se vean agraviadas por ciertas acciones de un SBSEF soliciten una revisión por parte de la Comisión. Por último, la Comisión delega nuevas facultades en el director de la División de Negociación y Mercados y en el Asesor Jurídico General para que adopten las medidas necesarias para llevar a cabo las normas que se están adoptando.

FECHAS: Fecha de entrada en vigor: [INSERTAR FECHA 60 DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL]. Fechas de cumplimiento: Ver sección XVI (Cronograma de Cumplimiento).

PARA MÁS INFORMACIÓN, PÓNGASE EN CONTACTO CON: Michael E. Coe, director Asistente; David Liu, Asesor Especial; Leah Mesfin, Asesora Especial; Michou Nguyen, Fiscal Especial; o Geoffrey Pemble, Asesor Especial, al (202) 551-5000, Oficina de Supervisión de Mercados, División de Comercio y Mercados, Comisión de Bolsa y Valores, 100 F Street NE, Washington, DC 20549.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: La Comisión está adoptando los nuevos 17 CFR 242.800 a 242.835 («Reglamento SE») para crear un régimen para el registro y la regulación de los SBSEF y para abordar otras cuestiones relacionadas con la ejecución de los SBS en general. La Regulación SE consiste en 17 CFR 242.800 a 242.835 (Reglas 800 a 835). Las reglas clave dentro de la Regulación SE incluyen la Regla 803, que establece un proceso para el registro de SBSEF; las Reglas 804 a 810, que establecen procedimientos para la presentación de normas y productos por parte de los SBSEF; la Regla 815, que establece los métodos de ejecución permisibles para los SBS que están sujetos al requisito de ejecución comercial de la SEA; la Regla 816, que establece un procedimiento para que los SBSEF pongan un SBS a disposición de la negociación y establece ciertas exenciones del requisito de ejecución de la operación; las Reglas 818 a 831, que implementan los 14 Principios Básicos para los SBSEF establecidos en la sección 3D(d) de la EAE; los artículos 832 y 833, que se refieren a cuestiones transfronterizas; y la Regla 834, que impone requisitos que abordan los conflictos de intereses que involucran a los SBSEF y los intercambios de SBS, según lo exige la sección 765 de la Ley Dodd-Frank.

Además de las reglas descritas anteriormente, la Comisión también está adoptando 17 CFR 249.1701 (Formulario SBSEF), que es el formulario que una entidad utilizará para registrarse ante la Comisión como SBSEF; 17 CFR 249.1702 (una carátula de presentación), que deberá acompañar a las presentaciones ante la Comisión realizadas por los SBSEF para las enmiendas a las reglas y las reglas y para los listados de productos; la adopción de enmiendas a 17 CFR 232.405 (Regla 405 de la Regulación S-T) para exigir que varias presentaciones de SBSEF se proporcionen en Inline eXtensible Business Reporting Language («Inline XBRL»), un lenguaje de datos estructurados; adoptar enmiendas a 17 CFR 240.3a1-1 (Regla 3a1-1) para eximir de la definición de «intercambio» de la SEA a ciertas agencias de compensación registradas, así como a las SBSEF registradas que proporcionan un mercado solo para SBS; la adopción de 17 CFR 240.15a-12 (Regla 15a-12), que, si bien afirma que un SBSEF también sería un corredor bajo la SEA, exime a un SBSEF registrado de ciertos requisitos de corredor; establecer la extinción de las exenciones temporales existentes del requisito de registrarse como agencia de compensación que, entre otras cosas, se aplica a una entidad que desempeña las funciones de una SBSEF pero que aún no está registrada como tal, y del requisito de registrarse como SBSEF o como bolsa de valores nacional para las entidades que cumplen con la definición legal de SBSEF; la adopción de ciertas normas nuevas y enmiendas a la Parte 201 del Título 17 del Código de Reglamentos Federales (CFR) para permitir que las personas que se vean agraviadas por determinadas medidas adoptadas por un SBSEF soliciten una revisión por parte de la Comisión; y la adopción de enmiendas a 17 CFR 200.30-3 y 17 CFR 200.30-14 con respecto a la delegación de autoridad al Director de la División de Comercio y Mercados y al Asesor Jurídico.

I. ANTECEDENTES

La Comisión está adoptando el Reglamento SE, que regula el registro y la regulación de los SBSEF, tal como exige el artículo 3D de la EAE. La Sección 3D se promulgó como parte del Título VII de la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor («Ley Dodd-Frank»). La Ley Dodd-Frank se promulgó, entre otras razones, para promover la estabilidad financiera de los Estados Unidos mediante la mejora de la rendición de cuentas y la transparencia en el sistema financiero. La crisis financiera de 2008 puso de relieve problemas importantes en los mercados de derivados extrabursátiles, que experimentaron un crecimiento espectacular en los años previos a la crisis financiera y pueden afectar a importantes sectores de la economía estadounidense.

El artículo 3D(a)(1) de la SEA establece que ninguna persona puede explotar un servicio de negociación o procesamiento de SBS a menos que el servicio esté registrado como SBSEF o como bolsa de valores nacional. La sección 3D(d) enumera 14 Principios Básicos que deben cumplir los SBSEFs. Y la sección 3D(f) requiere que la Comisión prescriba reglas que rijan la regulación de los SBSEFs. Además, el artículo 765 de la Ley Dodd-Frank encomienda a la Comisión que adopte normas para mitigar los conflictos de intereses con respecto a los organismos de compensación que compensan a los SBS («organismos de compensación del SBS»), los SBSEF y las bolsas de valores nacionales que publican o ponen a disposición para su negociación los SBS («los mercados del SBS»).

El 6 de abril de 2022, la Comisión propuso el Reglamento SE, relativo al registro y la regulación de los SBSEF y a la ejecución de los SBS en general. Como se discutió en el comunicado de propuesta, las reglas propuestas reemplazaron las propuestas anteriores de la Comisión sobre estos temas.

El mercado de SBS está estrechamente relacionado con el mercado de swaps, que está regulado por la Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos («CFTC»). En junio de 2013, la CFTC adoptó normas (en 17 CFR capítulo I) en virtud del Título VII de la Ley Dodd-Frank para las facilidades de ejecución de swaps («SEF»). El mercado de swaps ha crecido y madurado dentro del marco establecido por las normas de la CFTC. Como se analiza en el comunicado de propuesta, el mercado de SBS es una pequeña fracción del mercado general de swaps, y el mercado de swaps ofrece mayores oportunidades para la captación de ingresos de la ejecución de swaps en comparación con la ejecución de SBS. Por ejemplo, al 25 de noviembre de 2022, el importe nocional bruto en circulación en el mercado de SBS era de aproximadamente 8,5 billones de dólares en las clases de activos de crédito, capital y tipos de interés, mientras que el monto nocional bruto pendiente en el mercado de swaps fue de aproximadamente 352 billones de dólares en las clases de activos de tasas de interés, crédito y divisas. La Comisión fue sensible en la Publicación de la Propuesta al impacto económico que podrían tener sus reglas SBSEF propuestas.14

Además, la Comisión reconoció que las entidades que tienen más probabilidades de registrarse ante la Comisión como SBSEF son SEF existentes y registradas en la CFTC, que ya han realizado inversiones sustanciales en sistemas, políticas y procedimientos para cumplir y adaptarse al sistema regulatorio desarrollado por la CFTC. La armonización entre las reglas SBSEF de la Comisión y las reglas SEF de la CFTC podría facilitar la capacidad de las entidades para registrarse dualmente y minimizar los costos al permitir que los SEF establecidos utilicen sus sistemas, políticas y procedimientos existentes para cumplir con las reglas SBSEF de la Comisión.

Por lo tanto, al proponer el Reglamento SE, la Comisión adoptó el enfoque general de armonizar estrechamente con las normas análogas de la CFTC SEF, excepto cuando las diferencias en la autoridad legal de la SEC en relación con la autoridad legal de la CFTC, o las diferencias en el mercado de SBS en relación con el mercado de swaps, requirieran diferencias entre las normas de la Comisión y las de la CFTC, o cuando los beneficios de desviarse de las normas de la CFTC justificaran de otro modo las cargas y los costes asociados a la imposición de la requisitos diferentes o adicionales a los de la norma correspondiente de la CFTC. Y la Comisión buscó comentarios públicos sobre este enfoque.

Un comentarista se opone a este enfoque de armonización y argumenta que no tiene sentido armonizar con las reglas «más flexibles» de los SEF, que cree que permitirían que «más fraude y narrativas falsas se introduzcan en el mercado», y en su lugar aboga por que la Comisión comience desde cero con nuevas reglas. Sin embargo, muchos otros comentaristas generalmente apoyan este enfoque de armonización. Muchos de estos comentaristas se hacen eco de la justificación de la Comisión para armonizar con las reglas SEF de la CFTC, y afirman que dicha armonización minimizaría la carga de cumplimiento para las entidades con doble registro. Dos de estos comentaristas también afirman que el marco regulatorio de la CFTC ha estado vigente durante casi una década y ha funcionado bien.

Un comentarista también apoya la decisión y los fundamentos de la Comisión para retirar la propuesta de Reglamento MC y la propuesta de la Comisión para el SBSEF de 2011.

La Comisión no está de acuerdo con la observación de que la armonización con el enfoque de la CFTC permitiría más fraude y narrativas falsas en los mercados de SBS. El establecimiento de un marco reglamentario formal para los SBSEF en los casos en que aún no exista proporcionará una mayor rendición de cuentas y supervisión para el mercado de SBS y, contrariamente a la opinión de este comentarista, debería servir para detectar y disuadir las prácticas comerciales abusivas y manipuladoras al establecer un conjunto de normas de la Comisión que los SBSEF deben cumplir en el funcionamiento de sus plataformas y al exigir a los SBSEF que presenten notificaciones a la Comisión en relación con el funcionamiento de sus plataformas y que hagan sus reglas están a disposición del público, como se describe en detalle en las secciones II a XVII infra.

Habida cuenta del tamaño relativo del mercado de SBS en comparación con el mercado de swaps, del hecho de que la regulación de los SEF de la CFTC ha estado en vigor durante muchos años, y de la rentabilidad y la reducción de las cargas que se derivarían de la armonización de las normas para los SEF/SBSEF de doble registro, conviene armonizar en general el marco regulador del SBSEF de la Comisión con el marco regulador del SEF de la CFTC. Al mismo tiempo, en su caso, el Reglamento SE adoptado difiere en algunos aspectos específicos del marco reglamentario de la CFTC para los SEF. Esto incluye áreas en las que las diferencias en la autoridad legal de la Comisión en relación con la autoridad legal de la CFTC o las diferencias en el mercado de SBS en relación con el mercado de swaps requieren diferencias entre las reglas de la Comisión y las de la CFTC, o donde los beneficios de desviarse de las reglas de la CFTC justificarían las cargas y los costos asociados con la imposición de requisitos diferentes o adicionales a los de la regla correspondiente de la CFTC. El enfoque específico de la armonización que ha seguido la Comisión, junto con las diferencias con el régimen de la CFTC para los SEF, se describen en detalle en las secciones II a XVII infra.

Como se analiza más adelante, la Comisión está modificando las disposiciones propuestas del Reglamento SE en relación con la definición de «comercio en bloque», el tratamiento de las transacciones combinadas, el tratamiento de las transacciones SBS que están destinadas a ser compensadas pero que no son aceptadas para su compensación por una agencia de compensación registrada, permitiendo que los SBSEF contraten con mercados de contratos designados («MCD») para prestar servicios que ayuden a cumplir con la EAE y las normas de la Comisión en virtud de la misma, el contenido y el calendario del Informe Diario de Datos de Mercado, una excepción a las restricciones de propiedad y voto para los SBSEF, la aplicación de los plazos y el estándar de revisión para la revisión de las acciones del SBSEF por parte de la Comisión, y la aplicabilidad de los requisitos de presentación electrónica y de datos estructurados con respecto a las presentaciones específicas del SBSEF. Por lo demás, las normas del Reglamento SE están siendo adoptadas en general tal como se han propuesto, en algunos casos con modificaciones menores o técnicas.


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/sec-publishes-security-based-swap-execution-rule-requiring-ixbrl/

La EBA aprovecha los datos digitales para la evaluación del riesgo bancario


Publicado el 16 de diciembre de 2023 por Editor

La Autoridad Bancaria Europea (EBA) realizó recientemente su prueba de resistencia para 2023, proporcionando una evaluación integral de la resiliencia y las vulnerabilidades del sistema bancario europeo. En particular, los datos que sustentan esta evaluación provienen de datos regulatorios digitales, lo que demuestra la utilidad de la tecnología digital en la supervisión.

La prueba de resistencia revela un panorama mixto moldeado por la incertidumbre macroeconómica, que enfatiza los riesgos operativos, incluidas las tensiones geopolíticas y las vulnerabilidades de la digitalización. Si bien los bancos demostraron resiliencia tras la agitación bancaria de marzo pasado, las elevadas tasas de interés plantean un desafío al afectar los préstamos. El informe también describe la creciente preocupación por los riesgos climáticos y ESG, que están influyendo en el enfoque y los esfuerzos de sostenibilidad de los bancos. A pesar de los desafíos, los signos de deterioro de la calidad de los activos son limitados, con el índice de morosidad en un mínimo histórico del 1,8%.

El informe de evaluación de riesgos va acompañado del ejercicio de transparencia de la ABE en toda la UE, que ofrece información detallada a través de un conjunto de datos que comprende más de 1,3 millones de puntos de datos comparables y accesibles. La utilización de datos regulatorios digitales por parte de la EBA demuestra la eficiencia de la recopilación y el análisis de datos digitales. A medida que las instituciones financieras sigan adoptando la digitalización, la integración de estos conocimientos basados en datos seguirá apuntalando un ecosistema bancario más resiliente.

Para comprender mejor los resultados de las pruebas de resistencia, explore el informe.

BANCA EBA RIESGO


El sector bancario de la UE sigue siendo resiliente a pesar de los focos de riesgo derivados del cambio de los tipos de interés

La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha publicado hoy su evaluación anual de riesgos del sistema bancario europeo. El Informe va acompañado de la publicación del ejercicio de transparencia en toda la UE de 2023, que proporciona información detallada, en un formato comparable y accesible, para 123 bancos de 26 países de la Unión Europea (UE) y el Espacio Económico Europeo (EEE).

  • 12 de diciembre de 2023

La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha publicado hoy su evaluación anual de riesgos del sistema bancario europeo. El Informe va acompañado de la publicación del ejercicio de transparencia en toda la UE de 2023, que proporciona información detallada, en un formato comparable y accesible, para 123 bancos de 26 países de la Unión Europea (UE) y el Espacio Económico Europeo (EEE).

Aspectos destacados de la evaluación de riesgos de la ABE:

  • El sector bancario de la UE ha demostrado ser resistente tras la agitación bancaria de marzo.
  • La capitalización sigue siendo alta, con una ratio promedio de capital ordinario de nivel 1 (CET1) en su punto más alto reportado (16%). La rentabilidad subyacente ha respaldado los pagos de los bancos.
  • Los elevados niveles de las tasas de interés hasta ahora han respaldado la ampliación de los márgenes de interés, pero esto podría haber llegado a su punto de inflexión.
  • La calidad de los activos sigue siendo sólida, pero el crecimiento económico moderado y los niveles elevados de las tasas de interés crean focos de riesgos.
  • La liquidez sigue siendo alta, pero comenzó a normalizarse desde sus niveles más altos durante la pandemia.
  • Los costos de financiación del mercado han aumentado en consonancia con las tasas de interés, pero las tasas de los depósitos se han mantenido comparativamente bajas, pero podrían aumentar en el futuro.

Notas para los editores

El ejercicio de transparencia es parte de los esfuerzos continuos de la EBA para fomentar la transparencia y la disciplina de mercado en el mercado financiero de la UE y complementa las iniciativas de los bancos. propia información sobre el Pilar 3, según lo establecido en la Directiva de Requisitos de Capital (CRD) de la UE. Junto con el conjunto de datos (más de 1,2 millones de puntos de datos, con un promedio de más de 10.000 puntos de datos por banco), la EBA también proporciona una amplia gama de herramientas interactivas que permiten a los usuarios comparar y visualizar datos a lo largo del tiempo y sobre un país y un banco. -a nivel bancario.

Los resultados del ejercicio se basan en los datos de supervisión presentados a la ABE a través de la plataforma de la Infraestructura Centralizada Europea de Datos (EUCLID). Esta plataforma ha sido desarrollada por la EBA para recopilar y analizar datos regulatorios de una amplia gama de instituciones financieras. Abarca datos de supervisión, resolución, remuneraciones y pagos. Gracias a EUCLID, el público podrá obtener un acceso más amplio a los datos bancarios y financieros de la UE.


INFORME DE EVALUACIÓN DE RIESGOS DE LA AUTORIDAD BANCARIA EUROPEA

Resumen ejecutivo

La incertidumbre macroeconómica sigue siendo elevada. El crecimiento económico en la Unión Europea y en el Espacio Económico Europeo (UE/EEE) se ha estancado en 2023 y las perspectivas siguen siendo inciertas. Las presiones inflacionistas han demostrado ser persistentes a pesar de la bajada de los precios de la energía. Se espera que la inflación se mantenga por encima de los objetivos de los bancos centrales durante los próximos trimestres. Los riesgos geopolíticos han aumentado aún más en medio de la guerra en Ucrania y la crisis de Oriente Próximo, pero también de las tensiones, por ejemplo, en el Cáucaso y entre China y Taiwán. Las tensiones comerciales entre Estados Unidos, Europa y China se suman a la incertidumbre general.

Los riesgos ESG relacionados con el clima y los riesgos ESG más amplios están cada vez más en el punto de mira de los bancos. Las entidades no solo asumen el riesgo de un posible deterioro de la calidad de sus activos debido a la aparición de fenómenos de riesgo físico relacionados con el clima, sino que también están sujetas a riesgos de transición a través de sus actividades de préstamo e inversión, en particular los bancos con exposiciones a sectores que contribuyen en gran medida al cambio climático. Los factores ESG son posibles desencadenantes de riesgos financieros para los balances de los bancos, pero también una fuente de riesgo reputacional. Al mismo tiempo, la integración de las consideraciones ESG en las actividades de financiación y préstamo de los bancos está aumentando. Los bancos consideran que es una prioridad clave en el futuro ofrecer préstamos sostenibles a un amplio espectro de clientes, incluido el comercio minorista, a pesar de los obstáculos identificados por los bancos, como la falta de datos, la transparencia y la incertidumbre regulatoria.

El impacto de la subida de los tipos de interés derivada del endurecimiento de la política monetaria sigue afectando a las economías de todo el mundo. Este impacto aún no se ha materializado plenamente, pero hasta ahora ha contribuido a la desaceleración de los mercados inmobiliarios residenciales (RRE), entre otras cosas, debido al aumento del coste de las hipotecas. El mercado inmobiliario comercial (CRE) también se ve desafiado por factores estructurales. Las turbulencias en los mercados financieros, como las de los bancos regionales de los Estados Unidos (EE.UU.) provocadas por las pérdidas sufridas en la cartera mantenida hasta el vencimiento (HTM) de los bancos estadounidenses, o en el sector de los seguros del Reino Unido, se debieron en gran medida al cambio brusco en el entorno de los tipos de interés.

Los beneficios de los bancos se benefician de tasas de interés más altas. El endurecimiento de la política monetaria ayudó a las entidades de crédito a aumentar sus ingresos netos por intereses gracias al aumento de los márgenes netos de intereses. La rentabilidad de los activos (RoA) y la rentabilidad de los fondos propios (RoE) de los bancos de la UE/EEE se situaron en sus niveles más altos desde la crisis financiera mundial, alcanzando el 0,7 % y el 11 %, respectivamente. Aunque esta recuperación ha sido generalizada, algunos bancos se han beneficiado más que otros en función de su modelo de negocio o de su estructura de activos y pasivos. La rentabilidad podría ralentizarse en medio de la baja demanda de préstamos y el crecimiento moderado de los activos, y a medida que la financiación se encarezca, lo que afectaría negativamente a los NIT. También se prevé que los altos gastos administrativos aumenten en medio de la presión sobre los salarios, y los deterioros podrían aumentar.

El crecimiento de los préstamos se desaceleró, ya que la demanda se vio afectada negativamente por el aumento de las tasas de interés. Al mismo tiempo, la incertidumbre macroeconómica afectó al apetito de riesgo de los bancos. Como resultado, los bancos han ralentizado notablemente su negocio de préstamos. Este efecto fue más pronunciado en los préstamos hipotecarios, ya que la demanda de compra de viviendas disminuyó y los bancos endurecieron sus estándares crediticios. Un número cada vez mayor de bancos parece reacio a aumentar los CRE y otros préstamos corporativos en el futuro. La desaceleración de los préstamos podría crear un bucle de retroalimentación negativa sobre la dinámica del crecimiento económico.

Los signos de deterioro de la calidad de los activos son limitados. A pesar del deterioro de los parámetros macroeconómicos durante el último año, la calidad de los activos de los bancos se ha mantenido relativamente estable. La tasa de morosidad se situó en junio de 2023 en su mínimo histórico del 1,8%. Sin embargo, durante el primer semestre de este año las entradas de préstamos dudosos fueron superiores a las salidas, y los bancos siguieron notificando una proporción relativamente elevada de sus préstamos en la fase 2 (9,1% de los préstamos). El impacto es más evidente en el caso de los préstamos a los hogares, incluidos los préstamos hipotecarios. Las preocupaciones en torno a los mercados inmobiliarios también se manifiestan en el aumento de las provisiones de los bancos frente a exposiciones inmobiliarias. La pandemia ha provocado un deterioro de la calidad de los activos de sus sectores más afectados, mientras que, por ejemplo, los sectores de gran consumo energético sufrieron el aumento de los costes de la energía tras el estallido de la guerra rusa. La presencia global del sector bancario de la UE lo hace vulnerable a los riesgos geopolíticos, así como a la evolución idiosincrásica de determinados mercados, como la exposición a los bienes inmuebles comerciales de EE. UU. Las vulnerabilidades de los bancos también pueden surgir a través de sus exposiciones soberanas, en particular debido a la caída de las valoraciones de los títulos de deuda, o a la preocupación por la sostenibilidad de la deuda de los países soberanos sobreendeudados.

Los bancos han aumentado su dependencia de la financiación basada en el mercado. La emisión general de financiación basada en el mercado ha aumentado, al igual que los costes generales de financiación del mercado. De cara al futuro, el aumento de los costes de financiación basados en el mercado aumenta la presión para captar más depósitos, lo que puede obligar a los bancos a aumentar la remuneración de los depósitos, que hasta ahora ha estado bastante aislada de la subida de los tipos de interés de los bancos centrales (bajas «betas de depósitos»). También podría retar a algunos bancos a cumplir o refinanciar los requisitos mínimos de fondos propios y pasivos admisibles (MREL). Sobre esto último, la EBA estima que de los 236 grupos de resolución incluidos en su seguimiento del MREL, 57 bancos, que representan el 13% de la muestra en términos de activos totales, aún no han alcanzado sus objetivos de MREL a partir del 1T 2023. A pesar de que el déficit parece marginal, del 0,4% de los activos ponderados por riesgo (APR) del total de la muestra, en algunos países se sitúa entre el 4% y el 8%.

Hasta ahora, dos tercios de los bancos han emitido bonos ESG. El volumen de emisión de bonos verdes y sostenibles aumentó en los primeros nueve meses de este año en comparación con los primeros nueve meses de 2022, lo que se atribuyó principalmente al fuerte aumento de los bonos verdes seniors no preferentes (SNP) y de los bonos emitidos por sociedades holding (HoldCos). Sin embargo, la relación entre los bonos verdes y el volumen total de emisión de deuda bancaria disminuyó en 2023, ya que el volumen total de emisión de instrumentos bancarios creció más rápido que el volumen de emisión de bonos verdes.

La liquidez sigue siendo elevada, aunque con una tendencia decreciente. La ratio de cobertura de liquidez (LCR) del 160,9% se mantiene en niveles sólidos, pero ha comenzado a normalizarse desde los puntos más altos informados anteriormente. La caída del LCR se debió principalmente a una disminución de los activos líquidos de los bancos. Esto fue impulsado por una disminución en el efectivo y las reservas, que siguen siendo la parte más importante de los activos líquidos, con una participación del 60%. La proporción de activos públicos y valores de nivel 1 aumentó al 21 por ciento y al 11 por ciento de los activos líquidos totales, respectivamente. Los cambios en la composición de los activos líquidos se debieron en gran medida al endurecimiento cuantitativo (QT) de los bancos centrales y a la operación de financiación a largo plazo con objetivo específico 3 (TLTRO-3) del Banco Central Europeo (BCE).

Los niveles de capital bancario alcanzan nuevos máximos. Las ratios de capital del sector bancario de la UE alcanzaron nuevos máximos históricos en junio de 2023, ya que los bancos registraron una ratio CET1 media del 16,0%. El margen de maniobra de los bancos por encima de los requisitos se mantuvo en niveles cómodos. La ratio de apalancamiento también ha aumentado en torno a 40 puntos básicos y se ha situado en el 5,7%. Las ganancias retenidas impulsaron el capital de los bancos, mientras que el estancamiento de los volúmenes de préstamos y el menor riesgo de mercado impidieron que los APR aumentaran. Los pagos de dividendos y las recompras de acciones alcanzaron niveles récord en 2022, y los bancos de la UE/EEE distribuyeron casi 63.000 millones de euros a los accionistas, lo que se compara con los 48.000 millones de euros que los bancos habían previsto a principios de 2022.

El riesgo operacional ha aumentado en los últimos años, en parte impulsado por las tensiones geopolíticas. Los riesgos crecientes incluyen el riesgo de pérdida por fallas internas o eventos externos, mala conducta, problemas legales y riesgo de fraude. Además, en un contexto de digitalización y creciente importancia de las nuevas tecnologías financieras, los bancos se vuelven más vulnerables a los riesgos digitales y cibernéticos. Los bancos también se enfrentan a riesgos de delitos financieros, blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/eba-harnesses-digital-data-for-banking-risk-assessment/

El impulso del metano impulsará la innovación en las explotaciones agrícolas


Por: Meryl Richards, Ceres
5 de enero de 2024

La COP28 llamó la atención sobre la necesidad de una acción urgente contra el metano en el sector alimentario, dice Meryl Richards, directora del Programa de Alimentos y Bosques de Ceres.

Era difícil no darse cuenta en la Conferencia de las Partes (COP) más grande de la historia que había comida en todas partes. Hubo el primer día temático sobre alimentos, agricultura y agua, innumerables empresas de alimentos que promueven su liderazgo climático, organizaciones que promocionan soluciones de agricultura climáticamente inteligente y unos 7.800 millones de dólares en compromisos financieros destinados a la transición a un sistema alimentario bajo en carbono.

A pesar de que las negociaciones oficiales sobre agricultura y seguridad alimentaria se han pospuesto hasta el próximo año, más de 150 países firmaron la Declaración de los Emiratos Árabes Unidos sobre Agricultura Sostenible, Sistemas Alimentarios Resilientes y Acción Climática. Y la respuesta al primer balance mundial en el marco del Acuerdo de París hizo hincapié en que se necesitan soluciones integradas, como la agricultura sostenible y los sistemas alimentarios resilientes, para fortalecer la respuesta mundial al cambio climático. Una pieza fundamental del rompecabezas de la transición climática de los alimentos que ha recibido una atención notable es el metano agrícola, la mayor fuente de emisiones del sector, y específicamente las emisiones de la ganadería, que representan el 12% de las emisiones mundiales de GEI.

Empresas alimentarias bajo presión

Este enfoque en el escenario climático de gran tamaño del mundo eleva el listón para la acción contra el metano. Las empresas alimentarias se verán sometidas a una presión cada vez mayor para hacer frente a sus emisiones de metano mediante el desarrollo de planes de acción integrales. Los anuncios de nuevos compromisos de financiación y las acciones del sector privado realizadas para reducir las emisiones del ganado a lo largo de la COP28 impulsarán este impulso. Estos incluyen el lanzamiento de la Alianza de Acción contra el Metano de los Productos Lácteos, que Ceres está apoyando; el Acelerador de Investigación y Desarrollo de Fermentación Entérica del Global Methane Hub, una iniciativa de financiación de 200 millones de dólares; y los 57 millones de dólares en subvenciones relacionadas con la alimentación de Bezos Earth Fund para hacer frente a la doble amenaza del cambio climático y la pérdida de biodiversidad, muchas de las cuales están dirigidas a abordar las emisiones de metano del ganado.

Al entrar en la COP, estábamos empezando a ver que más empresas de la iniciativa Food Emissions 50 de Ceres informaban sobre el metano y otras fuentes de emisiones de su cadena de suministro. ¡Pero solo unos pocos, como Yum! Brands, Starbucks y Kraft Heinz han revelado cómo están trabajando para reducir las emisiones del ganado. Si bien esto es un comienzo, se necesitan acciones corporativas más urgentes para reducir las emisiones del ganado y mitigar los crecientes riesgos del cambio climático y la pérdida de la naturaleza.

Los últimos hallazgos de la ONU muestran que aproximadamente el 70% de las emisiones del ganado podrían reducirse mediante cambios sostenibles en las prácticas agrícolas, lo que hace que la innovación sea esencial en el sector para impulsar esos cambios. En el reciente informe de Ceres, Cultivating Innovation: Practical Solutions for Companies to Reduce Agricultural Emissions (Cultivando la innovación: soluciones prácticas para que las empresas reduzcan las emisiones agrícolas), presentamos formas probadas y listas para implementar para que las empresas alimentarias aceleren la innovación agrícola para reducir las emisiones de GEI.

Dos formas clave en que las empresas pueden trabajar para estimular la innovación son colaborar con sus pares de la industria e implementar acciones en su cadena de suministro para adoptar nuevas tecnologías. Un ejemplo de colaboración de la industria es la Iniciativa de Ganado Más Verde, que incluye a Archer Daniels Midland y Nestlé entre sus miembros fundadores. Esta iniciativa lleva a cabo la investigación de una amplia variedad de soluciones tecnológicas para abordar las emisiones de metano de la producción lechera y ganadera, como los aditivos para piensos.

Los aditivos alimentarios (suplementos incorporados a la alimentación del ganado para reducir la cantidad de metano producido por las vacas y emitido a través de sus eructos) son una solución prometedora de bajas emisiones que las empresas pueden apoyar como parte de la innovación de la cadena de suministro. Por ejemplo, Royal Friesland Campina llevó a cabo un proyecto piloto de seis meses con 158 de sus productores lácteos proveedores de Bovaer, un aditivo para piensos en desarrollo, que condujo a una reducción media del 28% del metano entérico.

Pasos claros

Desde el avance de las tecnologías agrícolas emergentes hasta el aprovechamiento de las alianzas industriales y las promesas de financiación recientemente anunciadas, hay pasos claros que las empresas pueden tomar para continuar con el impulso de la acción contra el metano de la COP28. Los inversores también pueden desempeñar un papel utilizando estos conocimientos para involucrar a las empresas alimentarias en la lucha contra las emisiones de su ganado en sus planes de transición.

Si las empresas actúan de forma ambiciosa ahora, es posible que el sector mantenga sus compromisos climáticos y haga la transición hacia un sistema alimentario más sostenible y resiliente.

ARTÍCULOS RELACIONADOS: PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, BIODIVERSIDAD, RIESGO BIODIVERSIDAD, RIESGO CLIMÁTICO, COP28, DEFORESTACIÓN, SISTEMAS ALIMENTARIOS, METANO, NATURALEZA, AGRICULTURA SOSTENIBLE


NOSOTROS, JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO:

Reconociendo que los efectos climáticos adversos sin precedentes amenazan cada vez más la resiliencia de la agricultura y los sistemas alimentarios, así como la capacidad de muchos, especialmente los más vulnerables, para producir alimentos y acceder a ellos ante el aumento del hambre, la malnutrición y las tensiones económicas;

Reconociendo el profundo potencial de la agricultura y los sistemas alimentarios para impulsar respuestas poderosas e innovadoras al cambio climático y desbloquear la prosperidad compartida para todos;

Subrayando la necesidad de realizar progresivamente el derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, así como la necesidad de garantizar el acceso a alimentos inocuos, suficientes, asequibles y nutritivos para todos;

Observando que la agricultura y los sistemas alimentarios son fundamentales para la vida y los medios de subsistencia de miles de millones de personas, incluidos los pequeños agricultores, los agricultores familiares, los pescadores y otros productores y trabajadores de la alimentación;

Tomando nota del papel esencial de la cooperación internacional y de múltiples partes interesadas, incluida la cooperación Sur-Sur y triangular, las instituciones financieras y de financiación, el comercio y los agentes no estatales en la respuesta al cambio climático;

Reafirmando nuestros respectivos compromisos, colectivos e individuales, con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París, el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica y el Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal, la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y el Trabajo Conjunto de Sharm El Sheikh sobre la aplicación de la acción climática en la agricultura y la seguridad alimentaria; además de tomar nota de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre los Sistemas Alimentarios;

Recordando también la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París, reconociendo que son los principales foros internacionales e intergubernamentales para negociar la respuesta mundial al cambio climático,

Recordando las conclusiones de las recientes evaluaciones del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), así como tomando nota del informe de síntesis de los cofacilitadores sobre el diálogo técnico del primer balance mundial,

Hacemos hincapié en que cualquier camino para alcanzar plenamente los objetivos a largo plazo del Acuerdo de París debe incluir la agricultura y los sistemas alimentarios.

Afirmamos que la agricultura y los sistemas alimentarios deben adaptarse y transformarse urgentemente para responder a los imperativos del cambio climático.

DECLARAMOS NUESTRA INTENCIÓN DE TRABAJAR DE FORMA COLABORATIVA Y EXPEDITA PARA PERSEGUIR LOS SIGUIENTES OBJETIVOS:

1. Intensificar las actividades y respuestas de adaptación y resiliencia a fin de reducir la vulnerabilidad de todos los agricultores, pescadores y otros productores de alimentos a los efectos del cambio climático, en particular mediante el apoyo financiero y técnico a las soluciones, la creación de capacidad, la infraestructura y las innovaciones, incluidos los sistemas de alerta temprana, que promuevan la seguridad alimentaria, la producción y la nutrición sostenibles, conservando, protegiendo y restaurando al mismo tiempo la naturaleza.

2. Promover la seguridad alimentaria y la nutrición mediante el aumento de los esfuerzos para apoyar a las personas vulnerables a través de enfoques como los sistemas de protección social y las redes de seguridad, la alimentación escolar y los programas de contratación pública, la investigación y la innovación específicas, y centrándose en las necesidades específicas de las mujeres, los niños y los jóvenes, los pueblos indígenas, los pequeños agricultores, los agricultores familiares, las comunidades locales y las personas con discapacidad, entre otros;

3. Apoyar a los trabajadores de la agricultura y los sistemas alimentarios, incluidas las mujeres y los jóvenes, cuyos medios de subsistencia se ven amenazados por el cambio climático, para mantener un trabajo inclusivo y decente, a través de enfoques adecuados al contexto que podrían incluir el aumento, la adaptación y la diversificación de los ingresos;

4. Fortalecer la gestión integrada del agua en la agricultura y los sistemas alimentarios a todos los niveles para garantizar la sostenibilidad y reducir los impactos adversos en las comunidades que dependen de estas áreas interrelacionadas;

5. Maximizar los beneficios climáticos y ambientales, al tiempo que se contienen y reducen los impactos nocivos, asociados con la agricultura y los sistemas alimentarios mediante la conservación, protección y restauración de la tierra y los ecosistemas naturales, la mejora de la salud del suelo y la biodiversidad, y el cambio de prácticas con mayores emisiones de gases de efecto invernadero a enfoques de producción y consumo más sostenibles, en particular mediante la reducción de la pérdida y el desperdicio de alimentos y la promoción de alimentos azules acuáticos sostenibles;

Para lograr estos objetivos, de acuerdo con nuestras propias circunstancias nacionales, nos comprometemos a acelerar la integración de la agricultura y los sistemas alimentarios en nuestra acción climática y, al mismo tiempo, a integrar la acción climática en nuestras agendas políticas y acciones relacionadas con la agricultura y los sistemas alimentarios.

EN CUMPLIMIENTO DE ESTE COMPROMISO, PARA 2025 TENEMOS LA INTENCIÓN DE FORTALECER NUESTROS ESFUERZOS RESPECTIVOS Y COMPARTIDOS PARA:

1. Procurar una participación amplia, transparente e inclusiva, según proceda en nuestros contextos nacionales, para integrar la agricultura y los sistemas alimentarios en los planes nacionales de adaptación, las contribuciones determinadas a nivel nacional, las estrategias a largo plazo, las estrategias y planes de acción nacionales en materia de diversidad biológica y otras estrategias conexas antes de la convocatoria de la COP30.

2. Revisar u orientar las políticas y el apoyo público relacionados con la agricultura y los sistemas alimentarios para promover actividades que aumenten los ingresos, reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero y refuercen la resiliencia, la productividad, los medios de vida, la nutrición, la eficiencia hídrica y la salud humana, animal y de los ecosistemas, al tiempo que se reducen la pérdida y el desperdicio de alimentos, así como la pérdida y degradación de los ecosistemas.

3. Seguir ampliando y mejorando el acceso a todas las formas de financiación de los sectores público, filantrópico y privado, incluso mediante instrumentos combinados, asociaciones público-privadas y otros esfuerzos coordinados, para adaptar y transformar la agricultura y los sistemas alimentarios para responder al cambio climático.

4. Acelerar y ampliar las innovaciones científicas y basadas en datos empíricos, incluidos los conocimientos locales e indígenas, que aumenten la productividad y la producción sostenibles de la agricultura y los ámbitos emergentes conexos, promuevan la resiliencia de los ecosistemas y mejoren los medios de vida, en particular para las comunidades rurales, los pequeños agricultores, los agricultores familiares y otros productores.

5. Fortalecer el sistema multilateral de comercio basado en normas, no discriminatorio, abierto, justo, inclusivo, equitativo y transparente, cuyo núcleo es la Organización Mundial del Comercio.

A falta de siete años para alcanzar nuestros objetivos compartidos, tenemos la intención de fortalecer la colaboración entre nuestros respectivos ministerios -incluidos los de agricultura, clima, energía, medio ambiente, finanzas y salud- y con diversas partes interesadas para lograr los objetivos y esfuerzos articulados en esta Declaración y, según corresponda, dentro de nuestros contextos nacionales.

A fin de mantener el impulso, tenemos la intención de aprovechar las convocatorias regionales y mundiales pertinentes para compartir experiencias y acelerar la acción nacional y de colaboración. Revisaremos nuestro progreso colectivo el próximo año en la COP29 con miras a considerar los próximos pasos en 2025 y más allá.

Firmas:

1. República de Albania

2. Principado de Andorra

3. República de Angola

4. Antigua y Barbuda

5. República de Armenia

6. República Argentina

7. Commonwealth de Australia

8. República de Austria

9. República de Azerbaiyán

10. Commonwealth de las Bahamas

11. Reino de Bahrein

12. República Popular de Bangladesh

13. Barbados

14. República de Belarús

15. Reino de Bélgica

16. Belice

17. República de Benin

18. Reino de Bhután

19. Bosnia y Herzegovina

20. República Federativa del Brasil

21. Negara Brunei Darussalam

22. República de Bulgaria

23. Burkina Faso

24. República de Burundi

25. República de Cabo Verde

26. Reino de Camboya

27. Canadá

28. República del Chad

29. República de Chile

30. República Popular China

31. República de Colombia

32. Unión de las Comoras

33. República de Costa Rica

34. República de Côte d’Ivoire

35. República de Croacia

36. República de Chipre

37. República Checa (Chequia)

38. Reino de Dinamarca

39. Commonwealth de Dominica

40. República Dominicana

41. República del Ecuador

42. República Árabe de Egipto

43. República de El Salvador

44. República de Guinea Ecuatorial

45. República de Estonia

46. Reino de Esuatini

47. República Democrática Federal de Etiopía

48. Unión Europea

49. República de Fiji

50. República de Finlandia

51. República Francesa

52. República de Gambia

53. República Federal de Alemania

54. República de Ghana

55. República Helénica (Grecia)

56. Granada

57. República de Guatemala

58. República de Guinea

59. República de Guinea-Bissau

60. República de Honduras

61. Hungría

62. Islandia

63. República de Indonesia

64. Irlanda

65. Estado de Israel

66. República Italiana

67. Jamaica

68. Japón

69. Reino Hachemita de Jordania

70. República de Kazajstán

71. República de Kenia

72. República de Kiribati

73. República de Corea

74. Estado de Kuwait

75. República Kirguisa (Kirguistán)

76. República de Letonia

77. República del Líbano

78. Reino de Lesotho

79. República de Lituania

80. Gran Ducado de Luxemburgo

81. República de Madagascar

82. República de Malawi

83. Malasia

84. República de Maldivas

85. República de Malí

86. República de Malta

87. República Islámica de Mauritania

88. República de Mauricio

89. Estados Unidos Mexicanos (México)

90. Estados Federados de Micronesia (Estados Federados de)

91. República de Moldova

92. Principado de Mónaco

93. Mongolia

94. Montenegro

95. Reino de Marruecos

96. República de Mozambique

97. República de Nauru

98. Nepal

99. Reino de los Países Bajos

100. Nueva Zelandia

101. República de Nicaragua

102. República Federal de Nigeria

103. Niue

104. República de Macedonia del Norte

105. Reino de Noruega

106. Sultanato de Omán

107. República Islámica del Pakistán

108. República de Palau

109. Estado de Palestina

110. República de Panamá

111. Estado Independiente de Papua Nueva Guinea

112. República del Perú

113. República de Filipinas

114. República de Polonia

115. República Portuguesa (Portugal)

116. Estado de Qatar

117. Rumanía

118. Federación de Rusia

119. República de Rwanda

120. Estado Independiente de Samoa

121. República del Senegal

122. República de Serbia

123. República de Seychelles

124. República de Sierra Leona

125. República de Singapur

126. República Eslovaca (Eslovaquia)

127. República de Eslovenia

128. República Federal de Somalia

129. Reino de España

130. República Socialista Democrática de Sri Lanka

131. San Cristóbal y Nieves

132. Santa Lucía

133. San Vicente y las Granadinas

134. República de San Marino

135. República del Sudán

136. República de Surinam

137. Reino de Suecia

138. Confederación Suiza (Suiza)

139. República Árabe Siria

140. República de Tayikistán

141. República Unida de Tanzania

142. Reino de Tailandia

143. República del Togo

144. Reino de Tonga

145. República de Túnez

146. República de Türkiye

147. Turkmenistán

148. República de Uganda

149. Ucrania

150. Emiratos Árabes Unidos

151. Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

152. Estados Unidos de América

153. República Oriental del Uruguay

154. República de Vanuatu

155. República Bolivariana de Venezuela

156. República Socialista de Vietnam

157. República del Yemen

158. República de Zambia

159. República de Zimbabue


Publicado originalmente: https://www.esginvestor.net/methane-momentum-will-drive-on-farm-innovation/

La SEC actualiza el conjunto de pruebas de datos interactivos


Publicado el 2 de diciembre de 2023 por Editor

La Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) ha lanzado una actualización de su Interactive Data Test Suite, accesible aquí.

El objetivo principal de Interactive Data Test Suite es ayudar a los desarrolladores de software a validar los datos interactivos antes de enviarlos a EDGAR. Esta suite comprende numerosas instancias pequeñas de datos interactivos, esquemas y bases de enlaces.

En la última versión (23.4), el sistema EDGAR ahora admitirá la nueva taxonomía FND con las versiones 2022 y 2023. Además, nuevos tipos de envío, a saber, S-6, S-6/A, N-8B-2, N-8B. -2/A y 487 se han añadido a la lista de documentos Inline XBRL aceptados.

Se anima a los desarrolladores y declarantes a explorar estas actualizaciones y utilizar Interactive Data Test Suite para identificar y corregir oportunamente posibles errores antes del envío real a EDGAR.

Explora la actualización aquí.

SUITE DE PRUEBAS DE DATOS EDGAR SEC EE.UU.


Conjunto de pruebas públicas de datos interactivos

Versión 68d-231120

1. Metas

El propósito del conjunto de pruebas públicas es ayudar a los desarrolladores de software que deben validar los datos interactivos antes de su envío a EDGAR. El conjunto de pruebas consta de muchas instancias pequeñas de datos interactivos, esquemas y bases de vínculos que se clasifican en función de si infringen una comprobación de validación y, en caso afirmativo, qué comprobación de validación infringen y si eso daría lugar a una advertencia o a un error que haría que se rechazaran los datos interactivos.

Los declarantes que adjunten Pruebas Documentales de Datos Interactivos a las presentaciones de EDGAR son responsables del cumplimiento de todas las validaciones en el Capítulo 6 del Volumen II del Manual de Declarantes de EDGAR («el Manual»). La validación automatizada mediante software de preparación puede hacer que sea más eficiente para los declarantes verificar el cumplimiento antes de enviar sus presentaciones a EDGAR. Nada en este conjunto de pruebas tiene la intención de crear nuevos requisitos o cambiar los requisitos existentes para las presentaciones de EDGAR; los declarantes deben consultar las reglas de la Comisión y el Manual para conocer los requisitos de presentación.

La organización del conjunto de pruebas sigue la del Capítulo 6 del Manual. El Capítulo 6 consta de subsecciones que detallan una o más validaciones de Datos Interactivos, y estas subsecciones individuales se agrupan en secciones según el tipo de archivo adjunto (instancia, esquema o base de enlaces) y si las validaciones pueden automatizarse completamente (llamadas secciones de «sintaxis») o si se ocupan de las relaciones que pueden requerir alguna revisión manual o juicio contable (llamadas secciones «semánticas»).

2. Notación

En este documento, los nombres de ruta de acceso utilizan barras diagonales, aunque las pruebas funcionan en cualquier sistema operativo.

3. Versiones

El número de versión principal «68d» se refiere a una versión específica del Manual (borrador o de otro tipo) y el número de versión secundaria «231120» es la fecha de la versión secundaria, formateada como AAMMDD.

4. Instalación

La suite se distribuye como un archivo en formato zip. Extraiga todo el contenido en cualquier ubicación conveniente, conservando las rutas de las carpetas. Contiene una carpeta de nivel superior que corresponde a la versión del Manual.

Todos los archivos están codificados como formato de transmisión universal de 8 bits (UTF-8) o ASCII de EE. UU. El sufijo «.xsd» indica un archivo de esquema XML, «.xsl» indica una hoja de estilo XML (XSL) y el sufijo «.xml» indica cualquier otro tipo de archivo XML.

No hay ejecutables en el archivo de formato zip, excepto para los archivos XSL 1.0 en las subcarpetas «lib» y «conf».

El archivo index.htm es un archivo creado para facilitar la navegación por los archivos de prueba; Resalta los archivos de casos de prueba que contienen comentarios que pueden ayudar a los desarrolladores.

5. Biblioteca

La carpeta «lib» contiene datos de referencia y definiciones utilizadas en varias ubicaciones de la carpeta conf.

5.1 Archivos DTD y ENT

Un archivo de definición de tipo de documento XML (DTD) y tres archivos de declaración de entidad XML (ENT) que se utilizan para validar el contenido sin escape de los bloques de texto y las notas al pie XBRL.

Un bloque de texto es un elemento XML cuyo tipo es «textBlockItemType» en un espacio de nombres que comienza por «http://xbrl.us/us-gaap/».

Una nota al pie XBRL es un elemento XML denominado «footnote» en el espacio de nombres «http://www.xbrl.org/2003/linkbase».

5.2 Esquemas y hojas de estilo

Los archivos test.xsd, testcases.xsl y test.xsl se utilizan para validar y ver archivos *-testcase.xml en un navegador, respectivamente. Todos los elementos están en el espacio de nombres http://edgar/2009/conformance.

6. Casos de prueba

Un archivo de caso de prueba es un archivo XML utilizado por los desarrolladores de software. Los nombres de archivo, los conjuntos de archivos que se van a procesar juntos y los resultados esperados de ese procesamiento. El archivo XML del caso de prueba normalmente se transforma para producir un script de comandos de shell; El script de comando resultante invoca un validador en un archivo de cada variación y almacena el resultado de esa validación. Cuando un validador produce resultados idénticos a los esperados, se dice que es «conforme».

Todos los casos de prueba y sus archivos de prueba se encuentran en la carpeta «conf». Los casos de prueba se agrupan por sección con un esquema de código de ordenación que corresponde al número y título de la sección, por ejemplo:

6.1 Elementos requeridos

Estos elementos nombran a la parte responsable del caso de prueba, que para este conjunto de pruebas es siempre la Oficina de Divulgación Estructurada (OSD) de la SEC.

6.2 Elemento requerido

Por convención, este es el patrón de código de ordenación «6[0-9]{2}-[0-9]{2}», el código de ordenación de una sección como se ha descrito anteriormente. «605-22» significa la sección 6.5.22.

6.3 Elemento requerido

El esquema restringe esto para que contenga una cadena específica que proporcione una referencia legible al Manual: • EDGAR Filer Manual v{versión} 6. {sección}. {subsección} página 6-{página}

6.4 Elemento requerido

Este elemento tiene el texto de la sección correspondiente del Manual, pero solo como referencia; El Manual de Archivadores EDGAR Volumen II v53 es normativo. A veces, este elemento también contiene adiciones entre paréntesis, como (OBSERVACIÓN…) que indica algún detalle de implementación o comentario relacionado, o (TODO …) que indica una brecha de cobertura conocida u otra deficiencia en una versión preliminar.

6.5 Elemento de repetición opcional

Puede haber cualquier número de elementos de referencia, pero cada uno debe tener @specification de atributo que contenga cualquier cadena útil.

7. El elemento

Cada caso de prueba contiene una o más variaciones. Cada variación expone solo un aspecto de la validación que se va a realizar: una variación «no buena» que está destinada a desencadenar exactamente un error de validación o, a veces, una variación «buena» que está destinada a ilustrar el caso base o un caso extremo.

Todos los elementos secundarios que denotan nombres de archivo deben tener contenidos distintos dentro de una sola variación. Por ejemplo, el archivo «this.txt» no puede aparecer como ambos y como.

7.1 Atributo requerido

@id de Por convención, tiene el formato «_[0-9]{3}((gd)|( ng)|(gw))» En el que «GD» siempre indica una variación buena (válida), «NG» indica una variación no buena (no válida o que desencadena un error) y «GW» indica que esta variación es buena con advertencia. Una variación «gw» está pensada como un ejemplo de un envío, que se aceptará con advertencias, donde un envío de tipo «ng» se suspenderá (no se aceptará).

7.2 Elemento requerido de

Contiene texto sin formato de forma libre, aunque por convención comienza con el número de sección y termina con el token GOOD o NOGOOD. Por ejemplo, estos son los nombres de las variaciones en el esquema 605-01-entity-identifier-scheme.

7.3 Elemento requerido de

Contiene texto sin formato de forma libre; De nuevo, por convención, a menudo duplica el contenido del elemento name sin el prefijo numérico, y siempre es breve

7.4 Elemento de repetición opcional de

Puede haber cualquier número de elementos de referencia, pero cada uno debe tener @specification de atributo que contenga cualquier cadena útil.

7.5 Elemento requerido de

El elemento de datos agrupa los archivos de datos interactivos en la variación. Esto tiene instancias, bases de enlaces y esquemas. Aunque, en principio, el conjunto de archivos locales del conjunto de taxonomía detectable (DTS) de la instancia se puede detectar desde la instancia, los archivos de casos de prueba también sirven como una especie de manifiesto para garantizar que un conjunto de archivos esté completo sin contenido superfluo.

7.5.1 Elemento de repetición opcional de

A veces, la validación requiere una entrada externa. Por ejemplo, EDGAR utiliza el número de clave de índice central (CIK) para identificar a los declarantes.

Por ejemplo, las variaciones en el caso de prueba 605-02-entity-identifier-match-cik requieren que se proporcione el CIK del envío como parámetro para la validación de una instancia.

7.5.2 Atributo requerido @name de

Un QName que es el nombre del parámetro. En este conjunto de pruebas, el contenido de QName debe tener el espacio de nombres vacío.

7.5.3 Atributo requerido @datatype de

Un QName que es el tipo de datos del parámetro, normalmente xs:string

7.5.4 Atributo requerido @value

Cadena que se convierte en el tipo de datos especificado y se pasa al validador.

7.5.5 Nombres, tipos y valores de parámetros actualmente en uso

7.6 Elemento de repetición opcional

El nombre de archivo de un tipo de archivo que no es de imagen y que no está relacionado con XBRL. Su nombre de archivo puede ser cualquier nombre de archivo compatible con EDGAR que termine en .txt, .htm o .pdf, y está destinado a indicar que el archivo es el documento principal de una presentación de EDGAR.

7.6.1 Atributo opcional @docType de

El tipo de documento (en el sentido de presentación EDGAR) del documento, por ejemplo, «10-K», «485BPOS».

7.7 Elemento requerido

El nombre de archivo local de la instancia debe ser un nombre de archivo compatible con EDGAR (menos de 24 caracteres, etc.). Por convención, el nombre tiene el siguiente formato:

e6{sección}{sección} [0-9]{3} ((gd)|( ng))-200(8|9)1231.xml

Por ejemplo, e60501001ng se refiere a una instancia no buena que viola la sección 6.5.1 del Manual.

7.9 Elemento de repetición opcional

Cada variación tiene bases de enlaces nombradas con la misma convención de nomenclatura que la instancia.

Muchas variaciones de casos de prueba tienen un conjunto de bases de enlaces comunes denominadas edgar-20081231_*.* o edgar-20091231_*.*. Los archivos de base de enlaces con el mismo nombre «edgar-» difieren de una carpeta a otra.

7.10 Elemento de repetición requerido

Cada variación tiene al menos un esquema con su propio conjunto de bases de enlaces denominadas con la misma convención de nomenclatura que la instancia.

7.11 Elemento de repetición opcional

El nombre de archivo de un tipo de archivo que no es de imagen y que no está relacionado con XBRL. Su nombre de archivo puede ser cualquier nombre de archivo compatible con EDGAR que termine en .txt, .htm o .pdf, y está destinado a indicar que el archivo es un documento no principal de una presentación EDGAR.

7.11.1 Atributo opcional @docType de

El tipo de documento (en el sentido de presentación EDGAR) del documento, por ejemplo, «10-K», «485BPOS».

7.12 Elemento requerido

Para una variación «no buena», el elemento result contiene al menos un elemento.

Para una variación «buena», el elemento result puede contener un elemento.

De lo contrario, el elemento está vacío.

7.12.1 Atributo opcional @expected de

Cuando el resultado esperado va a ser válido sin advertencias u otros mensajes, el atributo @expected puede tener el valor «value».

7.13 Elemento de repetición opcional

El elemento assert contiene información que se utiliza para agrupar información sobre el mensaje de error o advertencia que se espera tras la validación.

8. El elemento

El elemento assert declara la gravedad, la sección EFM asociada y el código de error mnemotécnico que se va a generar. El elemento permite que aparezcan otros atributos que el autor de la variación pueda considerar útiles1.

8.1 Atributo requerido @severity de

Hay dos valores, el más común es «err» y el otro «wrn» significa una advertencia. En el sistema EDGAR, una advertencia no hace que los archivos XBRL se eliminen de un envío; Un error sí.

8.2 Atributo requerido @num de

La sintaxis es la misma que la del contenido del elemento sin el guión. No es idéntico porque en casos excepcionales el @num puede diferir del archivo de caso de prueba donde aparece, como por ejemplo cuando un error no podría ocurrir sin desencadenar otro.

8.3 Atributo requerido @name de

Un código mnemotécnico con tokens de mayúsculas y minúsculas adecuadas separados por guiones, como «No-Presentation-Order». Los tokens son estrictamente mayúsculas y minúsculas, por ejemplo, «No-Xml-Base-Allowed» incluso para el error relacionado con el atributo «xml: base», o «Illegal-Html» para errores relacionados con HTML.

8.4 Atributo opcional @frd de

Un código de dos letras para un grupo relacionado de aserciones; esto aparece en los códigos de error informados por EDGAR, como «60515-cp-No-Xml-Base-Allowed».

8.5 Atributo opcional @countSatisfied de

Con un valor predeterminado de 0, indica el número de aserciones satisfechas en la variación.

8.6 Atributo opcional @countNotSatisfied de

Si se establece de forma predeterminada en 1, indica el número de infracciones de aserción en la variación.

9. Notas sobre la estructura de carpetas y los detalles del archivo

Hay algunas excepciones a la asignación de las subsecciones Manual al conjunto de pruebas. No hay casos de prueba para las secciones del manual marcadas como «Reservado».

En este momento, hay una cobertura incompleta de estas secciones de sintaxis del Manual:

• 603-filing-syntax (algunas subsecciones requieren información como el tipo de archivo adjunto (EX-100, EX-101) que no está disponible en el contenido de los propios archivos XBRL. Algunas de estas variaciones de prueba están contenidas en el directorio, esto, lo que significa que son solo para pruebas del sistema EDGAR y no se pueden validar mediante pruebas fuera de línea).

• No hay pruebas separadas para 605-06, 605-18, 605-26, 607-02, 607-05, 607-06, 609-02, 609-08, 610-07 o 612-04 porque estas secciones no tienen sus propios códigos de error únicos.

Dos archivos de la carpeta 603-04-no-html-character-entities no tienen un XML bien formado; Esto es intencional (E60304001NG, E60304002NG-20081231_lab.xml).

No hay cobertura de estas secciones semánticas porque en este momento no dan lugar a mensajes de advertencia o error EDGAR:

• Semántica de 606 instancias

• Semántica de esquema 608

• 611-semántica de etiquetas

• 613-presentación-semántica

• 615-semántica de cálculo

• 617-definición-semántica

• Semántica de referencia 619

No existen tales subsecciones 6.22.1 a 6.22.4 en el Manual; Estos corresponden, respectivamente, a las tres cuestiones tratadas en la sección 6.22 y al contenido actual del http://www.sec.gov/info/edgar/edgartaxonomies.xmlexpediente

El formulario SDR aparece en el Manual del Declarante EDGAR en el Capítulo 9. El formulario SDR difiere de otros formularios porque permite múltiples instancias XBRL, requiere diferentes nombres de prueba (EX-99. K DEG. INS, por ejemplo, en lugar de EX-101. INS) y varios otros archivos adjuntos .txt y .xml. Las variaciones de prueba específicas para el formulario SDR se encuentran en una carpeta separada y tienen nombres que apuntan al archivo principal del caso de prueba en el Capítulo 6. Por ejemplo, las variaciones de prueba específicas del formulario SDR que son una continuación de 6.3.2 se encuentran en este archivo:

• 902-sdr/60302-sdr-doctype/902-sdr-60302-sdr-doctype-testcase.xml

Los elementos secundarios de apuntan a subcarpetas separadas para cada variación, por ejemplo:


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/sec-updates-interactive-data-test-suite-2/

Más del 50% de las empresas encuestadas ya reportan algún alcance 3

Publicado el 2 de diciembre de 2023 por Editor

En línea con las tendencias generales hacia la transparencia ambiental, una encuesta reciente realizada por Boston Consulting Group (BCG) y CO2 AI ha revelado que más del 50% de las empresas ahora están divulgando al menos algunas de las emisiones de su cadena de valor de Alcance 3. Esto marca un aumento significativo con respecto a aproximadamente un tercio reportado hace dos años.

Sin embargo, la encuesta también indica un progreso mínimo en términos de informes completos sobre todas las emisiones.

Las emisiones de alcance 3, que abarcan áreas de la cadena de valor más allá del control directo de una empresa, incluidas las actividades de la cadena de suministro y el uso de productos, son notoriamente complejas de medir y gestionar. A pesar de los desafíos, constituyen una parte sustancial, que a menudo supera el 90%, del impacto general de las emisiones de una empresa. La dificultad para manejar las emisiones de Alcance 3, combinada con los problemas inherentes de doble conteo, se ve subrayada por el progreso limitado en la presentación de informes integrales, con solo el 10% de las empresas encuestadas midiendo e informando sobre los Alcances 1, 2 y 3.

La complejidad de los informes de Alcance 3 también ha influido en el reciente retraso de la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) en la implementación de los requisitos de informes climáticos. Las preocupaciones sobre la naturaleza intrincada de los informes de Alcance 3 se han topado con la creciente demanda de esta información por parte de los inversores, lo que aparentemente contribuye a las prolongadas deliberaciones de la SEC.

Más de la mitad de los encuestados (53%) ahora incluyen al menos emisiones parciales de Alcance 3 en sus informes de carbono, lo que muestra una tendencia al alza desde el 44% en 2021 y el 34% en 2020. Las empresas están reconociendo la importancia de extender su medición de emisiones más allá de las operaciones directas a capturar el impacto de sus cadenas de valor, y con los mandatos de presentación de informes climáticos acercándose rápidamente, mejores datos están en el horizonte.

Para aquellos interesados en profundizar en los resultados de la encuesta, el informe completo está disponible aquí.

Sostenibilidad ESG ALCANCE 3


CAMBIO CLIMÁTICO Y SOSTENIBILIDAD

Por qué algunas empresas están a la cabeza en la carrera hacia Net Zero

16 DE NOVIEMBRE DE 2023

Por: Charlotte Degot, Diana Dimitrova, Courtney Dong, Hubertus Meinecke y Ramana Gudipudi

Conclusiones clave

Nuestra tercera encuesta sobre emisiones de carbono CO2 AI + BCG revela que la colaboración, la medición a nivel de producto y la tecnología digital son las claves para avanzar en la reducción de emisiones.

  • Cuando se les pidió que cuantificaran, el 40% de los encuestados estimaron un beneficio financiero anual de al menos 100 millones de dólares.
  • Tres cuartas partes de las empresas que están recortando emisiones de acuerdo con su ambición tienen iniciativas de reducción conjuntas con la mayoría de sus proveedores, y más de la mitad (54%) tienen iniciativas similares con la mayoría de sus clientes.
  • Las mediciones más efectivas a nivel de producto utilizan información regular de los proveedores y atribuyen las emisiones con precisión a cada producto.
  • Las empresas con soluciones digitales automatizadas para la medición tienen casi 2,5 veces más probabilidades de medir sus emisiones de manera integral.

Desafíos enfrentados

Solo el 10% de las empresas informaron haber medido exhaustivamente todas sus emisiones, lo que no revela ninguna mejora en comparación con nuestra encuesta de 2022. Lo que es más preocupante, solo el 14 % de las empresas indicaron reducir las emisiones de acuerdo con sus ambiciones, 3 puntos porcentuales menos que las que informaron lo mismo en 2022. Las empresas indicaron que sus esfuerzos de reducción se han visto obstaculizados por varios desafíos, en particular las difíciles condiciones macroeconómicas y las limitaciones de capital.

Señales de progreso

A pesar de estos resultados desalentadores a nivel global, hay aspectos positivos que destacar. En el Alcance 3, por ejemplo, las empresas han tomado medidas para mejorar significativamente la cobertura de sus mediciones e informes de emisiones. El número de encuestados que indican mediciones y informes parciales de las emisiones de Alcance 3 ha aumentado 19 puntos porcentuales desde 2021, del 34% al 53%. Al mismo tiempo, más encuestados dijeron que habían establecido objetivos de reducción de Alcance 3 (un aumento de 12 puntos porcentuales desde 2021, del 23% al 35%), siendo las áreas de enfoque más comunes la gestión de residuos y la compra de bienes y servicios.

Según el CDP, las emisiones de la cadena de suministro (Alcance 3) son, en promedio, 11,4 veces mayores que las emisiones operativas (Alcance 1 y 2). Por lo tanto, el aumento informado en la medición y la presentación de informes de Alcance 3 es alentador, ya que una mayor colaboración a lo largo de la cadena de suministro es esencial para lograr cero emisiones netas.

Además, algunas regiones han demostrado una clara mejora en la medición de emisiones durante los últimos dos años. Desde 2021, el número de encuestados de Asia y el Pacífico que informaron de manera integral sobre las emisiones de los Alcances 1, 2 y 3 aumentó en 7 puntos porcentuales, mientras que el número de encuestados de América del Sur y América del Norte que informaron de manera integral sus emisiones internas (alcances 1 y 2) aumentó en 9 puntos porcentuales y 5 puntos porcentuales, respectivamente.

Para impulsar una contabilidad de emisiones más sólida, los países han comenzado a implementar regulaciones relacionadas con la divulgación y la presentación de informes relacionados con el clima. Muchas de estas regulaciones exigen inicialmente que las grandes empresas que cotizan en bolsa informen sobre las emisiones y otros impactos climáticos; En fases posteriores, las regulaciones se ampliarán a entidades más pequeñas. Es probable que dichas regulaciones impulsen informes más completos de las emisiones de Alcance 1, 2 y 3 en los próximos años, una vez que entren en pleno efecto.

Ventaja competitiva

La descarbonización proporciona una serie de recompensas financieras y no financieras a las empresas. Un número creciente de empresas lo reconoce y cita los siguientes como principales beneficios: valor reputacional, menores costos operativos, mayor cumplimiento normativo, valoraciones más altas, mayores ingresos, mayor atracción y retención de talento y ahorro fiscal. Cuando se les pidió que cuantificaran, el 40% de los encuestados estimó un beneficio financiero anual de al menos 100 millones de dólares por cumplir los objetivos de reducción de emisiones, un aumento de 3 puntos porcentuales en comparación con la encuesta del año pasado.

Las empresas que han logrado avances en la descarbonización están aprovechando estos amplios beneficios y obteniendo una ventaja competitiva sobre sus pares. Para ponerse al día, los rezagados necesitarán acelerar su reducción de emisiones en el corto plazo, incluso cuando su medición y presentación de informes aún están madurando.

Un camino a seguir

Cuando comparamos las empresas que informan reducir sus emisiones de acuerdo con sus ambiciones y las que no, encontramos que las primeras muestran desproporcionadamente cuatro rasgos notables:

  • Colaboran con proveedores y clientes en la medición y reducción de emisiones.
  • Calculan las emisiones a nivel de producto.
  • Aprovechan el poder de la tecnología digital en el proceso de gestión de emisiones.
  • Consideran que las regulaciones sobre informes de emisiones son un factor clave para la reducción.

Colaboración con Proveedores y Clientes. Como se indicó anteriormente, las empresas a nivel mundial han logrado avances en la ampliación de su cobertura de Alcance 3 y el establecimiento de objetivos de reducción en los últimos dos años. Las empresas informaron que, en sus esfuerzos por alcanzar estos nuevos objetivos, se han beneficiado significativamente de asociaciones sólidas tanto con proveedores como con clientes. De hecho, el 75% de las empresas que reducen las emisiones de acuerdo con su ambición tienen iniciativas de reducción conjuntas con la mayoría de sus proveedores, y el 54% tiene iniciativas similares con la mayoría de sus clientes.

Schneider Electric, una empresa global de tecnología energética, es un ejemplo de una organización que unifica su cadena de suministro en un amplio esfuerzo de reducción de emisiones. En 2021, la empresa lanzó alianzas con más de 1.000 de sus proveedores para calcular, informar y establecer objetivos de reducción de emisiones. A través de talleres y seminarios webs educativos, la empresa catalizó a casi 900 proveedores para que comenzaran a informar y reducir activamente las emisiones, impulsando el progreso más allá de sus propias operaciones.

Cálculo de emisiones a nivel de producto. Encontramos que el 75% de las empresas intenta medir las emisiones de al menos algunos de sus productos desde el origen hasta la puerta, es decir, desde las materias primas hasta la distribución. Para ser más efectivas, estas evaluaciones a nivel de producto requieren aportes regulares de los proveedores y una atribución precisa de las emisiones a cada producto.

Reckitt, una empresa multinacional de bienes de consumo, considera que su enfoque a nivel de producto es fundamental para cumplir sus objetivos de sostenibilidad, incluida la reducción de emisiones. Fabrice Beaulieu, director de marketing, sostenibilidad y asuntos corporativos de la empresa, añade: “Los consumidores esperan que las marcas satisfagan sus necesidades y al mismo tiempo utilicen menos plástico y emitan menos carbono. Nuestro manual para la innovación de productos sostenibles aprovecha el poder de los datos a nivel de producto para cumplir con estas expectativas e impulsar un diseño de productos más sostenible”.

A medida que los consumidores impulsan la demanda de productos nuevos o mejorados, la compañía implementa su Calculadora de Innovación Sostenible interna para comparar las huellas de varios diseños de productos, evaluando el impacto que diferentes composiciones, embalajes, modos de transporte y otros factores tienen en la puntuación de sostenibilidad general de un producto. Reckitt utiliza estas evaluaciones para innovar y desarrollar nuevos productos que tengan un menor impacto ambiental en comparación con los productos que reemplazan. Fabrice destaca: “Innovamos para crear valor para los consumidores, satisfacer sus demandas cambiantes y reducir nuestro impacto ambiental. La precisión científica de nuestras herramientas nos ayuda a crear productos más sostenibles y atractivos, cumpliendo estos objetivos”.

Reckitt también busca utilizar la innovación a nivel de producto para mejorar la sostenibilidad en los comportamientos de los consumidores. Por ejemplo, la marca de lavavajillas de Reckitt, Finish, está innovando para cumplir el Objetivo de Desarrollo Sostenible de la ONU centrado en agua potable y saneamiento. La marca reformuló los productos para lavavajillas Finish para eliminar la necesidad de enjuague previo, lo que permite a los clientes ahorrar agua en el uso diario del producto. Este tipo de innovación permite a Reckitt involucrar a los consumidores, persuadirlos para que actúen de manera diferente y, al hacerlo, reducir su propia huella ambiental.

Klöckner & Co es uno de los mayores distribuidores independientes de productos de acero y metal y una de las empresas de servicios de acero líderes a nivel mundial, con más de 90.000 clientes. Como pionero en la industria del acero sostenible, Klöckner & Co desarrolló un motor de cálculo patentado de la huella de carbono del producto (PCF), el algoritmo Nexigen PCF, que ha calculado más de 200.000 PCF. (Nexigen es una marca comercial de Klöckner & Co.) Cada PCF calculado va acompañado de un certificado TÜV SÜD que está disponible para los clientes de Klöckner & Co con cada material ecológico adquirido.

Llevando su algoritmo Nexigen PCF un paso más allá, Klöckner & Co desarrolló una solución, Nexigen Data Services, que permite a los clientes ver la huella de carbono de sus compras pasadas y ofrece alternativas más ecológicas para compras futuras. Félix Schmitz, director ejecutivo de Kloeckner Metals Alemania, filial de Klöckner & Co, comenta: “El acero ecológico es el camino a seguir y brindamos a nuestros clientes datos útiles a nivel de producto para tomar decisiones. Esta información permite a los clientes tomar decisiones de compra ecológicas y envía una señal de demanda a través de toda la cadena de suministro”.

Como resultado, los clientes de Klöckner & Co pueden conocer la huella de carbono exacta de cada producto y pueden elegir fácilmente alternativas más ecológicas.

Aprovechando el poder de la tecnología digital. Las soluciones tecnológicas mejoran la precisión y la eficiencia al evaluar las emisiones y pueden ayudar a identificar formas innovadoras de reducirlas. Nuestra encuesta revela que las empresas con soluciones digitales automatizadas para la medición tienen 2,5 veces más probabilidades de medir sus emisiones de manera integral. Además, las empresas encuestadas mencionaron la adopción y el uso de tecnología como el principal habilitador estratégico para mejorar la reducción de emisiones en su organización.

Como ejemplo, The Economist Group, una empresa global de servicios de información y medios, implementa la plataforma de datos de CO2 AI, una plataforma de sostenibilidad de extremo a extremo que ayuda a organizaciones grandes y complejas a gestionar sus objetivos de sostenibilidad midiendo y reduciendo las emisiones a escala. La decisión de utilizar una solución tecnológica como CO2 AI surgió del enfoque de The Economist Group en un enfoque basado en la ciencia y en datos. «The Economist Group es conocido por el rigor y la precisión tanto de sus informes como de sus productos y servicios de inteligencia empresarial, y queríamos asegurarnos de que esto se reflejara en nuestro enfoque [de sostenibilidad]», dice Emily Jackson, vicepresidenta sénior de Sostenibilidad.

La automatización de la medición de CO2 basada en IA también genera eficiencia para la empresa. “Medir las emisiones es clave para monitorear nuestro progreso y para los KPI y los informes de divulgación, pero es un proceso altamente repetitivo. Tenía sentido comercial utilizar una herramienta automatizada para hacer esto mensual o trimestralmente, en lugar de inmovilizar los recursos del equipo”, comenta Jackson.

Lo más importante es que The Economist Group utiliza la plataforma para traducir la medición en reducción real. La compañía identificó puntos críticos, encontró nuevas palancas de reducción y utilizó resultados de herramientas clave para involucrar a los proveedores con mayores emisiones en nuevas iniciativas conjuntas de reducción. «Los mapas de calor de emisiones han abierto conversaciones transparentes sobre la reducción con nuestros proveedores donde antes no las teníamos», añade Jackson.

A medida que la IA madure, las soluciones de tecnología digital seguirán mejorando la precisión, la eficiencia y la toma de decisiones en la gestión de emisiones. Las empresas reconocen este potencial. De los encuestados, alrededor del 30% planea ampliar la implementación de herramientas impulsadas por IA en los próximos tres años en una variedad de funciones, incluido el modelado predictivo y el seguimiento de la cadena de suministro.

Ver las regulaciones de manera positiva. Las empresas que están reduciendo sus emisiones de acuerdo con su ambición tienen el doble de probabilidades de considerar las regulaciones sobre informes de emisiones como una guía útil para su enfoque de medición de emisiones y el doble de probabilidades de considerar las regulaciones como un facilitador de la reducción de emisiones. Estos hallazgos sugieren que, además de las prácticas internas de la empresa destacadas anteriormente, los mecanismos de presentación de informes externos pueden desempeñar un papel fundamental en el avance de la reducción de emisiones.


A través de la colaboración, evaluaciones a nivel de producto y tecnología digital, las empresas pueden encontrar los datos y las estrategias que necesitan para cerrar la brecha entre sus acciones y sus ambiciones en la reducción de emisiones. Los avances en estas áreas no sólo aliviarán la carga del cambio climático, sino que también impulsarán los resultados.

Los autores agradecen a Laurent Acharian, Juliette Callahan, Jack Higham, Heather Nowaczyk, Joe Vásquez y Eva Wilde por sus contribuciones al análisis y redacción de este informe.

Esta investigación fue una colaboración entre BCG y CO2 AI, una plataforma de gestión de la sostenibilidad empresarial que ayuda a las empresas a dominar su viaje hacia las emisiones netas cero de un extremo a otro.


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/over-50-of-surveyed-companies-already-reporting-some-scope-3/

La zona del euro necesita mejores políticas estructurales para apoyar la renta, el empleo y la equidad


11 octubre 2023

Por Klaus Masuch, Wolfgang Modery, Ralph Setzer y Nico Zorell

La economía de la zona del euro se ha recuperado rápidamente de la pandemia, los cuellos de botella en la oferta y la perturbación de los precios de la energía. Pero no hay lugar para la complacencia. Las debilidades estructurales siguen siendo un freno para el crecimiento de los ingresos y la productividad. Los gobiernos deben implementar reformas para fortalecer las economías europeas y promover la equidad social.

La economía de la zona del euro ha demostrado una notable resiliencia en los últimos años. En 2022, la producción y el empleo en muchos países de la unión monetaria superaron las expectativas previas a la pandemia, a pesar de las importantes perturbaciones de los últimos años (gráfico 1). Esta solidez se debe en gran parte a políticas fiscales y monetarias decisivas. A lo largo de la pandemia, los planes de mantenimiento del empleo y el considerable apoyo fiscal nacional ayudaron a evitar el colapso de la actividad económica y el empleo. Otros instrumentos a nivel europeo, como Next Generation EU[1], complementó estos esfuerzos.[2]

La estrecha alineación entre las políticas monetaria y fiscal en respuesta a la pandemia dio lugar a una recuperación inesperadamente sólida. Esto, a su vez, contribuyó al aumento de la inflación. En el segundo semestre de 2021, la inflación comenzó a superar el objetivo del 2% del BCE, alcanzando un máximo del 10,6% en octubre de 2022.

Para luchar contra la inflación, el BCE suspendió por primera vez sus compras netas de activos durante el primer semestre de 2022 y, desde entonces, ha aumentado rápidamente sus principales tipos de interés oficiales. La política monetaria pasó de la flexibilización al endurecimiento y, por lo tanto, ya no tiene un efecto favorable sobre el crecimiento a corto plazo.

Las políticas fiscales expansivas también están llegando a su fin. La reducción de los déficits y la reducción de los niveles de deuda son importantes, no solo para mejorar la sostenibilidad de la deuda y el espacio fiscal en los países con elevada deuda pública, sino también para reducir las presiones inflacionarias a mediano plazo. En este contexto, los gobiernos deben mejorar sus economías y mejorar las perspectivas de crecimiento a largo plazo.

Gráfico 1

PIB real y tasa de empleo en 2022 en relación con las proyecciones previas a la pandemia

(desviación porcentual de las proyecciones del Eurosistema en diciembre de 2019)

Fuentes: Eurostat y Eurosistema.
Nota: El gráfico muestra el crecimiento acumulado del PIB real (eje x) y la variación de la tasa de empleo (eje y) entre 2019 y 2022 en relación con las proyecciones del Eurosistema (previas a la pandemia) en diciembre de 2019. A modo de ejemplo, en el caso de España y durante los tres años comprendidos entre 2019 y 2022, el crecimiento de la producción fue de unos 6 puntos porcentuales y la variación de la tasa de empleo unos 2 puntos porcentuales inferior a las proyecciones del Eurosistema a partir de diciembre de 2019. Irlanda está excluida de la tabla por motivos de legibilidad.

Las debilidades estructurales reducen la resiliencia

La fuerte recuperación económica y la solidez de los mercados laborales tras las recientes crisis podrían llevar a las autoridades a sobrestimar la resiliencia y el potencial de crecimiento de sus economías. Pero no hay lugar para la complacencia. Todavía hay muchas debilidades estructurales en nuestras economías: por ejemplo, demasiada regulación que dificulta la entrada de nuevas empresas y la creación de empleo, falta de competencia e incentivos insuficientes para innovar e invertir. En varios países de la zona del euro, el crecimiento de la productividad ha sido débil durante décadas.[3] El crecimiento medio anual de la productividad laboral, medido como PIB por hora trabajada, ha sido de solo el 0,8% en la zona del euro desde 2001. Eso se compara con un promedio de 1.3% en Estados Unidos y 1.1% en todos los países de la OCDE.[4] Los riesgos para el crecimiento sostenido han aumentado en muchos países a raíz de las importantes perturbaciones de la oferta de los últimos años. Y a más largo plazo, nuestras economías se enfrentan a grandes retos estructurales relacionados con el envejecimiento, el cambio climático, la digitalización y los nuevos riesgos geopolíticos.

Los déficits públicos aumentaron significativamente a medida que los gobiernos gastaron cantidades sustanciales para ayudar a las personas y las empresas durante las recientes crisis. La relación deuda/PIB se mantiene por encima de los niveles de 2019 en muchos países. Esto supondrá una carga para los ciudadanos en el futuro, ya sea a través de impuestos más altos o un menor gasto público, y limitará el margen de maniobra de la política fiscal, en particular si el crecimiento a largo plazo sigue siendo débil. La elevada deuda pública también puede aumentar la exposición de los bancos a su deuda soberana. Dado que los bancos tienden a tener mucha más deuda pública de sus propios países que de otros, existe el riesgo de que se produzcan bucles de retroalimentación adversos (gráfico 2). Si surge la desconfianza sobre la solvencia de un soberano, las primas de riesgo tienden a aumentar. Esto, a su vez, podría meter a los bancos en problemas, un fenómeno descrito como el «bucle fatal» durante la crisis de la deuda soberana del euro en 2010-13. Paralelamente a los riesgos fiscales, las vulnerabilidades macrofinancieras han aumentado en otras partes de la economía, sobre todo en los mercados inmobiliarios.[5]

Gráfico 2

Crédito bancario a soberano nacional

(eje x: porcentaje del PIB, eje y: porcentaje del capital CET1 bancario)

Fuentes: Eurostat y datos supervisores del BCE (COREP y FINREP).
Nota: CET1 se refiere al capital de nivel 1 ordinario. Datos consolidados referidos al 4T 2022.

Otra consecuencia de las recientes crisis son las grandes diferencias en las tasas de inflación entre los países de la zona del euro. En parte, esto refleja hasta qué punto los países dependen de la energía importada. Por ejemplo, la tasa de inflación acumulada desde enero de 2020 es del 38 % en Estonia, frente al 14 % en Finlandia (gráfico 3). Algunos diferenciales de inflación son normales en una unión monetaria. Pueden, por ejemplo, reflejar ajustes temporales o diferentes exposiciones a perturbaciones. También pueden estar asociados a una convergencia normal de los niveles generales de precios entre los países, a medida que las economías menos desarrolladas alcanzan a los países más productivos. Sin embargo, los grandes diferenciales de inflación acumulados también pueden reflejar una evolución insostenible de los costos y los precios relativos. Las experiencias adquiridas desde la introducción del euro muestran que las divergencias grandes y persistentes entre la inflación y el coste laboral unitario pueden dar lugar a costosos desequilibrios macroeconómicos. En este caso, es necesario ajustar las políticas económicas nacionales. Por ello, los gobiernos deben estar atentos a las pérdidas de competitividad de los precios, que se han observado en varios países de la zona del euro en los últimos años.[6]

Gráfico 3

Aumento acumulado de los precios al consumo armonizados entre enero de 2020 y agosto de 2023

(porcentaje)

Fuente: Eurostat.

Mejora de las condiciones marco y de la calidad de las instituciones

Las reformas estructurales deben ser una prioridad clave, junto con políticas fiscales y macroprudenciales sólidas.[7] Los gobiernos nacionales tienen un margen considerable para mejorar el funcionamiento de sus economías y, en particular, para mejorar las instituciones, normas y reglamentos que rigen las actividades económicas. Una forma de identificar las áreas en las que más se necesitan mejoras es el conjunto de datos de los Indicadores de Gobernanza Mundial (WGI, por sus siglas en inglés) del Banco Mundial. Resume cómo las empresas, los ciudadanos y los expertos ven la calidad de la gobernanza. Alrededor de la mitad de los países de la zona del euro han experimentado un deterioro de su posición compuesta en el GTI durante la última década (gráfico 4). Ningún país de la zona del euro ha experimentado una mejora significativa desde 2012, con la excepción de los países bálticos y Grecia.

Esto es preocupante, porque unas mejores políticas estructurales pueden ayudar a las economías a crecer más rápido y de forma más justa. [8] Las personas más pobres suelen ser las que más sufren la ineficiencia de los servicios públicos, la débil calidad institucional (incluida la corrupción, la falta de transparencia o la búsqueda de rentas en los mercados de productos) y las estructuras económicas rígidas que mantienen el desempleo alto y los salarios reales bajos. Las políticas que abordan estas ineficiencias pueden situar a las economías de la zona del euro en la senda de una mayor prosperidad y promover la equidad social. Por ejemplo, las reformas que refuerzan la calidad de la educación e incentivan a las empresas a invertir en las cualificaciones de los empleados conducen a empleos de mayor calidad que pagan más y reducen el desempleo juvenil. Las reformas que aborden las rigideces estructurales y mejoren la eficiencia normativa y administrativa, por ejemplo, mediante el uso de tecnologías digitales modernas, mejorarían la calidad de los servicios públicos y, por lo tanto, podrían beneficiar de manera desproporcionada a la parte más vulnerable de la población. Los planes de recuperación y resiliencia elaborados por los países de la zona del euro en el marco de Next Generation EU contienen muchas inversiones detalladas y reformas útiles. Sin embargo, los compromisos de los gobiernos en los ámbitos de los mercados de trabajo y de productos o de los sistemas de pensiones, por ejemplo, a menudo no son lo suficientemente ambiciosos.

Chart 4

Institutional quality in EU Member States

(score ranging from -250 to 250)

Fuente: Indicadores de gobernanza mundial del Banco Mundial.
Nota. Las puntuaciones reflejan el promedio de los cuatro indicadores medibles de gobernanza: estado de derecho, calidad regulatoria, eficacia gubernamental y control de la corrupción. Los valores más altos indican una mejor gobernanza. Una puntuación de 250 reflejaría que un país es el mejor del mundo en las cuatro subcategorías. Evolución invariable de la media de la zona del euro.

Los esfuerzos nacionales para mejorar las políticas estructurales pueden ser apoyados por las políticas europeas. Los avances en la profundización del mercado único, especialmente en el sector de los servicios, podrían dar un impulso a la productividad. Según un estudio del Parlamento Europeo, la eliminación de los obstáculos que aún se oponen a un mercado único plenamente operativo podría aportar unos beneficios totales de 713 000 millones de euros para finales de 2029. [9] Además, un marco regulador simplificado de la UE aumentaría el atractivo de la zona del euro para los inversores y las actividades innovadoras. Lo mismo puede decirse de la unión bancaria y la unión de los mercados de capitales, que reforzarían la capacidad de los mercados financieros para asumir, diversificar y reducir el riesgo.

En general, la mejora de las políticas estructurales y la mejora de la calidad institucional tendrían muchos beneficios interconectados. Aumentarían el potencial de crecimiento, harían que la deuda fuera más sostenible, ayudarían a las economías más débiles de la zona del euro a ponerse al día, reducirían el riesgo de fragmentación y harían que las futuras perturbaciones económica y social fueran menos costosas. Por último, pero no por ello menos importante, esto contribuiría a la transmisión fluida de la política monetaria al conjunto de la economía de la zona del euro y, por tanto, ayudaría a preservar la estabilidad de precios en la zona del euro.

Las opiniones expresadas en cada entrada del blog son las del autor o autores y no representan necesariamente las opiniones del Banco Central Europeo y del Eurosistema.

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  1. Véase Bańkowski, K., Bouabdallah, O., Domingues Semeano, J., Dorrucci, J., Freier, M., Jacquinot, P., Modery, W., Rodríguez-Vives, M., Valenta, V. y N. Zorell (2022), «El impacto económico de Next Generation EU: una perspectiva de la zona del euro«, Occasional Paper Series, No. 291, BCE.
  2. También hubo un elemento de suerte, ya que la mayoría de las economías de la zona del euro más afectadas por la pandemia tuvieron menos problemas con el impacto posterior de los altos precios de la energía, y viceversa. Si bien la pandemia afectó especialmente a los países con grandes sectores de servicios intensivos en contacto (incluido el turismo), la guerra de Rusia contra Ucrania y la crisis energética fueron motivo de especial preocupación para los países con grandes sectores manufactureros, una baja proporción de energía producida en el país y una mayor dependencia de los suministros de Rusia.
  3. Línea de trabajo sobre productividad, innovación y progreso tecnológico (2021), «Factores clave detrás de las tendencias de productividad en los países de la UE«, Occasional Paper Series, No. 268, BCE.
  4. Véase el Compendio de Indicadores de Productividad 2023 de la OCDE.
  5. Para más información, véase la información del BCE Revisión de la estabilidad financiera de mayo de 2023 y la Comisión Europea Semestre Europeo 2023: Comunicación sobre el paquete de primavera.
  6. Véase Filip, D., Momferatou, D. y Setzer, R. (2023), «Divergencias entre inflación y competitividad en los países de la zona del euro«, Boletín Económico, número 4, BCE.
  7. Véase Lane, P. (2021), «The resilience of the euro», Journal of Economic Perspectives, vol. 35(2), discurso de apertura de Isabel Schnabel titulado «Encontrar la combinación adecuada: interacción monetario-fiscal en momentos de alta inflación«, pronunciada en la Conferencia de Observadores del Banco de Inglaterra celebrada el 24 de noviembre de 2022, y la Revisión de la estabilidad financiera de mayo de 2023.
  8. Para una visión detallada de un amplio conjunto de políticas estructurales, véase Anderton, R., Benalal, N., Masuch, K. y Setzer, R. (eds.) (2018), «Políticas estructurales en la zona del euro«, Occasional Paper Series, No. 210, BCE. Véase también un estudio reciente de la Comisión Europea que concluye que unas reformas estructurales ambiciosas podrían aumentar el PIB de la UE en torno a un 8 % al cabo de 20 años, con efectos sustancialmente mayores en los países con fundamentos más débiles. Véase Pfeiffer, P., Varga, J. e in’t Veld, J. (2023), «Liberar el potencial: evaluación comparativa de la reforma basada en modelos para los Estados miembros de la UE«, Documento de debate 192, Comisión Europea.
  9. Véase el informe del Servicio de Estudios del Parlamento Europeo «El dividendo de dos billones de euros de Europa: Mapeo del coste de la no Europa, 2019-24» estudio de 2019.

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Publicado originalmente: https://www.ecb.europa.eu/press/blog/date/2023/html/ecb.blog231011~b743839ce4.en.html?utm_source=blog_newsletter&utm_medium=email&utm_campaign=20231011_The_euro_area&utm_content=The_euro_area

La política obstruye el progreso de CSRD y CSDDD


Por: Emmy Hawker
17 de octubre de 2023

La división entre los legisladores sobre los alcances de las directivas pone en duda los plazos, lo que retrasa la divulgación de información sobre sostenibilidad y transición a los inversores.

Los desacuerdos políticos ponen en riesgo la creación de un marco sólido y ambicioso de informes de sostenibilidad corporativa y diligencia debida, advirtieron expertos legales a los legisladores de la UE.

Las negociaciones para finalizar la Directiva de la UE sobre Presentación de Información sobre Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva sobre Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad Corporativa (CSDDD) están en curso, con una creciente preocupación por la posibilidad de que los requisitos de divulgación de información en materia de sostenibilidad en virtud de la Directiva sobre divulgación de información sobre sostenibilidad se diluyan y ambas directivas estén sujetas a nuevos retrasos.

«La CSRD y la CSDDD son el eje clave del marco europeo de sostenibilidad, ya sea que se mire la sostenibilidad en términos de negocios responsables o financieros», dijo Filip Gregor, jefe de Empresas Responsables del bufete de abogados Frank Bold, a ESG Investor.

La finalización de los requisitos de información corporativa es de suma importancia para las instituciones financieras, especialmente para los inversores que ya están sujetos a las normas de divulgación en virtud del Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR), señaló Gregor.

«Con SFDR en primer lugar, fue como poner el carro delante del caballo, con los inversores teniendo que medir las empresas de una manera muy abstracta debido a la ausencia de datos fiables y estandarizados de las empresas».

La Comisión Europea publicó el mes pasado su consulta de revisión del SFDR. Gregor dijo que también es importante que los indicadores descritos en el CSRD y el CSDDD se revisen de acuerdo con los requisitos de divulgación existentes en el marco del SFDR para garantizar que «trabajen juntos».

Publicado por primera vez por la Comisión en febrero de 2022, la CDSD exigirá a las empresas que identifiquen, prevengan y mitiguen el impacto negativo de sus actividades en los derechos humanos y el medio ambiente, como el trabajo infantil y la pérdida de biodiversidad. Introduce deberes para que los directores corporativos establezcan y supervisen la implementación de los procesos de diligencia debida y garanticen que se integren en la estrategia comercial.  

Además, la CDSD exigirá a las empresas de la UE que entren en el ámbito de aplicación que elaboren planes de transición climática.

A finales del año pasado, la UE dio su aprobación final a la CSRD, lo que significa que, a partir del próximo año, casi 50.000 grandes empresas de los Estados miembros de la UE deberán revelar datos sobre el impacto de sus operaciones comerciales en temas sociales y ambientales. 

Diluir

La CSRD estará respaldada por las Normas Europeas de Presentación de Informes de Sostenibilidad (ESRS), que especificarán cómo informan las empresas sobre estos temas sociales y ambientales.  

El primer lote de normas, que son independientes del sector, se encuentra actualmente en un período de examen de dos meses por parte del Parlamento y el Consejo de la UE. Este plazo puede prorrogarse dos meses más.

«Lo último que hemos visto es un potencial dentro del Parlamento para descarrilar el acto delegado de ESRS [para estándares agnósticos del sector]», dijo James Marlow, Asociado Gerente de Medio Ambiente y Cambio Climático del bufete de abogados Linklaters.

«Ciertas facciones dentro del Parlamento están tratando de votar en contra o vetar la legislación, como parte de una tendencia continua de rechazo a la legislación de sostenibilidad y un intento más amplio de asegurar una reducción del 25% en los requisitos de información en todos los ámbitos, incluso en relación con la sostenibilidad», dijo.

Actualmente no está claro qué significaría esta reducción de la divulgación para el ESRS.

El acto delegado del ERR, que se publicó en verano, ya se ha diluido, alejándose del requisito propuesto originalmente de que los indicadores clave de divulgación de información se presenten de forma totalmente obligatoria, permitiendo en su lugar a las empresas solo presentar «información pertinente», determinada a través de una evaluación de importancia relativa.

Inicialmente dirigidas a diez sectores clave, como el petróleo y el gas, las normas específicas adicionales del sector están «destinadas a hacer que los requisitos de divulgación sean más claros para las empresas y a especificar los puntos de datos materiales que deben informar de acuerdo con su industria», dijo Gregor de Frank Bold.

Sin embargo, la Comisión tiene la intención de pedir al Parlamento y al Consejo que retrasen el plazo para las normas sectoriales de 2024 a 2026.

El Grupo Consultivo Europeo de Información Financiera (EFRAG, por sus siglas en inglés), al que se le ha encomendado la tarea de desarrollar el ESRS, ha estado «operando bajo el supuesto de que habría un retraso hasta 2025», agregó Gregor, señalando que un retraso hasta 2026 «envía una señal de que las normas específicas del sector no se consideran tan importantes como deberían ser».  

No obstante, la ESRS, independiente del sector, ya exige a las empresas que identifiquen por su cuenta las divulgaciones materiales específicas de la entidad y del sector, lo que podría decirse que es una carga mayor para las empresas que el cumplimiento de los requisitos específicos del sector establecidos, dijo Gregor.

«Sin normas y orientaciones sectoriales específicas, la identificación de estas divulgaciones sectoriales será la pieza más difícil del rompecabezas. Por ejemplo, una empresa textil probablemente debería informar sobre cuestiones relacionadas con el trabajo a lo largo de la cadena de suministro, pero la práctica actual difiere mucho entre las empresas».

Marlow, de Linklaters, señaló que un retraso entre los requisitos del ESRS agnósticos y los específicos del sector podría proporcionar un «bienvenido ‘respiro'» para centrarse en la aplicación adecuada de la primera tanda de requisitos de presentación de informes.

«El EFRAG ya está trabajando en la orientación sobre cómo llevar a cabo evaluaciones de materialidad, orientación sobre la definición de cadenas de valor y cómo abordarlas en la presentación de informes», dijo.

Michaela Walker, socia y directora europea del sector de servicios financieros del bufete de abogados Eversheds Sutherland, señaló que «todavía hay una serie de incertidumbres con CSRD».

Un ejemplo de ello es que la directiva tiene varias áreas en las que los Estados miembros tienen discreción en la forma en que implementan la CSRD, por ejemplo, si se permitirá a los proveedores de seguros independientes, pero «muy pocos Estados miembros han dado alguna indicación de cómo podría ser esto», dijo.

«Para las empresas multinacionales con múltiples unidades de negocio en toda Europa, esta divergencia podría ser difícil de gestionar y, obviamente, debe rastrearse entre ahora y la primera presentación de informes».

Contra reloj

La UE ha establecido un «calendario muy ambicioso» para completar las negociaciones sobre la CDSD a finales de este año, pero los abogados que hablaron con ESG Investor han cuestionado si el plazo es factible.

«Se espera que las discusiones políticas tripartitas se reanuden en la segunda quincena de noviembre, donde deberán llegar a un acuerdo sobre los puntos políticos más espinosos en torno al alcance, el clima, la responsabilidad civil y las responsabilidades», dijo Julia Otten, directora de políticas de Frank Bold.

«Tienen que avanzar sustancialmente, incluso si no logran obtener la aprobación política completa para fin de año».

Si la CSDDD no se completa a finales del primer trimestre de 1, podría retrasarse hasta finales de 2024, ya que las elecciones al Parlamento Europeo se celebrarán en junio.

«Cuanto más tarde en finalizarse la CDSD, más posibilidades habrá de que otros Estados miembros desarrollen sus propios regímenes nacionales», advirtió Marlow, de Linklaters.

Francia y Alemania ya tienen sus propias leyes en vigor, y los holandeses, entre otros, también están considerando un régimen de diligencia debida más amplio, una perspectiva que corre el riesgo de crear una «imagen más fracturada», según Marlow.

Solo una vez que concluyan las discusiones del diálogo tripartito, los Estados miembros de la UE podrán implementar la directiva a través de las leyes nacionales.

Sin embargo, hay varios puntos conflictivos que deben abordarse antes de que se pueda finalizar la CDSD.

Una de ellas es la inclusión del sector financiero, dijo Otten.

En general, el Consejo está a favor de permitir que los Estados miembros individuales incluyan partes del sector financiero en la Directiva de diligencia debida, lo que permitiría a países como Francia –que ha presionado para que se excluya a las instituciones financieras del régimen– excluir a las empresas francesas de los requisitos de la Directiva sobre la DDPC.

Sin embargo, el Parlamento Europeo se ha opuesto a esta posición, al considerar que todo el sector financiero de la UE, incluidos los gestores de activos y los inversores institucionales, debería estar cubierto.

El año pasado, los Principios de Inversión Responsable (PRI) convocados por la ONU, Eurosif y la Alianza de Inversores por los Derechos Humanos enviaron una carta abierta firmada por 142 signatarios a la Comisión Europea, en la que pedían que una amplia gama de empresas financieras y no financieras de la UE entraran en el ámbito de aplicación de la directiva, señalando que los inversores ya están sujetos a normas medioambientales y sociales de divulgación. como SFDR.

Otten dijo que el alcance de la CSDDD, que se espera que se aplique a unas 17.000 empresas, es más restrictivo que el de la CSRD.

«¿Cómo se justifica que una empresa tenga que informar sobre sus impactos ambientales y sociales, pero luego no tenga que tomar ninguna medida al respecto?», se preguntó.

«Estas directivas [CSDDD y CSRD] van de la mano. Tiene mucho sentido que se refuercen mutuamente. Es muy importante que haya la mayor coherencia posible entre estos dos actos legislativos. La debida diligencia puede permitir una buena presentación de informes».

ARTÍCULOS RELACIONADOS: CSDDD, CSRD, DIVULGACIÓN, PACTO VERDE DE LA UE, ESTRATEGIA DE FINANZAS SOSTENIBLES DE LA UE, COMISIÓN EUROPEA, LEY, INFORMACIÓN NO FINANCIERA, POLÍTICA, INFORMES, SFDR, SOSTENIBILIDAD


El 23 de febrero de 2022, la Comisión adoptó una propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. El objetivo de la presente Directiva es fomentar un comportamiento empresarial sostenible y responsable y anclar los derechos humanos y las consideraciones medioambientales en las operaciones y el gobierno corporativo de las empresas. Las nuevas normas garantizarán que las empresas aborden los efectos adversos de sus acciones, también en sus cadenas de valor dentro y fuera de Europa.


¿Cuáles son los beneficios de estas nuevas reglas?

Para los ciudadanos

  • Mejor protección de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales.
  • Medio ambiente más saludable para las generaciones presentes y futuras.
  • Aumento de la confianza en las empresas.
  • Más transparencia que permite tomar decisiones informadas.
  • Mejor acceso a la justicia para las víctimas.

Para empresas

  • Marco jurídico armonizado en la UE, que cree seguridad jurídica y condiciones de competencia equitativas.
  • Mayor confianza de los clientes y compromiso de los empleados.
  • Mejor conciencia de los impactos negativos de las empresas en el medio ambiente y los derechos humanos.
  • Mejor gestión de riesgos y adaptabilidad.
  • Mayor atractivo para el talento, los inversores orientados a la sostenibilidad y los compradores públicos.
  • Mayor atención a la innovación.
  • Mejor acceso a la financiación.

Para los países en vías de desarrollo

  • Mejor protección de los derechos humanos y del medio ambiente.
  • Aumento de la concienciación de las partes interesadas sobre cuestiones clave de sostenibilidad.
  • Inversión sostenible.
  • Mejora de las prácticas relacionadas con la sostenibilidad.
  • Mayor adopción de las normas internacionales.
  • Mejora de las condiciones de vida de las personas.

¿Cuáles son las obligaciones de las empresas y sus administradores?

La presente Directiva establece un deber de diligencia debida de las empresas. Los elementos centrales de este deber son identificar, poner fin, prevenir, mitigar y contabilizar los impactos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente en las propias operaciones de la empresa, sus subsidiarias y sus cadenas de valor. Además, algunas grandes empresas necesitan tener un plan para garantizar que su estrategia comercial sea compatible con limitar el calentamiento global a 1,5 °C en línea con el Acuerdo de París. Se incentiva a los directores a contribuir a los objetivos de sostenibilidad y mitigación del cambio climático.

La Directiva también introduce obligaciones para los administradores de las empresas de la UE cubiertas. Estas funciones incluyen el establecimiento y la supervisión de la implementación de los procesos de diligencia debida y la integración de la diligencia debida en la estrategia corporativa. Además, a la hora de cumplir con su deber de actuar en el mejor interés de la empresa, los consejeros deben tener en cuenta los derechos humanos, el cambio climático y las consecuencias medioambientales de sus decisiones.


¿A qué empresas se aplicarán las nuevas normas de la UE?

Empresas

Grandes sociedades de responsabilidad limitada de la UE:

  • Grupo 1: +/- 9.400 empresas – 500+ empleados y 150 millones de euros netos + facturación en todo el mundo.
  • Grupo 2: +/- 3.400 empresas de sectores de alto impacto.– +250 empleados y una facturación neta de +40+ millones de euros en todo el mundo, y que operan en sectores definidos de alto impacto, por ejemplo, textiles, agricultura, extracción de minerales. Para este grupo, las normas comienzan a aplicarse dos años más tarde que para el grupo 1.

Empresas extracomunitarias: +/- 2.600 empresas del Grupo 1 y +/- 1.400 del Grupo 2

Empresas de terceros países activas en la UE con un umbral de volumen de negocios alineado con los grupos 1 y 2, generado en la UE.

Pymes

Las microempresas y las pymes no se ven afectadas por las normas propuestas. Sin embargo, la propuesta prevé medidas de apoyo para las pymes, que podrían verse afectadas indirectamente.

¿Cuáles son los costes estimados de las nuevas normas para las empresas?

Las empresas tendrán que soportar:

  • Los costes de establecimiento y funcionamiento de los procedimientos de diligencia debida.
  • Costes de transición, incluidos los gastos e inversiones para cambiar las propias operaciones y cadenas de valor de una empresa para cumplir con la obligación de diligencia debida, si es necesario.

¿Cómo se aplicarán las nuevas reglas?

Las normas sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial se aplicarán mediante:

  • Supervisión administrativa: los Estados miembros designarán una autoridad para supervisar e imponer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias, incluidas multas y órdenes de cumplimiento. A escala europea, la Comisión creará una Red Europea de Autoridades de Supervisión que reunirá a representantes de los organismos nacionales para garantizar un enfoque coordinado.
  • Responsabilidad civil: Los Estados miembros velarán por que las víctimas obtengan una indemnización por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones de las nuevas propuestas.

Las normas sobre las funciones de los administradores se aplican a través de las legislaciones vigentes de los Estados miembros. La Directiva no incluye un régimen de ejecución adicional en caso de que los administradores no cumplan con las obligaciones que les incumben en virtud de la presente Directiva.


¿Por qué es necesario que la UE fomente un comportamiento empresarial sostenible y un gobierno corporativo responsable?

Una amplia gama de grupos de partes interesadas, incluidos representantes de la sociedad civil, ciudadanos de la UE, empresas y asociaciones empresariales, han pedido normas obligatorias de diligencia debida. El 70 % de las empresas que respondieron a la consulta pública enviaron un mensaje claro: es necesaria una acción de la UE en materia de diligencia debida en materia de sostenibilidad de las empresas.

Las empresas desempeñan un papel clave en la creación de una economía y una sociedad sostenibles y justas. Un tercio de las empresas reconoce la necesidad de actuar y tomar medidas para hacer frente a los efectos adversos de sus acciones sobre los derechos humanos o el medio ambiente, pero el progreso es lento y desigual. La creciente complejidad y la naturaleza global de las cadenas de suministro dificultan que las empresas obtengan información fiable sobre las operaciones de los proveedores. La fragmentación de las normas nacionales sobre las obligaciones de diligencia debida de las empresas relacionadas con la sostenibilidad ralentiza aún más la adopción de buenas prácticas. Las medidas independientes de algunos Estados miembros no son suficientes para ayudar a las empresas a explotar todo su potencial y actuar de forma sostenible.

¿Cuáles son los próximos pasos?

La propuesta se remitirá al Parlamento Europeo y al Consejo para su aprobación. Una vez adoptada, los Estados miembros dispondrán de dos años para transponer la Directiva al Derecho nacional y comunicar los textos pertinentes a la Comisión

Documentos

Propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y anexo


Publicado originalmente: https://www.esginvestor.net/politics-obstructs-csrd-csddd-progress/

La mitad de las economías mundiales superan el pico de los combustibles fósiles


Por: Jack Grogan-Fenn
20 de octubre de 2023

El análisis del grupo de expertos Ember Climate ha demostrado que la mitad de las economías del mundo ya han pasado cinco años de un pico en la generación de energía a partir de combustibles fósiles. El estudio mostró que las emisiones del sector eléctrico en 107 economías, que representan el 38% de la demanda mundial de electricidad, han caído casi un 20% en la última década. Setenta y ocho economías han desplazado los combustibles fósiles por energía limpia después de un pico posterior al año 2000, y 49 lo han hecho a pesar de un aumento en la generación de energía. Veinticinco economías han visto caer la demanda y la generación de combustibles fósiles o han sido reemplazadas por importaciones. Cuatro economías han aumentado la generación de electricidad sin aumentar la energía de los combustibles fósiles. El análisis mostró que en casi todas las regiones del mundo los países han superado un pico en la energía de los combustibles fósiles. La UE, Oceanía y América del Norte ya se encuentran en un período de declive de la energía de los combustibles fósiles, con una caída de la generación de combustibles fósiles del 30%, 20% y 15% respectivamente. Todos los Estados miembros de la UE, excepto uno, han superado el hito de cinco años desde un pico de energía de combustibles fósiles desde el año 2000. La energía de los combustibles fósiles en África parece haberse estancado, con un aplanamiento similar en América Latina y el Caribe. Las únicas regiones que aún no han alcanzado un pico son Asia y Oriente Medio.


La mitad del mundo ha superado el pico de la energía fósil

La mitad de las economías del mundo ya han pasado al menos cinco años de su pico de generación de energía a partir de combustibles fósiles, y las emisiones de estos 107 sectores energéticos han caído casi un 20% en la última década.

Chelsea Bruce-Lockhart
Líder de visualización de datos
Nicolás Fulghum
Analista de Datos de Energía y Clima
Dave Jones
Jefe de Data Insights
Crédito: cbpix / Alamy Stock Photo

Resumen ejecutivo

La mitad del mundo ha superado el pico de la energía fósil

Cada vez hay más pruebas de que el mundo está cerca de un pico global de emisiones en el sector eléctrico.

  • 01

107 economías superan el «pico» de la energía fósil

La mitad de las economías del mundo ya han pasado al menos cinco años de un pico en la generación de electricidad a partir de combustibles fósiles. Las emisiones de estos 107 sectores energéticos han caído casi un 20% en la última década. En conjunto, representan el 38% de la demanda mundial de electricidad. Las economías que han pasado al menos un año de su pico de energía fósil representan el 50% de la demanda mundial, lo que prepara el escenario para un pico y la posterior disminución de las emisiones mundiales del sector eléctrico.

  • 02

78 economías posteriores al pico han desplazado la energía fósil por energía limpia

La gran mayoría (78) de las economías que ya han pasado cinco años desde el pico de la energía fósil han desplazado la generación fósil a través de la expansión de la energía limpia en los años posteriores. 45 de estas economías lograron esto incluso cuando la generación general aumentó, en la mayoría de los casos impulsada por un aumento en la demanda de electricidad.

  • 03

Los picos de energía fósil están ocurriendo en todos los rincones del mundo

La UE, Oceanía y América del Norte ya se encuentran en un período de declive de la energía fósil, con una caída de la generación fósil del 30%, 20% y 15%, respectivamente, desde sus máximos regionales. La energía fósil parece haberse estancado en África a nivel continental; un aplanamiento similar es el de América Latina y el Caribe, que ha sido el caso durante más de una década. Las únicas regiones que aún no han alcanzado un pico son Asia y Oriente Medio. Pero también hay historias de éxito en estas regiones: Vietnam ha reducido su generación de fósiles en un 16% en solo tres años, mientras que Jordania y los Emiratos Árabes Unidos casi han alcanzado los cinco años desde su pico de generación de fósiles.

A principios de este año, el análisis de Ember mostró que 2023 puede ser el primer año con una caída estructural de las emisiones globales del sector energético si continúa el crecimiento de la energía limpia. Sin embargo, el análisis de mitad de año de Ember mostró que las condiciones hidroeléctricas adversas en la primera mitad de 2023 significaron que las emisiones del sector eléctrico se estancaron en lugar de disminuir. Todavía está demasiado cerca para predecir si las emisiones del sector eléctrico caerán a lo largo de todo el año 2023; Si no lo hacen, es probable que la nueva era de caída de las emisiones del sector eléctrico comience en 2024.

Alcanzar el «pico» de generación fósil y, por lo tanto, de emisiones, en el sector energético es un hito crucial en la transición global hacia una economía limpia y electrificada. Pero la parte más crítica es lo que sucede después. Para lograr la rápida disminución de las emisiones requerida en esta década, es necesario que haya una rápida aceleración en el despliegue de la energía eólica y solar, ya que deben proporcionar alrededor del 40% de la energía mundial para 2030, según el último escenario de cero emisiones netas de la AIE. Triplicar la capacidad renovable mundial para 2030 es la acción más importante que los gobiernos pueden tomar para poner al mundo en camino hacia una senda alineada con 1,5°C.

No mucha gente se da cuenta de que los sectores energéticos de muchos países ya están en una fase de declive fósil. En muchos países, esto se hizo simultáneamente con el aumento de la demanda de electricidad. Tal es el éxito de la energía solar y eólica, que el pico está cerca incluso en muchas economías emergentes clave. Estamos en la cúspide de una nueva era de declive fósil en el sector energético mundial.

Dave Jones
Dave Jones, líder de Global Insights, Ember

Análisis

La mitad del mundo ha superado el pico de la energía fósil

107 de las 215 economías superaron el pico de generación fósil hace al menos cinco años, lo que sentó las bases para un pico mundial y la posterior disminución de las emisiones del sector eléctrico.

Acercándose a un pico global de energía fósil

La mitad de las economías del mundo ya han pasado cinco años de su pico de generación de energía a partir de combustibles fósiles. En estos 107 sectores energéticos, las emisiones se han reducido casi un 20% en la última década. En conjunto, representan el 38% de la demanda mundial de electricidad. Las economías que han pasado al menos un año desde el pico de energía fósil, según el último año de datos disponibles, representan el 50% de la demanda de electricidad.

En 2022, la generación fósil mundial aumentó solo un 1,2% interanual, frente a una tasa media histórica de crecimiento anual del 1,6% entre 2011 y 2021. En lo que va de año, las emisiones mundiales del sector eléctrico derivadas de la generación de energía fósil ya se están estabilizando, y el análisis de Ember muestra que las emisiones solo aumentaron un 0,2% en el primer semestre de 2023.

El escenario parece estar listo para un pico global en la generación de energía a partir de combustibles fósiles. A medida que esta tendencia a la caída de la energía fósil continúe manifestándose en más y más países, el sector energético mundial entrará en una nueva era de reducción estructural de las emisiones del sector eléctrico.

La desaceleración de las emisiones del sector eléctrico ha sido impulsada por una rápida expansión de la electricidad renovable, principalmente eólica y solar. La generación mundial de electricidad a partir de energía eólica y solar se triplicó con creces entre 2015 y 2022, lo que limitó el crecimiento de la generación fósil, incluso cuando la demanda mundial de energía siguió creciendo. Sin el aumento de la energía eólica y solar en la combinación energética mundial, las emisiones del sector energético serían hoy un 20% más altas.

Solo cuando el crecimiento de la electricidad limpia pueda satisfacer y superar la creciente demanda, veremos un desplazamiento de los combustibles fósiles en el sector eléctrico y una consiguiente caída de las emisiones mundiales del sector eléctrico.

Hasta 78 de las 107 economías que ya han pasado al menos cinco años desde el pico de la energía fósil han logrado desplazar a los combustibles fósiles en los años transcurridos desde el máximo de la energía fósil posterior al año 2000 gracias a la expansión de la energía limpia. 45 de estas economías lograron esto incluso cuando la generación general aumentó, en la mayoría de los casos impulsada por un aumento en la demanda de electricidad. En estas economías, es poco probable que se produzca otro pico de energía fósil en el futuro, ya que la generación de energía fósil desplazada ya se está generando por medios más limpios.

Otras cuatro economías lograron aumentar la generación sin aumentar la energía fósil, lo que significa que la demanda adicional se satisfizo solo con energía limpia.

En el caso de las 25 economías restantes, que se considera que han pasado al menos cinco años desde el pico de generación fósil, los descensos posteriores de los combustibles fósiles se han debido en gran medida a caídas de la demanda, ya sea por aumentos de la eficiencia o por factores externos como la recesión, los disturbios civiles o los conflictos, o debido a un aumento de las importaciones de electricidad. En estas economías en las que el crecimiento de la energía limpia no fue responsable de una caída en la generación fósil, es posible que se produzca otro pico de energía fósil en el futuro para satisfacer la creciente demanda.

107 economías superaron el pico de energía fósil hace más de cinco años

Los países están superando el pico de la energía fósil en casi todas las regiones del mundo.

La UE está liderando el camino en el desplazamiento de los combustibles fósiles del sector eléctrico, habiendo reducido la energía fósil en más de un 30% en los últimos 15 años. Entre los países de la UE, todos menos uno (Letonia) han superado el hito de cinco años desde el pico de la energía fósil en este milenio. De los Estados miembros más grandes de la UE, Dinamarca y Finlandia han registrado los mayores descensos de este siglo, con una generación de energía fósil en 2022 más de un 80% por debajo de los niveles alcanzados hace casi dos décadas.

Oceanía también se encuentra en un período de declive de la energía fósil, ya que ha reducido la generación de combustibles fósiles en un 20% en los últimos 13 años. Su éxito se debe en gran medida a los avances logrados en Australia y Nueva Zelanda, que representan la gran mayoría (96%) de la demanda de energía en la región, y han reducido la energía fósil en un 20% y un 56%, respectivamente, desde sus máximos.

En América del Norte, la generación de combustibles fósiles ya es un 15% más baja que hace 15 años, influenciada en gran medida por los cambios en Estados Unidos, donde el uso de combustibles fósiles en el sector energético ha disminuido un 14% durante el mismo período.

Los datos de Ember también muestran que la generación de electricidad a partir de combustibles fósiles en África se ha estancado, reduciéndose un 0,5% en los últimos 3 años. La generación de combustibles fósiles en América Latina y el Caribe también se ha estancado, una tendencia que ha persistido durante más de una década. También se están produciendo picos en algunas de las economías más grandes de estas regiones. La energía fósil de Chile se ha reducido en un 20% desde el pico de hace seis años, a pesar del aumento de la demanda de electricidad. La energía fósil de Nigeria ha caído un 8% en los últimos 8 años, mientras que la demanda de electricidad ha aumentado.

Las únicas regiones que aún no han alcanzado un pico en la energía fósil son Oriente Medio y Asia. Sin embargo, Asia tiene algunas historias de éxito. Nepal ha eliminado por completo los combustibles fósiles de su sector energético. La energía fósil de Japón ha caído en más de una quinta parte desde su pico hace una década. Vietnam ha reducido su generación fósil en un 16% en solo tres años, en gran parte debido a la expansión de la energía eólica y solar.

En Oriente Medio, solo dos países cuya demanda de energía no se ha visto afectada por grandes conflictos, Jordania y los Emiratos Árabes Unidos, se acercan a cinco años del pico de energía fósil. De los países del G20, 10 países han pasado más de cinco años de un pico en la generación de fósiles: el Reino Unido, Italia, Canadá, Alemania, Japón, Sudáfrica, Australia, Estados Unidos, Francia y Argentina, dejando a los otros 10 aún sin alcanzar este hito. Sin embargo, incluso en China, donde la demanda de electricidad se está expandiendo más rápidamente que cualquier otro país, el presidente Xi ha prometido que el uso del carbón comenzará a caer a partir de 2026, ya que el país lidera el mundo en adiciones eólicas y solares.

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Material de apoyo

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Metodología

Resumen

Este informe analiza la generación anual de energía para 215 países desde 2000 hasta 2021, con datos de 2022 incluidos para 78 países que representan el 93% de la demanda mundial de energía. Los datos se recopilan a partir de conjuntos de datos de varios países (EIA, Eurostat, BP), así como de fuentes nacionales (por ejemplo, datos de China de la Oficina Nacional de Estadísticas). Los datos de generación anual más recientes se estiman utilizando datos de generación mensual. Se puede acceder a una metodología detallada aquí. Todos los datos se pueden ver y descargar gratuitamente desde el sitio web de Ember.

Advertencias

Este análisis se centra en la generación eléctrica doméstica desde 2000 hasta 2022. La generación fósil de un país individual puede haber alcanzado su punto máximo antes del año 2000, lo que significa que el número de años transcurridos desde su verdadero pico histórico es incluso mayor que el registrado en este análisis.

Si la generación fósil no ha cambiado durante al menos cinco años desde el pico inicial de energía fósil de un país, se considera que ha superado su pico.

Las caídas en la generación de combustibles fósiles en algunas economías pueden haber sido causadas por factores externos como la guerra, los disturbios civiles o la recesión. Unas pocas economías que, según se informa, han superado el pico de la energía fósil pueden haber sustituido la generación fósil nacional por importaciones de electricidad. No se han contabilizado las emisiones procedentes de esas importaciones.


Agradecimientos

Imagen de portada

Crédito: cbpix / Alamy Stock Photo


Publicado originalmente: https://www.esginvestor.net/live/half-of-global-economies-past-fossil-fuel-peak/

La EBA presenta un paquete técnico para la fase 3 del marco de presentación de informes


Publicado el 3 de noviembre de 2023 por Editor

La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha publicado el paquete técnico para la fase 3 de la versión 3.3 de su marco de información. Este paquete comprende especificaciones estándar, incluidas reglas de validación, el modelo de puntos de datos (DPM) y taxonomías XBRL, diseñadas específicamente para facilitar la nueva presentación de informes sobre el riesgo de tasas de interés en el libro bancario (IRRBB).

Inicialmente, este paquete técnico se utilizará para la recopilación de datos ad hoc de los bancos que participan en el Estudio de Impacto Cuantitativo (QIS) con fecha de referencia del 31 de diciembre de 2023, de acuerdo con la decisión EBA BS 2023 514 de la Junta de Supervisores (BoS).

En el futuro, el mismo paquete también servirá para las Normas Técnicas de Implementación (ITS) sobre informes de supervisión relacionados con el IRRBB, que actualmente están siendo adoptadas por la Comisión Europea dentro del marco de informes v3.4.

Lea más aquí.

Taxonomía DPM EBA


Decisión de la Autoridad Bancaria Europea EBA/DC/501

de 3 de agosto de 2023

relativa a la recopilación ad hoc por parte de las autoridades competentes a la ABE de los datos IRRBB de las entidades y a la modificación del anexo de la Decisión EUCLID

La Junta de Supervisores

Vista la

(1) Reglamento (UE) No 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión No 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión1 (en lo sucesivo, «Reglamento ABE» y «la ABE»), en particular su artículo 29, apartado 1, letra c), y su artículo 35.

(2) Decisión EBA/DC/2020/335, de 5 de junio de 2020, sobre la infraestructura centralizada europea de datos, modificada por la Decisión EBA/DC/2021/403, de 3 de agosto de 2021, y la Decisión EBA/DC/2022/448, de 10 de junio de 2022 («Decisión sobre EUCLID»).2

Mientras que:

1. De conformidad con el Reglamento de la ABE, la ABE, entre sus principales funciones, debe supervisar y evaluar la evolución del mercado en el ámbito de su competencia [artículo 8, apartado 1, letra f)], contribuir al desarrollo de una cultura común de supervisión [artículo 8, apartado 1, letra b)], desempeñar una función de coordinación general también facilitando el intercambio de información entre las autoridades competentes (artículo 31), tener debidamente en cuenta el riesgo sistémico (artículo 22, apartado 1), evaluar la existencia de situaciones de emergencia y adoptar las medidas adecuadas (artículo 18), realizar análisis de mercado para informar sobre el desempeño de las funciones de la ABE [artículo 8, apartado 1, letra g)], realizar publicaciones y actualizar periódicamente la información relativa al ámbito de sus actividades [artículo 8, apartado 1, letra k)], cooperar estrechamente con la JERS, en particular en lo que respecta a la aplicación de sus advertencias y recomendaciones [artículo 8, apartado 1, letra d)], y prestar asesoramiento técnico al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión en los ámbitos establecidos en los actos legislativos a que se refiere el artículo 1, apartado 2 (artículo 16 bis, apartado 4).

2. Lo anterior también se aplica al ámbito del riesgo de tipo de interés en la cartera de inversión (IRRBB), en el que se necesitan datos pertinentes y significativos para aplicar los planes de control de la ABE acordados en diciembre de 2022 por el Banco de Inglaterra para el seguimiento de aspectos técnicos específicos de la aplicación del nuevo paquete normativo sobre el IRRBB y el riesgo de diferencial de crédito de la cartera de inversión (CSRBB) y las consecuencias de la evolución de los tipos de interés.

3. La ABE ha venido llevando a cabo una labor política en el ámbito del IRRBB, que incluye la elaboración de: proyectos de Normas Técnicas de Regulación (RTS) 3. especificar escenarios de perturbaciones supervisoras, modelos comunes e hipótesis paramétricas para la prueba supervisora de valores atípicos (SOT) sobre el valor económico de los fondos propios (EVE) y el SOT sobre los ingresos netos de intereses (NII), y proporcionar una definición y calibración de la gran caída del SOT sobre NII; proyecto de RTS que establezca una metodología normalizada (SA) y una metodología normalizada simplificada (S-SA) a efectos de la evaluación de los riesgos derivados de posibles cambios en los tipos de interés que afecten tanto a EVE y NII de las actividades de la cartera de inversión de una entidad4 ; directrices en las que se especifican aspectos de la identificación, evaluación, gestión y mitigación de los riesgos derivados de posibles cambios en los tipos de interés y de la evaluación y el seguimiento de las actividades de la CRBI5, que sustituirán a las Directrices de la ABE sobre la gestión de las actividades de la CRIRB6 .

4. Habida cuenta de la finalización de los trabajos políticos de la ABE sobre el IRRBB, es necesario realizar un seguimiento detallado de la aplicación de dicho paquete del IRRBB. Además, dado el entorno actual de elevada inflación combinado con el aumento de los tipos de interés, se realizará un estrecho seguimiento del impacto de las variaciones de los tipos de interés en la gestión del riesgo de tipo de interés por parte de las entidades. Los datos sobre el IRRBB serán cruciales para dotar a los supervisores de las herramientas necesarias para supervisar los riesgos derivados de las variaciones de los tipos de interés y para apoyar la aplicación de los planes de control.

5. Con el fin de satisfacer las necesidades de datos de la ABE y de la comunidad supervisora en relación con el IRRBB, la ABE ha elaborado el proyecto de normas técnicas de ejecución (STI) sobre la presentación de información con fines de supervisión en relación con los requisitos de información del IRRBB7 , que se han publicado y presentado a la Comisión Europea el 28 de julio de 2023.

6. Es probable que la primera fecha de solicitud esté prevista para el tercer trimestre de 2024. Esto implica que se podría esperar que los primeros datos estén disponibles en el cuarto trimestre de 2024, como muy pronto. Esta fecha es demasiado tardía en el entorno actual de tipos para satisfacer adecuadamente las necesidades de los supervisores y de la ABE en términos de seguimiento/comprensión del IRRBB.

7. Ya desde el año pasado, con el fin de apoyar el seguimiento de la aplicación de los productos reguladores de la ABE mencionados anteriormente y del impacto de las variaciones de los tipos de interés en la gestión del IRRBB de las entidades, se aplicó una modificación a la Decisión sobre la información requerida para el seguimiento de las normas de supervisión de Basilea (EBA/DC/2021/373) mediante EBA/DC/426, de 26.1.2022 («Decisión sobre el estudio de impacto cuantitativo»), a fin de permitir la primera recogida selectiva de datos sobre el IRRBB, cuya presentación final tuvo lugar el 15 de junio de 2023. No obstante, los modelos relacionados con el IRRBB de dicha Decisión tienen un alcance limitado, y los modelos de información con fines de supervisión desarrollados entretanto a efectos del proyecto de STI mencionado anteriormente proporcionarían una imagen más completa, precisa y completa del IRRBB. En consecuencia, y con el fin de acelerar la disponibilidad de los datos completos del IRRBB para el seguimiento por parte de los supervisores y de la ABE, es necesario proceder a una recopilación ad hoc de dichos datos lo antes posible, antes de la adopción y publicación del Reglamento de Ejecución (que contiene el ITS definitivo) en el Diario Oficial de la UE. Este enfoque es solo una solución provisional, ya que, tras la primera fecha de aplicación de los STI (prevista para el tercer trimestre de 2024), las entidades deberán presentar información sobre los riesgos del IRRBB como parte del marco de información supervisora.

8. A fin de garantizar que el conjunto más completo de datos del IRRBB se ponga a disposición de los supervisores y de la ABE en el momento en que les siga siendo útil, esta recopilación de datos debe basarse en las plantillas contenidas en el proyecto final de plantillas de STI para la presentación de informes en el IRRBB, tal como se publican en el sitio web de la ABE.

9. Por lo que se refiere al alcance de las entidades que deben ser objeto de la recogida de datos ad hoc, es posible basarse en el QIS y, por lo tanto, abarcar únicamente las mismas instituciones que ya están obligadas a presentar datos del IRRBB en virtud de la decisión QIS. Esto puede permitir un nivel adecuado de datos representativos para el seguimiento del IRRBB, al tiempo que garantiza una carga mínima para el resto de las instituciones que no están cubiertas por el QIS.

10. La recopilación ad hoc de datos del IRRBB de las autoridades competentes a la ABE de conformidad con la presente Decisión se entiende sin perjuicio del seguimiento de los riesgos del IRRBB por parte de las autoridades competentes, incluso mediante la recopilación de información pertinente de las entidades supervisadas, que las autoridades competentes ya puedan tener en marcha, y no sustituye al seguimiento de los riesgos del IRRBB. Las autoridades competentes deben garantizar la coherencia y la integración con los datos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Decisión de la ABE para evitar la doble notificación de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente Decisión.

11. La Decisión sobre EUCLID se aplicará a la presentación de los datos del IRRBB por parte de las autoridades competentes de conformidad con la presente Decisión, con el fin de garantizar la coherencia con otros datos de la ABE, así como su interacción o comparación con ellos, así como para hacerlos adecuados para el análisis inmediato, garantizando un formato y una calidad de datos adecuados, así como para permitir también en este caso la aplicación del método secuencial estándar aplicado en toda la información con fines de supervisión.

Ha decidido lo siguiente:

Artículo 1 – Datos que deben notificarse

1. Las autoridades competentes presentarán a la ABE, de conformidad con lo dispuesto en la presente Decisión, los datos cuantitativos y cualitativos comunicados por las entidades sujetas a la decisión de la ABE sobre la información requerida para el seguimiento de las normas de supervisión de Basilea8 y con el mismo nivel de consolidación. Esta información se presentará con arreglo a las plantillas establecidas en el proyecto definitivo de normas técnicas de ejecución por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la Comisión en lo que respecta a la presentación de informes sobre el IRRBB, que deben elaborarse de conformidad con el artículo 470, apartado 7, último párrafo, del Reglamento (UE) No. 575/20139.

2. Las autoridades competentes solicitarán a las entidades que presenten los datos a que se refiere el apartado 1 de conformidad con las definiciones de puntos de datos del modelo de puntos de datos a que se refiere el anexo XIV y la fórmula de validación a que se refiere el anexo XV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/45110 de la Comisión.

Artículo 2 – Fecha de presentación

1. Las autoridades competentes presentarán a la ABE los datos a que se refiere el artículo 1 de forma única con fecha de referencia del 31 de diciembre de 2023.

2. Las autoridades competentes presentarán a la ABE los datos a que se refiere el artículo 1 a más tardar el 31 de marzo de 2024.

Artículo 3 – Formato y procedimiento de presentación

La Decisión sobre EUCLID se aplicará en lo que respecta a la presentación de los datos a que se refiere la presente Decisión.

Artículo 4 – Modificación de la Decisión sobre EUCLID

La Decisión EBA/DC/2020/335 se modifica como sigue:

Se añade al anexo el siguiente acto por el que se establece la obligación de comunicación de datos: «28) Decisión relativa a la recogida ad hoc por parte de las autoridades competentes a la ABE de los datos IRRBB de las entidades».

Artículo 5 – Disposición final

La presente Decisión entrará en vigor inmediatamente.

Hecho en París.

[firmado]

José Manuel Campa

Presidente

[Para la Junta de Supervisores]

1. DO L 331 de 15.12.2010, pp. 12-47.

2. https://www.eba.europa.eu/sites/default/documents/files/document_library/Risk%20Analysis%20and%20Data/Reporting%20by%20Authorities/885459/Decision%20on%20the%20European%20Centralised%20Infrastructure%20of%20Data%20%28EUCLID%29.pdf.

3. Proyectos de normas técnicas de regulación en los que se especifican los escenarios de perturbaciones supervisoras, la modelización común y las hipótesis paramétricas, así como lo que constituye una gran disminución para el cálculo del valor económico de los fondos propios y de los ingresos netos por intereses, de conformidad con el artículo 98, apartado 5 bis, de la Directiva 2013/36/UE (EBA/RTS/2022/10).

4. Proyectos de normas técnicas de regulación en los que se especifican metodologías normalizadas y simplificadas para evaluar los riesgos derivados de posibles cambios en los tipos de interés que afecten tanto al valor económico de los fondos propios como a los ingresos netos por intereses de las actividades de la cartera de inversión de una entidad, de conformidad con el artículo 84, apartado 5, de la Directiva 2013/36/UE (EBA/RTS/2022/14).

5. Directrices en las que se especifican aspectos de la identificación, evaluación, gestión y mitigación de los riesgos derivados de posibles variaciones de los tipos de interés y de la evaluación y el seguimiento del riesgo de diferencial de crédito de las actividades de las entidades de la cartera de inversión (EBA/GL/2022/14).

6. Directrices sobre la gestión del riesgo de tipo de interés derivado de las actividades de la cartera de inversión (EBA/GL/2018/02).

7. Proyecto de normas técnicas de ejecución por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la Comisión en lo que respecta a la presentación de informes sobre el IRRBB

8. Decisión de la ABE relativa a la información necesaria para el seguimiento de las normas de supervisión de Basilea (EBA/DC/2021/373), modificada por la EBA/DC/426 de 26.1.2022.

9. DO L 176 de 27.6.2013, p. 1.

10. Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) No. 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la presentación de información con fines de supervisión por parte de las entidades y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) No. 680/2014


Publicado originalmente: https://www.xbrl.org/news/eba-unveils-technical-package-for-phase-3-of-reporting-framework/

La OCDE presenta una nueva herramienta de apoyo a la reforma tributaria mundial


Por: Emmy Hawker
6 de octubre de 2023

Los países que apoyan los esfuerzos de reforma fiscal global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) han adoptado un instrumento multilateral que protegerá el derecho de los países en desarrollo a garantizar que las empresas multinacionales paguen un nivel mínimo de impuestos. Desarrollado durante los últimos 12 meses a través de negociaciones entre los gobiernos que apoyan a la OCDE, incluidos los miembros de la OCDE y los países del G20, el Convenio Multilateral para Facilitar la Implementación del Pilar Dos Sujeto a Regla Fiscal es un paso importante en la conclusión del Pilar Dos de las reformas propuestas por la OCDE, que introduciría un impuesto mínimo del 15% para las multinacionales. El instrumento multilateral permitirá a los países aplicar la Regla Sujeta a Impuestos (STTR, por sus siglas en inglés) en los tratados fiscales bilaterales existentes. El secretario general de la OCDE, Mathias Cormann, dijo: «La adopción de este nuevo instrumento multilateral […] refleja la productividad y el grado positivo de colaboración de la comunidad internacional para ofrecer soluciones a los países en desarrollo. Es importante destacar que el STTR establece una disposición integral para garantizar que los países en desarrollo puedan «pagar impuestos» en los casos en que los pagos originados en su jurisdicción no estén gravados a una tasa mínima en una jurisdicción asociada. La apertura del instrumento multilateral a la firma marca un nuevo avance hacia la aplicación del impuesto mínimo del segundo pilar, así como un importante paso adelante para estabilizar nuestro sistema fiscal internacional y hacerlo más justo y funcionar mejor». La OCDE actuará como depositaria del instrumento, apoyando a los gobiernos, al tiempo que preparará un plan de acción para apoyar la aplicación coordinada del segundo pilar.


Convenio Multilateral para Facilitar la Aplicación del Pilar Dos Sujeto a Régimen Tributario

En septiembre de 2023, el Marco Inclusivo de la OCDE y el G20 sobre BEPS concluyó las negociaciones sobre el Convenio Multilateral para Facilitar la Implementación del Pilar Dos Sujeto a la Regla Fiscal («Instrumento Multilateral STTR» o «STTR MLI»). El STTR MLI puede implementar rápidamente el Pilar Dos Sujeto a Regla Fiscal en los tratados fiscales bilaterales existentes sin necesidad de negociaciones bilaterales.

Una parte clave del proyecto BEPS de la OCDE y el G20 es abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía. En octubre de 2021, más de 135 jurisdicciones se unieron a un plan innovador, la solución de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía, para actualizar elementos clave del sistema fiscal internacional que ya no es adecuado para su propósito en una economía globalizada y digitalizada. Las Reglas del Modelo Global de Lucha contra la Erosión de la Base Imponible y el STTR son componentes clave del Pilar Dos de este plan y garantizan que las empresas multinacionales paguen un nivel mínimo de impuestos sobre los ingresos obtenidos en cada una de las jurisdicciones donde operan. Más específicamente, el STTR es una norma basada en un tratado que protege el derecho de los miembros en desarrollo del Marco Inclusivo a gravar ciertos pagos intragrupo, cuando estos están sujetos a un impuesto sobre la renta corporativo nominal que está por debajo de la tasa mínima. Este nuevo instrumento multilateral, que el Marco Inclusivo ha presentado como parte de su Declaración Final sobre la solución de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía en julio de 2023, será una herramienta eficiente que los países podrían utilizar para implementar la regla de sujeto a tributación en sus tratados fiscales bilaterales existentes.

El STTR MLI está abierto a la firma y se invita a las jurisdicciones interesadas en firmarlo a ponerse en contacto con la Secretaría de la OCDE: oecd.sttr@oecd.org


La comunidad internacional adopta un convenio multilateral para facilitar la aplicación del impuesto mínimo global sujeto a la norma fiscal

03/10/2023 – El Marco Inclusivo de la OCDE y el G20 sobre BEPS ha concluido las negociaciones sobre un instrumento multilateral que protegerá el derecho de los países en desarrollo a garantizar que las empresas multinacionales paguen un nivel mínimo de impuestos sobre una amplia gama de pagos transfronterizos intragrupo, incluidos los servicios.

El nuevo Convenio Multilateral para Facilitar la Aplicación del Segundo Pilar Sujeto a Régimen Fiscal es parte integrante de la Solución de Dos Pilares para Hacer frente a los Retos Fiscales Derivados de la Digitalización de la Economía. La Convención, que ya está abierta a la firma, representa un importante paso adelante en la conclusión de la labor del segundo pilar.

La Regla Sujeta a Impuestos (STTR) permitirá a los países en desarrollo gravar ciertos pagos intragrupo, en los casos en que estos pagos estén sujetos a una tasa nominal del impuesto sobre la renta de las sociedades inferior al 9 por ciento. El STTR permite a las jurisdicciones fuente -aquellas en las que se obtienen ingresos cubiertos- imponer un impuesto cuando de otro modo no podrían hacerlo en virtud de las disposiciones de los tratados fiscales.

Este nuevo instrumento multilateral, presentado en la Declaración Final del Marco Inclusivo sobre la Solución de Dos Pilares en julio de 2023, permitirá a los países aplicar de manera eficiente el STTR en los tratados fiscales bilaterales existentes. Más de 70 miembros del Marco Inclusivo en desarrollo tienen derecho a solicitar la inclusión del STTR en sus tratados con los Miembros del Marco Inclusivo que aplican tipos del impuesto sobre la renta de las sociedades inferiores al 9% a los pagos cubiertos.

«La adopción de este nuevo instrumento multilateral se basa en la Declaración Final entregada en julio para la plena implementación de la reforma tributaria mundial, y refleja cuán productiva y positivamente la comunidad internacional está trabajando en conjunto para ofrecer soluciones a los países en desarrollo», dijo el secretario general de la OCDE, Mathias Cormann dicho. «Es importante destacar que la Regla Sujeta a Impuestos establece una disposición integral para garantizar que los países en desarrollo puedan ‘pagar impuestos’ en los casos en que los pagos originados en su jurisdicción no estén gravados a una tasa mínima en una jurisdicción asociada. La apertura del instrumento multilateral a la firma marca un nuevo avance hacia la aplicación del impuesto mínimo del segundo pilar, así como un importante paso adelante para estabilizar nuestro sistema fiscal internacional y hacerlo más justo y funcionar mejor».

El instrumento multilateral se desarrolló durante el año pasado, a través de negociaciones en las que participaron todas las jurisdicciones del Marco Inclusivo, incluidos los países miembros de la OCDE, los países del G20 y otras jurisdicciones desarrolladas y en desarrollo.

La OCDE será la depositaria del instrumento multilateral y apoyará a los gobiernos en el proceso de su firma y ratificación. La OCDE también está preparando un plan de acción integral para apoyar la implementación rápida y coordinada del Segundo Pilar, con apoyo adicional y asistencia técnica para mejorar la capacidad de implementación de los países en desarrollo.

El texto de la Convención, junto con una exposición de motivos, puede consultarse en: https://www.oecd.org/tax/beps/multilateral-convention-to-facilitate-the-implementation-of-the-pillar-two-subject-to-tax-rule.htm.

En el Informe sobre la norma sujeta a tributación, que incluye el modelo de sujeto a regla fiscal, se puede encontrar un comentario detallado que explique la finalidad y el funcionamiento de la norma sujeta a tributación: https://www.oecd.org/tax/tax-challenges-arising-from-the-digitalisation-of-the-economy-subject-to-tax-rule-pillar-two-9afd6856-en.htm.

Las consultas de los medios de comunicación deben dirigirse a Manal Corwin, directora del Centro de Política y Administración Tributarias de la OCDE (+33 6 26 30 49 23) o a la Oficina de Medios de Comunicación de la OCDE (+33 1 45 24 97 00).

Trabajando con más de 100 países, la OCDE es un foro político global que promueve políticas para preservar la libertad individual y mejorar el bienestar económico y social de las personas en todo el mundo.

Proyecto sobre Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS) de la OCDE y el G20

Declaración de Resultados sobre el enfoque de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía

11 de julio de 2023

Introducción

1. Los miembros del Marco Inclusivo de la OCDE y el G-20 sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (Marco Inclusivo) han proporcionado un paquete de medidas para seguir implementando el enfoque de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía.

2. El enfoque consensuado basado en dos Pilares desempeña un papel fundamental a la hora de garantizar la equidad y la igualdad de nuestros sistemas fiscales y fortalecer el marco fiscal internacional frente a los nuevos y cambiantes modelos de negocio. El impuesto mínimo global al que se refiere el Segundo Pilar establece un límite mínimo a la competencia sobre el impuesto de sociedades que garantizará que las empresas multinacionales estén sujetas, en cada jurisdicción, a un tipo impositivo efectivo mínimo del 15 %, con independencia de donde operen, a fin de garantizar la igualdad de condiciones. El impuesto mínimo global del Segundo Pilar ya es una realidad y más de 50 jurisdicciones están adoptando las medidas necesarias para su implementación.

3. El Marco Inclusivo está finalizando el trabajo relativo al Primer Pilar y ha completado los trabajos de desarrollo de la cláusula de sujeción a imposición (CSI), así como a su marco de implementación. El Importe A del Primer Pilar establecerá un derecho de imposición para las jurisdicciones de mercado respecto a una parte concreta de los beneficios residuales de las mayores y más rentables empresas multinacionales que operan en sus mercados, impedirá la proliferación de impuestos sobre servicios digitales y medidas similares pertinentes, evitará la doble imposición y las excesivas cargas de cumplimiento tributario y aumentará la estabilidad y la seguridad jurídica del sistema fiscal internacional.

4. Esta declaración resume el paquete de medidas que ha desarrollado el Marco Inclusivo para abordar las cuestiones pendientes del enfoque de dos Pilares. Este paquete refleja las concesiones mutuas de jurisdicciones pequeñas y grandes, países en desarrollo y desarrollados y jurisdicciones de la fuente y de residencia por igual.

5. El paquete proporcionado por los miembros del Marco Inclusivo se estructura en cuatro partes, que se describen a continuación.

Parte I. Importe A y el Convenio Multilateral

6. El Marco Inclusivo ha redactado un texto de un Convenio Multilateral (CML)1 que permitirá a las Partes del referido convenio ejercer su soberanía tributaria interna (Importe A del Primer Pilar) sobre una parte definida de los beneficios residuales de las empresas multinacionales que alcancen los umbrales de ingresos y rentabilidad y que tengan un determinado nexo con los mercados de dichas partes.

7. El Convenio Multilateral dispone de las características necesarias que le permiten estar apto para su firma, incluidos el ámbito de aplicación y funcionamiento del derecho de imposición admisible, los mecanismos para aliviar la doble imposición, un proceso para garantizar la seguridad jurídica, las condiciones para la eliminación de los impuestos existentes sobre servicios digitales y medidas similares pertinentes tras su entrada en vigor y el compromiso, a partir del mismo momento, de no promulgar otros nuevos. Asimismo, el Convenio Multilateral contiene diversas disposiciones destinadas a abordar las circunstancias particulares de los países en desarrollo miembros del Marco Inclusivo. El Convenio Multilateral se acompañará de una Declaración Explicativa que contendrá el entendimiento común sobre el Convenio Multilateral.

8. Algunas jurisdicciones han expresado preocupación respecto de ciertos ítems específicos en el Convenio Multilateral. Se está trabajando para resolver estos temas con el objetivo de preparar el Convenio Multilateral para su firma. El Convenio Multilateral se abrirá en la segunda mitad de 2023 y se organizará una ceremonia para su firma a finales de año, con vistas a permitir que entre en vigor en 2025, dando tiempo con ello a los procesos nacionales de consulta, legislativos y administrativos aplicables en cada jurisdicción.

9. Reconociendo los progresos realizados y la necesidad de evitar interrupciones o retrasos en la ratificación del Convenio Multilateral, y a condición de que al menos 30 jurisdicciones que representen como mínimo el 60 por ciento de las entidades matrices últimas de las empresas multinacionales comprendidas en el ámbito de aplicación firmen el Convenio Multilateral antes del fin de 2023, los miembros del Marco Inclusivo se comprometen a abstenerse de promulgar nuevos impuestos sobre servicios digitales y medidas similares pertinentes, según se definen en el Convenio Multilateral, sobre cualquier empresa entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 o la entrada en vigor del Convenio Multilateral, lo que suceda primero. Suponiendo que en esa fecha se haya avanzado lo suficiente hacia la entrada en vigor del Convenio Multilateral, los miembros del Marco Inclusivo pueden aceptar ampliar este compromiso hasta el 31 de diciembre de 2025 o la entrada en vigor del Convenio, lo que suceda primero.

Parte II – Importe B

10. El Importe B del Primer Pilar proporciona un marco para la aplicación simplificada y ágil del principio de plena competencia respecto de actividades básicas de comercialización y distribución en el país, prestando especial atención a las necesidades de los países con menor capacidad, que suelen relacionarse con la inexistencia de comparables adecuados en el mercado local a través de los que se puedan establecer precios de plena competencia.

11. El Marco Inclusivo reconoce que el Importe B es un elemento esencial del acuerdo sobre el Primer Pilar y, como tal, ha logrado el consenso sobre muchos aspectos sobre el diseño del Importe B. Para garantizar que el ámbito de aplicación y el marco de fijación de precios es el adecuado, se emprenderán labores adicionales sobre los siguientes aspectos:

I. Asegurar un equilibrio adecuado entre el planteamiento cuantitativo y cualitativo para la identificación de las actividades básicas de distribución.

II. La pertinencia de:

a. el marco de fijación de precios, particularmente a la luz del acuerdo final sobre el ámbito de aplicación;

b. la aplicación del Importe B a la distribución mayorista de bienes digitales;

c. los aumentos por país dentro de mercados geográficos; y

d. los criterios para aplicar el Importe B utilizando una base de datos local en determinadas jurisdicciones.

12. Invitamos a las partes interesadas a realizar aportaciones sobre los elementos antes referidos, hasta el 1 de septiembre de 2023. El trabajo sobre estos elementos se terminará a finales de año.

13. Cuando hayan terminado estas labores, el Marco Inclusivo aprobará y publicará el informe final sobre el Importe B, parte de cuyo contenido se incorporará a las Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia, en enero de 2024, considerando tanto las necesidades de las jurisdicciones con poca capacidad (que suelen relacionarse con la inexistencia de comparables en el mercado local) como la interdependencia del Importe B y la firma y entrada en vigor del Convenio Multilateral. El plazo para la correcta implementación del Importe B tendrá en cuenta estas consideraciones y el tiempo necesario para que algunas jurisdicciones efectúen las reformas legislativas que hagan efectivas las directrices revisadas, así como para permitir que las empresas se preparen.

Parte III. Cláusula de sujeción a imposición.

14. La CSI es esencial en la consecución de un consenso sobre el Segundo Pilar para los países en desarrollo miembros del Marco Inclusivo. Los miembros del Marco Inclusivo que aplican tasas nominales del impuesto de sociedades inferiores al nueve por ciento a pagos intragrupo de intereses, regalías y un conjunto definido de otros pagos, implementarán la CSI en sus convenios con los países en desarrollo miembros del Marco Inclusivo cuando se les solicite.

15. El Marco Inclusivo ha finalizado y proporcionado:

• Una cláusula modelo de la CSI y sus correspondientes comentarios. La CSI es una norma convencional, que se aplica a pagos intragrupo de intereses, regalías y a un conjunto definido de otros pagos intragrupo (ingresos cubiertos). La lista de los ingresos cubiertos incluye todos los pagos por servicios intragrupo. Cuando las partidas de ingresos cubiertas están gravadas a un tipo nominal del impuesto de sociedades inferior al tipo mínimo de la CSI del nueve por ciento en la jurisdicción de residencia, y el convenio limita el tipo al que la jurisdicción en la que se origina el ingreso puede gravarlos, la CSI permite a esta última jurisdicción gravarlo a un tipo que puede llegar hasta la diferencia entre el nueve por ciento y el tipo nominal del impuesto de sociedades de la jurisdicción de residencia. La CSI está sujeta a ciertas exclusiones, un umbral de materialidad y un umbral de rentabilidad, y se aplica mediante cargos anualizados a posteriori.

• Un instrumento multilateral (IML), junto con una Declaración Explicativa, para facilitar la implementación de la CSI. El instrumento multilateral modificará los convenios a los que se refiera. La Declaración Explicativa refleja el entendimiento acordado al que han llegado los negociadores con relación al IML. Por último, el Marco Inclusivo también ha acordado un proceso para ayudar a los países en desarrollo miembros del Marco Inclusivo a implementar la CSI.

El instrumento multilateral que implementa la CSI estará abierto para su firma a partir del 2 de octubre de 2023. Miembros del Marco Inclusivo pueden optar por implementar la CSI firmando el IML o de manera bilateral modificando sus convenios para incluir la CSI cuando así lo soliciten países en desarrollo miembros del Marco Inclusivo.

Parte IV. Ayuda a la implementación

16. El Marco Inclusivo también insta a la Secretaría a elaborar un plan de acción integral para ayudar a llevar a cabo una implementación rápida y coordinada del enfoque de dos Pilares. En concreto, el plan debería ofrecer ayuda complementaria y asistencia técnica a los países en desarrollo para mejorar las capacidades necesarias para implementar el enfoque de dos Pilares. En este sentido, la OCDE debería coordinarse con las organizaciones regionales e internacionales pertinentes


Publicado originalmente: https://www.esginvestor.net/live/oecd-unveils-new-tool-supporting-global-tax-reform/